Buscar en esta edición

Contenidos

PORTADA

 Portada Gaceta

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE QUEPOS

UNIDAD DE ZONA MARITIMO TERRESTRE

Referente al edicto publicado en La Gaceta N° 196 del lunes 20 de octubre del 2025, debe de leerse que el terreno solicitado en concesión por Sea Serpent B Limitada, cédula jurídica 3-102-914414, localizado en Playa Matapalo, distrito Savegre, cantón de Quepos, provincia de Puntarenas, es por un área de 945.29m2, de conformidad con el plano de catastro 6-50776-2025 y es para dedicarlo a Área Mixta para Turismo y Comunidad (MIX)- Uso Vivienda-Residencia de Recreo -de conformidad con el Plan Regulador Vigente.

Quepos, 12 junio del 2026.—MBA. Carlos Alberto Mora Solano, Jefe a.i de Unidad de ZMT.—1 vez.—( IN202601090963 ).

PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

N° 7116-26-27

LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 65, 67 y 68 del  Reglamento de la Asamblea Legislativa,

ACUERDA:

Integrar las siguientes comisiones para la Primera Legislatura del período que inicia el 1° de mayo de 2026 y concluye el 30 de abril de 2027, Período Constitucional 2026-2030, de la siguiente manera:

Comisión Permanente Ordinaria de Gobierno y Administración

Juan Manuel Quesada Espinoza

Kattia Alejandra Mora Montoya

Mayuli Ortega Guzmán

Gonzalo Alberto Ramírez Zamora

Zaira Murillo Marín

Rafael Ángel Vargas Brenes

Jesús Antonio Calderón Calderón 

Ronald Alberto Campos Villegas

Vianey Briyith Mora Vega

Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Económicos

Stephan Brunner Neibig

Nayuribe Guadamuz Rosales

Antonio Barzuna Thompson

Fernando Obaldía Álvarez

Reynaldo Arias Mora

Andrea Patricia Valverde Palavicini

Janice Patricia Sandí Morales

Norjelens María Lobo Vargas

Sigrid Violeta Segura Artavia

Comisión Permanente Ordinaria

de Asuntos Hacendarios

Nogui Acosta Jaén

Gréthel María Ávila Vargas

Kattia María Ulate Alvarado

Cindy Dayana Murillo Artavia

Gerald Bogantes Rivera

Daniel Asdrúbal Siézar Cárdenas

Iztarú Alfaro Guerrero

Salvador Padilla Villanueva

Ángela Ileana Aguilar Vargas

Antonio Trejos Mazariegos 

Joselyn Fabiola Sáenz Núñez

Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Sociales

Sadie Esmeralda Britton González

Katherine Müller Marín

Royner Mora Ruiz

Kristel Lizeth Ward Hudson

Roberth Johsan Barrantes Camacho

Diana Murillo Murillo

Karol Vanessa Matamoros Montoya

Víctor Manuel Hidalgo Solís

Edgardo Vinicio Araya Sibaja

Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Jurídicos

José Miguel Villalobos Umaña

Marta Eugenia Esquivel Rodríguez

Wilson Alfredo Jiménez Cordero

Cindy María Blanco González

Kattia Calvo Cruz

Marco Francisco Badilla Chavarría

Eder Francisco Hernández Ulloa

 María Eugenia Román Mora

Abril Gordienko López

Comisión Permanente Ordinaria

de Asuntos Agropecuarios

Osvaldo Artavia Carballo

Ariel Alfonso Mora Fallas

María Isabel Camareno Camareno

Ana Ruth Esquivel Medrano

Álvaro Ramírez Bogantes

Karen Tatiana Alfaro Jiménez

Mangell Mc Lean Villalobos

José María Villalta Flórez-Estrada

Claudia Vanessa Dobles Camargo

Asamblea Legislativa.—San José, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil veintiséis.

Yara Vanessa Jiménez Fallas,

Presidente

Gerald Bogantes Rivera                     Reynaldo Arias Mora

    Primer Secretario                              Segundo Secretario

1 vez.—( IN202601074052 ).

N° 7119-26-27

LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

En uso de las facultades que le confieren los artículos 84, 85, 86, 87, 88 y 89 bis del Reglamento de la Asamblea Legislativa,

ACUERDA:

Integrar las siguientes comisiones permanentes especiales para la Primera Legislatura del período que inicia el 1° de mayo de 2026 y concluye el 30 de abril de 2027, Período Constitucional 2026-2030, de la siguiente manera:

Comisión de Seguridad y Narcotráfico

Gonzalo Alberto Ramírez Zamora

Kattia Calvo Cruz

Nogui Acosta Jaén

Fernando Obaldía Álvarez

 Daniel Asdrúbal Siézar Cárdenas

Eder Francisco Hernández Ulloa 

Rafael Ángel Vargas Brenes 

Sigrid Violeta Segura Artavia 

Abril Gordienko López

Comisión Relaciones Internacionales

Cindy Dayana Murillo Artavia 

Mayuli Ortega Guzmán

José Miguel Villalobos Umaña

Juan Manuel Quesada Espinoza

Osvaldo Artavia Carballo

Marco Francisco Badilla Chavarría

Norjelens María Lobo Vargas

Andrea Patricia Valverde Palavicini

Joselyn Fabiola Sáenz Núñez

Comisión de Derechos Humanos

Gerald Bogantes Rivera

Wilson Alfredo Jiménez Cordero

Gréthel María Ávila Vargas

Kristel Lizeth Ward Hudson

Karol Vanessa Matamoros Montoya

Andrea Patricia Valverde Palavicini

José María Villalta Flórez-Estrada

Comisión de Ambiente

Zaira Murillo Marín

Ariel Alfonso Mora Fallas

Stephan Brunner Neibig 

Juan Manuel Quesada Espinoza

Ana Ruth Esquivel Medrano

Ángela Ileana Aguilar Vargas  

Karol Vanessa Matamoros Montoya

Antonio Trejos Mazariegos

Abril Gordienko López

Comisión de la Mujer

Kattia Alejandra Mora Montoya

Kattia Calvo Cruz

Mayuli Ortega Guzmán

Ana Ruth Esquivel Medrano

Janice Patricia Sandí Morales

Karen Tatiana Alfaro Jiménez  

Vianey Briyith Mora Vega

Comisión Juventud, Niñez y Adolescencia

Royner Mora Ruiz

Roberth Johsan Barrantes Camacho

Kattia María Ulate Alvarado

Katherine Müller Marín

Mangell McLean Villalobos

Marco Francisco Badilla Chavarría

Joselyn Fabiola Sáenz Núñez

Comisión Ciencia, Tecnología y Educación

Sadie Esmeralda Britton González

Katherine Müller Marín

Zaira Murillo Marín

Fernando Obaldía Álvarez

Mangell McLean Villalobos

Iztarú Alfaro Guerrero

 José María Villalta Flórez-Estrada

Comisión sobre Consultas de Constitucionalidad

José Miguel Villalobos Umaña

Marta Eugenia Esquivel Rodríguez

Daniel Asdrúbal Siézar Cárdenas

Cindy María Blanco González

Marco Francisco Badilla Chavarría

Eder Francisco Hernández Ulloa

María Eugenia Román Mora 

Comisión de Asuntos Municipales

Ariel Alfonso Mora Fallas

Nayuribe Guadamuz Rosales

Reynaldo Arias Mora

Wilson Alfredo Jiménez Cordero

Rafael Ángel Vargas Brenes

Karen Tatiana Alfaro Jiménez

Antonio Trejos Mazariegos

Comisión de Honores

María Isabel Camareno Camareno

Reynaldo Arias Mora

Kristel Lizeth Ward Hudson

Alvaro Ramírez Bogantes

Claudia Vanessa Dobles Camargo

Comisión de Nombramientos

Marta Eugenia Esquivel Rodríguez

Gerald Bogantes Rivera

Antonio Barzuna Thompson

Yara Vanessa Jiménez Fallas

Norgelens María Lobo Vargas

Salvador Padilla Villanueva

Edgardo Vinicio Araya Sibaja

Comisión de Turismo

Nayuribe Guadamuz Rosales

Osvaldo Artavia Carballo

Royner Mora Ruiz

Cindy Dayana Murillo Artavia

Janice Patricia Sandí Morales

Ronald Alberto Campos Villegas

Vianey Briyith Mora Vega 

Comisión de Discapacidad y Adulto Mayor

Kattia María Ulate Alvarado 

Roberth Johsan Barrantes Camacho

Sadie Esmeralda Britton González

Karol Vanessa Matamoros Montoya

María Eugenia Román Mora

Asamblea Legislativa.—San José, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil veintiséis.

Yara Vanessa Jiménez Fallas,

Presidente

Gerald Bogantes Rivera            Reynaldo Arias Mora

Primer Secretario                     Segundo Secretario

1 vez.— Exonerado.—( IN202601074036 ).

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

   Y CULTO

N° 081-2026-DJ-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con las facultades conferidas por los artículos 140 inciso 12) y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 5 de la Ley N° 8142 denominada “Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales”, del 05 de noviembre del  2001, publicada en La Gaceta N° 227 de fecha 26 de noviembre de 2001 y el artículo 7 del Decreto Ejecutivo N° 40824-RE, del 13 de diciembre del 2017, denominado “Reglamento a la Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales” publicado en Alcance N° 313 a La Gaceta N° 243 del 22 de diciembre de 2017.

Considerando:

I.—Que de conformidad con el artículo 5 de la Ley N° 8142 “Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales” y artículo 7 de su Reglamento, la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, es el órgano encargado de autorizar y sancionar a las personas acreditadas como traductores e intérpretes oficiales.

II.—Que el 16 de octubre de 2024, la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, promovió un concurso para la acreditación de traductores e intérpretes oficiales, para los idiomas de Alemán, Chino-Mandarín, Coreano, Francés, Inglés y Japonés.

III.—Que mediante el oficio N° DJO-235-2026 de fecha 24 de marzo del 2026, la Dirección Jurídica informó al Ministro de Relaciones Exteriores la lista de personas que aprobaron la prueba técnica en el idioma inglés y cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Ley N° 8142 denominada “Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales” y los artículos 4 y 6 de su Reglamento.

IV.—Que la señora, Laura Mariela Zapata Carvajal, portador del documento de identidad N° 111410392, presentó los atestados y aprobó la prueba técnica traductora oficial en el idioma inglés, cumpliendo con los requisitos establecidos para acreditarse como traductora oficial en este idioma. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1°—Nombrar a la señora, Laura Mariela Zapata Carvajal, portador del documento de identidad N° 111410392, como traductora oficial en el idioma español-inglés.

Artículo 2°—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, a los siete días del mes de abril del dos mil veintiséis.

RODRIGO CHAVES ROBLES.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Dr. Arnoldo André Tinoco.—1 vez.—( IN202601074002 ).

N° 087-2026-DJ-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con las facultades conferidas por los artículos 140 inciso 12) y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 5 de la Ley N° 8142 denominada “Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales”, del 05 de noviembre del  2001, publicada en La Gaceta N° 227 de fecha 26 de noviembre de 2001 y el artículo 7 del Decreto Ejecutivo N° 40824-RE, del 13 de diciembre del 2017, denominado “Reglamento a la Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales”, publicado en Alcance N° 313 a La Gaceta N° 243 del 22 de diciembre de 2017.

Considerando:

I.—Que de conformidad con el artículo 5 de la Ley N° 8142 “Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales” y artículo 7 de su Reglamento, la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, es el órgano encargado de autorizar y sancionar a las personas acreditadas como traductores e intérpretes oficiales.

II.—Que el 16 de octubre de 2024, la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, promovió un concurso para la acreditación de traductores e intérpretes oficiales, para los idiomas de Alemán, Chino-Mandarín, Coreano, Francés, Inglés y Japonés.

III.—Que mediante el oficio N° DJO-2350026 de fecha 24 de marzo del 2026, la Dirección Jurídica informó al Ministro de Relaciones Exteriores la lista de personas que aprobaron la prueba técnica en el idioma francés y cumplieron con los requisitos establecidos en el artículo 6 de la Ley N O 8142 denominada “Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales” y los artículos 4 y 6 de su Reglamento.

IV.—Que la señora, Alexandra Samantha Dalbin, portador del documento de identidad número DIMEX-125000032313, presentó los atestados y aprobó la prueba técnica traductora oficial en el idioma francés, cumpliendo con los requisitos establecidos para acreditarse como traductora oficial en este idioma. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1°—Nombrar a la señora, Alexandra Samantha Dalbin, portador del documento de identidad N° DIMEX- 125000032313, como traductora oficial en el idioma español-francés.

Artículo 2°—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, a los siete días del mes de abril del dos mil veintiséis.

RODRIGO CHAVES ROBLES.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Dr. Arnoldo André Tinoco.—1 vez.—( IN202601073984 ).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

EDICTOS

DEPARTAMENTO DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

DMV-RGI-R-535-2026.—El(La) señor(a) María José Ballestero Baltodano, documento de identidad número 1-1789-0029, en calidad de regente veterinario de la compañía TICOFOODSTER, con domicilio en esquina sur este de la plaza de deportes de Pacayas, Costa Rica, solicita el registro del producto veterinario del grupo 3: Prueba rápida combinada de antígenos panleucopenia (moquillo felino) y Giardia felinas, fabricado por Hangzhou Antigenne Technology Co, Ltd, de China, con la composición y componentes: anticuerpos contra panleucopenia felina y Giardia sp. y las instrucciones de uso: prueba rápida para diagnóstico de panleucopenia y giardiasis felina. La información del producto cumple con lo requerido en el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº 42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las 11 horas del día 4 de mayo del 2026.—Dr. Julián Pastor Pacheco, Departamento de Medicamentos Veterinarios.—1 vez.—( IN202601073786 ).

DMV-RGI-R-534-2026.—El(La) señor(a) María José Ballestero Baltodano, documento de identidad número 1-1789-0029, en calidad de regente veterinario de la compañía TICOFOODSTER, con domicilio en esquina sur este de la plaza de deportes de Pacayas, Costa Rica, solicita el registro del producto veterinario del grupo 3: Prueba rápida combinada de antígeno del virus de la leucemia felina y anticuerpo de la inmunodeficiencia felina, fabricado por Hangzhou Antigenne Technology Co, Ltd, de China, con la composición y componentes: anticuerpos del virus de leucemia felina y de la inmunodeficiencia felina y las instrucciones de uso: prueba rápida para diagnóstico . La información del producto cumple con lo requerido en el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº 42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las 11 horas del día 4 de mayo del 2026.—Dr. Julián Pastor Pacheco, Departamento de Medicamentos Veterinarios.—1 vez.—( IN202601073788 ).

DMV-RGI-R-532-2026.—El(La) señor(a) María José Ballestero Baltodano, documento de identidad número 1-1789-0029, en calidad de regente veterinario de la compañía TICOFOODSTER, con domicilio en esquina sur este de la plaza de deportes de Pacayas, Costa Rica, solicita el registro del producto veterinario del grupo 3: Prueba rápida combinada de anticuerpos de Ehrlichiosis y Anaplasmosis caninas, fabricado por Hangzhou Antigenne Technology Co, Ltd, de China, con la composición y componentes: antígenos de Ehrlichia canis y Anaplasma spp. y las instrucciones de uso: prueba rápida para diagnóstico de erliquiosis y anaplasmosis en perros. La información del producto cumple con lo requerido en el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18. Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control (Decreto Ejecutivo Nº 42965-COMEX-MEIC-MAG). Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las 10 horas del día 4 de mayo del 2026.—Dr. Julián Pastor Pacheco, Departamento de Medicamentos Veterinarios.—1 vez.—( IN202601073804 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Para ver marcas con sus respectivas imágenes, ir a La Gaceta con formato PDF

Solicitud Nº 2026-0002380.—Nelson Baltodano López, soltero, Propietario/Baltodano & Alvarado servicios médicos sociedad de responsabilidad limitada, cédula de identidad 701440725, en calidad de Apoderado Generalísimo de Baltodano & Alvarado Servicios médicos sociedad de responsabilidad limitada, cédula jurídica 3102770620 con domicilio en con domicilio en San José, Escazú, Guachipelín, Condominios Rio Palma, casa cuarenta y dos, Escazú, Costa Rica y San José, Escazú, Guachipelín, Condominios Rio Palma, casa cuarenta y dos, Escazú, Costa Rica., San José, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 29. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Mezclas alimenticias para picar compuestas de frutas deshidratadas y frutos secos procesados cuya base es pulpa y semillas de maracuyá. Reservas: De los colores: verde, amarillo, café, naranja. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 21 de abril de 2026. Presentada el: 1 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales, Registrador(a)a( IN202601070311 ).

Solicitud N° 2026-0004228.—María José Ortega Telleria, cédula de identidad 206900053, en calidad de Apoderado Especial de 3-102-958310 S.R.L, cédula jurídica 3102958310 con domicilio en Alajuela, Grecia, puente de piedra, trescientos metros sur del supermercado Palí El Poró, edificio a mano derecha, color negro con gris, con rótulo Fivra., Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica y servicios en clase(s): 25 y 40. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de vestir, a saber, camisas básicas, camisas tipo polo, camisas de botones, camisas cuello tortuga, pantalones, shorts y enaguas, uniformes, calcetines, pañuelos, corbatas, uniformes de educación física, uniformes de preescolar y uniformes deportivos. Artículos de sombrerería; en clase 40: Servicios de confección de prendas de vestir para terceros, a saber confección de camisas básicas, camisas tipo polo, camisas de botones, camisas cuello tortuga, pantalones, shorts y enaguas de instituciones, corbatas, uniformes de educación física, uniformes de preescolar y uniformes deportivos; confección de banderas, banderines y pañuelos; servicios de sublimación de prendas y artículos textiles. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 16 de abril de 2026. Presentada el: 15 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez Registrador(a).—( IN202601070575 ).

Solicitud Nº 2026-0004753.—Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad Nº 303760289, en calidad de Apoderado Especial de BPG Sales and Technology Investments LLC con domicilio en 52301 Shelby Parkway, Shelby Township, Michigan 48315, Estados Unidos de América, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ASCENTIAL CARE como marca de servicios en clase: 35; 37; 41 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35:  Servicios de marketing; servicios de marketing en el  ámbito de los productos industriales y la maquinaria para terceros; servicios de marketing de productos industriales y maquinaria de terceros; servicios de distribución (representación comercial) en el ámbito de los repuestos para máquinas y equipos utilizados para fabricar o probar componentes aeroespaciales, dispositivos médicos, pruebas médicas, componentes y ensamblajes de vehículos, así como para máquinas y equipos de refrigeración industrial, máquinas para el procesamiento de metales y máquinas de balanceo rotacional. ;en clase 37: Mantenimiento, revisión y reparación de maquinaria para la construcción aeroespacial, dispositivos médicos, fabricación de kits de pruebas médicas, ensamblaje de vehículos, refrigeración industrial, procesamiento de metales y balanceo rotacional, así como de máquinas de pruebas industriales; Servicios de asistencia técnica, concretamente, asesoramiento técnico relacionado con la reparación de máquinas y equipos utilizados para fabricar o probar componentes aeroespaciales, dispositivos médicos, pruebas médicas, componentes y ensamblajes de vehículos, así como para máquinas y equipos de refrigeración industrial, máquinas de procesamiento de metales, máquinas de balanceo rotacional y máquinas de pruebas industriales; Reparación, mantenimiento y modificación de máquinas y equipos utilizados para fabricar o probar componentes aeroespaciales, dispositivos médicos, pruebas médicas, componentes y ensamblajes de vehículos, así como para máquinas y equipos de refrigeración industrial, máquinas de procesamiento de metales, máquinas de balanceo rotacional y máquinas de pruebas industriales. ;en clase 41:  Servicios de formación en el ámbito del funcionamiento y el mantenimiento de máquinas y equipos utilizados para fabricar o probar componentes aeroespaciales, productos sanitarios, pruebas médicas, componentes y ensamblajes de vehículos, así como de máquinas y equipos de refrigeración industrial, máquinas para el procesamiento de metales, máquinas de balanceo rotacional y máquinas de pruebas industriales; Formación en el uso y funcionamiento de máquinas y equipos de refrigeración industrial, máquinas para el procesamiento de metales, máquinas de balanceo rotacional, máquinas de pruebas industriales, y máquinas y equipos utilizados para fabricar o probar componentes aeroespaciales, dispositivos y componentes médicos, pruebas médicas, componentes y ensamblajes de vehículos, así como asesoramiento relacionado con los mismos ;en clase 42: Servicios de diagnóstico en el ámbito de las máquinas y equipos de refrigeración industrial, las máquinas para el procesamiento de metales, las máquinas de balanceo rotacional, las máquinas de ensayo industrial, y las máquinas y equipos utilizados para fabricar o probar componentes aeroespaciales, dispositivos médicos, pruebas médicas, componentes y ensamblajes de vehículos; servicios de soporte técnico, concretamente, resolución de problemas relacionados con el software de control de procesos industriales. Reservas: N/A. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Prioridad: Fecha: 28 de abril de 2026. Presentada el 27 de abril de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN202601070577 ).

Solicitud Nº 2026-0004088.—Alejandra Marcela Vega Abrahams, cédula de identidad 113950602, en calidad de Apoderado Especial de Desarrollos ARZ Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3101212497, cédula jurídica 3101212497 con domicilio en San José, Escazú, San Rafael, Condominio Fuentes del Obelisco, quinto piso. Costa Rica, San José, Costa Rica solicita la inscripción de: ALTTIA como marca de servicios en clase(s): 36 y 37. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36: Servicios financieros e inmobiliarios esenciales para desarrolladoras, organización de financiación para proyectos de construcción, préstamos, tasación de bienes inmuebles, administración de inmuebles agencias inmobiliarias, alquiler de bienes raíces, y la preparación de presupuestos para estimación de costes, evaluación de costos de reparación y asesoría financiera; en clase 37: Servicios de construcción, instalación, reparación y mantenimiento de estructuras físicas, construcción y demolición de edificios, servicios de infraestructuras. Supervisión de construcción de edificios, consultoría, e información técnica. Servicios de instalación eléctrica, fontanería, climatización y acabados como albañilería y carpintería, mantenimiento de edificios y su restauración para preservarlos en su condición original. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 15 de abril de 2026. Presentada el: 13 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registrador(a).—( IN202601070610 ).

Solicitud N° 2026-0004222.—Laura Francini Arrollo Cubillo, cédula de identidad 108590573, en calidad de Apoderado Generalísimo de Fundación Quantum, cédula jurídica 3006747121 con domicilio en Escazú, San Miguel, Calle Rosalinda, número 22, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Change Clubs como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios educativos y formativos en materia de sostenibilidad, cambio climático y desarrollo sostenible; servicios de encuentro y vinculación de personas para promover soluciones holísticas y cuido al medio ambiente, ubicado en San José, Escazú, San Miguel, Calle Rosalinda, número 22. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 20 de abril de 2026. Presentada el: 15 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador(a).—( IN202601070636 ).

Solicitud N° 2026-0004897.—Dina Zamora Vargas, cédula de identidad 0110430685, en calidad de Apoderado Especial de Multiplataforma Uno de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101862955 con domicilio en San José, Escazú, San Rafael, de la rotonda de Multiplaza 600 metros al norte, 100 metros al este. Bufete Valenciano Kamer y Asociados, San José, Escazú, San Rafael. Costa Rica, Escazú, Costa Rica, solicita la inscripción de: POLÍTICA CAVIAR como marca de servicios en clase(s): 38 y 41. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 38:  Servicios de telecomunicaciones relacionados con la transmisión y difusión de programas de televisión; transmisión de contenidos audiovisuales, programas de entretenimiento, noticias y eventos en vivo a través de televisión, Internet y plataformas digitales; servicios de radiodifusión televisiva y streaming; provisión de acceso a contenidos televisivos en línea; transmisión de video bajo demanda (VOD); emisión y difusión de programas mediante redes de comunicación electrónicas; provisión de foros, canales y plataformas digitales para la transmisión e intercambio de contenidos audiovisuales; alquiler de equipos de transmisión y telecomunicaciones. ;en clase 41:  Servicios de entretenimiento consistentes en la producción, realización, distribución y exhibición de programas de televisión; producción de contenidos audiovisuales, series, documentales, programas informativos y de entretenimiento; organización y presentación de programas televisivos en vivo o grabados; servicios de educación y formación a través de programas de televisión; producción de espectáculos y eventos para televisión; servicios de edición, publicación y distribución de material audiovisual; suministro de contenidos de entretenimiento a través de plataformas digitales y multimedia; desarrollo de guiones y formatos televisivos. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el: 28 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN202601070640 ).

Solicitud N° 2026-0003899.—Julio Méndez Castro, divorciado una vez, cédula de identidad 110660487 con domicilio en Mora, Colón del costado noroeste del parque 150 mtrs oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de servicios en clase(s): 38. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 38: La radiodifusión y la teledifusión; la transmisión de video a la carta; el suministro de foros de discusión (chats) en Internet y de foros en línea; Podcasts; transmisión de podcast; Radiocomunicación / comunicaciones radiofónicas; Radiodifusión; Transmisión de flujo continuo de datos (streaming); Teledifusión; transmisión de mensajes e imágenes asistida por ordenador / transmisión de mensajes e imágenes asistida por computadora. Reservas: De los colores: Azul y Verde. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 16 de abril de 2026. Presentada el: 8 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio Registrador(a).—( IN202601070647 ).

Solicitud N° 2026-0003241.—Diana Andrea Romero Martínez, soltera, cédula de identidad 113870084 con domicilio en Heredia, San Rafael, Concepción. Calle Manzanos del Bar La Cubana 125 metros al este y 150 metros al norte casa a mano derecha portón y cada blanca, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica en clase(s): 30. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: El café. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 15 de abril de 2026. Presentada el: 20 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega Registrador(a).—( IN202601070655 ).

Solicitud N° 2026-0003682.—María Del Milagro Chaves Desanti, casada en segundas nupcias, cédula de identidad 106260794, en calidad de Gestor oficioso de Agendia N.V. con domicilio en Radarweg 60, 1043 NT Amsterdam, Países Bajos, solicita la inscripción como marca de servicios en clase(s): 42 y 44. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicios en los campos de la ciencia y la tecnología, en particular desarrollo e investigación médicas; en clase 44: Análisis médico, en particular análisis de ARN o ADN para el diagnóstico del cáncer y para el pronóstico de la probable evolución del cáncer. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Prioridad: Se otorga prioridad N° 1535445 de fecha 23/10/2025 de Benelux. Fecha: 23 de abril de 2026. Presentada el: 27 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN202601070656 ).

Solicitud N° 2026-0004857.—María Del Milagro Chaves Desanti, casada, en calidad de Gestor oficioso de Akzo Nobel N.V. con domicilio en Christian Neefestraat 2, 1077 WW Amsterdam, Países Bajos, solicita la inscripción de: AXANZO como marca de fábrica y comercio en clase(s): 2. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 2: Pinturas; revestimientos; barnices; lacas; disolventes; pigmentos y colorantes; todos ellos aditivos para pinturas, barnices o lacas; productos contra la herrumbre y el deterioro de la madera; masillas (a mode de revestimientos); preparaciones para imprimación (en forma de pinturas); tintes para maderas Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 29 de abril de 2026. Presentada el: 28 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN202601070697 ).

Solicitud N° 2026-0004482.—María Laura Valverde Cordero, cédula de identidad 113310307, en calidad de Apoderado Especial de Edgar Stiven Carmona Montero, mayor, soltero, comerciante, cédula de identidad 402090845 con domicilio en Heredia, San Pablo, Condominio Palermo Village casa 78, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de servicios en clase(s): 41. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios de organización, producción y realización de festivales de música; servicios de entretenimiento; organización y realización de conciertos, espectáculos musicales, eventos en vivo y actividades culturales relacionadas con la música Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 27 de abril de 2026. Presentada el: 21 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN202601070698 ).

Solicitud N° 2026-0003681.—María Del Milagro Chaves Desanti, casada dos veces, cédula de identidad 106260794, en calidad de Apoderado Especial de Agendia N.V. con domicilio en Radarweg 60, 1043 NT Amsterdam, Países Bajos, solicita la inscripción como marca de servicios en clase(s): 42 y 44. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 42: Servicios en los campos de la ciencia y tecnología, en particular desarrollo e investigación médicas; en clase 44: Análisis médico, en particular análisis de ARN o ADN para el diagnóstico del cáncer y para el pronóstico de la probable evolución del cáncer. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 28 de abril de 2026. Presentada el: 27 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales Registrador(a).—( IN202601070699 ).

Solicitud N° 2026-0004881.—María Laura Valverde Cordero, cédula de identidad 113310307, en calidad de Apoderado Especial de Zeus Company LLC con domicilio en 3740 Industrial BLVD., Orangeburg, South Carolina 29118, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PFX como marca de fábrica y comercio en clase(s): 17. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 17: Tubos poliméricos semielaborados para su uso en la fabricación de catéteres; Tubos poliméricos semielaborados para su uso en la fabricación de partes de catéteres; Tubos poliméricos semielaborados para su uso en la fabricación de dispositivos médicos; Tubos poliméricos semielaborados para su uso en la fabricación de partes de dispositivos médicos; Tubos poliméricos semielaborados para uso en la fabricación; Tubos flexibles no metálicos Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Prioridad: Se otorga prioridad N° 99/471,687 de fecha 30/10/2025 de Estados Unidos de América. Fecha: 29 de abril de 2026. Presentada el: 28 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN202601070700 ).

Solicitud N° 2026-0004074.—Gabriel Durán Herrera, cédula de identidad 115210578, en calidad de Apoderado Especial de Camila María Anderson Valverde, soltera, cédula de identidad 117400563 con domicilio en Guanacaste, Nicoya, Nosara, Barrio San Pedro, del Súper San Pedro 100 mts norte, giro a la derecha, calle sin salida, casa de fachada blanca y portón negro, Nosara, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 18. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 18: Bolsos; Bolsos de mano; Bolsos tipo “tote”; Bolsos de viaje; Bolsos de playa; Riñoneras; Mochilas; Bolsas multiuso; Organizadores de viaje; Organizadores personales comprendidos en esta clase; Carteras; Monederos; Tarjeteros; Neceseres (vacíos); Estuches (vacíos) para artículos de uso personal; Bolsas reutilizables; Bolsos; Bolsos de mano; Bolsos tipo “tote”; Bolsos de viaje; Bolsos de playa; Riñoneras; Mochilas; Bolsas multiuso; Organizadores de viaje; Organizadores personales comprendidos en esta clase; Carteras; Monederos; Tarjeteros; Neceseres (vacíos); Estuches (vacíos) para artículos de uso personal; Bolsas reutilizables Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 28 de abril de 2026. Presentada el: 10 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN20201070708 ).

Solicitud N° 2026-0004009.—Jorge Eugenio Muñoz Diasz, casado una vez, cédula de identidad 901100336, en calidad de Apoderado Especial de Buffala Town Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102922658 con domicilio en Guadalupe, Goicoechea, de La Bomba Montelimar 100 metros norte y 75 metros este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de comercio en clase(s): 29. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Carne; extractos de carne; leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos para uso alimenticio a base de búfalo. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 29 de abril de 2026. Presentada el: 10 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado Registrador(a).—( IN202601070709 ).

Solicitud N° 2026-0004895.—Dina Zamora Vargas, cédula de identidad 0110430685, en calidad de Apoderado Especial de Multiplataforma Uno de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101862955 con domicilio en San José, Escazú, San Rafael, de la Rotonda de Multiplaza 600 metros al norte, 100 metros al este. Bufete Valenciano Kamer y Asociados, San José, Escazú, San Rafael. Costa rica, Escazú, Costa Rica, solicita la inscripción de: BARRA BRAVA como marca de comercio en clase(s): 38 y 41. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 38: Servicios de telecomunicaciones relacionados con la transmisión y difusión de programas de televisión; transmisión de contenidos audiovisuales, programas de entretenimiento, noticias y eventos en vivo a través de televisión, Internet y plataformas digitales; servicios de radiodifusión televisiva y streaming; provisión de acceso a contenidos televisivos en línea; transmisión de video bajo demanda (VOD); emisión y difusión de programas mediante redes de comunicación electrónicas; provisión de foros, canales y plataformas digitales para la transmisión e intercambio de contenidos audiovisuales; alquiler de equipos de transmisión y telecomunicaciones. ;en clase 41: Servicios de entretenimiento consistentes en la producción, realización, distribución y exhibición de programas de televisión; producción de contenidos audiovisuales, series, documentales, programas informativos y de entretenimiento; organización y presentación de programas televisivos en vivo o grabados; servicios de educación y formación a través de programas de televisión; producción de espectáculos y eventos para televisión; servicios de edición, publicación y distribución de material audiovisual; suministro de contenidos de entretenimiento a través de plataformas digitales y multimedia; desarrollo de guiones y formatos televisivos. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el: 29 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega Registrador(a).—( IN202601070710 ).

Solicitud N° 2026-0002175.—Kenny Andrey Montero Ortiz, cédula de identidad 702780485, en calidad de Apoderado Generalísimo de Escrow Internacional Services Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102843054 con domicilio en San José, Pavas, Rohrmoser, del Centro de Tecnología Franklin Chang cuatrocientos cincuenta metros norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALLIANCE EIS como nombre comercial en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a administración profesional de bienes, activos o derechos transferidos por un fideicomitente, constituyendo un patrimonio autónomo para cumplir fines específicos (inversión, garantía, administración) en beneficio de terceros, ubicado en San José, Santa Ana, Pozos, Lindora, Futura Corporate Center, primer nivel, oficina a-101 Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud, dirección exacta establecimiento Fecha: 10 de marzo de 2026. Presentada el: 25 de febrero de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 10 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio Registrador(a).—( IN202601070711 ).

Solicitud N° 2026-0004342.—Ana Graciela Alvarenga Jiménez, cédula de identidad 106810432, en calidad de Apoderado Especial de María Jesús San Silvestre Chacón, mayor, casada una vez, empresaria, cédula de identidad 1011690122 con domicilio en San José, cantón San José, San Francisco de Dos Ríos, de la estación de servicio Shell cien metros sur y setenta y cinco este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Suplementos alimenticios destinados a completar una dieta normal o a beneficiar la salud; sustitutos de comidas y los alimentos y bebidas dietéticos para uso médico o veterinario. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 17 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN202601070714 ).

Solicitud N° 2026-0004869.—María Gabriela Bodden Cordero, cédula de identidad 07-0118-0461, en calidad de Apoderado Especial de Great Banyan Electronics (SZ) CO., LTD. con domicilio en A5 F., Donghe Industrial BLDG., N° 6 Yuehe St., Tianxin Comm, Yantian Dist., Shenzhen, Guangdong, China, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 8. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 8: Herramientas de mano accionadas manualmente; Maquinillas eléctricas o no para cortar el cabello; Hojas de afeitar; Maquinillas de afeitar; Maquinillas para cortar la barba; Aparatos de depilación eléctricos o no; Maquinillas de cortar el pelo eléctricas; Cortapelos eléctricos para nariz; Hojas [herramientas de mano]; Cortadores de pelo para bebé Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 28 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador(a).—( IN202601070717 ).

Solicitud Nº 2026-0002097.—Susan Arline Ruiz Loaiza, soltera, vecina de Heredia, abogada., en calidad de apoderado especial de José David Pérez Chaves, soltero, vecino de Heredia, programador, cédula de identidad 402240245 con domicilio en Heredia, San Rafael, del Depósito De Materiales San Josecito 35 metros este, tercera casa a mano derecha color roja y gris, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de comercio y servicios en clase(s): 9 y 42. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente en clase 9: software descargable relacionado con juegos de escape y entretenimiento interactivo, en clase 42: clase de niza 42: diseño y desarrollo de software relacionados con juegos de escape y entretenimiento interactivo Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de marzo de 2026. Presentada el: 24 de febrero de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio Registradora.—( IN202601070721 ).

Solicitud Nº 2026-0004034.—Marlon Josué Monge Ríos, soltero, cédula de identidad 304250441 con domicilio en 100mts oeste de la guardia rural en San Nicolás, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Fábrica en clase(s): 30. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Salsas y cremas a base de miel; vinagre; granos procesados; sal; azúcar; cereales; pizzas; sanguches y masas preparadas. Reservas: Del color Negro. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 10 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerin Castro, Registrador.—( IN202601070734 ).

Solicitud Nº 2026-0003821.—Mario Alberto Carvajal Villalta, cédula de identidad 112240661, en calidad de Apoderado Generalísimo de Sintecagro S.R.L., Cédula jurídica 3102805324 con domicilio en Barrio Luján del Nuevo Edificio del Patronato Nacional 300 metros sur, edificio mano izquierda de dos plantas, Tres Ríos, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de comercio en clase(s): 1. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente en clase 1: Productos químicos para uso en la agricultura, fertilizantes (naturales y artificiales) y coadyuvantes de uso agrícola. Reservas: tipografía y colores de la palabra enraicine, la cual es amarilla verdosa en los 3/4 superior de la palabra y verde en 1/4 inferior de la palabra, así también se hace reserva del uso de la palabra enraicine junto con el diseño de media piña con su corona, la piña en color amarillo y la corona en color verde, junto con dos hojas en color verde, junto con una raíz color cafñe que se une a la hoja que se encuentra mñas abajo, este diseño colocado a la par de la letra I. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 14 de abril de 2026. Presentada el: 7 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN202601070742 ).

Solicitud Nº 2026-0003718.—Milena Valverde Mora, cédula de identidad Nº 111950436, en calidad de apoderado especial de 3-102-949394 SRL, cédula jurídica Nº 3102949394 con domicilio en provincia 01 San José, cantón 02 Escazú, San Rafael Residencial Los Eliseos, San Clemente casa siete, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de comercio en clase 3. Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos cosméticos sin fórmula médica para el cuidado personal y estético, consistentes en cremas, lociones y preparados para el cuidado de la piel, elaborados principalmente con ingredientes de origen natural y/u orgánico, libres de componentes sintéticos nocivos y amigables con el ambiente, todos de uso no medicinal. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el 16 de abril de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador.—( IN202601070743 ).

Solicitud Nº 2026-0005027.—Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de Full House LLC con domicilio en Vake District, Ateni Street, N 16A, Floor 1, Tbilisi, Georgia, Georgia, solicita la inscripción como marca de comercio y servicios en clase(s): 9; 28 y 41. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Monitores [hardware de computadora]; software de juegos; software de juegos de computadora, grabado; servidores de comunicaciones [hardware de computadora]; componentes electrónicos para máquinas de juego; software informático para la administración de juegos en línea y juegos de azar; hardware informático para juegos y juegos de azar; software de apuestas; aplicaciones de apuestas deportivas; pantallas táctiles de computadora; terminales de computadora; terminales interactivos; terminales multimedia; terminales electrónicos para la generación de boletos de lotería; software de juegos que genera o muestra los resultados de apuestas de máquinas de juego.; en clase 28: Máquinas tragamonedas [máquinas de juego]; máquinas de entretenimiento accionadas por monedas; máquinas de juegos de azar accionadas por monedas; máquinas de videojuegos de arcade accionadas por monedas; máquinas de juego para apuestas; máquinas tragamonedas (dispositivos de juego); fichas y dados [equipo de juego]; mesas de ruleta.; en clase 41: Servicios de juegos de azar; alquiler de máquinas tragamonedas; alquiler de máquinas de juego; servicios de casino y juegos de azar; servicios de entretenimiento mediante máquinas de juego; servicios de casino; servicios de casino en línea; servicios de juegos de azar en línea; provisión de instalaciones de casino; provisión de información en línea en el campo del entretenimiento de juegos de computadora; organización de loterías; producción de podcasts; provisión de entretenimiento a través de podcasts; producción de programas de radio; producción de videos; provisión de información relacionada con deportes. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 30 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN202601070744 ).

Solicitud Nº 2026-0004223.—Laura Francini Arroyo Cubillo, cédula de identidad 108590573, en calidad de apoderado generalísimo de Fundación Quantum, cédula jurídica 3006747121 con domicilio en Escazú, San Miguel, Calle Rosalinda, N° 22, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Quantum Leap como nombre comercial en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios educativos y formativos en materia de sostenibilidad, cambio climático y desarrollo sostenible; servicios de encuentro y vinculación de personas para promover soluciones holísticas y cuido al medio ambiente. Ubicado en San José, Escazú, San Miguel, Calle Rosalinda, N°22. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 16 de abril de 2026. Presentada el: 15 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN202601070751 ).

Solicitud Nº 2026-0002567.—Ariana Arias Araya, casada una vez, cédula de identidad Nº 206980868 y Jason Howard Sterling, casado una vez, cédula de identidad Nº 113120021, con domicilio en 100 m este y 75 sur Hogar Ancianos, San Ramón, Alajuela, Costa Rica y 100 este y 75 sur del Hogar de Ancianos, San Ramón, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de servicios en clase: 44. Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios (dentales): carillas, blanqueamientos, bichectomía, calzas, limpiezas, prótesis, extracciones, ortodoncia, odontopediatría, coronas, puentes, endodoncias, cirugía de cordales, implantes dentales, alineadores. Reservas: De los colores: menta, negro, blanco. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 23 de abril de 2026. Presentada el 27 de marzo de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN202601070754 ).

Solicitud N° 2026-0004571.—Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, cédula de identidad 112991846, en calidad de Apoderado Especial de LG H&H CO., LTD con domicilio en 98, Huam-Ro, Jung-Gu, Seoul, República de Corea, solicita la inscripción de: CNP Laboratory como marca de fábrica en clase(s): 3. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Cosméticos; preparaciones para el cuidado de la piel; preparaciones para el cuidado corporal; preparaciones para el cuidado del cabello; perfumes; colonias; lociones para la piel; lociones hidratantes para la piel; astringentes no medicados para la piel con fines cosméticos; emulsión facial concentrada; lociones para después del afeitado; acondicionadores para la piel; cremas limpiadoras para la piel; cremas hidratantes para la piel; bases de maquillaje; bases de maquillaje cosméticas; correctores; agua de tocador; mascarillas de belleza; jabones de tocador; jabones de baño; limpiadores corporales; bruma corporal; gel corporal; gel de baño; crema corporal exfoliante; champú para el cabello; enjuagues capilares; preparaciones no medicadas para el tratamiento del cabello con fines cosméticos; laca para el cabello; espuma para el cabello; gel para el cabello; tintes para el cabello; preparaciones y sustancias para el cuidado de las uñas; capas base para esmalte de uñas; esmalte de uñas; removedor de esmalte de uñas; capas superiores para esmalte de uñas; endurecedor de uñas; rubor; labiales; delineador de labios; tintes labiales; brillo labial; rímel; sombras de ojos; lápices para cejas; delineadores de ojos; pastas dentales; dentífricos; blanqueador dental cosmético; lápiz para blanqueamiento dental; parches blanqueadores dentales no destinados a fines médicos; detergentes para lavar platos; preparaciones para aromatizar el aire; suavizantes de telas para uso en lavandería; detergentes para ropa; preparaciones de limpieza para uso doméstico; preparaciones para el cuidado solar; lociones bloqueadoras solares; cremas bloqueadoras solares. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 23 de abril de 2026. Presentada el: 22 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega Registrador(a).—( IN202601070762 ).

Solicitud N° 2026-0003679.—Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, cédula de identidad 102990846, en calidad de Apoderado Especial de LG H&H CO., LTD con domicilio en 98, Huam-Ro, Jung-Gu, Seoul, Corea del Sur, solicita la inscripción de: EUTHYMOL como marca de comercio en clase(s): 3. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Preparaciones antiestáticas para uso doméstico; preparaciones para perfumar el aire; preparaciones cosméticas para el cuidado de la boca y los dientes; aerosoles para refrescar el aliento; toallitas cosméticas de limpieza prehumedecidas; enjuagues bucales y gárgaras no medicinales; champús para el cabello; preparaciones de tocador no medicinales; preparaciones para limpiar, pulir, fregar y abrasivas; suavizantes de telas para uso en lavandería; detergentes para lavar ropa; aceites esenciales; jabones no medicinales para uso personal; parches blanqueadores dentales; tiras blanqueadoras dentales; preparaciones para el blanqueamiento dental; dentífricos; pañuelos impregnados con lociones cosméticas; mascarillas de belleza con fines cosméticos; cosméticos. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de abril de 2026. Presentada el: 27 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega Registrador(a).—( IN202601070768 ).

Solicitud N° 2026-0001948.—Jonathan Jara Castro, cédula de identidad 1-1146-0386, en calidad de Apoderado Especial de American Data Networks Sociedad Anónima, Cédula jurídica 3101402954 con domicilio en San José, San José, Sabana Sur de la Contraloría General de la Republica 50 oeste edificio La Colmena, piso 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de comercio y servicios en clase(s): 9 y 42. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Software descargable relacionado con seguridad informática; - filtrado de tráfico de red; - protección contra amenazas digitales; - gestión de redes informáticas; en clase 42: Servicios tecnológicos consistentes en monitoreo, análisis y filtrado de tráfico de datos; servicios de ciberseguridad; software como servicio (SaaS) para protección y gestión de redes informáticas. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de abril de 2026. Presentada el: 13 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN202601070772 ).

Solicitud N° 2026-0001267.—Julio Jiménez Blanco, casado dos veces, cédula de identidad 106560019, en calidad de Apoderado Generalísimo de J&J Lighting and Production Services Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101671404 con domicilio en San Pablo, 200 metros este del Mall Paseo de Las Flores Condominio Interamericana, casa número 19, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de servicios en clase(s): 35 y 41. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente en clase 35: Promotora y organizadora de los servicios que implican la gestión, la explotación, la organización y la administración comercial de una empresa comercial o industrial, así como los servicios de publicidad, marketing y promoción; en clase 41 Actividades de producción de documentales, películas cinematográficas, videos y programas de televisión y radio, organización y celebración de eventos de entretenimiento, culturales, musicales, recreativos, artísticos, de negocios, organización con fines de integración social, cultural y comercial. Reservas: De los colores: Azul y Rojo. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 9 de abril de 2026. Presentada el: 4 de febrero de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado Registrador(a).—( IN202601070774 ).

Solicitud N° 2026-0004652.—Adriana Calvo Fernández, cédula de identidad 110140725, en calidad de Apoderado Especial de Veteados L&A Limitada, cédula jurídica 3102925259 con domicilio en San José, Escazú, San Rafael, 150 metros sur de la entrada sureste del Centro Comercial Multiplaza, edificio Terraforte, piso 4, Lex Counsel, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café y bebidas de café o a base café, sucedáneos del café. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 29 de abril de 2026. Presentada el: 24 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador(a).—( IN202601070785 ).

Solicitud N° 2026-0002557.—Elizabeth Naranjo Ramírez, soltera, Cédula de identidad 801030117 con domicilio en calle 14, Av. 3, Merced, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como nombre comercial en clase(s): Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a venta por menor de ropa para niños y bazar, ubicado en San José, merced, calle 14, av. 3. Reservas: Se reservan los colores: rosado, azul, amarillo, anaranjado, blanco, lila, verde, rojo, azul, fucsia. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 26 de marzo de 2026. Presentada el: 4 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN202601070786 ).

Solicitud N° 2026-0003421.—Andrés Hernández Osti, casado dos veces, cédula de identidad 107120834, en calidad de Apoderado Especial de Hoodrich Limited con domicilio en 10 Slingsby Place, ST Matin´s Courtyard, London, WC2E 9AN, Reino Unido, solicita la inscripción de: HOODRICH como marca de fábrica y comercio en clase(s): 18 y 25. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 18: bolsos, mochilas, bolsas deportivas, bolsas de lona, bolsas de playa, equipaje de mano, bolsos de fiesta, bolsas de fin de semana, bolsos de hombro, bolsos tote, bolsas de viaje, fundas para ropa, bolsos de mano, equipaje, bolsos de pecho, riñoneras, bolsas con cordón, carteras, monederos, estuches para llaves, estuches vacíos para artículos de tocador y cosméticos, paraguas. ;en clase 25: Camisas; camisetas; camisetas sin mangas; camisetas de tirantes; suéteres; sudaderas; pantalones de chándal; sudaderas con capucha; chaquetas; chaquetas con mangas; abrigos; vaqueros; pantalones de jogging; pantalones; pantalones cortos; faldas; vestidos; pantalones; ropa interior; calzoncillos; bóxers; ropa de estar por casa; lencería; sujetadores; calcetines; trajes de baño; pijamas; cinturones; guantes; bufandas; pasamontañas; gorros; gorras con visera; gorros de punto; gorras y sombreros deportivos; calzado; zapatos; zapatillas deportivas; sandalias; zapatos sin cordones; chanclas. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 17 de abril de 2026. Presentada el: 24 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales, Registrador(a).—( IN202601070789 ).

Solicitud N° 2026-0004232.—Marco José Montero Cubero, soltero, cédula de identidad 207340137 con domicilio en San Ramón, Santiago, contiguo a local Siempre Bella, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de servicios en clase(s): 41. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicio de compositores y autores de música, se específica rock progresivo. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 22 de abril de 2026. Presentada el: 15 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández Registrador(a).—( IN202601070795 ).

Solicitud N° 2026-0002226.—Gabriel Jiménez Pacheco, cédula de identidad 117010742, en calidad de Apoderado Especial de Marcela Tanchez Monge de Siguere, casada una vez con domicilio en 1ra calle 23-28 B zona 15 Vista Hermosa 2, 01015, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción como marca de comercio y servicios en clase(s): 5; 28; 35 y 41. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario; alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e impresiones dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. ;en clase 28: juegos y juguetes relacionado con ejercicio físico, para bebes, personas y animales; todo tipo de artículos de gimnasia, tales como pelotas, cintas, bandas elásticas, bandas de resistencia; todo tipo de bandas de gimnasia; todo tipo de muñequeras, cuerdas, rodilleras; todo tipo de artículos para aeróbicos, ruedas, agarraderas, cinturones de gimnasia, fajas para gimnasia y deporte; aparatos de videojuegos; adornos para árboles de navidad; en clase 35: publicidad; gestión, organización y administración de negocios comerciales; trabajos de oficina. ;en clase 41: educación, formación, retos, competencias, conferencias, asesorías, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales, todo relacionado con deporte y ejercicio físico, para bebes, personas y animales; asesoramiento en realización de todo tipo de ejercicios para desarrollar facultades mentales y físicas, en personas, bebes y animales, con el objeto de obtener una vida saludable y deportiva; asesoramiento, conferencias, información y todo tipo de consultas en temas de actividades deportivas en toda clase de deporte; actividades de recreo, diversión y entretenimiento de bebes, personas y animales Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el: 25 de febrero de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerin Castro, Registrador(a).—( IN202601070801 ).

Solicitud N° 2026-0000698.—Johnny Gerardo León Guido, mayor, soltero, abogado, cédula de identidad 503400775, en calidad de Apoderado Especial de 3 - 102 - 948126 Limitada, cédula jurídica 3102948126 con domicilio en Limón, Talamanca, Cahuita, Puerto Viejo, de la delegación de policías 25 metros este, Bufete León & Asociados, Puerto Viejo, Costa Rica, solicita la inscripción como nombre comercial en clase(s): Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a organización de viajes, ubicado en Limón, Talamanca, Cahuita, Puerto Viejo, Chaman Mercadito local izquierdo. Reservas: no hay reserva de color. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de marzo de 2026. Presentada el: 26 de enero de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales, Registrador(a).—( IN202601070802 ).

Solicitud N° 2026-0004886.—Yirlana Guisela Betrano Valverde, casada tres veces, cédula de identidad 108970179 con domicilio en Guadalupe, B°Pilar, 50 sur Pulp Said, B°Independencia, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 4. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 4: Velas para ocasiones especiales y cera para hacer velas. Reservas: De los colores: blanco, negro y dorado. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el: 28 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registrador(a).—( IN202601070806 ).

Solicitud Nº 2026-0005011.—Jéssica Enue Ward Campos, cédula de identidad 113030101, en calidad de apoderado especial de Hisense International Co., Ltd con domicilio en N° 218, Qianwangang Road, Qingdao Economic & Technological Development Zone, Qingdao, Shandong, China, China , solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 9. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Pantallas LED; monitores LCD; pantallas de cristal líquido; televisores con pantalla de cristal líquido (LCD); paneles LCD; paneles de transistores de película delgada y cristal líquido (TFT-LCD); monitores de ordenador; monitores de televisión; pantallas de vídeo; aparatos de televisión; mandos a distancia; mandos a distancia para televisores; pantallas de visualización; proyectores LCD; chipsets gráficos de alta definición; chips electrónicos; chips [circuitos integrados] Reservas: Rojo, amarilo, naranja, verde, azul, morado, negro. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 30 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN202601070808 ).

Solicitud Nº 2026-0004762.—María Cristina González Demmer, cédula de identidad 114170589, en calidad de apoderado especial de Cocina Experimental JRG Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101754432 con domicilio en Cartago, San Nicolás, Barrio La Lima, quinientos metros oeste de Laboratorios Stein, bodega a mano derecha azul y blanco / Costa Rica, San José, Costa Rica , solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 16. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: Bolsas en rollo compostables o biodegrabables para embalaje; envases y empaques compostables o biodegradables para empaquetar alimentos. Reservas: El logo consta de las palabras dos mil en letra negra estilizada sobre fondo blanco. Dichas palabras son acompañadas por el número 50 en letra estilizada de color verde sobre fondo blanco. Además se acompañan de un círculo que simula una planeta formado por una planta de color verde y una sombra negra que simula la redondez del planeta todo sobre fondo blanco. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 5 de mayo de 2026. Presentada el: 27 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registrador.—( IN202601070810 ).

Solicitud Nº 2026-0003068.—Maricela Ugalde Guerrero, casada una vez, cédula de identidad 601870964 con domicilio en vecina de Puntarenas, Esparza, doscientos oeste de la escuela Diego de Artieda y Chirino, casa color verde claro a mano izquierda, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de servicios en clase(s): 43. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicio de restaurante, preparación de alimentos y bebidas de consumo. Reservas: se reserva los colores amarillo, negro, blanco. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 24 de marzo de 2026. Presentada el: 16 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN202601070811 ).

Solicitud Nº 2026-0005078.—Andrés Hernández Osti, casado dos veces, cédula de identidad 107120834, en calidad de apoderado especial de Oliver Healthcare Packaging Company con domicilio en 445 Sixth Street Nw, Grand Rapids MI 49504, Estados Unidos de América , solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 1; 6; 16 y 17. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Adhesivos para uso general industrial, en concreto, adhesivos y recubrimientos termosellables para su uso en embalaje.; en clase 6: Materiales de embalaje para dispositivos médicos, a saber, papel de aluminio para embalaje y bolsas de papel de aluminio para empaquetado.; en clase 16: Materiales de embalaje para dispositivos médicos, a saber, papel de embalaje, papel de embalaje sintético, cierres de papel y papel sintético para sellar envases, bolsas de papel y papel sintético, sobres y bolsas para embalaje, bolsas y bolsas de plástico para embalaje.; en clase 17: Materiales de embalaje para dispositivos médicos, en concreto, película plástica para embalaje; láminas de fibras sintéticas para usar como tapas, material en láminas recubiertas de adhesivo de fibras sintéticas apto para embalaje, plástico en forma de láminas para usar en la fabricación de tapas; tarjetas de montaje, a saber, láminas de plástico para posicionar y sujetar dispositivos. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de mayo de 2026. Presentada el: 4 de mayo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales, Registradora.—( IN202601070812 ).

Solicitud Nº 2026-0003297.—Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de LG H&H CO., Ltd. con domicilio en 98, Huam-Ro, Jung-Gu, Seoul, Corea del Sur, solicita la inscripción de: OHUI como marca de comercio en clase(s): 3. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Cosméticos; preparaciones para el cuidado de la piel; preparaciones para el cuidado corporal; preparaciones para el cuidado del cabello; perfumes; colonias; lociones para la piel; lociones hidratantes para la piel; astringentes no medicinales para la piel con fines cosméticos; emulsiones faciales concentradas; lociones para después de afeitar; acondicionadores para la piel; cremas limpiadoras para la piel; cremas hidratantes para la piel; bases de maquillaje; prebases de maquillaje (cosméticos); correctores; agua de tocador; mascarillas de belleza; jabones de tocador; jabones de baño; limpiadores corporales; bruma corporal; gel corporal; gel de baño; exfoliantes en crema para el cuerpo; champú para el cabello; enjuagues para el cabello; preparaciones no medicinales para el tratamiento del cabello con fines cosméticos; laca para el cabello; mousse para el cabello; gel para el cabello; tintes para el cabello; preparaciones y sustancias para el cuidado de las uñas; bases para esmalte de uñas; esmalte de uñas; removedor de esmalte para uñas; capas superiores para esmalte de uñas; endurecedor de uñas; rubor; lápices labiales; delineador de labios; tintes labiales; brillo labial; mascara de pestañas; sombras de ojos; lápices para cejas; delineador de ojos; pastas dentales; dentífricos; blanqueadores dentales cosméticos; lápices para blanqueamiento dental; parches blanqueadores dentales no medicinales; detergentes para lavar platos; preparaciones para aromatizar el aire; suavizantes para ropa; detergentes para lavandería; preparaciones de limpieza para uso doméstico; preparaciones para el cuidado solar; lociones protectoras solares; cremas protectoras solares. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 23 de marzo de 2026. Presentada el: 20 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN202601070813 ).

Solicitud Nº 2026-0004767.—Maria Cristina González Demmer, cédula de identidad 114170589, en calidad de apoderado especial de Cocina Experimental JRG Sociedad Anónima, Cédula jurídica 3101754432 con domicilio en Cartago, San Nicolás, Barrio La Lima, quinientos metros oeste de laboratorios stein, bodega a mano derecha azul y blanco / Costa Rica, San José, Costa Rica , solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 22. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 22: Bolsas para el almacenamiento de productos secos a granel; bolsas que no sean textiles para el almacenamiento de productos secos a granel. Reservas: El logo consta de las palabras dos mil en letra negra estilizada sobre fondo blanco. Dichas palabras son acompañadas por el número 50 en letra estilizada de color verde sobre fondo blanco. Además se acompañan de un círculo que simula una planeta formado por una planta de color verde y una sombra negra que simula la redondez del planeta todo sobre fondo blanco. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 5 de mayo de 2026. Presentada el: 27 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN202601070832 ).

Solicitud Nº 2026-0003666.—Lourdes Vanessa Romero Castro, cédula de identidad 304310046, en calidad de apoderado generalísimo de 3-102-957508 Limitada, cédula jurídica 3102957508 con domicilio en Guarco, El Tejar, Residencial Las Catalinas casa 164, frente a Super Suwin, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de comercio en clase(s): 29 y 30. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Frutas, verduras, hortalizas, legumbres en conserva, leche, productos lácteos, jaleas.; en clase 30: Café, sucedáneos de café, harinas, pan, productos de pastelería, helados. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 24 de abril de 2026. Presentada el: 20 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN202601070836 ).

Solicitud N° 2026-0004775.—María Cristina González Demmer, cédula de identidad 114170589, en calidad de Apoderado Especial de Cocina Experimental JRG Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101754432 con domicilio en Cartago, San Nicolás, Barrio La Lima, quinientos metros oeste de Laboratorios Stein, bodega a mano derecha azul y blanco / Costa Rica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 21. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 21: bolsas refrigerantes para alimentos y bebidas. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el: 27 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerin Castro, Registrador(a).—( IN202601070839 ).

Solicitud N° 2026-0005054.—Ballardo Avalos Sequeira, mayor de edad, casado una vez, abogado, cédula de identidad 800600425, en calidad de Apoderado Generalísimo de Tharwa Capital S.R.L., cédula jurídica 3102892405 con domicilio en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Urbanización Ana Mercedes, Ciudad Quesada, Costa Rica, solicita la inscripción de: OFICENTRO ATENEA como Nombre Comercial en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Establecimiento comercial dedicado a: Edificio de oficinas destinadas a servicios jurídicos y empresariales. Ubicado en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Urbanización Ana Mercedes. 150 metros norte de la entrada principal a la urbanización, edificio a mano derecha, identificado como Oficentro Atenea Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de mayo de 2026. Presentada el: 3 de mayo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN202601070842 ).

Solicitud N° 2026-0001608.—Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, en calidad de apoderado especial de LG H&H Co., LTD. con domicilio en 98, Huam-Ro, Jung-Gu, Seoul, Republic of Korea, República de Corea, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3:   Cosméticos. preparaciones para el cuidado de la piel, preparaciones para el cuidado corporal, preparaciones para el cuidado del cabello, perfumes, colonias, lociones para la piel, lociones hidratantes para la piel, astringentes no medicinales para la piel con fines cosméticos, emulsiones concentradas faciales. lociones para después del afeitado, acondicionadores para la piel, cremas limpiadoras para la piel, cremas hidratantes para la piel, bases de maquillaje, bases de maquillaje cosméticas, correctores, agua de tocador, mascarillas de belleza, jabones de tocador, jabones de baño, limpiadores corporales, brumas corporales, gel corporal, gel de baño, crema corporal, exfoliantes, champú para el cabello, enjuagues para el cabello, preparaciones no medicinales para el tratamiento del cabello con fines cosméticos, spray para el cabello, mousse para el cabello, gel para el cabello, tintes para el cabello, preparaciones y sustancias para el cuidado de las uñas, capas base para esmalte de uñas, esmalte de uñas, removedor de esmalte de uñas, capas superiores para esmalte de uñas, endurecedor de uñas, rubor, lápices labiales, delineadores de labios, tintes labiales, brillo labial, máscara de pestañas, sombras de ojos, lápices para cejas, delineadores de ojos, pastas dentales, dentífricos, blanqueadores dentales cosméticos, lápices para blanqueamiento dental con fines no médicos, parches blanqueadores dentales no destinados a fines médicos, detergentes para lavar vajilla, preparaciones para perfumar el aire, suavizantes de telas para uso en lavandería, detergentes para lavandería, preparaciones de limpieza para uso doméstico, preparaciones para el cuidado solar, lociones de protección solar y cremas de protección solar. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 2 de marzo de 2026. Presentada el: 11 de febrero de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.  2 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN202601070844 ).

Solicitud N° 2026-0003677.—Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, cédula de identidad 102990846, en calidad de Apoderado Especial de LG H&H CO. LTD. con domicilio en 98, Huam-Ro, Jung-Gu, Seoul, República de Corea, solicita la inscripción de: EUTHYMOL como marca de fábrica en clase(s): 21. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 21: Esponjas exfoliantes; cepillos dentales de penacho único; jaboneras; cepillos de dientes no eléctricos; peines para el cabello y esponjas; brochas cosméticas para la aplicación de maquillaje; pulverizadores para la limpieza de encías y dientes; peines eléctricos para el cabello; cepillos de dientes eléctricos; cabezales de reemplazo para cepillos de dientes eléctricos; limpiadores interdentales; hilo dental; aparatos para limpiar dientes y encías mediante agua a alta presión para uso doméstico; cepillos de dientes; estuches para cepillos de dientes; soportes para cepillos de dientes; cepillos para limpieza de la lengua; utensilios cosméticos; aparatos para retirar maquillaje. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 23 de abril de 2026. Presentada el: 27 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN202601070852 ).

Solicitud N° 2026-0004845.—Alexis Manuel Arias López, cédula de identidad 114460006, en calidad de Apoderado Especial de José Carlos Del Busto Paredes, mayor, casado en primeras nupcias, gerente de ventas, portador del DIMEX 16040041421, cédula de residencia 160400414121 con domicilio en San José, Santa Ana, Brasil, Condominil Lomas de Santa Ana casa treinta y tres, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GREAT MAYU como marca de comercio en clase(s): 29. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Productos alimenticios de origen animal, así como la fruta, las verduras, hortalizas y legumbres, y otros productos hortícolas comestibles preparados o en conserva para su consumo. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de mayo de 2026. Presentada el: 6 de mayo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio Registrador(a).—( IN202601070855 ).

Solicitud Nº 2026-0004142.—Manolo Guerra Raven, cédula de identidad Nº 800760914, en calidad de Apoderado Generalísimo de Inversiones Guerra Raven, S. A., cédula jurídica 3101679974 con domicilio en Escazú, Guachipelín, 1.6 KM oeste del peaje de la autopista Próspero Fernández, Edificio Raven Productos Farmacéuticos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de BALY como marca de fábrica y comercio en clase 32 y 33. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32: Bebidas no alcohólicas, agua mineral (bebida), agua de mesa, cerveza, jugo de frutas, polvo para zumo, concentrados, jarabe para bebidas no alcohólicas, refrescos y bebidas energéticas, bebidas con y sin gas; en clase 33: Bebidas alcohólicas (excepto cervezas), aguardientes, aperitivos, cocteles, licores digestivos, espirituosos, sidras, vinos, vodkas, rones, bebidas alcohólicas conteniendo frutas. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 15 de abril de 2026. Presentada el 14 de abril de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez Registrador.—( IN202601070860 ).

Solicitud Nº 2026-0003077.—Rafaela Monge Urbina, soltera, Cédula de identidad 205490797 con domicilio en Valle de La Estrella Entrada San Clemente 200 mts sur casa color roja, Limón, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 3. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Aceites cosméticos, aceite de tocador, hechos de coco. Reservas: De los colores: verde, verde oscuro, verde claro, blanco, amarillo y café. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 24 de marzo de 2026. Presentada el: 16 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio Registrador(a).—( IN202601070861 ).

Solicitud Nº 2026-0004235.—Yancy Vanessa González Salazar, cédula de identidad 112900981, en calidad de Apoderado Especial de 3-102-948442 SRL, cédula de identidad 3102948442 con domicilio en El Alto, del supermercado PALÍ cincuenta metros este, doscientos metros norte y cien metros este, penúltima casa al lado derecho en la segunda planta, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 39. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 39: Servicios de organización de viajes; servicios para el transporte de personas; servicios de suministro de información sobre viajes prestados por intermediarios y agencias de turismo; servicios de suministro de información sobre tarifas, horarios y medios de transporte. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 15 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado Registrador(a).—( IN202601070866 ).

Solicitud Nº 2026-0004844.—Vinicio Morales Rojas, casado una vez, cédula de identidad 206810376 con domicilio en San Carlos, Pital, 100 metros sur de la estación de Bomberos, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Pizza. Reservas: De los colores: amarillo, rojo, blanco y negro. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 29 de abril de 2026. Presentada el: 28 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata Registrador(a).—( IN20201070871 ).

Solicitud Nº 2026-0004770.—María Cristina González Demmer, cédula de identidad 114170589, en calidad de Apoderado Especial de cocina experimental JRG Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101754432 con domicilio en Cartago, San Nicolás, barrio La Lima, quinientos metros oeste de laboratorios stein, bodega a mano derecha azul y blanco / Costa Rica, San José, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 30. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: café; pan. Reservas: El logo consta de las palabras dos mil en letra negra estilizada sobre fondo blanco. Dichas palabras son acompañadas por el número 50 en letra estilizada de color verde sobre fondo blanco. Además, se acompañan de un círculo que simula un planeta formado por una planta de color verde y una sombra negra que simula la redondez del planeta todo sobre fondo blanco. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 28 de abril de 2026. Presentada el: 27 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales Registrador(a).—( IN202601070898 ).

Solicitud Nº 2026-0003889.—Esteban Adolfo Fonseca Zuñiga, cédula de identidad 112180530, en calidad de Apoderado Generalísimo de Seven Pharma Limitada, cédula jurídica 3-102-534220 con domicilio en Guadalupe de Goicoechea, Barrio Colonia del Río, 100 metros al sur de la entrada principal, San José, Costa Rica , solicita la inscripción de: PREBOGA como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 8 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio Registrador(a).—( IN202601070900 ).

Solicitud Nº 2026-0004824.—José David Cordero Solano, Casado una vez, cédula de identidad 303800914 con domicilio en detrás del Cine Magaly, barrio la California, Restaurante Limoncello, San José, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 30. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Burritos de pollo, tacos de pollo. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el: 28 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen Registrador(a).—( IN202601070905 ).

Solicitud Nº 2026-0004264.—Margaret Chaves Hernández, cédula de identidad 10764095, en calidad de Apoderado Especial de Semillas Papalotla S. A. de C.V. con domicilio en Orizaba 195, Colonia Roma, Ciudad México, México Df, México, Mexico, México , solicita la inscripción de: OKAPI como Marca de Comercio en clase(s): 31. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: Semillas de pasto para ganado. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 7 de mayo de 2026. Presentada el: 16 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández Registrador(a).—( IN202601070908 ).

Solicitud Nº 2026-0004594.—Luis Gerardo Chaves Papili, casado una vez, cédula de identidad 109170426 con domicilio en San José, Vázquez de Coronado, San Isidro, Residencial Los Alpes, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como Nombre Comercial en clase(s): Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Empresa dedicada al arrendamiento, administración y gestión de bienes inmuebles, incluyendo locales comerciales, oficinas y otros espacios destinados a actividades económicas. Ubicado en Cartago, Llanos de Santa Lucia, contiguo a Plycem. Reservas: NEGRO Y BLANCO. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 5 de mayo de 2026. Presentada el: 22 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez Registrador(a).—( IN202601070910 ).

Solicitud Nº 2026-0005034.—Guo An Feng, casado una vez, cédula de residencia 186201553422 con domicilio en calle principal Alto Guadalupe 300 mts. colegio Madre Divino a Oeste, San José, Costa Rica , solicita la inscripción como marca de comercio en clases 29; 30 y 32. Internacionales.

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Sopa instantánea.; en clase 30: Galleta, confitería.; en clase 32: Bebidas a base de jugo de aloe. Reservas: De los colores: Blanco y Negro. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 06 de mayo de 2026. Presentada el 30 de abril de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 06 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González Registrador.—( IN202601070913 ).

Solicitud Nº 2026-0004683.—Luis Esteban Hernández Brenes, cédula de identidad 401550803, en calidad de Apoderado Especial de Moshe Weisleder Shacalo, mayor de edad, soltero, estudiante,, cédula de identidad 119430369 y Daniel Cordero Rubinstein, mayor de edad, soltero, estudiante,, cédula de identidad 119080348 con domicilio en Condominio La Hacienda, Río Oro, Santa Ana, San José, Costa Rica., Costa Rica y Condominio Bosques de Lindora, Pozos de Santa Ana, San José, Costa Rica., Costa Rica , solicita la inscripción de: TO-GO by TOGOTECH como Marca de Servicios en clase(s): 35. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Suministro de espacios de venta en línea para vendedores y compradores de productos y servicios; suministro de espacios de venta en línea para vendedores y compradores de archivos de imágenes digitales descargables autenticados por tókenes no fungibles [TNF]; agrupamiento, por cuenta de terceros, de una amplia gama de productos (excepto su transporte), para que los consumidores puedan verlos y adquirirlos con comodidad, prestados por medio de una plataforma de comercio electrónico. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de mayo de 2026. Presentada el: 24 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández Registrador(a).—( IN202601070920 ).

Solicitud Nº 2026-0004127.—Douglas Gerardo Delgado Barboza, cédula de identidad 109390215, en calidad de Apoderado Generalísimo de Marena Business Capital S. A. con domicilio en Republica de Panama Plaza Credicorp Bank, piso 26, Avenida Nicanor de Obarrio, calle 50, Panama, Republica de Panama, Panamá , solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 35 y 39. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios de administración; en clase 39: Servicios de alquiler y provisión de estacionamientos. Reservas: Nº De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 27 de abril de 2026. Presentada el: 13 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata Registrador(a).—( IN202601070921 ).

Solicitud Nº 2026-0005067.—María Monserrat Soto Roig, cédula de identidad 112920641, en calidad de Apoderado Especial de Profármaco S. A., cédula jurídica NIFA59168203 con domicilio en CL Numancia Número 187, P.5, Barcelona, España , solicita la inscripción de: MONTIRZE como marca de fábrica en clase 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un medicamento hipoglucemiante para el control de glicemia y peso. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 05 de mayo de 2026. Presentada el 04 de mayo de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 05 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega Registradora.—( IN202601070927 ).

Solicitud Nº 2026-0004330.—Ana Graciela Alvarenga Jiménez, cédula de identidad 106810432, en calidad de Apoderado Especial de María Jesús San Silvestre Chacón, mayor, casada una vez, cédula de identidad 111690122 con domicilio en San José, cantón San José, San Francisco de Dos Ríos, de La Estación de servicio Shell cien metros sur y setenta y cinco este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Suplementos alimenticios destinados a completar una dieta normal o a beneficiar la salud; sustitutos de comidas y los alimentos y bebidas dietéticos para uso médico o veterinario. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el: 16 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega Registrador(a).—( IN202601070947 ).

Solicitud Nº 2026-0004425.—Paola Castro Montealegre, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de Laboratorios Siegfried, S. A. con domicilio en complejo Logísitco Farmazona, S. A., Boulevard Ernesto Pérez Balladares, Zona Libre de Colón, Fuerte Davis, ciudad de Panamá, República de Panamá., Panamá , solicita la inscripción de: OBEGLUCON como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos Farmacéuticos para tratar la Diabetes y La Obesidad Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 22 de abril de 2026. Presentada el: 20 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen Registrador(a).—( IN202601071017 ).

Solicitud Nº 2026-0004429.—Paola Castro Montealegre, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de Laboratorios Siegfried, S. A. con domicilio en Complejo Logísitco Farmazona, S. A., Boulevard Ernesto Pérez Balladares, zona libre de Colón, Fuerte Davis, Ciudad de Panamá, República de Panamá., Panamá , solicita la inscripción de: WEGLUCAL como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos Farmacéuticos para tratar la diabetes y la obesidad reservas: de conformidad con el artículo 18 del reglamento de la ley de marcas y otros signos distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. fecha: 21 de abril de 2026. presentada el: 20 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González Registrador(a).—( IN202601071053 ).

Solicitud Nº 2026-0003771.—Silvia Maria Calderon Rojas, cédula de identidad 304530889, en calidad de Apoderado Especial de Raquel Quesada Araya, Mayor, soltera, emprendedora, cédula de identidad 117590589 con domicilio en San José, San Marcos de Tarrazú, Barrio La Rosita 1, novena casa a mano derecha, San José, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 41 y 43. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios de educación y formación culinaria especializada en gastronomía japonesa; organización e impartición de talleres presenciales y clases virtuales sobre preparación de comida estilo japonesa; organización de eventos, competencias y demostraciones culinarias; consultoría y asesoría en técnicas de cocina japonesa; servicios de entretenimiento mediante shows y exhibiciones gastronómicas; en clase 43: Servicios de restauración (alimentación); servicios de restaurante especializado en gastronomía japonesa; preparación y servicio de variedad de comida estilo japonesa; servicios de comida para llevar; servicios de entrega a domicilio de alimentos preparados; servicios de catering; servicios de suministro de comida y bebidas Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 17 de abril de 2026. Presentada el: 6 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN202601071062 ).

Solicitud Nº 2026-0003801.—Paola Castro Montealegre, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de Dkt de México S. A. de C.V. con domicilio en Avenida Anillo de Circunvalación No. 127, tercer piso, Colonia Atlántida, C.P. 04370, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, México., México, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 10. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 10: Condones de hule látex sensibles. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 22 de abril de 2026. Presentada el: 7 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández Registrador(a).—( IN202601071069 ).

Solicitud Nº 2026-0004433.—Paola Castro Montealegre, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de Laboratorios Siegfried, S. A. con domicilio en Complejo Logísitco Farmazona, S. A., Boulevard Ernesto Pérez Balladares, zona libre de Colón, Fuerte Davis, Ciudad de Panamá, República De Panamá., Panamá , solicita la inscripción de: Raquiferol como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos Farmacéuticos Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 21 de abril de 2026. Presentada el: 20 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN202601071077 ).

Solicitud Nº 2026-0003788.—Paola Castro Montealegre, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de Dkt de MéxicO S. A. DE C.V. con domicilio en avenida anillo de circunvalación No. 127, Tercer Piso, Colonia Atlántida, C.P. 04370, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, México., México , solicita la inscripción de: PRUDENCE + ONE ULTRA como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 10. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 10: Kit de prueba rápida de embarazo con tira reactiva en casete tipo pluma Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 23 de abril de 2026. Presentada el: 6 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales, Registrador(a).—( IN202601071081 ).

Solicitud Nº 2026-0004976.—Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Tacoplast, Limitada de capital variable que puede abreviarse Tacoplast Ltda de C.V. con domicilio en distrito de sonsonate, municipio de sonsonate centro, departamento de sonsonate, el salvador, el salvador , solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 20 y 21. internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 20: envases de plástico para uso comercial o industrial [contenedores]; en Clase 21: productos plásticos y artículos del hogar, herméticos, vajillas de mesa, depósitos para agua, basureros y cubetas Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 5 de mayo de 2026. Presentada el: 29 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN202601071187 ).

Solicitud Nº 2026-0004973.—Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de Tacoplast, Limitada de Capital variable que puede abreviarse Tacoplast LTDA de C.V. con domicilio en Distrito de Sonsonate, Municipio de sonsonate centro, departamento de Sonsonate, El Salvador., El Salvador, solicita la inscripción de: CLARISOL como marca de fábrica y comercio en clase(s): 21. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 21: Línea de Productos Plásticos o artículos del Hogar: Herméticos, Vajillas de Mesa, depósitos de agua, Basureros, Cubetas Plásticas En General Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 5 de mayo de 2026. Presentada el: 29 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales, Registrador(a)A( IN202601071188 ).

Solicitud Nº 2026-0004455.—Aaron Montero Sequeira, en calidad de Apoderado Especial de Ingas Holdings, S. A. con domicilio en Vía España 122, torre Delta, piso 14, Ciudad de Panamá, República de Panamá, Panamá , solicita la inscripción de: GASPRO como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmaceuticos, veterinarios e higiénicos; gases para uso medico; desinfectantes; productos para purificar el aire. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 22 de abril de 2026. Presentada el: 21 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registrador(a).—( IN202601071189 ).

Solicitud Nº 2026-0004865.—Lorena del Carmen Navarro Chavarría, cédula de identidad 204600370, en calidad de Apoderado Especial de Agricultura creativa de Fermentos Xpc Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101310132 con domicilio en Heredia, Heredia San Francisco de la iglesia católica del Lugar cien metros sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de servicios en clase(s): 40. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 40: El procesamiento y tratamiento de productos alimenticios, por ejemplo: el prensado de frutas, la molienda de grano, la conservación de alimentos y bebidas, el ahumado de alimentos, la congelación de alimentos. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de mayo de 2026. Presentada el: 28 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN202601071195 ).

Solicitud Nº 2026-0004046.—Paola Castro Montealegre, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de Groovy Brands, S. A.P.I. de C.V. con domicilio en Ricardo Margain 440, 702-A, colonia Valle del Campestre, 66265, San Pedro Garza García, Nuevo León, México., México, solicita la inscripción de: Groovies Como Marca de Fábrica y Comercio en Clase(S): 30. Internacional (ES). para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: cereales listos para comer; cereales procesados; cereales para el desayuno; Preparaciones Hechas de Cereales y Otros productos alimenticios derivados del cereal para ser utilizados para el desayuno; copos de cereales secos para desayunar. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 29 de abril de 2026. Presentada el: 10 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata Registrador(a).—( IN202601071204 ).

Solicitud Nº 2026-0003798.—Paola Castro Montealegre, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de DKT de México S. A. de C.V. con domicilio en avenida Anillo de Circunvalación No. 127, tercer piso, Colonia Atlántida, C.P. 04370, Alcaldía Coyoacán, Ciudad de México, México., México, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 10. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 10: Condones hule látex sabor y aroma fresa. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 23 de abril de 2026. Presentada el: 6 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales, Registrador(a).—( IN202601071206 ).

Solicitud Nº 2026-0004589.—Paola Castro Montealegre, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de Asesores de Responsabilidad Social Aseres Sociedad Anonima, cédula jurídica 3101404826 con domicilio en de La Iglesia de Lourdes 100 este y 100 sur, condominio Solaris Nº305B, San Pedro, Montes de Oca, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 41. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios relacionados con charlas, capacitaciones, exposiciones, actividades educativas, formación, entretenimiento, la diversión y el ocio de las personas. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 5 de mayo de 2026. Presentada el: 23 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN202601071208 ).

Solicitud Nº 2026-0004419.—Paola Castro Montealegre, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de Laboratorios Siegfried, S. A. con domicilio en complejo logísitco Farmazona, S. A., Boulevard Ernesto Pérez Balladares, Zona Libre De Colón, Fuerte Davis, Ciudad de Panamá, República de Panamá., Panamá , solicita la inscripción de: OBEGLUCAL como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos Farmacéuticos para tratar La Diabetes y La Obesidad Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 21 de abril de 2026. Presentada el: 20 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González Registrador(a).—( IN2025601071242 ).

Solicitud Nº 2026-0002948.—Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, cédula de identidad N° 102990846, en calidad de Apoderado Especial de LG H&H CO., LTD. con domicilio en 98, Huam-Ro, Jung-Gu, Seoul, Republic Of Korea, solicita la inscripción de: ISA KNOX como marca de fábrica en clase 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Cosméticos, preparaciones para el cuidado de la piel, preparaciones para el cuidado del cuerpo, preparaciones para el cuidado del cabello, perfumes, colonias, lociones para la piel, lociones hidratantes para la piel, astringentes para la piel no medicados con fines cosméticos, emulsiones faciales concentradas, lociones para después de afeitar, acondicionadores de la piel, cremas limpiadoras para la piel, cremas hidratantes para la piel, bases de maquillaje, pre bases de maquillaje, correctores, agua de tocador, mascarillas de belleza, jabones de tocador, jabones de baño, limpiadores corporales, bruma corporal, gel corporal, gel de baño, exfoliantes corporales en crema, champús para el cabello, enjuagues para el cabello, preparaciones no medicadas para el tratamiento del cabello con fines cosméticos, lacas para el cabello, mousse para el cabello, gel para el cabello, tintes para el cabello, preparaciones y sustancias para el cuidado de las uñas, bases para esmalte de uñas, esmalte de uñas, removedor de esmalte de uñas, capas superiores para esmalte de uñas, endurecedor de uñas, rubor, lápices labiales, delineador de labios, tintes para labios, brillo labial, máscara de pestañas, sombras para ojos, lápices para cejas, delineadores de ojos, pastas dentales, dentífricos, blanqueadores dentales cosméticos, lápiz para blanqueamiento dental, parches para blanqueamiento dental no medicinales, detergentes para lavar platos, preparaciones para perfumar el aire, suavizantes para ropa, detergentes para lavandería, preparaciones de limpieza para uso doméstico, preparaciones para el cuidado solar, lociones de protección solar, cremas de protección solar. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 13 de marzo de 2026. Presentada el 12 de marzo de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN202601071284 ).

Solicitud Nº 2026-0003434.—Sofía Paniagua Guerra, Soltera, cédula de identidad 116320626, en calidad de Apoderado Especial de Shenzhen Saiyin Electronics Co., LTD. con domicilio en N° 4B, Edificio 4, Shanyu Huating, al este de la calle Yiyuan, calle Xin’an, distrito de Bao’an, Shenzhen, C.P. 518000, China , solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 9. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Dispositivos periféricos de computadoras; amplificadores; aparatos de proyección; radios; auriculares; micrófonos; gabinetes para altavoces; instrumentos de medición; baterías eléctricas; cables eléctricos. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 25 de marzo de 2026. Presentada el: 24 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos Registrador(a).—( IN202601071285 ).

Solicitud Nº 2026-0002843.—Marco Antonio Jimenez Carmiol, casado una vez, cédula de identidad 102990846, en calidad de Apoderado Especial de LG H&H CO., LTD. con domicilio en 98, Huam-Ro, Jung-Gu, Seoul, República de Corea, solicita la inscripción de: Dr.Belmeur como Marca de Fábrica en clase(s): 3. Internacional(es)

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Cosméticos, preparaciones para el cuidado de la piel, preparaciones para el cuidado del cuerpo, preparaciones para el cuidado del cabello, perfumes, colonias, lociones para la piel, lociones hidratantes para la piel, astringentes cutáneos no medicinales para fines cosméticos, emulsión facial concentrada, lociones para después del afeitado, acondicionadores de la piel, cremas limpiadoras para la piel, cremas hidratantes para la piel, bases de maquillaje, bases de maquillaje (cosméticos), correctores, agua de tocador, mascarillas de belleza, jabones de tocador, jabones de baño, limpiadores corporales, bruma corporal, gel corporal, gel de baño, crema exfoliante corporal, champú para el cabello, enjuagues capilares, preparaciones no medicinales para el tratamiento del cabello con fines cosméticos, laca para el cabello, mousse capilar, gel capilar, tintes para el cabello, preparaciones sustancias para el cuidado de las uñas, capas base para esmalte de uñas, esmalte de uñas; quitaesmalte, capas finales para esmalte de uñas, endurecedor de uñas, rubor, lápices labiales delineador de labios, tintes labiales, brillo labial, rímel, sombras de ojos, lápices de cejas, delineadores de ojos, pastas dentales, dentífricos, blanqueador dental cosmético, lápiz para blanquear los dientes, parches de blanqueamiento dental para fines no médicos, detergentes para lavavajillas, preparaciones para aromatizar el aire, suavizantes de telas para uso en lavandería, detergentes para ropa, preparaciones de limpieza para fines domésticos, preparaciones para el cuidado solar, lociones de protección solar y cremas de protección solar. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 12 de marzo de 2026. Presentada el: 11 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega Registrador(a).—( IN202601071287 ).

Solicitud Nº 2026-0004168.—Fernando Zepeda Vargas, cédula de identidad 104410287, en calidad de Apoderado Generalísimo de Sistema de Evaluación contemporánea z.g. SA, cédula jurídica 3101415159 con domicilio en desamparados Nopal 125 sur, San José, Costa Rica , solicita la inscripción como Nombre Comercial en clase(s): Internacional(es)

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Establecimiento dedicado a la educación, preescolar, primaria, secundaria. académica, científica, bilingüe y tecnológica, ubicado en San José, Desamparados Nopal 125 metros sur Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 24 de abril de 2026. Presentada el: 14 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN202601071321 ).

Solicitud Nº 2025-0013157.—Camille de Bedout Castro, cédula de identidad 116860595, en calidad de Apoderado Especial de Grupo Vental PVC Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101691340 con domicilio en Heredia, Heredia, San Francisco, cuatrocientos metros al norte y veinticinco metros al este del centro comercial real Cariari, sobre calle La Rusia, oficinas de grupo vental, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 6 y 19. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 6: Perfiles metálicos, en particular de aluminio, para la fabricación, montaje y estructuración de sistemas de ventanearía y cerramientos arquitectónicos; perfiles metálicos cortables, adaptables o modulares para ventanas, puertas, mamparas, muros cortina, fachadas y divisiones internas o externas; marcos metálicos, componentes, herrajes y accesorios metálicos para ventanería; sistemas metálicos de sujeción, ensamblaje y fijación para estructuras de cerramiento; materiales metálicos de construcción en forma de perfiles, barras, ángulos, canales, rieles, molduras y tubos; carpintería metálica no eléctrica; sistemas de cerramiento metálico con fines arquitectónicos, decorativos o de protección; perfiles metálicos anodizados, extruidos o tratados para uso industrial y arquitectónico; piezas metálicas para ensamblajes de vidrio y aluminio; estructuras metálicas prefabricadas para cerramientos.; Perfiles metálicos, en particular de aluminio, para la fabricación, montaje y estructuración de sistemas de ventanería y cerramientos arquitectónicos; perfiles metálicos cortables, adaptables o modulares para ventanas, puertas, mamparas, muros cortina, fachadas y divisiones internas o externas; marcos metálicos, componentes, herrajes y accesorios metálicos para ventanería; sistemas metálicos de sujeción, ensamblaje y fijación para estructuras de cerramiento; materiales metálicos de construcción en forma de perfiles, barras, ángulos, canales, rieles, molduras y tubos; carpintería metálica no eléctrica; sistemas de cerramiento metálico con fines arquitectónicos, decorativos o de protección; perfiles metálicos anodizados, extruidos o tratados para uso industrial y arquitectónico; piezas metálicas para ensamblajes de vidrio y aluminio; estructuras metálicas prefabricadas para cerramientos.; en clase 19: Perfiles no metálicos, en particular de PVC, uPVC o materiales plásticos compuestos, para la fabricación, montaje y estructuración de sistemas de ventanería y cerramientos arquitectónicos; perfiles plásticos cortables, adaptables o modulares para ventanas, puertas, mamparas, muros cortina, fachadas y divisiones internas o externas; marcos no metálicos, componentes, herrajes no metálicos y accesorios plásticos para ventanería; sistemas no metálicos de sujeción, ensamblaje y fijación para estructuras de cerramiento; materiales no metálicos de construcción en forma de perfiles, barras, ángulos, canales, rieles, molduras y tubos; carpintería no metálica; sistemas de cerramiento no metálicos con fines arquitectónicos, decorativos o de protección; perfiles plásticos extruidos, coextruidos o tratados para uso industrial y arquitectónico; piezas no metálicas para ensamblajes de vidrio y PVC; estructuras no metálicas prefabricadas para cerramientos Reservas: No Se Hace Reserva de Colores. de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 5 de mayo de 2026. Presentada el: 18 de noviembre de 2025. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Bernard Molina Alvarado, Registrador(a).—( IN202601071388 ).

Solicitud Nº 2026-0004666.—Jonathan Poveda Coto, cédula de identidad 110860120, en calidad de Apoderado Especial de cedula jurídica 3-102-959370, cédula jurídica 3102959370 con domicilio en provincia de Alajuela, Cantón San Ramón, Distrito San Ramón., San Ramón, Alajuela., Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 44. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44: La atención médica, higiénica, estética fisioterapia, rehabilitación, nutrición, psicología con terapias complementarias, tratamientos faciales, corporales y servicios de bienestar integral a seres humanos. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 24 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN202601071392 ).

Solicitud Nº 2026-0004838.—Randall José Murillo Gómez, Cédula de identidad 304030129, en calidad de Apoderado Especial de Marina Rose SRL, cédula jurídica 3102408220 con domicilio en San Rafael, Los Ángeles, Urbanización Ave del Paraíso, casa 11-C, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Punta Bahía como marca de Servicios en clase(s): 43. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios hoteleros y hospedaje temporal. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 28 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador(a).—( IN202601071408 ).

Solicitud Nº 2026-0005146.—María Gabriela Bodden Cordero, cédula de identidad 07-0118-0461, en calidad de Apoderado Especial de Grupo Embotellador ATIC, S. A. con domicilio en Avenida de La Vega, 1 Edificio 2 planta 5, CP 28108, Alcobendas, Madrid, España , solicita la inscripción de: EVOLUT como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 32. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32: Cervezas; bebidas sin alcohol; aguas minerales y carbonatadas; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas sin alcohol. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de mayo de 2026. Presentada el: 5 de mayo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a) ( IN202601071416 ).

Solicitud Nº 2026-0004688.—Luis Andrés Castillo Núñez, cédula de identidad 111220116, en calidad de Apoderado Generalísimo de 3-101-957313, S. A., cédula jurídica 3101957313 con domicilio en Residencial La Lilliana, del Kinder ABC 200 oeste y 25 sur, CNº142. San Francisco, Heredia, Heredia., Heredia, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 39. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 39: Servicios de transporte internacional de carga; servicios de logística; almacenamiento y distribución de mercancías; servicios de recolección y entrega de paquetes; servicios de courier. Reservas: No se hace reserva de colores. No se reclama exclusividad sobre la palabra “LOGISTICS”. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de mayo de 2026. Presentada el: 24 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesen, Registrador(a).—( IN202601071419 ).

Solicitud Nº 2026-0004801.—Carolina Hernández Rojas, soltera, Cédula de identidad 112160648 con domicilio en Quebradilla, Condominio Albacete, casa G17, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Fábrica en clase(s): 24 y 25. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 24: Banderas y banderines, manteles de materiales textiles, textiles, servilletas textiles, cortinas textiles, toallas textiles, sábanas, sabanas para cunas, juegos de sábanas de cama, pabellones banderas, banderas de nailon, banderas de tela, banderas textiles de mesa.; en clase 25: Uniformes, uniformes escolares, uniformes de deporte, abrigos, medias-calcetín, gorras. Reservas: De los colores: verde, amarillo, anaranjado y negro. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el: 27 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador(a).—( IN202601071423 ).

Solicitud Nº 2026-0004667.—Oscar Alberto Díaz Cordero, cédula de identidad 106770849, en calidad de Apoderado Especial de Grupo Elgut S. A., cédula jurídica 3101693931 con domicilio en provincia de Limón, cantón Limón, Limón, Lión Centro, costado noroeste de la Iglesia Católica, contiguo a floristería Marys, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como Nombre Comercial en clase(s): Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento dedicado a la venta y comercialización de vestidos; prendas de vestir; ropa de niño y de bebés; pantalones; trajes de chaqueta y pantalón; pantalones de tela largos y cortos; de mezclilla; pañuelos de cuello; ligas, guantes; chaquetas; faldas; ropa de deporte; ropa interior; chaquetas de punto; camisas de manga corta; jerseys con capucha; ropa de maternidad; para dormir; overoles; pañuelos de bolsillo; pulóveres, y de cuello alto; ropa impermeable; bufandas; chales; camisas; corbatas; ropa de playa; camisetas con y sin mangas; pantis; medias; casullas; fajas; suéteres; máscara para los ojos; vestidos de novia; chalecos; túnicas; ropa exterior; a saber: abrigos; calzado; a saber: zapatos; botas; botines; sandalias; zapatillas normales; deportivas; y de ballet; artículos de sombrerería para el uso; a saber: sombreros; gorras; viseras; cintas para la cabeza; gorros de ducha; máscaras de sueño; ropa confeccionada a la medida; y trajes para actividades formales y de festejos. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 24 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—( IN202601071430 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Solicitud Nº 2026-0004472.—María José Ortega Telleria, cédula de identidad: 206900053, en calidad de apoderada especial de Rosa Iris Alvarado Morales, mayor, soltera, cédula de identidad: 114950151 y Alonso Murillo Monge, mayor, soltero, cédula de identidad: 113460788, con domicilio en San José, Curridabat, Barrio El Prado, 200 m. sur de la Pops, Apartamentos Tudor, Costa Rica y San José, Curridabat, Barrio El Prado, 200 m. sur de la Pops, Apartamentos Tudor, Costa Rica, solicita la inscripción, como marca de servicios en clase(s): 35; 41 y 42. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: servicios de mercadeo, servicios de consultoría sobre relaciones públicas, desarrollo de conceptos de marketing y publicitarios, desarrollo de contenido publicitario, servicios de creación de marcas, servicios de estrategia de marcas y de posicionamiento de marcas, servicios publicitarios para crear identidad corporativa y de marca; en clase 41: servicios de fotografía y videos, producción audiovisual, talleres, cursos y servicios educativos relacionados a diseño gráfico, fotografía, producción audiovisual, estrategias de redes sociales, creación de marca; en clase 42: diseño gráfico e ilustración, diseño de logotipos, consultorías sobre diseño, diseño de personajes, diseño de animación para terceros, diseño web. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 22 de abril de 2026. Presentada el: 21 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN202601065211 ).

Solicitud Nº 2026-0003187.—Ingrid Rodríguez Vargas, cédula de identidad 110040034, en calidad de Apoderado Especial de 3-101- 956745 Sociedad Anónima, Cédula jurídica 3-101-956745 con domicilio en San José, Cantón Santa Ana, Escazú, de la Cruz Roja cincuenta metros norte, Condominio Studio Hotel, Roma cuatro, casa color gris con ladrillo., San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MetroGlow como Nombre Comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Establecimiento comercial dedicado a Servicios que implican la gestión, la explotación, la organización y la administración comercial de una empresa comercial o industrial, así como los servicios de publicidad, marketing y promoción ubicado en San José, cantón Santa Ana, Escazú, de la Cruz Roja cincuenta metros norte, Condominio Studio hotel, Roma cuatro, casa color gris con ladrillo. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 11 de mayo de 2026. Presentada el: 18 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN202601071495 ).

Solicitud Nº 2026-0004451.—María José Soto Gutiérrez, Cédula de identidad 116040488, en calidad de Apoderado Especial de El Sprinnter Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101241112 con domicilio en San José, Goicoechea, Calle Blancos sobre ruta 109 frente al centro diurno de calle blancos edificio blanco portón gris, oficinas de el Sprinnter., San José, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Comercio y Servicios en clase(s): 12 y 35. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 12: Venta y distribución de bicicletas, partes y accesorios de bicicletas, como llantas, aros, marcos, asientos, manivelas, entre otros.; en clase 35: Venta y distribución de bicicletas, partes y accesorios de bicicletas, como llantas, aros, marcos, asientos, manivelas, entre otros. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 11 de mayo de 2026. Presentada el: 20 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN202601071512 ).

Solicitud Nº 2026-0004547.—Carlos Eduardo Mena Arce, en calidad de Apoderado Especial de Rebeca Chacon Montero, cédula de identidad 115400737 y Carlos Eduardo Mena Arce, cédula de identidad 115310247 con domicilio en Heredia, Heredia, Condominio Heredia Metro B9, Heredia, Costa Rica y Heredia, Heredia, Condominio Heredia Metro B9, Heredia, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Comercio y Servicios en clase(s): 9; 35 y 42. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Software, soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes; equipos de tecnología de la información; en clase 35: Servicios administrativos relativos a transacciones de negocios y registros financieros; la elaboración de estados de cuenta, la compilación de datos matemáticos o estadísticos; los servicios de programación y de recordatorio de citas, la búsqueda de datos en archivos informáticos para terceros; administración de negocios comerciales, trabajos de oficina; organización y la administración comercial de una empresa comercial; en clase 42: Almacenamiento electrónico de datos; control de calidad de productos y servicios; conversión de datos de información electrónica; páginas y sitios web; diseño y comprobación de nuevos productos para terceros; diseño y desarrollo de software informático; elaboración y mantenimiento de sitios web para terceros; programación informática; servicios externalizados de tecnologías de la información; Almacenamiento electrónico de datos; control de calidad de productos y servicios; conversión de datos de información electrónica; páginas y sitios web; diseño y comprobación de nuevos productos para terceros; diseño y desarrollo de software informático; elaboración y mantenimiento de sitios web para terceros; programación informática; servicios externalizados de tecnologías de la información, Reservas: Azul, blanco y amarillo. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de mayo de 2026. Presentada el: 22 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado Registrador(a).—( IN202601071564 ).

Solicitud Nº 2026-0004286.—David Robles Rivera, con cédula de identidad 109700541, en calidad de Apoderado Especial de Quarzo Sistemas S. A., cédula jurídica 3101242637 con domicilio en San José, Escazú, San Rafael, Trejos Monte Alegre, Edificio Escazú Village, Oficinas de Wework, tercer piso, San José, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Comercio y Servicios en clase(s): 9 y 42. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente en clase 9: Software descargable y aplicaciones informáticas para dispositivos móviles y plataformas web, destinados a la consulta, administración y transaccionalidad de productos de ahorro, crédito y otros servicios financieros, utilizados por asociados de asociaciones, cooperativas y entidades financieras, incluyendo sistemas de banca electrónica e internet banking; en clase 42: Diseño, desarrollo y provisión de aplicaciones informáticas y plataformas digitales orientadas a la interacción y autogestión de usuarios o asociados mediante interfaces tecnológicas en línea. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 17 de abril de 2026. Presentada el: 16 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN202601071579 ).

Solicitud Nº 2026-0005329.—Paola Castro Montealegre, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de Carnival de México, S. A. de C.V con domicilio en AV. de las Palmas Nº 751, PISO 2, COL. Lomas de Barrilaco, Ciudad de Mexico, C.P. 11010, Mexico, México, solicita la inscripción de: CARNIVAL como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 25. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Vestuario, calzado y sombrerería; ropa interior / lencería. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 11 de mayo de 2026. Presentada el: 7 de mayo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN202601071581 ).

Solicitud Nº 2026-0004516.—Andrés Rojas Moraga, soltero, cédula de identidad 113220503 con domicilio en Moreno Cañas Zapote, Condominio Mar del Plata, Apto 95, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 35. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios de agencias de publicidad. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 7 de mayo de 2026. Presentada el: 21 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registrador(a).—( IN202601071584 ).

Solicitud Nº 2026-0004808.—Sirlen Chacón Alpízar, casada una vez, cédula de identidad 701600079 con domicilio en Pococí, Cariari, B° La Foresta, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 29 y 30. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: Encurtidos, pepinillos y cebollas en escabeches, jalapeños, encurtidos.; en clase 30: Salsas picantes (chileras). Reservas: De los colores: Amarillo, Rojo, Verde y Negro. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de mayo de 2026. Presentada el: 27 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN202601071585 ).

Solicitud Nº 2026-0004109.—Carlos Corrales Azuola, cédula de identidad 108490717, en calidad de Apoderado Especial de Belina Nutricion AnimaL S. A., cédula jurídica 3-101-629298 con domicilio en Frente a La Bomba Pacific, Río segundo,, Alajuela, Costa Rica , solicita la inscripción de: Belina Wild Balance como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 31. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 31: alimentos para animales. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 11 de mayo de 2026. Presentada el: 13 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN202601071595 ).

Solicitud Nº 2026-0004687.—José Gustavo Solís Méndez, cédula de identidad 114640208, en calidad de Apoderado Generalísimo de tres ciento dos novecientos treinta y seis mil doscientos noventa y seis Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102936296 con domicilio en Pérez Zeledón, San Isidro del General, Plaza Villa Herrera, Oficinas Administrativas, primer piso, local número 35, San José, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 11 y 21. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 11: Aparatos e instalaciones para la preparación de bebidas, incluidos cafeteras eléctricas, máquinas para preparar café, dispositivos de calentamiento, vaporizadores y equipos relacionados con la preparación de café y otras infusiones.; en clase 21: Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario, en particular cafeteras no eléctricas, prensas francesas, filtros de café, tazas, recipientes, utensilios para la preparación y servicio de café e infusiones. Reservas: De los colores: café, beige. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 24 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado Registrador(a).—( IN202601071600 ).

Solicitud Nº 2025-0014652.—Kenneth Marín Ramírez, divorciado una vez, cédula de identidad 108980879 con domicilio en Jardines de Cascajal, calle 19 A, San José, Costa Rica , solicita la inscripción de: MOVE ART como Marca de Servicios en clase(s): 41. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios culturales, educativos o de entretenimiento proporcionado por galerías de arte. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 12 de enero de 2026. Presentada el: 23 de diciembre de 2025. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de enero de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN202601071602 ).

Solicitud Nº 2026-0004587.—Carlos Eduardo Vargas Arias, cédula de identidad 108560561, en calidad de Apoderado Especial de Adina Jirón Rivas, soltera, cédula de identidad 503710053 con domicilio en provincia: Guanacaste, Cantón: Liberia, Distrito: Liberia, en barrio La Cruz, Frente a Planta de Manga Rica, Liberia, Costa Rica, solicita la inscripción como Nombre Comercial.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Establecimiento comercial dedicado a Vivero de venta de plantas ornamentales y árboles frutales; venta de macetas y colgantes para plantas; asesoría en diseño y mantenimiento de jardines y zonas verdes. Ubicado en Cantón: Liberia, Distrito: Liberia; en Bario La Cruz, frente a Planta de Manga Rica, Guanacaste. Reservas: De los colores: Negro, verde y blanco hueso. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 11 de mayo de 2026. Presentada el: 23 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 11 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández Registrador(a).—( IN202601071603 ).

Solicitud Nº 2025-0013785.—Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad 1953774, en calidad de Apoderado Especial de Bac Latam SSC Sociedad Anonima, cédula jurídica 3-101-751465 con domicilio en San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, Terrazas B, Costa Rica, solicita la inscripción de: BAC Shared Services como Nombre Comercial en clase(s): Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 49: Establecimiento comercial dedicado a la prestación de servicios compartidos (modelo de gestión empresarial en el cual una organización centraliza en una sola unidad interna todas las funciones administrativas o de apoyo que antes realizaban de manera separada distintas áreas, departamentos o filiales de la empresa. De esta manera, grandes empresas como mi representada, crean un centro de servicios que presta dichas funciones de forma estandarizada y eficiente para toda su organización). Ubicado en: San José, Goicoechea, Calle Blancos, Parque Empresarial del Este, Edificio B10, oficinas de BAC Latam. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 8 de enero de 2026. Presentada el: 4 de diciembre de 2025. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 8 de enero de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN202601071608 ).

Solicitud Nº 2026-0002844.—Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, en calidad de Apoderado Especial de LG H&H CO., LTD. con domicilio en 98, Huam-Ro, Jung-Gu, Seoul, Republic Of Kerea, República de Corea , solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Servicios en clase(s): 3. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Cosméticos; preparaciones para el cuidado de la piel, preparaciones para el cuidado del cuerpo, preparaciones para el cuidado del cabello, perfumes, colonias, lociones para la piel, lociones hidratantes para la piel, astringentes cutáneos no medicinales para fines cosméticos, emulsión facial concentrada, lociones para después del afeitado, acondicionadores de la piel, cremas limpiadoras para la piel, cremas hidratantes para la piel, bases de maquillaje, bases de maquillaje (cosméticos), correctores, agua de tocador, mascarillas de belleza, jabones de tocador, jabones de baño, limpiadores corporales, brumas corporales, gel corporal, gel de baño, crema exfoliante corporal, champú para el cabello, enjuagues capilares, preparaciones no medicinales para el tratamiento del cabello con fines cosméticos, laca para el cabello, mousse capilar, gel capilar, tintes para el cabello, preparaciones y sustancias para el cuidado de las uñas, capas base para esmalte de uñas, esmalte de uñas, quitaesmalte, capas finales para esmalte de uñas, endurecedor de uñas, colorete, lápices labiales, delineador de labios, tintes labiales, brillo labial, rímel, sombras de ojos, lápices de cejas, delineadores de ojos, pastas dentales, dentífricos, blanqueador dental cosmético, lápiz para blanquear los dientes, parches de blanqueamiento dental para fines no médicos, detergentes lavavajillas, preparaciones para aromatizar el aire, suavizantes de telas para lavar ropa, detergentes para ropa, preparaciones de limpieza para fines domésticos, preparaciones para el cuidado solar, lociones de protección solar y cremas de protección solar. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 12 de marzo de 2026. Presentada el: 11 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio” Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN202601071609 ).

Solicitud Nº 2026-0001336.—Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad 1953774, en calidad de Apoderado Especial de CMI IP HOLDING con domicilio en 20 Rue Eugene Ruppert L-2453, Luxemburgo, Luxemburgo, solicita la inscripción de: Molinos Modernos como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 30. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Harinas y premezclas para hornear. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 9 de febrero de 2026. Presentada el: 6 de febrero de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 9 de febrero de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega Registrador(a).—( IN202601071612 ).

Solicitud Nº 2025-0007070.—Josué de Jesús Agüero Solís, soltero, cédula de identidad 116450756, en calidad de Apoderado Generalísimo de Adventure Pacacua Transfer RJ Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101761834 con domicilio en Mora, Ciudad Colon, del Gimnasio Municipal, un kilómetro al sur, oficinas a mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de servicios en clase(s): 43. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 43: Servicios de hospedaje, servicio de alimentación, servicio de bar y restaurantes, preparación de alimentos y bebidas para el consumo, así como los servicios de puesta a disposición de alojamiento temporal, reserva de alojamiento temporal, servicios de restaurantes de comidas para llevar. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 5 de mayo de 2026. Presentada el: 4 de julio de 2025. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN202601071619 ).

Solicitud Nº 2026-0003538.—Andrés Leonardo Zuwolinsky Lostaunau, casado una vez, cédula de identidad 800810948, en calidad de Apoderado Generalísimo de 3-102-954450, cédula jurídica 3102954450 con domicilio en Escazú, Residencial Loma Real segunda entrada calle los Olivos casa dos dos ocho b, San José, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Comercio en clase(s): 9. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la distribución o del consumo de electricidad; aparatos e instrumento de grabación, transmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes o datos; soportes grabados o descargables, software, soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 20 de abril de 2026. Presentada el: 9 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—( IN202601071623 ).

Solicitud Nº 2026-0001607.—Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, Cédula de identidad 102990846, en calidad de Apoderado Especial de LG H&H CO., LTD con domicilio en 98, HUAM-RO, JUNG-GU, SEOUL, República de Corea, solicita la inscripción de: freshian como Marca de Servicios en clase(s): 3. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Cosméticos, preparaciones para el cuidado de la piel, preparaciones para el cuidado corporal, preparaciones para el cuidado del cabello, perfumes, colonias, lociones para la piel, lociones hidratantes para la piel, astringentes no medicinales para la piel con fines cosméticos, emulsiones concentradas faciales, lociones para después del afeitado, acondicionadores para la piel, cremas limpiadoras para la piel, cremas hidratantes para la piel, bases de maquillaje, bases de maquillaje cosméticas, correctores, agua de tocador, mascarillas de belleza, jabones de tocador, jabones de baño, limpiadores corporales, brumas corporales, gel corporal, gel de baño, crema corporal, exfoliantes, champú para el cabello, enjuagues para el cabello, preparaciones no medicinales para el tratamiento del cabello con fines cosméticos, spray para el cabello, mousse para el cabello, gel para el cabello, tintes para el cabello, preparaciones y sustancias para el cuidado de las uñas, capas base para esmalte de uñas, esmalte de uñas, removedor de esmalte de uñas, capas superiores para esmalte de uñas, endurecedor de uñas, rubor, lápices labiales, delineadores de labios, tintes labiales, brillo labial, máscara de pestañas, sombras de ojos, lápices para cejas, delineadores de ojos, pastas dentales, dentífricos, blanqueadores dentales cosméticos, lápices para blanqueamiento dental con fines no médicos, parches blanqueadores dentales no destinados a fines médicos, detergentes para lavar vajilla, preparaciones para perfumar el aire, suavizantes de telas para uso en lavandería, detergentes para lavandería, preparaciones de limpieza para uso doméstico, preparaciones para el cuidado solar, lociones de protección solar y cremas de protección solar. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 19 de febrero de 2026. Presentada el: 11 de febrero de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 19 de febrero de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN202601071626 ).

Solicitud Nº 2026-0004093.—Esteban Adolfo Fonseca Zúñiga, cédula de identidad 112180530, en calidad de Apoderado Generalísimo de Seven Pharma Limitada, cédula jurídica 3-102-534220 con domicilio en Guadalupe De Goicoechea, Barrio Colonia del Río, 100 metros al sur de la entrada principal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EDROXAN como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 16 de abril de 2026. Presentada el: 13 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 16 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerin Castro, Registrador(a).—( IN202601071638 ).

Solicitud Nº 2026-0004623.—Sylvia María Bejarano Ramírez, cédula de identidad 105260291, en calidad de Apoderado Generalísimo de Cafetalera Los Ángeles Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101034392 con domicilio en Avenida 6, calles 17 y 19 número 1721, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Café Noma como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Café. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 24 de abril de 2026. Presentada el: 23 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN202601071642 ).

Solicitud Nº 2026-0001609.—Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, cédula de identidad 102990846, en calidad de Apoderado Especial de LG H&H Co., LTD. con domicilio en 98, HUAM-RO, JUNG-GU, SEOUL, República de Corea , solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 3. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Cosméticos, preparaciones para el cuidado de la piel, preparaciones para el cuidado corporal, preparaciones para el cuidado del cabello, perfumes, colonias, lociones para la piel, lociones hidratantes para la piel, astringentes no medicinales para la piel con fines cosméticos, emulsiones concentradas faciales, lociones para después del afeitado, acondicionadores para la piel, cremas limpiadoras para la piel, cremas hidratantes para la piel, bases de maquillaje, bases de maquillaje cosméticas, correctores, agua de tocador, mascarillas de belleza, jabones de tocador, jabones de baño, limpiadores corporales, brumas corporales, gel corporal, gel de baño, crema corporal, exfoliantes, champú para el cabello, enjuagues para el cabello, preparaciones no medicinales para el tratamiento del cabello con fines cosméticos, spray para el cabello, mousse para el cabello, gel para el cabello, tintes para el cabello, preparaciones y sustancias para el cuidado de las uñas, capas base para esmalte de uñas, esmalte de uñas, removedor de esmalte de uñas, capas superiores para esmalte de uñas, endurecedor de uñas, rubor, lápices labiales, delineadores de labios, tintes labiales, brillo labial, máscara de pestañas, sombras de ojos, lápices para cejas, delineadores de ojos, pastas dentales, dentífricos, blanqueadores dentales cosméticos, lápices para blanqueamiento dental con fines no médicos, parches blanqueadores dentales no destinados a fines médicos, detergentes para lavar vajilla, preparaciones para perfumar el aire, suavizantes de telas para uso en lavandería, detergentes para lavandería, preparaciones de limpieza para uso doméstico, preparaciones para el cuidado solar, lociones de protección solar y cremas de protección solar. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 26 de febrero de 2026. Presentada el: 11 de febrero de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de febrero de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández Registrador(a).—( IN202601071651 ).

Solicitud Nº 2026-0004910.—María Gabriela Bodden Cordero, en calidad de Apoderado Especial de Renova - Fábrica de Papel Do Almonda, S. A. con domicilio en Calle Torres Novas 1, 2350 Zibreira, Portugal, solicita la inscripción de: RENOVA como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3; 5 y 20. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: Productos y preparaciones para la limpieza, el cuidado, el embellecimiento y el tratamiento de la piel; artículos de tocador, cosméticos y perfumería; toallitas de papel para manos impregnadas con preparaciones de tocador; toallitas perfumadas; toallitas cosméticas impregnadas; toallitas faciales cosméticas; toallitas impregnadas con preparaciones desmaquillantes; toallitas húmedas para uso higiénico y cosmético; toallitas impregnadas con productos de higiene personal; algodón para uso cosmético; discos de algodón desmaquillantes; esponjas impregnadas con jabón; esponjas impregnadas con preparaciones limpiadoras; esponjas impregnadas con preparaciones de tocador; jabones; jabones líquidos; jabones cosméticos; jabones corporales; jabones de tocador; jabones y geles; jabones para la piel; preparaciones jabonosas no medicinales; productos a base de jabón.; en clase 5: Productos de papel para uso higiénico, incluidos toallas de papel, compresas higiénicas y otros productos de higiene; Toallitas desinfectantes; toallitas antibacterianas; productos higiénicos absorbentes; protege-slips [productos higiénicos].; en clase 20: Dispensadores no metálicos para papel higiénico; dispensadores no metálicos para toallas de papel; dispensadores fijos no metálicos para toallas; dispensadores fijos no metálicos para toallitas; dispensadores no metálicos montados en pared para jabón; dispensadores fijos no metálicos para jabón líquido; dispensadores no metálicos para servilletas de mesa; dispensadores no metálicos para pañuelos faciales; dispensadores no metálicos montados en pared para productos de limpieza corporal destinados a aseos públicos; dispensadores no metálicos montados en pared para jabón líquido destinados a aseos públicos; dispensadores no metálicos montados en pared para desinfectante de manos destinados a aseos públicos. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el: 29 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN202601071652 ).

Solicitud Nº 2026-0004513.—Jorge Federico Baldioceda Baltodano, casado, cedula 1-1819-190, en calidad de Apoderado Generalísimo de 3-102-953206 Limitada, cédula jurídica 3102953206 con domicilio en San José, Escazu, san Rafael, calle mangos, edificio centro veinticiete, piso tres, oficina GES-GLA, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 41. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios de creación y producción de contenidos digitales en todas sus modalidades. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 28 de abril de 2026. Presentada el: 21 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN202601071655 ).

Solicitud Nº 2026-0004567.—Clementina del Carmen Mayorga Corea, cédula de identidad 801230148, en calidad de Apoderado Especial de 3-102-960683, Sociedad de Responabilidad Limitada, cédula jurídica 3101960683 con domicilio en San José, Santa Ana, Pozos, Forum I, Edificio E, primer piso, Oficinas de Re&B Abogados., Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 35. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios de comercialización, importación, distribución, venta al por mayor y al por menor de vestuario, calzado, sombrerería, joyería y relojería, maletas, bolsos, cosméticos y perfumería, juegos y juguetes, servicios de ventas de dichos productos mediante tiendas físicas, plataformas electrónicas, catálogos y otros medios digitales o presenciales, exhibición, importación, representación y distribución de marcas. Reservas: sin reservas de colores. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 7 de mayo de 2026. Presentada el: 22 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN202601071747 ).

Solicitud Nº 2026-0004427.—Paola Castro Montealegre, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de Laboratorios Siegfried, S. A. con domicilio en Complejo Logísitco Farmazona, S. A., Boulevard Ernesto Pérez Balladares, Zona Libre de Colón, Fuerte Davis, Ciudad de Panamá, República de Panamá., Panamá , solicita la inscripción de: WEGLUCON como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos Farmacéuticos para tratar la diabetes y la obesidad Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 21 de abril de 2026. Presentada el: 20 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez Registrador(a).—( IN202601071753 ).

Solicitud Nº 2026-0004691.—María José Ortega Telleria, en calidad de Apoderado Especial de Inversiones de Aguilar Fumero S.R.L, cédula jurídica 3102747973 con domicilio en San José, San José, Santa Marta, Montes de Oca, Residencial Lugano, 59 Metros al Norte del Palí de Lourdes., Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Comercio y Servicios en clase(s): 5; 25; 35 y 41. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Suplementos nutricionales y suplementos alimenticios; en clase 25: Prendas de vestir y artículos de sombrerería; en clase 35: Servicios de venta al por menor y al por mayor de suplementos nutricionales, prendas de vestir, artículos de sombrerería, ropa deportiva, gorras, suéteres, botellas; todo lo anterior mediante plataformas de comercio electrónico y tiendas físicas; servicios de promoción y mercadeo de la marca; en clase 41: Servicios de centro de entrenamiento físico; servicios de gimnasio; enseñanza y entrenamiento en artes marciales; academia de artes marciales; servicios de instrucción deportiva y fitness, organización de eventos deportivos, entrenamiento para corredores. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 27 de abril de 2026. Presentada el: 24 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN202601071809 ).

Solicitud Nº 2026-0004363.—María Laura Valverde Cordero, cédula de identidad 113310307, en calidad de Apoderado Especial de Celltrion, INC. con domicilio en 23, Academy-RO, Yeonsu-GU, Incheon, República de Corea, solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 5. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Preparaciones farmacéuticas para uso humano; anticuerpos para fines médicos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de la esclerosis múltiple; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de trastornos autoinmunes; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades del sistema nervioso central; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades inflamatorias Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Prioridad: Se otorga prioridad N° 40-2026-0007539 de fecha 13/01/2026 de República de Corea. Fecha: 22 de abril de 2026. Presentada el: 17 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 22 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador(a).—( IN202601071811 ).

Solicitud Nº 2026-0002457.—Krisia Amey Walter, casada una vez, cédula de identidad 111800470 con domicilio en de La Cruz Roja en Santa Ana, 500 metros norte. condominio puerta de Hierro casa Nº45, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Comercio en clase(s): 3. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3 Productos Cosméticos naturales. Reservas: De los colores: Beige y Blanco. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 12 de marzo de 2026. Presentada el: 3 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN202601071977 ).

Solicitud Nº 2026-0005064.—María Monserrat Soto Roig, cédula de identidad 112920641, en calidad de Apoderado Especial de Profármaco S. A., cédula jurídica NIFA59168203 con domicilio en CL Numancia número 187, P.5, Barcelona, España, solicita la inscripción de: VASOFOC como Marca de Fábrica en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Un medicamento para el tratamiento de los sofocos de la menopausia. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 5 de mayo de 2026. Presentada el: 4 de mayo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio Registrador(a).—( IN202601071983 ).

Solicitud Nº 2026-0004641.—Cynthia Wo Ching Vargas, cédula de identidad 110680678, en calidad de Apoderado Especial de Fashion Trademarks Holding S.L. con domicilio en Vía Augusta, 2 - BIS 5A Planta, Barcelona 08006, España, solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 25. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de vestir, sombrerería. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 7 de mayo de 2026. Presentada el: 23 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador(a).—( IN202601071993 ).

Solicitud Nº 2026-0004295.—Juan José Torres Rivera, soltero, cédula de residencia 121800050616 con domicilio en Canoas, Rec. Sitio Ideal del Parque de Niños 25 OF portón negro casa rojas calle sin salida, Alajuela, Costa Rica , solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase: 9. Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Libro electrónico de música. Reservas: De los colores: Celeste, Turquesa, Amarillo, Blanco y Negro. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el 16 de abril de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata Registradora.—( IN202601072004 ).

Solicitud Nº 2026-0004326.—Astrid Carolina Martínez Padilla, cédula 2-080-0196, soltera, Bachiller en administración de empresas con énfasis en Banca y Finanzas, cédula de identidad 208030196, en calidad de Apoderado Generalísimo de 3-102-960368 S.R.L, Cédula jurídica 3-102-960368 con domicilio en Costado sur de la Municipalidad de Alajuela, Alajuela, 20101 Costa Rica, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 41. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Realización de actividades deportivas con clases grupales de cycling o bicicleta bajo techo; -clases de zumba; - clases de trampolín. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 17 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN202601072006 ).

Solicitud Nº 2025-0012274.—Esteban Ricardo Arce Chaves, casado una vez, Cédula de identidad 116640299 con domicilio en calle Bugambilia, frente a vivero el Ojoche, Ojochal de Osa, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Fábrica en clase(s): 25. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: zapatos, zapatillas con inclusión de botas y vestuario, sombrería, lo anterior todo para uso deportivo. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 12 de noviembre de 2025. Presentada el: 28 de octubre de 2025. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de noviembre de 2025. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—( IN202601072009 ).

Solicitud Nº 2026-0004653.—Paola Castro Montealegre, cédula de identidad 111430953, en calidad de Apoderado Especial de Milton Rosales Zamora, mayor, soltero, entrenador personal, cédula de identidad 110230290 con domicilio en Cartago, La Unión, Tres Ríos, residencial vistas del este, casa 14B, Costa Rica, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 41. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Servicios de educación, entretenimiento, actividades deportivas y arbitraje deportivo, todos los anteriores referentes a artes marciales y deportes de contacto. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 5 de mayo de 2026. Presentada el: 24 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega Registrador(a).—( IN202601072010 ).

Solicitud Nº 2026-0004324.—Karen Zùñiga Villalobos, cédula de identidad 1-1234-0741, en calidad de Apoderado Especial de Maypharm Lifesciences PVT. LTD. con domicilio en 87 Vishal Industrial Estate, Shubash Nogar, Bhandup Oeste, Mumbai 400078/India., India, solicita la inscripción de: Bebecinco Vit como Marca de Comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Suplementos dietéticos destinados a complementar una dieta normal o tener beneficios para la salud. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 24 de abril de 2026. Presentada el: 17 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN202601072011 ).

Solicitud Nº 2026-0004939.—Anel Michelle Aguilar Sandoval, cédula de identidad 113590010, en calidad de Apoderado Especial de Sanfer Farma, S. A.P.I. de C.V. con domicilio en AV. Adolfo López Mateos 2260, INT. 3-A, Tlacoapac, Álvaro Obregón, CP 01049, Ciudad de México, México , solicita la inscripción de: LIDOJECT como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos y preparaciones farmacéuticas y veterinarias. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el: 29 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata Registrador(a).—( IN202601072035 ).

Solicitud Nº 2026-0005032.—Genoveva Guadalupe Salmerón Mejía, soltera, cédula de residencia 122200761307 con domicilio en Jimenez, Juan Viñas del Pali, 100 mts este y 250 norte, Cartago, Costa Rica , solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 y 32. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Alimentos para picar a base de granola; en clase 32: Jugos de frutas mezclados. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 30 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez Registrador(a).—( IN202601072043 ).

Solicitud Nº 2026-0003451.—Lariza María Sibaja Varela, cédula de identidad Nº 208210237, en calidad de Apoderado Generalísimo de Escaleras Sibaja S.R.L, cédula jurídica Nº 3102900017, con domicilio en Alajuela, San Ramón, Concepción, 300m este y 50m norte de la Escuela Manuel Quesada Bastos, Alajuela, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase 35 y 37. Internacionales.

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicio de venta y comercialización de escaleras; en clase 37: Servicios de mantenimiento y reparación de escaleras Reservas: Blanco, negro, gris y amarillo. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 09 de abril de 2026. Presentada el 24 de marzo de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 09 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN202601072047 ).

Solicitud Nº 2026-0004320.—Sameer Kolhe, Indio, mayor de edad., pasaporte Z5157840, en calidad de Apoderado Generalísimo de Maypharm Lifesciences Pvt. Ltd con domicilio en 87 Vishal Industrial Estate, Shubash Nogar, Bhandup Oeste, Mumbai 400078., India, solicita la inscripción de: Parexa como Marca de Comercio en clase(s): 5. Internacional(es).Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 20 de abril de 2026. Presentada el: 16 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN202601072064 ).

Solicitud Nº 2026-0004379.—María Lupita Quintero Nassar, cédula de identidad 108840675, en calidad de Apoderado Especial de Alcames Laboratorios Químicos de Centroamérica S. A., cédula jurídica 3101012190 con domicilio en 300 metros sur y 175 metros este de la iglesia católica de San Sebastián, San José, Costa Rica  solicita la inscripción de: VIRALEX como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Crema farmacéutica Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 20 de abril de 2026. Presentada el: 17 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador(a).—( IN202601072077 ).

Solicitud Nº 2026-0002921.—Manuel Enrique Navarro Fumero, Cédula de identidad Nº 304530546, en calidad de Apoderado Especial de Costa Rica LLC CR Explora Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102878692 con domicilio en San José, San José, Mata Redonda, ciento cincuenta metros oeste y cincuenta metros norte del edificio del ICE, Edificio Esquinero gris, entrada junto al edificio Borrase, portón gris con rotulo que indica carao venture, Oficina Iitos, Turrialba, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Comercio y Servicios en clases: 25; 39 y 41. Internacionales.

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Comprende principalmente prendas de vestir, calzado y sombrerería para seres humanos partes de prendas de vestir, calzado y sombrerería, puños, bolsos para cargar cosas, forros confeccionados, viseras de gorras, armazones de sombreros; prendas de vestir y calzado para practicar deporte, guantes de esquí, camisetas deportivas, ropa de ciclista, uniformes de artes marciales, zapatillas de fútbol, zapatillas de gimnasia, botas de esquí, disfraces de mascarada; ropa de papel, sombreros de papel para usar como ropa; baberos, no de papel; pañuelos de bolsillo; en clase 39: Organización de viajes; organización de excursiones y circuitos turísticos; servicios de Agencias de viajes a saber, organización y reserva de viajes; información en materia de viajes y turismo; transporte de pasajeros; reservas para transporte; suministro de información relativa a horarios, tarifas y medios de transporte para viajeros. Esta redacción cubre agencia de viajes planificación de viajes logística turística transporte o información sobre transporte; en clase 41: Comprende principalmente los servicios que consisten en todo tipo de formas de educación o formación, servicios de guías turísticos; organización y realización de visitas guiadas; organización de actividades recreativas y culturales para turistas; organización y conducción de excursiones con fines recreativos o culturales; servicios de entretenimiento y actividades culturales para visitante. Esta redacción cubre, tours guiados, guías turísticos, experiencias culturales o recreativas, la organización de exposiciones con fines culturales o educativos, la organización y la dirección de conferencias, congresos y simposios; los servicios de reporteros, los reportajes fotográficos; los servicios fotográficos. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 29 de abril de 2026. Presentada el 12 de marzo de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado Registrador.—( IN202601072231 ).

Solicitud Nº 2026-0004540.—Francinie Ariana Castro Morales, mayor, casada en primeras nupcias, abogada., cédula de identidad 115560305, en calidad de Apoderado Especial de Laura Ramírez Córdoba, mayor de edad, divorciada una vez, cédula de identidad 113520651 con domicilio en San José, Montes de Oca, San Rafael, un kilómetro este del parque del este., San José, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 30. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Preparación de harinas a base de cereales, como la preparación de pan, preparación de productos de pastelería y confitería para la alimentación humana, preparación de productos para panadería, preparación de productos para alimentación humana de repostería salados y dulces, preparación de sándwich, preparación de tartas saladas, Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de mayo de 2026. Presentada el: 22 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales, Registrador(a).—( IN202601072238 ).

Solicitud Nº 2026-0004873.—María José Ortega Telleria, cédula de identidad Nº 206900053, en calidad de Apoderado Especial de Luis Manuel Alvarado Murillo, mayor, soltero, cédula de identidad 115230128 con domicilio en San José, Escazú, San Rafel Condominio Cursor, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Comercio y Servicios en clases 1; 35 y 41. Internacionales.

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: Productos químicos para uso en agricultura y horticultura; abonos y fertilizantes; nutrientes de plantas; sustratos para cultivos; aditivos químicos para suelos; preparaciones para el control de plagas (productos químicos); productos antiparasitarios para plantas.; en clase 35: Comercialización al por mayor y al por menor de abonos, fertilizantes, nutrientes para plantas, sustratos, antiplagas e insumos para cultivos, insumos de hidropónica, medidores de pH, tijeras, equipos electrónicos para hidropónica, luces y ventiladores.; en clase 41: Servicios educativos, cursos, talleres, congresos, capacitaciones y seminarios relacionados al cultivo de plantas, agricultura e hidroponía. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 29 de abril de 2026. Presentada el 28 de abril de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN202601072239 ).

Solicitud Nº 2026-0004995.—Esteban Adolfo Fonseca Zúñiga, cédula de identidad 112180530, en calidad de Apoderado Generalísimo de Seven Pharma Limitada, cédula jurídica 3-102-534220 con domicilio en Guadalupe de Goicoechea, Barrio Colonia del Río, 100 metros al sur de la entrada principal., San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SCONIOL como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas ó animales. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de mayo de 2026. Presentada el: 30 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador(a).—( IN202601072240 ).

Solicitud Nº 2026-0004748.—Alexis Monge Barboza, cédula de identidad 113400520, en calidad de Apoderado Especial de Luis Manuel Marmolejos Hernandez, mayor, divorciado una vez, músico., cédula de identidad 801320928 con domicilio en San José, San Francisco de Dos Ríos, del Banco de Costa Rica cincuenta metros oeste, complejo de apartamentos de color azul con portones negros, filial uno, San José, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 35. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Comercialización de productos naturales “macrobióticos”; comercialización de suplementos alimenticios naturales para consumo humano. Reservas: Se hace reserva del derecho exclusivo de la marca para ser utilizada en cualquier color, tamaño, superficie, fondo y el derecho a aplicarlo a los servicios protegidos de la forma que el titular estime más conveniente. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 5 de mayo de 2026. Presentada el: 27 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN202601072261 ).

Solicitud Nº 2026-0003900.—Luis Gabriel Sanabria Hidalgo, casado, cédula de identidad 206610556, en calidad de Apoderado Especial de Altena Spirits Llc con domicilio en 111w Anderson LN D203B, Austin Texas 78752, Estados Unidos de América , solicita la inscripción de: MARCANS como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 33. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 33: Bebidas alcohólicas Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 8 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN202601072264 ).

Solicitud Nº 2026-0004772.—María Cristina González Demmer, cédula de identidad 114170589, en calidad de Apoderado Especial de cocina Experimental Jrg sociedad anónima, cédula jurídica 3101754432 con domicilio en Cartago, San Nicolás, Barrio La Lima, quinientos metros oeste de Laboratorios Stein, Bodega a mano derecha azul y blanco / Costa Rica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 18. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 18: Bolsas para almacenamiento de ropa. Reservas: El logo consta de las palabras dos mil en letra negra estilizada sobre fondo blanco. Dichas palabras son acompañadas por el número 50 en letra estilizada de color verde sobre fondo blanco. Además se acompañan de un círculo que simula una planeta formado por una planta de color verde y una sombra negra que simula la redondez del planeta todo sobre fondo blanco. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de mayo de 2026. Presentada el: 27 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN202601072319 ).

Solicitud Nº 2026-0004702.—Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad 303760289, en calidad de Apoderado Especial de Joint Stock Company “BIOCAD” con domicilio en 198515, Saint Petersburg, VN. Ter. G. Poselok Strelna, UL. SVYAZI, D. 38, STR. 1, Pomesch. 89, Rusia, solicita la inscripción de: Lermika como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Aminoácidos para fines médicos; analgésicos; antibióticos; antisépticos; reactivos de biomarcadores de diagnóstico para fines médicos; vacunas para el tratamiento de enfermedades oncológicas; vacunas para el tratamiento de enfermedades autoinmunes; vacunas para el tratamiento de enfermedades huérfanas; vacunas para el tratamiento de enfermedades infecciosas; vacunas para el tratamiento de enfermedades virales; inmunoestimulantes; cachets para fines farmacéuticos; ácidos para fines farmacéuticos; cultivos de tejidos biológicos para fines médicos; cultivos de microorganismos para uso médico o veterinario; medicamentos para fines médicos para el tratamiento de enfermedades oncológicas; medicamentos para fines médicos para el tratamiento de enfermedades autoinmunes; medicamentos para fines médicos para el tratamiento de enfermedades huérfanas; medicamentos para fines médicos para el tratamiento de enfermedades infecciosas; medicamentos para fines médicos para el tratamiento de enfermedades virales; medicamentos para fines humanos para el tratamiento de enfermedades oncológicas; medicamentos para fines humanos para el tratamiento de enfermedades autoinmunes; medicamentos para fines humanos para el tratamiento de enfermedades huérfanas; medicamentos para fines humanos para el tratamiento de enfermedades infecciosas; medicamentos para fines humanos para el tratamiento de enfermedades virales; preparaciones bacterianas para uso médico y veterinario; preparaciones bacteriológicas para uso médico y veterinario; preparaciones albuminosas para uso médico; preparaciones biológicas para uso médico; preparaciones de diagnóstico para uso médico; preparaciones de microorganismos para uso médico o veterinario; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades oncológicas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades autoinmunes; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades huérfanas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades infecciosas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades virales; preparaciones enzimáticas para uso médico; preparaciones químico-farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades oncológicas; preparaciones químico-farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades autoinmunes; preparaciones químico-farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades huérfanas; preparaciones químico-farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades infecciosas; preparaciones químico-farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades virales; preparaciones químicas para uso médico para el tratamiento de enfermedades oncológicas; preparaciones químicas para uso médico para el tratamiento de enfermedades autoinmunes; preparaciones químicas para uso médico para el tratamiento de enfermedades infecciosas; preparaciones químicas para uso médico para el tratamiento de enfermedades virales; preparaciones químicas para uso farmacéutico; alimentos albuminosos para uso médico; enzimas para uso médico; fermentos para uso farmacéutico. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el: 24 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador(a).—( IN202601072360 ).

Solicitud Nº 2026-0004789.—Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad 303760289, en calidad de Apoderado Especial de Vertex Technology Group Holding LTD con domicilio en DD-14-124-027, 14, Al Khatem Tower, Adgm Square, Al Maryah Island, Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos, Emiratos Árabes Unidos , solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 35 y 36. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Servicios de marketing financiero; Gestión de registros financieros; Servicios publicitarios relacionados con servicios financieros; Facilitación de comparaciones de servicios financieros en línea; Consultas de contratación en el ámbito de los servicios financieros; Promoción de servicios financieros y de seguros por cuenta de terceros; Presentación de productos financieros en los medios de comunicación, para la venta minorista; Búsqueda de personal altamente cualificado; Selección de personal; Gestión de personal; Gestión de personal de ventas; Intermediación y cierre de transacciones comerciales para terceros; Servicios de intermediación comercial; Intermediación y formalización de operaciones comerciales para terceros.; en clase 36: Servicios financieros; Suministro de información de mercado de títulos/valores; Operaciones de futuros de valores de mercados extranjeros; Servicios de corretaje relacionados con mercados de valores; Servicios de información sobre precios del mercado de valores; Suministro de información financiera relativa a mercados de valores financieros; Suministros de información financiera relativa a futuros sobre valores en el mercado nacional y exterior; Suministros de información sobre operaciones con valores y futuros sobre índices en el mercado exterior; Información financiera; Consultoría financiera; Inversiones financieras; Estimaciones financieras; Evaluaciones financieras; Previsiones financieras; Valoraciones financieras; Operaciones financieras; Planificación y gestión financiera; Procesamiento de información financiera; Facilitación de información financiera informatizada; Servicios informatizados de información financiera; Suministros de información financiera en línea; Gestión financiera a través de internet; Consultoría, asesoramiento e información en materia financiera; Cotización bursátil; Servicios bursátiles electrónicos; Facilitación de información sobre mercados bursátiles; Suministro de información bursátil en línea desde una base de datos informática o Internet; Servicios de calificación financiera y de elaboración de informes crediticios; Servicios de cambios de divisas; Cotizaciones de tipos de cambio de divisas; Cambio de divisas en tiempo real en línea; Suministro de información de precios sobre índices de cambios de divisas. Reservas: Se reivindican los colores Azul y negro. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 28 de abril de 2026. Presentada el: 27 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador(a).—( IN202601072362 ).

Solicitud Nº 2026-0004005.—Andrey Steve Ulate Marchena, cédula de identidad 117020430, en calidad de Apoderado Especial de Representaciones Televisivas Repretel, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101139097 con domicilio en San José, San José, Uruca, 300 metros oeste del Hospital México, Edificio Repretel, San José, San José, La Uruca, Costa Rica, solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 38 y 41. Internacional(es)

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 38: Servicios de agencias de noticias; transmisión y difusión por televisión, internet y otros medios electrónicos de programas televisivos y contenido audiovisual sobre noticias de videojuegos y tecnología relacionada con videojuegos; transmisión de noticias de entretenimiento especializados en videojuegos, actualizaciones y novedades del sector videojuegos mediante plataformas digitales, redes sociales, sitios web, aplicaciones móviles y canales de televisión.; en clase 41: Servicios de entretenimiento e información, consistentes en programas audiovisuales y televisivos sobre noticias que incluyen actualizaciones, reportajes, novedades, tendencias, análisis, reseñas, lanzamientos y eventos del sector de los videojuegos y de la tecnología relacionada con videojuegos; servicios de reporteros de noticias del sector videojuegos y de la tecnología relacionada con videojuegos. Reservas: Se reservan los siguientes colores violeta, morado, púrpura, amarillo, anaranjado, rosado, fucsia y magenta, incluidos degradados. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 7 de mayo de 2026. Presentada el: 10 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN202601072363 ).

Solicitud Nº 2026-0005158.—Carlos Corrales Azuola, cédula de identidad 108490717, en calidad de Apoderado Especial de Alimentos y Bebidas Regionales S. A. con domicilio en La Unión, Tres Ríos, San Diego, calle Santiago El Monte, Cartago, Costa Rica , solicita la inscripción de: BERTA como Marca de Fábrica y Comercio en clase(s): 29 y 30. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 29: leche entera, leche en polvo, leche descremada, leche, leche condensada, leche evaporada.; en clase 30: helados a base de leche. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 7 de mayo de 2026. Presentada el: 6 de mayo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registrador(a).—( IN202601072365 ).

Solicitud Nº 2026-0004811.—Cynthia Wo Ching Vargas, mayor, casada, abogada No. Identificación: 110680678, cédula de identidad 110680678, en calidad de Apoderado Especial de Productos Autoadhesivos Arclad S. A. con domicilio en Aut Med Bgta Km 34, Rionegro, Antioquia, Colombia, Colombia, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 16. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: Adhesivos para oficina o para uso doméstico; autoadhesivos; láminas de materias plásticas recubiertas de adhesivos para oficina o para uso doméstico; materiales adhesivos para oficina o para uso doméstico; cintas autoadhesivas para oficina o para uso doméstico; etiquetas adhesivas para oficina o para uso doméstico; hojas adhesivas para oficina o para uso doméstico; papeles para su uso en la industria de las artes gráficas; adhesivos plastificados para oficina; adhesivos plastificados para uso doméstico. Reservas: N/A. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 7 de mayo de 2026. Presentada el: 28 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN202601072368 ).

Solicitud Nº 2026-0005159.—Wendy María Rodríguez Aguero, cédula de identidad 207850026, en calidad de Apoderado Especial de 3-102-947506 Limitada, cédula jurídica 3102947506 con domicilio en Alajuela, San Carlos, Fortuna, Zeta Trece, Bauma, Segundo piso, diagonal a Northfields, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Comercio en clase(s): 25. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Ropa deportiva para pilates, tops deportivos de pilates; - leggings cortas deportivas de pilates; - leggings largas deportivas de pilates; -leggings flare deportivas de pilates; - medias deportivas de pilates; - hoodies deportivos de pilates; - camisas deportivas de pilates; -camisetas deportivas de pilates; - gorras deportivas de pilates; - tote bags para pilates. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 7 de mayo de 2026. Presentada el: 5 de mayo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez Registrador(a).—( IN202601072370 ).

Solicitud Nº 2026-0004110.—Rosaysella Ulloa Villalobos, cédula de identidad 2-0461-0311, en calidad de Apoderado Generalísimo de Banco Nacional de Costa Rica, cédula jurídica 4000001021 con domicilio en San José, avenida 1 Y 3 calle 4, oficinas centrales del Banco Nacional de Costa Rica, San José, Costa Rica , solicita la inscripción como Marca de Servicios en clase(s): 36. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36: Proteger y distinguir servicios bancarios diversosObjetivo de la marcaPosicionar los jueves como el día para aprovechar los beneficios del Banco Nacional, incentivando el uso de las BN Tarjetas en comercios aliados, ofreciendo experiencias memorables a las personas clientes e impulsando la facturación y las comisiones.MisiónOfrecer beneficios y promociones exclusivas todos los jueves, mediante las BN Tarjetas en comercios aliados, para generar experiencias positivas, fomentar el hábito de uso de los medios de pago del Banco Nacional y fortalecer la fidelización de las personas clientes. Reservas: Verde amarillo intenso, Azul cian intenso, Azul marino intenso Fecha: 24 de abril de 2026. Presentada el: 13 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN202601072373 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Solicitud Nº 2025-0007090.—José David Vargas Ramírez, soltero, abogado, mayor de edad, cédula de identidad: 113700220, en calidad de apoderado generalísimo de RJM Abogados Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3101696743, con domicilio en Heredia, Heredia, Ulloa, Condominio Santa Verde, Edificio Laurel, segundo piso, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción, como marca de servicios en clase(s): 45. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 45: servicios jurídicos. Reservas: se hace reserva de toda la tipografía y de los colores azul oscuro y blanco, tal como se muestran en el signo que se aporta. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 15 de mayo de 2026. Presentada el: 4 de julio de 2025. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 15 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Walter Alfaro González, Registrador.—( IN202601073134 ).

Solicitud Nº 2026-0005584.—Esteban Adolfo Fonseca Zúñiga, cédula de identidad: 112180530, en calidad de apoderado generalísimo de Seven Pharma Limitada, cédula jurídica: 3-102-534220, con domicilio en Guadalupe de Goicoechea, Barrio Colonia Del Río, 100 metros al sur de la entrada principal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MABALL, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 14 de mayo de 2026. Presentada el: 13 de mayo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 14 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registradora.—( IN202601073335 ).

Solicitud N° 2026-0003927.—Augusto Ronney Arce Marín, cédula de identidad N° 0108740390, en calidad de apoderado especial de 3-102-942972, cédula jurídica N° 3102942972, con domicilio en provincia 03 Cartago, cantón 07 Oreamuno, distrito San Rafael, Proyecto Vista Hermosa, de Pulpería Katya, cien metros norte, veinticinco metros este y cien metros sur, bloque L, lote cero uno, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PICANTE AZUL como marca de servicios, en clase(s): 41. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: Actividades lúdicas y de entretenimiento. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 24 de abril de 2026. Presentada el: 8 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 24 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN202601073880 ).

Solicitud N° 2026-0004760.—Nicole María Fernández Ocampo, cédula de identidad N° 115460198, en calidad de apoderado especial de Solsol Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101734269, con domicilio en Alajuela, Río Segundo, treinta y cinco metros al oeste del Templo Católico, casa número treinta y cinco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de servicios, en clase(s): 44. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44: ‘Servicios de agricultura, acuicultura, horticultura y silvicultura. Dispersión de enmiendas del suelo. Reservas: Se reserva en color verde y blanco. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 28 de abril de 2026. Presentada el: 27 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales, Registrador(a).—( IN202601073883 ).

Solicitud N° 2026-0004383.—María Lupita Quintero Nassar, cédula de identidad N° 108840675, en calidad de apoderado especial de Mesoamerican Brands Corp, con domicilio en Calle Aquilino de la Guardia N° 8, Panamá, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 32. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32: Bebidas a base de frutas y zumos de frutas, bebidas refrescantes, néctares de frutas, zumos de frutas, jugos de frutas. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 21 de abril de 2026. Presentada el: 17 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN202601073886 ).

Solicitud N° 2026-0004380.—María Lupita Quintero Nassar, cédula de identidad N° 108840675, en calidad de apoderado especial de Alcames Laboratorios Químicos de Centroamérica S. A., cédula jurídica N° 3101012190, con domicilio en 300 metros sur y 175 metros este de la Iglesia Católica de San Sebastián, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: VITAKOL como marca de fábrica y comercio, en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos veterinarios (vitaminas). Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 23 de abril de 2026. Presentada el: 17 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador(a).—( IN202601073889 ).

Solicitud N° 2026-0004087.—Alejandra Marcela Vega Abrahams, cédula de identidad N° 113950602, en calidad de apoderado especial de Desarrollos ARZ Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101212497, con domicilio en San José, Escazú, San Rafael, Condominio Fuentes del Obelisco quinto piso, Costa Rica, San José, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: QUORUM como marca de servicios, en clase(s): 36 y 37. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36: Servicios financieros e inmobiliarios esenciales para desarrolladoras, organización de financiación para proyectos de construcción, préstamos, tasación de bienes inmuebles, administración de inmuebles agencias inmobiliarias, alquiler de bienes raíces, y la preparación de presupuestos para estimación de costes, evaluación de costos de reparación y asesoría financiera. Clase 37: Servicios de construcción, instalación, reparación y mantenimiento de estructuras físicas, construcción y demolición de edificios, servicios de infraestructuras. Supervisión de construcción de edificios, consultoría, e información técnica. Servicios de instalación eléctrica, fontanería, climatización y acabados como albañilería y carpintería, mantenimiento de edificios y su restauración para preservarlos en su condición original. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 20 de abril de 2026. Presentada el: 13 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN202601073892 ).

Solicitud N° 2026-0001056.—Laura Ulate Alpízar, cédula de identidad N° 402100667, en calidad de apoderado especial de Zodiac International Corporation, con domicilio en calle 50, Torre Global Plaza, sexto piso, Panamá, solicita la inscripción de: OBIZET como marca de fábrica, en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos para uso humano. Reservas: Se hace reserva de la marca denominativa solicitada OBIZET, tal y como aparece en la presente solicitud. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de enero de 2026. Presentada el: 29 de enero de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de enero de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Milena Marín Jiménez, Registrador(a).—( IN202601073895 ).

Solicitud N° 2026-0002004.—Laura Ulate Alpízar, cédula de identidad N° 402100667, en calidad de apoderado especial de Zodiac International Corporation, con domicilio en calle 50, Edificio Global Plaza, sexto piso, Panamá, solicita la inscripción de: JATENZO como marca de fábrica, en clase(s): 5. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos para uso humano. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 25 de febrero de 2026. Presentada el: 20 de febrero de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 25 de febrero de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador(a).—( IN202601073898 ).

Solicitud N° 2026-0002860.—Laura Ulate Alpízar, cédula de identidad N° 402100667, en calidad de apoderado especial de Grupo Bimbo S.A.B. de C.V., con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, México, Distrito Federal, México, solicita la inscripción de: SIMPLEMENTE SANISSIMO como señal de publicidad comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar preparaciones hechas a base de cereal, galletas y tostadas. Relacionado con la marca SANISSIMO, en clase 30, registro número 299236. Reservas: Se hace reserva de la señal de publicidad comercial denominativa solicitada SIMPLEMENTE SANISSIMO, tal y como aparece en la presente solicitud. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 12 de marzo de 2026. Presentada el: 11 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 12 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”, y el artículo 63 que indica “Alcance de la protección. La protección conferida por el registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido; pero su existencia depende, según el caso, de la marca o el nombre comercial a que se refiera”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN202601073901 ).

Solicitud N° 2026-0003050.—Laura María Ulate Alpízar, cédula de identidad N° 402100667, en calidad de apoderado especial de Grupo Bimbo S.A.B. de C.V., con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, México, Distrito Federal, México, solicita la inscripción de: NUTRIENDO TUS SUEÑOS como señal de publicidad comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar: Servicios de educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. En relación con la marca denominativa de servicios BIMBO, registro número 249386, en clase 41. Reservas: Se hace reserva de la señal de publicidad comercial denominativa solicitada NUTRIENDO TUS SUEÑOS, tal y como aparece en la presente solicitud. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 17 de marzo de 2026. Presentada el: 16 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”, y el artículo 63 que indica “Alcance de la protección. La protección conferida por el registro de una expresión o señal de publicidad comercial abarca la expresión o señal en su conjunto y no se extiende a sus partes o elementos considerados por separado. Una vez inscrita, una expresión o señal de publicidad comercial goza de protección por tiempo indefinido; pero su existencia depende, según el caso, de la marca o el nombre comercial a que se refiera”.—Viviana Quesada Morales, Registrador(a).—( IN202601073903 ).

Solicitud N° 2026-0003030.—Laura María Ulate Alpízar, cédula de identidad N° 402100667, en calidad de apoderado especial de Distribuidora Isleña de Alimentos, S. A., cédula jurídica N° 3101109180, con domicilio en Barreal de Heredia, de la Embotelladora Pepsi, 500 metros noroeste, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica, en clase(s): 32. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32: Bebida no alcohólica a base de té. Reservas: Se hace reserva de la marca mixta solicitada TÉYA, en el tamaño; tipografía; y colores verde y blanco; tal y como se evidencia en el logo adjunto a la presente solicitud. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 17 de marzo de 2026. Presentada el: 16 de marzo de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 17 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Isela Chango Trejos, Registrador(a).—( IN202601073904 ).

Solicitud Nº 2026-0003740.—Laura Ulate Alpízar, cédula de identidad 402100667, en calidad de Apoderado Especial de Grupo Bimbo S.A.B. de C.V. con domicilio en: Prolongación Paseo de La Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, México, Distrito Federal, México, solicita la inscripción como marca de fábrica en clase(s): 30 internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: tortillas. Reservas: Se hace reserva de la marca mixta solicitada BIMBO RAPIDITAS, en el tamaño; tipografía; y colores rojo, blanco, azul, negro, beige, café, y rosado; tal y como se evidencia en el logo adjunto a la presente solicitud. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 8 de abril de 2026. Presentada el: 6 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 8 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales, Registrador(a).—( IN202601073907 ).

Solicitud Nº 2026-0003503.—Odys Sirenia Zerpa Torrelles, cédula de identidad 801490050, en calidad de Representante Legal de 3-102-956681 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102956681, con domicilio en: Santa Ana, Santa Ana centro, Avenida 2, frente diagonal a Ekono, edificio de Apartamentos Verde de 3 pisos con reja negra, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de comercio y servicios en clase(s): 18; 25 y 35 internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 18: bolsos de playa, carteras de playa, mochilas de playa, maletines de playa y accesorios de cuero y materiales similares para uso en la playa, accesorios (joyería, aretes, anillos, collares, sombreros, lentes, lentes de sol) para playa; en clase 25: trajes de baño de playa, bikinis de playa, ropa de playa, camisas de playa y prendas de vestir de playa y en clase 35: servicios de venta al por menor y comercialización de productos a través de tienda en línea, incluyendo ropa de playa, trajes de baño de playa, accesorios (joyería, aretes, anillos, collares, bolsos, sombreros, lentes, lentes de sol) para playa. Reservas: De los colores: azul y blanco. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 26 de marzo de 2026. Presentada el: 25 de marzo de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 26 de marzo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Wálter Alfaro González, Registrador(a).—( IN202601073928 ).

Solicitud Nº 2026-0003810.—Ricardo Arnoldo Valverde Céspedes, cédula de identidad 104450794, en calidad de Apoderado Especial de Alexis Alvarado Castro, casado una vez, cédula de identidad 105640420, con domicilio en: San José, León Cortés Castro, La Trinidad de León Cortés, cuatrocientos metros sur de la escuela, San Marcos de Tarrazú, Costa Rica, solicita la inscripción de: LIBELULA, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: café y sucedáneos. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 23 de abril de 2026. Presentada el: 16 de abril de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 23 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador(a).—( IN202601073934 ).

Solicitud Nº 2026-0004739.—María Lupita Quintero Nassar, cédula de identidad 108840675, en calidad de Apoderado Especial de Metco S.A. de C.V. con domicilio en avenida Tecamachalco, N° 161, Colonia Reforma Social, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11650 México D.F., México, solicita la inscripción de: METCO BC como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo; principalmente: azúcar candi; azúcar de palma; caramelos; caramelos blandos; chicles; dulces; edulcorantes naturales; sustitutos de azúcar naturales; glucosa para uso culinario; golosinas; goma de mascar; gomitas [productos de confitería], paletas de caramelo. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 28 de abril de 2026. Presentada el: 27 de abril de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 28 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ivonne Mora Ortega, Registrador(a).—( IN202601073943 ).

Solicitud Nº 2026-0003504.—Marlon Alonso Mora Vega, soltero, cédula de identidad 205730951, con domicilio en: Los Pinos, Candelaria, Palmares, 450 metros sur del Beneficio Los Orlich, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 30 internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: café en grano entero, molido y en verde. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 21 de abril de 2026. Presentada el: 25 de marzo de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 21 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerín Castro, Registrador(a).—( IN202601073959 ).

Solicitud Nº 2026-0003591.—Jorge Alberto Paniagua Luna, divorciado una vez, cédula de identidad 107040358, con domicilio en: avenida 3, calle 16, Parqueo Público Tyos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TYOS como marca de servicios en clase(s): 39 y 43 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 39: parqueo y en clase 43: servicios de restauración (alimentación). Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 20 de abril de 2026. Presentada el: 26 de marzo de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 20 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales, Registrador(a).—( IN202601073980 ).

Solicitud Nº 2026-0003522.—Gabriel Canales Ortega, soltero, cédula de identidad 118080491, con domicilio en: Santa Ana del Fresh Market de Río Oro, 20 metros al oeste y 350 al suroeste. Condominio Oro Sol Nº 26, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: QUID PLUS como marca de servicios en clase(s): 41 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: servicios de entretenimiento prestados por un grupo musical; actuaciones musicales en vivo; producción de música; servicios de educación, instrucción y formación musical; talleres de música; servicios de estudio de grabación; alquiler de instalaciones de estudio de grabación; alquiler de aparatos de audio y de instrumentos musicales; organización de conciertos y espectáculos musicales. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 27 de abril de 2026. Presentada el: 25 de marzo de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 27 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Viviana Quesada Morales, Registrador(a).—( IN202601073982 ).

Solicitud Nº 2026-0004858.—Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad 303760289, en calidad de Apoderado Especial de Guangzhou Baopeli Watch Co., Ltd., con domicilio en: (Location: Room 108) Room 101, Building 20, N° 930 Sanyuanli Avenue, Baiyun District, Guangzhou City, Guangdong Province, China, China, solicita la inscripción como marca de fábrica y comercio en clase(s): 14 internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 14: relojes que no sean de uso personal; pulseras de reloj; mecanismos de relojería; artículos de joyería; joyeros; relojes de pulsera; esferas [piezas de reloj]; obras de arte de metales preciosos; piedras preciosas; cadenas de reloj. Reservas: N/A. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 7 de mayo de 2026. Presentada el: 28 de abril de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 7 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN202601073986 ).

Solicitud Nº 2026-0003906.—Karina Morales Soto, en calidad de Apoderado Especial de Naturitas S. A., cédula jurídica 3101823058 con domicilio en San José, San Rafael De Montes De Oca, Urbanización Maruz, casa número 31, Costa Rica, solicita la inscripción: como marca de fábrica en clase(s): 30, internacional(es),

para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30: Dulces de chocolate Cero Azúcar; Bombones de chocolate Cero Azúcar; Chocolate Cero Azúcar; Tabletas de chocolate Cero Azúcar; Barritas de chocolate Cero Azúcar; Chocolate con alcohol Cero Azúcar; Pasta para untar a base de chocolate Cero Azúcar; dulces de chocolate Cero Azúcar; confitería de chocolate Cero Azúcar; sirope de chocolate Cero Azúcar; todo lo anteriormente descrito a base y/o con sabor a chocolate Cero Azúcar; Mezclas para chocolate caliente Cero Azúcar; Chocolates con rellenos líquidos Cero Azúcar; Bebidas preparadas a base de chocolate Cero Azúcar. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 29 de abril de 2026. Presentada el: 8 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 29 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Richard Valerin Castro, Registrador(a).—( IN202601073988 ).

Solicitud Nº 2026-0004793.—Anel Michelle Aguilar Sandoval, cédula de identidad 113590010, en calidad de Apoderado Especial de Hogan Lovells International LLP, con domicilio en: Atlantic House, Holborn Viaduct, EC1A 2FG, Londres, Reino Unido, solicita la inscripción de: Hogan Lovells Cadwalader como marca de servicios en clase(s): 45 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 45: servicios jurídicos; servicios de investigación jurídica; búsqueda, registro, gestión y explotación de marcas y otros derechos de propiedad industrial para terceros; servicios notariales; asesoramiento profesional en relación con los servicios mencionados; puesta a disposición de información en internet en relación con los servicios mencionados; servicios jurídicos con la ayuda de herramientas de software de tecnología jurídica. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Prioridad: Fecha: 5 de mayo de 2026. Presentada el: 27 de abril de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Jamie Phillips Guardado, Registrador(a).—( IN202601073989 ).

Solicitud Nº 2026-0005461.—Aarón Montero Sequeira, cédula de identidad 109080006, en calidad de Apoderado Especial de GENVAMEX, S.A DE C.V. con domicilio en Avenida Nogalar Sur 301, Colonia Industrial Nogalar, San Nicolás De Los Garza, Nuevo León, 66484, México, México, solicita la inscripción de: GENFLUX ECO, como marca de fábrica y comercio en clases 6; 11; 17; 20 y 21, Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 6: cerraduras metálicas, que no sean eléctricas; candados metálicos, que no sean electrónicos; bisagras de correa metálicas; bisagras metálicas; cierres de puertas metálicos; cierres de ventanas metálicos; ganchos [herrajes metálicos]; pasadores [herrajes metálicos]; manguitos [herrajes metálicos]; muelles [herrajes metálicos].; en clase 11: grifos mezcladores para tuberías de agua; grifos para tuberías y conductos; grifos; válvulas de control de nivel para tanques.; en clase 17: mangueras flexibles no metálicas; mangueras de materiales textiles.; en clase 20: abrazaderas, no metálicas, para cables y tuberías; válvulas de plástico para tuberías de agua; válvulas de plástico, que no sean partes de máquinas.; en clase 21: regaderas; macetas; boquillas para mangueras de riego; guantes de jardinería; soportes para flores y plantas [arreglos florales]; jeringas para regar flores y plantas. Reservas: De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 13 de mayo de 2026. Presentada el 11 de mayo de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 13 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Rina Ruiz Mata, Registrador.—( IN202601073990 ).

Solicitud Nº 2026-0005082.—Anel Michelle Aguilar Sandoval, cédula de identidad 113590010, en calidad de Apoderado Especial de Wella Operations US LLC, con domicilio en: 4500 Park Granada, Calabasas, CA 91302, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: GELIVERSITY como marca de servicios en clase(s): 41 internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41: educación, a saber, clases y seminarios en el campo del cuidado de las uñas; capacitación en el campo del cuidado de las uñas; servicios educativos, a saber, suministro de videos pregrabados en línea no descargables en el campo del cuidado de las uñas; suministro de videos tutoriales de uñas en línea no descargables. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 5 de mayo de 2026. Presentada el: 4 de mayo de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 5 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN202601073992 ).

Solicitud Nº 2026-0004335.—María José Ledezma Matarrita, cédula de identidad 504120268, en calidad de Apoderado Especial de Selva Hermosa MS Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101325301, con domicilio en: Costa Rica, Puntarenas, Monteverde, Santa Elena, 75 metros sur de la Iglesia Católica, Las Juntas, Costa Rica, solicita la inscripción de: TREE HOUSE MONTEVERDE como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: establecimiento comercial dedicado a Alquiler de locales comerciales. Ubicado en Puntarenas, Monteverde, Santa Elena, frente a la iglesia católica, edificio de tres plantas con un árbol. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 6 de mayo de 2026. Presentada el: 27 de abril de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 6 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Grettel Solís Fernández, Registrador(a).—( IN202601073993 ).

Solicitud Nº 2026-0004288.—David Robles Rivera, en calidad de Apoderado Especial de Quarzo Sistemas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101242637, con domicilio en: San José, Escazú, San Rafael, Trejos Monte Alegre, edificio Escazú Village, oficinas de Wework, tercer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción como marca de comercio y servicios en clase(s): 9 y 42 internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: software descargable y aplicaciones informáticas para la consulta, administración y transaccionabilidad de productos de ahorro, crédito y otros servicios financieros, utilizados por asociaciones, cooperativas y entidades financieras, incluyendo sistemas de banca electrónica e internet banking y en clase 42: provisión de plataformas tecnológicas en línea (software como servicio – SaaS) destinadas a la gestión, consulta y administración digital de información relacionada con productos financieros y servicios administrativos de organizaciones, asociaciones y cooperativas. Reservas: de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 4 de mayo de 2026. Presentada el: 16 de abril de 2026. San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 4 de mayo de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Ildreth Araya Mesén, Registrador(a).—( IN202601073996 ).

Solicitud Nº 2026-0004503.—Roy Gustavo Madrigal Campos, cédula de identidad 602390927, en calidad de Apoderado Generalísimo de compañía de Seguridad Industrial Cruz Verde Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101016469 con domicilio en Ulloa, Lagunilla, un kilómetro al este de Jardines del Recuerdo, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción: como Marca de Comercio en clase(s): 9. Internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Aparatos e instrumentos científicos o de investigación, equipos audiovisuales y de tecnología de la información y los equipos de seguridad y salvamento. Reservas: De los colores: verde claro y verde oscuro. De conformidad con el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos 7978 el signo se protegerá tal y como aparece en la solicitud. Fecha: 30 de abril de 2026. Presentada el: 21 de abril de 2026. San José: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. 30 de abril de 2026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Esta solicitud se rige por el art. 28 de la Ley de Marcas Comerciales y Otros Signos Distintivos que indica “Cuando la marca consista en una etiqueta y otro signo compuesto por un conjunto de elementos, la protección no se extenderá a los elementos contenidos en ella que sean de uso común o necesario en el comercio”.—Katherine Jiménez Tenorio, Registrador(a).—( IN202601074023 ).

Cambio de Nombre Fusión Nº 178924

Que Cynthia Wo Ching Vargas, mayor, casada, abogada N° identificación:110680678, en calidad de Apoderado Especial de Laboratorio LKM, S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre Fusión de Laboratorio Dosa, S. A. por el de Laboratorio LKM, S. A., presentada el día 22 de Diciembre del 2025 bajo expediente 178924. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: Nº 165571 DOSA, 165572 PLUSTAXANO ANHIDRO,Nº 165600 PLUSPLATIN, 170332 DALYS, 171944 EFIXANO, 243228 TOBRADOSA, 248998 LENOMEL, 248999 TOBRAHALER, 256718 KIGAR. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—1 vez.—( IN202601073936 ).

Cambio de Nombre Nº 178927

Que Cynthia Wo Ching Vargas, mayor, casada, abogada N° identificación: 110680678, en calidad de Apoderado Especial de Laboratorio LKM, S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Laboratorio Dosa, S. A. por el de Laboratorio LKM, S. A., presentada el día 22 de diciembre del 2025 bajo expediente 178927. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: Nº169659 LABORATORIO DOSA. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Isela Chango Trejos, Registradora.—1 vez.—( IN202601073938 ).

Marcas de Ganado

Solicitud Nº 2026-3390.—José Luis Araya Chavarría, cédula de identidad Nº 204290256, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San Ramón, Piedades Sur, 800 metros este del puente de Río Piedras, camino hacia La Guaria. Presentada el 15 de abril del 2026 Según el expediente Nº 2026-3390. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Kimberlyn Arick Alvarado, Registradora.— 1 vez.—( IN202601068688 ).

Solicitud Nº 2026-4849.—Johnny David Martínez Flores, cédula de identidad 5-0408-0540, solicita la inscripción de:

Como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, San José, Barrio Los Briceños, frente al puente de hamaca. Presentada el 05 de mayo del 2026. Según el expediente Nº 2026-4849. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1 vez.—( IN202601073133 ).

Solicitud Nº 2026-3230.—Nancy Geovanna Castro Rodríguez, cédula de identidad Nº 111110957, en calidad de Apoderado Generalísimo sin Límite de suma de Justin Stward Alfaro Castro, cédula de identidad Nº 118210085, solicita la inscripción de:

Como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Pérez Zeledón, Río Nuevo, calle Mora, 150 metros oeste de la Plaza de Deportes. Presentada el 14 de abril del 2026 Según el expediente Nº 2026-3230. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Kimberlyn Arick Alvarado, Registradora.—1 vez.—( IN202601073154 ).

Solicitud Nº 2026-1177.—Rodrigo Vega Maroto, cédula de identidad 203390895, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Los Chiles, El Amparo, Dos Aguas, kilómetro y medio al norte y kilómetro y medio al oeste de la Escuela San Antonio. Presentada el 17 de febrero del 2026. Según el expediente Nº 2026-1177. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Randall Abarca Aguilar, Registradores.—1 vez.—( IN202601073170 ).

Solicitud Nº 2026-4770.—Helga Isolde Thiele Mora, cédula de identidad 1-0923-0976, en calidad de Apoderado Generalísimo con Límite de suma de compañía Agropecuaria Piedra Grande Thiele Mora Sociedad Anonima, cédula jurídica 3-101-645582, solicita la inscripción de:

Como marca de ganado, que usará preferentemente en Cartago, Turrialba, La Suiza, Llanos de Alemania, de Importadora Monge de La Suiza cinco kilómetros noreste, camino a Pacayitas. Presentada el 05 de mayo del 2026. Según el expediente Nº 2026-4770. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1 vez.—( IN202601073183 ).

Solicitud Nº 2026-3121.—Manuel Felipe del Carmen Arias Segura, cédula de identidad 105350842, solicita la inscripción de:

Como Marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Acosta, Guaitil, Bajo los Arias Acosta cincuenta metros oeste de la escuela. Presentada el 13 de abril del 2026. Según el expediente Nº 2026-3121. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Kimberlyn Arick Alvarado.—Registradora.—1 vez.— ( IN202601073310 ).

Solicitud Nº 2026-5324.—María Nazareth Meza Cerdas, cédula de identidad 305430367, solicita la inscripción de:

Como Marca de ganado, que usará preferentemente en Cartago, Paraíso, del antiguo Bar El Bosque 300 metros este y 100 metros norte. Presentada el 14 de mayo del 2026. Según el expediente Nº 2026-5324. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Randall Abarca Aguilar, Registradores.—1 vez.—( IN202601073457 ).

Solicitud Nº 2026-1637.—Carlos Francisco Arias Valverde, cédula de identidad N° 1-0439-0416, solicita la inscripción de:

A    F

V    9

Como Marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Acosta, Guaitil, un kilómetro norte oeste de la escuela. Presentada el 05 de marzo del 2026. Según el expediente Nº 2026-1637. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.— ( IN202601073460 ).

Solicitud Nº 2026-3450.—Zeila Yesenia Ruiz Varela, cédula de identidad 5-0287-0338, solicita la inscripción de:

Como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Guápiles, Colorado, de La Finca Bananera Thames un kilómetro al este, a mano derecha, Finca “La Constancia”. Presentada el 16 de abril del 2026. Según el expediente Nº 2026-3450. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1 vez.—( IN202601073492 ).

Solicitud Nº 2026-3082.—Roller Stiwar Sandoval Núñez, cédula de identidad 2-0831-0558, solicita la inscripción de:

R   S

N   7

Como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Los Chiles, Caño Negro, Veracruz, tres kilómetros sur del centro educativo. Presentada el 10 de Abril del 2026 Según el expediente Nº 2026-3082 Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN202601073591 ).

Solicitud Nº 2026-3236.—Rafael Néstor De Las Piedades Ramírez Vargas, cédula de identidad 401021479, solicita la inscripción de:

Como marca de ganado, que usará preferentemente en Heredia, Sarapiquí, Las Horquetas, En San Bernardo cincuenta metros suroeste de la asada casa de color rosada de una planta. Presentada el 14 de abril del 2026. Según el expediente Nº 2026-3236. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Kimberlyn Arick Alvarado, Registradora.—1 vez.—( IN202601073648 ).

Solicitud Nº 2026-3191.—Wagner Rodriguez Artavia, cédula de identidad 2-0556-0070, solicita la inscripción de:

Como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Guatuso, San Rafael, El Jade, contiguo a la plaza deportes. Presentada el 13 de abril del 2026. Según el expediente Nº 2026-3191. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN202601073650 ).

Solicitud Nº 2026-3331.—Elvira Del Socorro Castañeda Viales, cédula de identidad 501010056, solicita la inscripción de:

8E3

Como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Bijagua, Higuerón, ochocientos metros este de la escuela, en finca con cerca de postes vivos con alambre con portón negro. Presentada el 15 de abril del 2026 Según el expediente Nº 2026-3331 Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Kimberlyn Arick Alvarado, Registradora.—1 vez.—( IN202601073653 ).

Solicitud Nº 2026-4123.—Yadith Jiménez Chacón, cédula de identidad Nº 5-0241-0815, solicita la inscripción de: YAU Como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Bagaces, Fortuna, de la entrada principal de san bernardo ciento veinticinco metros al suroeste. Presentada el 24 de abril del 2026 Según el expediente Nº 2026-4123. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN202601073686 ).

Solicitud Nº 2026-3537.—Franz Laureano Castro Parajeles, cédula de identidad 701350101, solicita la inscripción de:

353

Como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Guácimo, Guácimo, en el poblado la selva, quinientos metros al oeste de la escuela, a mano derecha, portón con columnas amarillas. Presentada el 17 de abril del 2026. Según el expediente Nº 2026-3537. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Kimberlyn Arick Alvarado, Registradora.—1 vez.—( IN202601073703 ).

Solicitud N° 2026-4097.—Marcos Vinicio Guzmán Godinez, cédula de identidad 113300180, solicita la inscripción de:

Como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Puriscal, Candelaria, veinticinco metros sur de la iglesia de Polka de Puriscal frente a la plaza de deportes, portón gris. Presentada el 24 de abril del 2026 Según el expediente No. 2026-4097 Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Randall Abarca Aguilar, Registrado.— 1 vez.—( IN202601073708 ).

Solicitud N° 2026-1062.—Miguel Bismark Ramírez Rodríguez, cédula de identidad 601620392, solicita la inscripción de:

Como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Puntarenas, Cobano, tres kilómetros al oeste de la escuela Santa Fe. Presentada el 12 de febrero del 2026 Según el expediente N° 2026-1062 Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Giovanna Mora Mesen, Registradora.—1 vez.—( IN202601073782 ).

Solicitud N° 2026-3762.—Cristel Julissa Marín Sánchez, cédula de identidad N° 604490493, solicita la inscripción de:

A

5    7

Como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Limón, Limón, Barrio Puerto Escondido, de Calderón Catering Service 500 metros este, finca al fondo a topar con cerca. Presentada el 21 de abril del 2026. Según el expediente N° 2026-3762 Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Giovanna Mora Mesén, Registrador.—1 vez.—( IN202601073794 ).

Solicitud N° 2026-4111.—Andrés Calderon Marquez, cédula de identidad 1-0988-0809, en calidad de Apoderado Generalísimo sin Límite de suma de 3-102-945604 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-945604, solicita la inscripción de:

Como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, -Tilarán, Tierras Morenas, Río Piedras, Calle Pedro Soto. Presentada el 24 de abril del 2026 Según el expediente N° 2026-4111 Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Karol Claudel Palma, Registrador.—1 vez.—( IN202601073958 ).

Solicitud N° 2026-4541.—Mauricio Gerardo Madrigal Vasquez, cédula de identidad 1-0978-0357, solicita la inscripción de:

C  F

A  9

Como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Alajuelita, San Antonio, del Mirador Valle Azul ochocientos metros sur. Presentada el 30 de abril del 2026. Según el expediente N° 2026-4541 Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Si por más de seis meses por causa del interesado se paraliza esta gestión, se ordenará el archivo, así establecido en el artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública.—Karol Claudel Palma, Registradores.—1 vez.—( IN202601073997 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

EDICTOS

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-855683, denominación: Asociación Red de Empresarias y Emprendedoras por el Desarrollo Sostenible. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2026, asiento: 381477.—Registro Nacional, 18 de mayo de 2026.—Registro Nacional, 15 de mayo de 2026.—Licda. Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—( IN202601074076 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-225781, denominación: Asociacion de Iglesias Misioneras Jehova es Mi Pastor. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.— Documento Tomo: 2026. Asiento: 392684.—Registro Nacional, 18 de mayo de 2026.—Licda. Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—( IN202601074077 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-056137, denominación: Asociación Vicentina de Escazú. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2026 Asiento: 425849.—Registro Nacional, 18 de mayo de 2026.—Licda. Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—( IN202601074079 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-762991, denominación: Asociación Spa Sanados para Avanzar. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2026 Asiento: 423722.—Registro Nacional, 18 de mayo de 2026.— Licda. Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—( IN202601074080 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-211600, denominación: Asociación Iglesia Cristiana Mundo de Fe. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2025 Asiento: 798742.—Registro Nacional, 18 de mayo de 2026.—Licda. Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—( IN202601074081 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Recreativa Zapoteña, con domicilio en la provincia de: Provincia 01 San José, Canton 01 San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover, fomentar y desarrollar la práctica del deporte y la recreación como herramientas de desarrollo social, bienestar físico, salud integral y convivencia comunitaria, mediante la organización de actividades deportivas, recreativas, formativas y culturales, tanto a nivel comunal como cantonal. Cuyo representante, será el presidente: Keilyn Karolina Matarrita Borbon, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2026 Asiento: 336713.—Registro Nacional, 19 de mayo de 2026.—Licda. Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—( IN202601074082 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-897697, denominación: Asociación de Vecinos del Condominio Horizontal Residencial Bouganvillea. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2026 Asiento: 352185.—Registro Nacional, 19 de mayo de 2026.— Licda. Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—( IN202601074084 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-045068, denominación: Asociación Roblealto Pro Bienestar del Niño. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2026 Asiento: 362497.—Registro Nacional, 19 de mayo de 2026.—Lic. Gabriela Ruiz Ruiz.—1 vez.—( IN202601074085 ).

Patente de Invención

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El(la) señor(a)(ita) Marianela Del Milagro Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de Apoderada Especial de Amgen Research (MUNICH) GMBH y Amgen INC., solicita la Patente PCT denominada MÉTODOS PARA TRATAR EL CÁNCER DE PRÓSTATA CON ANTICUERPOS BIESPECÍFICOS QUE SE UNEN A STEAP1XCD3. La presente divulgación proporciona métodos de tratamiento de pacientes con cáncer de próstata con una proteína de unión a antígeno anti-STEAP1, tal como xaluritamig, ya sea en monoterapia o combinada con otro agente terapéutico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61P 35/00 y C07K 16/30; cuyo(s) inventor(es) es(son) Stieglmaier, Julia (DE); Kischel, Roman (DE) y Kouros-Mehr, Hosein (US). Prioridad: N° 63/533,824 del 21/08/2023 (US). Publicación Internacional: WO/2025/042865. La solicitud correspondiente lleva el número 2026-0000105, y fue presentada a las 11:16:56 del 18 de marzo de 2026. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de abril de 2026.—Hellen Marín Cabrera Registrador(a).—( IN202601073911 ).

El(la) señor(a)(ita) Marianela Del Milagro Arias Chacón, Cédula de identidad 1-0679- 0960, en calidad de Apoderado Especial de Amgen INC., solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS ANTI-CD30L Y USOS DE LOS MISMOS. La presente divulgación proporciona anticuerpos anti-CD30L y métodos para fabricar y utilizar dichos anticuerpos anti-CD30L. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/00 yC07K 16/28; cuyo(s) inventor(es) es(son) Vander Lugt, Bryan (US); Hasegawa, Haruki (US); Estes, Bram (US); Soriano, Brian D. (US) y Thomson, Christy Ann (US). Prioridad: N° 63/537,933 del 10/09/2023 (US). Publicación Internacional: WO/2025/059023. La solicitud correspondiente lleva el número 2026-0000139, y fue presentada a las 11:21:59 del 10 de abril de 2026. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de abril de 2026.—María Leonor Hernández Bustamante, Registradora.—( IN202601073914 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario (a) para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: FRANKLIN MAURICIO MADRIZ ESPINOZA, con cédula de identidad N°701070365, carné N°32471. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.—San José, 29 de mayo del 2026.—Licda. Ana Virginia Cascante Acuña, Abogada-Unidad Legal Notarial. Proceso N° 237193.—1 vez.— ( IN202601091000 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-0675-2026.—Exp.27762.—3-102-937959 Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: (1) 10 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Río Cuarto, Río Cuarto, Alajuela, para uso agropecuario, comercial, consumo humano, agropecuario-riego y turístico. Coordenadas 253.799 / 509.130 hoja Poás. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de junio de 2026.—Departamento de Información.—Evangelina Torres S.—( IN202601090017 ).

ED-UHTPNOL-0043-2025.—Exp. N° 25615P.—Justin Michel Fata, solicita concesión de: (1) 1 litros por segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo CJ-163 en finca de en Cuajiniquil, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano - doméstico - piscina y agropecuario - riego. Coordenadas: 223.709 / 348.874, hoja Cerro Brujo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Liberia, 16 de junio de 2025.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Silvia Mena Ordóñez.—( IN202601090021 ).

ED-0740-2026.—Exp. 27796.—KD Holdings SRL, solicita concesión de: (1) 0.02 litros por segundo del nacimiento Naciente Vieja Pérez, efectuando la captación en finca de One Eight Chai Three Six Zero Zero Limitada en Arenal, Tilarán, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 278.480 / 442.849 hoja Arenal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Publíquese 3 veces consecutivas.—San José, 03 de junio de 2026.—Departamento de Información.—Evangelina Torres S.—( IN202601090023 ).

ED-0756-2026.—Exp. N° 27818.—3-102-894963 Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: 1.17 litros por segundo del Nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en La Suiza, Turrialba, Cartago, para uso comercial envasado. Coordenadas: 212.079 / 585.378, hoja Tucurrique. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de junio de 2026.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN202601090030 ).

ED-0767-2026.—Exp. 1232-A. Azucarera El Viejo Sociedad Anónima, solicita concesión de: (1) 2245.2 litros por segundo del Río Tempisque, efectuando la captación en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso Agroindustrial Agropecuario, Comercial, Consumo Humano, Riego, Turístico. Coordenadas 270.200 / 377.500 hoja Tempisque. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de junio de 2026.— Departamento de Información.—Mónica Esquivel Granados.—( IN202601090041 ).

ED-0647-2026.—Exp. 26601-PA.—De conformidad con la Reforma a la Ley 10647 Amnistía para el Registro de Pozos No Inscritos y Otorgamiento de Concesiones para el Aprovechamiento del Recurso Hídrico en Actividades de Producción Agropecuaria, Albus Domus Sociedad Anónima, registró el pozo que se le asigna el Nº RG-1174, mediante el cual solicita concesión de aprovechamiento de agua en cantidad de 3 litros por segundo en Garita, Alajuela, Alajuela, para uso agropecuario y agropecuario - riego. Coordenadas 218.760 / 500.350 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Publíquese 3 veces consecutivas.—San José, 09 de junio de 2026.—Elvia Blanco Ortiz, MINAE.—( IN202601090049 ).

ED-UHTPNOL-0036-2026. Expediente 26561P.—Leontin Lazar solicita concesión de: (1) 1 litros por segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo GA-422 en finca de en Samara, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano- doméstico y agropecuario- riego. Coordenadas 207.676 / 371.742 hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Publíquese 3 veces consecutivas.—Liberia, 04 de mayo de 2026.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Leonardo Solano Romero.—( IN202601090052 ).

ED-0769-2026.—Expediente 16772P.—3-102-765524 Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: 0.60 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-2444 en finca de su propiedad en San Vicente, Santo Domingo, Heredia, para uso consumo humano comercial. Coordenadas 218.891 / 528.062 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Publíquese 3 veces consecutivas.—San José, 10 de junio de 2026.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN202601090055 ).

ED-0625-2026.—Exp 27746.—Alfredo Emmanuel Retana Bonilla, solicita concesión de: 0.16 litros por segundo del Nacimiento Los Bonilla, efectuando la captación en finca de German Johan Bonilla Retana en Santa María, Dota, San José, para uso Consumo Humano Domestico – Comercial, Agropecuario Acuicultura y Turístico Hotel. Coordenadas 180.574 / 543.392 hoja Vueltas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de junio de 2026.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—1 vez.—( IN202601090058 ).

ED-0663-2026.—Exp. 14508P.—Eduardo, Cabalceta Aguilar, solicita concesión de: (1) 0,80 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo DI-406 en finca de Eduardo Cabalceta Aguilar en Santa Cruz (Santa Cruz), Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano - doméstico y agropecuario-riego-frutal. Coordenadas 244.003 / 363.458 hoja Diriá. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de junio de 2026.—Departamento de Información.—Evangelina Torres S.—( IN202601090068 ).

ED-0770-2026.—Exp. 27823-A.—Olman Rodrigo, Hernández Sánchez solicita concesión de: (1) 0.01 litros por segundo del Nacimiento Aguacate, efectuando la captación en finca de en San Miguel (Desamparados), Desamparados, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 200.955 / 531.240 hoja Caraigres. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de junio de 2026.—Departamento de Información.—Mónica Esquivel Granados.—( IN202601090196 ).

ED-0758-2026.—Expediente N° 27812-A.—Anthonny Jesús Marín Vargas solicita concesión de: (1) 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Nicolas Marín Cubero en Copey, Dota, San José, para uso agroindustrial, consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 185.154 / 546.827 hoja Tapanti. (2) 1 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Flor Camacho Flores en Copey, Dota, San José, para uso agroindustrial, consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 185.153 / 546.340 hoja Tapanti. (3) 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Copey, Dota, San José, para uso agroindustrial, consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 185.061 / 546.889 hoja Tapanti. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de junio de 2026.—Departamento de Información.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN202601090373 ).

ED-0764-2026.—Expediente N° 27813.—Luis Martin Vargas Vargas solicita concesión de: (1) 0.04 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Héctor Saborio Zuñiga en Tabarcia, Mora, San José, para uso agropecuario, consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 202.299 / 509.538 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de junio de 2026.—Departamento de Información.—Evangelina Torres S.—( IN202601090374 ).

ED-0768-2026.—Expediente N° 26590-P.—Bebidas del Rancho S. A., solicita concesión de: (1) 6.3 litros por segundo del acuiferoAB-1564, efectuando la captación por medio del pozo en finca de en Asunción, Belen, Heredia, para uso. Coordenadas 217.699 / 518.100 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Publíquese 3 veces consecutivas.—San José, 10 de junio de 2026.—Departamento de Información.—Mónica Esquivel Granados.—( IN202601090381 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-0772-2026.—Exp. N° 10630-P.—Agropecuaria Arpa S. A., solicita concesión de: (1) 0.58 litros por segundo del acuífero formación aguacate, efectuando la captación por medio del pozo NA-513 en finca de su propiedad en Granja, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-ornamentales. Coordenadas 226.185 / 486.215 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de junio de 2026.—Departamento de Información.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN202601094003 ).

ED-0760-2026.—Expediente N° 27819-A.—Bahía Corporation Limitada, solicita concesión de: (1) 0.09 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 137.099 / 554.435 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de junio de 2026.—Departamento de Información.—Mónica Esquivel Granados.—( IN202601090445 ).

ED-0777-2026.—Expediente N° 27830.—La Mina de Guayabo Sociedad Anónima, solicita concesión de: (1) 0.03 litros por segundo del nacimiento naciente El Chacalín, efectuando la captación en finca de su propiedad en San José (Upala), Upala, Alajuela, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas 323.250 / 404.223 hoja Upala. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de junio de 2026.—Departamento de Información.—Evangelina Torres S.—( IN202601090453 ).

ED-0765-2026.—Expediente N° 11050P.—Corporación de Compañías Agroindustriales CCA Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: (1) 5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-328 en finca de su propiedad en Concepcion (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso agroindustrial-matadero y industria-carne. Coordenadas 215.680 / 497.200 hoja Río Grande. (2) 3 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-333 en finca de su propiedad en Concepcion (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso agroindustrial-matadero y industria-carne. Coordenadas 215.550 / 497.050 hoja Río Grande. (3) 2.68 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-609 en finca de su propiedad en Concepción (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso agroindustrial-matadero y industria-carne. Coordenadas 215.715 / 497.270 hoja Río Grande. (4) 8 litros por segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo RG-1196 en finca de en Concepcion (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso. Coordenadas 215.629 / 497.170 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de junio de 2026.—Departamento de Información.—Evangelina Torres S.—( IN202601090473 ).

ED-0773-2026.—Expediente N° 9861-A.—Inversiones Pacaras de Costa Rica S. A., solicita concesión de: (1) 0.3 litros por segundo de la quebrada bosque, efectuando la captación en finca de su propiedad en Dulce Nombre Jesús (Vázquez de Coronado), Vázquez de Coronado, San José, para uso agropecuario-abrevadero y consumo humano-doméstico. Coordenadas 222.950 / 538.900 hoja Carrillo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Publíquese 3 veces consecutivas.—San José, 10 de junio de 2026.—Departamento de Información.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN202601090510 ).

ED-0488-2026.—Expediente N° 26446-PA.—De conformidad con la Reforma a la Ley 10647 Amnistía para el Registro de Pozos No Inscritos y Otorgamiento de Concesiones para el Aprovechamiento del Recurso Hídrico en Actividades de Producción Agropecuaria, Banco Improsa Sociedad Anónima, registró el pozo que se le asigna el No. CÑ-220, mediante el cual solicita concesión de aprovechamiento de agua en cantidad de 240 litros por segundo en Bagaces, Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario y agropecuario - riego. Coordenadas 270.811 / 408.290 hoja Cañas. Otro pozo de agua N° -221 en cantidad de 240 litros por segundo en Bagaces, Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario y agropecuario-riego. Coordenadas 270.637 / 408.568 hoja Cañas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de junio de 2026.—Elvia Blanco Ortiz.—( IN202601090619 ).

ED-UHTPNOL-0015-2026. Expediente 25122P.—Dónald Vargas Guerrero, solicita concesión de: (1) 1 litros por segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo MT-504 en finca de en Nicoya, Nicoya, Guanacaste, para uso agropecuario- abrevaderogranja- acuicultura, consumo humano- domestico- jardines– piscina y agropecuario - riego. Coordenadas 263.902 / 361.873 hoja Belén. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Publíquese 3 veces consecutivas.—Liberia, 20 de febrero de 2026.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Leonardo Solano Romero.—( IN202601090677 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-0681-2026. Expediente 12973.—Casa Uvita Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: 0.02 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas 128.441 / 567.255 hoja Repunta. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de mayo de 2026.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN202601090716 ).

ED-0242-2026. Expediente 27529.—Brisas de Canjilones Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.01 litros por segundo del Nacimiento Banaderos, efectuando la captación en finca de su propiedad en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 175.274 / 513.359 hoja Dota. 0.01 litros por segundo del Nacimiento Banaderos, efectuando la captación en finca de su propiedad en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 175.270 / 513.359 hoja Dota. 0.01 litros por segundo del Nacimiento Gallinazo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 174.988 / 512.451 hoja Dota. 0.01 litros por segundo del Nacimiento Roquero, efectuando la captación en finca de su propiedad en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 174.985 / 512.463 hoja Dota. 0.01 litros por segundo del Nacimiento Chorro, efectuando la captación en finca de su propiedad en Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 174.585 / 512.271 hoja Dota. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Publíquese 3 veces consecutivas.—San José, 11 de marzo de 2026.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN202601090862 ).

ED-UHTPCOSJ-0044-2026. Expediente 27593-P.—Alejandra, Roldan Sánchez solicita concesión de: 1 litros por segundo del acuífero sin nombre, efectuando la captación por medio del pozo BC-1132 en finca de su propiedad en Jesús María, San Mateo, Alajuela, para uso consumo humano y agropecuario - riego. Coordenadas 217.043 / 471.880 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de junio de 2026.—Unidad Hidrológica Tárcoles - Pacífico Central.—Yesenia Navarro Masís.—( IN202601090952 ).

ED-0782-2026. Expediente 21503-A.—Mitnik Of Orleans Holding Company SRL, solicita concesión de: (2) 0.03 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de en Baru, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 142.255 / 553.938 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de junio de 2026.—Departamento de Información.—Mónica Esquivel Granados.—( IN202601090960 ).

ED-0754-2026. Expediente 26620P.—3-102-813533 SRL, solicita concesión de: 1.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RE-91 en finca de su propiedad en Ballena, Osa, Puntarenas, para uso turístico hotel – restaurante – piscina y agropecuario riego. Coordenadas 131.346 / 567.194 hoja Repunta. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de junio de 2026.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN202601090964 ).

ED-0403-2026. Expediente 27645.—3-102-707148 Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Savegre, Quepos, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico y piscina. Coordenadas 151.135 / 535.842 hoja Quepos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de abril de 2026.—Departamento de Información.—David Chaves Zúñiga.—( IN202601090965 ).

ED-0786-2026.—Exp. 27838.—3-102-941385 Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: (1) 0.4 litros por segundo del Río Guacimal, efectuando la captación en finca de su propiedad en Monteverde, Monteverde, Puntarenas, para uso agropecuario, consumo humano, agropecuario - riego y turístico. Coordenadas 249.529 / 445.727 hoja Juntas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Publíquese 3 veces consecutivas.—San José, 12 de junio de 2026.—Evangelina Torres S, Departamento de Información.—( IN202601091102 ).

ED-0789-2026.—Exp 27835-A.—Industrias Fat S A, solicita concesión de: (1) 0.2 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Lexima Inteernacional Sociedad Civil en San Isidro (El Guarco), El Guarco, Cartago, para uso comercial, consumo humano y industria. Coordenadas 198.013 / 542.146 hoja Tapantí. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Publíquese 3 veces consecutivas.—San José, 12 de junio de 2026.—Elvia Blanco Ortiz, Departamento de Información.—( IN202601091104 ).

ED-0781-2026.—Exp. 27834-A.—Jaime, Montero Retana solicita concesión de: (1) 1 litros por segundo del nacimiento, efectuando la captación en finca de en San Rafael, San Ramon, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 224.051 / 485.036 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación. Publíquese 3 veces consecutivas.—San José, 11 de junio de 2026.—Mónica Esquivel Granados. Departamento de Información.—( IN202601091106 ).

PODER JUDICIAL

RESOLUCIONES

Dirección Ejecutiva del Poder Judicial

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Resolución N° 360-2026.—Dirección Ejecutiva del Poder Judicial.—San José, a las quince horas con dos minutos del veintiocho de abril de dos mil veintiséis.

Procedimiento de exclusión de la lista de Auxiliares de la Administración de Justicia como Intérprete Bribrí de Ana Maura Vargas Morales, cédula 701060881, por incumplimiento de requisito establecido en el “Reglamento para regular el procedimiento de selección, designación y ejercicio de las funciones de las personas intérpretes, traductoras, peritos, ejecutoras y curadoras procesales en el Poder Judicial”.

Resultando:

I.—De acuerdo al expediente personal de la señora Ana Maura Vargas Morales, se encuentran documentos de inscripción de fecha 7 de mayo del año 2010, su inscripción se dio conforme a los requisitos establecidos y determinados por la Dirección Ejecutiva, con base en la Ley Orgánica del Poder Judicial y normativa especial, al no contar en esa época con Reglamento.

II.—A fecha 23 de abril de 2026, se encuentra vigente la Circular 227-2023 de la Secretaría General de la Corte que contiene el “Reglamento para regular el procedimiento de selección, designación y ejercicio de las funciones de las personas intérpretes, traductoras, peritos, ejecutoras y curadoras procesales en el Poder Judicial”, aprobado por la Corte Plena en sesión No 37-2023 celebrada el 21 de agosto de 2023 artículo XVI, publicado en el Boletín Judicial No 181 del 03 de octubre de 2023.

III.—Que en fecha 18 de febrero de 2025 mediante correo electrónico, se solicitó al señor Alberto Rojas Naranjo profesional en informática de la Dirección de Tecnología de la Información, un informe del Sistema de Gestión de Auxiliares de la Administración con las personas fallecidas, las que tienen correo electrónico, cuales no tienen, cuales están validados y cuales no, esta información se utilizaría para la actualización del sistema y extraer a las personas que no contenían correo electrónico, donde aparece el nombre de la señora Ana Maura Vargas Morales.

IV.—A partir de fecha 9 de setiembre de 2025 se realizó la actualización del Sistema de Auxiliares de la Administración de Justicia con la nueva funcionalidad, que consiste en la actualización de los datos mediante un correo electrónico y conforme lo establece el Reglamento de Auxiliares de la Administración de Justicia, en fecha 10 de setiembre se generó una lista de las personas ACTIVAS dentro del sistema para iniciar con la labor de actualización.

V.—Mediante la actualización de datos, la lista de personas que no contenían correo electrónico se trasladaron a las señoras Claudia Salazar Chavarría y Alejandra Mena Cárdenas servidoras de la Dirección Ejecutiva, con el propósito de contactar a las personas de la lista a través de los medios de localización indicados en la inscripción del Sistema de Gestión de Auxiliares de la Administración de Justicia, para el caso de la señora Vargas Morales NO cuenta con correo electrónico, ni número de fax, por lo que fue llamada entre el 23 y 28 de octubre de 2025, al teléfono 8396-7551 único inscrito para la localización, dando como resultado, la respuesta de una persona que indica que ese número no pertenece a la señora Ana Maura Vargas Morales.

VI.—Con el propósito de actualizar la información, de manera excepcional y como última gestión, se efectuó un nuevo intento de contactar a la señora Vargas Morales al número de teléfono anteriormente indicado en fecha 28 de abril de 2026, el cual resultó infructuoso, indicando que el número no pertenece a la señora Ana Maura Vargas Morales.

VII.—Visto el Sistema de Gestión de Auxiliares de la Administración de Justicia para el año 2026 no ha tenido asignación alguna en la categoría de Intérprete Bribri.

ANÁLISIS SOBRE EL FONDO:

El “Reglamento para regular el procedimiento de selección, designación y ejercicio de las funciones de las personas intérpretes, traductoras, peritos, ejecutoras y curadoras procesales en el Poder Judicial”, en su artículo 9 establece:

“Artículo 9.- Requisitos de inscripción para personas intérpretes.

Las personas que aspiran a formar parte de los listados como persona intérprete, especificando el idioma o lengua que ofrece sus servicios de intérprete, deberán inscribirse ante la Dirección de Ejecutiva, debiendo cumplir con lo dispuesto en los artículos 12 y 28 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y demás requisitos establecidos en este Reglamento, para lo cual deberán presentar su inscripción de manera física o electrónica:

a) Solicitud de inscripción como persona intérprete, con la indicación de la disponibilidad de prestar los servicios en todo el país o de no ser así, indicando los circuitos judiciales donde ofrecerá los servicios, su número de teléfono, dirección de residencia y correo electrónico.

b) Debe señalar una dirección de correo electrónico, la cual debe estar acreditada ante la Dirección de Tecnología de la Información del Poder Judicial de conformidad con el artículo 3 de la Ley de Notificaciones Judiciales, el cual será el medio para recibir notificaciones por parte de los despachos judiciales, la Dirección Ejecutiva y Dirección Jurídica, en el caso de esta última para el trámite de los procedimientos administrativos disciplinarios.

c) Documento de consentimiento expreso para que, la Dirección Jurídica, la autoridad judicial cuando lo requiera, tengan acceso a su respectivo expediente electrónico.

d) Certificación de no contar con antecedentes penales con vigencia de no más de tres meses.

e) Una fotografía tamaño pasaporte.

f) Hoja de vida con datos personales actualizados.

g) Cédula de identidad vigente por ambos lados.

h) Declaración jurada en la que haga constar que no ha recaído un auto de apertura a juicio en firme y que no dispone de ningún impedimento legal para brindar el servicio. En caso de determinarse administrativamente que la persona podría haber faltado a la verdad en la declaración jurada que suscriba, se procederá a interponer la respectiva denuncia penal por el delito de perjurio ante el Ministerio Público.

i) Además, deberá presentar, según el idioma o idiomas, la lengua o lenguas que ofrece su servicio de interpretación lo siguiente:

a). Persona intérprete en Lenguaje de Signos y Lenguaje de Señas Costarricense (LESCO):

1. Título o certificado que acredite que tiene un Nivel 4 como mínimo, en el Lenguaje de Signos y Lenguaje de Señas Costarricense.

2. Documento que acredite que posee licencia o que es intérprete certificado por alguna institución, organización o asociación costarricense especializada en la materia, junto con el original para efectos de confrontar ambos documentos.

b). Persona intérprete en idiomas o lenguas extranjeras diferentes al español:

1. Certificación extendida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, en la que se indique específicamente que se encuentra autorizada como persona intérprete, traductor o traductora oficial. Únicamente las personas traductoras e intérpretes oficiales reconocidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, conforme lo dispone la Ley N° 8142 de 5 de noviembre del 2001, denominada Ley de Traducciones e Interpretaciones Oficiales y sus reformas, además de su Reglamento, serán incluidas dentro de la Lista Oficial de Peritos, Intérpretes y Traductores del Poder Judicial.

c). Persona intérprete en lenguas nativas diferentes al español:

1. Documento idóneo expedido por autoridad pública o privada de la comunidad de residencia, que acredite que la persona solicitante posee conocimiento en determinada lengua o dialecto.

Artículo 10.—Insuficiencia de personas intérpretes en Lenguaje de Signos y Lenguaje de Señas Costarricense (LESCO) o en otros idiomas.

De no contarse en la Lista Oficina con suficientes personas intérpretes en lenguaje de signos o señas costarricense, para llenar las necesidades de los despachos u oficinas judiciales, la Dirección Ejecutiva podrá integrar a la Lista a quienes demuestren conocimientos suficientes en esos lenguajes, o bien, a quienes se hayan graduado como docentes en educación especial con énfasis en personas sordas y cuyo título tenga el aval de una entidad de educación superior reconocida por el Estado y cumpla con los demás requisitos que establece.

Además, de no contarse con alguna persona que pueda brindar el servicio de intérprete en algún idioma específico, la persona juzgadora, Fiscal o Fiscala, bajo su responsabilidad podrá designar a alguna persona que demuestre conocimiento suficiente en ese lenguaje, siempre y cuando lo considere pertinente para no causar un retraso en el proceso.

Lo anterior sin perjuicio de la posibilidad que se brinda a los notarios en el artículo 464 del Código de Trabajo en el caso de los procesos laborales.”

(Lo subrayado y en negrita no es del original).

Con el fin de dar la oportunidad de subsanar el incumplimiento de no contar con correo electrónico, esta Dirección Ejecutiva realizó las gestiones para contactar a las personas registradas que no contaban con un correo electrónico, efectuando las llamadas correspondientes a los números registrados, con la salvedad que no fue posible establecer la comunicación.

Al no contar con un correo electrónico debidamente validado para recibir notificaciones por parte de las oficinas judiciales, administrativa y disciplinaria, lo que constituye un incumplimiento material, esta Dirección Ejecutiva atendiendo el principio de legalidad, no la puede mantener inscrita como Auxiliar de la Administración de Justicia, al incumplir con lo establecido en el artículo 9 inciso b) del Reglamento de cita.

Por lo anterior, con base en el artículo 51 del “Reglamento para regular el procedimiento de selección, designación y ejercicio de las funciones de las personas intérpretes, traductoras, peritos, ejecutoras y curadoras procesales en el Poder Judicial”, la señora Vargas Morales, debe ser excluida de la lista de Auxiliares de la Administración de Justicia por encontrarse dentro de las causales de dicho artículo, específicamente el inciso c), que cita:

“Artículo 51: Quienes figuren como personas auxiliares de la administración de justicia, serán excluidas de los listados por:

[…] c) Encontrarse con alguna de las incompatibilidades y prohibiciones establecidas en este Reglamento, Ley Orgánica del Poder Judicial y normativas conexas, o pérdida de alguno de los requisitos establecidos en este reglamento. […]”

Considerando:

ÚnicoQue revisadas las pruebas aportadas y la normativa citada, al no cumplir con el requisito de inscripción antes citado, esta Dirección Ejecutiva como dependencia del Poder Judicial encargada de los aspectos administrativos y operativos de la gestión de las personas inscritas como Auxiliares de la Administración de Justicia, tal y como lo establece elReglamento para regular el procedimiento de selección, designación y ejercicio de las funciones de las personas intérpretes, traductoras, peritos, ejecutoras y curadoras procesales en el Poder Judicial”, sujeta al marco de legalidad, procede a realizar la exclusión de la lista de Auxiliares de la Administración de Justicia. Por tanto:

Por lo antes expuesto, procédase a la exclusión de la señora Ana Maura Vargas Morales de la lista de Auxiliares de la Administración de Justicia en la categoría de Intérprete Bribrí, por no contar con un correo electrónico debidamente validado en el Poder Judicial para recibir notificaciones y por ende incumplir con el requisito establecido en el artículo 9, inciso b del “Reglamento para regular el procedimiento de selección, designación y ejercicio de las funciones de las personas intérpretes, traductoras, peritos, ejecutoras y curadoras procesales en el Poder Judicial”. En caso de que tenga procesos pendientes, debe ponerse en contacto e informar al despacho judicial lo correspondiente. La presente resolución admite los recursos ordinarios de revocatoria ante esta instancia y apelación ante la Directora de la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, sea que se utilicen de manera alternativa o en forma subsidiaria; El plazo para la interposición de los recursos es de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución. A fin de notificar la presente resolución, se ordena notificar tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Nacira Valverde Bermúdez Sub-Directora Ejecutiva.—( IN202601072625 ).

AVISOS

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por Ramona Damaris Porras Quirós, mayor, soltera, operaria, documento de identidad 0702040381, vecina de Alajuela, La Guácima, en el cual pretende cambiarse el nombre a Damaris, mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil. Nota: Se le recuerda a la persona interesada que deberá acudir a la Imprenta Nacional para cancelar los derechos de publicación de este edicto. Publíquese por una sola vez, expediente 26-000200-0638-CI-2.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hora y fecha de emisión: quince horas con treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis.—Licda. Margarita Mena Gutiérrez, Jueza Decisora.—1 vez.—( IN202601073617 ).

Se hace saber: en este Tribunal de Justicia se tramita proceso de cambio de nombre promovido por José Benito Benavides Sarria, mayor, soltero, empresario, costarricense por naturalización, documento de identidad 0801630297, vecino de Santa Ana, en el cual pretende cambiarse el nombre a Joseph Gabriel mismos apellidos. Se concede el plazo de quince días a cualquier persona interesada para que se presenten al proceso a hacer valer sus derechos. Artículo 55 del Código Civil, expediente 26-000083-0180-C.—Juzgado Primero Civil de San José, 04 de febrero del año 2026.—Msc. Adriana Orocú Chavarría Jueza Tramitadora.—1 vez.—( IN202601073975 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de Solicitud de Naturalización

Kevin Andre Chavez Dedios, peruana, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—San José, al ser las 02:50 p.m. del 13 de mayo 2026.—José Aníbal González Araya, Técnico Funcional.—1 vez.—( IN202601073132 ).

Yadira Del Carmen Ríos Galeano, nicaragüense, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito en nuestras oficinas dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—San José, al ser las 10:53 del 18 de mayo de 2026.—Carlos Sánchez Sánchez, Asistente Funcional 2.—1 vez.—( IN202601073136 ).

Kaitlyn Tahian Graterol Pérez, venezolana, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito en nuestras oficinas dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—San José, al ser las 9:28 del 18 de mayo de 2026.—Marco Vinicio Campos Gamboa, Asistente Funcional 2.—1 vez.—( IN202601073200 ).

María Estela Luna Méndez (nicaragüense), ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud para que los presenten por escrito en nuestras oficinas dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—San José, al ser las 09:50 del 11 de mayo de 2026.—Jonathan Vargas Cespedes, Asistente profesional 1.—1 vez.—( IN202601073242 ).

Jader Johan Arroyave Espinal, colombiana, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—Heredia al ser las 11:36 am del 15 de mayo del 2026.—Juan Alberto Flores Soto, Asistente Funcional 3.—1 vez.—( IN202601073455 ).

Zenia Lissette Narvaez Alvarado, nicaragüense, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. San José al ser las 10:22 del 19 de mayo de 2026.—Carlos Sánchez Sánchez, Asistente Funcional 2.—1 vez.—( IN202601073534 ).

María José Herrera Ruiz, nicaragüense, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—San José al ser las 2:44 p.m. del 24 de abril de 2026.—Jairo Alberto Herrera Barrantes, Profesional Asistente.—1 vez.—( IN202601073999 ).

Registro Civil-Departamento Civil

Solicitud de Matrimonio

Se hace saber que este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de Nilsen Steward Murillo Mena, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, barbero, portador/a del documento de identidad N° 119830984, hijo/a de Minor Ezequiel Murillo Araya y de Ivannia Pamela Mena Araya, vecino/a de Guadalupe, Barranca, Central, Puntarenas, actualmente con 18 años de edad y Nayeli Mercedes Ortega Mena, mayor, costarricense, estado civil soltera/o, estudiante, portador/a del documento de identidad N° 604990965, hijo/a de Wilmer Ortega Gómez y de Maribel Mena Vallejos, vecino/a de Guadalupe, Barranca, Central, Puntarenas, actualmente con 19 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente: MAT-RC-04584-2025.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Regional de Puntarenas, 16/10/2025.—José Anibal González Araya, Técnico Funcional.— 1 vez.—( IN202601072701 ).

Se hace saber que este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de Claudio Marvin Moreno Caravaca, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, Agricultor, portador/a del documento de identidad número 501500026, hijo/a de Tomas Moreno Valerin y de Raimunda Caravaca, vecino/a de Playa Potrero, Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, actualmente con 72 años de edad y Damaris De Los Ángeles Ugarte Peralta, mayor, costarricense, estado civil divorciada/o, Ama de casa, portador/a del documento de identidad número 502580075, hijo/a de David Ugarte Grijalba y de Elsie Peralta Rodríguez, vecino/a de Playa Potrero, Tempate, Santa Cruz, Guanacaste, actualmente con 56 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente MAT-RC-01044-2026. Registro Civil, Departamento Civil, Oficina Regional Santa Cruz, 03/03/2026.—Sr. Miguel Ángel Guadamuz Briceño, Jefatura de Oficina Regional Santa Cruz. (Firma Jefatura).—1 vez.—( IN202601073664 ).

Se hace saber que este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de George Keym Barrett Savage, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, Seguridad Privada, portador/a del documento de identidad número 702940301, hijo/a de Rodolfo Antonio Barrett Valerin y de Cintia Maribel Savage Walker, vecino/a de Las Pilas, San Isidro, Central, Alajuela, actualmente con 23 años de edad y Natasha Valeska Hernández Rojas, mayor, costarricense, estado civil soltera/o, Cajera y Dependiente, portador/a del documento de identidad número 305650176, hijo/a de Carlos Roberto Hernández Gutiérrez y de Arelis Magally Rojas Alvarado, vecino/a de Las Pilas, San Isidro, Central, Alajuela, actualmente con 20 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente MAT-RC-01868-2026. Registro Civil, Departamento Civil, Oficina Regional Alajuela, 29/04/2026.—Sr. Jairo Alberto Herrera Barrantes, Profesional Asistente de Regional Alajuela.—1 vez.—( IN202601073874 ).

Se hace saber que este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de Jonathan Alberto Barrantes Salazar, mayor, costarricense, estado civil divorciado/a, escultor, portador/a del documento de identidad número 110650607, hijo/a de José Gerardo Barrantes Fallas y de Hortensia Salazar Zuñiga, vecino/a de Bethel, San Rafael, La Unión, Cartago, actualmente con 44 años de edad y Ofelia Mercedes Segovia Salgado, mayor, costarricense, estado civil divorciada/o, Docente, portador/a del documento de identidad número 801000031, hijo/a de Justo Pastor Segovia Vega y de Guadalupe Albertina Salgado Castro, vecino/a de Bethel, San Rafael, La Unión, Cartago, actualmente con 41 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente MAT-RC-00336-2024. Registro Civil, Departamento Civil, Oficinas Centrales, 24/10/2024.—Licda. Rosa María Calvo Jara. Jefa a. í. de Inscripciones.—1 vez.—( IN202601073931 ).

Se hace saber que este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de Luis Alexis Arce Barrantes, mayor, costarricense, estado civil divorciado/a, pensionado, portador/a del documento de identidad número 900460463, hijo/a de Ramón Aleise Arce González y de Vitalia Barrantes Barrantes, vecino/a de Ángeles, San Rafael Abajo, Desamparados, San José, actualmente con 73 años de edad y María De Los Ángeles Aguilar Jiménez, mayor, costarricense, estado civil soltera/o, Ama de casa, portador/a del documento de identidad número 107430826, hijo/a de Omar Aguilar Oses y de Ma De Los Ángeles Jiménez O, vecino/a de Ángeles, San Rafael Abajo, Desamparados, San José, actualmente con 57 años de edad.- Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente MAT-RC-01867-2026. Registro Civil, Departamento Civil, Oficinas Centrales, 29/04/2026.—Licda. Rosa María Calvo Jara. Jefa a. í. de Inscripciones.—1 vez.—( IN202601073950 ).

Se hace saber que, este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de Iván Manuel Jiménez López, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, Administrador de Empresas, portador/a del documento de identidad número 503740167, hijo/a de José Manuel Jiménez Baltodano y de Benedicta López Jiménez, vecino/a de Urb. Blanquillos 1 y 2, San Rafael, Oreamuno, Cartago, actualmente con 36 años de edad y María Fernanda Porras Martínez, mayor, Costarricense, estado civil divorciada/o, Manicurista, portador/a del documento de identidad número 304800198, hijo/a de Antonio Ubaldo Porras Alfaro y de Julia Ramona Martínez Fonseca, vecino/a de Urb. Blanquillos 1 y 2, San Rafael, Oreamuno, Cartago, actualmente con 31 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente MAT-RC-01895-2026.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Regional Cartago, 30/04/2026.—Jeonathan Vargas Céspedes, Profesional Asistente 1.—1 vez.—( IN202601073955 ).

Se hace saber que, este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de José Antonio Esteller Espinoza, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, Transportista, portador/a del documento de identidad número 602600443, hijo/a de Ángel Alvis Esteller Esteller y de Josefina Espinoza Rodríguez, vecino/a de Robledal II, Barranca, Central, Puntarenas, actualmente con 51 años de edad y Rosita María Vargas Vargas, mayor, costarricense, estado civil soltera/o, Ama de casa, portador/a del documento de identidad número 502910132, hijo/a de sin progenitor y de María Justa Vargas Vargas, vecino/a de Robledal II, Barranca, Central, Puntarenas, actualmente con 49 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente MAT-RC-04650-2025.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Regional Puntarenas, 20/10/2025.—José Anibal González Araya, Técnico Funcional.—1 vez.—( IN202601073964 ).

Se hace saber que este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de Alex Ramírez Valverde, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, Salonero y Cocinero, portador/a del documento de identidad número 104200232, hijo/a de Rafael Ángel Ramírez y de Ofelia Valverde Rodríguez, vecino/a de San Josecito, San Josecito, Alajuelita, San José, actualmente con 72 años de edad y Blanca Elena Sandoval Gutiérrez, mayor, costarricense, estado civil soltera/o, Ama de casa, portador/a del documento de identidad número 900200323, hijo/a de José Manuel Sandoval González y de María Cristina Gutiérrez Rostran, vecino/a de San Josecito, San Josecito, Alajuelita, San José, actualmente con 78 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente MAT-RC-00920-2026.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficinas Centrales, 23/02/2026.—Licda. Irene María Montanaro Lacayo, Jefa de Inscripciones.—1 vez.—( IN202601073966 ).

Se hace saber que este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de Cristopher Andrés Hidalgo Alfaro, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, Cocinero, portador/a del documento de identidad número 207280150, hijo/a de María Elena Hidalgo Alfaro, vecino/a de Barrio Manolo, La Fortuna, San Carlos, Alajuela, actualmente con 31 años de edad y María Celeste Abarca Ledezma, mayor, costarricense, estado civil soltera/o, Del Hogar, portador/a del documento de identidad número 402540814, hijo/a de Eric Abarca Hidalgo y de Milady María Ledezma Bolaños, vecino/a de Barrio Manolo, La Fortuna, San Carlos, Alajuela, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente MAT-RC-01614-2026.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Regional San Carlos, 14/04/2026.—Sr. Steve Granados Soto, Jefe Oficina Regional.—1 vez.—( IN202601073967 ).

Se hace saber que este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de Kevin Josué Acosta León, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, Peón Industrial, portador/a del documento de identidad número 703140485, hijo/a de Carlos Alberto Acosta Guevara y de María Mercedes León Araya, vecino/a de URB. Los Molinos, Jiménez, Pococi, Limon, actualmente con 21 años y Karla Yuribia Quiros Álvarez, mayor, costarricense, estado civil soltera/o, Del Hogar, portador/a del documento de identidad número 703370656, hijo/a de Carlos Del Carmen Quiros Soto y de Rosa Ana Álvarez Poveda, vecino/a de Urb. Los Molinos, Jiménez, Pococi, Limon, actualmente con 18 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente MAT-RC-02015- 2026.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Regional Pococí, 12/05/2026.—Sra. Nidia Herrera Ramírez, Asistente Funcional 3.—1 vez.—( IN202601073968 ).

Se hace saber que este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de Bilmar Chacón Sánchez, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, Agricultor, portador/a del documento de identidad número 602700684, hijo/a de José Joaquin De Jesús Chacón Delgado y de Ilsa Sánchez Orozco, vecino/a de Palmira, Pittier, Coto Brus, Puntarenas, actualmente con 50 años de edad y Maricela Hernández Amador, mayor, costarricense, estado civil soltera/o, Ama de casa , portador/a del documento de identidad número 604350933, hijo/a de Hipolito Del Carmen Hernández Hernández y de Luz Marina Amador Martínez, vecino/a de Palmira, Pittier, Coto Brus, Puntarenas, actualmente con 29 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente MAT-RC-02026-2026.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Regional Coto Brus, 12/05/2026.—Lic. Carlos Eduardo Salazar Álvarez, Jefatura.—1 vez.—( IN202601073970 ).

Se hace saber que este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de Yerlin Priscila Gamboa Contreras, mayor, costarricense, estado civil soltera/o, Ama de casa, portador/a del documento de identidad número 304990732, hijo/a de Manuel Antonio Gamboa Chaverri y de Yorlene De Los Ángeles Contreras Fonseca, vecino/a de San Rafael, San Rafael, Oreamuno, Cartago, actualmente con 29 años de edad y Jorge David Abarca Fonseca, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, Chofer, portador/a del documento de identidad número 304830933, hijo/a de Jorge Arturo Abarca Masis y de Lisbeth De Los Ángeles Fonseca Quesada, vecino/a de San Rafael, San Rafael, Oreamuno, Cartago, actualmente con 31 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente MAT-RC-02027-2026.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Regional Cartago, 12/05/2026.—Licda. María Olga Torres Ortiz Jefatura.—1 vez.—( IN202601073973 ).

Se hace saber que, este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de Jonnathan Vargas Campos, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, pistero de gasolinera, portador/a del documento de identidad número 701960254, hijo/a de Isidro del Carmen Vargas Aguilar y de María Edith Campos Alvarado, vecino/a de Las Palmitas, Rita, Pococí, Limón, actualmente con 36 años de edad y Graciela María Ortiz Pérez, mayor, costarricense, estado civil soltera/o, policía penitenciaria, portador/a del documento de identidad número 504370219, hijo/a de José María Ortiz Rodríguez y de María Auxiliadora Pérez Castellón, vecino/a de Las Palmitas, Rita, Pococi, Limón, actualmente con 25 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° MAT-RC-02030-2026.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Regional Pococí, 13/05/2026.—Sra. Nidia Herrera Ramírez, Asistente Funcional 3.—1 vez.—( IN202601073977 ).

Se hace saber que este Registro Civil recibió solicitud para contraer matrimonio por parte de Jerry Godínez Avila, mayor, costarricense, estado civil soltero/a, comerciante, portador/a del documento de identidad número 604400102, hijo/a de Gilbert De La Trinidad Godínez Rojas y de Sidali Gerardina Avila Arguedas, vecino/a de Valladolid Etapas I y II, Parrita, Parrita, Puntarenas, actualmente con 28 años de edad y María Fernanda Aguilar Alfaro, mayor, costarricense, estado civil soltera/o, del hogar, portador/a del documento de identidad número 402480492, hijo/a de Eugenio Gerardo Aguilar Díaz y de Isabel De Los Ángeles Alfaro Trejos, vecino/a de Valladolid Etapas I y II, Parrita, Parrita, Puntarenas, actualmente con 25 años de edad.- Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto. Expediente N° MAT-RC-02029-2026.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Oficina Regional Quepos, 13/05/2026.—Licda. Alexandra Aguilar Arias, Técnico Funcional 2.—1 vez.—( IN202601073981 ).

CONTRATACIÓN PÚBLICA

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO

DE BIENES Y SERVICIOS

SUBÁREA DE INVESTIGACIÓN

Y EVALUACIÓN DE INSUMOS

Comunican:

En coordinación con la Comisión de Fichas Técnicas de Medicamentos, se informa sobre la actualización de las siguientes fichas técnicas de los medicamentos abajo descritos: AGM-SIEI-0514-2026

Código

Descripción medicamento

Observaciones

emitidas por la Comisión

1-10-25-4355

Tropisetrón 5 mg o Granisetrón 3 mg u

Ondansetrón 4 mg

u Ondansetrón 8 mg

Solución inyectable

Versión CFT 0001

Rige a partir de su publicación

1-10-41-1850

Upadacitinib 15 mg. Tabletas de liberación prolongada.

Versión CFT 0001

Rige a partir de su publicación

1-10-41-1851

Upadacitinib 30 mg. Tabletas de liberación prolongada.

Versión CFT 0001

Rige a partir de su publicación

 

Nota:

Además, se aclara que se deja sin efecto lo publicado en La Gaceta N° 58 25-03-2026, referente a los códigos detallados a continuación

Código

Descripción medicamento

Observaciones

emitidas por la Comisión

1-10-25-4356

Granisetrón 3 mg. Solución inyectable Ampolla

Versión CFT 0001

Rige a partir de su publicación

1-10-25-4357

Granisetrón 3 mg. Solución inyectable Frasco Ampolla

Versión CFT 0001

Rige a partir de su publicación

 

Las Fichas Técnicas citadas se encuentran disponibles a través de la siguiente dirección electrónica http://www.ccss.sa.cr/comisiones, Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, Oficinas Centrales, Caja Costarricense de Seguro Social.

Licda. Alexandra Torres Brenes.—1 vez.—( IN202601090681 ).

REGLAMENTOS

JUSTICIA Y PAZ

REGLAMENTO MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO DE LAS ÁREAS

DE ESTACIONAMIENTO DE LA SEDE CENTRAL

DEL REGISTRO NACIONAL

La Junta Administrativa del Registro Nacional en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 103 de la Ley Nº6227 de fecha 02 de mayo del año 1978, denominada Ley General de la Administración Pública y sus reformas; artículo 3 de la Ley Nº 5695 de fecha 28 de mayo del año 1975, denominada Ley de Creación del Registro Nacional y sus reformas; 3 del Decreto Ejecutivo N°12815 de fecha 28 de julio del año 1981, denominado Reglamento para la Regulación de Espacios de Estacionamiento en Propiedades de Uso Público y Privado; 1y 43 de la Ley N°7600 de fecha 02 de mayo del año 2005, denominada Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad; 1, 10 y 15 de la Ley N° 8292 de fecha 31 de julio del año 2010, denominada Ley General de Control Interno; Ley Nº 8422 de fecha 06 de octubre del año 2004, denominada Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública y sus reformas; Ley Nº 8131 de fecha 18 de setiembre del año 2001, denominada Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y sus reformas; Acuerdo Firme J313-2024 adoptado por la Junta Administrativa del Registro Nacional en la Sesión Ordinaria N° 28-2024 de fecha 23 de setiembre del año 2024.

Considerando:

1ºQue el artículo 3 de la Ley Nº5695 de fecha 28 de mayo del año 1975, denominada Ley de Creación del Registro Nacional y sus reformas, establece que el Registro Nacional estará dirigido por una Junta Administrativa que tendrá personalidad jurídica.

2ºQue en razón del Acuerdo Firme N° J318-2025, tomado por la Junta Administrativa del Registro Nacional, en la Sesión Ordinaria N°28-2025 de fecha 27 de octubre del año 2025, fue aprobada la Política de Bienestar Institucional, en concordancia con el marco normativo relacionado con el desarrollo integral de las personas funcionarias y su bienestar.

3ºQue por Acuerdo Firme N° J041-2026, adoptado por la Junta Administrativa del Registro Nacional, en la Sesión Ordinaria N°05-2026 de fecha 09 de febrero del año 2026, fue autorizada la Dirección General para la implementación de las iniciativas de la Política de Bienestar Institucional.

4ºQue la Junta Administrativa del Registro Nacional en Sesión Ordinaria N°13-2026 de fecha 20 de abril del año 2026, aprobó mediante Acuerdo Firme J113-2026, los términos de la presente reforma: Por tanto,

DECRETAN:

REFORMA AL REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO

DE LAS ÁREAS DE ESTACIONAMIENTO DE LA SEDE

CENTRAL DEL REGISTRO NACIONAL

Artículo 1ºSe adicionan al encabezado del Reglamento Interno para el uso de las áreas de Estacionamiento de la Sede Central del Registro Nacional a saber: el Acuerdo Firme N° J318-2025, tomado por la Junta Administrativa del Registro Nacional, en la Sesión Ordinaria N°28-2025 de fecha 27 de octubre del año 2025, en el cual, fue aprobada la política de Bienestar Institucional, en concordancia con el marco normativa relacionado con el desarrollo integral de las personas funcionarias y su bienestar y el Acuerdo Firme N° J041-2026, adoptado por la Junta Administrativa del Registro Nacional, en la Sesión Ordinaria N°05-2026 de fecha 09 de febrero del año 2026, en el cual autorizó a la Dirección General para la implementación de las iniciativas de la Política de Bienestar Institucional. Asimismo, en su articulado se aplican las siguientes modificaciones: Se adiciona al artículo 6, el horario en días no laborales; se modifica total el ordinal 7, para que en adelante se lean de la siguiente manera:

Artículo 6ºHorario. Para los miembros de la Junta Administrativa y personas funcionarias del Registro el horario para estacionar los vehículos será de lunes a viernes de 6:00 a.m. hasta las 10:00 p.m. y en días no laborales de 8:00 am a 4:00 pm. Una vez finalizada la jornada laboral no se autorizará el reingreso de vehículos de las personas funcionarias para hacer uso del parqueo después de las 4:00 p. m. Salvo los casos autorizados por el administrador.

Artículo 7ºÁreas de estacionamiento a utilizar en días y horario no laborales: Las áreas destinadas para uso de estacionamiento en días y horarios no laborales, corresponderá a las zonas de parqueos ubicadas en los sectores asignados por los oficiales de seguridad que se constituya en un sector determinado para un mejor control.

Artículo 2ºVigencia. Rige a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo Firme J113-2026, adoptado por la Junta Administrativa del Registro Nacional en la Sesión Ordinaria N°132026, celebrada en fecha 20 de abril del año 2026.

Este reglamento modifica el Reglamento N°28 de fecha 23 de setiembre del año 2024, denominado Reglamento Interno para el uso de las áreas de Estacionamiento de la Sede Central del Registro Nacional.

Georgina Paniagua Ramírez, Directora Administrativa.—1 vez.—( IN202601073165 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CAÑAS

Que el Concejo Municipal Período 2024-2028, en sesión ordinaria N° 74-2025, celebrada el lunes 13 de octubre del 2025, en el capítulo IV. Correspondencia Recibida acordó lo siguiente que dice a la letra:

Acuerdo 3-74-2025

El Concejo Municipal de Cañas, acuerda: Aprobar Reglamento de Caja Chica del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Cañas. Acuerdo unánime con cinco votos de los regidores (as) Vega Núñez, Herra Sirias, Palma Salguero, Chavarría Álvarez, Madrigal Ulate. Definitivamente aprobado.

REGLAMENTO DE CAJA CHICA COMITÉ

CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN

DE CAÑAS

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1ºObjeto. Regula el funcionamiento del fondo de caja chica del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Cañas.

Artículo 2ºMarco Conceptual:

    Arqueo: Mecanismo de control para verificar que los documentos y efectivo correspondan al monto autorizado.

    Fondo de caja chica: Efectivo disponible para la compra de bienes, servicios y adelanto de viáticos.

    Encargado de caja chica: Persona responsable del manejo, custodia y trámites del fondo.

    Vale de caja chica: Documento provisional para adelantos de dinero.

    Reintegro: Reembolso al fondo por los gastos realizados, respaldados por comprobantes.

    Liquidación de vale: Reintegro de sobrantes y entrega de comprobantes tras la compra o uso de viáticos.

Artículo 3ºEl fondo podrá utilizarse para anticipos de gastos de viaje, transporte y adquisición de bienes o servicios necesarios para el funcionamiento del Comité.

Artículo 4ºLas solicitudes se harán mediante el “Vale de Caja Chica”, detallando: fecha, área solicitante, bien o servicio, justificación, nombre y firma del solicitante, presidente o tesorero.

Artículo 5ºEl encargado de la caja será responsable del manejo del fondo. Está prohibido cambiar cheques personales.

Artículo 6ºEn caso de traslado temporal del fondo a otro encargado, deberá hacerse con un arqueo previo y en presencia del coordinador de Tesorería. Se dejará constancia firmada por las partes.

Artículo 7ºLa caja chica solo acepta devoluciones en efectivo.

Artículo 8ºLa caja deberá mantener siempre el monto total asignado, compuesto por efectivo, facturas y vales provisionales en proceso.

Artículo 9ºDurante la jornada, solo el encargado podrá tener la llave de la caja con el dinero en efectivo.

Artículo 10.—Las llaves se guardarán en la oficina del Comité. En caso de emergencia, el tesorero, acompañado por dos miembros de la Junta Directiva, podrá abrir la caja.

CAPÍTULO II

Operación del Fondo

Artículo 11.—La caja funcionará bajo el sistema de fondo fijo, sujeto a reintegros con comprobantes.

Artículo 12.—Se tramitará reintegro cuando se haya utilizado al menos el 70 % del monto del fondo.

Artículo 13.—Procedimiento de reintegro:

a)    El encargado presenta al tesorero el resumen y comprobantes.

b)  El tesorero revisa y autoriza el cheque a nombre del encargado.

c)  El cheque y los documentos se envían para firma del presidente y tesorero.

CAPÍTULO III

Arqueos

Artículo 14.—El tesorero realizará arqueos mensuales y sorpresivos. El acta será firmada por el encargado, el coordinador y quien realiza el arqueo, y se archivará.

Artículo 15.—Si hay diferencias:

    Sobrante: Se deposita en las cuentas del Comité.

    Faltante: Se repone de forma inmediata por el encargado.

CAPÍTULO IV

Sanciones

Artículo 16.—Todo miembro del comité que use el fondo debe conocer y cumplir este reglamento. El incumplimiento generará sanciones administrativas según las políticas del Comité.

CAPÍTULO V

Del Fondo

Artículo 17.—El monto del fondo de caja chica será de cien mil colones (¢100.000,00), destinado a cubrir gastos menores, adquisición de bienes y servicios y adelantos de viáticos.

Artículo 18.—En caso de diferencias en el arqueo, el encargado justificará y repondrá cualquier faltante o depositará el sobrante en las cuentas del Comité.

Artículo 19.—Vigencia. Este reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación por la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Cañas.

Alexander Elizondo Duarte, Alcalde.—1 vez.—( IN202601073867 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

OFICINA DE REGISTRO E INFORMACIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-143-2026.—Suárez Domínguez Mariela, R-065-2026, Pasaporte XDE777927, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma Doctora en Estomatología, Universidad de Ciencias Médicas de Villa Clara, República de Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio 27-4-2026.—Unidad Expedientes y Graduaciones.—MBA. Patricia Mora Salas, Jefa.—( IN202601068716 ).

ORI-149-2026.—Gómez Escobar Francisco Antonio, R-084-2026, Pasaporte C02395916, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma Doctor en Medicina y Cirugía, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, República de Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio 27/04/2026.—Unidad Expedientes y Graduaciones.—MBA. Patricia Mora Salas, Jefa.—( IN202601069281 ).

ORI-155-2026.—García Álvarez Yordy Luis, R-096-2026, Carné Provisional - Permiso Laboral 119201063623, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma Doctor en Estomatología, Universidad de Ciencias Médicas de La Habana, República de Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio 6/05/2026.—Unidad Expedientes y Graduaciones.—MBA. Patricia Mora Salas, Jefa.—( IN202601069528 ).

ORI-156-2026.—López Parrales Berman Neftalí, R-015-2026, carné provisional - permiso laboral 155829953422, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma Arquitecto, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, República de Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio 6/05/2026.—Unidad Expedientes y Graduaciones.—MBA. Patricia Mora Salas, Jefa.—( IN202601069978 ).

ORI-42-2026.—Castañeda Méndez Dagoberto, R-325-2025, Residente Permanente Libre Condición 117000787414, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma Contador Público, Universidad Piloto de Colombia, República de Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio 11/2/2026.—Unidad Expedientes y Graduaciones.—MBA. Patricia Mora Salas, Jefa.—( IN202601070352 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-168-2026.—Rodríguez Ruiz Yansi Orlette, R-086-2026, Cédula de identidad 801650861, solicitó reconocimiento y equiparación del diploma Licenciada en Psicología, Universidad Centroamericana, República de Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio 12-5-2026.—Unidad Expedientes y Graduaciones.—MBA. Patricia Mora Salas, Jefa.—( IN202601071857 ).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORIA DE VIDA ESTUDIANTIL OFICINA DE

REGISTRO Y ADMINISTRACION ESTUDIANTIL

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante la Oficina de Registro y Administración Estudiantil de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado Alejandro Quesada Ramírez, cedula de identidad 113930916, por motivo de solicitud de reposición del diploma que se mencionan a continuación: Maestría profesional en Administración de Servicios de Salud Sostenible Tomo: XV Folio: 304 Asiento: 20 Se solicita la publicación de tres edictos para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Dado a solicitud de la interesada en San José, a los veintinueve días del mes de abril del dos mil veintiséis. Mag. Tatyana Bermúdez Vargas, Programa de Gestión del Registro Académico Estudiantil y Graduación.—( IN202601069124 ).

UNIVERSIDAD TECNICA NACIONAL

RECONOCIMIENTO Y EQUIPARACIÓN

DE TÍTULO EXTRANJERO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante la Universidad Técnica Nacional (UTN) se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Licenciatura en Ingeniería en Salud Ocupacional y Ambiente a nombre de Martínez Herrera Andrea, cédula de identidad número 2 0689 0452. Conforme la información que consta en los archivos de esta Institución, el título a reponer se encuentra inscrito en el Tomo 1, Folio 64, Asiento 1150, en el año dos mil veintiuno. Se solicita la reposición del título indicado por extravío del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Alajuela, a los veinte días del mes de abril del 2026.—William Rojas Meléndez, Rector.—( IN202601068725 ).

Ante la Universidad Técnica Nacional se ha presentado la solicitud de reconocimiento y equiparación de título de Técnico Superior Universitario en Electrónica, obtenido en el Instituto Universitario de Tecnología Juan Pablo Pérez Alfonzo, a nombre de Félix Daniel Riera Sulbarán, Nº de identificación 186200977422. La persona interesada, en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante la Dirección de Registro Universitario de la Universidad Técnica Nacional, dentro de los cinco días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Alajuela, a los veintisiete días del mes de abril de 2026.—William Rojas Meléndez Rector.—( IN202601069134 ).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A los señores Alfredo Filepone Bello, de nacionalidad nicaragüense, sin más datos y José Alexander Pérez Aguilar, cédula de identidad: 7024500319, sin más datos, se le comunica la resolución de las 11:02 horas del 10/04, donde se archiva el proceso especial de protección en favor de las personas menores de edad. N.V.W, K.E.F.W y A.L.P.W. Se le confiere audiencia a los señores Alfredo Filepone Bello y José Alexander Pérez Aguilar por cinco (5) días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se le hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Puntarenas, cantón Osa, distrito Puerto Cortes, sita: Ciudad Cortés, 75 metros norte de la pulpería Cinco Esquinas. Expediente N° OLOS-00107-2025.—Oficina Local de Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martínez, Representante Legal.—( IN202601069087 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Al señor Brayan Sadith Benavides Ramírez, costarricense, portador de la cédula número 208540317. Se le comunica la resolución de las 15 horas 50 minutos del 07 de abril del 2026, mediante la cual se resuelve la resolución que ordena mantener medida de protección de cuido provisional de la persona menor de edad S.B.C. Se le comunica la resolución de las 10 horas del 14 de abril del 2026, mediante la cual se resuelve la resolución de señalamiento audiencia a partes proceso apelación de la persona menor de edad S.B.C. Se le confiere audiencia al señor Brayan Sadith Benavides Ramírez por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, y solicitar las copias del mismo, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Ciudad Quesada, detrás del Supermercado Compre Bien. Expediente N° OLSCA-00359-2025.—Oficina Local de San Carlos.—Lic. Diego Rojas Kopper, Representante Legal.—( IN202601072208 ).

A los señores Marvin Rivera Blandon-Alaida Patricia Dávila García. Se les comunica la resolución de las doce horas del treinta de marzo de dos mil veintiséis, mediante la cual se resuelve resolución de cuido provisional a favor de la PME M.J.R.D. Se les confiere audiencia a los señores Marvin Rivera Blandon-Alaida Patricia Dávila García por cinco días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, y solicitar las copias de este, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Los Chiles, Frontera Norte, Alajuela. Expediente N° OLCH-00050-2026.—Oficina Local de Los Chiles.—Licda. María Alejandra Chacón Salas, Representante Legal.—( IN202601072210 ).

A Sergio Antonio Cruz Chavez, persona menor de edad ICR se le(s) comunica la resolución de nueve horas del catorce de abril del año dos mil veintiséis, donde se resuelve: 1- Dictar Fase Diagnóstica de la persona menor de edad. Notificaciones. Se les previene a las partes señalar correo electrónico, casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones y mantener la misma actualizada durante toda la tramitación del presente proceso. Audiencia: Se le hace ver a las partes que, de conformidad con el Código de la Niñez y Adolescencia, se fijará fecha y hora para llevar a cabo una audiencia donde se evacuará la prueba que considere pertinente siendo está en martes 21 de abril del año 2026, a las 11 horas (21/04/2026, 11:00 a.m.). Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local San Rafael de Alajuela dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, dentro de dos días hábiles, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Es todo. Notifíquese. Expediente N° OLSRA-00056-2026.—Oficina Local San Rafael de Alajuela.—Licda. Stephanie Araya Quirós, Representante Legal.—( IN202601072213 ).

A Carlos Alberto Villegas Hernández, se le comunica que por resolución de las once horas del día veintisiete de marzo del año dos mil veintiséis dictada por el Representante Legal de Oficina Local de Sarapiquí, se dictó cierre de proceso especial de protección y pase a judicial a favor de la persona menor de edad MVZ. Al ser materialmente imposible notificarles de forma personal, la publicación de este edicto cuenta como notificación según la Ley General de Administración Pública y el reglamento a los artículos 133 y 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia número 41902-MP-MNA. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente N° OLSAR-00319-2025.—Oficina Local de Sarapiquí.—Lic. Betzabé Vega Barquero, Representante Legal.—( IN202601072216 ).

A los señores José Luis Taleno Jarquín-Martha Lorena Pérez Munguia. Se les comunica la resolución de las once horas del treinta de marzo de dos mil veintiséis, mediante la cual se resuelve resolución de Cuido Provisional a favor de las PME D.I.T.P y L.D.T.P Se les confiere audiencia a los señores José Luis Taleno Jarquín-Martha Lorena Pérez Munguia por cinco días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, y solicitar las copias de este, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Los Chiles, Frontera Norte, Alajuela. Expediente N° OLCH-00049-2026.—Oficina Local de Los Chiles.—Licda. María Alejandra Chacón Salas, Representante Legal.—( IN202601072217 ).

Al señor Yanis Alberto Sánchez Ibarra, portador de la cédula de residencia número 155813658504, jornalero, cédula de residencia 155813658504, sin domicilio conocido, se comunica la resolución de las trece horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiséis, mediante la cual se resuelve, medida de orientación, apoyo y seguimiento a la familia, proceso especial de protección en sede administrativa, a favor de las personas menores de edad: R.S.R., con fecha de nacimiento 18 de agosto de dos mil nueve. Se le comunica al señor Yanis Alberto Sánchez Ibarra, que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se la hace la salvedad que para fotocopias el expediente administrativo se cuenta con las siete horas treinta minutos a las dieciséis horas en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local ubicada Frente la Escuela Salvador Villar, Barrio Fátima, La Cruz y que en contra de dicha resolución procede únicamente recurso ordinario de Apelación, que deberá interponerse ante esta representación legal dentro de las 48 horas hábiles después de publicado el último edicto. Expediente N° OLL-00098-2015.—Oficina Local de La Cruz, La Cruz, Guanacaste.—Licda. Krissel Chacón Aguilar.—( IN202601072218 ).

Al señor Wilson Alejandro Bonilla Agüero, con cédula de identidad: 6-0376-0529, de otras calidades y domicilio ignorados en su condición de progenitor de la persona menor de edad M.J.B.S. Se le comunica la medida de protección cautelar de cuido provisional en hogar sustituto de las 10:00 horas del 14/04/2026 dictada por esta Oficina Local. Notifíquese: la presente resolución a quien interese mediante la publicación de un edicto, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la advertencia que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Podrán presentar los alegatos de su interés, y ofrecer las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnico de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Limón, Pococí, Guápiles, sita 200 metros norte y 25 metros oeste del Banco Popular y Desarrollo Comunal. Expediente administrativo N° OLPO-00675-2021.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Abogada.—( IN202601072219 ).

A la señora Karla Isabel Rosales Juarez, costarricense, cédula de identidad número 603890057, sin más datos, se le comunica el dictado de la resolución administrativa de declaratoria de adoptabilidad, de las once horas treinta minutos del día catorce de abril de dos mil veintiséis, a favor de las personas menores IARJ. Notifíquese la presente resolución a quien interese mediante la publicación de un edicto, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la advertencia que deberán señalar lugar conocido para recibir notificaciones, o bien, señalar correo electrónico para recibir notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, o por cualquier otro modo no imputable a esta institución, se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se le hace saber, además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberá interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución. Podrá presentar los alegatos de su interés, y ofrecer las pruebas que estimen necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnico de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Limón, Siquirres, Siquirres, diagonal a la oficina del Tránsito. Expediente N° OLSI-00054-2016.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Carlos Gilberto Salamanca Mendoza, Representante Legal.—( IN202601072220 ).

A Socorro Urbina Montoya, se le comunica que por resolución de las siete horas cuarenta minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintiséis, se dictó medida de protección de cuido provisional, y mediante resolución de las trece horas treinta y ocho minutos del catorce de abril del dos mil veintiséis, se dictó mantener el cuido provisional, ambas a favor de las PME de apellidos González Urbina. Notifíquese la presente resolución a la parte involucrada. Contra la resolución supra indicada procede Recurso de Apelación, el cual deberá interponerse en esta Oficina Local dentro de los tres días a partir de su notificación, o de la última publicación del edicto. Será competencia de la Presidencia Ejecutiva de la Institución, resolver dicho recurso. Será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Expediente N° OLSJO-00101-2017.—Oficina Local Heredia Norte.—Licda. María Alejandra Romero Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—( IN202601072242 ).

A Marvin González Martínez, se le comunica que por resolución de las siete horas cuarenta minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintiséis, se dictó medida de protección de cuido provisional, y mediante resolución de las trece horas treinta y ocho minutos del catorce de abril del dos mil veintiséis se dictó mantener el cuido provisional, ambas a favor de las PME de apellidos González Urbina. Notifíquese la presente resolución a la parte involucrada. Contra la resolución supra indicada procede recurso de apelación, el cual deberá interponerse en esta oficina local dentro de los tres días a partir de su notificación, o de la última publicación del edicto. Será competencia de la Presidencia Ejecutiva de la Institución, resolver dicho recurso. Será inadmisible el interpuesto pasado los tres días señalados. Expediente N° OLSJO-00101-2017.—Oficina Local Heredia Norte.—Licda. María Alejandra Romero Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—( IN202601072243 ).

Rosalina Stephanie Nájera Morales, de nacionalidad costarricense, con identificación número uno-uno tres seis nueve-cero cero dos tres, de domicilio desconocido, en calidad de progenitora de la persona menor de edad J.D.A.N. Se le comunica la Resolución Administrativa de las ocho horas del día trece de abril del dos mil veintiséis, dictada por esta Oficina Local. Se le hace saber, además que contra la citada resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberá interponer en forma verbal o por escrito ante esta Oficina dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente N° OLG-00096-2021.—Oficina Local de Guadalupe.—Licda. Yerlin Vargas Pérez, Representante Legal.—( IN202601072244 ).

Jeon Pablo Arroyo Rivera, de nacionalidad costarricense, con identificación número uno-uno cuatro siete seis-cero cuatro dos tres, de domicilio desconocido, en calidad de progenitor de la persona menor de edad J.D.A.N. Se le comunica la resolución administrativa de las ocho horas del día trece de abril del dos mil veintiséis, dictada por esta Oficina Local. Se le hace saber, además que contra la citada resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberá interponer en forma verbal o por escrito ante esta Oficina dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de esta Institución. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente N° OLG-00096-2021.—Oficina Local de Guadalupe.—Licda. Yerlin Vargas Pérez, Representante Legal.—( IN202601072245 ).

A la señora María Fernanda Oviedo Soto, cédula de identidad número 207130009, sin más datos de localización, se les comunica la resolución administrativa de dictada las 07:30 del 14/04/2024, la cual determina la Adoptabilidad Administrativa e inicio del Proceso Judicial correspondiente ante la falta de apego al proceso administrativo e inexistencia de recursos familiares y/o afectivos, correspondiente a favor de F.A.O.S. Se le confiere audiencia por tres días, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que considere necesarias, se le advierte que tiene derecho a asesorarse y representarse por un abogado o técnicos de su elección. Se pone en conocimiento de los progenitores que en caso de no ser posible la rehabilitación de la autoridad parental de ambos se estará iniciando el proceso judicial correspondiente que garantice al neonato su derecho a crecer en familia. Expediente N° OLA-00311-2017.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Dikidh González Álvarez, Representante Legal.—( IN202601072246 ).

Al señor Cristhian Jesús Duarte Cerda, con cédula N° 119390109, se le comunica resolución de las 09:00 horas del 7 de abril de 2026, mediante la cual se mantiene Medida de Cuido Provisional a favor de la PME E.J.D.C. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, y solicitar las copias del mismo, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Ciudad Quesada, detrás del supermercado compre bien, contra lo resuelto procede el Recurso de Apelación mismo que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia, contando con tres días hábiles para interponerlos después de la última publicación. Expediente administrativo N° OLSJO-00063-2026.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Katherine Oviedo Paniagua, Representante Legal a.í.—( IN202601072250 ).

Al señor: Giglen Rafael Vanegas Alguera, nicaragüense, sin más datos, se le comunica la resolución de las dos horas con cinco minutos del día dieciocho de marzo del año dos mil veintiséis y nueve horas con diez minutos del día dieciocho de marzo del año dos mil veintiséis, donde se dicta la medida que mantiene el cuido provisional en favor de la persona menor de edad D.M.V.E. y V.A.A.E. Se le confiere audiencia al ser las catorce horas treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil veintiséis, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarios, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario los días lunes a viernes de siete horas con treinta minutos hasta las catorce horas, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, San José Oeste, Costa Rica. Expediente N° OLSA-00004-2016.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Erik Moreno Chacón, Representante Legal.—( IN202601072256 ).

A la señora: Maureen Tatiana Elizondo Medina, portadora de la identificación número 113150969, sin más datos, se le comunica la resolución de las dos horas con cinco minutos del día dieciocho de marzo del año dos mil veintiséis y nueve horas con diez minutos del día dieciocho de marzo del año dos mil veintiséis, donde se dicta la medida que mantiene el cuido provisional en favor de la persona menor de edad D.M.V.E y V.A.A.E. Se le confiere audiencia al ser las catorce horas treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil veintiséis, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarios, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario los días lunes a viernes de siete horas con treinta minutos hasta las catorce horas, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, San José Oeste, Costa Rica. Expediente N° OLSA-00004-2016.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Erik Moreno Chacón, Representante Legal.—( IN202601072258 ).

Al señor: Víctor Alfonso Acuña Portuguez, portador de la identificación número 115780879, sin más datos, se le comunica la resolución de las dos horas con cinco minutos del día dieciocho de marzo del año dos mil veintiséis y nueve horas con diez minutos del día dieciocho de marzo del año dos mil veintiséis, donde se dicta la medida que mantiene el cuido provisional en favor de la persona menor de edad D.M.V.E y V.A.A.E. Se le confiere audiencia al ser las catorce horas treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil veintiséis, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarios, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario los días lunes a viernes de siete horas con treinta minutos hasta las catorce horas, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, San José Oeste, Costa Rica. Expediente N° OLSA-00004-2016.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Erik Moreno Chacón, Representante Legal.—( IN202601072268 ).

Al señor Diego José Pérez Samudio, mayor de edad, cédula de identidad número 603370509, sin más datos conocidos en la actualidad, se les comunica la resolución de las diez horas treinta minutos del quince de abril del año dos mil veintiséis, resolución de archivo final del proceso especial de protección en sede administrativa, a favor de la persona menores de edad C.A.P.J., bajo expediente administrativo número OLOS-00337-2017. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que presenten alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se les advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos de su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente que permanecerá a su disposición en esta Oficina Local en días y horas hábiles, ubicada en Puntarenas, Golfito, Puerto Jiménez, La Palma, contiguo a Super Servicio Las Palmas. Deberán señalar lugar conocido, número de facsímil para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico señalado fuere defectuoso estuviere desconectado sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta instituciones interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedan firmes 24 horas después de dictadas, conforme aplicación supletoria del artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete y treinta minutos a las dieciséis horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente N° OLOS-00337-2017.—Oficina Local de Puerto Jiménez.—Lic. Carlos Ugalde Boniche, Representante Legal.—( IN202601072274 ).

A la señora Cassandra Patricia Sibaja Méndez, nacionalidad: costarricense identificación: 116250458, sin más datos, se le comunica resolución emitida al ser las nueve horas del quince de abril del año dos mil veintiséis, donde se dicta resolución de cuido provisional, en favor de la persona menor de edad KJSM, KJSM, JACS. Se le confiere audiencia al señor por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarios, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario los días lunes a viernes de siete horas con treinta minutos hasta las catorce horas, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, Pavas, Costa Rica. Expediente N° OLPV-00190-2024.—Oficina Local de Pavas.—Msc. Yuliana Aguilar Sánchez, Representante Legal.—( IN202601072277 ).

Al señor Ariel Enrique Castellón Gómez, nacionalidad: costarricense identificación: 702470338, sin más datos, se le comunica resolución emitida al ser las nueve horas del quince de abril del año dos mil veintiséis, donde se dicta resolución de cuido provisional, en favor de la persona menor de edad KJSM, KJSM, JACS. Se le confiere audiencia al señor por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarios, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario los días lunes a viernes de siete horas con treinta minutos hasta las catorce horas, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, Pavas, Costa Rica. Expediente N° OLPV-00190-2024.—Oficina Local de Pavas.—Msc. Yuliana Aguilar Sánchez, Representante Legal.—( IN202601072280 ).

Al señor Carlos Ricardo Calvo Sánchez, se le comunica y notifica la resolución dictada por la Oficina Local de El Guarco, de las once horas cuarenta y cinco minutos del quince de abril del año dos mil veintiséis, donde se ordena dar inicio al Proceso Especial de Protección mediante el dictado de una Medida de Orientación, Apoyo y Seguimiento a la familia en favor de las personas menores de D.A.M.M. y K.V.M.B. Contra esta resolución procede el recurso de apelación dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la publicación de este edicto, correspondiendo a la Presidencia Ejecutiva resolver dicho recurso. Debiendo señalar lugar para atender notificaciones dentro del perímetro de la Oficina local de El Guarco. En caso de omisión las resoluciones posteriores se darán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Expediente administrativo Nº OLC-00293-2023.—Oficina Local de El Guarco.—Licda. Natalie Alvarado Torres, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—( IN202601072282 ).

A José Miguel Calderón Cedeño, cédula: 3-0472-0368 e Ingrid Daniela Vargas Ramírez, cédula: 3-0487-0372, se les comunica lo siguiente: Resolución de incompetencia territorial dictada a las doce horas trece minutos del quince de abril del año dos mil veintiséis, en favor de T. C.V., Y.F.C. y K.N.C.V. Se procede a poner a disposición de las partes el expediente administrativo, y por el plazo de cinco días hábiles se confiere audiencia y se pone en conocimiento de los progenitores de las personas menores de edad. Garantía de defensa y audiencia: Se previene a las partes involucradas en el presente proceso, que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, aunque para apersonarse al proceso no requieren la participación obligatoria de un abogado; así mismo se les previene que tienen derecho a tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión y/o fotocopias. Notifíquese: La presente resolución, con la advertencia a las partes de que deben señalar lugar dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de esta oficina local, fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, con la advertencia de que, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso, o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso, estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera la comunicación, las resoluciones futuras quedarán notificadas veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la presente resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la presente resolución, Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se le hace saber a las partes, que la interposición del recurso de apelación, no suspende la medida de protección dictada. Expediente N° OLSCA-00249-2018.—Oficina Local de La Union.—Licda. Deyanira Amador Mena, Representante Legal.—( IN202601072289 ).

A la señora Jessenia Figueroa Rojas, costarricense, ama de casa, soltera y en unión libre, portador de la cédula de identidad número 1-1465-0267, en calidad de progenitora de la persona menor de edad W.F.R., se le comunica la resolución de las diez horas cuarenta y cuatro minutos del veinticinco de marzo del año dos mil veintiséis, medida de Abrigo Temporal. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede del PANI de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Buenos Aires, 300 metros al sur de la Clínica de Salud, instalaciones de ARADIKES, o bien, señalar correo electrónico o número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra el presente cabe recurso de apelación ante la presidencia ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho termino el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 Código de la Niñez y Adolescencia). Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente N° OLBA-00076-2025.—Oficina Local de Buenos Aires.—Licda. María Cecilia Cuendis Badilla, Representante Legal.—( IN202601072291 ).

A las dieciséis horas cero minutos del quince de abril del dos mil veinticinco, se le(s) comunica la resolución de las nueve horas con cincuenta y nueve minutos del nueve de abril del dos mil, que se dictó la resolución de prórroga de medida de protección de cuido provisional dentro del proceso especial de protección en sede administrativa, bajo el expediente N° OLSI-00025-2021. Notifíquese la anterior resolución al señor Josué Gabriel Mora Fajardo, personalmente o en su casa de habitación, a o sus familiares a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina de Siquirres.—Lic(da). Rodrigo Daniel Mora Ramírez, Órgano Director Del Procedimiento.—( IN202601072294 ).

A la señora Daniela Mora Nicoya, quien es mayor de edad, y demás calidades desconocidas. Se le comunica la resolución de las dieciséis horas cincuenta minutos del siete de abril del dos mil veintiséis, mediante la cual se resuelve resolución de cuido provisional a favor de las PME N.G.M.N y E.B.M.N audiencia a la señora Daniela Mora Nicoya por cinco días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, y solicitar las copias del mismo, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Los Chiles, Frontera Norte, Alajuela. Expediente N° OLQ-00022-2024.—Oficina Local de Los Chiles.—Licda. María Alejandra Chacón Salas, Representante Legal.—( IN202601072296 ).

Al señor Omar Atehortua Vargas, se le comunica la resolución de este despacho de las siete horas y treinta minutos del quince de abril del dos mil veintiséis, que inició el proceso especial de protección dictando Medida de Inclusión e programa de rehabilitación por fármaco dependientes a favor de la persona menor de edad AAV. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio, en el entendido de que, de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se le hace saber, que contra la presente resolución procede únicamente el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el que deberá interponerse ante este despacho en horas hábiles, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a partir de la tercera publicación de este edicto, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se le informa que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho, así como revisar y estudiar el expediente administrativo. Expediente N° OLSR-00440-2020.—Oficina Local de San Ramón.—Licda. Yenory Rojas Ramírez, Representante Legal.—( IN202601072298 ).

A la señora Rebeca de los Ángeles Fuentes Flores, número de identificación 304000948, se le comunica la resolución de inicio del proceso especial de protección bajo medida de orientación, apoyo y seguimiento familiar de las doce horas con treinta y seis minutos del ocho de abril de dos mil veintiséis, a favor de las personas menores de edad Franco José Navarro Fuentes, José Daniel Navarro Fuentes, Kevin Antonio Navarro Fuentes y Ezequiel Navarro Fuentes. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Cartago, El Guarco, 500 metros este del Restaurante El Quijongo o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra el presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente N° OLC-00601-2019.—Oficina Local de El Guarco de Cartago.—Lic. Jorge Alberto Tencio Almendariz, Representante Legal.—( IN202601072302 ).

A Pedro Alvarado Quintana, Henry Milan Rivas Díaz y Jessica Cisne, personas menores de edad IJAC y JMRC, se les comunica la resolución de las dieciséis horas veinte minutos del quince de abril del año dos mil veintiséis, donde se resuelve: egresar a las personas menores de edad del albergue institucional y se proceda a la repatriación de los menores IJAC Y JMRC, expediente OLSM-00149-2024.—Oficina Local San Miguel.—Licda. Elizabeth Mariel Benavides Sibaja, Representante Legal.—( IN202601072304 ).

Al señor Melvin Guillermo Bonilla Obando, cédula de identidad número 7-0159-0534, se le comunica la resolución de las ocho horas del primero de abril de año dos mil veintiséis, mediante la cual se resuelve audiencia de partes por el dictado de la Medida de Abrigo Temporal, a favor de las personas menores de edad. Se le confiere audiencia a quien interese por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés , y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas treinta minutos y hasta las doce horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada Paquera, Puntarenas, 200 metros al sur de la Escuela Julio Acosta García, expediente: OLPA-00101-2020.—Oficina Local de Paquera.—Licda. Karol Vargas Zeledón, Representante Legal.—( IN202601072310 ).

A la señora Yahane Stephanie Núñez Pereira, cédula de identidad 702640853, sin más datos conocidos, se le comunica resolución de las once horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiséis, mediante el cual se dicta medida de guarda, crianza y educación provisional, en favor de las personas menores de edad S.F.N. y K.J.F. N. Se le confiere audiencia por tres días hábiles para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como, consultar el expediente en días y horas hábiles el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local de Puriscal, ubicada en San José, Barrio Corazón de Jesús, 200 metros norte de la estación de Bomberos al lado derecho, portón gris. Así mismo, se le hace saber que deberá señalar lugar conocido o correo electrónico para recibir sus notificaciones en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuera impreciso, inexacto llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuera defectuoso estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución, se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además; que contra la indicada resolución procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho termino el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia), expediente OLUR-00126-2026.—Oficina Local de Puriscal.—Licda. Liliana Murillo Lara, Representante Legal.—( IN202601072312 ).

Oficina Local de San José Oeste, a la señora: Wendy María Sáenz Gutiérrez, costarricense, cedula 1-1486-0385, ama de casa, sin más datos, se le comunica la resolución de las catorce horas del doce de enero del año dos mil veintiséis y once horas treinta minutos del dieciséis de abril del dos mil veintiséis, donde se dicta la medida que mantiene el Cuido Provisional en favor de la persona menor de edad K.N.G.S. Se le confiere audiencia por el plazo de cinco días, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarios, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario los días Lunes a viernes de siete horas con treinta minutos hasta las catorce horas, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, San José Oeste, Costa Rica, expediente N° OLPV-00141-2025.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Erik Moreno Chacón, Representante Legal.—( IN202601072314 ).

Al señor: Jhon Jairo Gómez Ibarguen, cédula o documento de identificación: desconocido, sin más datos, se le comunica la resolución de las catorce horas del doce de enero del año dos mil veintiséis y once horas treinta minutos del dieciséis de abril del dos mil veintiséis, donde se dicta la medida que mantiene el Cuido provisional en favor de la persona menor de edad K.N.G.S. Se le confiere audiencia por el plazo de cinco días, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarios, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario los días Lunes a viernes de siete horas con treinta minutos hasta las catorce horas, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, San José Oeste, Costa Rica, expediente N° OLPV-00141-2025.—Oficina Local de Pavas.—Lic. Erik Moreno Chacón, Representante Legal.—( IN202601072318 ).

A Jostyn Ariel Brenes Castro, costarricense, portador de la cédula número: 3-0510-0010, se le comunica: Resolución de archivo de proceso, dictada mediante resolución de las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de abril del año dos mil veintiséis, expediente que se tramitó en esta Oficina Local de la Unión intervención preliminar, a favor de PME E.A.B.R. Se procede a poner a disposición de las partes el expediente administrativo, y por el plazo de cinco días hábiles se confiere audiencia y se pone en conocimiento del progenitor de la persona menor de edad garantía de defensa y audiencia: se previene a las partes involucradas en el presente Proceso, que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho, aunque para apersonarse al proceso no requieren la participación obligatoria de un abogado; así mismo se les previene que tienen derecho a tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión y/o fotocopias. Notifíquese: la presente resolución, con la advertencia a las partes de que deben señalar Lugar dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de esta oficina local, fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, con la advertencia de que, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso, o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso, estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera la comunicación, las resoluciones futuras quedarán notificadas veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la presente resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la presente resolución, Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se le hace saber a las partes, que la interposición del recurso de apelación, no suspende la medida de protección dictada, expediente número: OLLU-00130-2021.—Oficina Local de La Unión.—Lcda. Deyanira Amador Mena, Representante Legal.—( IN202601072329 ).

Al señor Pedro Pablo Romero Rivas, de nacionalidad nicaragüense, con cédula de residencia 155801679115, de otras calidades y domicilio ignorados en su condición de progenitor de la persona menor de edad A.N.R.P. y E.M.R.P. se le comunica la Medida de Protección Orientación, Apoyo y Seguimiento a la Familia de las 09:00 horas del 26/03/2026 dictada por esta Oficina Local. Notifíquese: la presente resolución a quien interese mediante la publicación de un edicto, por tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la advertencia que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Podrán presentar los alegatos de su interés, y ofrecer las pruebas que estimen necesarias, y se les advierte tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnico de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en Limón, Pococí, Guápiles, sita 200 metros norte y 25 metros oeste del Banco Popular y Desarrollo Comunal, expediente administrativo: OLPO-00011-2020.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Abogada.—( IN202601072334 ).

Al señor Damier Samuel Herrera Ruiz, quien es mayor de edad, y demás calidades desconocidas. Se le comunica la resolución de las nueve horas del dieciséis de abril de dos mil veintiséis, mediante la cual se resuelve resolución de orientación, apoyo y seguimiento a la familia a favor de las PME S.P.T.M y D.H.M. Se le confiere audiencia al señor Damier Samuel Herrera Ruiz por cinco días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, y solicitar las copias de este, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Los Chiles, Frontera Norte, Alajuela. Expediente N° OLAO-00357-2017.—Oficina Local de Los Chiles.—Licda. María Alejandra Chacón Salas, Representante Legal.—( IN202601072339 ).

A quienes interese se notifica la resolución de Adoptabilidad Administrativa de las trece horas del dieciséis de abril del año dos mil veintiséis, en favor de las personas menores de edad G.C.S.C y J.A.S.C. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como a consultar el expediente administrativo y sacar copias, lo anterior porque el expediente es físico y se cuenta con el horario de siete con treinta minutos y hasta las quince horas , el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en San Rafael de Alajuela, 600 metros oeste y 150 norte de la Iglesia de San Rafael de Alajuela. Expediente administrativo N° OLSA-00252-2017.—Oficina Local de San Rafael de Alajuela.—Licda. Verónica Artavia Villegas, Órgano Director del Procedimiento.—( IN202601072341 ).

A Rosa Ángela Matamoros Jiménez. Se le comunica la resolución de las dieciséis horas treinta y tres minutos del dieciséis de abril del dos mil veintiséis, la cual indica resolución de cuido y guarda provisional proceso especial de protección a favor de las personas menores de edad J.D.A.M – V.M.B.M-Y.J.V.M. Se le confiere audiencia a los interesados, por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas treinta minutos y hasta las doce horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Alajuela, San Carlos, 500 metros oeste de CTP Aguas Zarcas, frente a Restaurante Río Mary. Expediente N° OLAZ-00053-2021.—Oficina Local de Aguas Zarcas, San Carlos.—Lic. Hernán Osvaldo González Vargas, Representante Legal.—( IN202601072343 ).

A Emilio Ramón Valerio García. Se le comunica la resolución de las dieciséis horas treinta y tres minutos del dieciséis de abril del dos mil veintiséis, la cual indica resolución de cuido y guarda provisional proceso especial de protección a favor de las personas menores de edad J.D.A.M –V.M.B.M-Y.J.V.M. Se le confiere audiencia a los interesados, por tres días hábiles, para que presenten los alegatos de su interés, y ofrezcan las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho de hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas treinta minutos y hasta las doce horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Local, ubicada en Alajuela, San Carlos, 500 metros oeste de CTP Aguas Zarcas, frente a Restaurante Rio Mary. Expediente N° OLAZ-00053-2021.—Oficina Local de Aguas Zarcas, San Carlos.—Lic. Hernán Osvaldo González Vargas, Representante Legal.—( IN202601072346 ).

Al señor Francsico Siles Villencillo. Se le comunica la resolución de las doce horas cuarenta minutos del dieciséis de abril de dos mil veintiséis, en la que se declara el abrigo temporal de la PME K.K.S.P., dentro del expediente administrativo N° RDURAIHN-00353-2026. Se le confiere audiencia al señor Francsico Siles Villencillo por cinco días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezca las pruebas que estime necesarias, se advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, y solicitar las copias del mismo, el cual permanecerá a su disposición en esta Oficina Regional, ubicada en Costa Rica, Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, 50 metros al sur del Ministerio de Hacienda en Ciudad Quesada. Teléfono 2461-0686 / 2461-0656. Correo electrónico: uraihuetarnorte@pani.go.cr. Apartado Postal 5000-1000 San José, Costa Rica. Sitio web: http://www.pani.go.cr.—Departamento de Atención y Respuesta Inmediata Huetar Norte.—Licda. Eva María Arguedas Sequeira, Órgano Director del Proceso Administrativo, Representante Legal.—( IN202601072350 ).

Se comunica al señor Bryan Alberto Sánchez Soto, las resoluciones de las tres horas con cinco minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiséis, la resolución de las trece horas con treinta minutos del ocho de abril de dos mil veintiséis y la resolución de las siete horas con treinta minutos del diecisiete de abril de dos mil veintiséis, en relación a la PME A.S.S.Q., correspondiente a la Resolución de Medida Cautelar de Cuido Provisional (Provisionalísima), Señalamiento de Audiencia Administrativa y Medida de Protección donde se mantiene P.E.P. Expediente N° OLT-00196-2017. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada.—Oficina Local de Vásquez de Coronado-Moravia.—Licda. Liliana Adela Jiménez Coto, Representante Legal.—( IN202601072358 ).

Al señor Gabriel Sotelo Blanco, mayor, costarricense, documento de identidad 601390283, estado civil, oficio y domicilio desconocido, se le comunica que por resolución de las ocho horas cincuenta y tres minutos del once de febrero del dos mil veintiséis, se dictó Medida de Protección de Orientación, Apoyo y Seguimiento Temporal a la familia a favor de la persona menor de edad J.D.S.G., por plazo de seis meses, rige del día once de febrero al día once de agosto del dos mil veintiséis. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Quepos, Rancho Grande, frente a la plaza de fútbol o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, o correo electrónico. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Expediente N° OLQ-00157-2022.—Oficina Local de Quepos.—Licda. Dora del Carmen Salazar Carvajal, Representante Legal.—( IN202601072359 ).

A José René Salgado Bermúdez, progenitor de la persona menor de edad ACSE, se le comunica la resolución de mantener medida de cuido de las nueve horas cincuenta minutos del ocho de abril del año dos mil veintiséis, se les hace saber que deberán apersonarse a la Oficina Local de San Miguel. Que en esta resolución se pone en conocimiento de las partes, los hechos denunciados, se les hace saber que podrán presentar la prueba que consideren pertinente, sea testimonial o documental mismo que deberá ser aportada de forma física, en caso de videos o audios deberán ser aportados por cualquier medio o dispositivo electrónico de almacenamiento de datos mismo que se conservara dentro del expediente. Expediente N° OLSM-00105-2022.—Oficina Local San Miguel, Desamparados.—Licda. Brenda León Bolaños, Representante Legal.—( IN202601072361 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ATENAS

El Concejo Municipal de Atenas, en sesión ordinaria N°146, del 02 de marzo del 2026, acuerda lo siguiente: Que con fundamento en los artículos 11 y 170 de la Constitución Política, 11 y 13 de la Ley General de la Administración Pública, así como los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y la información recopilada en la página del Banco Central de Costa Rica publicada entre el 1° de enero de 2024 y el 31 de Diciembre del 2025, con respecto al pago de intereses que deben realizar los contribuyentes por la morosidad en el pago de tributos municipales y los intereses a cargo de la Administración Tributaria, se debe aplicar para el segundo semestre del año 2024 una tasa de interés del 7,59% anual. Para el primer semestre del 2025 debe aplicarse una tasa de 6,95% anual, para el segundo semestre 2025 una tasa del 6.33% anual y para el primer semestre 2026 la tasa será de 6,35% anual.—Municipalidad de Atenas.—Lic. Alejandro Chaves S., Proveeduría.—( IN202601072567 ).              2. v. 2.

AVISOS

CONVOCATORIAS

COMUNIDAD CP S. A.

Comunidad CP S. A., cédula de persona jurídica 3-101-633274, convoca a sus socios a Asamblea General Extraordinaria, el día 4 de julio del 2026, en las oficinas de Ditsö Studio, ubicadas en San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, exactamente en Barrio El Llano, Calle Eleman, contiguo a Rancho El Higuerón, portón esquinero de color gris de metal, a las 10 am, con el fin de deliberar sobre: i) Nombramiento de nuevo secretario y tesorero: proponer proceder con la revocatoria de los actuales nombramientos, y nominar al señor Michael Donahue, portador del pasaporte de su país número 652385742 para la posición de Secretario, y al señor Jeins Reichel, portadora del pasaporte de su país número C23K5G47F para la posición de Tesorero. ii) Nombramiento de nuevo fiscal: proponer proceder con la revocatoria del actual FISCAL, y nominar a la señora Linda Anne Hansson, portadora del pasaporte de su país número P854912NG. iii) Nueva posición de vocal: proponer la creación de una nueva posición de Vocal dentro de la Junta Directiva, y en caso de que sea aprobada la moción, cualquiera de los presentes podrá nominarse para esta posición. Si la moción es aprobada, el texto de la cláusula sétima del pacto constitutivo, se leerá de la siguiente manera: “Sétima: La sociedad será administrada por una Junta Directiva compuesta por tres miembros socios o no, con los cargos de Presidente, Secretario, Tesorero y Vocal. La elección de los directivos se regirá por el sistema de voto simple. Corresponderá al Presidente, Secretario y Vocal la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de Apoderados Generalísimos sin Límite de Suma, conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, actuando individualmente o conjuntamente para cualquier acto o negocio, incluyendo actos de autocontratación con ellos mismos o empresa que ellos representen. Podrán sustituir su poder en todo o en parte, otorgar poderes, revocar dichas sustituciones y poderes, y hacer y otorgar otros de nuevo, reservándose o no el ejercicio de las facultades que sustituya. El Vocal para poder ejercer su representación deberá contar con previa autorización por parte de la Asamblea General de Accionistas. Así mismo la junta directiva podrá otorgar poderes. Los directivos durarán en su cargo por todo el plazo social, salvo remoción por parte de la Asamblea de Accionistas. La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al año, y extraordinariamente cuando sea convocada por el Presidente, quien lo hará por medio de carta certificada que enviará al domicilio de cada directivo al menos, con tres días de anticipación, o por cualquier otro medio en que quede constancia escrita. Las sesiones se podrán celebrar dentro o fuera del territorio nacional y harán quórum dos de sus miembros y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes, en caso de empate decidirá el Presidente con doble voto”. iv) Modificación cláusula décima: proponer modificar el texto de la cláusula décima del pacto constitutivo para que de ahora en adelante se lea de la siguiente manera: “Décima: Los socios celebrarán una reunión anual ordinaria dentro o fuera del país dentro de los tres primeros meses después de finalizado el año económico. En la Asamblea Ordinaria se conocerá lo siguiente: a) Discusión y aprobación o no del informe sobre los resultados del ejercicio anual que presenten los administradores y tomará sobre él las medidas que juzguen oportunas. b) Acordar la distribución de las utilidades conforme a lo que al respecto se ha dicho. c) Realizar los nombramientos o revocatorias pertinentes de los administradores cuando proceda. Extraordinariamente se reunirán cuando sean convocados por el Presidente de la Junta Directiva, o en su ausencia por el Secretario de la Junta Directiva, mediante carta certificada que se hará llegar a cada socio, con al menos ocho días naturales de anticipación, en los que no se contarán el de envío de la carta ni el de celebración de la Asamblea. Podrá prescindirse de la convocatoria cuando estando reunidos la totalidad de los socios así lo acuerden, haciéndose constar tal circunstancia en el acta correspondiente, la cual deberá ser firmada por la totalidad de los socios. Para que en la Asamblea Ordinaria haya quórum en la primera convocatoria deberán estar presentes, la mitad de las acciones con derecho a voto y las resoluciones serán válidas únicamente cuando se tomen con el voto de las que representan más de la mitad de ellas. En las Asambleas ordinarias y extraordinarias, en virtud de la segunda convocatoria formarán quórum con cualquier número de accionistas presentes y los acuerdos se tomarán por simple mayoría de los presentes. La primera y segunda convocatoria puede hacerse simultáneamente, para oportunidades que estarán separadas, cuando menos, por el lapso de una hora. La asamblea extraordinaria estará facultada para otorgar poderes cuando así lo considere pertinente”. v) Inclusión de cláusula sobre sesiones virtuales: se acuerda incluir una cláusula décima cuarta que regirá lo que concierne a Sesiones Virtuales, y se propone el siguiente texto: “Décima cuarta: tanto las asambleas de socios como las sesiones del órgano director, se podrán celebrar válidamente haciendo uso de medio electrónicos, tales como la videoconferencia, que permitan a los participantes ejercer plenamente y de manera segura y comprobable sus derechos de voz y voto. Dichas asambleas deberán ajustarse a los principios de integridad, interactividad y simultaneidad de forma tal que queden garantizados los derechos de participación e información de todos los participantes y se lleven registros apropiados, comprobables y documentados de las mismas”. vi) Presupuesto: revisión del presupuesto actual de la compañía por parte del Tesorero de Junta Directiva en conjunto con los socios presentes, y su aprobación y ajuste en caso de que sea necesario. Quien esté presente deberá probar su condición y si desea ser representado deberá cumplir con la legislación vigente. De no haber quorum a la hora señalada, se realizará una hora después con los socios presentes.—Pérez Zeledón, a las trece horas del once de junio del dos mil veintiséis.—Georges Augustin Denis Orione, Presidente de Junta Directiva.—1 vez.—( IN202601090738 ).

CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL

CAMPO LAVERDE

Asamblea ordinaria de propietarios de conformidad con el artículo 25 de la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio, se convoca a la Asamblea de Condóminos Ordinaria y Extraordinaria de Condominio Horizontal Residencial Campo Laverde, cédula jurídica número 3-109-407848. La Asamblea se celebrará el sábado 04 de julio del 2026 a las 10:00 a.m. en primera convocatoria, en las instalaciones del rancho de actividades del condominio ubicado en Playa Hermosa de Garabito de manera presencial y será en idioma oficial del país español quienes requiera traducción deberá proveerlo por su medio. En caso de no existir quórum necesario, se hará media hora después en segunda convocatoria con el número de condóminos que se encuentren presentes, de conformidad con el artículo 24 de la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio. Orden del día: confirmación del quórum. Informe de la administración. Nombramiento de la Administración del condominio para el periodo julio 2026-2027. Firmeza de los acuerdos, comisión para protocolizar y cierre de la asamblea.—Alvis González Garita, Administrador.—1 vez.—( IN202601090820 ).

ASAMBLEA DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS

DEL BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

COMISIÓN DE INTEGRACIÓN

Convocatoria oficial al proceso de integración

período 2026-2030

La Comisión de Integración de la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, en ejercicio de las competencias conferidas por el Reglamento al inciso c) del artículo 14 bis de la Ley Orgánica del Banco Popular y de Desarrollo Comunal (Decreto Ejecutivo Nº 38685-MP y sus reformas), y de conformidad con lo dispuesto en dicho cuerpo normativo, Comunica y Convoca:

I. Convocatoria

Se convoca a las organizaciones sociales pertenecientes a los sectores: Cooperativo Tradicional, Magisterio Nacional, Profesional, Sindical Confederado, Sindical No Confederado, y Solidarista a participar en el proceso de integración de la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras correspondiente al período 2026–2030.

La presente convocatoria comprende exclusivamente a aquellos sectores cuya participación, conforme al Reglamento, se sustenta en la acreditación de membresía mediante listados nominales, sin perjuicio de los sectores cuya incorporación se rige por procedimientos específicos establecidos en el Reglamento.

II. Régimen de participación y requisitos

La acreditación de la participación de las organizaciones se regirá por un esquema diferenciado, conforme a la naturaleza jurídica de cada sector y a las competencias legalmente atribuidas a las instancias de verificación.

1. Sectores con acreditación mediante nómina y certificación externa

Corresponde a los sectores: Cooperativo Tradicional, Sindical Confederado, Sindical No Confederado y Solidarista

Estos sectores deberán presentar:

a)  Listado nominal de personas afiliadas o asociadas activas

b)  Certificación de membresía emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

1.1 Certificación de Membresía del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

De conformidad con los artículos 12 y 13 del citado Decreto:

La certificación de membresía emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social tiene por objeto acreditar la cantidad de personas afiliadas o asociadas activas de la organización.

Dicha certificación no implica validación del listado nominal presentado ante la Comisión de Integración.

La Comisión verificará la correspondencia entre la cantidad indicada en dicha certificación y la información contenida en la plantilla presentada.

Ámbito de aplicación: Este requisito será exigible únicamente respecto de los sectores para los cuales el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social cuenta con competencia legal para certificar membresía, a saber: Cooperativo Tradicional, Sindical Confederado, Sindical No Confederado y Solidarista

Sectores excluidos de certificación: En el caso de los sectores Magisterio Nacional y Profesional, no se requerirá la presentación de certificación de membresía, por no existir competencia legal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en estos supuestos.

Esta certificación forma parte de la documentación del proceso y podrá ser presentada o subsanada en la etapa de verificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento.

La no presentación inicial de esta certificación no implicará exclusión automática del proceso, en los casos en que resulte exigible, sin perjuicio de su obligatoriedad en las etapas posteriores.

2. Sectores con acreditación mediante nómina

Corresponde a los sectores Magisterio Nacional y Profesional.

Estos sectores deberán presentar exclusivamente el listado nominal de personas afiliadas o asociadas activas, en virtud de que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social no cuenta con competencia legal para emitir certificaciones de membresía respecto de los mismos.

En estos casos, la verificación de la información será realizada directamente por la Comisión de Integración, conforme a los mecanismos de revisión, control y depuración establecidos en el Reglamento.

3. Requisitos del listado nominal

Para los sectores en que corresponda, el listado deberá cumplir con lo siguiente:

    Presentarse con corte al 31 de marzo de 2026.

    Utilizar exclusivamente la plantilla oficial en formato Excel.

    Incluir la totalidad de los campos requeridos: número de identificación, nombre completo y apellidos, condición de nacional o extranjero.

En caso de afiliación simultánea dentro de un mismo sector, se aplicará lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto Ejecutivo Nº 38685-MP y sus reformas.

La plantilla estará disponible en: https://asambleadelpopular.cr/integracion2026-2030/

4. Documentación legal

Las organizaciones deberán presentar:

    Nota de remisión suscrita por el representante legal, indicando medio o lugar para notificaciones

    Certificación de personería jurídica vigente (emitida con no más de un mes de antelación, por autoridad competente -MTSS- o por Notario Público)

    En el caso de sindicatos no confederados deberán indicar que no pertenecen a ninguna confederación

5. Naturaleza y subsanación de los requisitos

Los requisitos señalados serán verificados conforme al procedimiento dispuesto en los artículos 14, 15 y 16 del Reglamento, incluyendo las etapas de prevención y subsanación.

La falta de presentación inicial de la certificación de membresía no implicará exclusión automática del proceso en los casos en que ésta resulte exigible, sin perjuicio de su obligatoriedad en etapas posteriores.

III. Lugar y medios de presentación

La documentación podrá ser presentada por los siguientes medios:

a) Forma presencial

Oficinas de la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras Tercer piso, BP Total San Pedro de Montes de Oca Horario: 8:30 a.m. a 4:00 p.m.

La información deberá entregarse en dispositivo USB o similar.

b) Forma digital

Dirigirse al correo electrónico integracionattbpdc@bp.fi.cr para obtener el link de acceso a la plataforma donde se realizará la carga de los documentos.

IV. Plazo

El plazo para la recepción de la documentación será del 27 de julio al 7 de agosto de 2026, hasta las 23:59 horas del último día.

V. Disposiciones generales

La información presentada deberá ser veraz, íntegra y susceptible de verificación.

La Comisión de Integración podrá aplicar mecanismos diferenciados de control y verificación, de conformidad con la naturaleza del sector y los requisitos exigibles en cada caso.

Cualquier inconsistencia, omisión o discrepancia será tramitada conforme al procedimiento reglamentario de verificación y subsanación.

VI. Sectores con régimen específico

Se excluyen expresamente del ámbito de aplicación de la presente convocatoria los sectores: Artesanal, Comunal, Cooperativas de Autogestión y Trabajadores Independientes.

Lo anterior, en virtud de que su participación en la integración de la Asamblea no se fundamenta en la acreditación de membresía mediante listados nominales ni en certificaciones emitidas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

La incorporación de dichos sectores se regirá por los procedimientos específicos establecidos en el Reglamento.

En consecuencia, estos sectores forman parte del proceso general de integración del período 2026–2030, bajo sus respectivas modalidades, sin que su exclusión de la presente convocatoria implique limitación o afectación a su derecho de participación.

VII. Información y contacto

Para consultas adicionales, las organizaciones pueden comunicarse al teléfono / WhatsApp: 8835-5340 y al correo electrónico: integracionattbpdc@bp.fi.cr.—Margarita Cognuck González, cédula: 113160660, Presidencia Comisión de Integración.—1 vez.—( IN202601090841 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CANGURO MATEMÁTICO

Yo, Mario Alberto Marín Sánchez, con cédula de identidad N° 1-0579-0282, en mi calidad de presidente y representante legal de la Asociación CANGURO MATEMATICO, cedula jurídica: 3-002-764055, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición del libro de Actas Asamblea General número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el registro de asociaciones.—21 de abril del 2026.—1 vez.—( IN202601070106 ).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachillerato en Administración de Negocios con énfasis en Mercadeo y Ventas, inscrito bajo el Tomo 0118, Folio 2, Asiento 571217 a nombre de Maricruz Hazera Guzmán cédula de identidad número 604280961. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente por el extravío del original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha. Los timbres de ley fueron debidamente pagados y se guarda evidencia física de los mismos en los archivos de la Universidad.—San José, 23 de marzo del 2026.—Departamento de Registro.—Saymond Romero Zamora, Encargado de Titulación.—( IN202601070561 ).

CESIÓN Y TRASPASO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y la Directriz DRPI-02-2014 del Registro de la Propiedad Industrial, se hace saber, que la sociedad Tech Zilla Limitada, cédula 3102801896, ha procedido a ceder y traspasar a favor de la sociedad Extreme Holdings Enterprise Sociedad Anónima, cédula 3101747205 Nombre Comercial: techzilla número de registro: 295498 número de expediente: 2020-008709. Dicha cesión incluye la transferencia de la parte del establecimiento mercantil que identifica el nombre comercial, operado actualmente por la sociedad TZ Computer S.A. Se emplaza a cualquier tercero, acreedor o interesado que tenga algún derecho que oponer a este traspaso, para que lo haga valer ante el Registro de la Propiedad Industrial dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera y última publicación de este edicto. Alajuela 30 Abril 2026.—Lic. Mauricio Ramírez Murillo, Notario Público, Cód. 17306, Teléfono 83703930, Correo mauricio.ramirez@ramirezcr.com.—( IN202601070707 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

INDUSTRIA NACIONAL DE CEMENTO S. A.

La suscrita Ana Ghiselle Vargas Rodríguez, cédula 1-0584-0130, solicito la reposición por extravío, de los siguientes 6 títulos o acciones todos de la Industria Nacional de Cemento S. A., Cementos lncsa: -título 0000821 serie F que equivale a 119.558 acciones. -título 0000873 serie C que equivale a 18.924 acciones. - título 003062 Serie A que equivale a 49.872 acciones. - título 0000847 serie E que equivale a 190.183 acciones. -título 0001381 Serie B que equivale a 21.611 acciones. - título 0000868 serie D que equivale a 51.329 acciones. Publicar 3 días consecutivos.—Heredia, 8 horas del 12 de mayo del 2026.—Alfredo Álvarez Quirós, Notario Público.—( IN202601071631 ).

CAYUMARY SOCIEDAD ANONIMA

Se hace constar que (i) Rolando Montealegre Echandi, portador de la cédula número uno-cero quinientos sesenta y uno-cero cero cero uno; (ii) Javier Francisco Montealegre Echandi, portador de la cédula número uno-cero quinientos veintinueve-cero setecientos once; (iii) Iris Montealegre Echandi, portadora de la cédula número uno-cero cuatrocientos cuarenta y nueve-cero quinientos cincuenta y cuatro; (iv) Ana Laura Montealegre Echandi, portadora de la cédula número uno-cero seiscientos setenta y seis-cero ciento siete; y (v) Maria Amelia Montealegre Echandi, cédula de identidad número uno-cero quinientos sesenta y cinco-cero trescientos noventa y tres, todos en sus condiciones de propietarios de quinientas acciones cada uno, de la compañía Cayumary Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero diez mil quinientos treinta y dos, han solicitado la reposición de dichas acciones y sus respectivos títulos, los cuales fueron extraviados. Por el término de Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la sociedad en la siguiente dirección: San José, San José, Mata Redonda, Sabana norte, Sabana Business Center, piso once, oficinas de Facio & Cañas. Transcurrido el plazo, se procederá con las reposiciones solicitadas.—San José, once de mayo de dos mil veintiséis.—Rolando Montealegre Echandi, Presidente.—( IN202601072400 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICAS

La Universidad Internacional de las Américas hace constar que ante en el área de Procesos Académicos, se ha presentado por parte del señor Zelaya Soza Gilberto Eduardo, cédula de identidad: 8-0071-0540, la solicitud de reposición de su título de Bachillerato en Turismo con Énfasis en Hotelería y Restaurantes y Agencias de Viajes y Transportes Turísticos, emitido por esta Universidad, registrado en el libro de títulos bajo el tomo 1, folio 176, asiento 2991 con fecha del 26 del mes de setiembre del año 1997. El señor Zelaya Soza solicita la reposición de éste por motivo de corrección de carrera. Se emite el presente, a solicitud de interesados, a los 19 días del mes de mayo 2026.—Procesos Académicos.—Stephanie Guzmán Mora, Coordinadora.—( IN202601073353 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO DE QUÍMICOS DE COSTA RICA

El Colegio de Químicos de Costa Rica Comunica a los Colegiados(as), instituciones del Estado y público en general que mediante la Asamblea número AGO-1-2026 de Asamblea General Ordinaria celebrada el sábado 21 de marzo del año 2026 se realizó nombramiento de miembros de la Junta Directiva y Fiscal del Colegio de Químicos de Costa Rica, quedando integrada de la siguiente forma: Presidente: Alexander Mata Barboza para el periodo que concluye el 31 de marzo de 2028. Vicepresidente: Priscilla Benavides Pérez para el periodo que concluye el 31 de marzo del 2027. Secretario: Hernán Diego Arroyo Bravo para el periodo que concluye el 31 de marzo de 2028. Tesorero: Luis Mariano Pizarro Sánchez para el periodo que concluye el 31 de marzo del 2027. Vocal uno: Luis Ricardo Charpentier Soto, para el periodo que concluye el 31 de marzo del año 2028. Vocal dos: Susana Hernández Rivera para el periodo que concluye el 31 de marzo del año 2027. Vocal tres: Roger Gurdián López para el periodo que concluye el 31 de marzo del año 2027. Fiscal: Andrea Acuña Chaves para el periodo que concluye el 31 de marzo del 2028.—Hernán Diego Arroyo Bravo Secretario de Junta Directiva.—1 vez.—( IN202601068495 ).

TRES-CIENTO UNO-SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE

MIL CIENTO DIECISIETE S. A.

El suscrito, Alvaro José Rodríguez Sequeira, portador de la cédula de identidad número 1- 1501- 0237, quien actúa en su condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limite de suma de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Ochenta y Nueve Mil Ciento Diecisiete S. A., cédula de persona jurídica número 3. 101- 689117, en este acto da aviso de la solicitud de reposición de los libros legales de la compañía (Asamblea de Accionistas, Registro de Accionistas y Junta Directiva), que cuenta con el número de legalización 4062000322734, en virtud del extravío de los mismos. Es todo.—San José, 04 de mayo de 2026.—Álvaro José Rodríguez Sequeira.—1 vez.—( IN202601069775 ).

BLUE DRAGONFLY SRL.

De conformidad con el artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles, se avisa que la sociedad Blue Dragonfly SRL., cédula jurídica N° 3-102-673274, por motivo de extravío procederá con la reposición de los libros de: Asamblea de Cuotistas y Registro de Cuotistas N° 1, que tenían el número de autorización 4064000235313.—San José, 28 de abril del 2026.—Georgina González Madrigal, Gerente.—1 vez.—( IN202601070119 ).

MC CULLEN DE SAN ISIDRO S. A.

Yo, Thomas Mc Cullen, DIMEX 184002978623 en mi calidad de representante con facultades de apoderado generalísimo de la sociedad Mc Cullen De San Isidro S. A., cedula jurídica n° 3-101-839251, con domicilio en Puntarenas, San Isidro de Cobano, 100 mts oeste de la entrada a Proyecto Rancho Esperanza, única casa con portón negro, a mano derecha, hago constar que mi representada ha procedido a la reposición de los libros legales de I) Junta Directiva, II) Asambleas de Accionistas y III) Registro de Accionistas, lo anterior por extravío.—San José, 17:00 horas, del 28 de abril del 2026.—Thomas Mc Cullen. Presidente.—1 vez.—( IN202601072806 ).

INVERSIONES NOICAN C R S. A.

La suscrita Emilia Pia Pozuelo Picasso, portadora de la cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos trece-mil ciento treinta y siete, en mi calidad de presidente con facultades de apoderada generalísima de la sociedad Inversiones Noican C R S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos diecinueve mil doscientos setenta y uno, hago constar que mi representada ha procedido a la reposición de los libros de Asamblea General, Registro de Accionistas, y Sesión de Junta Directiva. Lo anterior en razón de que los mimos fueron extraviados.—San José, treinta de abril del dos mil veintiséis.—Emilia Pia Pozuelo Picasso. Presidente.—1 vez.—( IN202601072889 ).

CORPORACIÓN KANANG DE MONTE VERDE

SOCIEDAD ANÓNIMA

Se hace saber que la sociedad Corporación Kanang de Monte Verde Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-357006, solicita al Registro Nacional la reposición por extravío de los libros de Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva, ambos bajo el número de legalización 4061010269251. Se otorga plazo de ley de ocho días hábiles, a partir de esta publicación, para escuchar oposiciones a dicho trámite las cuales deberán presentarse ante dicho Registro o la Notaria del Licenciado Gustavo Adolfo Wattson Gómez, correo electrónico gwattsong@gmail.com. Grace Rodríguez Ramírez, cédula: 6-0178-0560, presidenta con facultades de Apoderada Generalísima.—Tilarán, 29 de abril del 2026.—1 vez.—( IN202601073027 ).

HERIEL SOCIEDAD ANÓNIMA

El suscrito Hernán Antonio Hernández Zamora, cédula de identidad número 1-0428-0290, Casado, arquitecto, vecino de San Rafael de Escazú, San José, en mi condición de presidente de la sociedad Heriel Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-038996, con suficientes facultades para este acto, procedo a solicitar la reposición de los libros de Registro de Socios y Asamblea de Socios, debido al extravío de los mismos. Publíquese una vez para efectos de reposición de libros.—San José, 4 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601073037 ).

RTS LEGACY SOCIEDAD ANONIMA

Víctor Hugo Carrillo Madrigal, mayor, divorciado una vez, empresario, cédula de identidad número uno-mil ciento sesenta y ocho-cero ochocientos, vecino de Heredia, Belén, La Rivera, Condominio la Arboleda, casa número C, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa RTS Legacy Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres—ciento uno—ochocientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y cinco, con domicilio social, en provincia cero cuatro, Heredia, cantón cero uno Heredia, San Francisco, calle Hidalgo, complejo de bodegas Nantal, personería que consta en la Sección Mercantil del Registro Nacional al Tomo: dos mil veintidós, Asiento: setecientos cuarenta y cinco mil seiscientos noventa y uno, consecutivo uno, secuencia uno, por haberse extraviado, se comunica la reposición del tomo primero de los libros de Registro de Socios, Actas del Consejo de Administración y Asamblea General de Socios.—San José, 18 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601073141 ).

ASOCIACIÓN COSTA RICA APRENDE

La Asociación Costa Rica Aprende, cédula jurídica número tres guión cero cero dos guión setecientos setenta y un mil doscientos veintidós (3-002-771222), con domicilio en la provincia de San José, cantón de Escazú, distrito Escazú, Barrio San Martín, Albergue Color y Esperanza; representada por su Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma, señor Luis Arnoldo Angulo Carranza, mayor, portador de la cédula de identidad número uno guión mil sesenta y cuatro guión cero setecientos cincuenta y uno (1-1064-0751); de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, inciso c), del Reglamento a la Ley de Asociaciones, hace del conocimiento público el extravío de la totalidad de los libros legales y contables de la asociación, a saber: Libro de Actas de Asamblea General (Tomo 1), Libro de Actas de Junta Directiva (Tomo 1), Libro de Registro de Asociados (Tomo 1), Libro Diario (Tomo 1), Libro Mayor (Tomo 1) y Libro de Inventarios y Balances (Tomo 1). En virtud de lo anterior, se solicita ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la reposición de los libros detallados. Se emplaza a cualquier persona interesada que se considere afectada, para que presente las oposiciones que estime pertinentes ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, dentro del término de ley contado a partir de la publicación del presente aviso. Publíquese por única vez. Los costos de publicación corren por cuenta del interesado. San José, 28 de abril de dos mil veintiséis. Ante el Lic. Adrián Martínez Vásquez, abogado, carné 15929, cédula 9-0105-0027, compareció Luis Arnoldo Angulo Carranza, cédula de identidad 1-1064-0751, Presidente y Representante Legal de la Asociación Costa Rica Aprende, quien solicita al abogado la gestión del trámite de publicación del presente edicto.—1 vez.—( IN202601073207 ).

ESCUELA LA MARAVILLA DE LA LUCHA DE POTRERO

GRANDE DE BUENOS AIRES DE PUNTARENAS

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día once de mayo del año dos mil veintiséis, el señor Armando del Socorro Cascante Vega, mayor, cédula número seis-doscientos veintinueve-setecientos setenta y siete, solicita la reposición diploma de estudios de Enseñanza Primaria, emitido por Escuela La Maravilla de La Lucha de Potrero Grande de Buenos Aires de Puntarenas, el día veintinueve de noviembre del año mil novecientos ochenta y cinco.—Buenos Aires, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis.—Notaria: Debora Guevara Vasquez.—1 vez.—( IN202601073230 ).

CORPORACIÓN NAKA DE MONTEVERDE

SOCIEDAD ANÓNIMA

Se hace saber que, la sociedad Corporación Naka de Monteverde Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-338996, solicita al Registro Nacional la reposición por extravío de los libros de Registro de Accionistas y Actas de Junta Directiva, ambos bajo el número de legalización 4061010206967. Se otorga plazo de ley de ocho días hábiles, a partir de esta publicación, para escuchar oposiciones a dicho trámite las cuales deberán presentarse ante dicho Registro o la Notaria del Licenciado Gustavo Adolfo Wattson Gómez, correo electrónico gwattsong@gmail.com Grace Rodríguez Ramírez, cédula: 6-0178-0560, secretaria con facultades de Apoderada Generalísima.—Tilarán, 29 de abril del 2026.—1 vez.—( IN202601073585 ).

CONDIMINIO BORELLI LA CRUZ

Condominio Residencial Vertical Donna, cédula jurídica: 3-109-360180, finca matriz: San José matrícula 1873-M-000. La suscrita Priscilla Solano Castillo, cédula 1895701, en mi calidad de representante legal de la sociedad Condiminio Borelli La Cruz, cédula jurídica 3-101-403710, propietaria de la finca filial 9, folio real número 1- 39230-F- 000, solicito la reposición de los libros legales: de Actas de Asamblea Nº1 (número de legalización: quinientos noventa y cinco, legalizado el día cuatro de julio del año dos mil cuatro) y de Caja Nº1 (número de legalización: quinientos noventa y cinco, legalizado el día cuatro de julio del año dos mil cuatro). Se emplaza por 8 días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de escuchar objeciones ante el Departamento de Propiedad en Condominio del Registro Nacional. Es todo.—San José, Costa Rica. 1 de junio del 2026.—Priscilla Solano Castillo.—1 vez.—( IN202601090082 ).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La suscrita Notario Público, CYNTHIA WO CHING VARGAS, hace constar y da fe que bajo escritura NÚMERO TREINTA Y SIETE: del tomo DOS de su protocolo, otorgada a ser las trece horas treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta de Asamblea General de Cuotistas de la sociedad denominada CR LAMB CORP SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos veintitrés, mediante la cual se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio de la sociedad. ES TODO. San José, veintinueve de abril del dos mil veintiséis.—( IN202601070572 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por escritura 234, otorgada a las 14:00 horas del 29 de abril de 2026, la empresa denominada THE TIDES OF LIFE SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica.3-101-337552, establece como correo electrónico fincadenada@yahoo.com, en cumplimiento con la Ley 10597.—Licda. Stephanie Webb Vizcaino, Notaria Pública.—( IN202601071629 ).             2 v. 2

Teléfono 8608-7966 Por escritura 299-2, otorgada a las 13:00 horas del día 08 de julio de 2025, se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de KARIL ARAMIS SOCIEDAD ANONIMA S.A, cédula jurídica 3-101-274806, por la cual se acuerda reforma de la representación, revocatoria de persona con nombramiento, rectificación de parte en persona jurídica, inclusión de correo electrónico.—Palmares, 04 de mayo del año 2026.—Licda. Maurene Mora Murillo, Notaria.—( IN202601072697 ). 2  v. 2.

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura 20, visible a folio 15 frente del protocolo tomo 27 del Notario Marlon Arce Blanco, a las 11 horas del 14 de abril del año 2026, la sociedad Gauwal Sociedad de Reponsabilidad Limitada, cedula jurídica 3- 102 - 157429, solicita la inclusión de correo electrónico; para que de ahora en lo sucesivo para efectos de recibir notificaciones judiciales y administrativas, se solicita se incluya el correo electrónico gatonegro.gonzalez@gmail.com conforme a la Ley N° 10597.—Lic. Marlon Arce Blanco.—( IN202601072499 ).

Por escritura 38 visible a folio 27 frente del protocolo tomo 27 del Notario Marlon Arce Blanco, a las 11 horas del 24 de abril del año 2026, la sociedad Corporacion Valroja Sociedad de Responsabilidad Limitada cedula jurídica 3- 102 - 846097, solicita la inclusión de correo electrónico; para que de ahora en lo sucesivo para efectos de recibir notificaciones judiciales y administrativas, se solicita se incluya el correo electrónico roxanadiazmartinez4@gmail.com conforme a la Ley N° 10597.—Lic. Marlon Arce Blanco.—( IN202601072501 ).

Por Escritura pública número 105 a las 11 horas del 04/05/2026, ante la Notaría Pública Nancy Harbottle Morales, se protocoliza el Acta número 4: Asamblea General Extraordinaria de Cuotistas de Tres - Ciento Dos- Ocho Siete Uno Tres Cinco Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-871359, a las 8 horas del 04/05/2026. se establece medio para recibir notificaciones de la sociedad, el siguiente correo electrónico notificacionesgrupocch@cchcafeterias.com, a efectos que den cumplimiento a la ley 10597.—( IN202601072549 ).

Teléfono 8608-7966 Por escritura 299-2, otorgada a las 13:00 horas del día 08 de julio de 2025, se protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de KARIL ARAMIS SOCIEDAD ANONIMA S.A, cédula jurídica 3-101-274806, por la cual se acuerda reforma de la representación, revocatoria de persona con nombramiento, rectificación de parte en persona jurídica, inclusión de correo electrónico.—Palmares, 04 de mayo del año 2026.—Licda. Maurene Mora Murillo, Notaria.—( IN202601072697 ). 2 v.1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada en esta Notaría, a las 12:00 horas del día de 05 de mayo de 2026, la sociedad “DISTRIBUIDORA LOS TEQUES S.A” c.j. 3-101-325438, solicitó se inscribiera el correo electrónico en la cláusula del domicilio social de la empresa.—San José, 05 de mayo de 2026.—Lic. Huberth Salas Ortega.—1 vez.—( IN202601068322 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 8:00 horas del día de hoy, se solicitó la de solicitud de inclusión de correo electrónico en la cláusula del domicilio social de: AUTOMOTORA GC CINCO MIL NOVECIENTOS SOCIEDAD ANÓNIMA. Notario: Sylvia Patricia Gómez Delgadillo.—1 vez.—( IN202601068324 ).

Mediante protocolización de acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la entidad denominada Contrataciones de Servicios Profesionales Nibo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3–101-695370, otorgada en escritura pública número 112, visible al folio 174 frente, del tomo ochenta y cinco del notario Isaac Montero Solera, otorgada a las 14 horas del 05 de mayo de dos mil veintiséis, se autoriza incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Barva, de Heredia, 27 de abril del 2026.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068333 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 57-3, visible al folio 34 vuelto del tomo tres, a las ocho horas del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad 3-101-457454 S.A., cédula de persona jurídica número 3-101-457454, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068335 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 58-3, visible al folio 35 vuelto del tomo tres, a las ocho horas cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad 3-102-478351 S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102-478351, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068336 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 59-3, visible al folio 36 vuelto del tomo tres, a las ocho horas diez minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad 3-102-686197 S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102-686197, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068337 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 60-3, visible al folio 37 vuelto del tomo tres, a las ocho horas quince minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad 3-102-742939 S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102-742939, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068338 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 61-3, visible al folio 38 vuelto del tomo tres, a las ocho horas veinte minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad 3-102-757305 S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102-757305, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—5 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601068339 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 62-3, visible al folio 39 frente del tomo tres, a las ocho horas veinticinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad 3-102-757359 S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102-757359, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068340 )..

Ante esta notaría, mediante escritura número 168-26, visible al folio 197 vuelto del tomo 26 a las once horas treinta minutos del diecisiete de marzo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad 3-102-782702 S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102-782702, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Paul Oporta Romero, cédula 1-0967-0948.—5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068341 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 63-3, visible al folio 40 frente del tomo tres, a las ocho horas veinticinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad 3-102-865073 S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102-865073, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068342 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 64-3, visible al folio 40 vuelto del tomo tres, a las ocho horas treinta minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad 3-102-901664 S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102-901664, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—05 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601068343 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 67-3, visible al folio 43 frente del tomo tres, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad BUTORAC INTERNATIONAL HOLDINGS S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102- 849003, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068344 ).

En cumplimiento de la Ley Numero 10597, por escritura Numero 359 de las 17 horas del 26 de abril del 206, ante la Notaria: Cynthia Yorleny Chaves Robles, código 29694, la sociedad “ VILLA TAMARA Y BORIS S.A. cedula jurídica Numero 3101195487, por medio de su representante legal, solicita al Registro incluir correo electrónico de la sociedad, en la cláusula del domicilio. San José, 29 de abril del 2026. Rose Mary Zuñiga Ramírez, Presidente Junta Directiva.—1 vez.—( IN202601068345 ).

Por escritura número 63 del tomo 7 del protocolo del Notario Público Federico Castro Kahle otorgada a las 11:00 horas del 30 de abril del 2026, se protocolizó el acta #7 de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Audiofax, S.A., con cédula de persona jurídica número 3-101-136087, mediante la cual se reforma la cláusula del domicilio del Pacto Constitutivo y se efectuó solicitud formal al Registro de Personas Jurídicas para que se inscriba una dirección de correo electrónico como medio para recibir notificaciones - San José, 5 de mayo del 2026.- Federico Castro Kahle - Notario Público.—1 vez.—( IN202601068349 ).

Por escritura número 38 del tomo 15 del protocolo del Notario Público Carlos Mariano Arrea Anderson otorgada a las11:00 horas del 21 de abril del 2026, se protocolizó el acta #8 de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Secom Escazú, S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-672894, donde se efectuó solicitud formal al Registro de Personas Jurídicas para que se inscriba una dirección de correo electrónico como medio para recibir notificaciones.—San José, 5 de mayo del 2026.—Carlos Mariano Arrea Anderson, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068350 ).

Por escritura número 60 del tomo 7 del protocolo del Notario Público Federico Castro Kahle otorgada a las 09:30 horas del 24 de abril del 2026, se protocolizó el acta Nº 10 de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Desarrollos Los Maderos del Mar, S.A., con cédula de persona jurídica número 3-101-863610, donde se efectuó solicitud formal al Registro de Personas Jurídicas para que se inscriba una dirección de correo electrónico como medio para recibir notificaciones.—San José, 05 de mayo del 2026.—Federico Castro Kahle, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068351 ).

Por escritura número 61 del tomo 7 del protocolo del Notario Público Federico Castro Kahle otorgada a las 13:00 horas del 27 de abril del 2026, se protocolizó el acta #9 de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Distribuidora Larce, S.A., con cédula de persona jurídica número 3-101-047714, mediante la cual se reforma la cláusula de la administración del Pacto Constitutivo y se efectuó solicitud formal al Registro de Personas Jurídicas para que se inscriba una dirección de correo electrónico como medio para recibir notificaciones - San José, 5 de mayo del 2026.- Federico Castro Kahle - Notario Público.—1 vez.—( IN202601068352 ).

Por escritura número 62 del tomo 7 del protocolo del Notario Público Federico Castro Kahle otorgada a las 13:30 horas del 27 de abril del 2026, se protocolizó el acta #7 de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Montacargas de Costa Rica CR, S.A., con cédula de persona jurídica número 3-101-133938, se efectuó solicitud formal al Registro de Personas Jurídicas para que se inscriba una dirección de correo electrónico como medio para recibir notificaciones.—San José, 5 de mayo del 2026.—Federico Castro Kahle, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068353 ).

Por escritura número 47 del tomo 15 del protocolo del Notario Público Carlos Mariano Arrea Anderson a las 13:00 horas del 05 de mayo del 2026, se protocoliza el acta número 6 de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de KDIPSO, S.A., con cédula de persona jurídica número 3-101-331565, mediante la cual se acordó disolver dicha sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio. Se advirtió que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza, por lo que se prescindió del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación.—San José, 05 de mayo del año 2026.—Lic. Carlos Mariano Arrea Anderson, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068354 ).

Por escritura número 71 del tomo 7° del protocolo del Notario Público Federico Castro Kahle otorgada a las 14:20 horas del 4 de mayo del 2026, se protocolizó el acta #2 de la Asamblea de Cuotistas de la sociedad AI DEVELOPMENT, LTDA. con cédula de persona jurídica número 3-102-906966, donde se efectuó solicitud formal al Registro de Personas Jurídicas para que se inscriba una dirección de correo electrónico como medio para recibir notificaciones y se modificó la cláusula primera de los estatutos - San José, 5 de mayo del 2026.- Federico Castro Kahle - Notario Público.—1 vez.—( IN202601068355 ).

Por escritura número 48, de las 19 horas del 5 de mayo del año 2026, otorgada ante el Notario Público, Rodolfo Camacho Rojas, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada: Corporación Z de Los Santos Sociedad Anónima, domiciliada en Provincia 03 Cartago, Canton 02 Paraíso, 150 sur del estadio y cedula de Personería Jurídica Numero 3-101-353091. Mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número 10597.—Cartago, 05 de mayo del Año 2026.—Lic. Rodolfo Camacho Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068358 ).

Por escritura número: ciento doce-veinticuatro, se establece como correo electrónico para notificaciones de la sociedad CONDOZENIT SIETE G LIMITADA, el correo: xiniapineda@hotmail.com y para oposiciones correo: licdagsedoj@gmail.com celular: 8393-3720. Es todo.—Licda. Ana Gabriela Sedó Jiménez, Abogada y Notaria.—San José de seis de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601068362 ).

El suscrito, Carlos Guillermo Badilla Jiménez, notario público con oficina en Tilarán, debidamente autorizado a estos efectos, hago saber que mediante escritura pública número sesenta, protocolo número uno, otorgada ante mí, se procedió a protocolizar el acta número dos de la asamblea general extraordinaria de la GANADERA LOS FILTROS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento unodoscientos treinta y siete mil trescientos noventa y dos, celebrada en el domicilio social en Las Juntas de Abangares, a las quince horas del catorce de marzo del año dos mil veintiséis en la cual, estando presente la totalidad del capital social se acordó por unanimidad lo siguiente: Primero: reformar las cláusulas segunda y sétima del estatuto referidas al domicilio y la Junta Directiva. Segundo: revocar de su cargo al Presidente, Secretaria y Tesorero, y en su lugar nombrar a los sustitutos por todo el resto del plazo social. Tercero: revocar el nombramiento del Fiscal y en su lugar nombrar por el resto del plazo social al sustituto. Finalmente se señala la dirección electrónica yamy593@gmail.com a efecto de atender notificaciones. Lo anterior de conformidad con el articulo diecinueve del Código de Comercio. Tilarán a los veintiocho días de abril del año dos mil veintiséis.— Carlos Guillermo Badilla Jiménez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068365 ).

Por escritura número trescientos setenta y ocho-doce, otorgada ante el Notario Público, Mario Benavides Rubí a las trece horas quince minutos del día veintisiete de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Villa Zaguatitos Sociedad Civil, cédula jurídica tres - ciento seis – siete cuatro siete cinco dos cero, con domicilio en Provincia cuatro Heredia, Cantón cero cinco San Rafael, -del templo católico de San Josecito ciento veinticinco metros sur, portón negro a mano izquierda.—Heredia, veintisiete de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Mario Benavides Rub, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068371 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 68-3, visible al folio 44 frente del tomo tres, a las ocho horas cincuenta minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad CASA AURORAS TRANSPORT LIMITADA, cédula de persona jurídica número 3-102-875978, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068372 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 69-3, visible al folio 44 vuelto del tomo tres, a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad CHESAPEAKE BAY S.A., cédula de persona jurídica número 3-101- 389726, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—05 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601068373 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 70-3, visible al folio 45 vuelto del tomo tres, a las nueve horas del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad CIELOS DE LIRIOS DORADOS S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102-847173, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068374 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 73-3, visible al folio 47 vuelto del tomo tres, a las nueve horas quince minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad GALT CASA VENTANA LIMITADA, cédula de persona jurídica número 3-102- 852611, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.— 5 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601068375 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 74-3, visible al folio 48 vuelto del tomo tres, a las nueve horas veinte minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad GOLDEN WAVES COAST LAS MAREAS INVESTMENTS HOLDINGS LIMITADA, cédula de persona jurídica número 3-102-811528, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—5 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601068376 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 75-3, visible al folio 49 frente del tomo tres, a las nueve horas veinticinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad GONE BANANAZ S.A., cédula de persona jurídica número 3-101-687120, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068378 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 76-3, visible al folio 50 frente del tomo tres, a las nueve horas treinta minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad GREYEVE TAMARINDO S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102- 837813, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068379 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 77-3, visible al folio 51 frente del tomo tres, a las nueve horas treinta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad HOW GOOD IT CAN BE LIMITADA, cédula de persona jurídica número 3-102- 476159, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—05 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601068380 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 78-3, visible al folio 51 vuelto del tomo 3 a las nueve horas cuarenta minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad INVERSIONES CABUYA DEL MAR SOLEADO DOS LIMITADA, cédula de persona jurídica número 3-102-663278, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068381 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 81-3, visible al folio 55 frente del tomo 3 a las nueve horas cincuenta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “NORTH ROYAL TWO HUNDRED TWENTY THREE LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-735316, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 5 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068382 ).

Por medio de la escritura número doscientos cincuenta y cuatro la sociedad K TRES N STUDIO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres-ciento dos- setecientos ochenta y seis mil trescientos dieciséis, solicita inscripción de correo electrónico. San José, seis de mayo del dos mil veintiséis. Notario José Manuel Mojica Cerda. Publicación por una vez.—1 vez.—( IN202601068387 ).

Por medio de la escritura número doscientos cincuenta y uno, la sociedad KIRARA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres-ciento uno- cincuenta y nueve mil cuatrocientos siete, solicita inscripción de correo electrónico. San José, seis de mayo del dos mil veintiséis.—Notario José Manuel Mojica Cerda.—1 vez.—( IN202601068388 ).

Por medio de la escritura número doscientos cincuenta y tres la sociedad LITTLE KINGDOM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres-ciento dos- setecientos veintitrés mil doscientos cincuenta y uno, solicita inscripción de correo electrónico. San José, seis de mayo del dos mil veintiséis. Notario José Manuel Mojica Cerda. Publicación por una vez.—1 vez.—( IN202601068389 ).

Por medio de la escritura número doscientos cincuenta, la sociedad OKAHUE SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres-ciento uno- seiscientos treinta y tres mil ciento ochenta y nueve, solicita inscripción de correo electrónico.—San José, seis de mayo del dos mil veintiséis.—Notario José Manuel Mojica Cerda.—1 vez.—( IN202601068390 ).

Por escritura número CIENTO SETENTA Y SEIS de las ocho horas del cinco de mayo del año dos mil veintiséis, otorgada ante esta notaría, la sociedad CINCO CERO SEIS FACTOREO SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número TRES- CIENTO UNO- SEISCIENTOS VEINTITRÉS MIL TREINTA Y NUEVE ; solicita al Registro Público, Registro de Persona Jurídicas, la inclusión del correo electrónico de la sociedad indicada: gporras@506factoreo.com, dentro de la información registral de la sociedad. San José, once horas del día cinco de mayo del año dos mil veintiséis. Rodolfo Enrique Montero Pacheco. Notario Público. Carné 2563. Publíquese una vez en La Gaceta.—1 vez.—( IN202601068394 ).

Por escritura número CIENTO SETENTA Y SIETE de las nueve horas del cinco de mayo del año dos mil veintiséis, otorgada ante esta notaría, la sociedad PORRAS Y TRUJILLO SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ochocientos siete mil novecientos tres; solicita al Registro Público, Registro de Persona Jurídicas, la inclusión del correo electrónico de la sociedad indicada: porrasgil@gmail.com, dentro de la información registral de la sociedad. San José, once horas del día cinco de mayo del año dos mil veintiséis. Rodolfo Enrique Montero Pacheco. Notario Público. Carné 2563. Publíquese una vez en La Gaceta.—1 vez.—( IN202601068396 ).

Por escritura otorgada el día de hoy, a las 14 horas , protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de DEL PINO A LA PALMA, S. A., cédula jurídica 3-101-357 717 por la que se otorga poder generalísimo y se incluye correo electrónico en cláusula del domicilio. San José, 30 de ABRIL del año 2026.- LUIS ENRIQUE GUTIERREZ RODRIGUEZ, notario, Carné 2392.—1 vez.—( IN202601068398 ).

Por escritura pública otorgada el día de hoy ante mí Trazos, Arquitectura y Construcción S. A., cédula jurídica 3101640815, solicita la inscripción de correo electrónico en cláusula de Domicilio Social.—San José, treinta de abril de dos mil veintiséis.—José Fernando Carter Vargas, Notario Público, carné 3230.—1 vez.—( IN202601068399 ).

Se notifica que la entidad GRUPO G C GESTION EN CAPACITACIÓN Y CONSULTORÍA EMPRESARIAL S A, cédula jurídica 31014580024 consignó que su correo electrónico es: segura.alex@hotmail.com. No requiere fecha determinada de publicación.—San José, 05 de mayo de 2026.—Lic. Edgar Montero Mejía.—1 vez.—( IN202601068404 ).

Se notifica que la entidad 3101766023 S. A., cédula jurídica 3101766023 consignó que su correo electrónico es: ed_montero@hotmail.com No requiere fecha determinada de publicación. San José, treinta de abril del dos mil veintiséis. Lic. Víctor Julio Rivas Tinoco.—1 vez.—( IN202601068405 ).

Se notifica que la entidad 3101871399 S A, cédula jurídica 3101871399 consignó que su correo electrónico es: gabriela.redmondag@gmail.com 1 vez. No requiere fecha determinada de publicación. LIC. VICTOR JULIO RIVAS TINOCO. San José, veintisiete de abril del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601068406 ).

Se notifica que la entidad PEJIVALLES MARÍN SANABRIA S A, cédula jurídica 3101228571 consignó que su correo electrónico es: pejiballesmarinsanabria@gmail.com 1 vez. No requiere fecha determinada de publicación.—San José, veintisiete de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Víctor Julio Rivas Tinoco.——1 vez.—( IN202601068407 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas, del 22 de julio del 2025, se modifica la cláusula del domicilio de la sociedad INVERSIONES VILLAS DE AYARCO S. A. S. A., cédula jurídica número 3-101-609163, incluyendo correo electrónico para notificaciones, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. Edwin Martín Chacón Saborío.—1 vez.—( IN202601068408 ).

Por escritura otorgada ante mí a las trece horas, del día treinta de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó acta de Asamblea General de Cuotistas de la sociedad SHIVA SHAMBHO PROPERTIES LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ochocientos quince mil quinientos sesenta, en la cual se acordó reformar la cláusula referente a la administración, y designar dirección electrónica oficial de la sociedad para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete, en los estatutos de la sociedad. Es todo. San José, treinta de abril de dos mil veintiséis. Licda. Alejandra Salazar Blanco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068411 ).

La sociedad de esta plaza “FARGHER SERVICES SOCIEDAD ANONIMA”, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos dieciséis mil ciento veintiuno, solicita ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, que se incorpore correo electrónico: rarguellom7@outlook.com para sus notificaciones. Quien se considere afectado, una vez publicado puede manifestar su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. San José, 30 de abril del 2026. Lic. JORGE REGIDOR UMAÑA, Notario Público. Tel. 2221-7623.—1 vez.—( IN202601068413 ).

La compañía denominada INTEGRACION DE SERVICIOS Y PROYECTOS ISP SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica Tres - Ciento Uno - Setecientos Sesenta y Seis Mil, aporta e-mail intesforestal@gmail.com para sus futuras notificaciones. Guápiles, treinta de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Eduardo Rivera Picado. Móvil 83141516.—1 vez.—( IN202601068414 ).

La sociedad LAITO A.S.M SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-536026, con domicilio en Palmares, Alajuela, quinientos metros oeste y cien metros sur del Banco Popular, casa de rejas negras, hace saber que, de conformidad con la Ley N° 10.597 y la Directriz DPJ-002-2025, ha registrado el siguiente correo electrónico para recibir notificaciones oficiales: rodriguezrosapilar@gmail.com. Teléfono 8319-1941.—1 vez.—( IN202601068416 ).

La sociedad FAYMI J M R C SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-378148, con domicilio en Palmares, Alajuela, cien metros norte del centro educativo San Agustín, hace saber que, de conformidad con la Ley Nº 10.597 y la Directriz DPJ- 002-2025, ha registrado el siguiente correo electrónico para recibir notificaciones oficiales: frodriguez7662@icloud.com   Teléfono 8319-1941.—Ana Ruth Palma Céspedes, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068417 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 196, visible al folio 157 vuelto, del tomo dos, a las diez horas del 27 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Edgar Morales Jara, en su condición de Presidente de la Sociedad con razón social DON YUTO S. A., cédula jurídica N° 3-101-038494, para incorporar correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—San Ramón, a las 7:00 horas 28 de abril de 2026.—Lic. Heriberto Soto Pineda, Notario Público, carné 26805.—1 vez.—( IN202601068418 ).

Ante esta notaria, mediante escritura pública ochenta y tres, visible al folio cincuenta y cuatro frente y vuelto del tomo uno, a las ocho horas dieciocho minutos de dos de mayo dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Manuel Enrique Monge Sojo, cedula identidad uno cero trescientos cuarenta y cuatro cero doscientos noventa y seis, representante legal y secretario de Corporación Monge Sojo de San José S. A., cédula jurídica tres-ciento uno cuatrocientos quince mil quinientos treinta y cinco, para incorporar correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley diez mil quinientos noventa y siete..—Ciudad San José, a las nueve horas veinticinco minutos del cinco de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Manuel Alberto Vargas Umanzor, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068420 ).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del día de hoy, en esta Notaría, se reformo la cláusula de la Administración y se incluyó el correo electrónico ambrosiaestetica@gmail.com como correo para notificaciones en la sociedad domiciliada en San José, GRUPO AMBROSIA S. A., con cédula jurídica número tres- ciento uno- siete cuatro nueve dos ocho uno. Cinco de mayo de dos mil veintiséis. Percy Chamberlain Bolaños Notario Público.—1 vez.—( IN202601068422 ).

Por escritura otorgada a las doce horas del día de hoy, en esta Notaría, se incluyó el correo electrónico percychamberlain@gmail.com como correo para notificaciones en la sociedad domiciliadas en San José, ROJAL SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres- ciento uno- cero treinta y nueve mil doscientos diecisiete, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Percy Chamberlain Bolaños Notario Público.—1 vez.—( IN202601068423 ).

Ante esta notaría mediante escritura número sesenta y uno, de las nueve horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico a las sociedades denominadas KUNG TSE INSTITUTO ORIENTAL, S. A., GYOZA KD, S. A., MAIK INTERNACIONAL, S. A., BOBABOCA INC, S. R. L. y KUO PARRA COMUNICACIONES, S. R. L. mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cinco de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—( IN202601068424 ).

Ante esta notaría mediante escritura número sesenta y dos, de las diez horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico a la sociedad denominadas MARK INTERNACIONAL, LIMITADA mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—( IN202601068425 ).

Se notifica que la entidad AGRÍCOLA BALALAICA SA, cédula jurídica 3101144807 consignó que su correo electrónico es: vilauri@hotmail.com. No requiere fecha determinada de publicación. San José.—05 de mayo de 2026.—Lic. Edgar Montero Mejía.—1 vez.—( IN202601068427 ).

Se notifica que la entidad SIE ALMA SISMICA INGENIERIA S A, cédula jurídica 3101170708 consignó que su correo electrónico es: vjrivas@sismicaingenieria.com 1 vez. No requiere fecha determinada de publicación. LIC. EDGAR MONTERO MEJIA. San José, 05 de Mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068428 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número QUINCE, visible al folio, del tomo CATORCE, a las quince horas treinta minutos, del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea General de Socios de CARAMONES DEL CARIBE, S. A., cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- quinientos sesenta y tres mil ciento veinte, mediante la cual se acuerda sustituir parte de la Junta Directiva, modificar las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo, se establece un nuevo domicilio social y se aporta correo electrónico para cumplir con la Ley diez mil quinientos noventa y siete. Publíquese una vez. San José, a las quince treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Ricardo Ugarte Mora. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068430 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos ocho, visible al folio ciento sesenta y cinco frente del tomo diecinueve, a las diez horas del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de las sociedades: i) INVERSIONES MONTILLA MEM LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- cuatrocientos treinta y siete mil cuatrocientos cincuenta y tres; y ii) TRANSPORTES GUARDIA LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- ciento noventa y cinco mil ochocientos cincuenta y ocho; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las once horas del día cinco de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Róger Morales Calderón. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068431 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos nueve, visible al folio ciento sesenta y cinco vuelto del tomo diecinueve, a las diez horas treinta minutos del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad RIYAMA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ciento veintiún mil quinientos veinticinco; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las once horas cinco minutos del día cinco de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Róger Morales Calderón. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068432 ).

La suscrita CATHERINE VANESSA MORA CHAVARRIA, CARNE 19189, HAGO CONSTAR QUE ANTE MI NOTARIA SE ENCUENTRA TRAMITANDO el cambio de junta directiva de la empresa CASA BEJA DE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA NUMERO TRES - CIENTO UNO - QUINIENTOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS y la reposición de libros de la empresa QUIJOTE BA SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO por lo que solicito se publique el edicto de ley respectivo por única vez. ES TODO, SAN JOSE 5 DE MAYO 2026.—LIC. CATHERINE MORA CHAVARRIA.—1 vez.—( IN202601068435 ).

Mediante Escritura número 12 del tomo 37 de esta notaría, la sociedad L Y K AGUILAR INTERNACIONAL S.A con cédula jurídica 3-101-882832 solicita la inclusión del correo electrónico hidraulicaaguilar@hotmail.com . Es todo, cinco de marzo del dos mil veintiséis. Publíquese 1 vez, Lic. Edmundo Arias Rosales, carne 6063.—1 vez.—( IN202601068441 ).

Por Escritura Número ciento ochenta y ocho otorgada ante la Notaria Pública Norma Sheyla Sotela Leiva de las ocho horas del dos de mayo del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte del Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada BASE FASCINA P&F SOCIDAD ANONIMA cedula jurídica tres — ciento uno — cinco uno seis nueve dos cero para incorporar un correo electrónico conforme a la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas. San José, veintiocho de enero del 2026. Licda. Norma Sheyla Sotela Leiva Pública, Notario.—1 vez.—( IN202601068449 ).

Se hace saber: de conformidad con lo dispuesto por la Dirección Registro de Personas Jurídicas DPJ-002-2025 del 23 de mayo 2025, mediante, Acta número uno del año dos mil veintiséis, de la Sociedad: Montenegro del Guayabo Sociedad Anónima, cedula jurídica: 3- 101- 629208, por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en el domicilio social, a las 07: 00 am, del viernes 17 de abril del dos mil veintiséis, que consta en el Libro de Asambleas de Accionistas, que en lo conducente, lo omitido no altera lo transcrito, se reforma al pacto Social, con el único acuerdo, siguiente: - 1. En el Domicilio social: se acordó agregar y designar como medio oficial de notificaciones electrónicas el correo electrónico: alexmontero0897@gmail.com. Se indica a las personas acreedoras y en general a quienes tengan interés legítimo en esta Asamblea que deberán asentarse a gestionar en el plazo de quince días contado a partir de la publicación de este edicto. Hora y Fecha: ocho horas con treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis. Notaria del Lic. Manuel Francisco Porras Badilla, carne 26909, Puntarenas, Chacarita, teléfono 8416-8845.—1 vez.—( IN202601068450 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y cuatro, visible al folio cincuenta y seis vuelto, del tomo nueve, a las dieciséis horas veinte minutos del doce de marzo del dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de SERRANO Y ALVARADO SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-treinta y tres mil ochocientos cincuenta y cinco mediante la cual se acordó reformar la cláusula tercera, cláusula cuarta y cláusula quinta. Asimismo, se acordó incorporar un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las ocho horas del día seis de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Marcela Rodríguez Chaves, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068453 ).

Ante esta notaría, por escritura número ciento noventa y tres, otorgada a las diez horas del primero de mayo del dos mil veintiséis, se procedió a registrar en la sociedad E.U Y A.U. SOCIEDAD ANÓNIMA el correo electrónico: augusto.solisr@gmail.com, a efectos de cumplir con la Directriz DPJ cero cero dos dos mil veinticinco. Se solicita la publicación por única vez.—San José, seis de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Luis Ángel Salazar Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068457 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 196, visible al folio 139 vuelto, del tomo 2, a las 10:00 horas del 23 de abril de 2026, compareció Jeffri Gómez Guevara, cédula 5-0314-0198, Gerente Cero Uno de CalicostaFun Limitada, cédula jurídica 3-102-931144, para solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inscripción del correo electrónico en la cual su representada recibirá las notificaciones administrativas y judiciales, conforme lo establece la Ley N° 10597.—Santa Cruz, a las 15 horas del 27 de abril de 2026.—Lic. José Alberto Padilla Baltodano, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068458 ).

Por escritura otorgada ante mi Notaria a las 9:30 horas del día 27 de abril del 2026, se señala correo electrónico de la sociedad DRESDEN DE HEREDIA SOCIEDAD ANONIMA, cédula 3-101-146946. Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González. Notario.—1 vez.—( IN202601068460 ).

En la Notaria de la NOTARIO PÚBLICO JORGE VILLALOBOS SALGADO, se apersono el señor JUAN FÉLIX GERARDO DEL SOCORRO MARTÍNEZ SEQUEIRA, portador de la cédula de identidad número cuatro – cero, uno, dos, siete – cero, nueve, tres, uno, en representación y como PRESIDENTE de la sociedad ARBONCE SOCIEDAD ANÓNINA, cédula de persona jurídica número tres – uno, cero, uno – cinco, cuatro, cero, siete , uno, cuatro, DECENARBORE SOCIEDAD ANÓNINA, cédula de persona jurídica número TRES – UNO, CERO, UNO – CINCO, CUATRO, CERO, TRES , CUATRO, NUEVE y INMOBILIARIA SENA M L SOCIEDAD ANÓNINA, cédula de persona jurídica número TRES – UNO, CERO, UNO – DOS, CERO, TRES, CUATRO , CERO, CUATRO, en donde se envía a inscribir el correo electrónico juanfe21@yahoo.com, para publicar una vez, no está sujeto a plazo. Escritura otorgada en la ciudad de San José a las seis horas del seis de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601068461 ).

Se comunica que ante esta Notaría por medio de escritura número treinta y ocho, del tomo uno, otorgada a las 10 horas del 4 de mayo del 2026, se ha presentado la solicitud por parte de la compañía l. SOLICORI SOCIEDAD ANONIMA S. A., cédula jurídica número 3-101-788144, para incorporar el siguiente correo electrónico en el domicilio social de la misma; mdlgamboaa@gmail.com -Todo lo anterior conforme a la ley número 10597. Se firma digitalmente en San José, cinco de mayo del año 2026. Licenciado Daniel De Jesús Chaves Cruz.—1 vez.—( IN202601068462 ).

Por escritura otorgada ante este Notario a las 15:00 horas del 27 de abril del 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea de Cuotistas de GANDHI CORP SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA mediante la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en cumplimiento con la ley número 10597. San José, 27 de abril del 2026. Marco Vinicio Castegnaro Montealegre. Notario.—1 vez.—( IN202601068464 ).

Por escritura otorgada a las quince horas del cuatro de mayo de dos mil veintiséis, ante esta Notaria, las sociedades MULTISERVICIOS RUBI S.A, cédula tres-ciento uno- setecientos noventa mil trescientos ochenta y AFMR S.A, cedula tres-ciento uno- setecientos noventa y tres mil quinientos veintisiete, han solicitado la incorporación de correo electrónico al asiento registral de las sociedades. Lo anterior a fin de cumplir con lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Heredia, 04 de mayo del 2026.—Lic. Carlos Alberto Espinoza Ramírez.—1 vez.—( IN202601068469 ).

Mediante escritura número 72-8 visible al folio 66 vuelto, del tomo 8, a las 9 horas 20 minutos del 4 de mayo del 2026, se protocolizó solicitud por parte de IFAMAR D.E.F. S. A., cédula jurídica número 3-101-437976, para incorporar correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley Nº 10597. San José, 5 de mayo del 2026.- Lic. Roberto Antonio Quirós Coronado, Notario.—1 vez.—( IN202601068471 ).

Por escritura número ciento noventa y cuatro - seis, otorgada ante la Notaria Pública Monserrat Andrea Segura Muñoz, a las quince horas del día veintitrés de abril de dos mil veintiséis, comparece el gerente cuatro de la sociedad TRES- CIENTO DOS- NOVECIENTOS CUATRO MIL CIENTO VEINTIUNO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para solicitar la incorporación de un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintisiete de abril de dos mil veintiséis. F) Licda. Monserrat Andrea Segura Muñoz.—1 vez.—( IN202601068474 ).

Por escritura número 65 – 26: otorgada ante los Notarios Públicos SERGIO AGUIAR MONTEALEGRE y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 16 horas 10 minutos del 24 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad SOCIETY CR REAL ESTATE, SRL, con cédula jurídica número 3-102-827291. San José, 27 de abril del 2026. Lic. Sergio Aguiar Montealegre.—1 vez.—( IN202601068475 ).

Ante esta notaria, mediante escritura 86-1, MARÍA ISABEL SOTO RODRÍGUEZ, cédula de identidad 5-0198-0615, apoderada generalísima sin límite de suma, quien podrá actuar de forma individual, incorpora un correo electrónico en la sociedad AP SERVICIOS TURÍSTICOS Y HOTELEROS DOS MIL OCCHO S & S SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-521919, conforme a la Ley 10597. San José, 24 de abril del 2026, Notario público Marco Zeledón Cervantes.—1 vez.—( IN202601068476 ).

Por escritura otorgada ante mi Notaria a las 15:20 horas del día 22 de abril del 2026, se reforma la cláusula sexta de la sociedad TRES- CIENTO DOS- NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CÉDULA 3-102-945642. Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González. Notario.—1 vez.—( IN202601068477 ).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas con treinta minutos, del día diecisiete de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad Tres-Ciento Dos-Setecientos Noventa y Seis Mil Ochocientos Cuarenta y Cuatro, S.R.L. con cédula de persona jurídica número tres-ciento-dos-setecientos noventa y seis mil ochocientos cuarenta y cuatro, en la cual se acordó reformar las cláusulas referentes al domicilio social y a la administración, y designar dirección electrónica oficial de la sociedad para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, diecisiete de abril de dos mil veintiséis. Licda. Nidia Zúñiga González, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068478 ).

Por Escritura 148-41, otorgada a las 900 del 15 de abril del 2026, se acuerda incluir correo para notificaciones de la sociedad CORPORACIÓN SUETICA CR LTDA cédula jurídica 3102865432. Ricardo Badilla Reyes Notario Público.—1 vez.—( IN202601068479 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:15 horas del 4 de mayo del 2026, AGROCULTORES RCR S. A. solicita incorporar correo electrónico. Luis Carlos Rojas Mora. Notario. San José, 6 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601068481 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:45 horas del 4 de mayo del 2026, INDUSTRIAS CARNEL S. A. solicita incorporar correo electrónico. Luis Carlos Rojas Mora. Notario. San José, 6 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601068482 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 4 de mayo del 2026, EL SAMURIO S. A. solicita incorporar correo electrónico. Luis Carlos Rojas Mora. Notario. San José, 6 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601068483 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:30 horas del 4 de mayo del 2026, AGROQUIMICA INDUSTRIAL RIMAC S. A. solicita incorporar correo electrónico. Luis Carlos Rojas Mora. Notario. San José, 6 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601068485 ).

Mediante la escritura pública número: 74 - Tomo 45, otorgada ante mi Notaría Pública, a las 10:00 horas del día 5 de mayo del 2026, se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, la inscripción del correo electrónico: adolfo.renemata@gmail.com como dirección electrónica oficial de la sociedad denominada: Terrachota, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: 3-101-420640. Ley 10597 y Directriz DPJ-002-2025 del Registro de Personas Jurídicas. Firmo en Ciudad Colón, cantón de Mora, a las 08:00 horas del día 6 de mayo del 2026. (Publicar una sola vez, sin plazo legal para su publicación).—Licenciado José Aurelio Aguilar Sandí, Notario Público, carné 6260.—1 vez.—( IN202601068486 ).

Mediante la Escritura Pública Número: 72 - Tomo 45, otorgada ante mi Notaría Pública, a las 12:00 horas del día 29 de abril del 2026, se protocoliza acta de reforma el Pacto Constitutivo de la sociedad denominada: ROTULOS SUPER COLOR, SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número: 3-101-159013. Se reforma Cláusula de la Integración de la Junta Directiva, Administración y la representación judicial y extrajudicial de esta Sociedad. Firmo en Ciudad Colón, Cantón de Mora, a las ocho horas diez minutos del día seis de mayo del dos mil veintiséis. (Publicar una sola vez, sin plazo legal para su publicación) Licenciado José Aurelio Aguilar Sandí. Notario Público, Carné 6260. Teléfono 88397519.—1 vez.—( IN202601068487 ).

Mediante escritura número 282-8 de las 13 horas del 24 de abril del 2026, otorgada ante la suscrita Notaria, la Apoderada FELICIA LIDIETTE MORALES BADILLA, cédula 5-0205-0429 de ALISS HERMANOS SA, cédula jurídica 3-101-608141 a solicitado al Registro Publico consignar el correo electrónico oficial de la sociedad. Es todo. Heredia, en la hora y fecha que se indica en la firma digital Licda. Jennie Morera Esquivel. Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601068490 ).

Por escritura pública número 172, otorgada en mi Notaría, a las 17:00 horas, del d abril del año 2026, la sociedad Silver Night S. A., incluyó el correo electrónico pizarroyasociados67@gmail.com”, como medio para recibir notificaciones.—Fernando Pizarro Abarca, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068491 ).

Por escritura pública número 171, otorgada en mi Notaría, a las 16:00 horas, del día 27 de abril del año 2026, la sociedad Autolavado J & L Limitada, incluyó el correo electrónico “ autolavado.jylcr@gmail.com “, como medio para recibir notificaciones. 1 vez. Lic. Fernando Pizarro Abarca. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068493 ).

Por escritura otorgada ante mí a las catorce horas del día veintisiete de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad ASESORES DE TÍTULOS CREDITICIOS S. A., con cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - ciento cincuenta mil ciento cuarenta y dos, en la cual se acordó reformar las cláusulas referentes al domicilio social y a la administración, y designar dirección electrónica oficial de la sociedad para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, veintisiete de abril de dos mil veintiséis. Lic. José Alberto Schroeder Leiva. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068494 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y uno, visible al folio treinta y nueve frente del tomo séptimo de protocolo, de las doce horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de C & S Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y ocho mil setecientos cuarenta y seis para incorporar un correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Alejandro Wyllins Soto Notario Público.—1 vez.—( IN202601068496 ).

Por escritura pública número 014-19, otorgada por la suscrita notaria a las 09:30 horas del día 25 de abril del año 2026, se Protocoliza Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de DISOLUCIÓN de la empresa cuya denominación social es TRES-CIENTO DOS-OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO DIECISEIS SOCIEDAD DE RESPONDABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica número 3-102-856116 con base en el inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio. Es todo. Notaria Pública: día 25 de abril del año 2026. Notaria Púbica. Yesenia Villalobos Leitón.—1 vez.—( IN202601068498 ).

Por escritura catorce - uno otorgada en esta Notaría el día cinco de julio del dos mil veinticuatro, protocolizo acuerdo de disolución de: PETTRUS K SOCIEDAD ANONIMA, con cedula jurídica tres tres - ciento uno – doscientos noventa y seis mil ochocientos sesenta y ocho. Cartago, cinco de julio del dos mil veinticuatro. Publíquese una vez. LIC. DENNIS BELISARIO SOLANO ULLOA. NOTARIO.—1 vez.—( IN202601068500 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 27 de abril de 2026, número 308 del tomo 6, se señala correo electrónico para que la sociedad GRUPO MAXITEC S. A. reciba notificaciones. Licda. Alejandra Arias Madrigal. Notaria.—1 vez.—( IN202601068501 ).

Por escritura pública número 170, otorgada en mi Notaría, a las 15:00 horas, del día 27 de abril del año 2026, la sociedad Promotel del Llano S. A., incluyó el correo electrónico “gabrieleagabiti1234@gmail.com”, como medio para recibir notificaciones. 1 vez. Lic. Fernando Pizarro Abarca. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068502 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuatro, visible al folio ciento cinco frente, del tomo quinto, a las diez horas, del veintiséis de abril de dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General de ASTURES PALEM GROUP S.R.L., mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social, celebración de asambleas del pacto constitutivo y se incorpora el correo electrónico, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, veintisiete de abril de dos mil veintiséis.—Nathalie Woodbridge Gómez, Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601068503 ).

En esta notaría, a las 13:30 horas del 20 de abril de 2026, en escritura número 267 del protocolo 3, se inscribe el correo “ bernalvarados@gmail.com “ para recibir notificaciones de la entidad ALSA FENIX INVESTMENTS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-915504, cumpliendo así con la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José 21 de abril de 2026.—Licda. Yamileth Barquero Araya.—1 vez.—( IN202601068504 ).

Ante esta notaría, por ciento treinta y nueve, se presentó solicitud de la sociedad: LAUWA GROUP LIMITADA, con cédula jurídica número tres- ciento dos- siete seis tres siete nueve cero, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, doce horas y treinta minutos del veintiséis de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario Público. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068505 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cuarenta y dos, visible al folio veinticinco vuelto, del tomo uno, a las diecisiete horas, del día veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Idania Andrea Núñez Mayorga, en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad AGROLAND COSTA RICA ACR S.A., con la cédula de persona jurídica número: 3-101-478410, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Heredia, a las diecisiete horas del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis.—Licda. María Celeste Vílchez Ocampo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068506 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cuarenta y siete, visible al folio veintiocho vuelto, del tomo uno, a las diecisiete horas, del día cinco de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de WILLIAM EDGARDO CORTEZ VALDEZ, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad ANDREA Y JOSE DE JESUS S.A, con la cédula de persona jurídica número: 3-101-396002, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Heredia, a las diecisiete horas del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. María Celeste Vílchez Ocampo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068507 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cuarenta y uno, visible al folio veinticinco frente, del tomo uno, a las quince horas treinta minutos, del día veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de JULIO CESAR BONILLA PALMA, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad BOYCA SOCIEDAD DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número: TRES - CIENTO DOS – OCHOCIENTOS NOVENYA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Heredia, a las quince horas treinta minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis. Licda. María Celeste Vílchez Ocampo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068508 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento dos, visible al folio sesenta y cuatro frente, del tomo dos, a las trece horas, del día treinta de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Eduardo Mauricio Valerio Esquivel, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad VALERIO FITNESS GYM S.A., con la cédula de persona jurídica número: 3-101-635966, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Heredia, a las trece horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Luis Miguel Bonilla Salas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068509 ).

Que por escritura número 154-8, otorgada a las 16:00 horas del 21 de abril de 2026, la compañía denominada Tres- Ciento Uno- Quinientos Sesenta y un Mil Cuatrocientos Doce S.A., registra el correo electrónico info@stylosyflores.com como medio para atender notificaciones.—San José 27 de abril del 2026.—Lic. Carlos Roberto López León, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068512 ).

Ante esta notaría, por escritura ciento dieciséis, se presentó solicitud de la sociedad: Y J V Pacific Blue Corporation S. A. cédula jurídica tres- ciento uno- cinco cero seis cuatro ocho nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, diez horas del veintiséis de abril del año dos mil veintiséis. Lic. LUIS DIEGO QUESADA ARAYA. Notario Público. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068513 ).

Ante esta notaría, por escritura ciento siete, se presentó solicitud de la sociedad Tres-ciento dos-cuatro ocho siete cinco dos dos S.R.L., cédula jurídica tres- ciento dos- cuatro ocho siete cinco dos dos, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, diez horas y quince minutos del veintiséis de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario Público. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068515 ).

Ante esta notaría, por escritura ciento tres, se presentó solicitud de la sociedad Tres-ciento dos-cuatro ocho siete cinco uno siete S.R.L., cédula jurídica tres- ciento dos- cuatro ocho siete cinco uno siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, diez horas del veintiséis de abril del año dos mil veintiséis. Lic. LUIS DIEGO QUESADA ARAYA. Notario Público. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068517 ).

Ante esta notaría, por escritura ciento doce, se presentó solicitud de la sociedad Tres-Ciento Dos-Cuatro Ocho Siete Cinco Tres Uno S.R.L., cédula jurídica tres- ciento dos- cuatro ocho siete cinco tres uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, diez horas y cuarenta minutos del veintiséis de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario Público. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068519 ).

Ante esta notaría, por escritura ciento ocho, se presentó solicitud de la sociedad Tres-ciento Dos-Cuatro Ocho Siete Cinco Dos Tres S.R.L., cédula jurídica tres- ciento dos- cuatro ocho siete cinco dos tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, diez horas y veinte minutos del veintiséis de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario Público. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068521 ).

Ante esta notaría a las quince horas del veintisiete de abril del año dos mil veintiséis, mediante escritura número: trescientos noventa y cinco, visible al folio ciento cincuenta y cinco frente y vuelto, del tomo quince se presentó solicitud por parte de sociedad Corraba del Sur Limitada, cédula jurídica número tres–ciento dos–setecientos ochenta y seis mil setecientos catorce, con domicilio en Pérez Zeledón, San José se acordó lo siguiente: Primero: efectos de notificaciones administrativas, judiciales y de cualquier otra índole, se designa como correo electrónico oficial de la sociedad la dirección: borealstudio.admin@gmail.com. Para los efectos legales, se publica el presente.—Máster. Yadira Jiménez Olivares.—1 vez.—( IN202601068522 ).

Ante esta notaría, a las diez horas del diecinueve de marzo del año dos mil veintiséis, mediante escritura número: trescientos setenta visible al folio ciento cuarenta y seis frente, del tomo quince se presentó solicitud por parte de sociedad tres–ciento dos–ochocientos cincuenta y un mil cuatrocientos sesenta y dos Sociedad De Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres–ciento dos–ochocientos cincuenta y un mil cuatrocientos sesenta y dos, con domicilio en Pérez Zeledón, San José, se acordó lo siguiente: Primero: efectos de notificaciones administrativas, judiciales y de cualquier otra índole, se designa como correo electrónico oficial de la sociedad la dirección: segurospz@hotmail.com. Para los efectos legales, se publica el presente. Máster. Yadira Jiménez Olivares.—1 vez.—( IN202601068523 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 28 de abril del año 2026, se solicita la incorporación del correo electrónico parqueo767@gmail.com al asiento de inscripción de las compañías: Arcano Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-29265, Los Hermanos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-20186; y Barod Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-13730.—Curridabat, 28 de abril del 2026.—Álvaro Eduardo Villalobos García, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068525 ).

Por escritura número 237 otorgada ante la Notaria Pública, Ana Elena Castillo Chaves, de las 09:20 horas del 27/03/2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada INDUSTRIAL DE OLEAGINOSAS AMERICANAS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-058770, con domicilio social en San José, San José, La Uruca, de la Fábrica de Calzado Adoc, cien metros al este, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 13 de abril del 2026. Licda. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068526 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 101 visible al folio 101 vuelto del tomo 5, a las 13 horas del 24 de abril de 2026 se protocoliza el acta de Asamblea General de 3-102-665528 SRL, cédula jurídica 3-102-665528 mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social y de administración del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, 27 de abril de 2026. NATHALIE WOODBRIDGE GÓMEZ. NOTARIA PUBLICA.—1 vez.—( IN202601068529 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 108-3, visible al folio 75 vuelto del tomo 3 a las doce horas diez minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-623890 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-623890, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068531 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 145-3, visible al folio 104 vuelto del tomo 3 a las nueve horas quince minutos del veinte de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-694118 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-694118, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068532 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 109-3, visible al folio 76 frente del tomo 3 a las doce horas quince minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-708547 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-708547, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068533 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 130-3, visible al folio 92 frente del tomo 3 a las ocho horas del veinte de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-718263 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-718263, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068534 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 217-3, visible al folio 140 vuelto del tomo 3 a las nueve horas cincuenta minutos del cuatro de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-727766 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102- 727766, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068535 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 110-3, visible al folio 77 frente del tomo 3 a las doce horas veinte minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-775145 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-775145, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068536 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 172-3, visible al folio 121 vuelto del tomo 3 a las dieciséis horas con cuarenta y cinco minutos del veintisiete de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-787232 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-787232, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068537 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 112-3, visible al folio 78 vuelto del tomo 3 a las doce horas treinta minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-824593 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-824593, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068538 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 113-3, visible al folio 79 vuelto del tomo 3 a las doce horas treinta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-837880 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-837880, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete..—06 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694..—1 vez.—( IN202601068539 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 173-3, visible al folio 121 vuelto del tomo 3 a las dieciséis horas con cincuenta minutos del veintisiete de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-853052 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-853052, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—6 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694..—1 vez.—( IN202601068540 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS- CINCO, visible al folio ciento noventa y uno frente, del tomo CINCO, a las TRECE HORAS, del VEINTISIETE de ABRIL del dos mil veintiséis, Compareció el señor: Jinsheng (nombre) Feng (apellido), en calidad de GERENTE con facultades a apoderado generalísimo sin límite de suma de la GRUPO LA ESTRELLA DE LAUREL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número: TRES – CIENTO DOS- OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL SETENTA Y CINCO, mediante el cual incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Naranjo, Laurel, Corredores, Puntarenas, a las veinte horas del día veintisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Lic. Maynor Hugo Ugalde Almengor. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068541 ).

Por escritura número treinta y cinco, del tomo dos, otorgada ante la Notaria Pública, Adrianna Arias Alfaro, de las ocho horas cincuenta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad Inmobiliaria y Desarrolladora Ka Indeka Sociedad de Responsabilidad Limitada, domiciliada San José, San José, La Uruca, ciento cincuenta metros este del Hotel San José Palacios, Condominio Azenza Towers, Apartamento siete -cero tres, con cédula de persona jurídica tres -ciento dos- ochocientos noventa y tres mil cuatrocientos veintiocho, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Alajuela, veintisiete de abril de dos mil veintiséis.—Lic. Adrianna Arias Alfaro.—1 vez.—( IN202601068544 ).

En mi notaría, por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana a las 07 hrs. del 24 de abril del 2026, protocolice acta de Marliza Sociedad Anónima. Se nombra apoderado y se solicita la incorporación de correo electrónico en Pacto Constitutivo.—Santa Ana, 25 de abril del 2026.—Juan Miguel Villegas Arce, Notario.—1 vez.—( IN202601068547 ).

Por escritura número ciento doce-diez otorgada ante esta notaría, al ser las nueve horas del dieciseis de abril del año dos mil veintiseis, se agrega el correo electrónico de las sociedades denominadas “ CORPORACION HERNANDEZ ARIAS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres–ciento uno–ciento treinta mil seiscientos setenta y seis y OSVILI SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres–ciento uno–diecisietemil ochocientos veintiocho. San José, 16 de abril del 2026. Licda. Jenny Villalobos Coto.—1 vez.—( IN202601068549 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 33 visible al folio 29 vuelto del tomo 25, a las 16 horas del 24 de abril de 2026 se protocoliza el acta de Asamblea General de VENDEL GROUP S. A. cédula jurídica 3-101-587136 mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social y de administración del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, 24 de abril de 2026. IGNACIO MIGUEL BEIRUTE GAMBOA. NOTARIO PUBLICO.—1 vez.—( IN202601068553 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 115-3, visible al folio 81 frente del tomo 3 a las doce horas cuarenta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-865455 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-865455, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068554 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 116-3, visible al folio 82 frente del tomo 3 a las doce horas cincuenta minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-876788 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-876788, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—6 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601068555 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 120-3, visible al folio 85 frente del tomo 3 a las trece horas diez minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “CASA NYA SENDEROS LLC LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102- 800496, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068556 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 206-3, visible al folio 135 vuelto del tomo 3 a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del cuatro de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “ENAMORADO OTRA VEZ S. A.”, cédula de persona jurídica número 3-101-381125, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068557 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 122-3, visible al folio 86 vuelto del tomo 3 a las trece horas veinte minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “LA LIBRERIA DE LAS OLAS LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102- 740727, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068558 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 123-3, visible al folio 87 vuelto del tomo 3 a las trece horas veinticinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “LUCKY FIVE PROPERTIES LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102- 860012, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068559 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 90-3, visible al folio 61 frente del tomo 3 a las diez horas cuarenta minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “MCLSTEEL LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-707873, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068560 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 124-3, visible al folio 88 vuelto del tomo 3 a las trece horas treinta minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “NOLA DE TAMARINDO S. A.”, cédula de persona jurídica número 3-101-272700, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—06 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694..—1 vez.—( IN202601068561 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 95-3, visible al folio 65 frente del tomo 3 a las once horas cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “PIC LIFESTYLE LLC LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-808282, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068562 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 96-3, visible al folio 66 frente del tomo 3 a las once horas diez minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “PLAYA AES II S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-921900, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—06 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601068563 ).

Por escritura pública número ciento dieciocho - cuatro, otorgada ante mí, al ser las quince horas del día veintisiete de abril del dos mil veintiséis, se protocoliza acuerdos de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la compañía CS CONSTRUCCIÓN SOSTENIBLE DE CENTROAMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA, titular de la cédula de persona jurídica número: tres - ciento uno - seiscientos cuarenta y un mil doscientos uno, mediante la cual se revocan nombramientos y se otorga poder generalísimo sin límite de suma. Cartago. Veintisiete de abril del dos mil veintiséis. Lic. Eithel Mauricio Campos Rojas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068566 ).

Por escritura número NOVENTA Y UNO otorgada ante el Notario Público MARIO ENRIQUE NAVARRO CASTILLO de las nueve horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se protocolizó la Asamblea de Accionistas de la sociedad denominada LOGÍSTICA ELECTROMECÁNICA LESA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-384671, en la cual se reforma la cláusula SEGUNDA referente al domicilio de la Sociedad, incorporando un correo electrónico para notificaciones, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, seis de mayo del dos mil veintiséis. Lic. MARIO ENRIQUE NAVARRO CASTILLO, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068574 ).

Por escritura número 104-5, otorgada ante los Notarios Públicos Karina Arce Quesada y Mariana Isabel Loranca Moya, actuando en el protocolo del primero, a las 11 horas del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de correo de notificaciones al pacto constitutivo de la sociedad L & J DB RENTALS IN CR, SRL, con cédula jurídica número 3-102-823241.—San José, 28 de abril del 2026.—Licda. Karina Arce Quesada.—1 vez.—( IN202601068576 ).

Ante mí, Georgia Lorena Montt Villacura, Notario Público con oficina en San José, av. 6, calles 26 y 28, CCI, torre A, cuarto piso, compareció representante de SERVICIOS Y SUMINISTROS VALERO & VELASQUEZ LIMITADA ., para solicitar inclusión de correo electrónico. (1vez). San José, veintiocho de abril del año dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601068578 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 97-3, visible al folio 66 vuelto del tomo 3 a las once horas quince minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “PLAYA AVELLANAS ENDLESS SUMMER S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-884561, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—06 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601068579 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 98-3, visible al folio 67 vuelto del tomo 3 a las once horas veinte minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “POIPU ROYAL THIRTY SIX LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102- 745903, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068580 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 101-3, visible al folio 70 frente del tomo 3 a las once horas treinta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “R L BLANKENSHIP C R INVESTMENTS LIMTADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-812440, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068581 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 161-3, visible al folio 116 frente del tomo 3 a las diez horas treinta y cinco minutos del veinte de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “SHARKYS TAMARINDO S. A. cédula de persona jurídica número 3-101- 693119, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—06 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601068582 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 222-3, visible al folio 142 vuelto del tomo 3 a las diez horas veinte minutos del cuatro de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “SPIAGGIA MASSIMILIANNO S. A.”, cédula de persona jurídica número 3-101-363636, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068583 ).

Por Escritura 15 del Tomo 09, de las 12 horas del día 27 del mes de abril del año 2026, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad INTERCAMBIOS DE CASAS RESIDENCIALES BERNIS SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica 3-101-396706, se nombra el cargo de: Fiscal Asimismo se reformó la cláusula CUARTA del Pacto Constitutivo, y con el fin de cumplir con la “Ley para Establecer el Correo Electrónico como medio de Notificación para las Sociedades Mercantiles” Ley Nº10597, se hace inclusión de correo electrónico para dicha sociedad. Licda Priscila Badilla Chaves. Notaria Pública. San José, 27 de Abril del año 2026.—1 vez.—( IN202601068584 ).

Ante esta notaría, por ciento cuarenta, se presentó solicitud de la sociedad: PETRICHOR PROPERTIES PAVONES SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- ocho siete siete siete cinco cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, doce horas y cuarenta minutos del veintiséis de abril del año dos mil veintiséis. Lic. LUIS DIEGO QUESADA ARAYA. Notario Público. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068585 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 15:00 del 17/04/2026, protocolice acta de la empresa “DISTRIBUIDORA COMERCIAL JONISA, S. A.”, mediante la cual se incluye al pacto constitutivo correo electrónico para recibir notificaciones judiciales y administrativas. Guido Soto Quesada. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068586 ).

Mediante escritura pública número ciento doscientos veintiuno- treinta y treinta de las diez horas del veintisiete de abril del año dos mil veintiseis, otorgada en Nicoya, Guanacaste, ante el Notario Público EUSEBIO AGÜERO ARAYA, se incluye correo electrónico oficial para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales de la sociedad Continental Wind Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cuartrocientos veinticinco mil quinientos ochenta y uno. Nicoya, veintisiete de abril del año dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601068588 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cinco, visible al folio ciento seis frente, del tomo quinto, a las once horas, del veintiséis de abril de dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General de SYNERGIE PACIFIC LTDA, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social, celebración de asambleas del pacto constitutivo y se incorpora el correo electrónico, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, veintisiete de abril de dos mil veintiséis.—Nathalie Woodbridge Gómez, Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601068559 ).

Por escritura número cuarenta y ocho otorgada el día cinco de mayo del año dos mil veintiséis, ante esta notaría, se acordó modificar la cláusula del DOMICILIO indicando una dirección electrónica de la sociedad ANGIRU AR & CA DE CR SRL, con cédula jurídica tres-ciento dos- ochocientos setenta mil setecientos noventa y tres. Quien se sienta afectado, podrá hacer valer sus derechos ante esta Notaría. Se autoriza al Licenciado Allan Gabriel Díaz Ortiz, para publicar el edicto. Publíquese una sola vez. San José, cinco de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. ALLAN GABRIEL DÍAZ ORTIZ.—1 vez.—( IN202601068590 ).

Por escritura número cincuenta, otorgada el día cinco de mayo del año dos mil veintiséis, ante esta notaría, se acordó modificar las cláusulas del Domicilio indicando unas direcciones electrónicas de las sociedades: INMATECA SA, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y siete mil ciento noventa y cinco, INMER S.A, con cédula jurídica número tres-ciento uno- ochocientos sesenta y nueve mil setecientos tres, COMERCIALIZADORA MERINO S.A, con cédula jurídica número tres-ciento uno- doscientos cincuenta y dos mil ciento noventa y siete, INVERSIONES MERINO & RODRÍGUEZ SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y dos mil treinta y dos. Quien se sienta afectado, podrá hacer valer sus derechos ante esta Notaría. Se autoriza al Licenciado Allan Gabriel Díaz Ortiz, para publicar el edicto. Publíquese una sola vez.—San José, cinco de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Allan Gabriel Díaz Ortiz.—1 vez.—( IN202601068591 ).

EDICTO: La suscrita Licda. LOLITA ARIAS SANCHEZ notaria pública hace del conocimiento público que mediante escritura 100 visible al folio 55F tomo 62 se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE DANIELA GONZALEZ ALVARADO de la sociedad AGRO EXPORTACIONES DON JOSE S. A. con cedula jurídica 3-101-7071180está en proceso de inscripción en el Registro Mercantil el correo electrónico agroexportacionesdonjose@gmail.com conforme a la ley 10597. Guatuso 4 de mayo 2026.—1 vez.—( IN202601068593 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 14:00 del 17/04/2026, protocolice acta de la empresa “INMOBILIARIA VALLE DE BERACA IVABE, S. A.”, mediante la cual se incluye al pacto constitutivo correo electrónico para recibir notificaciones judiciales y administrativas. Guido Soto Quesada. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068594 ).

Ante esta notaría, por ciento diecinueve, se presentó solicitud de la sociedad: PICKLOCKS ENTERPRISES LIMITADA, con cédula jurídica número tres- ciento dos- cuatro dos uno cuatro seis uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, doce horas y veinte minutos del veintiséis de abril del año dos mil veintiséis. Lic. LUIS DIEGO QUESADA ARAYA. Notario Público. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068595 ).

La suscrita Licda. LOLITA ARIAS SANCHEZ notaria pública hace del conocimiento público que mediante escritura 99 visible al folio 54V tomo 62 se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE ANA MARCELA GONZALEZ ALVARADO de la sociedad HORIZONTES Y VISTA DE COSTA RICA S. A. con cedula jurídica 3-101- 456810está en proceso de inscripción en el Registro Mercantil el correo electrónico horizontesyvistas@gmail.com conforme a la ley 10597. Guatuso 4 de mayo 2026.—1 vez.—( IN202601068596 ).

La suscrita Licda. LOLITA ARIAS SANCHEZ notaria pública hace del conocimiento público que mediante escritura 100 visible al folio 55F tomo 62 se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE DANIELA GONZALEZ ALVARADO de la sociedad PRODUCTOS DE MI TIERRA DON FELO S. A. con cedula jurídica 3-101-723952 está en proceso de inscripción en el Registro Mercantil el correo electrónico productosdemitierradonfelo@gmail.com conforme a la ley 10597. Guatuso 4 de mayo 2026.—1 vez.—( IN202601068597 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número Noventa y ocho, visible al folio ochenta y seis vuelto, del tomo Trece, a las Doce horas del Veintisiete de Abril del Dos Mil veintiséis se presentó solicitud por parte del representante legal VERÓNICA ARIAS PÉREZ, quien es mayor de edad, soltera, con cedula de identidad número Uno mil quinientos doce cero doscientos diecisiete, estudiante. Vecina de San José Escazú de la guardia rural San Antonio Doscientos Norte Cien metros oeste y Cien metros Norte, quien actúa en condición de Gerente y le corresponde la representación Judicial y extrajudicial de la Sociedad, con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma, de acuerdo al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil de las siguiente sociedad denominada: a) ALQUILO EQUIPO ING SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA cédula Jurídica número TRES CIENTO DOS OCHO NUEVE OCHO CUATRO DOS UNO , domicilio social PROVINCIA CERO UNO SAN JOSE, CANTON CERO DOS ESCAZU, DISTRITO SAN ANTONIO, BARRIO LA PAJARERA DEL SUPER CAZU DOSCIENTOS METROS AL OESTE TRESCIENTOS METROS SUR FRENTE A CONDOMINIO ESCAZU URBANO, MURO COLONIAL COLOR BEIGE , para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad toparfactura.@gmail.com conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San Jose Canton Escazu San Antonio Urbanización La Avellana casa número cinco. Licda. Lucrecia Campos D. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068600 ).

Ante esta notaría, por escritura ochenta y nueve, se presentó solicitud de la sociedad: STEMANITA INC LIMITADA, con cédula jurídica número tres- ciento dos- setecientos catorce mil novecientos setenta y seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, doce horas y diez minutos del veintiséis de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario Público. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068601 ).

Ante esta notaría el día de hoy, mediante escritura número 48, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad ORTODONCIA SEIS E C R S.A. cédula jurídica número 3-101- 736053, para incorporar un correo electrónico en el asiento registral de la citada sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, 05 de mayo del 2026. Notario Público Alvaro Castillo Castro.—1 vez.—( IN202601068602 ).

Por escritura número treinta y tres, del tomo dos, otorgada ante la Notaria Pública, Adrianna Arias Alfaro, de las ocho horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad Tres ciento uno seiscientos setenta y cinco mil quinientos treinta y uno Sociedad Anónima, domiciliada San José, San José, San José, La Uruca, de Repretel canal seis seiscientos metros al sur y setenta y cinco metros al oeste, con cédula de persona jurídica tres- ciento uno- seiscientos setenta y cinco mil quinientos treinta y uno, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Alajuela, veintisiete de abril de dos mil veintiséis. Lic. Adrianna Arias Alfaro.—1 vez.—( IN202601068603 ).

Por escritura número 39, la suscrita Notaria, a las 08:00 hrs. del 06 de mayo del 2026, protocoliza acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de socios de “DESARROLLOS E INVERSIONES CAÑÓN DE LA SOLEDAD S. A.” en la que se reforma las cláusulas segunda y sexta del estatuto social, se nombra presidente, secretario y tesorero de la Junta Directiva y fiscal, se elimina Agente Residente y se solicita al Registro Nacional la inscripción de su correo electrónico. Publíquese 1 vez y no sujeto a plazo legal.—San Antonio de Belén, 06 de mayo del 2026.—Licda. María Gabriela Rojas Ulloa.—1 vez.—( IN202601068604 ).

Que por escritura número 152-8, otorgada a las 14:00 horas del 16 de abril de 2026, la compañía denominada IT ICO LIMITADA, registra el correo electrónico info@itico.com como medio para atender notificaciones. San José 24 de abril del 2026.- Lic. Carlos Roberto López León. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068605 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 127-3, visible al folio 90 vuelto del tomo 3 a las trece horas cuarenta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “SURFSIDE VILLAS PG LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-775254, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—06 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601068607 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 104-3, visible al folio 72 frente del tomo 3 a las once horas cincuenta minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “TG PROPERTIES S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-712065, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068608 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 92-3, visible al folio 63 frente del tomo 3 a las diez horas cincuenta minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “THE CHICAGO CLUB BURGMAN FAMILY LLC LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-804691, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068609 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 93-3, visible al folio 63 vuelto del tomo 3 a las diez horas cincuenta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “ULTRALATE DROP LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-755931, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068610 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 105-3, visible al folio 73 frente del tomo 3 a las once horas cincuenta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “VELAS AMARELIAS LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-561120, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068611 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 106-3, visible al folio 74 frente del tomo 3 a las doce horas del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “VILLA CONCHA TAMARINDO VCT LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-561120, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068612 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 107-3, visible al folio 74 vuelto del tomo 3 a las doce horas cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “VILLA GADEZ V G S.A.”, cédula de persona jurídica número 3-101- 297521, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601068613 ).

Por escritura número 38, otorgada ante la suscrita Notaria, a las 13:00 hrs. del 4 de mayo del 2026, el Secretario de la Junta Directiva de “DOBLE W INVESTMENTS SOCIEDAD ANÓNIMA” solicita al Registro Nacional la inscripción de su correo electrónico. Publíquese 1 vez y no sujeto a plazo legal. San Antonio de Belén, 6 de mayo del 2026. Licda. María Gabriela Rojas Ulloa.—1 vez.—( IN2026601068614 ).

Mediante escritura otorgada en mi Notaría, a las dieciséis horas del cinco de mayo del año dos mil veintiséis, se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número 10.597 en la siguientes sociedades: I. ARELYS CAR LIMITADA, 3-102-413015. San José, rafablara@gmail.com, II. SERVICIOS DE FUNTANERIA J Y PEQUE S.A, 3-101- 434116, San José, pzuñiga.zuca@gmail.com. III. INGENIERIA DE CAPITALES INDECAP S.A., San José,. IV. INVERSIONES KM GROUP S.A., 3-101- 292022, San José, kildareh@hotmail.com. V. 3-101-621808 S.A. San José, kildareh@hotmail.com, VI. 3-101-621809 S.A. San José, kildareh@hotmail.com, VII. 3-102-893373 LIMITADA,.analoresca@yahoo.com, a la hora y la fecha que se indica en mi firma digital puesta en este documento. Publicación de 1 vez. LIC DIEGO VARGAS GOULD. NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601068617 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 12:00 horas del 4 de mayo del 2026, se consignó correo electrónico de la empresa WATER WINDS DEVELOPMENTS S.A. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. PUBLÍQUESE POR UNA ÚNICA VEZ. NOTARIO: ORLANDO HIDALGO GALLEGOS.—1 vez.—( IN202601068620 ).

Ante esta notaría, por escritura ciento seis, se presentó solicitud de la sociedad Tres-ciento dos-cuatro ocho siete cinco dos uno S.R.L., cédula jurídica tres- ciento dos- cuatro ocho siete cinco dos uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, diez horas y diez minutos del veintiséis de abril del año dos mil veintiséis. Lic. LUIS DIEGO QUESADA ARAYA. Notario Público. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068623 ).

Ante esta notaría, a las 16 horas de hoy , se constituyó CEDULA DE PERSONA JURIDICA QUE LE ASIGNE EL REGISTRO , S. R. LTDA . ´.- DOMICILIO : San José, Montes de Oca, San Pedro, PLAZO SOCIAL : 100 años.- CAPITAL SOCIAL : íntegramente suscrito y pagado.- Gerente UNO y Gerente DOS, Apoderados Generalísimos sin limitación de suma ACTUANDO CONJUNTA o INDIVIDUALMENTE .- San José ,04 de Mayo del año 2026 .- LUIS ENRIQUE GUTIERREZ RODRIGUEZ, Notario.—1 vez.—( IN202601068624 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 249, visible del folio 91 vuelto al folio 92 frente, del tomo 2, otorgada a las trece horas del día veintitrés del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad MUEBLERIA Y COLCHONERIA SANDOVAL SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número Tres- Ciento Uno- Ochenta y Seis Mil Trescientos Treinta y Dos , para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago, a las trece horas treinta minutos del día veintitrés del mes de abril del año dos mil veintiséis. Licda. KATHERINE MELANIA OBANDO VALERIN. Notaria Pública, Notario.—1 vez.—( IN202601068625 ).

Mediante Escritura pública número 265-8, otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 05 de mayo del 2026, la sociedad RANCHO JERUSALEM SA, cédula jurídica número 3-101-48202, solicita la modificación del pacto constitutivo por inclusión del correo electrónico para notificaciones. Heredia, 5 de mayo del 2026. Lic. Mauricio Bolaños Delgado. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068626 ).

Mediante Escritura pública número 264-8, otorgada ante esta notaría a las 11 horas del 05 de mayo del 2026, la sociedad CUARENTA Y CINCO QUINCE DE SAN JOSÉ S.A, cédula jurídica número 3-101-465861, solicita la modificación del pacto constitutivo por inclusión del correo electrónico para notificaciones. Heredia, 5 de mayo del 2026. Lic. Mauricio Bolaños Delgado. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068627 ).

Mediante Escritura pública número 263-8, otorgada ante esta notaría a las 10 horas del 05 de mayo del 2026, la sociedad CORPORACION DE SERVICIOS LA SIRENA S.A, cédula jurídica número 3-101-464952, solicita la modificación del pacto constitutivo por inclusión del correo electrónico para notificaciones. Heredia, 5 de mayo del 2026. Lic. Mauricio Bolaños Delgado. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068628 ).

Hoy día he protocolizado acta de la Sociedad de esta plaza cuya razón social es FLORA Y FAUNA POWERHOUSE S.R.L., con cédula jurídica número 3-102-827870 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: roberto@symbiotico.org ; NOTARIO PÚBLICO: Jorge Arturo Guardia Víquez. Ciudad de Alajuela, catorce horas del 22 de abril, 2026.—1 vez.—( IN202601068629 ).

El día diez de marzo del corriente he protocolizado acta de la Sociedad cuya razón social es TRES-CIENTO UNO-SIETE TRES TRES SIETE NUEVE OCHO S.A., con cédula jurídica número 3-101-733798 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: gustavo.jop@jopco.net ; NOTARIO PÚBLICO: Jorge Arturo Guardia Víquez. Ciudad de Alajuela, ocho horas del once de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601068630 ).

Hoy día, he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es AGROINDUSTRIAL LAS MELLIZAS S.A., con cédula jurídica número 3-101-053336 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: contador@haciendalaamistad.com.—ocho horas del 17 de marzo, Ciudad de Alajuela, 2026.—Jorge Arturo Guardia Víquez, Notario Público 1 vez.—( IN202601068631 ).

Hoy día he protocolizado acta de la Sociedad de esta plaza cuya razón social es MONTERO Y BATALLA S.A., con cédula jurídica número 3-101-048623 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: conta@montezelba.com ; NOTARIO PÚBLICO: Jorge Arturo Guardia Víquez. Ciudad de Alajuela, catorce horas del 22 de abril, 2026.—1 vez.—( IN202601068633 ).

Hoy día he protocolizado acta de la Sociedad de esta plaza cuya razón social es TERRAZU MARAÑON DIEZ S.A., con cédula jurídica número 3-101-399166 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: conta@montezelba.com ; NOTARIO PÚBLICO: Jorge Arturo Guardia Víquez. Ciudad de Alajuela, trece horas del 25 de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601068637 ).

Ante la suscrita Notaria se protocolizo acta número dos de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INVERSIONES DE ALTURA A & C S. A., cédula jurídica 3-101-641701 mediante la cual se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio social y se solicita la inclusión de correo electrónico para notificaciones. Alajuela, 28 de abril de 2026. Licda. Marta Benavides Hernández, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068639 ).

Hoy día, he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es VIVA ONCE ELMA S.A., con cédula jurídica número 3-101-535580 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: marimon96@gmail.com.—Ciudad de Alajuela, catorce horas del 22 de abril, 2026.—Jorge Arturo Guardia Víquez, Notario Público 1 vez.—( IN202601068642 ).

ANTE ESTA NOTARIA SE INCLUYÓ CORREO ELECTRÓNICO DE : SITNOVA SECURITY SA HEREDIA 04 DE MAYO DEL AÑO 2026.LIC. PATRICIA BENAVIDES CHAVERRI.—1 vez.—( IN202601068643 ).

Hoy día, he protocolizado acta de la Sociedad de esta plaza cuya razón social es KANAPE LIMITADA., con cédula jurídica número 3-102-581051 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: belle.batalla50@gmail.com.—Ciudad de Alajuela, trece horas del 20 de marzo, 2026.—Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068645 ).

Hoy día he protocolizado acta de la Sociedad de esta plaza cuya razón social es PASTELERIA FINA DE PARIS LIMITADA., con cédula jurídica número 3-102-760924 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: patisseriedamourcr@gmail.com ; NOTARIO PÚBLICO: Maximiliano Vargas Hidalgo. Ciudad de Alajuela, ocho horas del 23 de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601068647 ).

Hoy día, he protocolizado acta de la Sociedad de esta plaza cuya razón social es SIV CONSTRUCTORA MBU SOCIEDAD ANÓNIMA., con cédula jurídica número tres – ciento uno – siete cero nueve cero seis cero en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: modesto@te.cr.—Ciudad de Alajuela, doce horas del 27 de abril, 2026.—Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068649 ).

Ante esta notaría, la sociedad denominada con su mismo número de cédula jurídica 3 102 499750, hace constar que el correo electrónico indicado ante El Registro Público para notificaciones es: aserruscr@ gmail.com Publicación una vez.—San José, cinco de mayo 2025.—Lic. Jenny Priscilla Álvarez Miranda.—1 vez.—( IN202601068650 ).

Ante esta notaría la sociedad Seruss del Roble Sociedad de Responsabilidad Limitada con cédula jurídica: 3-102-499750, hace constar que el correo electrónico indicado ante El Registro Público para notificaciones es: aserruscr@gmail.com Publicación una vez. Lic. Jenny Priscilla Álvarez Miranda. San José, cinco de mayo 2025.—1 vez.—( IN202601068651 ).

Hoy día he protocolizado acta de la Sociedad de esta plaza cuya razón social es TRES CIENTO DOS NUEVE CUATRO SEIS TRES NUEVE CUATRO S.R.L., con cédula jurídica número tres – ciento dos – nueve cuatro seis tres nueve cuatro, en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: dayana@te.cr ;NOTARIO PÚBLICO: Maximiliano Vargas Hidalgo. Ciudad de Alajuela, doce horas del 27 de abril, 2026.—1 vez.—( IN202601068653 ).

Por escritura número 139, se modifica la cláusula segunda del domicilio social de la compañía FINCA SAN ANTONIO CR FQL SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica 3-101-5628898. Presidente Alejandro Argûello Leiva.—Moravia, 5 de mayo del 2026.—Lic. Wilberth Herrera Delgado.—1 vez.—( IN202601068655 ).

Por escritura número 141, se modifica la cláusula segunda del domicilio social de la compañía ICOOPSI & PNL SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica 3-101-401343. Presidente Alejandro Argüello Leiva.—Moravia, 05 de Mayo del 2026.—Lic. Wilberth Herrera Delgado.—1 vez.—( IN202601068656 ).

Por escritura número 140, se modifica la cláusula segunda del domicilio social de la compañía INSTITUTO DE COOPERACION EN PSICOLOGIA & PNL SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica 3-101-358784. Presidente ALEJANDRO ARGÛELLO LEIVA. LIC. WILBERTH HERRERA DELGADO. Moravia, 5 de Mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601068657 ).

Por escritura número 143, se modifica la cláusula segunda del domicilio social de la compañía LOS TITIS DE MAMA SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica 3-101-641860. Presidente Alejandro Argûello Leiva.—Moravia, 5 de mayo del 2026.—Lic. Wilberth Herrera Delgado.—1 vez.—( IN202601068658 ).

Por escritura número 142, se modifica la cláusula segunda del domicilio social de la compañía PSICO-INGENIERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica 3-101-605795. Presidente Alejandro Argüello Leiva.—Moravia, 05 de mayo del 2026.—Lic. Wilberth Herrera Delgado.—1 vez.—( IN202601068659 ).

Por escritura otorgada ante mi Notaria a las 15:10 horas del día 22 de abril del 2026, se reforma la cláusula sexta de la sociedad TRES- CIENTO DOS- NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SEIS SOCIEDAD DE RESPINSABILIDAD LIMITADA, cédula 3-102-945886. Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González. Notario.—1 vez.—( IN202601068660 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 del 17/04/2026, protocolicé acta de la empresa “CABRERA E HIJOS, S. A.”, mediante la cual se incluye al pacto constitutivo correo electrónico para recibir notificaciones judiciales y administrativas.—Guido Soto Quesada, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068661 ).

Mediante escritura Pública Nº 2 otorgada ante la Notario Katia Acuña Remón, a las 10:00 horas del día 06 de Mayo del año 2026, la Sociedad AAVJ PATRIMONIAL SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número 3-101-768544, solicita la Inscripción del Correo Electrónico aron5690@hotmail.com.—Cartago, 06 de mayo del 2026.—Licenciada Katia Acuña Remón, carné 7642.—1 vez.—( IN202601068662 ).

Mediante Escritura Pública Nº Doscientos veintiséis otorgada ante la Notario Denoris Orozco Salazar, a las ocho horas treinta minutos del seis de Mayo del año dos mil veintiséis, la sociedad Transportes Orocot O.M., Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-401581, solicita la inscripción del correo Electrónico orocotcr@hotmail.com. Cartago, seis de Mayo del 2026. Licenciada Denoris Orozco Salazar, Carné 7225. Publicación.—1 vez.—( IN202601068663 ).

Mediante Escritura Pública Nº Doscientos veinticinco, otorgada ante la Notario Denoris Orozco Salazar, a las ocho horas del seis de mayo del año dos mil veintiséis, la sociedad S y V Servicios Integrales, Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-821139, solicita la inscripción del correo electrónico Ronald.asb@hotmail.com.—Cartago, seis de mayo del 2026.—Licenciada Denoris Orozco Salazar, Carné 7225.—1 vez.—( IN202601068664 ).

Hoy día he protocolizado acta de la Sociedad de esta plaza cuya razón social es SERVICIOS MULTIPLES VASQUEZ LIMITADA con cédula jurídica número tres–ciento dos–siete siete cero nueve dos cuatro, en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: transportesvasquezcr@gmail.com.—Ciudad de Alajuela, doce horas del 28 de abril de 2026.—Maximiliano Vargas Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068665 ).

Hoy día he protocolizado acta de la Sociedad de esta plaza cuya razón social es INVERSIONES FBG SESENTA Y TRES S.A., con cédula jurídica número 3-101-443246 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: floriabatalla@yahoo.com; NOTARIO PÚBLICO: Maximiliano Vargas Hidalgo. Ciudad de Alajuela, quince horas del 20 de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601068666 ).

Por escritura número diecisiete-dos, de las diez horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se protocolizó acta número seis Asamblea General Extraordinaria de cuotistas de la sociedad BRAXS GLOBAL CONSULTING SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos - ochocientos cuarenta y un mil cuatrocientos uno, celebrada en su domicilio social: San José, Escazú, San Rafael, Guachipelín, Edificio VMG, piso uno, celebrada a las diez horas del veintisiete de abril del dos mil veintiséis. se modifica el estatuto respecto a objeto.—Colón, 28 de abril del dos mil veintiséis.—Licda. Arleth Pamela Venegas Bermúdez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068667 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 55, visible al folio 36 F, del tomo tres, la Sociedad Responsabilidad Limitada 3-102-943665; cédula jurídica es 3-102-943665, procedió a realizar Asamblea de Socios en la cual se acordó Disolución de sociedad responsabilidad limitada descrita supra, se declaran firmes los acuerdos anteriores, los cuales han sido tomados por unanimidad de votos, con el quórum de ley y de conformidad con lo dispuesto en los estatutos.—Ciudad de San José, a las trece horas con diez minutos del día veintisiete de abril de dos mil veintiséis.—Licda. Katya Valle Tello, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068669 ).

Mediante escritura 181-1 de las 9:30 horas del 28 de abril de 2026, otorgada ante esta notaría, se acordó agregar medio de notificaciones electrónico a las sociedades: i) COMPAÑIA DE DESARROLLOS SUBSIDIARIOS CDS, SOCIEDAD ANONIMA, con cedula jurídica 3-101-229669, ii) NEW SEASON OF WINTER N.S.W., SOCIEDAD ANONIMA, con cedula jurídica número 3-101-493309, ii) LAGUNA PACIFICA CLUB DE PLAYA, SOCIEDAD ANONIMA con cedula jurídica número 3-101-210288, iv) ALTOS BAJAMAR, SOCIEDAD ANONIMA con cedula jurídica número 3-102-637387, v) OVER THE PACIFIC ROAD. COM LIMITADA, con cedula jurídica número 3-102- 649893, vi) BAKER CITY INVERSIONES LIMITADA, con cedula jurídica número 3-102-475991. Tamarindo, Guanacaste, 28 de abril 2026. Publicarse una vez. Lic. Andrés Araya Navarrete. Carné 32386.—1 vez.—( IN202601068670 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número dieciséis, a las ocho horas treinta minutos, del día veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad Zaghloul, S.R.L., con cédula de persona jurídica número: 3-102-898643, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad.—San José, 24 de abril del año 2026.—Lic. Esteban Mata Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068672 ).

Ante esta notaría, mediante escritura veinticinco visible al folio catorce, frente, del tomo cinco, a las diecisiete horas del veinticuatro de abril del dos mil veinticuatro, se presentó solicitud de la sociedad Redoco El Alto Limitada; con cédula jurídica tres-ciento dos-ciento veintidós mil setecientos noventa y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Cartago, veintisiete de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Jorge Eduardo Sanabria Rosito, Notario.—1 vez.—( IN202601068673 ).

Por escritura número 62-26: otorgada ante los Notarios Públicos Sergio Aguiar Montealegre y Mariana Isabel Loranca Moya, actuando en el protocolo del primero, a las 15 horas 40 minutos del 24 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de correo de notificaciones al pacto constitutivo de la sociedad SENDEROS DIEZ C GROUP, SRL, con cédula jurídica número 3-102-888037.—San José, 27 de abril del 2026.—Lic. Sergio Aguiar Montealegre.—1 vez.—( IN202601068676 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento siete, visible en los folios noventa y cuatro frente y vuelto, noventa y cinco frente y vuelto y noventa seis frente del tomo uno, a las diez horas y treinta minutos de seis de mayo de dos mil veintiséis, se protocolizó el acta número dieciséis de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de DCCR DICIPA CAPITAL SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- setecientos setenta y tres mil seiscientos setenta y tres, mediante la cual se acuerda reformar el pacto constitutivo. San José, a las doce horas y cuarenta y ocho minutos de seis de mayo de dos mil veintiséis. Jefry Miguel Vega Chaves, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068677 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 70 iniciada al folio 46 vuelto del tomo 34, a las 15 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Rafael Augusto Vivas Torres, cédula número 186200321326, representante legal de 3-102-782244 S.R.L., para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 28 de abril de 2026. Lic. Adolfo Rojas Breedy. Notario.—1 vez.—( IN202601068678 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número quince, visible al folio ONCE vuelto, del tomo treinta y dos, a las dieciocho horas treinta minutos, del veintitrés de abril, se presentó solicitud por parte de JUAN MORALES BLANCO de la sociedad INVERSIONES MB & VS, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- seis seis cinco ocho siete ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las seis horas quince minutos del día veintinueve de abril del dos mil veintiseis. Lic. Ana Luisa Jiménez Quirós. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068681 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y dos, visible al folio ochenta y dos vuelto, del tomo quinto del Notario Agustin Atmetlla Herrera, a las catorce, del veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de ANA REBECA ATMETLLA VAN DER LAAT y ALFREDO ATMETLLA MATA (actuación mancomunada) de SITE SELECTION COSTA RICA Sociedad de Responsabilidad Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos setenta y siete mil setecientos cuarenta y tres para incorporar el correo electrónico atmealf@yahoo.com en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San Rafael de Montes de Oca, a las dieciséis horas cincuenta minutos del día 28 de abril del año dos mil veintiséis. Licenciado Agustin Atmetlla Herrera, Notario número ocho mil veinte.—1 vez.—( IN202601068683 ).

Mediante escritura número 108-4, visible al folio 146 vuelto del tomo 4 del Notario Alejandro Cornejo Gutiérrez a las 10:15 del 27 de marzo del 2026 se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad PUEBLO COLONIAL ALJIPAMI SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número 3-101-639429, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 27 de marzo del 2026. Lic. Pedro González Roesch.—1 vez.—( IN202601068684 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del veintitrés de abril del dos mil veintiséis, se presenta ante al Registro Nacional la solicitud de inscripción del correo electrónico para la sociedad denominada Multiservicios Maeju S.A..—San José, veintitrés de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—( IN202601068685 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 58 iniciada al folio 42 frente del tomo 34, a las 14 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Manuel Emilio Hernández Benavides, cédula número 1-588-956, representante legal de Administradora Altamira Heredia S.A., cédula jurídica 3-101-746408, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número 10597.—San José, 28 de abril de 2026.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—( IN202601068686 ).

Mediante escritura otorgada ante mí a las ocho horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, la representante legal de las sociedades TRES-CIENTO DOS-OCHOCIENTOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO S.R.L con cédula jurídica tres-ciento dos-ochocientos mil setecientos noventa y ocho y TRES-CIENTO DOS-SETECIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO S.R.L con cédula jurídica tres-ciento dos-setecientos cincuenta mil cuatrocientos treinta y ocho, solicita de conformidad con el inciso diez del artículo dieciocho del Código de Comercio y la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, la inscripción de la cuenta de correo electrónico samantha.trejos@icloud.com como medio válido, según indica esa legislación para efectos de notificaciones administrativas y judiciales dirigidas a sus representadas. San José, veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Ricardo Cordero Vargas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068687 ).

Por escritura pública número 9 otorgada en mi Notaría, a las 09:00 horas del 27 de abril del año 2026, la sociedad PALMA DEL PACIFICO OCHO MTN SOCIEDAD ANONIMA, incluyó el correo electrónico hermosaheights@yahoo.com, como medio para recibir para notificaciones. Licda. Glenda Rodríguez Carmona. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068689 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y siete, visible al folio cuarenta vuelto, del tomo número seis, a las nueve horas y treinta minutos del día veintidós de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Walter Zeledón Agüero, representante legal de tres – ciento dos – novecientos cuarenta y cinco mil setecientos ochenta y tres Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres - ciento dos – novecientos cuarenta y cinco mil setecientos ochenta y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Nicoya, a las quince horas del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Juan Carlos Armijo Matarrita. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068690 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del seis de abril del año dos mil veintiséis, donde los representantes legales con facultades suficientes para este acto, de la sociedad denominada INVERSIONES LOS DIEZ CONQUISTADORES SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – noventa y ocho mil doscientos cincuenta y uno tres-ciento uno-doscientos cincuenta y dos mil novecientos ochenta y seis, SOLICITA AL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz “DPJ-cero cero dos dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas”, la inclusión del siguiente correo electrónico para la atención de notificaciones de la Compañía: “franarrieta67@gmail.com”. San José, veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Licda. Nayarit Moreno Vásquez.—1 vez.—( IN202601068691 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:00 horas del día 22 de abril del 2026, se reforma la cláusula sexta de la sociedad Tres-Ciento Dos-Novecientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Quince Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula 3-102-945615.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—( IN202601068692 ).

Mediante escritura número 85-58, visible al folio 113 vuelto del tomo 58 del Notario Juvenal Sánchez Zúñiga a las 08:00 del 24 de abril del 2026 se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad LILY EL PARAISO CUARENTA Y NUEVE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número 3-102-927898 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 27 de abril del 2026. Lic. Pedro González Roesch.—1 vez.—( IN202601068693 ).

Mediante la escritura número 139 de mi protocolo 8, otorgada en la ciudad de Osa, Puntarenas a las 11 horas del 17 de abril del 2026, la sociedad costarricense 3-102-780788 S.R.L, cédula jurídica 3-102-780788, se incorpora correo electrónico para recibir notificaciones. Uvita, Osa, Puntarenas al ser las 14:00 horas del 17 de Abril del 2026. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068695 ).

El suscrito Alexander Lobo Alvarado, Notario Público, cedula de identidad número: cinco- doscientos noventa y nueve- ciento noventa y tres, carnet número: trece mil doscientos cuatro, Informa que PRODUCTORES DE LECHE DE BERLÍN SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula jurídica número tres-ciento uno-ciento doce mil doscientos cuarenta y seis, Informa que indico como su correo electrónico qdelgadois@gmail.com. Publíquese una vez, para cualquier información contactar al siguiente número telefónico 88233304. Es todo.—Guayabo de Bagaces veintisiete de abril del dos mil veintiséis.—Alexander Lobo Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN202601068697 ).

Por escritura pública número 10 otorgada en mi Notaría, a las 10:00 horas del 27 de abril del año 2026, la sociedad LA LLAMA DEL BOSQUE PLAYA HERMOSA J I SOCIEDAD ANONIMA, incluyó el correo electrónico hermosaheights@yahoo.com, como medio para recibir para notificaciones. Licda. Glenda Rodríguez Carmona. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068698 ).

El suscrito notario hace constar que en mi notaria se realizó la escritura de la sociedad ADC EXPRESS HOLDINGS SOCIEDAD ANÓNIMA, de modificación de estatutos aumento de capital y cambio de representación legal. Notario: Ronald Antonio Sánchez Trejos.—1 vez.—( IN202601068699 ).

Se cita, emplaza y hace de conocimiento a todos los interesados el señor Luis Demetrio Alvarado Guillen, Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de la Sociedad COTRACSA cédula jurídica tres- ciento uno-cero nueve cinco seis nueve nueve, indica y cumple con la obligación establecida de reportar un correo electrónico para comunicación con la sociedad el cual sería cotracsa@gmail.com.—Notario Josué Guillén Chacón josuegch@gmail.com —1 vez.—( IN202601068701 ).

Por escritura número 64 – 26: otorgada ante los Notarios Públicos SERGIO AGUIAR MONTEALEGRE y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 16 horas del 24 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad OSA ALLEMANDE, SRL, con cédula jurídica número 3-102- 865749. San José, 27 de abril del 2026. Lic. Sergio Aguiar Montealegre.—1 vez.—( IN202601068702 ).

Por escritura Nº 179 de las 14:00 horas del 27 de abril del 2026 se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de 3101868814 SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3 101 868814 donde se modifican el pacto constitutivo en cuanto a las cláusulas SEGUNDA, SEXTA, SETIMA, NOVENA y DECIMA sobre inclusión de correo electrónico para notificaciones, reuniones virtuales en reuniones de socios y cambios en la Junta Directiva. Alajuela. 27 de abril del 2026. – Licda. Cindy Gabriela Chavarría Brenes. Notaria.—1 vez.—( IN202601068703 ).

Por escritura pública número 14 otorgada en mi Notaría, a las 12:50 horas del 27 de abril del año 2026, la sociedad INVERSIONES RIDGELY SOCIEDAD ANÓNIMA, incluyó el correo electrónico hermosaheights@yahoo.com, como medio para recibir para notificaciones.—Licda. Glenda Rodríguez Carmona, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068706 ).

Escritura 155-40 ante el suscrito Notario Ricardo Badilla Reyes, carné 12726, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Oruga y Esperanza SA cédula jurídica 3101886525. Se Disuelve sociedad, San José, 27 de abril de 2026.—1 vez.—( IN202601068707 ).

Mediante escritura 149-1 otorgada ante mi notaría a las 7:00 horas del 24 de abril de 2026, de conformidad con la Ley 10597 y la directriz DPJ-002-2025, se presentó solicitud por parte del Apoderado Generalísimo de la sociedad LAND BARON RESIDENCE, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número 3-101-411977 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad.—San José, 27 de abril de 2026.—Licda. Mariela Saborío Soto, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068708 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y uno- diecisiete, visible al folio ciento noventa y uno vuelto, del tomo diecisiete, a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de Danilo Francisco Calvo Alvarado, mayor de edad, casado una vez, Comerciante, con domicilio en Cartago, Oreamuno, San Rafael, del Palí Los Ángeles, doscientos cincuenta metros al sur este, ciento cincuenta metros al sur, Urbanización Toyogres, casa número once – B, portador de la cédula de identidad número tres – doscientos ochenta y ocho – cuatrocientos setenta y uno, en su condición de presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad Tres- Ciento Uno- Setecientos Setenta y Siete Mil Cuatrocientos Ochenta y Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- setecientos setenta y siete mil cuatrocientos ochenta y siete, sociedad con domicilio en Cartago, Oreamuno, San Rafael, del Palí los Ángeles doscientos cincuenta metros al sureste, ciento cincuenta metros al sur, Urbanización Toyogres, casa número once B, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Cartago, a las diez horas y quince minutos del seis de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Edwin Ramírez Poveda.—1 vez.—( IN202601068709 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO CUARENTA- DIECISIETE, visible al folio ciento noventa y uno frente, del tomo diecisiete, a las ocho horas del cuatro de mayo del dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de DANILO FRANCISCO CALVO ALVARADO, mayor de edad, casado una vez, Comerciante, con domicilio en Cartago, Oreamuno, San Rafael, Del Palí Los Ángeles, doscientos cincuenta metros al sur este, ciento cincuenta metros al sur, Urbanización Toyogres, casa número once – B, portador de la cédula de identidad número tres – doscientos ochenta y ocho – cuatrocientos setenta y uno, en su condición de PRESIDENTE con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad CORPORACION LEFRUVERD CR SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula jurídica número tres- ciento uno- setecientos setenta mil quinientos setenta y cinco, sociedad con domicilio en Cartago, Oreamuno, San Rafael, Del Palí Los Ángeles, doscientos cincuenta metros al sur este, ciento cincuenta metros al sur, Urbanización Toyogres, casa número once – B, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago, a las diez horas del seis de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Edwin Ramírez Poveda.—1 vez.—( IN202601068710 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO CUARENTA Y CUATRO - DIECISIETE, visible al folio ciento noventa y dos vuelto, del tomo diecisiete, a las nueve horas y quince minutos del cuatro de mayo del dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de DANILO FRANCISCO CALVO ALVARADO, mayor de edad, casado una vez, Comerciante, con domicilio en Cartago, Oreamuno, San Rafael, Del Palí Los Ángeles, doscientos cincuenta metros al sur este, ciento cincuenta metros al sur, Urbanización Toyogres, casa número once – B, portador de la cédula de identidad número tres – doscientos ochenta y ocho – cuatrocientos setenta y uno, en su condición de PRESIDENTE con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad DISTRIBUIDORA LEFRUVER SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos sesenta y seis mil cincuenta y uno, sociedad con domicilio en Cartago, Oreamuno, San Rafael, Urbanización Toyogres, del Pali, doscientos metros al este y doscientos metros al sur, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago, a las once horas del seis de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Edwin Ramírez Poveda.—1 vez.—( IN202601068711 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y dos- diecisiete, visible al folio ciento noventa y uno vuelto, del tomo diecisiete, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de mayo del dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de Danilo Francisco Calvo Alvarado, mayor de edad, casado una vez, Comerciante, con domicilio en Cartago, Oreamuno, San Rafael, del Palí Los Ángeles, doscientos cincuenta metros al sur este, ciento cincuenta metros al sur, Urbanización Toyogres, casa número once – B, portador de la cédula de identidad número tres – doscientos ochenta y ocho – cuatrocientos setenta y uno, en su condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad INVERSIONES CALVO RUBI CR SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- ochocientos ochenta mil seiscientos ochenta y ocho, sociedad con domicilio en Cartago, Cantón Oreamuno, Distrito San Rafael, del supermercado Pali, doscientos metros al este y doscientos metros al sur, Urbanización Toyogres, bloque B casa número once, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Cartago, a las diez horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Edwin Ramírez Poveda.—1 vez.—( IN202601068712 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO CUARENTA Y TRES - DIECISIETE, visible al folio ciento noventa y dos frente, del tomo diecisiete, a las nueve horas del cuatro de mayo del dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de DANILO FRANCISCO CALVO ALVARADO, mayor de edad, casado una vez, Comerciante, con domicilio en Cartago, Oreamuno, San Rafael, Del Palí Los Ángeles, doscientos cincuenta metros al sur este, ciento cincuenta metros al sur, Urbanización Toyogres, casa número once – B, portador de la cédula de identidad número tres – doscientos ochenta y ocho – cuatrocientos setenta y uno, en su condición de PRESIDENTE con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad PANCHOS CALVO RUBI SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número TRES- CIENTO UNO- OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE, sociedad con domicilio en Cartago, Oreamuno, San Rafael, Del Palí Los Ángeles, doscientos cincuenta metros al sur este, ciento cincuenta metros al sur, Urbanización Toyogres, casa número once – B, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del seis de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Edwin Ramírez Poveda.—1 vez.—( IN202601068713 ).

La sociedad DESARROLLOS COMERCIALES WILD RIVERS S. A. con cédula jurídica 3-101-457262 Y mediante la escritura de la notaria de la licenciado Ronald Núñez Álvaez escritura número 220 de fecha 13 de abril de 2026, visible al folio 133 vuelto del tomo 12, adiciona el pacto constitutivo en cuanto al domicilio y le agrega que designa correo electrónico para recibir notificaciones, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número 10597. Heredia, 27 de abril 2026.—1 vez.—( IN202601068715 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y nueve – veinticinco, visible al folio ciento treinta y siete frente, del tomo veinticinco, a las siete horas cincuenta minutos del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de DELVON DEL SOL LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos treinta y siete mil doscientos treinta, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068717 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número SETENTA Y CUATRO – VEINTICINCO, visible al folio CIENTO VEINTISEIS FRENTE, del tomo VEINTICINCO, a las siete horas del cinco de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de DOSCIENTOS VEINTE HBR HOLDINGS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos sesenta mil seiscientos sesenta, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Armando Moreno Arroyo. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068718 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número SETENTA Y SIETE – VEINTICINCO, visible al folio CIENTO TREINTA Y DOS VUELTO, del tomo VEINTICINCO, a las siete horas treinta minutos del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de HUNGDAI DOSCIENTOS VEINTIDÓS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos sesenta y tres mil ciento sesenta y dos, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Armando Moreno Arroyo. Notario Público.— 1 vez.—( IN202601068719 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y seis-veinticinco, visible al folio ciento treinta vuelto, del tomo veinticinco, a las siete horas y veinte minutos del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de LATSA PROPERTIES SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número tres–ciento uno–trescientos noventa mil cuatrocientos ochenta y siete, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068720 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y cinco – veinticinco, visible al folio ciento veintiocho frente, del tomo veinticinco, a las siete horas diez minutos del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de NRJB GUANACASTE INVESTMENTS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres–ciento dos–ochocientos cuarenta y ocho mil once, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068721 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número SETENTA Y OCHO – VEINTICINCO, visible al folio CIENTO TREINTA Y CUATRO VUELTO, del tomo VEINTICINCO, a las siete horas cuarenta minutos del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de OTMF SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos sesenta y siete mil seiscientos veintinueve, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Lic. Armando Moreno Arroyo. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068722 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos quince visible al folio noventa y seis frente del tomo siete de mi protocolo al ser diez horas del día dieciséis de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del apoderado de Alfa Beta Sociedad Anónima - cédula jurídica número: tres - ciento uno - cero seis tres dos cero cero, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. En la ciudad de Alajuela, al ser doce horas del día dieciséis de abril del dos mil veintiséis Lic. Johanna Isabel Meneses Ramírez. Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601068733 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos ocho visible al folio noventa y tres, frente del tomo siete de mi protocolo , al ser nueve horas cuarenta minutos del día nueve de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del apoderado de YĪN XĪNG GŌNG SĪ, Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número: tres ciento dos ocho seis uno nueve dos cero, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. En la ciudad de Alajuela, al ser once horas cuarenta minutos del día trece de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Johanna Isabel Meneses Ramírez, Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601068735 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos dieciséis visible al folio noventa y seis vuelto del tomo siete de mi protocolo al ser diez horas diez minutos del día dieciséis de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del apoderado de Onza Sociedad Anónima - cédula jurídica número: tres-ciento uno cero seis nueve nueve seis uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. En la ciudad de Alajuela, al ser quince horas cuarenta minutos del día dieciséis de abril del dos mil veintiséis. Lic. Johanna Isabel Meneses Ramírez. Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601068737 ).

Mediante escritura pública, número 350 otorgada ante mí a 08:50 horas del día 16 de abril del 2026, se solicita la inclusión de correo electrónico la sociedad RAYROCA S.A.. Lic. Paul Tacsan Tacsan.—1 vez.—( IN202601068740 ).

Mediante escritura pública número 349 otorgada ante mí a 08:40 horas del día 16 de abril del 2026, se solicita la inclusión de correo electrónico la sociedad M.A.M.S INVERSIONES INMOBILIARIAS S. A. Publicar una vez. Lic. Paul Tacsan Tacsan.—1 vez.—( IN202601068741 ).

Mediante escritura pública número 348 otorgada ante mí a 08:30 horas del día 16 de abril del 2026, se solicita la inclusión de correo electrónico la sociedad M.A.M.S AUTOMOTRIZ CR S. A. Publicar una vez. Lic. Paul Tacsan Tacsan.—1 vez.—( IN202601068742 ).

Mediante escritura pública número 351, otorgada ante mí a 09:00 horas del día 16 de abril del 2026, se solicita la inclusión de correo electrónico la sociedad INMOBILIARIA MOMA DE HEREDIA S. A..—Lic. Paul Tacsan Tacsan.—1 vez.—( IN202601068743 ).

Mediante escritura pública número 367 otorgada ante mí a 11:00 horas del día 6 de mayo del 2026, se solicita la inclusión de correo electrónico la sociedad ROTULOS ARMAS LIMITADA. Publicar una vez. Lic. Paul Tacsan Tacsan.—1 vez.—( IN202601068744 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta y seis-veintiuno, visible al folio ciento treinta y seis vuelto, del tomo veintiuno, a las ocho horas, del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se protocolizo la reforma en la cláusula Octava que corresponde a la representación, del pacto constitutivo de la sociedad Tres Ciento Uno-Ocho Ocho Cinco Cuatro Dos Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ocho ocho cinco cuatro dos cinco. Es todo.—Alajuela, Carrillos de Poás, a las diez horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068747 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 93 visible al folio 106 frente, del tomo 33, a las 10:30 hrs del 15 de ABRIL del año 2026, se presentó solicitud por parte de BOSQUE DUBHAN HRBEK de GEMELO DE CONFIANZA S.R.L, cédula jurídica número 3-102-779631 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Publíquese una vez. San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 11:25 horas del 04 de mayo del 2026, Lic. Rodolfo Herrera García.—1 vez.—( IN202601068748 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 116 visible al folio 151 vuelto, del tomo 33, a las 10:15 horas del 05 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte de CASCADA ELYSIANA S.R.L con cédula jurídica número 3-102-754262, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Publíquese una vez. San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 12:00 horas del 05 del mes de mayo del 2026, Lic. Rodolfo Herrera García.—1 vez.—( IN202601068750 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 90, visible al folio 103 frente, del tomo 33, a las 10 horas del 13 de abril del año 2026, se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de PALOMA RABUDA UNO S. A, con la cédula de persona jurídica número 3-101-457768 mediante la cual se acordó reformar la cláusula número NOVENA del pacto constitutivo, a fin de que la representación judicial y extrajudicial de la sociedad estará a cargo del presidente y secretario de la junta directiva los cuales tendrán facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de conformidad con lo establecido en el artículo mil doscientos cincuenta y tres del código civil, pueden actuar junta o separadamente para otorgar poderes, revocar poderes, sustituir su poder en todo o en parte, revocar sustituciones y otorgar otras de nuevo, sin por ello dejar de ser apoderado e igualmente podrá el apoderado dicho: a- vender bienes de su propiedad a la sociedad. bcomprar bienes de la sociedad a nombre suyo. c- dar en arrendamiento o préstamo dineros suyos a la sociedad. d- recibir en arrendamiento o préstamo dineros de la sociedad. e- en general realizar cualquier tipo de autocontratación. El presidente podrá nombrar gerentes, apoderados, agentes y representantes con las denominaciones, facultades y poderes que estime convenientes para atender los negocios sociales. San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, a las 16 horas del día 29 del mes de abril del año 2026. Lic. Rodolfo Herrera García. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068751 ).

Por escritura numero 378 otorgada ante esta notaría, a las 10 horas del día 27 de abril del 2026, se solicita la inclusión del correo electrónico de la sociedad CHIHUAHUEÑOS CARVAJAL SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica: 3- 101-869701, mediante la cual se incluye en la cláusula del domicilio, social el correo electrónico: vcarvajal90@yahoo.com. San Rafael de Alajuela, 06 de mayo del 2026. Licenciado Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—( IN202601068752 ).

Por escritura numero 389 otorgada ante esta notaría, a las 14 horas del día 29 de abril del 2026, se solicita la inclusión del correo electrónico de la sociedad TRES- CIENTO DOS- OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO MIL CIENTO TREINTA Y SIETE, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica: 3- 102-851137, mediante la cual se incluye en la cláusula del domicilio, social el correo electrónico: raul85jm@gmail.com. San Rafael de Alajuela, 06 de mayo del 2026. Licenciado Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—( IN202601068753 ).

Por escritura numero 391 otorgada ante esta notaría, a las 15 horas del día 29 de abril del 2026, se solicita la inclusión del correo electrónico de la sociedad ST SERVICIOS TECNICOS LR SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica: 3- 101- 523444, mediante la cual se incluye en la cláusula del domicilio, social el correo electrónico: stlrsa@hotmail.com, y la sociedad FAMILIA RIVERA ALVARADO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica: 3-101- 732663, mediante la cual se incluye en la cláusula del domicilio, social el correo electrónico: alvaradomoralesi@hotmail.com. San Rafael de Alajuela, 06 de mayo del 2026. Licenciado Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—( IN202601068754 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 69 visible al folio 83 frente, del tomo 33, a las 11 horas del 06 de marzo del año 2026, se presentó solicitud por parte de Ana Elizabeth Duff de Natura Dolce LLC S.R.L, cédula jurídica número 3-102-811970 y Dulce Bahía Duff S.R.L, cédula jurídica número 3-102-839773 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número 10597.—San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 11:30 horas del 04 de mayo del 2026.—Lic. Rodolfo Herrera García.—1 vez.—( IN202601068755 ).

Por escritura numero 395, otorgada ante esta notaría, a las 9 horas del día 30 de abril del 2026, se solicita la inclusión del secretario y tesorero como representante y Apoderado Generalísimo sin Límite de suma de la sociedad FAMILIA MORALES CESPEDEZ, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica: 3-101- 601641.—San Rafael de Alajuela, 06 de mayo del 2026.—Licenciado Sergio Madriz Avendaño, Notario.—1 vez.—( IN202601068756 ).

El suscrito notario hace constar que ante esta notaria y mediante escritura pública ciento cuarenta y ocho- sesenta y cuatro de las diez horas treinta minutos día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se solicita la inclusión de dirección de correo electrónico, de la sociedad denominada CARJESS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos cuarenta y un mil diecinueve. Notario: Jorge Andrés Cordero Leandro. Cartago, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601068757 ).

El suscrito notario hace constar que, ante esta notaria y mediante escritura pública ciento cuarenta y cuatro- sesenta y cuatro de las diez horas diez minutos día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se solicita la inclusión de dirección de correo electrónico, de la sociedad denominada GUADUAS DE GUAYACÁN SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos diez mil trescientos diez.—Cartago, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Jorge Andrés Cordero Leandro, Notario.—1 vez.—( IN202601068758 ).

El suscrito notario hace constar que ante esta notaria y mediante escritura pública ciento cuarenta y seis- sesenta y cuatro de las diez horas veinte minutos día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se solicita la inclusión de dirección de correo electrónico, de la sociedad denominada INMOBILIARIA CARMARI AZUL SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos setenta mil doscientos cuarenta y siete. Notario: Jorge Andrés Cordero Leandro. Cartago, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.— 1 vez.—( IN202601068759 ).

El suscrito notario hace constar que ante esta notaria y mediante escritura pública ciento cuarenta y siete- sesenta y cuatro de las diez horas veinticinco minutos día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se solicita la inclusión de dirección de correo electrónico, de la sociedad denominada AGRICOLA CARTAGO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- ciento noventa y nueve mil quinientos ochenta. Notario: Jorge Andrés Cordero Leandro. Cartago, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601068760 ).

Ante esta notaría, por escritura número trescientos treinta y seis, del tomo cuarenta y nueve, a las diez horas del, del seis de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Jansen Zárate Villalobos, representante Legal de Grupo Acuza Barveña Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- sesenta y ocho mil trescientos noventa y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Heredia, seis de mayo del año dos mil veintiséis. Notaria Pública Carolina Ulate Zárate.—1 vez.—( IN202601068762 ).

Ante esta notaría, por escritura número trescientos treinta y siete, del tomo cuarenta y nueve, a las diez horas diez minutos, del seis de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Jansen Zárate Villalobos, representante Legal de Autotransportes Segura y Vargas Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ochenta y seis mil novecientos ochenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Heredia, seis de mayo del año dos mil veintiséis. Notaria Pública Carolina Ulate Zárate.—1 vez.—( IN202601068763 ).

Ante esta notaría, por escritura número trescientos treinta y ocho, del tomo cuarenta y nueve, a las diez horas veinte minutos, del seis de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Cecilia Villalobos Sanchez, representante Legal de Zaravilla del Oeste Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- ciento setenta y cinco mil cuatrocientos treinta y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Heredia, seis de mayo del año dos mil veintiséis. Notaria Pública Carolina Ulate Zárate.—1 vez.—( IN202601068764 ).

Ante mí, Aylin Gómez Baldi, notaria, con oficina abierta en Alajuela, San Carlos, Pital exactamente cincuenta metros sur de La Cruz Roja; En mi notaría mediante escritura número doscientos treinta y dos, visible al folio ciento setenta y tres frente, del tomo seis, ocho horas con treinta minutos del día primero del mes de mayo del año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea Extraordinaria de Follajes De Cirri Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres – ciento uno -cuarenta y cuatro noventa y siete sesenta y siete, mediante la cual se acuerda: “ Primero: Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, comparece a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: lili2112melasa@hotmail.com”, a las catorce horas con veinte minutos del día primero del mes de mayo del año dos mil veintiséis”.—Aylin Gómez Baldi, Notaria.—1 vez.—( IN202601068765 ).

Ante mi Aylin Gomez Baldi, notaria, con oficina abierta en Alajuela, San Carlos, Pital exactamente cincuenta metros sur de La Cruz Roja; En mi notaría mediante escritura número doscientos treinta, visible al folio ciento setenta y uno frente, del tomo seis, diez horas con treinta minutos del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea Extraordinaria de Tres – Ciento Dos – Ochenta y Tres Treinta y Cuatro Noventa y Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número: tres – ciento dos – ochenta y tres treinta y cuatro noventa y cuatro, mediante la cual se acuerda: “ Primero: Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, comparece a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: alexanderchaves66@gimail.com “, a las diecisiete horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis”.—1 vez.—( IN202601068767 ).

Ante mi AYLIN GOMEZ BALDI, notaria, con oficina abierta en Alajuela, San Carlos, Pital exactamente cincuenta metros sur de La Cruz Roja; En mi notaría mediante escritura número doscientos treinta y uno, visible al folio ciento setenta y dos frente, del tomo seis, a las ocho horas del día primero del mes de mayo del año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea General de Extraordinaria de Inmobiliaria Viky J & S Sociedad De Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ochocientos cuarenta y dos mil novecientos noventa y uno, mediante la cual se acuerda: “ Primero: Se revoca el nombramiento del señor Juan Diego Campos Acuña, mayor, casado una vez, mecánico, portador de cédula identidad número dos – cero seiscientos cincuenta y cuatro – cero cuatrocientos setenta y nueve, vecino de Alajuela, San Carlos, Aguas Zarcas exactamente Pitalito del salón comunal seiscientos metros al norte, se acepta la renuncia . En este mismo acto, se procede a elegir al subgerente, a partir de esta fecha y por el resto del período, recayendo el nombramiento a las siguientes personas: como Gerente General a Adelina Salazar Chacón, mayor, divorciada una vez, Médico Cirujano, portadora de cédula identidad número: dos – cinco ocho cinco – dos cinco cero, vecina de Pital de San Carlos, frente a las oficinas de Cajeta express, y como Sub Gerente a Liliana Chacon Ulate, mayor, viuda una vez, ama de casa, cedula de identidad número: dos – cero trecientos cuarenta – cero ochocientos dieciséis, vecina de Alajuela, Naranjo, Naranjo centro exactamente cien metros al sur del área de salud de Naranjo. Las nombradas, de calidades ya mencionadas en esta acta aceptan dichos cargos y toman posesión de los mismos a partir del dia de hoy veinte del mes de marzo del año dos mil vientiséis, jurando fiel cumplimiento de los puestos en que han sido nombradas. Segundo: Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, comparece a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: adeli2283@hotmail.com Por lo anterior, solicita al Registro de Personas Jurídicas la incorporación de dicho correo electrónico al respectivo asiento registral a efecto de que sea parte de la publicidad formal registral.” a las diecisiete horas, del treinta del mes de abril del año dos mil veintiseis.”.—1 vez.—( IN202601068768 ).

Ante mi AYLIN GOMEZ BALDI, notaria, con oficina abierta en Alajuela, San Carlos, Pital exactamente cincuenta metros sur de La Cruz Roja; En mi notaría mediante escritura número doscientos treinta y seis, visible al folio ciento setenta y cinco vuelto, del tomo seis, doce horas del día primero del mes de mayo del año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea Extraordinaria de Alfa Ciento Veintiocho De Sacha Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – sesenta y seis veinticuatro sesenta y uno, mediante la cual se acuerda: “ Primero: Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, comparece a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: lili2112melasa@hotmail.com”, a las catorce horas con cincuenta y tres minutos del día primero del mes de mayo del año dos mil veintiséis”.—1 vez.—( IN202601068769 ).

Ante mi AYLIN GOMEZ BALDI, notaria, con oficina abierta en Alajuela, San Carlos, Pital exactamente cincuenta metros sur de La Cruz Roja; En mi notaría mediante escritura número doscientos treinta y cinco, visible al folio ciento setenta y cinco frente, del tomo seis, once horas con treinta minutos del día primero del mes de mayo del año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea Extraordinaria de Inversiones Melasa A S M P Sociedad Anonima, cédula jurídica número tres – ciento uno – treinta y seis ochenta y cuatro dieciséis, mediante la cual se acuerda: “ Primero: Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, comparece a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: lili2112melasa@hotmail.com”, a las catorce horas con cuarenta y seis minutos del día primero del mes de mayo del año dos mil veintiséis”.—1 vez.—( IN202601068770 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cincuenta y siete, visible al folio ciento sesenta y seis vuelto del tomo segundo de mi protocolo, a las once horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de la compañía TWOB DESIGNBUILD, SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres — ciento uno — ochocientos noventa y seis mil ciento noventa y dos, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Santa Cruz, Guanacaste, a las once horas del día cinco de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Pedro Felipe Facio Pacheco. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068771 ).

Ante mi AYLIN GOMEZ BALDI, notaria, con oficina abierta en Alajuela, San Carlos, Pital exactamente cincuenta metros sur de La Cruz Roja; En mi notaría mediante escritura número doscientos treinta y siete, visible al folio ciento setenta y seis vuelto, del tomo seis, trece horas del día primero del mes de mayo del año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea Extraordinaria de Transportes Alsacocha Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – sesenta y cinco catorce dieciocho, mediante la cual se acuerda: “ Primero: Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, comparece a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: lili2112melasa@hotmail.com”, a las quince horas del día primero del mes de mayo del año dos mil veintiséis”.—1 vez.—( IN202601068772 ).

Ante mí, Aylin Gómez Baldi, Notaria, con oficina abierta en Alajuela, San Carlos, Pital exactamente cincuenta metros sur de La Cruz Roja; En mi notaría mediante escritura número doscientos veinticinco, visible al folio ciento sesenta y siete frente, del tomo seis, a las ocho horas, del treinta de abril del dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea General de Extraordinaria de Constructora El Roble Sociedad Anónima, con cédula jurídica: tres-ciento uno-siete nueve siete cinco cuatro cuatro, mediante la cual se acuerda: “ Primero: Se revoca el nombramiento del presidente Alonso Jiménez Serrrano, y en su lugar por todo el resto del periodo se nombra como presidenta a Carolina Barahona Salas, mayor, casada una vez, contadora, cédula identidad número dos – cero quinientos sesenta y cinco – cero doscientos noventa y uno, vecina de Cuatro esquinas de Pital de San Carlos setecientos metros norte de la Escuela, Presente en este acto los nombrados aceptan el respectivo cargo, y entra en posesión inmediata del mismo. Segundo: Que se destituye del cargo de Secretaria a Carolina Barahona Salas de calidades descritas anteriormente, y en su lugar se nombra a Lilliana Chacón Ulate, mayor, viuda una vez, administradora, cédula número: dos-cero trecientos cuarenta-cero ochocientos dieciséis, vecina de Naranjo de Alajuela, trescientos metros al Sureste de La Cruz Roja, quien acepta dicho cargo y permanecerá en su puesto por el resto del periodo social Tercero: Que se destituye del cargo de Tesorero a Adrián Salazar Corrales, mayor, casado una vez, empresario, cédula número: dos – cero doscientos noventa y cuatro – cero setecientos veintinueve, vecino de Naranjo de Alajuela, trescientos metros al Sureste de La Cruz Roja, y en su lugar se nombra a Adelina Salazar Chacón de calidades descritas anteriormente, quien acepta dicho cargo y permanecerá en su puesto por el resto del periodo social. Cuarto: Que se destituye del cargo de Fiscal a Adelina Salazar Chacón de calidades descritas anteriormente, y en su lugar se nombra a Víctor Emilio Chavarría Barahona, mayor, soltero, ingeniero civil, portador cédula de identidad dos – cero ochocientos cincuenta y uno – cero ochocientos noventa y tres, vecino de Cuatro Esquinas de Pital, cuatrocientos mts norte y ciento cincuenta mts oeste de Visa, quien acepta dicho cargo y permanecerá en su puesto por el resto del periodo social. Quinto: Corresponde a la presidenta y secretaria la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del código civil, podrá además sustituir su poder en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo, reservándose siempre su ejercicio. Así mismo, podrá otorgar poderes de toda clase por el buen manejo de la sociedad “a las dieciséis horas, del treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis.”—Aylin Gómez Baldi, Notaria 1 vez.—( IN202601068776 ).

Ante mi AYLIN GOMEZ BALDI, notaria, con oficina abierta en Alajuela, San Carlos, Pital exactamente cincuenta metros sur de La Cruz Roja; En mi notaría mediante escritura número doscientos veintiséis, visible al folio ciento sesenta y ocho frente, del tomo seis, a las ocho horas con treinta minutos, del treinta de abril del dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea General de Extraordinaria de INVERSIONES INMOBILIARIAS JACARANDA SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – siete nueve ocho uno cero ocho, mediante la cual se acuerda: “ Primero: Que se destituye del cargo como Presidente a Alonso Jiménez Serrrano, cedula número: uno – mil doscientos setenta y ocho – cero doscientos cincuenta y seis y en su lugar se nombra por todo el plazo social a Carolina Barahona Salas mayor, casada una vez, contadora, cédula identidad número dos – cero quinientos sesenta y cinco – cero doscientos noventa y uno, vecina de Cuatro esquinas de Pital de San Carlos setecientos metros norte de la Escuela. Segundo: Que se destituye del cargo de Secretaría a Carolina Barahona Salas de calidades descritas anteriormente, y en su lugar se nombra a Lilliana Chacón Ulate, mayor, viuda una vez, administradora, cédula número: dos – cero trescientos cuarenta – cero ochocientos dieciséis, vecina de Naranjo de Alajuela, trescientos metros al Sureste de La Cruz Roja, quien acepta dicho cargo y permanecerá en su puesto por el resto del periodo social. Tercero: Que se destituye del cargo de Tesorero a Adrián Salazar Corrales, mayor, casado una vez, empresario, cédula número: dos – cero doscientos noventa y cuatro – cero setecientos veintinueve, vecino de Naranjo de Alajuela, trescientos metros al Sureste de La Cruz Roja, y en su lugar se nombra a Adelina Salazar Chacón de calidades descritas anteriormente, quien acepta dicho cargo y permanecerá en su puesto por el resto del periodo social. Cuarto: Que se destituye del cargo de Fiscal a Adelina Salazar Chacón de calidades descritas anteriormente, y en su lugar se nombra a Víctor Emilio Chavarría Barahona, mayor, soltero, ingeniero civil, portador cédula de identidad dos – cero ochocientos cincuenta y uno – cero ochocientos noventa y tres, vecino de Cuatro Esquinas de Pital, cuatrocientos mts norte y ciento cincuenta mts oeste de Visa, quien acepta dicho cargo y permanecerá en su puesto por el resto del periodo social. Quinto: Corresponde a la presidenta y secretaria la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del código civil, podrá además sustituir su poder en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo, reservándose siempre su ejercicio. Así mismo, podrá otorgar poderes de toda clase por el buen manejo de la sociedad “a las diecisiete horas, del treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis.”—1 vez.—( IN202601068777 ).

Ante mi AYLIN GOMEZ BALDI, notaria, con oficina abierta en Alajuela, San Carlos, Pital exactamente cincuenta metros sur de La Cruz Roja; En mi notaría mediante escritura número doscientos veintinueve, visible al folio ciento setenta vuelto, del tomo seis, diez horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea Extraordinaria de Inversiones Dimaria Sociedad De Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número: tres -ciento dos – ochenta y seis sesenta y dos treinta y uno, mediante la cual se acuerda: “ Primero: Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, comparece a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: inversionesdimaria@gmail.com “, a las diecisiete horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis”—1 vez.—( IN202601068778 ).

Ante mí, Aylin Gómez Baldí, Notaria, con oficina abierta en Alajuela, San Carlos, Pital exactamente cincuenta metros sur de La Cruz Roja; En mi notaría mediante escritura número doscientos veintiocho, visible al folio ciento sesenta y nueve vuelto, del tomo seis, nueve horas con treinta minutos del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea Extraordinaria de Piñarica R y R de Veracruz Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres - ciento uno – treinta y nueve diecisiete sesenta y nueve, mediante la cual se acuerda: “ Primero: Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, comparece a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: drojas.cl84@gmail.com”, a las diecisiete horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601068779 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 75-6, visible al folio 43 frente del tomo 6 a las 16:00 horas, del 29 de abril del 2026, se presentó solicitud por parte de WILLIAM CASTRO ELIZONDO, cédula de identidad número 1-0471-0721, representante Legal de LA RIBERA ECOTURISTICA DEL VALLE SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica 3-101-395198, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10.597. Daniel Flores de Pérez Zeledón, 05 de mayo del 2026. Publíquese una vez. Licda. Betsabé Zúñiga Blanco. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068780 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del día veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: secretshotel@blplegal.com. para la atención de notificaciones de la Compañía MULLEN REAL ESTATE HOLDINGS, LLC. San José, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Luis Manuel Castro Ventura.—1 vez.—( IN202601068781 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: secretshotel@blplegal.com. para la atención de notificaciones de la Compañía PAPAGAYO CR HOLDINGS LLC. San José, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Luis Manuel Castro Ventura.—1 vez.—( IN202601068782 ).

Ante esta Notaría, bajo escritura número 22 del tomo 1, autorizada el 16 de abril del 2026, se protocolizó la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad NANJUNDIA SRL, con cédula jurídica 3-102-590678, bajo la cual se registró correo electrónico oficial para recibir notificaciones. Roger Alvarado Hernández, Presidente. ES TODO.—Grecia, 04 de mayo del 2026.—Licda. Brenda María Molina Artavia, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068784 ).

En mi notaria, protocolice el acta de la Asamblea General Extraordinaria de Socios de la entidad denominada SEXY ASS BEAUTY COMPANY SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número: 3 102826292, donde se tomó el acuerdo para establecer como medio oficial de notificaciones de la sociedad el correo electrónico de conformidad con la Ley N° 10.597. Se recibirán oposiciones en su domicilio social Puntarenas Garabito Jaco, Avenida Pastor Díaz detrás de café Bohío, casa rosada oficina número uno diecisiete de abril del año dos mil veintiséis.—Licenciada Yorleni Diaz Berrocal.—1 vez.—( IN202601068785 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos dieciocho, visible al folio ciento sesenta y nueve vuelto al tomo ciento setenta frente, del tomo dos, a las dieciséis horas del día treinta de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante Legal Paula Arias Arias; en su condición Subgerente con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma, con Representación Judicial y Extrajudicial, y en representación de la plaza denominada: INVERSIONES OT WIPAU SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de personería jurídica tres-ciento dos- ochocientos treinta y siete mil tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo, Ciudad Neily, a las dieciséis horas cuarenta minutos del día treinta de abril de dos mil veintiséis. Licda. Dora Alfaro Corrales. Notaria.—1 vez.—( IN202601068786 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número 70 visible al folio 192 vuelto del tomo 79, a las 11:00 horas del 28 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte de Alfredo Eduardo Herrera Castillo en su condición de presidente de la sociedad Empresa Comercial Herrely S:A cédula jurídica 3-101-062506 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforma a la ley número 10597. Heredia, 05 de mayo del 2026. Notario Público Braulio Enrique Sánchez González.—1 vez.—( IN202601068787 ).

Por escritura número CINCUENTA Y CUATRO, otorgada ante esta Notaria a las diecisiete horas del treinta de abril del año dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta de la sociedad TRACKLINK S. A., con cédula jurídica número: tres- ciento uno- ochocientos cuatro mil doscientos trece, donde los socios acuerdan la inclusión de un correo electrónico para notificaciones de la sociedad. Es todo. San José, treinta de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Roberto Ruffin Murillo.—1 vez.—( IN202601068788 ).

Mediante la escritura ciento noventa y tres, de las dieciséis horas del treinta de abril de del año dos mil veintiséis, de mi segundo protocolo, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad DESARROLLOS URBANÍSTICOS LA UNIÓN S. A. con cédula jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos noventa y un mil trescientos doce, domiciliada en Cartago, La Unión, San Rafael, cien metros al sur de la Iglesia. Lic. Juan Carlos Quesada Quesada. Carné: 23760, cédula: 109890514.—1 vez.—( IN202601068790 ).

Mediante la escritura ciento noventa y cuatro, de las dieciséis horas y quince minutos del treinta de abril del año dos mil veintiséis, de mi segundo protocolo, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad GP DIVISIÓN TRANSPORTES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número: tres - ciento dos – nueve dos ocho uno siete tres; domiciliada en Cartago, La Unión, San Rafael, Barrio Pinar del Río, de la entrada principal, ciento setenta y cinco metros al norte, cien metros al este, setenta y cinco metros al norte y cuarenta metros al oeste, entrada por servidumbre, última casa, avenida Los Abetos. Lic. Juan Carlos Quesada Quesada. Carné: 23760, cédula: 109890514.—1 vez.—( IN202601068791 ).

Ante esta notaría, mediante escritura trescientos nueve, visible al folio ciento ochenta y nueve frente, finaliza al folio ciento ochenta y nueve vuelto , del tomo DOS, de las quince horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se presentó la solicitud de protocolización del Acta Número; nueve de la sociedad FAMILIA VEGA MATA SOCIEDAD ANÓNIMA , con cédula jurídica número: Tres-ciento uno -trescientos siete mil ciento veintidós , domiciliada en la Provincia de San José, Pérez Zeledón, Pejibaye, Zapote ochocientos metros al oeste de la escuela del lugar, para incorporar correo electrónico: facturacionvegamata@gmail.com, en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, Pérez Zeledón, Pejibaye centro costado norte del CEN CINAI, al ser las doce horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Marleny Zepeda Álvarez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068792 ).

Por escritura número 133 ante la notaria pública, Ginette Miranda Porras, de las 10 horas del 5 de mayo del 2026, se acuerda realizar cambio de junta directiva la sociedad denominada Comercializadora Sharon h y Z Sociedad de Responsabilidad Limitada, cedula jurídica 3- 101- 556647. Paso Canoas, 5 de mayo del 2026.—Licda. Ginette Miranda Porras.—1 vez.—( IN202601068793 ).

Mediante la escritura ciento noventa y cinco, de las dieciséis horas y treinta minutos del treinta de abril del año dos mil veintiséis, de mi segundo protocolo, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad RYA DESARROLLOS INMOBILIARIOS S. A. con cédula jurídica número: tres - ciento uno – cinco cuatro cero dos dos cinco, domiciliada en Cartago, La Unión, San Rafael, Barrio Pinar del Río, de la entrada principal, ciento setenta y cinco metros al norte, cien metros al este, setenta y cinco metros al norte y cuarenta metros al oeste, entrada por servidumbre, última casa, avenida Los Abetos. Lic. Juan Carlos Quesada Quesada. Carné: 23760, cédula: 109890514.—1 vez.—( IN202601068794 ).

Por escritura número 132 ante la notaria pública, Ginette Miranda Porras, de las 11 horas del 4 de mayo del 2026, se acuerda disolver y liquidar la sociedad denominada Ferretería El Parque Sociedad de Responsabilidad Limitada, cedula jurídica 3- 102- 890187. Paso Canoas, 4 de mayo del 2026. Licda. Ginette Miranda Porras.—1 vez.—( IN202601068795 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad COMPAÑIA PAGRAANFLO DE PUNTA UVA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: TRES- CIENTO UNO- DOS UNO SEIS NUEVE UNO CINCO, domiciliada en PROVINCIA CERO CUATRO HEREDIA, CANTON CERO TRES SANTO DOMINGO, SAN LUIS, SETECIENTOS METROS OESTE DE LA PLAZA SAN LUIS, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad. San José, San Ana a las nueve horas del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Notaria Pública. Lic. Ivania Solis Umaña.—1 vez.—( IN202601068796 ).

Por escritura pública número 75, del tomo cuarto de la suscrita notaria, la compañía DESARROLLOS CUARENTA Y TRES CERO TRES SIETE ONCE S. A. cédula jurídica 3-101-247658, solicita la incorporación de correo electrónico para notificaciones. Es todo. Playas del Coco, a las nueve horas del cuatro de abril del dos mil veintiséis. Publicación de 1 vez. Licda. Daisy Pizarro Corea, cédula de identidad 603010192.—1 vez.—( IN202601068797 ).

El día de hoy, compareció NATASHA LORIA TERWES, en su calidad de Gerente con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma de la Sociedad ONCOLAP S.R.L, con el fin de inscribir el correo electrónico de dicha sociedad de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete, denominada Ley para establecer correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles. San José, veinticuatro de abril del dos mil veintiséis. Lic. Bernal Mauricio Orozco Salas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068798 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y nueve, visible al folio ciento cuarenta y cinco frente del tomo tres, a las diecisiete horas treinta minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Johel Tames Mendoza, Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de; Globalco Group TYM sociedad anónima, con cédula jurídica tres – ciento uno – setecientos veintiún mil ciento sesenta y dos, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago a las veintitrés horas cuarenta y dos minutos del tres de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Diego Arturo Pacheco Solano. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068799 ).

El día de hoy, compareció William Gerardo Morales Ramírez, en su calidad de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la Sociedad SUMINISTROS TÉCNICOS DEL ESTE SUMITEC SOCIEDAD ANÓNIMA, con el fin de inscribir el correo electrónico de dichas sociedades de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete, denominada Ley para establecer correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles.—San José, veintitrés de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Bernal Mauricio Orozco Salas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068800 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos, visible al folio ciento cuarenta y cinco vuelto del tomo tres, a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Eva Ortiz Brenes, Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de; Corporación Alfazitro-Tablón Sociedad Anónima, cédula jurídica tres – ciento uno – quinientos setenta y tres mil ochenta y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago a las veintitrés horas cuarenta y cuatro minutos del tres de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Diego Arturo Pacheco Solano. Notario Público. —1 vez.—( IN202601068801 ).

EDICTO: El suscrito notario público, doy fe que en esta notaría, el día de hoy, se protocolizaron las siguientes actas: JUNGLE Y SEA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres - ciento uno - quinientos cuarenta y cuatro mil ochocientos sesenta. INVERSIONES A P W DE UVITA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres - ciento dos - setecientos cincuenta y siete mil ochocientos noventa y uno. BAHIA DE LOS MILAGROS SOCIEDAD ANONIMA. SADICO DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA. Solicitud de inscripción de correo electrónico. Es todo, Firmo en Palmar Norte, Osa, Puntarenas, a las dieciocho horas cincuenta minutos del cinco de mayo de dos mil veintiséis. LICDO BILLY LATOUCHE ORTIZ, carne 17687. PUBLICACION UNA VEZ.—1 vez.—( IN202601068802 ).

Ante mi Notaría, se modifica el Pacto Constitutivo de la empresa “TRES-CIENTO UNO-OCHOCIENTOS DOCE MIL CIENTO CUARENTA Y UNO SOCIEDAD ANONIMA”, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ochocientos doce mil ciento cuarenta y uno, en cuanto a las Cláusula Segunda, que corresponden al domicilio social de la empresa.—En Siquirres, a las catorce horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Ranyinel Black Howlett, Notaria.—1 vez.—IN202601068803 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos uno, visible al folio ciento cuarenta y seis frente del tomo tres, a las dieciocho horas quince minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Pablo Solís Eidelman, Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de; i) Jazmin Sociedad Anónima, cédula jurídica tres – ciento uno – ciento noventa y cuatro mil ochocientos setenta y sies y ii) Puramor Arreglos Frutales & Más Limitada, cédula jurídica tres – ciento dos – setecientos cincuenta y seis mil ciento cincuenta y cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades antes indicadas, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago a las veintitrés horas cuarenta y seis minutos del tres de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diego Arturo Pacheco Solano. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068804 ).

En escritura otorgada a las 11:10 horas del 21 de abril del 2026 ante esta notaría, se presentó solicitud por parte de Software Leasing Group, S. R. L., cédula jurídica 3-102-802968, para incorporar correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley 10.597. San José, 29 de abril del 2026. Licda. Francinie Quesada Cruz.—1 vez.—( IN202601068805 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y cuatro, visible al folio ciento cuarenta y tres frente del tomo tres, a las catorce horas del día veintiséis del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de José Orlando Mora Quesada, Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de; Con Propósito Travel Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ochocientos noventa y nueve mil seiscientos ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago a las veintitrés horas veintisiete minutos del tres de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diego Arturo Pacheco Solano. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068806 ).

En mi notaría mediante escritura veintiocho - diecisiete visible al folio cuarenta y ocho frente, del tomo décimo sétimo, a las diez horas del día treinta de abril del año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas número uno de Aqua Master Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - novecientos once mil seiscientos treinta y nueve, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula octava “De la Junta Directiva” mediante la cual se acuerda modificar la representación de la sociedad.—San José, a las diez horas diecisiete minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Loreana Guerrero Gamboa, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068807 ).

Por escritura 111 otorgada ante los notarios Rafael Gullock Vargas e Ileana Sanabria Vargas, en el protocolo del primero, a las 16 horas 10 minutos del 24 de marzo del 2026, se protocolizó el acta número 3 de la denominada INVERSIONES VISIONARIAS HMF CR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3 – 102 – 901582, domiciliada en Alajuela, Central, del Servicentro Cristo Rey 50 metros al Sur y 25 metros al Oeste, en WU Taller Mecánica General, en la cual se revoca el nombramiento del subgerente y se realiza otro nuevo; se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo y se señala el correo electrónico: fmontero9514@gmail.com como medio para recibir notificaciones. Alajuela, a la hora y fecha que indica el certificado digital. Licda Ileana Sanabria Vargas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068808 ).

Por escritura 119 otorgada ante los notarios Rafael Gullock Vargas e Ileana Sanabria Vargas, en el protocolo del primero, a las 17 horas del 24 de Abril del 2026, se protocolizó el acta número 3 de la denominada Tres – Ciento Dos – Novecientos Once Mil Trescientos Noventa y Uno Sociedad De Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-911391, domiciliada en Heredia, San Isidro, de la Iglesia católica, 200 metros norte y 110 diez metros al oeste, casa a mano derecha, de dos plantas con portón negro, en la cual se modifica la cláusula Sexta del pacto constitutivo y se realiza el nombramiento del Subgerente. Alajuela, a la hora y fecha que indica el certificado digital. Licda Ileana Sanabria Vargas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068809 ).

Ante esta Notaría Pública, mediante escritura número veintidós- uno, de mi protocolo, otorgada a las de San José, al ser las diez horas y treinta minutos del día treinta de abril del año dos mil veintiséis, los socios que representan la totalidad del capital social de la entidad TRANSSUA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, en liquidación, cédula jurídica número tres - ciento uno - seis veintidós cero setenta y uno, disuelta administrativamente por la Ley nueve mil cuatrocientos veintiocho, nombran como liquidadora a María de Los Ángeles Balarezo Arias, mayor, soltera, contaduría, portadora de la cédula de identidad número siete-cero cero cincuenta y siete- cero cuatro diez, vecina de San José, Calle Blancos, Residencial Las Catalinas. A la liquidadora se le otorgan todas las facultades indicadas en el artículo doscientos catorce del Código de Comercio, y su nombramiento será por el tiempo que dure el proceso de liquidación. de San José, al ser las catorce horas y treinta minutos del día treinta de abril del año dos mil veintiséis.—Licenciada Zahylis Martínez Bueno, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068810 ).

El suscrito CLAUDIO ANTONIO MURILLO RAMIREZ, en mi calidad de representante con facultades de apoderado generalísimo de la sociedad TOTE Y FRANCHI, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número 3-101-134480, hago constar que mi representada ha procedido a la reposición de los libros Registro de Accionistas, Junta Directiva y Asamblea General. Lo anterior por extravío. San José, a las nueve horas cuarenta y dos minutos del día cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Claudio Antonio Murillos Ramírez, Tote y Franchi, Sociedad Anónima.—1 vez.—( IN202601068811 ).

Ante esta Notaría, bajo escritura número 21 del tomo 1, autorizada el 16 de abril del 2026, se protocolizó la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad GRUPO J.A.R SRL, con cédula jurídica 3-102-774580, bajo la cual se registró correo electrónico oficial para recibir notificaciones. Adriana Mayela Carvajal Chacón, Presidente. ES TODO. Grecia, 04 de mayo del 2026. Licda. Brenda María Molina Artavia, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068812 ).

ANTE ESTA NOTARIA, EL 04 DE MAYO DEL 2026, MEDIANTE ESCRITURA NÚMERO: 35-10, SE PROTOCOLIZA ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD CITESSA GROUP SOCIEDAD ANONIMA, TITULAR DE LA CÉDULA JURÍDICA TRES- CIENTO UNO- OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO, EN LA CUAL SE REFORMO LA CLAUSULA DE ADMINSITRACION Y SE NOMBRO NUEVO PRESIDENTE Y SECRETARIO. ES TODO. SAN JOSÉ, 04 DE MAYO DEL 2026. PUBLÍQUESE UNA VEZ. LIC. ALDO JOSE MATA MORALES. NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601068813 ).

Ante esta Notaría, bajo escritura número 20 del tomo 1, autorizada el 16 de abril del 2026, se protocolizó la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad MICAELA LA SOÑADA S.A, con cédula jurídica 3-101-526285, bajo la cual se registró correo electrónico oficial para recibir notificaciones. Roger Alvarado Hernández, Presidente. ES TODO. Grecia, 04 de mayo del 2026. Licda. Brenda María Molina Artavia, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068814 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos treinta y ocho, visible al folio ciento setenta y nueve vuelto, del tomo cuarenta y cinco del protocolo del suscrito notario, a las diecisiete horas y diez minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, se realiza formal solicitud de incorporación de correo electrónico de la sociedad S & L LOS CORRALES DE OCCIDENTE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – ochocientos siete mil cuatrocientos veinte. Lo anterior a fin de actualizar el domicilio social de dicha sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Alajuela, Grecia, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. LICENCIADA LAURA RAMÍREZ BRENES. NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601068815 ).

Ante esta notaría, mediante escritura TRESCIENTOS DIEZ- DOS, visible al folio ciento noventa frente al ciento noventa vuelto, del tomo DOS, de la dieciséis horas del cuatro mayo del dos mil veintiséis, se presentó la solicitud de protocolización del Acta Número; TRES de la sociedad CR FARM PRODUCTS V Y M SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número: Tres – ciento uno –seis seis nueve cero uno seis, domiciliada en la Provincia de San José, Pérez Zeledón, Pejibaye, Zapote ochocientos metros al oeste de la escuela del lugar, para incorporar correo electrónico: lvega@crfarmexport.com, en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, Pérez Zeledón , Pejibaye centro costado norte del CEN CINAI, al ser las diecisiete horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Marleny Zepeda Álvarez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068816 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria al ser las diecisiete horas treinta minutos del veintinueve de Abril de dos mil veintiséis, se incorpora el correo electrónico de la sociedad “TRANSPORTE REMUNERADO GUADALUPE DE CARTAGO SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número 3-101-73347. Es todo. Licda. Priscilla Cardenas Orozco.—1 vez.—( IN202601068817 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número: Trescientos doce-dos , visible al folio ciento noventa y uno frente al ciento noventa y dos frente , del tomo Dos, de la dieciseis horas del cinco mayo del dos mil veintiséis, se presentó la solicitud de protocolización del Acta Número; Tres de la sociedad AGROPECUARIA FONSECA HERNANDEZ Y FAMILIA SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número: Tres – Ciento Uno – cuatrocientos noventa y nueve mil seiscientos treinta y seis, domiciliada en la Provincia de Puntarenas, Buenos Aires, centro, La Virgen, trescientos metros este de la escuela de la localidad , para incorporar correo electrónico: eduardfonhernandez@gmail.com , en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete .San José, Pérez Zeledón , Pejibaye centro costado norte del CEN CINAI, al ser las quince horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis . Licda. Marleny Zepeda Álvarez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068818 ).

Por escritura número 260-20 otorgada ante el Notario Público, Eddie José Cuevas Marín, de las 07:20 horas, del 24 de abril del 2026, visible al folio 198 vuelto, del tomo 20, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada COMPAÑÍA GANADERA SOLÍS Y LIZANO S.A, cédula jurídica 3-101-026114, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Heredia, 28 de abril del 2026. Eddie José Cuevas Marín, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068819 ).

En esta Notaría mediante escritura pública: 064-44 otorgada en San Isidro de Heredia a las 08 horas 15 minutos del 02 de mayo del 2026, la sociedad Peletería y Viniles Los Ángeles Sociedad Anónima, con cédula jurídica: 3-101-570111, en cumplimiento de lo establecido en la ley: 10597, incluyó como su correo electrónico oficial para recibir notificaciones el siguiente: mauoviedoh@gmail.com Lic. Iván Villalobos Ramírez.—1 vez.—( IN202601068820 ).

Por escritura número 337-9 otorgada ante el Notario Público, Alejandra M. Carrillo Salazar de las 7 horas 15 minutos del 2 de mayo de 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada SOLUCIONES MIKEY Y ALEXIS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-932386, domiciliada en provincia de Guanacaste, cantón Nandayure, distrito Bejuco, poblado San Miguel, del cruce a playa San Miguel, novecientos metros noreste, lado izquierdo, casa color blanco, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Carmona, 5 de mayo de 2026. Licda. Alejandra M. Carrillo Salazar, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068821 ).

Que por medio de escritura CINCUENTA Y CUATRO- UNO del tomo UNO de la notaria Mariam Manuela Retana Mora, RODAMS LIMITADA, cedula jurídica número tres- ciento dos- trescientos diecisiete mil setecientos diez, firmada en Pérez Zeledón, a las once horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiséis, se solicita la incorporación del correo electrónico. Pérez Zeledón, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. -LIC. MARIAM MANUELA RETANA MORA– NOTARIA.—1 vez.—( IN202601068822 ).

Por escritura número 261-20, otorgada ante el Notario Público, Eddie José Cuevas Marín, de las 07:30 horas, del 24 de abril del 2026, visible al folio 199 frente, del tomo 20, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada MSC MONTAÑA DORADA DEL VALLE LIMITADA, cédula jurídica 3-101-341553, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Heredia, 04 de mayo del 2026.—Eddie José Cuevas Marín, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068823 ).

Por escritura número 336-9 otorgada ante el Notario Público, Alejandra M. Carrillo Salazar de las 7 horas del 2 de mayo de 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada ESTRELLA DE SAN MIIGUEL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA cédula jurídica 3-102-897113, domiciliada en Guanacaste, Nandayure, Bejuco, poblado Colonia del Valle, trescientos cincuenta metros sur de la plaza deportes, lado izquierdo, casa color blanco, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Carmona, 5 de mayo de 2026. Licda. Alejandra M. Carrillo Salazar, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068824 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 373, iniciada a folio 185 frente del Tomo 19, se presentó solicitud por parte del representante legal de Agrícola Río Grande Sociedad Anónima, cédula jurídica 3 – 101 - 232014, para incorporar el correo electrónico, en el domicilio social de la sociedad, conforme la Ley número 10597.—Palmares, Alajuela, 30 de abril del 2026.—Lic. Olger Vargas Castillo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068825 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos diecinueve, visible al folio ciento setenta frente al tomo ciento setenta frente, del tomo dos, a las veinte horas del día treinta de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante Legal Luis Miguel Venegas Soto, en su condición de Tesorero con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa denominada ZAMARIEGO JUVENTUS SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de personería jurídica tres-ciento uno- trescientos cincuenta y uno mil trescientos ochenta, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo, Ciudad Neily, a las veintidós horas del día treinta de abril de dos mil veintiséis. Licda. Dora Alfaro Corrales. Notaria.—1 vez.—( IN202601068826 ).

Por escritura número doscientos sesenta, visible al folio ciento cincuenta y dos frente del tomo ocho del protocolo del Notario Alonso Calderón Jiménez, a las diez horas del seis de mayo del dos mil veintiséis, se acuerda disolver y liquidar la sociedad Marleck sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y dos mil ciento cincuenta y seis. Atenas, seis de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Alonso Calderon Jiménez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068827 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del treinta de abril de 2026 se protocolizó acta de asamblea de coutistas de la sociedad “A ESTUDIO JURIDICO ESPECIALIZADO J Y E SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, cédula jurídica 3-102- 936364, modificando su cláusula sexta de administración y su cláusula sétima de Representación, así como la cesión de cuotas a la señora Johanna García Mora, cédula de identidad número uno– mil ciento trece – cero ochocientos. San José, 30 de abril del 2026. José Luis Campos Gutiérrez. Notario.—1 vez.—( IN202601068828 ).

Por escritura número 57-12 otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 06 de mayo del 2026, se protocoliza acta de Asamblea General Extraordinaria de accionistas de VILLAS MI BELLO PUERTO S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-132840 mediante la cual se acordó incorporar el correo electrónico: lauradelvaux@yahoo.com en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, 06 de mayo de 2026. NOTARIO: Efraín Mauricio Carvajal Madrigal.—1 vez.—( IN202601068829 ).

Ante esta notaría, por escritura doscientos nueve, del tomo dieciséis, se presentó solicitud por parte de la sociedad CHOCOLATES MARYANTO SOCIEDAD ANONIMA, cédula de personería jurídica número tres – uno cero uno – setecientos sesenta y nueve mil cuatrocientos sesenta y seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, y se modifica cláusula de representación. San José, cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Una vez. Lic. CAROLINA MORA SOLANO. Notaria Pública. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068830 ).

Ante esta notaría, mediante escritura pública número 56, visible al folio 46 vuelto, del tomo 2 de mi protocolo, de las 10 horas, del 01 de mayo de 2026, se apersonaron los señores el señor Manuel Alonso Jiménez Jiménez y Patricia María Vega Jiménez quienes en forma conjunta son representantes legales de la sociedad JIVE HERMANOS SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número 3-101-328831 a fin de solicitar la incorporación del correo electrónico: jive22sa@gmail.com, en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alajuela, a las 11 horas del día 01 de mayo de 2026. Es todo.—Lic. Ana Patricia Calderón Espinoza. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068831 ).

Por escritura número 56-12 otorgada ante esta notaría, a las 9:00 horas del 6 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte de Hilda Dien Chuen apoderada de las sociedades: EQUIRENTA ACTUAL S. A., cédula jurídica 3-101-238558, INVERSIONES DIEN S. A. cédula jurídica 3-101-114410, HERMANOS DIEN CHUEN S. A. cédula jurídico 3-101-130800, INMOBILIARIA YOHI S. A., cédula jurídica 3-101-152753, CONSTRUEQUIPO ACTUAL S. A., cédula jurídica 3-101-184257, CHUEN S. A., cédula jurídica 3-101-124319, LOYOHI S. A., cédula jurídica 3-101-125281 y MAHIYO S. A. cédula jurídica 3-101-213501 para incorporar el correo electrónico: contabilidad@equirenta.com en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número 10597. San José, 06 de mayo de 2026. NOTARIO: Efraín Mauricio Carvajal Madrigal.—1 vez.—( IN202601068832 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 191, visible al folio 150 frente, del tomo 8, a las 8:00 horas, del 30 de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de GILBERTO VASQUEZ HERNANDEZ, de SINTEGNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-811745; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Guápiles, a las nueve horas del día cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Isabel Vargas Vargas. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068833 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y cinco, visible al folio ciento cuarenta y tres vuelto del tomo tres, a las quince horas del día veintiséis del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Dora Luz Quirós Carvajal, Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de; Abastecedor Calqui Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres – ciento uno – ciento veinticuatro mil ochocientos treinta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago a las veintitrés horas veintinueve minutos del tres de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diego Arturo Pacheco Solano. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068834 ).

Por escritura otorgada en mi notaría, se presentó solicitud por parte del apoderado de BELLA R TIERRAZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres- ciento dos- ochocientos veintiséis mil seiscientos quince, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, a efectos de recibir todas sus notificaciones judiciales y administrativas. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Lic. Juan Carlos Sánchez Contreras. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068835 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 121, visible al folio 88 frente del tomo 20, a las 18:30 horas del 30 de abril del 2026, se presentó solicitud de Apoderado Generalísimo de COMPAÑÍA NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO DE ESCAZÚ S.A., 3-101-678406, para incorporar el correo electrónico andresalvarez6@hotmail.com conforme a la Ley número 10597.—San José 30 de abril 2026.—Lic. Daniel Befeler Scharf, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068836 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento veintiuno-veintinueve, visible al folio noventa y uno frente, del tomo veintinueve, a las ocho horas del veinticuatro de abril dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de las sociedades i) CONSTRUCTORA TABOR REIMERS, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-097088; ii) ANALISIS CONSTRUCTIVOS DEL FUTURO, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-164192; iii) ALQUIEQUIPOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-143712; iv) ADMINISTRACIONES DOS MIL, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-163446; v) J T R TRANSPORTES, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-177996; vi) TRES-CIENTO UNO-CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-456498; vii) B V ASTEROIDE CUATRO, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-238237; viii) B V UNO NUBE, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-235497; ix) DELVISTA CONDOMINIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-186343; x) INVERSIONES DE PRIMAVERA CLARA DEL SUR, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101- 719936; xi) INMOBILIARIA F F CINCO, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-245713; xii) PLAZA VICTORIA, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-099248; xiii) PORTON DE HIERRO TRES, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101- 179093; xiv) PORTON DE HIERRO UNO, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-178013; xv) PROPIEDADES REITA, SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica 3-101-767921; xvi) P V CINCO DEL OESTE, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-167751; xvii) P V CUATRO DEL OESTE, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-168204; xviii) P V DOS DEL OESTE, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-167775; xix) P V TRES DEL OESTE, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-167614; xx) P V UNO DEL OESTE, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-167178; xxi) TCG DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-341142; xxii) TOYA, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-028410; xxiii) VISTAS DE RIO SEGUNDO, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-778914; xxiv) PRISMA B.C XXI, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-620284; xxv) PRISMA B.C XXV, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-620287; xxvi) ARDANI VAIT, LIMITADA, cédula de persona Jurídica número 3-102-661663; xxv) TRES-CIENTO DOSOCHOCIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona Jurídica número 3-102-870491; y xxvi) PORTON DE HIERRO DOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101- 178077, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las indicadas sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veinticuatro de abril de dos mil veintiséis. Lic. Luis Ricardo Garino Granados. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068837 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta, visible al folio ochenta y cuatro vuelto, del tomo uno del protocolo, a las trece horas y treinta minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante Legal de GILUZ LEC SERVICIOS TECNICOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número TRES-CIENTO DOS-NOVECIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San Pedro de Poás, Alajuela a las nueve horas del día cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Licda. Viviana María Ballestero Murillo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068838 ).

Por escritura número 47 otorgada en la ciudad de Cartago, a las 10:00 horas del 28 de abril del 2026, se incorpora a la sociedad denominada Sol del Valle S. A. con cédula de personería jurídica número 3-101-278283, su dirección o correo electrónico y que corresponde a soldelvallesa@hotmail,com conforme a lo establece el artículo 18, inciso 10 del Código de Comercio y decreto ejecutivo 44648 MJP. Ante el Notario Público Karol Mata Araya. Cartago,28 de abril del 2026.—1 vez.—( IN202601068839 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 19:00 horas, del 22 de julio del 2025, se modifica la cláusula del domicilio de la sociedad A R A W Visión S. A., cédula jurídica número 3-101-236731, incluyendo correo electrónico para notificaciones, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío.—1 vez.—( IN202601068848 ).

Ante esta notaría mediante escritura número 254, visible al folio 152 frente, del tomo 35, a las 16 horas, del 27 de abril del año 2026, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de INVERSIONES COMERCIALES GARRO, S.A, con la cédula de persona jurídica número 3-101-704978 mediante la cual se acordó reformar la cláusula número QUINTA del pacto constitutivo, aumentando su capital social en la suma de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE COLONES, a las dieciséis horas cincuenta y dos minutos del día veintisiete del mes de abril del año Dos mil veintiséis. 1 vez - LIC. JOSE ADRIÁN VARGAS SOLÍS.—1 vez.—( IN202601068850 ).

Se hace constar que mediante escritura número cincuenta y nueve otorgada a las nueve horas del día veintidós de abril del año dos mil veintiséis, ante el notario Marianela Carvajal Carvajal, compareció el apoderado generalísimo de la sociedad AST ADMINISTRATIVA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- doscientos setenta y cuatro mil cuatrocientos veintinueve y solicitó la inclusión del correo electrónico en la cláusula del domicilio social de conformidad con la ley diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. 1vez. Licda. Marianela Carvajal Carvajal. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068853 ).

Ante esta notaria, mediante escritura 87-1, MARÍA ISABEL SOTO RODRÍGUEZ, cédula de identidad 5-0198-0615, apoderada generalísima sin límite de suma, quien podrá actuar de forma individual, incorpora un correo electrónico en la sociedad AP GRUPO SOTO DEL NORTE S Y S SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-312838, conforme a la Ley 10597. San José, 24 de abril del 2026, Notario público Marco Zeledón Cervantes.—1 vez.—( IN202601068857 ).

Por escritura número doscientos cincuenta, otorgada ante mí a las diecisiete horas del veintiséis de abril del dos mil veintiséis, CHAVES Y COLOMBARI SOCIEDAD ANONIMA, procedió a incluir el correo electrónico el cual es: rberchcol@gmail.com Lo anterior para efectos de notificaciones. San José, siete de mayo del dos mil veintiséis. Notario: Juan José Quirós Meléndez.—1 vez.—( IN202601068859 ).

Ante esta notaría, por escritura ciento cinco, se presentó solicitud de la sociedad Tres-ciento dos-cuatro ocho siete cinco dos cero S.R.L., cédula jurídica tres- ciento dos- cuatro ocho siete cinco dos cero, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, diez horas y cinco minutos del veintiséis de abril del año dos mil veintiséis. Lic. LUIS DIEGO QUESADA ARAYA. Notario Público. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068860 ).

Ante esta notaría mediante escritura número 165 del Tomo 13 de mi protocolo, a las 13:35 horas del 04 de mayo del 2026, se solicita la inclusión del correo electrónico: josenavarroherrera@hotmail.com, de la sociedad REPRESENTACIONES MARIELISA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica: 3-101-213896, lo anterior en cumplimiento de la ley diez mil quinientos noventa y siete. Publicar por una vez. – Alajuela, San Rafael, 04 de mayo del 2026. –Lic. Javier Yesca Soto, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068862 ).

Que el día nueve de abril del año dos mil veintiséis ante esta notaría se realizó escritura de la sociedad anónima denominada CACAO MAGIC COSTA RICA LIMITADA, cédula jurídica número TRES – CIENTO DOS- SETECIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS, para inscribir el respectivo correo electrónico a esta Sociedad Anónima. San Isidro de El General, 06 DE mayo 2026 LIC VICTOR ESTEBAN MENDEZ ZUÑIGA.—1 vez.—( IN202601068863 ).

Que el día veintinueve de abril del año dos mil veintiséis ante esta notaría se realizó escritura de la sociedad anónima denominada TRES-CIENTO UNO-SEISCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veinte mil quinientos setenta y tres, para inscribir el respectivo correo electrónico a esta Sociedad Anónima. San Isidro de El General, 06 DE mayo 2026 LIC VICTOR ESTEBAN MENDEZ ZUÑIGA.—1 vez.—( IN202601068865 ).

Ante esta Notaría, otorgada a las Trece horas, del veintiocho de abril, del año dos mil veintiséis, se solicita adicionar el correo electrónico de la Sociedad BICS PLACE CR LIMITADA con cedula de persona jurídica número: tres – ciento dos – siete cero siete nueve cero cinco. Nicoya, trece horas del seis de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Luis Benedicto Villalobos Sequeira.—1 vez.—( IN202601068866 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las siete horas treinta minutos del día seis de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad “INVERSIONES Y DESARROLLOS SERMARVI SMV AZUL, SOCIEDAD ANÓNIMA”. Donde se acuerda reformar la cláusula de los estatutos sociales de la Compañía, referente al domicilio social. San José, seis de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601068868 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día seis de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad “OFICINAS MAR-LU, SOCIEDAD ANÓNIMA”. Donde se acuerda reformar la cláusula de los estatutos sociales de la Compañía, referente al domicilio social. San José, seis de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601068870 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas del día seis de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad LUJACO, SOCIEDAD ANÓNIMA. Donde se acuerda reformar la cláusula de los estatutos sociales de la Compañía, referente al domicilio social. San José, seis de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601068871 ).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las a las ocho horas treinta minutos del tres de mayo del dos mil veintiséis, se protocolizo el acta de Asamblea General Extraordinaria de Cuotistas de la sociedad CONSTRUCTURA JMF CR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-novecientos veinticinco mil quinientos treinta y cuatro mediante la cual se acordó reformar la razón social, a Verde Conchal S.R.L y reformar la cláusula octava de los estatutos, Aguas Claras, tres de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Leonela López Gutiérrez Notaria.—1 vez.—( IN202601068872 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas quince minutos del día seis de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad “LOS MANGOS VEINTE VEINTINUEVE, SOCIEDAD ANÓNIMA”. Donde se acuerda reformar la cláusula de los estatutos sociales de la Compañía, referente al domicilio social. San José, seis de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601068873 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad “INVERSIONES DIAGONAL CUARENTA Y SIETE, SOCIEDAD ANÓNIMA”. Donde se acuerda reformar la cláusula de los estatutos sociales de la Compañía, referente al domicilio social. San José, seis de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601068874 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas cuarenta y cinco minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad “DESARROLLO E INVERSIONES CCE VERDE, SOCIEDAD ANÓNIMA”. Donde se acuerda reformar la cláusula de los Estatutos Sociales de la Compañía, referente al domicilio social.—San José, seis de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601068876 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del día seis de mayo del año dos mil veintiséis, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad “INVERSIONES EC BLUJALU, SOCIEDAD ANÓNIMA”. Donde se acuerda se acuerda reformar la cláusula de los Estatutos Sociales de la Compañía, referente al domicilio social.—San José, seis de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601068877 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas quince minutos del día seis de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad “LOMAS LA VEREDA CENTRO COMERCIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA”. Donde se acuerda reformar la cláusula de los Estatutos Sociales de la Compañía, referente al domicilio social. San José, seis de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601068879 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del seis de mayo del dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas se solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: comercial.cr@copisa.com para la atención de notificaciones de la compañía “COPISA CONSTRUCTORA PIRENAICA, SOCIEDAD ANÓNIMA”.—San José, seis de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601068880 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas quince minutos del día seis de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad denominada Tres-Ciento Dos-Ochocientos Setenta Mil Cuatrocientos Setenta Y Uno, Sociedad de Responsabilidad Limitada, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: ellis@nar-ventures.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente.—San José, seis de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601068881 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas se solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: oficios.@corporacionbct.com para la atención de notificaciones de las compañías: “a) BANCO BCT SOCIEDAD ANONIMA, b) BCT ARRENDADORA SOCIEDAD ANONIMA, c) BCT SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSION SOCIEDAD ANONIMA; d) BCT VALORES PUESTO DE BOLSA SOCIEDAD ANONIMA, e) BCT SERVICIOS CORPORATIVOS SOCIEDAD ANONIMA”. San José, seis de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601068882 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del seis de mayo dos mil veintiséis, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad “ASPEN CARICAM SOCIEDAD ANÓNIMA”. Donde se acuerda modificar la cláusula sexta de los estatutos de la Compañía, de la Administración.—San José, seis de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601068883 ).

Por escritura otorgada ante mí a las trece horas del seis de mayo del dos mil veintiséis, protocolicé Acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad “TRES – CIENTO DOS – NOVECIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, con número de cédula jurídica tres – ciento dos – novecientos sesenta mil doscientos cuarenta y cinco, de a las ocho horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, mediante la cual se acuerda la disolución de esta sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio y el nombramiento de liquidador de conformidad con el artículo doscientos catorce del Código de Comercio.- Notario Público: Rolando González Calderón.—1 vez.—( IN202601068887 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 6 de mayo del 2026., se acordó incorporar una dirección de correo electrónico actual y válida para efectos de notificaciones, conforme a lo dispuesto en el artículo por el artículo 18, inciso 10 del Código de Comercio, para la sociedad: TRES – CIENTO UNO – SEISCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO SOCIEDAD ANÓNIMA. Notario: Ricardo Cordero Baltodano.—1 vez.—( IN202601068888 ).

La sociedad RAMIREZ PERAZA Y HERRERA LIMITADA, cédula jurídica número: 3-102-085519, celebra Asamblea General Ordinaria, domicilio social Alajuela, Naranjo, 100 metros al sur de la iglesia católica, el día 24 de mayo 2026 a las 8:30 horas en primera convocatoria y 9:00 horas en segunda convocatoria el mismo día. Licda. María Elena Solís Sauma. Notaria Pública. Florencia, San Carlos, Alajuela. 04 mayo 2026.—1 vez.—( IN202601068890 ).

Por Escritura 239-17 del Tomo 17, de las 08 horas día 04 mayo año 2026, cumpliendo con “Ley para Establecer el Correo Electrónico como medio de Notificación para las Sociedades Mercantiles” Ley 10597, se hace inclusión de correo electrónico para la sociedad LOS MACHACOS SANCARLEÑOS SOCIEDAD ANONIMA. Cédula jurídica número: 3-101-533417. Licda. María Elena Solís Sauma. Notaria Pública. Florencia, 04 mayo 2026.—1 vez.—( IN202601068893 ).

Por Escritura 237-17 del Tomo 17, de las 8 horas del 30 de abril año 2026, cumpliendo con “Ley para Establecer el Correo Electrónico como medio de Notificación para las Sociedades Mercantiles” Ley 10597, se hace inclusión de correo electrónico para la Sociedad GANADERA SANTA ISABELITA SOCIEDAD ANONIMA. Cédula jurídica número: 3-101- 093007. Licda. María Elena Solís Sauma. Notaría Pública. Florencia, San Carlos, Alajuela 30 de abril 2026.—1 vez.—( IN202601068895 ).

TRES CIENTO UNO-OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE S. A. cédula 3-101-837499 Por escritura número 67 del tomo 3 del protocolo del suscrito Notario, reforma pacto social, inclusión de correo. Notario Lic. ELIAS F. ESPINOZA GAMBOA. Notario.—1 vez.—( IN202601068896 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número veintiuno, visible al folio diecinueve vuelto del tomo treinta y seis, a las catorce horas del veintiséis de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Presidente y Apoderado Generalísimo de la empresa GRUPO CASUR DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica tres - ciento uno – setecientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa y siete , para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Heredia, San Francisco a las diez horas treinta y cinco minutos del día treinta de abril del dos mil veintiséis. Lic. Randall Segura Ulate. Notario Público. Notario.—1 vez.—( IN202601068897 ).

TRES CIENTO UNO-OCHOCIENTOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA S. A. cédula 3-101-827850 Por escritura número 68 del tomo 3 del protocolo del suscrito Notario, reforma pacto social, inclusión de correo. Notario Lic. ELIAS F. ESPINOZA GAMBOA.—1 vez.—( IN202601068898 ).

Ante esta notaría, por ciento treinta y ocho, se presentó solicitud de la sociedad: CLUB OF YELLOW JACKETS GTE XXI SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres- ciento uno- cinco dos cinco cero siete seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, seis horas del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Luis Diego Quesada Araya, Notario Público. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068899 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cuarenta y ocho, visible al folio dieciocho vuelto, del tomo dos, a las diez horas y treinta minutos del día , a las ocho horas y treinta minutos del día veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis , se presentó solicitud por parte Jacqueline Hernández Brenes, de Ledecora Innovando Su Espacio S. A., con cédula jurídica número: tres-uno cero uno-siete nueve cuatro cero cinco ocho para incorporar un correo electrónico factura@ldecora.com en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Alajuela, veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis.—Licda. Melissa Sanabria Saborio. Notario Público.—1 vez.—( IN202601068900 ).

La suscrita Notaria María Pamela López Ortiz, hace constar que, en esta notaria se protocolizó NEXO PURA VIDA SRL. Es todo, firmo a las siete horas y cincuenta cuatro minutos del veintiocho de abril de dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601068901 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del día seis de mayo de dos mil veintiséis, donde se protocoliza los acuerdos del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INVERSIONES SE FD, SOCIEDAD ANÓNIMA de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: notificacioneslegales@costaelena.com. para la atención de notificaciones de la Compañía.—San José, siete de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601068903 ).

Por escritura número ciento treinta y seis de las once horas y quince minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis, otorgada ante la Lic. Daniela Leitón Castillo, las sociedades Adalesi S.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – cuatrocientos treinta y tres mil ciento veinticinco, Productos de La Huerta El Castillo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno – tres dos uno dos ocho nueve, Comercializadora Mora MCH Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno – setecientos noventa mil ciento noventa y siete, reformaron la cláusula de domicilio de sus respectivos pactos constitutivos, a efectos de incluir direcciones de correo electrónico, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Licda. Daniela Leitón Castillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068909 ).

Por escritura pública otorgada a las 14:30 horas del 6 de mayo del dos mil veintiséis, de la sociedad “FRISKY SLOTH CR LIMITADA”, con número de cédula jurídica tres – ciento dos – ochocientos cincuenta y tres mil seiscientos sesenta y tres, establece como correo electrónico friskyslothcr@gmail.com- en cumplimiento con la Ley 10597. Notario: Hernán Cordero Baltodano.—1 vez.—( IN202601068910 ).

Por escritura número doscientos cincuenta, otorgada en este Notaría, a las catorce horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis, el señor Giacomo Bucchi, de Apoderado Generalísimo de la sociedad denominada CORPORACION SGAFFO S. A., incluye medio electrónico para recibir notificaciones según transitorio I y II de la Ley diez mil quinientos noventa y siete. —Santa Cruz, treinta de abril. Publíquese una sola vez. —Licenciada Marcela Vargas García.—1 vez.—( IN202601068912 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 05 de mayo, 2026, se incorpora cuenta de correo electrónico, en la mercantil 3-101-490663 Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-490663. San José, 05 de mayo del 2026.- Licda. Siu-len Wing-Ching Jiménez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068913 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:15 horas del 05 de mayo, 2026, se incorpora cuenta de correo electrónico, en la mercantil Árbol Brillante Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-653017. San José, 05 de mayo del 2026.- Licda. Siu-len Wing-Ching Jiménez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068914 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:30 horas del 05 de mayo, 2026, se incorpora cuenta de correo electrónico, en la mercantil Árbol Infinito Limitada, cédula jurídica 3-102-711383. San José, 05 de mayo del 2026.- Licda. Siu-len Wing-Ching Jiménez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068915 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:45 horas del 05 de mayo, 2026, se incorpora cuenta de correo electrónico, en la mercantil Fénix Luminoso Limitada, cédula jurídica 3-102-711483. San José, 05 de mayo del 2026.- Licda. Siu-len Wing-Ching Jiménez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068916 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 05 de mayo, 2026, se incorpora cuenta de correo electrónico, en la mercantil Milagro de Oriente Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-652066. San José, 05 de mayo del 2026.- Licda. Siu-len Wing-Ching Jiménez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068917 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:15 horas del 05 de mayo, 2026, se incorpora cuenta de correo electrónico, en la mercantil Palacios del Dos Mil Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-557460. San José, 05 de mayo del 2026.- Licda. Siu-len Wing-Ching Jiménez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068918 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:30 horas del 05 de mayo, 2026, se incorpora cuenta de correo electrónico, en la mercantil Tesoros de Xian Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-557437. San José, 05 de mayo del 2026.- Licda. Siu-len Wing-Ching Jiménez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068919 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las 18 hrs. del 27 de abril del 2026, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tech Zilla, SRL, con cédula de persona jurídica número 3-102-801896, mediante la cual se acuerda disolver y liquidar la empresa -. Heredia, 27 de abril del 2026.— Lic. Gustavo Ramírez Cordero.—1 vez.—( IN202601068920 ).

Ante esta notaría, por escritura doscientos catorce, del tomo dieciséis, se presentó solicitud por parte de la sociedad GRUPO VE Y VE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número cédula jurídica número tres- ciento uno- trescientos catorce mil ochocientos doce, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Una vez. Lic. CAROLINA MORA SOLANO. Notaria Pública. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601068921 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12:45 horas del día 17 de marzo del 2026, se protocoliza solicitud de XXX Ú SURE LA ESPERANZA, S. A., cédula jurídica número 3- 101-791970, ante el Registro Nacional, para inscribir el correo electrónico de recepción de notificaciones.—San José, 6 de mayo 2026.—Licenciado. Juan Carlos Villasuso Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068925 ).

Que por escritura pública otorgada ante esta Notaría, el día de hoy, la sociedad STANDARD FRUIT COMPANY DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y cinco mil ciento ochenta y uno, reformó la cláusula novena del pacto constitutivo. Sam José, seis de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez sin plazo de publicación.—Notaria Marta Isabel Alvarado Granados, carné dos mil cuatrocientos veintidós.—1 vez.—( IN202601068926 ).

Ante mí, Enrique Montoya Morales, Notario Público con oficina en Santiago de Puriscal, 125 metros sur del Banco Popular, mediante escritura número 273 visible al folio 183 Frente 183 vuelto del tomo 6 de mi protocolo. Cabañas Ensueño e Puriscal S.A, cédula Jurídica 3-101-553707, solicita inscripción de correo electrónico. Puriscal, 28 de abril de 2026.—Enrique Montoya Morales, Notario.—1 vez.—( IN202601068933 ).

Por escritura número doscientos cincuenta y uno, otorgada en este Notaría, a las trece horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, la señora Yuliza Padilla Pérez, Apoderada Generalísima de la sociedad denominada LOS CRESTONES PURA VIDA SRL, incluye medio electrónico para recibir notificaciones según transitorio I y II de la Ley diez mil quinientos noventa y siete.—Santa Cruz, treinta de abril. Publíquese una sola vez.—Licenciada Marcela Vargas García.—1 vez.—( IN202601068934 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 256 visible al folio 143 frente del tomo once, de las nueve horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante legal de la sociedad Corporación Denmark de Zancudo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-380572, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Golfito, a las nueve horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintiséis.—Licda. Jarlin Guerra Alvarez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068936 ).

Mediante escritura número 258, de las catorce horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintiséis, se reforma la cláusula Sétima del Pacto Constitutivo de la sociedad VISHNU DOS SOCIEDAD ANÓNIMA.—Golfito, cinco de mayo de dos mil veintiséis.—Notaria Jarlin Guerra Álvarez.—1 vez.—( IN202601068937 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 255 visible al folio 142 vuelto del tomo once, de las once horas treinta minutos del once de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante legal de las sociedades LA JAMA ZANCUDO LIMITADA, cédula jurídica 3-102-402691 y FLORES OL TIERRA Y MEARS SOCIEDAD ANONIMA. Cedula jurídica número 3-101-629261, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Golfito, a las once horas treinta minutos del del once de abril de dos mil veintiséis. Licda. Jarlin Guerra Alvarez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068938 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 247 visible al folio 138 del tomo once, de las trece horas treinta minutos del ocho de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante legal de la sociedad IRE DEL PACIFICO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-115834, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Golfito, a las veinte horas del catorce de abril de veintiséis . Licda. Jarlin Guerra Alvarez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068939 ).

Mediante escritura 416 tomo 02, notario José David Salazar Murillo, código 28170, otorgada a las 16.00 horas del 27-04-2026; se estableció incorporar el correo electrónico titocardenas5050@gmail.com, en la sociedad CARDRAM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-701465. San Vito, 28-04-2026. Notario José David Salazar Murillo.—1 vez.—( IN202601068940 ).

Por escritura número: ciento cincuenta y cuatro - diez otorgada ante el Notario Público, Freddy Rafael Montes Pérez de las trece horas y diecisiete minutos del diez de febrero de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada INVERSIONES PRESENTE Y FUTURAS FREVI Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres - ciento uno - cuatro dos ocho ocho seis siete y domicilio social en Río Claro de Golfito, frete gimnasio Escuela Central, Edificio Montes Alemán, local número cuatro, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Río Claro, a las ocho horas y treinta y cuatro minutos del martes, veintiocho de abril de dos mil veintiséis con.—Lic. Freddy Rafael Montes Pérez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068941 ).

Las sociedades denominadas por su orden: 3-102-618046 LIMITADA, 3-102- 649505 S.R.L, 3-102-618218 S. R. L . y BUFETE TELLINI MORA LIMITADA, PROTOCOLIZAN ACUERDOS DE ASAMBLEA DE SOCIOS. NOTARIO JUAN MANUEL RAMIREZ VILLANEA, San José, veintisiete de abril del dos mil veintiséis. Teléfono: 89286987.—1 vez.—( IN202601068942 ).

Corporación Matamoros Hernández Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - doscientos cuarenta y un mil nueve; Mueve Mas Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - sesenta y nueve mil ochocientos treinta y tres; Proyecto Concepción Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - cuatrocientos quince mil setecientos cincuenta y cuatro; y Retairus Magnus Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - cuatrocientos cuarenta y cinco mil quince, en escritura otorgada a las diecisiete horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, número treinta y ocho - ciento sesenta y ocho, visible de folio ciento cincuenta y nueve frente y vuelto, tomo ciento sesenta y ocho, de ésta notaría, consignan correo electrónico para publicar en el Registro Nacional, en cumplimiento de lo dispuesto en la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Colón, treinta de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Ananías Matamoros Carvajal.—1 vez.—( IN202601068943 ).

LA GAVIOTA DORADA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres - ciento uno - ciento setenta y seis mil dieciocho, ALTOS DE NUNCIATURA ALMENDRO UNIDAD OCHO D SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres - ciento uno - cuatrocientos ochenta y siete mil seiscientos cincuenta y cinco, CENTRO CARDIOLOGICO INTEGRAL SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres - ciento uno - quinientos veintiún mil ciento cincuenta y tres y VALCALA DE ARAGON SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres - ciento uno - quinientos noventa mil ochocientos treinta y cinco, en escritura otorgada a las diecinueve horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, número treinta y nueve - ciento sesenta y ocho, visible de folio ciento cincuenta y nueve vuelto a ciento sesenta vuelto, tomo ciento sesenta y ocho, de ésta notaría, consignan correo electrónico para publicar en el Registro Nacional, en cumplimiento de lo dispuesto en la ley número diez mil quinientos noventa y siete.- Colón, treinta de abril del dos mil veintiséis. Lic. Ananias Matamoros Carvajal.—1 vez.—( IN202601068944 ).

LIMMAT SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres - ciento uno - quinientos treinta y tres mil cuatrocientos setenta y tres, en escritura otorgada a las trece horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis, número treinta y cinco - ciento sesenta y ocho, visible de folio ciento cincuenta y uno frente y vuelto, tomo ciento sesenta y ocho, de ésta notaría, consigna correo electrónico para publicar en el Registro Nacional, en cumplimiento de lo dispuesto en la ley número diez mil quinientos noventa y siete.- Colón, treinta de abril del dos mil veintiséis. Lic. Ananias Matamoros Carvajal.—1 vez.—( IN202601068945 ).

Rouragui Limitada, cédula jurídica tres - ciento dos - ciento once mil seiscientos cuarenta y nueve; Rocla Maji Limitada, cédula jurídica tres - ciento dos - ochocientos tres mil trescientos noventa y uno y Tres - Ciento Dos - Novecientos Treinta y Nueve Mil Cuatrocientos Veintisiete Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres - ciento dos - novecientos treinta y nueve mil cuatrocientos veintisiete, en escritura otorgada a las quince horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, número treinta y siete - ciento sesenta y ocho, visible de folio ciento cincuenta y ocho frente a ciento cincuenta y nueve frente, tomo ciento sesenta y ocho, de ésta notaría, consignan correo electrónico para publicar en el Registro Nacional, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Colón, treinta de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Ananías Matamoros Carvajal.—1 vez.—( IN202601068946 ).

TRIGESISETE MONTEBRISA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos setenta y dos mil quinientos cuarenta y tres, en escritura otorgada a las quince horas del dieciséis de abril del dos mil veintiséis, número treinta - ciento sesenta y ocho, visible de folio ciento treinta y cinco vuelto, tomo ciento sesenta y ocho, de ésta notaría, consigna correo electrónico para publicar en el Registro Nacional, en cumplimiento de lo dispuesto en la ley número diez mil quinientos noventa y siete.- Colón, veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Lic. Ananias Matamoros Carvajal.—1 vez.—( IN202601068947 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 08:00 horas del 27 de abril del 2026, se protocolizó acta de Asamblea de socios de “BEACHFRONTBLISS LIMITADA,” cédula jurídica número 3-102-901996, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y setima del pacto social. San José, 27 de abril del 2026- Licda. Yolanda Araya Jara.—1 vez.—( IN202601068948 ).

El suscrito José Fidelio Castillo Pérez, Notario Público, hace constar que por escritura número 97 del Tomo 16 de mi Protocolo, otorgada en San José, Pavas, a las 15:00 horas del 06 de mayo de 2026, el señor Herald Artavia Moreira, mayor, casado tres veces, empresario, con cédula de identidad número 1-745-933, vecino de San José, Pavas, Residencial Roma Oeste, avenidas 43 y 45, calle 120, casa número 255, en su carácter de Presidente y representante judicial y extrajudicial con facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de Arpa Commercial Group Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-734241, solicita al Registro de Personas Jurídicas, la incorporación del correo electrónico de dicha sociedad a la base registral para efectos de recepción de notificaciones judiciales y administrativas al siguiente correo electrónico: xpresswashcr@gmail.com. San José, Pavas, mayo 06 de 2026.—1 vez.—( IN202601068949 ).

Se da publicidad registral en cumplimiento a la ley 10597, se presenta el registro del correo electrónico consultores.setena@gmail.com de Asesorías Y Consultorías Ambientales Sociedad Anónima, cédula jurídica número Tres- Ciento Uno-Cuatrocientos Setenta Mil Doscientos Treinta, en escritura 62, es todo. Ciudad de San José, a las ocho horas y cincuenta minutos del día siete del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Jean Maurice Alfaro Gairaud cargo Notario Público.—1 vez.—( IN202601068950 ).

Por escritura número ciento setenta y uno, otorgada ante esta notaria a las quince horas y del día seis de mayo de dos mil veintiséis, se protocolizó Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la entidad denominada TRES- CIENTO UNO –QUINIENTOS DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO S.A, en la cual se modifica la cláusula de la administración. Publíquese una vez. Lic. Mauricio Camacho Villalobos.—1 vez.—( IN202601068952 ).

Ante esta Notaria Pública, por escritura número cuarenta del tomo veinticinco otorgada a las ocho horas del día veintiuno de abril del año dos mil veintiséis se aporta dirección electrónica de Gestora Inmobiliaria Valle Verde RyM S. A. San José veintiuno de abril del año dos mil veintiséis. Lic Ronald Rodríguez Villalobos.—1 vez.—( IN202601068955 ).

Mediante la escritura pública número ciento noventa y cinco- dieciséis, de las once horas con treinta minutos del veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis, se realiza la solicitud de inscripción del correo electrónico de las sociedades INVERSIONES LUO Y LIANG S.R.L., con cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos noventa mil doscientos noventa y tres, TRES-CIENTO DOS-NOVECIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE S.R.L., con cédula jurídica número tres-ciento dos-novecientos trece mil ochocientos ochenta y nueve y FAMILIA DE PABLO Y SOFIA DE GUANACASTE S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos sesenta y tres mil ochocientos noventa y nueve.—Licda. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN202601068956 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 279 visible al folio 156 vuelto del tomo once, de las ocho horas treinta minutos del veintisiete de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante Legal de las sociedades AKLO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-182180, DI SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-182620, RAPHIA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-182366, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Golfito, a las once horas quince minutos del cinco de mayo de veintiséis . Licda. Jarlin Guerra Alvarez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068957 ).

Mediante escritura número 287, de las quince horas cuarenta minutos del veintinueve de abril de dos mil veintiséis, se reforma la cláusula Octava del Pacto Constitutivo de la sociedad BEACHFRONT WORLDCOM ENTERPRISES SOCIEDAD ANONIMA. Golfito, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Notaria Jarlin Guerra Alvarez.—1 vez.—( IN202601068958 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 271 visible al folio 152 frente del tomo once, de las once horas treinta minutos del quince de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de los Representantes Legales de la sociedad LOS TREBOL QUEPOS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-773890, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Golfito, a las once horas del cinco de mayo de veintiséis.—Licda. Jarlin Guerra Álvarez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068959 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 284 visible al folio 158 vuelto del tomo once, de las diez horas quince minutos del veintinueve de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante Legal de las sociedades SEABONAY ISLAND SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-548987, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Golfito, a las once horas veinticinco minutos del cinco de mayo de veintiséis . Licda. Jarlin Guerra Alvarez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068960 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 295 visible al folio 166 del tomo once, de las diez horas del cuatro de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante Legal de la sociedad Hacienda Seve Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-358721, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Golfito, a las once horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo de veintiséis.—Licda. Jarlin Guerra Álvarez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068961 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 291 visible al folio 163 del tomo once, de las quince horas del treinta de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante Legal de la sociedad SPARROW MOUNTAIN MANAGEMENT SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-262024, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Golfito, a las once horas treinta y cinco minutos del cinco de mayo de veintiséis . Licda. Jarlin Guerra Alvarez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068962 ).

Ante esta Notaria Pública, por escritura número cuarenta del tomo veinticinco otorgada a las ocho horas del día veintiuno de abril del año dos mil veintiséis se aporta dirección electrónica de Marfil Negro S. A.—San José veintiuno de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos.—1 vez.—( IN202601068963 ).

Mediante la escritura pública número doscientos - dieciséis, de las doce horas del veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, se realiza la solicitud de inscripción del correo electrónico de la sociedad DISTRIBUIDORA DEL NORTE AWFA S. A., con cédula Jurídica tres-ciento uno- doscientos noventa mil seiscientos quince, LCY RINDEMAS SAMARA S.R.L con cédula Jurídica tres– ciento dos – ochocientos cincuenta y seis mil quinientos noventa y uno, RINDECONOMIC VEGGIES S R L, con cédula Jurídica tres -ciento dos-ochocientos sesenta y ocho mil cuatrocientos treinta y siete.—Licda. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN202601068964 ).

Ante mi notaría, por escritura número 276 del 27 de abril del 2026, el señor DAMION STEVEN PHILLIPPE PHILLIPPE, con cédula de identidad número 8- 0096- 0734 en su condición de representante legal de las sociedades 3-101-574139 S. A., 3-101-634419 S. A. y 3-101-634420 S.A, incluye correo electrónico para futuras notificaciones judiciales y administrativas. Concepción, La Unión, 28 de abril del 2026. Licda. Rebeca Castillo Bastos.—1 vez.—( IN202601068965 ).

Mediante la escritura pública número doscientos cinco- dieciséis, a las veinte horas del veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, se realiza la solicitud de inscripción del correo electrónico de la sociedad Ganadería Río Naranjo U.C S.R.L., cédula jurídica número: tres -ciento dos – novecientos un mil trescientos setenta y ocho. - Notaria. Licda. Yadriela Rodríguez Quesada.—1 vez.—( IN202601068966 ).

Ante mi Notaría, por escritura número 66, otorgada a las nueve horas, del día 07 de mayo del año 2026, la Señora MARTA ILEANA CORDOBA CRUZ, como única socia de la empresa de esta plaza, DELFINA CORDOBA Y COMPAÑÍA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres-ciento uno-cero trece mil setecientos treinta y ocho, acordaron la DISOLUCIÓN de la sociedad por no tener actividad. San José, 07 de mayo, del año 2026. LICDA. MAYELA COGHI CORRALES.—1 vez.—( IN202601068967 ).

Ante esta Notaria Pública, por escritura número cuarenta del tomo veinticinco otorgada a las ocho horas del día veintiuno de abril del año dos mil veintiséis se aporta dirección electrónica de Gestora Inmobiliaria Rodia S. A..—San José veintiuno de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Ronald Rodríguez Villalobos.—1 vez.—( IN202601068968 ).

Mediante la escritura pública número doscientos tres- dieciséis, a las quince horas del veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, se realiza la solicitud de inscripción del correo electrónico de la sociedad Compañía Agropecuaria Floriselda Sociedad Anónima, cedula jurídica número: tres -ciento uno – cero treinta y tres mil cuatrocientos catorce.—Licda. Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria..—1 vez.—( IN202601068969 ).

Por escritura numero Dieciseis- Treinta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las trece horas del día veintisiete de abril del Dos mil veintiseis, se modifica el domicilio social y se incorpora el correo electrónico acuarioazul1109@gmail.com como medio de notificaciones en la información registral, en la sociedad Acuario Azul del Pacifico Sociedad Anónima, con cédula jurídica número Tres– ciento uno– Ciento cuarenta y un mil quinientos veinticuatro.- Jaco, Veintiocho de abril del Dos mil veintiseis. –Jorge Julián Ortega Volio. Notario.—1 vez.—( IN202601068970 ).

Yo, Mauricio Vargas Barguil, Notario Público carnet cinco mil cuarenta y nueve, doy aviso que a solicitud de Yeylin Chacón Romero, Protocolicé Acta de Asamblea General de Socios de Frutoterapia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno- seis dos seis cinco cero dos sociedad anónima, por la que se acepta la renuncia de la Junta Directiva y del Fiscal y se hacen nuevos nombramientos, se modifica la cláusula Segunda de los Estatutos del domicilio y se indica como correo electrónico dulcitococoinfo@gmail.com para notificaciones. Ciudad de San José, siete de mayo del dos mil veintiséis. Mauricio Vargas Barguil, cédula de identidad número tres-cero dos ocho seis-cero cero tres cinco.—1 vez.—( IN202601068971 ).

Ante esta Notaria Pública, por escritura número cuarenta del tomo veinticinco otorgada a las ocho horas del día veintiuno de abril del año dos mil veintiséis se aporta dirección electrónica de Saborío y Coto Abogados S. A. San José veintiuno de abril del año dos mil veintiséis. Lic Ronald Rodríguez Villalobos.—1 vez.—( IN202601068972 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 266 visible al folio 149 vuelto, de las trece horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante legal de las sociedades CORPORACION TRIPLE OCHO DEL PACIFICIO SUR SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-138178, y NOMADA CONSULTANTS LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-841997, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Golfito, a las trece horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiséis. Licda. Jarlin Guerra Alvarez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068973 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 262 visible al folio 147 frente, de las diez horas cuarenta y cinco minutos del catorce de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante legal de la sociedad VACA PINTADA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA cédula jurídica 3-102-652295, cédula jurídica número 3-102-841997, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Golfito, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del catorce de abril de dos mil veintiséis. Licda. Jarlin Guerra Álvarez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068974 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 254 visible al folio 142 vuelto del tomo once, de las once horas del once de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante legal de la sociedad Vivero Los Rambos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-337410, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Golfito, a las once horas del del once de abril de dos mil veintiséis.—Licda. Jarlin Guerra Álvarez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068975 ).

Por escritura numero Quince- Treinta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las quince horas veinte minutos del día veinticuatro de abril del Dos mil veintiseis, se incorpora el correo electrónico spiritoftheselva@gmail.com como medio de notificaciones en la información registral, en la sociedad Spirit of the Selva Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número Tres– ciento dos– Novecientos veintinueve mil novecientos sesenta y cinco.- Jaco, Veintiocho de abril del Dos mil veintiseis. –Jorge Julián Ortega Volio. Notario.—1 vez.—( IN202601068976 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, Luis Diego Valdelomar Esquivel, a las 13:00 horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis, compareció la Presidenta de la sociedad Casa Beralon Rocha Sociedad Anónima, solicitando inclusión de correo electrónico como medio de notificación.—San José, 06 de mayo del 2026.—Luis Diego Valdelomar Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN202601068977 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, Luis Diego Valdelomar Esquivel, a las 13:00 horas del treinta de Abril del dos mil veintiséis, compareció la Presidenta de la sociedad Positiva Digital Sociedad Anónima, solicitando inclusión de correo electrónico como medio de notificación. San José, 6 de Mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601068978 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, Luis Diego Valdelomar Esquivel, a las 14:00 horas del treinta de Abril del dos mil veintiséis, compareció la Presidenta de la sociedad Denuo Conceptos Sociedad Anónima, solicitando inclusión de correo electrónico como medio de notificación. San José, 6 de Mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601068979 ).

Por protocolización de acta de asamblea de socios de Tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y tres mil ochocientos noventa y cuatro Sociedad Anónima, otorgada ante el suscrito notario, Luis Diego Valdelomar Esquivel, a las 9:00 horas del 6 de Mayo del dos mil veintiséis, se procede a la inclusión de correo electrónico como medio de notificación. San José, 6 de Mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601068980 ).

Por protocolización de acta de asamblea de socios de Corporación Sebastián María de Costa Rica Sociedad Anónima, otorgada ante el suscrito notario, Luis Diego Valdelomar Esquivel, a las 10:00 horas del 06 de mayo del dos mil veintiséis, se procede a modificar cláusula del domicilio social, y a la inclusión de correo electrónico como medio de notificación.—San José, 06 de mayo del 2026.—Luis Diego Valdelomar Esquivel.—1 vez.—( IN202601068981 ).

Por protocolización de acta de asamblea de socios de Mondi Design Group Sociedad Anónima, otorgada ante el suscrito notario, Luis Diego Valdelomar Esquivel, a las 11:00 horas del 6 de Mayo del dos mil veintiséis, se procede a modificar cláusula del domicilio social, y a la inclusión de correo electrónico como medio de notificación. San José, 6 de Mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601068982 ).

Por escritura número ciento treinta y siete de las once horas y treinta minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis, otorgada ante la Lic. Daniela Leitón Castillo, “Tres – ciento uno – seiscientos cuarenta y dos mil siete Sociedad Anónima”, cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos cuarenta y dos mil siete, reforma las cláusulas segunda y novena, de la escritura de constitución. Notaria: Daniela Leitón Castillo.—1 vez.—( IN202601068983 ).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría a las 15:40 horas, del día 27 de Abril del año dos mil veintiséis se solicita la inscripción del correo electrónico como medio para recibir notificaciones de las sociedades Guatil del Pacífico Limitada, con cédula jurídica número tres- ciento dos- ciento ochenta y cinco mil ochocientos ochenta y ocho, Import Support L.A. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- cuatrocientos mil trescientos cinco, San Ángel Diez Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- ciento ochenta y tres mil trescientos seis. Publíquese una vez. Licenciado. Óscar Alberto Arias Ugalde.—1 vez.—( IN202601068984 ).

De conformidad con el acuerdo número tres se procede a establecer un correo electrónico de la sociedad Inversiones TD Duran Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres – ciento dos – nueve cero cuatro cero ocho nueve, emitido a las once horas con treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se establece el siguiente correo electrónico de conformidad con la Directriz DPJ- cero cero dos- dos mil veinticinco, nueva obligación para las sociedades mercantiles, la sociedad Inversiones TD Duran Sociedad de Responsabilidad Limitada, aporta el correo electrónico: inversionestd01@gmail.com como medio oficial para atender notificaciones judiciales y administrativas en Costa Rica. , en el mismo sentido, se comisiona a la notaria Eliana Padilla Araya, cédula de identidad número uno – uno cuatro siete uno – cero siete dos ocho.—San Bosco de Sabalito, a las doce horas del día seis de mayo del año dos mil veintiséis.—Eliana Padilla Araya, Notaria.—1 vez.—( IN202601068985 ).

De conformidad con el acuerdo número nueve se procede a establecer un correo electrónico de la sociedad GRUPO TD SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres – ciento dos – siete uno dos tres ocho nueve, emitido a las doce horas con treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se establece el siguiente correo electrónico de conformidad con la Directriz DPJ- CERO CERO DOS- DOS MIL VEINTICINCO, nueva obligación para las sociedades mercantiles, la sociedad GRUPO TD SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, aporta el correo electrónico: transduran1@hotmail.com como medio oficial para atender notificaciones judiciales y administrativas en Costa Rica., en el mismo sentido, se comisiona a la notaria Eliana Padilla Araya, cédula de identidad número uno – uno cuatro siete uno – cero siete dos ocho. - San Bosco de Sabalito, a las doce horas con treinta minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601068986 ).

De conformidad con el acuerdo número uno, se procede a establecer un correo electrónico de la sociedad MYS MONGE SALAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres - uno cero dos – nueve cero dos siete nueve siete, emitido a las nueve horas del cinco de junio del dos mil veinticinco, se establece el siguiente correo electrónico de conformidad con la Directriz DPJ- cero cero dos- dos mil veinticinco, nueva obligación para las sociedades mercantiles, la sociedad MYS MONGE SALAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, aporta el correo electrónico: minisuperlicoreramys@gmail.com como medio oficial para atender notificaciones judiciales y administrativas en Costa Rica., en el mismo sentido, se comisiona a la notaria Eliana Padilla Araya, cédula de identidad número uno – uno cuatro siete uno – cero siete dos ocho.—San Bosco de Sabalito, a las once horas con treinta minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis.— Eliana Padilla Araya, Notaria.—1 vez.—( IN202601068987 ).

De conformidad con el acuerdo número dos se procede a la disolución de la sociedad EDUCAR CARRANZA LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos – cinco uno cinco cinco tres seis, emitido a las ocho horas del día cuatro de mayo del dos mil veintiséis, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad, en el mismo sentido, se comisiona a la notaria Eliana Padilla Araya, cédula de identidad número uno – uno cuatro siete uno – cero siete dos ocho. - San Bosco de Sabalito, a las once horas del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601068988 ).

Por escritura número 153-3 de las 12:40 horas del 13 de marzo de 2026 se modifica la cláusula segunda del pacto social en la que se expresa el domicilio de la sociedad “BARQUERO AVILA Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA”, titular de la cédula jurídica número 3-101-243939 Agregándole el correo electrónico serregcr@gmail.com. San José, 27 de abril del 2026. LIC. LEONARDO LOPEZ MARTINEZ.—1 vez.—( IN202601068989 ).

Por escritura número ciento treinta y cinco, de las diez horas y treinta y tres minutos del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, otorgada ante la Lic. Daniela Leitón Castillo, “Producciones Internacionales Ariva Sociedad Anónima”, cédula jurídica tres-uno cero uno-dos dos tres seis seis cuatro, incluye cuenta de correo electrónico mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Licda. Daniela Leitón Castillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068990 ).

Ante esta Notaria, por escritura otorgada a las ocho horas del veinticuatro de abril del dos mil veintiseis, las sociedades MONTAJES Y DISEÑOS ELECTROMECÁNICOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- seiscientos once mil novecientos treinta y nueve, domiciliada en Heredia Sarapiqui, Puerto Viejo, un kilómetros al sur de la plaza de deportes en barrio El Jardin, inscrita bajo el tomo dos mil diez, asiento ciento veintiocho mil novecientos veintidós. Arenas Industriales Sociedad Anónima, domiciliada e Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo un kilometro al sur de la plaza de Deportes de Puerto Viejo; número de cédula jurídica TRES-UNO CERO UNO CUATRO SEIS SEIS CUATRO CINCO OCHO inscrita bajo el tomo quinientos sesenta y nueve asiento cincuenta y un mil ciento sesenta y cuatro. C- GONMURI SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica TRESCIENTO UNO- DOSCIENTOS OCHO MIL CUARENTA Y OCHO, persona jurídica que se encuentra inscrita bajo el tomo MIL VEINTINUEVE, FOLIO: DOSCIENTOS DOS, ASIENTO: CERO CERO DOS CINCO TRES, cuya personería se encuentra vigente de lo cual da fe la suscrita notaria con vista en el Registro Nacional, domiciliada en PROVINCIA HEREDIA, CANTON SARAPIQUI, PUERTO VIEJO, UN KILOMETRO AL SUR DE LA PLAZA, solicita establecer como correo electrónico a su sociedad el siguiente: avisosregistralesgam@gmail.com Puerto -viejo de Sarapiqui a las nueve horas del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Licda. KATERIN ANDREA VARGAS LEAL, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068991 ).

La suscrita Catherine Vanessa Mora Chavarría, carné 19189, hago constar que ante mi notaría se encuentra tramitando la modificación de la representación de Santa Ana Nego Sociedad de Responsabilidad Limitada, número de cédula jurídica tres ciento dos ochocientos noventa y siete mil treinta y cuatro por lo que solicito se publique el edicto de ley respectivo.—San José, 5 de mayo de 2026.—Lic. Catherine Vanessa Mora Chavarría.—1 vez.—( IN202601068992 ).

Mediante escritura 285 tomo 26, notario Arturo Méndez Jiménez, código 9302, otorgada a las 09.00 horas del 28-04-2026; se estableció incorporar el correo electrónico ganaderacotob@gmail.com, en la sociedad GANADERA COTOBRUSEÑA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-477995.—San Vito, 28-04-2026.—Arturo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN202601068994 ).

Frank De Castro Cartin, Gerente y Angela Morales Soto, Gerente, de TRES - UNO CERO DOS - OCHO DOS DOS NUEVE UNO UNO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-822911, solicitó la inscripción del correo electrónico para notificaciones administrativas y judiciales. Escritura otorgada a las 17:30 horas del 30 de abril del 2026. UNA VEZ. NOTARIA PUBLICA NATALY MIREYA ESPINOZA ALVARADO.—1 vez.—( IN202601068995 ).

Por escritura número ciento diez, del tomo nueve del protocolo, la Licenciada Ligia Rodríguez Moreno, protocoliza Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Anónima CLINICA DENTAL PS SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número tres-ciento uno- cero trece mil doscientos sesenta y seis. Donde se acuerda modificar, El Pacto Constitutivo, en cuanto a INTEGRACION DE JUNTA DIRECTIVA, CAMBIO DE DOMICILIO SOCIAL, así como la inscripción del CORREO ELECTRONICO EN LA SOCIEDAD: Lo anterior por acuerdo de socios. ES TODO. San José veintiocho de abril del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601068996 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento setenta y siete, visible a folio ciento ochenta y ocho frente del tomo noveno de mi protocolo, a las doce horas del treinta de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Esteban Echavarría Cano, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Sistemas Educativos Integrales Innc S. A., con cédula jurídica número tres- ciento uno- cinco dos seis seis nueve cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de dicha sociedad, de conformidad con lo ordenado en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Rogelio Navas Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601068997 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 146, Folio 109 Frente, del Tomo 5, a las 15 horas del 29 de abril del 2026; se presentó solicitud por parte del señor RICARDO ALONSO UGALDE CORTES, actuando en su condición de GERENTE con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de TRES- UNO CERO DOS- OCHO DOS SIETE CINCO CUATRO SEIS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-827546, para incorporar un correo electrónico richiugalde@hotmail.com en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, a las 11 horas del 4 de mayo del 2026. Licenciada Marianne Amaya Paniagua. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601068998 ).

Por escritura número ciento once, del tomo nueve del protocolo, la Licenciada Ligia Rodríguez Moreno, protocoliza Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Anónima C.M.P.A GRUPO CARLA SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número tres-ciento uno- cuatrocientos sesenta y tres mil ciento cincuenta. Donde se acuerda modificar, El Pacto Constitutivo, en cuanto a INTEGRACION DE JUNTA DIRECTIVA, CAMBIO DE DOMICILIO SOCIAL, así como la inscripción del CORREO ELECTRONICO EN LA SOCIEDAD: Lo anterior por acuerdo de socios. ES TODO. San José veintiocho de abril del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601068999 ).

Ante mi notaría, a las 16:00 horas del 30 de abril del 2025, se protocolizó acta de Asamblea de Socios Cuotistas de la sociedad OPTIMUM HEALTH CARE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en la que se solicita la inclusión de correo electrónico.—San José, 30 de abril del 2026.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo Notario.—1 vez.—( IN202601069000 ).

En escritura número: doscientos nueve, del tomo: noveno, de mi protocolo, se agrega el correo electrónico de la sociedad denominada Montiel Matarrita Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres - uno cero uno – dos cinco cinco cuatro siete tres. Es todo. Nicoya, 05 de mayo del 2026. Lic. José Antonio Aiza Juárez.—1 vez.—( IN202601069001 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 1915 visible al folio 152 frente y vuelto, del tomo 8, a las 14:30 horas, del 30 de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de MELANIE RODRIGUEZ MURILLO, de TARIMAS Y MADERAS DON EDGAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-877387; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Guápiles, a las nueve horas cincuenta minutos, del día cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Isabel Vargas Vargas. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069002 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cincuenta visible al folio ciento diez frente del tomo ochenta y cuatro a las once horas del día veinte de abril del dos mil veintiséis, se protocolizó acta de la empresa SOLUCIONES INTEGRALES QUINIENTOS SEIS DIS SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica número tres-ciento uno- novecientos nueve mil quinientos cuarenta y nueve, donde se incorpora un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Publíquese una vez. NOTARIO: ERASMO ROJAS MADRIGAL. San José, veintiuno de abril del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601069003 ).

Por escritura número ciento treinta y tres de las quince horas y veintidós minutos del día treinta de abril del año dos mil veintiséis, otorgada ante la Lic. Daniela Leitón Castillo, las sociedades EDISER TRES DE SAN JOSE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos ochenta y ocho mil setecientos treinta y ocho, JUELSER SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – setecientos cuarenta y cuatro mil quinientos veintinueve, GRUPO VELEZYVELAZ SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres - ciento uno – setecientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos setenta, GRUPO VELAZYRODRI SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres - ciento uno – setecientos cincuenta y cinco mil seiscientos siete, TRES – CIENTO UNO – SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – setecientos ochenta y cuatro mil trescientos ochenta, SEEMAU SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – setecientos noventa y un mil ciento ochenta y cuatro, y EL TIEMPO DEL SEÑOR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos –setecientos ochenta un mil quinientos setenta y cinco, reformaron la cláusula de domicilio de sus respectivos pactos constitutivos, a efectos de incluir direcciones de correo electrónico, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. LICDA. DANIELA LEITON CASTILLO. NOTARIA PÚBLICA.—1 vez.—( IN202601069004 ).

Mediante escritura número diecisiete del tomo uno, de mi protocolo, se realizó la inclusión de dirección de correo electrónico respecto de la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de: PROLIFE DE TABACA S. A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y un mil novecientos veintinueve; en cumplimiento de la Ley diez mil quinientos noventa y siete.—San José, diez horas del día veintiocho de abril del año dos mil veintiséis.—Gina Solis Vindas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069006 ).

Mediante escritura número dieciseis del tomo uno de mi protocolo, se realizó la inclusión de dirección de correo electrónico respecto de la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de: INVERSIONES QUESADA OBANDO DEL CARIBE SOCIEDAD ANONIMA. cédula jurídica número: tres – ciento uno – setecientos setenta mil trescientos setenta y siete; en cumplimiento de la Ley diez mil quinientos noventa y siete. Gina Solis Vindas Notaria Pública. San José, diez horas del día veintiocho de abril del año dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601069007 ).

Por escritura número ciento treinta y cuatro de las diecinueve horas del día treinta de abril del año dos mil veintiséis, otorgada ante la Lic. Daniela Leitón Castillo, las sociedades Tres – Ciento Uno – Quinientos Setenta y Cuatro Mil Seiscientos Veintisiete Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – quinientos setenta y cuatro mil seiscientos veintisiete, Castillo Castillo de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno – cero ocho nueve seis ocho ocho, Sabor y Pan Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno – seiscientos siete mil trescientos nueve, e Inversiones Motopro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno – siete nueve uno ocho ocho cero, reformaron la cláusula de domicilio de sus respectivos pactos constitutivos, a efectos de incluir direcciones de correo electrónico, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Licda. Daniela Leitón Castillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069008 ).

Mediante escritura N° 52 al ser las 09 horas 05 minutos del día 05 de marzo del año 2026; visible a folio 92 frente del tomo 39 del Protocolo del Notario Oscar Alberto Pérez Murillo, carné 8430 se solicita la inclusión del correo electrónico paolopontix@hotmail.com en la sociedad Inversiones Palo Alto LIT Sociedad anónima, con cédula jurídica número 3-101-249088. Arenal de Tilarán – Guanacaste 26 de marzo del 2026.—1 vez.—( IN202601069009 ).

Por escritura número 211 Tomo 18 de las 10:00 hrs. del día 30 de Abril del 2026. Se solicitó incluir el correo electrónico por la nueva normativa de la Sociedad denominada: “INVERSIONES DELFO DEL LLANO SOCIEDAD ANONIMA “. Paraíso 30 de Abril del 2026. Licda. Glenda González Mora.—1 vez.—( IN202601069010 ).

Por escritura número 203 Tomo 18 de las 16:00 hrs. del día 9 de Abril del 2026. Se solicitó incluir el correo electrónico por la nueva normativa de la Sociedad denominada: “Linda Vista Tierra Pacífica XXXIII SOCIEDAD ANONIMA “. Paraíso 9 de Abril del 2026. Licda. Glenda González Mora.—1 vez.—( IN202601069011 ).

Por escritura número noventa – nueve, otorgada ante la Notaria de Edwin Astúa Porras, a las doce horas del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis; la entidad CENTRO INFANTIL SAN SELERIN SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-577333 consigna correo electrónico para recibir notificaciones, publicar por una vez. Veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Lic. Edwin Astua Porras. Notario Público.—1 vez.—( IN202601069012 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número TREINTAY OCHO, visible al folio CIENTO VEINTIDOS VUELTO, del tomo CUARENTA Y TRES, a las ONCE HORAS TREINTA MINUTOS, del VEINTINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTISEIS, se presentó solicitud por parte de YEFRID FONSECA LARGAESPADA representante de TRES-CIENTO DOS- NOVECIENTOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número TRES- CIENTO DOSNOVECIENTOS DIECISEIS MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO para incorporar un correo electrónico: j.leon@agrocampo.cr en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las once horas treinta minutos del día veintinueve del mes de Abril del año dos mil veintiséis. Lic. Pedro Bernal Chaves Corrales- Notario Público.—1 vez.—( IN202601069013 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número TREINTA Y SEIS, visible al folio CIENTO VEINTIUNO VUELTO, del tomo CUARENTA Y TRES, a tas ONCE HORAS QUINCE MINUTOS, del VEINTINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTISEIS, se presentó solicitud por parte de YEFRID FONSECA LARGAESPADA representante de TRES-CIENTO DOS- NOVECIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número TRES- CIENTO DOSNOVECIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO para incorporar un correo electrónico: j.leon@agrocampo.cr en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las once horas quince minutos del día veintinueve del mes de Abril del año dos mil veintiséis. Lic. Pedro Bernal Chaves Corrales- Notario Público.—1 vez.—( IN202601069014 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número TREINTA Y CUATRO, visible al folio CIENTO VEINTE VUELTO, del tomo CUARENTA Y TRES, a las ONCE, del VEINTINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTISEIS, se presentó solicitud por parte de KARLA MORA SAENZ representante de TRES-CIENTO UNO-TRESCIENTOS VEINTE MIL SEISCIENTOS NUEVE, AGROCAMPO SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número TRES-CIENTO UNO-TRESCIENTOS VEINTE MIL SEISCIENTOS NUEVE para incorporar un correo electrónico: j.leon@agrocampo.cr en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las once horas del día veintinueve del mes de Abril del año dos mil veintiséis. Lic. Pedro Bernal Chaves Corrales- Notario Público.—1 vez.—( IN202601069015 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18:15 horas del 27 de abril del 2026, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Daira S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-884098, mediante la cual se acuerda modificar el domicilio y la administración, además se nombra nueva Junta Directiva.—Heredia, 27 de abril del 2026.—Lic. Gustavo Ramírez Cordero.—1 vez.—( IN202601069016 ).

Por escritura número: CIENTO CINCUENTA Y CINCO - DIEZ otorgada ante el Notario Público, Freddy Rafael Montes Pérez de las ocho horas y doce minutos del veintiocho de abril de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada SEQUEIRA Y CAMPOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica: tres - ciento uno - seiscientos nueve mil doscientos setenta y ocho y domicilio social en Río Claro de Golfito, frete gimnasio Escuela Central, Edificio Montes Alemán, local número cuatro, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Río Claro, a las ocho horas y cuarenta y cuatro minutos del martes, veintiocho de abril de dos mil veintiséis con. Lic. Freddy Rafael Montes Pérez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069019 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 18:30 horas del 27 de abril del 2026, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Francicias Internacionales RADA S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-884098, mediante la cual se acuerda modificar el domicilio y la administración, además se nombra nueva Junta Directiva.—Heredia, 27 de abril del 2026.—Lic. Gustavo Ramírez Cordero.—1 vez.—( IN202601069020 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las 18:45 hrs. del 27 de abril del 2026, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de FINRAIDA S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-883801, mediante la cual se acuerda modificar el domicilio y la administración, ademas se nombra nueva Junta Directiva -. Heredia, 27 de abril del 2026.—Lic. Gustavo Ramírez Cordero.—1 vez.—( IN202601069022 ).

Por escritura número cuarenta y uno otorgada ante la Notaria Pública Paula Andrea Donato Ramírez, de las catorce horas del cinco de mayo del 2026, se incluye la siguiente dirección de correo electrónico legal@fantasyrooms.com, dentro de las siguientes sociedades CHAVAR, SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101- 014273, LLANOS DEL ZURQUI, SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-006494, INVERSIONES MODELO, SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-009323, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete; San José a las catorce horas con quince minutos del día cinco de mayo del 2026, por la Notaria Pública Paula Andrea Donato Ramírez.—1 vez.—( IN202601069024 ).

Se informa, que en esta notaría, se disuelve sociedad anónima Tres-Ciento Uno-Setecientos Ochenta y Ocho Mil Quinientos Treinta y Siete, S. A., cédula jurídico número tres-ciento uno-setecientos ochenta y ocho mil quinientos treinta y siete. Es todo.—San José, 06 de mayo del 2026.—Licenciado Guillermo Echeverría Olaso.—1 vez.—( IN202601069027 ).

Publíquese edicto de Disolución de Sociedad Anónima conforme al artículo 19 del código de comercio, emite el Notario Heriberto Fernández Sequeira, código 25940, para todos los interesados se hace saber qué; Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del día veintisiete de abril del dos mil veintiséis en la ciudad de San José, encontrándose en firme el estado de liquidación final, los socios declararon liquidada la sociedad María Rosa Zuñiga Brown e Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-072254 y solicitan al Registro de personas jurídicas la modificación del respectivo estado registral. San José, a las veinte horas del día veintisiete de abril del dos veintiséis. Licenciado Heriberto Fernández Sequeira, código 25940. Notario Público.—1 vez.—( IN202601069028 ).

Por escritura número nueve otorgada ante el Notario Público, Henry Alonso Ramírez Quesada de las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del ocho de setiembre del dos mil veinticinco, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Tamandua, S.A, cédula de persona jurídica 3-101-145548, con domicilio social en San José, San José, Pavas, El triángulo, del Minisúper AMPM cincuenta metros al oeste y diez metros al sur, casa número cuarenta y uno. San José, seis de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Henry Alonso Ramírez Quesada. Notario Público.—1 vez.—( IN202601069029 ).

En mi notaría, por escritura pública 190-26 otorgada San Rafael, Guatuso a las 11 horas 27 de abril de 2026; se reformo el artículo segundo del pacto constitutivo referido, a la incorporación de un correo para la atención de Notificaciones ello en la sociedad Praderas Doradas de Betania Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres – ciento uno – trescientos ochenta y cuatro mil quinientos cuarenta y siete.—San Rafael, Guatuso, veintiocho de abril de dos mil veintiséis.—Lic. William Gdo. Rodríguez Acuña.—1 vez.—( IN202601069030 ).

Por escritura número 65-16, otorgada ante el Notario Jaime Fonseca Zúñiga, a las 09:30 minutos del 31/04/2026, visible a folio 40 f, la sociedad Luna Pálida S A, cédula jurídica número 3-101-488303 solicita incorporar de correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Quepos, 06/05/2026. LIC JAIME FONSECA ZUÑIGA.—1 vez.—( IN202601069031 ).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 16:20 horas, del día 27 de abril del año dos mil veintiséis se solicita la inscripción del correo electrónico como medio para recibir notificaciones de la sociedad Inversiones Arenas del ciento sociedad de responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres- ciento dos- seiscientos catorce mil novecientos setenta y tres. Licenciado. Óscar Alberto Arias Ugalde.—1 vez.—( IN202601069033 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y ocho visible al folio ochenta y siete frente del tomo siete de mi protocolo al ser las doce horas del día dieciocho de marzo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del apoderado de Repuestos y Lubricantes Valenciano Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres - ciento uno - doscientos dieciocho mil ciento catorce para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—En la ciudad de Alajuela, al ser once horas veinte minutos del día dieciséis de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Johanna Isabel Meneses Ramírez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069034 ).

Por escritura número ciento once otorgada a las dieciocho horas treinta minutos del seis mayo de dos mil veintiséis se constituyó la Sociedad de Responsabilidad Limitada con la cédula jurídica que consigne el Registro Nacional. Gerente: Alejandro Hidalgo Calvo. San José, seis de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Luis Gonzalo Cortés Enríquez. Notario.—1 vez.—( IN202601069035 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 69 visible al folio 85 frente, del tomo 5, a las 11:00 horas del 16 de enero del año 2026, se presentó solicitud por parte de ESTEBAN ANTONIO ULLOA ARIAS, gerente de PARADISE MANAGMENT S.A, con la cédula de persona jurídica número 3-101-538936 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez 10597. Ciudad de San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, a las siete horas veinte minutos del día 28 del mes de abril del año dos mil 2026, Licda. Karina María Garro Elizondo.—1 vez.—( IN202601069036 ).

Por escritura número ciento diez, otorgada en esta Notaría a las dieciocho horas del seis de mayo de dos mil veintiséis compareció Alba Rodríguez Gutiérrez presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma, de la sociedad cédula jurídica Tres-Ciento Dos-Novecientos Seis Mil Quinientos Noventa y Cinco, a solicitar la inscripción del correo electrónico para dicha empresa.—San José, seis de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Luis Gonzalo Cortés Enríquez, Notario.—1 vez.—( IN202601069037 ).

En escritura 34 del tomo 38 de mi protocolo, otorgada a las diez horas del 9 de marzo del 2026, INVERSIONES URANO DE PEREZ ZELEDON SOCIEDAD ANONIMA, cedula 3-101-214014, solicita inscribir el correo electrónico patriciagordonzamora@gmail.com, y como mecanismo para recibir notificaciones judiciales y administrativas, según directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco. Licda Maria Cecilia Vargas Navarro. Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601069038 ).

Por escritura NÚMERO DIECINUEVE, otorgada ante la Notaria Pública, a las dieciocho horas del veintiséis de febrero del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada, LA HERENCIA DE PAPA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica TRES-UNO CERO UNO – SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO, domiciliada provincia San Jose, cantón Pérez Zeledón, ciudad de Platanares barrio Oratorio, un kilometro al norte de la escuela del lugar, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San Isidro de El General el día veintiséis de febrero de dos mil veintiséis. Licda. Patricia Mora Robles.—1 vez.—( IN202601069040 ).

EDICTO DE FUSIÓN DE SOCIEDADES. Ante esta notaría, mediante escritura número 158-42, visible al folio 126 vuelto del tomo 42 del protocolo del suscrito notario , a las 15:00 horas del 6 de mayo de 2026, se protocolizaron actas de las sociedades mercantiles: ALIMENTOS DEL SOL S. A., cédula jurídica 3-101-851453; BELOSA, S. A., cédula jurídica 3-101-815561; GLOBAL PET, S. A., cédula jurídica 3-101-906207; HOVEHMSA, S. A., cédula jurídica 3-101-815361; IMPORTADORA TONKY S. A., cédula jurídica 3-101-762047; INVARCO S. A., cédula jurídica 3-101-749937; MILLARE S. A., cédula jurídica 3-101-762048; NUMBELL PET CR S. A., cédula jurídica 3-101- 846350; PET NATIONCR S. A., cédula jurídica 3-101-910060; PET ROSTER S. A., cédula jurídica 3- 101-922484; PETS MAGIC S. A., cédula jurídica 3-101-923277; PETS NEW S. A., cédula jurídica 3- 101-922464; PUBLI PET CR S. A., cédula jurídica 3-101-871507; PUPPIES BY HM CR S. A., cédula jurídica 3-101-903275, ROSSETAV CR S. A., cédula jurídica 3-101-762437; SUPPLY PET S. A., cédula jurídica 3-101-896333; UNIVERSAL PET CR S. A., cédula jurídica 3-101-869013; VARCOT S. A., cédula jurídica 3-101-730411; VET DIET NUTRITION S. A., cédula jurídica 3-101-851528: 3-101-941129 S. A. cédula jurídica 3-101-941129. En dichas actas se conoce, acuerda y aprueba la fusión por absorción de estas compañías, prevaleciendo la sociedad PET COMPANY COSTA RICA S. A., cédula jurídica número 3-101-871507. Así mismo, se acuerda modificar las cláusulas del pacto constitutivo de la sociedad prevaleciente relativas al aumento de su capital social derivado de la transmisión en bloque de los activos y pasivos de las sociedades absorbidas. Es todo. San José, a las 15:00 del seis de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Arturo Blanco Páez Notario Público Q.—1 vez.—( IN202601069041 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cincuenta y nueve, a las diez horas con quince minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, el representante de la sociedad: LA NINFA LIMITADA, cedula jurídica tres- ciento dos – uno nueve uno cinco uno cuatro, mediante la cual se acordó reforma las cláusulas de pacto constitutivo quinta, sexta, nombramiento de gerentes y la inclusión de un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, en la cláusula relativa al domicilio.. Ciudad de San Vito, a las trece horas con dos minutos del treinta de abril del año dos mil veintiséis. Licda. Maritza Araya Rodríguez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069042 ).

CAMU DOS M Y L S.A, Cédula Jurídica 3-101-406146, incorpora el correo electrónico lilly.castro.lopez@gmail.com Escritura otorgada en San José el día 2 de mayo año 2026. Notaria: Rosisbelt Reyes Ochoa.—1 vez.—( IN202601069044 ).

Ante esta notaría pública, mediante escritura número CIENTO SESENTA Y CUATRO, visible al folio CIENTO UNO, del tomo DOS, a las nueve horas con treinta minutos, del veintiocho de abril de dos mil veintiséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad ZEBRA TECNOLOGIA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres–ciento uno–trescientos ochenta y un mil trescientos treinta y seis, por la cual se disolvió dicha sociedad mediante acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. San José, a las nueve horas y treinta minutos del día veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Cho Lee Cen Man., Notario Público.—1 vez.—( IN202601069045 ).

La sociedad EL CEDRO BLANCO SAN MIGUEL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de Persona Jurídica 3-102-714447, procede con la inclusión de correo electrónico a los estatutos de la sociedad según Ley N° 10597.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069046 ).

La sociedad CANTALARANA LIMITADA, cédula de Persona Jurídica 3- 102- 765318, procede con la inclusión de correo electrónico a los estatutos de la sociedad según Ley N° 10597. Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069047 ).

La sociedad LOS ALMENDROS SAN MIGUEL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de Persona Jurídica 3- 102- 714546, procede con la inclusión de correo electrónico a los estatutos de la sociedad según Ley N° 10597. Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069049 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 115, visible al folio 87 frente del tomo 5 a las 13:00 del 26 de abril del 2026, se incluyó un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete para la sociedad denominada AQUÍ NO MAS J & D S.A., cédula jurídica:3- 101-370800. Es todo. Quepos, 09:30 horas del 28 de abril del 2026. Licda. Katherine Alpízar Chaves, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069050 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y nueve, a las quince horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General de Socios de la sociedad: INMOBILIARIA EMBAZUR SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – cinco seis cero seis ocho cero, mediante la cual se acordó realizar nombramiento de cargos en Junta Directiva y la inclusión de un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, en la cláusula relativa al domicilio.—Ciudad de San Vito, a las diez horas con cinco minutos del siete de mayo del año dos mil veintiséis.—Licda. Maritza Araya Rodríguez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069051 ).

Licenciada Laura Gómez Martínez avisa que mediante escritura número ciento cincuenta y seis, dada a las dieciséis horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil veintiséis el apoderado de la entidad Comercializadora Hermanos Quirós Sociedad de Responsabilidad Limitada cedula jurídica tres- ciento dos- novecientos dos mil seiscientos noventa y tres, señala el correo hermanosquiros90@gmail.com para notificaciones. Cartago, seis de mayo del dos mil veintiséis. Laura Gómez Martínez laugomezmartinez@hotmail.com.—1 vez.—( IN202601069052 ).

Licenciada Laura Gómez Martínez avisa que mediante escritura número ciento cincuenta y cinco dada a las dieciséis horas del seis de mayo del dos mil veintiséis la apoderada de la entidad Inmobiliaria La Chica del Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada cedula jurídica tres- ciento dos- seiscientos veintiún mil noventa y uno, señala el correo margalone@gmail.com para notificaciones. Cartago, siete de mayo del dos mil veintiséis. Laura Gómez Martínez, laugomezmartinez@hotmail.com.—1vez.—(IN202601069053 ).

Licenciada Laura Gómez Martínez avisa que mediante escritura número ciento cincuenta y siete dada a las dieciséis horas y cuarenta y cinco minutos del seis de mayo del dos mil veintiséis el apoderado de la entidad Mi Rey y Familia Torres Gómez Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-novecientos treinta y dos mil setecientos setenta y siete, señala el correo meligomez088@gmail.com para notificaciones. Cartago, seis de mayo del dos mil veintiséis. Notaria Laura Gómez Martínez, laugomezmartinez@hotmail.com.—1 vez.—( IN202601069054 ).

Licenciada Laura Gómez Martínez avisa que mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro dada a las catorce horas y treinta minutos del seis de mayo del dos mil veintiséis el apoderado de la entidad Terra Antares Trueno Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- seiscientos veintiocho mil novecientos ochenta y uno, señala el correo vilogu22@gmail.com para notificaciones. Cartago, siete de mayo del dos mil veintiséis. Laura Gómez Martínez, laugomezmartinez@hotmail.com.—1vez.( IN202601069055 ).

Licenciada Laura Gómez Martínez avisa que, mediante escritura número ciento cincuenta y tres, dada a las catorce horas del seis de mayo del dos mil veintiséis el apoderado de la entidad Inmobiliaria Momo & Sucesores Sociedad Anónima cedula jurídica tres- ciento uno- quinientos tres mil quinientos ochenta y siete, señala el correo lichenrichabogado@gmail.com para notificaciones. Cartago, siete de mayo del dos mil veintiséis.—Notaria Laura Gómez Martínez, laugomezmartinez@hotmail.com.—1 vez.—( IN202601069056 ).

Por escritura número 246 otorgada ante la Notaria Pública, Ana Elena Castillo Chaves, de las 09:40 horas del 13/04/2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada CONDOMINIO OCHENTA Y SIETE LH SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-797549, con domicilio social en San José, San José, Hospital, Barrio Cuba, de la Iglesia Medalla Milagrosa, cincuenta metros oeste, edificio verde a mano derecha, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 13 de abril del 2026. Licda. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069057 ).

El suscrito Notario Público, Rafael Alberto López Campos, hago constar, que mediante escritura número setenta y ocho, visible a folio ciento cincuenta y cinco vuelto, del tomo setenta y siete del Protocolo del Notario Leonidas López Guzmán, escritura otorgada en Conotariado con el suscrito Rafael Alberto López Campos, otorgada en Atenas, a las trece horas del seis de mayo del dos mil veintiséis, la sociedad S A I L A & AR CONSULTORÍA INLIMITADA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres-uno cero uno-tres siete cero tres nueve ocho, incluye el correo electrónico gerenciasaila@gmail.com, como parte del domicilio social, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Atenas, a las quince horas del seis de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Rafael Alberto López Campos, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069058 ).

Por la Escritura número 45, otorgada ante esta Notaría a las 09:00 horas del día 28 del mes de abril del 202 de, la sociedad REFORESTADORA ALPENWEISS S.R.L, cedula jurídica 3-102-720286 actualiza su correo electrónico el cual es britschgi87@gmail.com Santa Ana, el día 28 de abril del 2026. Lic. Slawomir Wiciak.—1 vez.—( IN202601069060 ).

El suscrito Notario Público, RAFAEL ALBERTO LÓPEZ CAMPOS, hago constar, que mediante escritura número SETENTA Y NUEVE, visible a folio ciento cincuenta y seis frente, del tomo setenta y siete del Protocolo del Notario Leónidas López Guzmán, escritura otorgada en Conotariado con el suscrito Rafael Alberto López Campos, otorgada en Atenas, a las trece horas treinta minutos del seis de mayo del dos mil veintiséis, la sociedad ROJAS Y CARRANZA LIMITADA, cédula jurídica tres-uno cero dos-cero uno cinco dos cuatro cero, incluye el correo electrónico gerenciarojasycarranza@gmail.com, como parte del domicilio social, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Atenas, a las quince horas treinta minutos del seis de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Rafael Alberto López Campos, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069061 ).

El suscrito notario, hace constar que mediante escritura número ciento cuarenta y ocho, iniciada a folio sesenta y cinco frente, del tomo cien del protocolo del suscrito notario, de fecha dieciséis horas treinta minutos del día veintisiete de abril de dos mil veintiséis, de esta notaría, se presentó solicitud por parte de del presidente con facultades de apoderado generalísimo de Inmobiliaria Y Desarrollos Piedra Rivera De La Guaria Sociedad De Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres ciento dos ochocientos ocho mil quinientos sesenta y siete para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Así mismo, de modificó la cláusula sexta de la representación. Ciudad de San José, Aserrí, a las catorce horas del día seis de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069062 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 18, visible al folio nueve, vuelto del tomo 15, a las 16:30 horas, del 27 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte del apoderado generalísimo de Villanea Construcciones Sociedad Anónima, cédula jurídica 3- 101- 745544 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Santa Bárbara de Heredia, 28 de abril de 2026.—Licda. Lilliana Madrigal Valverde.—1 vez.—( IN202601069063 ).

Por escritura número ciento ocho, del tomo nueve del protocolo, la Licenciada Ligia Rodríguez Moreno, protocoliza Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Anónima Tres-Ciento Uno-Quinientos Ochenta y Dos Mil Dieciocho Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno- quinientos ochenta y dos mil dieciocho. Donde se acuerda modificar, El Pacto Constitutivo, en cuanto a Integración de junta directiva, cambio de domicilio social, así como la inscripción del correo electrónico en la sociedad: Lo anterior por acuerdo de socios. Es todo.—San José, veintiocho de abril del dos mil veintiséis.—Ligia Rodríguez Moreno.—1 vez.—( IN202601069065 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número dieciséis, a las ocho horas treinta minutos, del día veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad Rancho Nimboyore, S. A., con cédula de persona jurídica número: 3-101-120046, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad. San José, 24 de abril del año 2026. Lic. Esteban Mata Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069066 ).

Por escritura número ciento nueve, del tomo nueve del protocolo, la Licenciada Ligia Rodríguez Moreno, protocoliza Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Anónima TRES- CIENTO UNO- SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número tres-ciento uno- setecientos treinta y siete mil ochocientos noventa y cinco. Donde se acuerda modificar, El Pacto Constitutivo, en cuanto a INTEGRACION DE JUNTA DIRECTIVA, CAMBIO DE DOMICILIO SOCIAL, así como la inscripción del CORREO ELECTRONICO EN LA SOCIEDAD: Lo anterior por acuerdo de socios. ES TODO. San José veintiocho de abril del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601069068 ).

Mediante escritura N°50 al ser las 15 horas del día 04 de marzo del año 2026; visible a folio 91 vuelto del tomo 39 del Protocolo del Notario Oscar Alberto Pérez Murillo, carné 8430 se solicita la inclusión del correo electrónico paolopontix@hotmail.com en la sociedad Agroindustrial Palo Grande Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101- 248498. Arenal de Tilarán – Guanacaste, 26 de marzo del 2026.—1 vez.—( IN202601069070 ).

Por escritura número 152-3, de las 12:00 horas del 17 de marzo de 2026 se modifica la cláusula segunda del pacto social en la que se expresa el domicilio de la sociedad “S R P F SERVICIO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS SOCIEDAD ANÓNIMA”, titular de la cédula jurídica número 3-101-330052 Agregándole el correo electrónico serregcr@gmail.com.—San José, 27 de abril del 2026.—Lic. Leonardo López Martínez.—1 vez.—( IN202601069072 ).

Ante esta Notaría, otorgada a las nueve horas del diez de abril de dos mil veintiséis, se solicitó adicionar el correo electrónico a la sociedad INVERSIONES BRUNCA DE OCCIDENTE SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número 3-101-258137. San Isidro, Pérez Zeledón, veintisiete de abril de dos mil veintiséis. Notaria Evelyn Castro Barquero.—1 vez.—( IN202601069073 ).

Por escritura pública número 175, otorgada en mi Notaría, a las 9:00 horas, del día 28 de abril del año 2026, protocolicé acta número dos de asamblea general de cuotistas de la sociedad Tittigoa Limitada en la cual se acordó disolver la sociedad. Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069074 ).

Ante esta notaría, por escritura doscientos doce, del tomo dieciséis, se presentó solicitud por parte de la sociedad AUTOS CUATRO POR CUATRO DEL OESTE LL LIMITADA, con cédula jurídica tres- ciento dos- quinientos cincuenta y cuatro mil- seiscientos cincuenta, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Una vez. Lic. CAROLINA MORA SOLANO, Notaria Pública. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601069075 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuatro, visible al folio ciento nueve frente , del tomo ocho, a las diecisiete horas diez minutos del día veintidós del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de Hermanos Meneses Rodríguez de Cartago Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- doscientos ocho mil ciento ochenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, a las diecisiete horas y treinta y ocho minutos del día veintidós del mes de abril del año dos mil veintiséis. Licenciado Jaime López Moya, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069076 ).

Ante esta notaría, por escritura doscientos once, del tomo dieciséis, se presentó solicitud por parte de la sociedad AUTOS CUATRO POR CUATRO DEL ESTE AL SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos cuarenta y un mil cuatrocientos noventa y seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Carolina Mora Solano, Notaria Pública. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601069077 ).

Ante esta notaría, por escritura doscientos trece, del tomo dieciséis, se presentó solicitud por parte de la sociedad Inversiones Doble Uve Limitada, cédula jurídica número cédula jurídica número tres- ciento dos- noventa mil seiscientos ochenta y seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—Licda. Carolina Mora Solano, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069081 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos catorce, visible al folio ciento quince vuelto del tomo tres, a las doce horas con treinta minutos del día veintitrés del mes de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del gerente de la sociedad BUGANVILLA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- doscientos setenta y dos mil ochocientos ochenta y cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Nicoya, a las diez horas con quince minutos del día veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis.—Licda. Daniela Rosales Ortiz, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069082 ).

Ante esta Notaría, otorgada a las nueve horas del diez de abril de dos mil veintiséis, se solicitó adicionar el correo electrónico a la sociedad VICISA DEL CASTILLO, cédula jurídica 3 -102- 866743. San Isidro, Pérez Zeledón, veintisiete de abril de dos mil veintiséis. Notaria Evelyn Castro Barquero.—1 vez.—( IN202601069083 ).

Mediante escritura número 213, de las 11:00 horas del 30 de abril del 2026 otorgada ante esta Notaría, se Protocolizó Acta de Reunión de Socios y Cuotistas de la SOCIEDAD LOS HIJOS DE FELO Y ANALIA LIMITADA, cédula Jurídica 3-102-631121 sobre otorgamiento de Poder Generalísimo e inclusión de Correo Electrónico para Notificaciones Ley 10597. Notaría del Licda. Carolina Soto Zúñiga, Notario Público. Alajuela, Atenas, 30 de abril del 2026.—1 vez.—( IN202601069084 ).

Mediante escritura número 191 del tomo 7, de las 17:00 horas del 22 de abril del 2026 otorgada ante esta Notaría, se Protocolizó Acta de Reunión de Socios y Accionistas de la INVERSIONES VEREDA DEL RIO SOCIEDAD ANONIMA, cédula Jurídica 3-101-747186 sobre inclusión de Correo Electrónico para Notificaciones Ley 10597. Notaría del Licda. Carolina Soto Zúñiga, Notario Público. Alajuela, Atenas, 04 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601069086 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veintisiete de abril del dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta de la Asamblea de Cuotistas de la sociedad MMND INC, LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos trece mil novecientes cincuenta y ocho, en la cual se acordó reformar la cláusula referente a la administración de la sociedad, y la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N° diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San José, veintisiete de abril del dos mil veintiséis.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva.—1 vez.—( IN202601069088 ).

Por escritura número ciento cuarenta, otorgada ante la Notaria Pública Carmen María Achoy Arce de las siete horas del siete de mayo de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la Sociedad Vistana Properties GS Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- quinientos setenta mil ciento veintitrés, con domicilio social en Provincia cero uno San José, cantón cero uno San José, Paseo Colón, Edificio Torre Mercedes, Octavo Piso, Feinzaig, Scharf & Van Der Putten Abogados.—Siete de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Carmen María Achoy Arce, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069089 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se presenta ante al Registro Nacional la solicitud de inscripción del correo electrónico para la sociedad denominada Iresol Destinos S. A. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—( IN202601069090 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se presenta ante al Registro Nacional la solicitud de inscripción del correo electrónico para la sociedad denominada Inversiones Loreycar S. A. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—( IN202601069091 ).

Ante esta notaría, escritura 143, a las 9 horas con 30 minutos, del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de David Couture en su condición de gerente de GESTIÓN KINIPI, LIMITADA 3-102-686051 para incorporarle el correo electrónico notificaciones@als.cr en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley 10597.— Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069092 ).

Ante esta Notaría, otorgada a las once horas treinta minutos del catorce de abril de dos mil veintiséis, se solicitó adicionar el correo electrónico a la sociedad. BANKS ARAYA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número 3-101-868922. San Isidro, Pérez Zeledón, veintisiete de abril de dos mil veintiséis. Notaria Evelyn Castro Barquero.—1 vez.—( IN202601069093 ).

Por escritura número ciento treinta y nueve otorgada ante la Notaria Pública Carmen María Achoy Arce de las dieciséis horas del cuatro de mayo de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la Sociedad Giviyescri Río Claro Sociedad Anónima, cédula jurídica tresciento unoseiscientos cincuenta y dos mil ciento diecisiete, con domicilio social en Provincia cero tres Cartago, cantón cero cinco Turrialba, Río Claro contiguo al puente. siete de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Carmen María Achoy Arce, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069094 ).

Por escritura pública número veintiuno del tomo sexto otorgada ante esta misma notaría, se solicitó la incorporación de conformidad con la ley diez mil quinientos noventa y siete del correo electrónico MARGAHUERTAS99@GAMIL.COM como medio para notificaciones de la sociedad GONLUDE LA FORTUNA SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número tres-uno cero uno-tres cero seis tres uno dos.—La Fortuna de San Carlos, veintiocho de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Mario Andrés Santamaría Núñez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069096 ).

Por escritura otorgada en San José, de las 09:00 horas del 06 de mayo del 2026, se solicita incorporar en la publicidad formal registral el correo electrónico dianiviquez@gmail.com de la sociedad CONSULTORES VIMO SA, cédula 3-101-172932. Notaria Pública: Consuelo Méndez Marchena.—1 vez.—( IN202601069097 ).

Por escritura otorgada en San José, de las 09:00 horas del 06 de mayo del 2026, se solicita incorporar en la publicidad formal registral el correo electrónico dianiviquez@gmail.com de la sociedad CONSULTORES VIMO SA, cédula 3-101-172932. Notaria Pública: Consuelo Méndez Marchena.—1 vez.—( IN202601069098 ).

Por escritura otorgada a las quince horas con quince minutos del cinco de mayo de dos mil veintiséis, ante esta notaría, la sociedad Consultores del Zurquí S. A., cédula jurídica tres- ciento uno – doscientos ochenta y ocho mil doscientos cuarenta y cinco, ha solicitado la incorporación del correo electrónico al asiento registral de la sociedad. Lo anterior con el fin de cumplir con lo dispuesto en la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 05 de mayo de 2026. Licenciado Carlos Enrique Valverde Jiménez.—1 vez.—( IN202601069099 ).

Mediante escritura número 145 otorgada ante esta Notaria a las 11 horas 10 minutos del día 28 de abril de 2026, se acuerda cambiar ESTATUTOS de la sociedad THOMAS INDUSTRIES LLC LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos- siete ocho seis tres uno cero. Licenciada Paola Vargas Castillo, 28 de abril del 2026.—1 vez.—( IN202601069100 ).

Ante esta notaría, por ciento cuarenta y dos, se presentó solicitud de la sociedad: CLUB OF BLUE HILL SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres- ciento uno- ocho uno cero cuatro dos cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, seis horas del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis. Lic. LUIS DIEGO QUESADA ARAYA, Notario Público. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601069101 ).

Por escritura otorgada a las quince horas del cinco de mayo de dos mil veintiséis, ante esta notaría, la sociedad Inversiones Monge S. A., cédula jurídica tres- ciento uno – doscientos once mil trescientos ochenta, ha solicitado la incorporación del correo electrónico al asiento registral de la sociedad. Lo anterior con el fin de cumplir con lo dispuesto en la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 05 de mayo de 2026.—Licenciado Carlos Enrique Valverde Jiménez.—1 vez.—( IN202601069102 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas del 27 de abril del 2026, la sociedad VLP AMETHYST TWO A LIMITADA, cédula jurídica 3-102-538851, protocolizó acuerdos en donde se señala un correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 27 de abril del 2026. Notaría Pública de Mariela Hernández Brenes.—1 vez.—( IN202601069103 ).

Por escritura número 57 otorgada ante la Notaria Pública Alejandra Rojas Carballo de las once horas del día 28 de Abril de 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada INVERSIONES TURÍSTICAS EL SITIO S. A. cédula jurídica número 3-101-579621, con domicilio en la ciudad de Cartago, Cantón 01 Cartago, Los Ángeles, diagonal a la esquina Noroeste de la Basílica, avenida 4, calle 16, altos de Restaurante La Puerta del Sol. Licda. Alejandra Rojas Carballo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069104 ).

Ante esta Notaría, otorgada a las quince horas del veintitrés de abril de dos mil veintiséis, se solicitó adicionar el correo electrónico a la sociedad BUENA VISTA DEL VALLE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-533718.—San Isidro, Pérez Zeledón, veintisiete de abril de dos mil veintiséis.—Evelyn Castro Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN202601069105 ).

Mediante la escritura pública número ciento noventa y cuatro- dieciséis, de las diez horas del veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis, se realiza la solicitud de inscripción del correo electrónico de las sociedades tres-ciento dos-ochocientos seis mil setecientos veinticuatro S.R.L., con cédula jurídica número tres-ciento dos-ochocientos seis mil setecientos veinticuatro, tres-ciento dos-ochocientos nueve mil trescientos noventa y ocho S.R.L., con cédula jurídica número tres-ciento dos-ochocientos nueve mil trescientos noventa y ocho y tres-ciento dos-ochocientos noventa y cinco mil seiscientos setenta y ocho S.R.L., con cédula jurídica número tres-ciento dos-ochocientos noventa y cinco mil seiscientos setenta y ocho. Notaria. Licda. Yadriela Rodríguez Quesada.—1 vez.—( IN202601069106 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria, a las 15:00 horas hoy, se presentó solicitud por parte de Ricardo Ugarte Mora, cédula 1-0590-0812, en representación de STARCHA, S. A., cédula 3-101-013426, para incorporar una dirección de correo electrónico, en el domicilio social de dicha sociedad, de conformidad con la Ley 10597.—San José, 27 de abril de 2026.—Lic. María Catalina Mora Doninelli, Notaria.—1 vez.—( IN202601069109 ).

Por medio de escritura número ciento doscientos dos asentada en el tomo dos de la Notaria Pública ANA BEATRIZ GUILLÉN VINDAS a las diez horas treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiséis, la sociedad ALTRA CX CONSULTORÍA Y SERVICIOS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos noventa y ocho mil quinientos noventa, realizó una serie de modificaciones a su pacto constitutivo e incluyó domicilio electrónico. Es todo, San José, diecisiete horas treinta y cinco minutos del treinta de abril de dos mil veintiséis. Licda. Ana Beatriz Guillén Vindas.—1 vez.—( IN202601069110 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y uno, del veintitrés de enero del dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General de Socios de TRES CIENTO DOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres ciento dos novecientos cincuenta y tres mil novecientos setenta mediante la cual se acordó reformar las cláusulas número Sexta, Séptima y Décimo Sexta del pacto constitutivo, a fin de que en lo sucesivo se lea así: “Sexta: Los negocios sociales serán administrados por un gerente. Para ser Gerente no se requiere ser socio. Dicho personero será nombrado por la Asamblea de Cuotistas y durará en su cargo por todo el plazo social, salvo remoción por parte de dicha Asamblea. Séptima: Corresponde al gerente uno, la representación con facultad de Apoderado Generalísimo sin límite de suma, Pudiendo en su condición dar poderes a otras personas. El apoderado en el ejercicio de su poder no estará cubierto por las limitaciones impuestas por el articulo mil doscientos sesenta y tres del Código civil, por lo que tendrá plena facultades de auto contratación. para el manejo de todas las cuentas bancarias que posea la sociedad en cualquier entidad financiera, así como para pagos por cualquier suma, giro de cheques, transferencias electrónicas de dinero de todas las cuentas bancarias y por cualquier monto y hasta los límites que se han indicado. El apoderado tendrá además la facultad de sustituir su poder en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo sin que por ello dejar de ser apoderado. Corresponden, Décima Sexta: a) Suscribir y pagar totalmente el capital social, de la siguiente manera: el socio Josualdo Borbón Castro suscribe y paga cien mil colones, correspondientes a diez cuotas, El pago se realiza mediante el aporte firme y definitivo que en este acto realiza de una letra de cambio por el monto de su aporte, y que es aceptado por el socio por su valor nominal totalmente suscritas y pagadas, de lo cual el suscrito notario da fe. b) Nombrar en el cargo de Gerente uno a el compareciente Josualdo Borbón Castro, mayor, costarricense, soltero, ingeniero en sistemas, portador de la cédula de identidad número seis cero trescientos noventa y ocho cero novecientos cincuenta y ocho, vecino de New Jersey, Estados Unidos, todo el anterior nombramiento a partir del veintitrés de enero de dos mil veintiséis, quien aceptan y entra en ejercicio de su cargo a partir de hoy. Ahora el nombrado acepta su cargo. Estando todos presentes aceptan los cargos que se les han confiados y entran en posesión de estos desde este momento”.—Ciudad de Puerto Jiménez, Puntarenas, a las ocho horas del día siete del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Rafael David Vega Segura, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069112 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número veintisiete, visible de folio ochenta y ocho, vuelto a ochenta y nueve frente, del tomo seis de mi protocolo, otorgada a las veinte horas del cuatro de marzo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del gerente cero dos de la sociedad K&R CREATIONS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres – ciento dos – novecientos treinta y un mil seiscientos treinta y seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes dicha, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 04 de mayo del 2026.—Lic. Alejandro Panameño Castro, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069113 ).

Mediante escritura 182-1, de las 10:00 horas del 28 de abril de 2026, otorgada ante esta notaría, se acordó agregar medio de notificaciones electrónico a las sociedades: i) 3-101- 920144, SA, con cédula jurídica número 3-101-920144, y ii) 3-101-919638, SA, con cédula jurídica número 3-101-919638.—Tamarindo, Guanacaste, 28 de abril 2026.—Lic. Andrés Araya Navarrete, Carné 32386.—1 vez.—( IN202601069114 ).

Que, mediante asamblea extraordinaria de socios, se acordó disolver la sociedad M H Autos San Ramón Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y nueve mil setenta y dos, domiciliada en Alajuela, San Ramón, San Rafael, cincuenta metros al sur del beneficio Coopecafira R.L. Es todo. Héctor Gustavo Álvarez Jiménez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069116 ).

Ante esta notaria, mediante escritura número 194 del tomo 8, otorgada a las 15 horas del 06 de mayo del año 2026 y visible al folio 164 frente, se constituyó la fundación denominada FUNDACIÓN SANTA CLARA VIDA DIGNA, con plazo perpetuo, patrimonio de constitución de cien mil colones, domiciliada en San José, Pérez Zeledón, Daniel Flores, Barrio San Francisco, 250 metros al noroeste del Tico Market, casa de color verde al lado izquierdo de la calle. Presidente con Facultades de Apoderado General sin Límite de Suma, con la representación judicial y extrajudicial. Es todo. Pérez Zeledón, 07 de mayo del año 2026. Lic. Oscare Sevilla Ureña.—1 vez.—( IN202601069118 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 188, visible al folio vuelto 191 vuelto, del tomo 21, a las 14 horas 45 minutos del 24 de abril del 2026, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad denominada RIDGEBACK SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: 3-101-354003, domiciliada en San José, Pérez Zeledón frente a los Tribunales de Justicia, edificio Abarca Vargas, primera oficina, primer piso, mediante la cual la totalidad de los socios acuerdan disolver la sociedad conforme lo establece el acta constitutiva, ya que al no tener la sociedad activos ni pasivos de ningún tipo y encontrarse al día con intereses fiscales se declara liquidada. Puntarenas, Osa, Dominical, a las 11 horas 20 minutos del 28 de abril del 2026. Licda. Rosario Araya Arroyo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069119 ).

Mediante escritura pública número 198-31, otorgada a las 15:00 del día 13 de abril del 2025, ante los notarios públicos YEIMY TATIANA VARGAS ALFARO, NIKOLE SÁNCHEZ MORA, VALERIA VANESSA BOLAÑOS CASTRO, SOLEDAD BUSTOS CHAVES y ROLANDO CLEMENTE LACLE ZUÑIGA; se protocolizó el acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad 3-101-757769 SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-757769, incorporando el correo electrónico. Licda. Valeria Bolaños Castro.—1 vez.—( IN202601069120 ).

Por escritura número doscientos dos otorgada ante el Notario Público Omar Jalil Ayales Aden, de las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada NICE LOT IN OJOCHAL INVESTMENTS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos – ochocientos ocho mil treinta y seis, con domicilio social en Puntarenas, Osa, Palmar Norte, Bufete S Y L Abogados, cien metros oeste de la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social, edificio esquinero segunda planta. Guanacaste, veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Lic. Omar Jalil Ayales Aden.—1 vez.—( IN202601069121 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura 220-23 se incorpora un correo electrónico a la sociedad FINCA RFF DE PALMAR S. A. S. A., Cedula jurídica 3-101-808762, lo anterior conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, al ser las diecisiete horas del día seis de mayo del año dos mil veintiséis.—Licda. Silvia Castro Quesada, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069122 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas del 28 de abril del 2026, la sociedad PM VISTA PALMS ELEVEN C S.R.L., cédula jurídica 3-102-776281, protocolizó acuerdos en donde se señala un correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 28 de abril del 2026. Notaría Pública de Mariela Hernández Brenes.—1 vez.—( IN202601069123 ).

Por escritura otorgada ante mí, se modificó la junta directiva de la sociedad FLAVIAS VILLAGE S.A, cédula jurídica número 3-101-842179. Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 04 de mayo del 2026. Notario. Lic. Luis Diego Fonseca Sibaja.—1 vez.—( IN202601069125 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 289, otorgada a las 11 horas del 28 de abril del año 2026, se presentó solicitud por parte de Grupo Vejade de Tibás Sociedad Anónima, para incorporar el correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San Juan de Tibás, a las doce horas del 28 de abril del año 2026. Lic. Roberto García Ulloa, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069126 ).

Por escritura número ochenta y nueve – nueve, otorgada ante la Notaria de Edwin Astúa Porras, a las once horas del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis; las entidades INMBOBILIARIA ROSAYROS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica3-101-591595 y ROSALIZ SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-39621, consignan correo electrónico para recibir notificaciones, publicar por una vez. Veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Lic. Edwin Astua Porras, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069127 ).

En esta notaría, mediante escritura número 189, visible al folio 192 frente, del tomo 21, a las 15 horas 30 minutos del 24 de abril del 2026, la sociedad CCAYNORMAN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: 3-102-917175, incluye como correo electrónico para recibir notificaciones, el siguiente: cheryl@andersonrecruiting.com.—Dominical, Osa, Puntarenas, a las 12 horas del 28 de abril del 2026.—Licda. Rosario Araya Arroyo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069128 ).

Por escritura otorgada ante mí, se modificó la cláusula de representación, de la sociedad COLORAMA DEL BOSQUE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS S.A., cédula jurídica número 3-101-549637.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 04 de mayo del 2026.—Lic. Luis Diego Fonseca Sibaja, Notario.—1 vez.—( IN202601069130 ).

En esta notaría, mediante escritura número 186, visible al folio 190 frente, del tomo 21, a las 14 horas 10 minutos del 24 de abril del 2026, la sociedad ROAD TO THE SUNSET SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número: 3-101-322603, incluye como correo electrónico para recibir notificaciones, el siguiente: notificaciones@pacificcoastlawcostarica.com. Dominical, Osa, Puntarenas, a las 11 horas del 28 de abril del 2026. Licda. Rosario Araya Arroyo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069132 ).

Ante esta notaria, mediante escritura número ciento cincuenta y seis, visible al folio setenta y tres vuelto, del tomo veintitrés, a las doce horas treinta minutos del primero de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de las sociedades: Grupo Dragón Trocha Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-nueve tres uno ocho dos cinco y de la sociedad Grupo Dragón Veintidós La Colonia Sociedad de Responsabilidad Limitada, cedula jurídica tres-ciento dos-ocho cinco uno seis cuatro cinco, incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Guápiles, a las trece horas del primero de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Gabriela Víquez Chaves, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069133 ).

Mediante escritura del día de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad HUETARES DEL ATLÁNTICO, S. A., en los que se modifica el domicilio social para incluir un correo electrónico, se modifica la cláusula de administración, se conocen las renuncias del secretario de la junta directiva y del agente residente y se nombran sustitutos. San José, veintiséis de abril de dos mil veintiséis. Notario JORGE EMILIO REGIDOR UMAÑA, Notario Público de San José.—1 vez.—( IN202601069135 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas del 27 de abril del 2026, la sociedad BUDHA Y BELMONT SR.L., cédula jurídica 3-102-786374, protocolizó acuerdos en donde se reforma la cláusula del domicilio social y se señala un correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas.—San José, 27 de abril del 2026. Notaría Pública de Mariela Hernández Brenes.—1 vez.—( IN202601069136 ).

Por escritura número ciento veintinueve – dos otorgada ante el Notario Público, Cristhian Chaves Coto, de las doce horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada CONSTRUCTORA KATUIR SOCIEDAD ANONIMA, entidad domiciliada en la Provincia cero siete Limón, Cantón cero dos Pococí, Guápiles, del Servicentro Santa Clara dos kilómetros al sur, en La Finca Desarrollos Rio Verde; con cédula de persona jurídica número TRES – CIENTO UNO – CERO OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO; mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Guápiles, Pococí, Limón, veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Lic. Cristhian Chaves Coto, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069138 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número 238, visible al folio 128 vuelto, del tomo 3, a las 8 horas del 01 de mayo de 2026, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de AGUAGRIA SA, cédula jurídica 3-101-160539, para incorporar un correo electrónico en dicha sociedad, conforme a la Ley 10597.—San Juan de Tibás, 04 de mayo de 2026.—José Pablo Campos Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069139 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número 231, visible al folio 124 frente del tomo 3, a las 9 horas del 22 de abril de 2026, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de CORAIL DU SUD SA, cédula jurídica 3-101-301090, para incorporar un correo electrónico en dicha sociedad, conforme a la Ley 10597. San Juan de Tibás, 22 de abril de 2026. José Pablo Campos Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069140 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número 233, visible al folio 125 frente del tomo 3, a las 9 horas del 23 de abril de 2026, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de TAZA DE PLATA SA, cédula jurídica 3-101-129340, para incorporar un correo electrónico en dicha sociedad, conforme a la Ley 10597.—San Juan de Tibás, 29 de abril de 2026.—José Pablo Campos Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069141 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número 232, visible al folio 124 vuelto del tomo 3, a las 8 horas del 23 de abril de 2026, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de YAKI DEL SUR SA, cédula jurídica 3-101-172245, para incorporar un correo electrónico en dicha sociedad, conforme a la Ley 10597. San Juan de Tibás, 29 de abril de 2026. José Pablo Campos Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069142 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número 230, visible al folio 123 vuelto del tomo 3, a las 8 horas del 22 de abril de 2026, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de ZAMBULLIDA DEL PACÍFICO SA, cédula jurídica 3-101-172357, para incorporar un correo electrónico en dicha sociedad, conforme a la Ley 10597. San Juan de Tibás, 22 de abril de 2026. José Pablo Campos Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069143 ).

Por escritura otorgada ante mí, Nº43-26 de las 10:00 horas del 06 de mayo de 2026 se solicita al Registro Público agregar en la cláusula de domicilio la cuenta de correo electrónico como dirección electrónica de PRESADA S. A., cédula jurídica 3-101-086682, PUBLIACTIVOS S. A., cédula jurídica 3-101-742009, así como de PREGNATORA S. A., cédula jurídica 3-101-145201. Cartago, 06 de mayo de 2026. Luis Pablo Rojas Quirós, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069145 ).

Mediante escritura ochenta y cinco del tomo 18° iniciada al folio 32 frente, del protocolo del notario Enrique Corrales Barrientos, la sociedad FINCA LA LAGUNA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-512924, mando a incluir el respectivo correo electrónico, Notario Enrique Corrales Barrientos.—San Vito, 04 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601069147 ).

Por escritura número cuarenta y seis, del tomo dos, otorgada ante la Notaria Pública, Adrianna Arias Alfaro, de las diez horas del veintiocho de abril de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad KARGASA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-catorce mil trescientos veintitrés, domiciliada en San José, Santa Ana, de la Cruz Roja, cien metros al oeste, ochocientos al sur a mano izquierda, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Alajuela, veintiocho de abril de dos mil veintiséis.—Lic. Adrianna Arias Alfaro. Teléfono 85942099.—1 vez.—( IN202601069150 ).

Por escritura número 10-83 otorgada ante mí a las 11 horas del día 06 de mayo del año 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad de esta plaza denominada 3-101-747024 SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-747024, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo e incorporar un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, la cláusula Sexta: De la Administración, Realizar nuevos nombramientos de Secretario y Fiscal e Incluir al pacto constitutivo la cláusula “Décima Segunda: De la celebración de sesiones virtuales. San José, 06 de mayo del año 2026. ANA CECILIA DE EZPELETA AGUILAR, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN202601069151 ).

Por escritura otorgada ante mí, Nº44-26 de las 10:15 horas del 06 de mayo de 2026 se solicita al Registro Público agregar en la cláusula de domicilio la cuenta de correo electrónico como dirección electrónica de CASA NUMERO ONCE OMEGA S. A., cédula jurídica 3-101-384646. Cartago, 06 de mayo de 2026. Luis Pablo Rojas Quirós, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069152 ).

Por escritura número 10-82 otorgada ante mí a las 08 horas del día 06 de mayo del año 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad de esta plaza denominada DFV TAX ADVISORY SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-746947, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo e incorporar un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, la cláusula Quinta: Del Capital Social e Incluir al pacto constitutivo la cláusula “Décima Segunda: De la celebración de sesiones virtuales. San José, 06 de mayo del año 2026.—Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN202601069154 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y cuatro, visible al folio de inicio noventa frente a folio de finalización noventa vuelto, del tomo décimo, de las trece horas treinta minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del señor JAVIER ARTURO CASTRO GUTIÉRREZ, en su condición de SECRETARIO con facultades de Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad de esta plaza denominada ALMENDAR EPSILON V SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número: Tres-ciento uno-quinientos noventa mil cuatrocientos cincuenta y cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las dieciséis horas treinta y cinco minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis. ANA CECILIA DE EZPELETA AGUILAR, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN202601069155 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y cuatro, visible al folio de inicio noventa frente a folio de finalización noventa vuelto, del tomo décimo, de las trece horas treinta minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del señor JAVIER ARTURO CASTRO GUTIÉRREZ, en su condición de SECRETARIO con facultades de Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad de esta plaza denominada SERVICIOS MEDICOS JACAFI SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número: Tres-ciento uno-ciento noventa mil cero diecinueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las dieciséis horas cuarenta minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis. ANA CECILIA DE EZPELETA AGUILAR, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN202601069157 ).

La sociedad Vakasama Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cedula jurídica, número: 3-102-932644, procede a reformar la cláusula séptima de la administración del estatuto y en consecuencia nombra nuevo gerente. Bufete del Notario Público y Abogado. Lic. Jairo Antonio Méndez Leal. Tel. 2779-7383.—1 vez.—( IN202601069158 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y cuatro, visible al folio de inicio noventa frente a folio de finalización noventa vuelto, del tomo décimo, de las trece horas treinta minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del señor JAVIER ARTURO CASTRO GUTIÉRREZ, en su condición de SECRETARIO con facultades de Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad de esta plaza denominada SUMAQ WARMI SPA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número: Tres-ciento uno-setecientos treinta mil doscientos veintitrés, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las dieciséis horas cincuenta minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis. ANA CECILIA DE EZPELETA AGUILAR, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN202601069159 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y uno, visible al folio de inicio ochenta y seis vuelto a folio de finalización ochenta y siete frente, del tomo décimo, de las ocho horas del día cinco de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del señor VÍCTOR MANUEL CASTRO GUTIÉRREZ, en su condición de PRESIDENTE con facultades de Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad de esta plaza denominada EVIC OSORNO SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número: Tres-ciento uno-novecientos catorce mil ochocientos treinta y siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las dieciséis horas veinticinco minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis. ANA CECILIA DE EZPELETA AGUILAR, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN202601069160 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 19 de las 14:30 horas del 11 de Abril del 2026 visible al folio 22 vuelto del tomo nueve, se presentó solicitud por parte del Gerente de la sociedad de CASA LA CIMA JJP, S.R.L, cédula jurídica número 3-102-781695, domiciliada en Puntarenas, Garabito, Jacó, Residencial Jacó Sol, Casa tres b, oficinas de JPC Abogados, para incorporar el correo electrónico: pjeff060@yahoo.co.uk, en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. Puntarenas, Garabito, Jacó, 24 de abril del 2026. Licda. Johanna Pamela Cordero Araya, Notaria.—1 vez.—( IN202601069161 ).

Ante esta Notaria, mediante escritura número 252, otorgada a las 17:00 horas del 30 de abril del 2026, establece el correo electrónico: nutripets45@gmail.com de la empresa LAPISLAZULI DAFE SOCIEDAD ANONIMA. Es todo. San Ramón, 30 de abril del dos mil veintiséis. Licda. Claudia Leitón Jiménez.—1 vez.—( IN202601069163 ).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas con treinta minutos del día veintiocho de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad BAUMBERG FARMS, LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos cincuenta mil novecientos ochenta y nueve, en la cual se acordó reformar las cláusulas referentes al domicilio social y a la administración, en los estatutos de la sociedad Es todo. San José, veintiocho de abril de dos mil veintiséis. Lic. José Alberto Schroeder Leiva. Notario Público.—1 vez.—( IN202601069164 ).

Por protocolización de acuerdo de asamblea de socios, otorgada ante esta Notaría, a las 7:07 horas del 28 de abril de 2026, se modificó la cláusula del domicilio de los estatutos de 3-101-469157 S.A. Se comisiona al suscrito Notario. Heredia, 28 de abril de 2026. Publíquese una vez. Lic. Melvin Elizondo Muñoz Notario Público.—1 vez.—( IN202601069165 ).

Por escritura 44 del tomo 3 del protocolo del Notario Andrey Porras Mora, otorgada a las 15:00 horas, del día 01 de mayo del año 2026, la sociedad 3-102-792959 S.R.L., incluyó el correo electrónico “elizondoalberto408@gmail.com” como medio para recibir para notificaciones. NOTARIO: ANDREY PORRAS MORA.—1 vez.—( IN202601069166 ).

Ante esta Notaria, mediante escritura número 253, otorgada a las 17:30 horas del 30 de abril del 2026, establece el correo electrónico: jcexpress1209@gmail.com de la empresa TRES- CIENTO DOS- OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y UNO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. Es todo. —San Ramón, 30 de abril del dos mil veintiséis. —Licda. Claudia Leitón Jiménez.—1 vez.—( IN202601069167 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número dieciocho de las 13.40 horas del 11 de Abril del 2026 visible al folio 21 vuelto del tomo nueve, se presentó solicitud por parte del Gerente de la sociedad de LUCKY WILLABY, S.R.L, cédula jurídica número 3-102-861969, domiciliada en Puntarenas, Garabito, Jacó, Residencial Jaco Sol, Casa tres b, oficinas de JPC Abogados, para incorporar el correo electrónico: doctorloveisin@gmail.com, en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. Puntarenas, Garabito, Jacó, 28 de Abril del 2026. Licda. Johanna Pamela Cordero Araya, Notaria.—1 vez.—( IN202601069168 ).

Mediante escritura número 108-9, de las 16:00 horas, del 27 de abril de 2026, de conformidad con la Ley número 10597, se realizó la inclusión del correo electrónico como medio oficial de notificaciones de la sociedad denominada TRES- CIENTO UNO- SETECIENTOS VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA, S.A., cédula de persona jurídica número 3-101-727460. Publíquese una vez. San José, 30 de abril de 2026. Lic. LUIS ANDRÉS BONILLA ORTIZ.- Notario Público.—1 vez.—( IN202601069169 ).

En escritura 118 a las doce horas del 28 de abril del 2026, la entidad ARTE, PINCELES Y PINTURAS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- trescientos noventa y siete mil cincuenta y siete, se procedió a registrar un correo a efectos de cumplir con la Directriz DPJ cero cero dos d dos mil veinticinco, Heredia, 248 de abril del 2026. Licda. Niriana Muñoz Matamoros. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069170 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 258, visible al folio 128 vuelto y 129 frente del tomo 3, a las 14 horas y 30 minutos del 25 de abril del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de “GROUP MASTER SECURITY V K M R SOCIEDAD ANONIMA” sociedad con cédula de persona jurídica número 3-101-794068, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Ciudad de Heredia a las 19 horas y 40 minutos del 30 de abril del 2026. Licda. Mary Hellen Esquivel Brenes, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069171 ).

En la notaría del Lic. José Joaquín Herrera Arias se protocolizó el acta de asamblea de socios de AMALALI SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-siete siete tres cinco ocho, mediante la escritura ciento cincuenta y seis-veintiuno de las dieciséis horas del veinticuatro de marzo del dos mil veintiséis, donde se protocolizó la disolución de la sociedad indicada. No hay activos ni pasivos, no se nombró liquidador.— Alajuela, veinticinco de marzo del dos mil veintiséis. Publíquese una vez.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—( IN202601069172 ).

INCORPORACION DE CORREO. PUBLICACION UNA VEZ. ante esta notaria, mediante escritura número setenta y tres visible a folio cuarenta y cinco vuelto del tomo uno, a las nueve horas del veinticinco de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la gerente uno con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad VILLAS CAVAL KYR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres -ciento dos -nueve dos dos cero tres cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José a las diez horas cincuenta y cuatro minutos del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Licenciado JONATHAN JESÚS QUESADA QUESADA. Notario Público.—1 vez.—( IN202601069173 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cinco, visible al folio ciento nueve vuelto, del tomo ocho, a las doce horas cinco minutos del día veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de Inversiones El Caíz Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cero ochenta y cinco mil doscientos setenta y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, a las doce horas veintiún minutos del día veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis. Licenciado Jaime López Moya. Notario Público.—1 vez.—( IN202601069174 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento treinta y cuatro, visible al folio noventa y ocho, vuelto, del tomo veintitrés a las ocho horas treinta minutos del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la apoderada generalísima de la sociedad HONI Y KUKUI SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y nueve mil trescientos dieciséis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Palmar, Osa, Puntarenas al ser las doce horas con cinco minutos del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Lic. Johnny Solis Barrantes, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069175 ).

Ante esta Notaría, escritura otorgada en San José, al ser nueve horas del día cinco de mayo del dos mil veintiséis, de Technexa Group MF sociedad anónima, cédula jurídica: tres- ciento uno – nueve tres dos cero cinco cinco, el correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales, es: fe@technexacr.com y el cambio de Presidente. Licda. Ana María Masis Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN202601069176 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas con 30 minutos del 24 de abril del 2026, se presentó solicitud mediante la apoderada generalísima de “EMBUTIDOS ARTESANALES EL GAUCHO, SOCIEDAD ANÓNIMA”, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número 10597. Licda. Mariela Montero Gutiérrez Notaria.—1 vez.—( IN202601069177 ).

Que, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día de hoy, se solicita la inclusión del correo electrónico de la sociedad INVERSIONES MALBAR DEL MONTE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil trescientos sesenta y cinco.—San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—Edwin Vargas Víquez, Notario Público Notario.—1 vez.—( IN202601069178 ).

Que, por escritura otorgada a las ocho y treinta horas del día de hoy, se solicita la inclusión del correo electronico de la sociedad INVERSIONES CARLOS DEL NORTE S A, Cédula de Persona Jurídica tres- ciento uno-ciento quince mil quinientos cuarenta y tres San José, a las nueve y treinta horas del dieciséis de abril del dos mil veintiséis. Notario. Edwin Vargas Víquez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601069179 ).

Que, por escritura otorgada a las ocho y treinta horas del día de hoy, se solicita la inclusión del correo electronico de la sociedad INVERSIONES GABY DEL NORTE S A, Cédula de Persona Jurídica tres- ciento uno-ciento quince mil cuatrocientos diez San José, a las nueve horas del dieciséis de abril del dos mil veintiséis. Notario. Edwin Vargas Víquez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601069180 ).

Que, por escritura otorgada a las ocho y treinta horas del día de hoy, se solicita la inclusión del correo electronico de la sociedad INVERSIONES LAURA DEL NORTE S A, Cédula de Persona Jurídica l tres- ciento uno-ciento quince mil trescientos cincuenta. San José, ocho y treinta horas del dieciséis de abril del dos mil veintiséis. Notario. Edwin Vargas Víquez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601069181 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO TREINTA Y CINCO, visible al folio noventa y nueve frente, del tomo veintitrés a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la APODERADA GENERALÍSIMA de la sociedad CHAJAFLO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos – ochocientos setenta y cuatro mil seiscientos ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Palmar, Osa, Puntarenas al ser las doce horas con diez minutos del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Lic. JOHNNY SOLIS BARRANTES. Notario Público.—1 vez.—( IN202601069182 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 14 visible al folio 13V del tomo 01 a las 13:00 horas, del 30 de ABRIL del 2026, se presentó solicitud por parte del presidente de la sociedad denominada MULTI X SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA cédula jurídica número 3-102-921048, domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, Distrito Diría, de La Iglesia Católica de Santa Barbara setenta y cinco metros sur a mano izquierda, edificio color blanco; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Tamarindo, 04 de mayo del 2026. Notaria Pública CARMEN NOELIA GUTIERREZ CHAVARRIA. Cédula 603670203.—1 vez.—( IN202601069183 ).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 04 de mayo de 2026, ante esta notaría se protocolizó el acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la compañía RESINTECH S.A., en virtud de la cual se acordó reformar las cláusulas segunda, octava y décima segunda del pacto social de la sociedad y realizar nuevos nombramientos de Junta Directiva y Fiscal.—San José, 04 de mayo 2026.—Manrique Quiros Rohrmoser. Carné Nº 17973.—1 vez.—( IN202601069184 ).

El día nueve de marzo del corriente he protocolizado acta de la Sociedad cuya razón social es SE HACE CAMINO AL ANDAR LIMITADA., con cédula jurídica número 3-102-637462 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: juan.jop@jopco.net ; NOTARIO PÚBLICO: Jorge Arturo Guardia Víquez. Ciudad de Alajuela, ocho horas del 10 de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601069185 ).

ANTE ESTA NOTARÍA MEDIANTE LA ESCRITURA 350 - 4to., SE SOLICITA AL REGISTRO MERCANTIL LA MODIFICACIÓN DE LA CLAUSULA DE LA ADMINISTRACION EN LA SOCIEDAD M & L COMPANY S.A. LICENCIADA JOSEFINA CARIME AYUBI PIMIENTA. SAN JOSÉ, ABRIL 28 DE 2026.—1 vez.—( IN202601069186 ).

Mediante escritura de hoy, ante mí, las firmas “INVERSIONES MORCAS S. A.” cedula jurídica 3-101- 167329 agrega su correo electrónico moraeduardoabogado@hotmail.com, y las firmas “CENTRO GAMOHOGAR SOCIEDAD ANONIMA.”, cedula jurídica 3-101-312687, “ARRECIFE Y ÁNGELES MARINOS SOCIEDAD ANONIMA”, cedula jurídica 3-101- 462541 y la firma “ TRES- CIENTO DOS- SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” cedula jurídica 3-102- 732130, agregan el correo electrónico dmvmarco@gmail.com, para efectos de recibir notificaciones. Puriscal 06 de mayo del 2026.—Miguel Vinicio Díaz Campos, Notario.—1 vez.—( IN202601069187 ).

Por escritura número doscientos cincuenta y tres, otorgada en este Notaría, a las catorce horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, la señora Yuliza Padilla Pérez, Apoderada Generalísima de la sociedad denominada CHARLIE Y PETTY LIMITADA, incluye medio electrónico para recibir notificaciones según transitorio I y II de la Ley diez mil quinientos noventa y siete.—Santa Cruz, treinta de abril. Publíquese una sola vez.—Licenciada Marcela Vargas García.—1 vez.—( IN202601069188 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 17 de las 13:10 horas del 11 de Abril del 2026 visible al folio 20 frente del tomo nueve, se presentó solicitud por parte del Gerente de la sociedad de GAMINOS PROPERTIES LLC, SRL, cédula jurídica número 3-102-875751, domiciliada en Puntarenas, Garabito, Jacó, Residencial Jaco Sol, Casa tres b, oficinas de JPC Abogados, para incorporar el correo electrónico: gaminostransport@gmail.com, en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. Puntarenas, Garabito, Jacó, 28 de Abril del 2026. Licda. Johanna Pamela Cordero Araya, Notaria.—1 vez.—( IN202601069189 ).

INCORPORACION DE CORREO. PUBLICACION UNA VEZ. ante esta notaria, mediante escritura número setenta y cinco visible a folio cuarenta y seis frente y vuelto del tomo uno, a las once horas del veinticinco de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad COMERCIAL SIME DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres -ciento uno -tres ocho cero seis tres seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José a las once horas doce minutos del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Licenciado JONATHAN JESÚS QUESADA QUESADA. Notario Público.—1 vez.—( IN202601069190 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas del 7 de mayo del 2026, con relación a la sociedad “ TRES CIENTO UNO - QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE SOCIEDAD ANONIMA ”, cédula jurídica 3-101- 575929, se procede a solicitar la inclusión del correo electrónico para notificaciones de la sociedad, cumpliéndose con lo estipulado por la ley 10597. San José, 7 de MAYO del 2026. Rafael A. Quesada Vargas. Notario una vez.—1 vez.—( IN202601069191 ).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las diez horas del día seis de mayo del año dos mil veintiséis, se acordó; disolver la sociedad denominada “WJAMWC KRAKATAO SOCIEDAD ANÓNIMA” y nombrar liquidador. San Isidro de Pérez Zeledón, seis de mayo del año dos mil veintiséis.—Fabián Jiménez Valverde, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069192 ).

La sociedad denominada monte luna garza del sol sociedad anónima, con cedula jurídica número tres – ciento uno – cuatrocientos cincuenta y nueve mil ochocientos sesenta y nueve, incluye el siguiente correo electrónico a la empresa para recibir notificaciones: geovamg76@gmail.com Cariari a las trece horas del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Rolando Antonio Vargas Ramírez. Móvil 8923-5510.—1 vez.—( IN202601069193 ).

La Sociedad DISTRIBUIDOR ARNOM PAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres – ciento dos – ocho cuatro cinco nueve dos cinco, reforma la cláusula de su domicilio en cuanto a la inclusión del correo electrónico. Notario Público Lic.Juan Guillermo Coghi Molina, Email bufetecoghi@gmail.com (Publicar una Vez) Cartago, 05 mayo 2026.—1 vez.—( IN202601069194 ).

En esta notaría, mediante escritura número 187, visible al folio 191 vuelto, del tomo 21, a las 14 horas con 30 minutos del 24 de abril del 2026, el señor CARL BRICE DEGANAHL LAMONT, en su condición de PRESIDENTE Y TESORERO de las sociedades: 3 – 102 – 486267 SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica: 3 – 101 – 486267 y TERAGRADES SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número: 3 – 101 – 384460, solicita se incluya en dichas sociedades como correo electrónico para recibir notificaciones, el siguiente: notificaciones@pacificcoastlawcostarica.com. Dominical, Osa, Puntarenas, a las 11 horas 20 minutos del 28 de abril del 2026. Licda. Rosario Araya Arroyo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069195 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta y cuatro-veintiuno, visible al folio ciento treinta y cuatro vuelto, del tomo veintiuno , a las ocho horas, del veinticinco de abril del dos mil veintiséis , el señor Erick Josué Mena Salas, cédula de identidad número dos-cero setecientos sesenta y uno-cero cero cuarenta y tres, quien fungía como Gerente y Apoderado Generalísimo sin límite de suma, de la Tres-Ciento Dos-Ocho Siete Dos Dos Nueve Cero Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-ocho siete dos dos nueve cero. Otorga escritura de solicitud de reinscripción de la referida sociedad, la cual se encuentra disuelta en virtud de haberse vencido su plazo de vigencia. Es todo.—Alajuela, Carrillos de Poás a las diez horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil veintiséis.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069196 ).

Por escritura número 339-9 otorgada ante el Notario Público, Alejandra M. Carrillo Salazar de las 10 horas 20 minutos del 5 de mayo de 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada BRISAS DE LAS MONTAÑAS VERDES SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-695803, domiciliada en Puntarenas, Puntarenas, Mal País, cien metros detrás del Hotel Vista de las Olas, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Carmona, 5 de mayo de 2026. Licda. Alejandra M. Carrillo Salazar, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069197 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, la compañía VILLAS BELLA DONA S.A., cédula jurídica 3-101-615819, se transforma de sociedad anónima a sociedad limitada. San José, 28 de abril del 2026. Lic. Esteban Matamoros Bolaños, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069198 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 334, visible al folio 162, del tomo 13, a las 10:15 horas, del 24 de abril del 2026, se realizó solicitud por parte del representante legal de la sociedad MONOFUNKI, S.A., titular de la cédula jurídica 3-101-762105 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Liberia, doce horas del 28 de abril del 2026.—Lic. German José Berdugo González, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069199 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento ocho, visible al folio ciento trece, visible al folio setenta y siete frente, del tomo dos de mi protocolo, al ser las a las once horas del dos de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Sergio Samir Mena Escampinez, cédula de residencia uno cinco cinco ocho uno siete cinco uno tres siete tres cinco, Presidente de Aires Menaes Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – ocho cero dos cuatro nueve nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las siete horas del seis de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Ramsés Ramírez Flores. Notario Público.—1 vez.—( IN202601069200 ).

Ante esta Notaría por escritura número: Sesenta y tres, otorgada a las ocho horas del día cinco de mayo del año Dos mil dieciséis, se solicita al Registro Nacional, Sección Mercantil, se incorpore el correo electrónico t.serrano.m@hotmail.com para la sociedad Hermanos Serrano Murillo sociedad anónima, cédula jurídica Tres- ciento uno- Cuatrocientos dieciocho mil quinientos cuatro. Sin termino por no haber vencido el plazo.—Licda. Yamilet Méndez Jiménez.—1 vez.—( IN202601069201 ).

En mi notaría, por escritura 2 de las 15:40 horas y cuarenta minutos del 5 de mayo de marzo de 2026 otorgada por la suscrita notaria en el tomo 3 de su protocolo, CONSORCIO DE INVERSIONES CAMIA DE SAN JOSE, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-064299, solicita inscripción del correo electrónico gutierrezanabelle@hotmail.com, para la recepción de notificaciones judiciales y administrativas en cumplimiento con lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete y directriz DPJ — cero cero dos — dos mil veinticinco.—San José, 07/05/2026. Lic. Gioconda Rojas Solís, Abogada y Notaria carné 25437.—1 vez.—( IN202601069202 ).

Por escritura número ochenta y seis, otorgada ante esta Notaría a las diez horas del seis de mayo de dos mil veintiséis, la compañía STAKES-HORSES SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ochocientos sesenta y siete mil setecientos cuarenta y ocho, solicita la inclusión de correo electrónico en el asiento registral respectivo.—Ciudad Quesada, 06 de mayo de 2026.—Lic. Olga Lydia Guerrero Vargas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069204 ).

En esta notaría, mediante escritura número 189, visible al folio 195 vuelto, del tomo 21, a las 10 horas del 28 de abril del 2026, la sociedad Prestige Properties Worldwide Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número: 3-102-932099, incluye como correo electrónico para recibir notificaciones, el siguiente: Prestigepropertiesworldwidellc@gmail.com. Dominical, Osa, Puntarenas a las 12 horas 10 minutos del 28 de abril del 2026. Licda. Rosario Araya Arroyo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069205 ).

Por escritura otorgada a las doce horas veinte minutos del seis de mayo de 2026, se incluyó correo electrónico para notificaciones de TRES - CIENTO DOS - NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS ONCE SRL. Heredia, 06 de mayo de 2026. LIC. ALVARO HERNANDEZ CHAN.—1 vez.—( IN202601069206 ).

Por escritura otorgada a las doce horas veinte minutos del seis de mayo de 2026, se incluyó correo electrónico para notificaciones de TRES - CIENTO DOS - NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CATORCE SRL. Heredia, 06 de mayo de 2026. LIC. ALVARO HERNANDEZ CHAN.—1 vez.—( IN202601069207 ).

Por escritura otorgada a las doce horas veinte minutos del seis de mayo de 2026, se incluyó correo electrónico para notificaciones de VACHAVA DE HEREDIA SA..—Heredia, 06 de mayo de 2026.—Lic. Alvaro Hernández Chan.—1 vez.—( IN202601069208 ).

Por escritura otorgada a las ocho horas del treinta de abril de 2026, se incluyó correo electrónico para notificaciones de INVERSIONES ECOSUKIA SRL. Heredia, 06 de mayo de 2026. LIC. ALVARO HERNANDEZ CHAN.—1 vez.—( IN202601069209 ).

Por escritura otorgada a las ocho horas del treinta de abril de 2026, se incluyó correo electrónico para notificaciones de JADE DAJE V R SA. Heredia, 06 de mayo de 2026. LIC. ALVARO HERNANDEZ CHAN.—1 vez.—( IN202601069210 ).

Por escritura otorgada a las nueve horas del treinta de abril de 2026, se incluyó correo electrónico para notificaciones de LUNA LLENA SA. Heredia, 06 de mayo de 2026. LIC. ALVARO HERNANDEZ CHAN.—1 vez.—( IN202601069211 ).

Por escritura otorgada a las nueve horas del treinta de abril de 2026, se incluyó correo electrónico para notificaciones de INVERSIONES KEELAKA ANGEL SA. Heredia, 06 de mayo de 2026. LIC. ALVARO HERNANDEZ CHAN.—1 vez.—( IN202601069212 ).

Por escritura otorgada a las nueve horas del treinta de abril de 2026, se incluyó correo electrónico para notificaciones de AGROPECUARIA LA QUESERA SA.—Heredia, 06 de mayo de 2026.—Lic. Alvaro Hernández Chan.—1 vez.—( IN202601069213 ).

Por escritura otorgada a las nueve horas del treinta de abril de 2026, se incluyó correo electrónico para notificaciones de COMERCIAL LA QUESERA SA. Heredia, 06 de mayo de 2026. LIC. ALVARO HERNANDEZ CHAN.—1 vez.—( IN202601069214 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 81 visible al folio 100F del tomo 16 a las 12:50 horas, del 30 de enero del 2026, se presentó solicitud del representante legal de las sociedades denominadas: i) CRYSTAL TEARS S.A., cédula jurídica número 3-101-514658, domiciliada en San José, San José, Calle 21, avenida 10 bis número 2161 y ii) PIATA S.A., cédula jurídica número 3-101-604230, domiciliada en San José, Escazú, San Rafael, del supermercado Saretto 200 metros norte, 100 metros oeste y 100 metros norte casa mano derecha; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Tamarindo, 04 de mayo del 2026. Notaria Pública, CAROLINA DE LOS ANGELES MENDOZA ÁLVAREZ, Cédula 503590373.—1 vez.—( IN202601069215 ).

Por escritura número 196-1 de las 15:00 horas del 23-04-2026 otorgada ante la Notaria Pública María José Quesada Arroyo, se incluye cuenta de correo electrónico: erikagonzasi@gmail.com, dentro de la sociedad denominada EGONZASI SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-635892, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número 10597. Ciudad Quesada, 28 de abril del 2026.—1 vez.—( IN202601069216 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 120 del tomo 111, a las once horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Herbert Murillo Bogantes representante legal de Inversiones HM & LP Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatro cero dos seis cuatro siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Grecia, a las catorce horas del día seis de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Felipe Gómez Rodríguez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601069218 ).

Ante esta Notaría, por escritura pública número 241, visible a folio 154 frente del tomo 11, a las 11 horas del 24 de abril de 2026, el representante legal de la empresa: 3-101-870052 SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-870052, realizó formal escritura pública para incluir en el Registro de Personas Jurídicas el correo electrónico oficial para la recepción de notificaciones judiciales y administrativas, el cual será: adrianogomezgarita@icloud.com. Pdte. Adriano Esteban Gómez Garita. Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán. Carné num.15630.—1 vez.—( IN202601069219 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:45 horas del 23 de abril del 2026, se protocolizó acta de Asamblea de socios de “SAMARA CONSTRUCTION COSTA RICA LTDA,” cédula jurídica número 3-102-778674, mediante la cual se modifica la cláusula octava del pacto social. San José, 23 de abril del 2026- Licda. Yolanda Araya Jara.—1 vez.—( IN202601069220 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 262 visible al folio 181 VUELTO del tomo 12 a las 13:45 del 24 de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de JUDY STEPHANIE QUIROS GAMBOA Gerente de las sociedades: i) INVERSIONES MAKANAO LTDA. cédula jurídica 3-102-471686, ii) 3-102-767181 SRL. cédula jurídica 3-102-767181, iii) 3-102-767207 SRL. cédula jurídica 3-102-767207, iv) 3-102-767409 SRL. cédula jurídica 3-102-767409, v) 3-102-789512 SRL. cédula jurídica 3-102-789512, vi) 3-102-810250 SRL. cédula jurídica 3-102-810250 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 24 de abril del 2026- Licda. Yolanda Araya Jara. Notario.—1 vez.—( IN202601069221 ).

Por escritura número 262-20 otorgada ante el Notario Público, Eddie José Cuevas Marín, de las 07:35 horas, del 24 de abril del 2026, visible al folio 199 frente, del tomo 20, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Bosques de Altamira casa cero cinco nueve KSA S.A, cédula jurídica 3-101-343280, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Heredia, 04 de mayo del 2026. Eddie José Cuevas Marín, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069222 ).

Mediante escritura otorgada en mi Notaría, a las once horas del día diecisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número 10.597 en las siguientes sociedades: I- TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: tres – ciento dos – ochocientos cuarenta y dos mil quinientos noventa y siete. II- EFE Y EFE HOLDING SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: tres – ciento dos – novecientos treinta y un mil trescientos veinticinco. San José, Escazú, a la hora y la fecha que se indica en mi firma digital puesta en este documento. Publicación de 1 vez. FRANCISCO ALONSO VILLALOBOS BRENES. NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601069223 ).

Por escritura número 199-1 de las 10:15 horas del 28-04-2026 otorgada ante la Notaria Pública María José Quesada Arroyo, se incluye cuenta de correo electrónico: nuilama911@gmail.com, dentro de la sociedad denominada NUILAMA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-770911, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número 10597.—Ciudad Quesada, 28 de abril del 2026.—María José Quesada Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN202601069224 ).

Ante esta notaría a las 15:10 horas del 23 de abril del 2026, mediante la escritura número 289-43, la sociedad denominada ORPER SRL., cédula jurídica número 3-102-129379, solicita modificación al pacto constitutivo, establecer el correo electrónico como medio de notificación gapefu@gmail.com Publicar una única vez. Licda. Hellen Tatiana Fernández Mora. Cartago, 30 de abril del 2026.—1 vez.—( IN202601069225 ).

Por escritura número: ciento treinta y dos - dieciséis, otorgada en la Provincia de Heredia, Central, a las ocho horas, del día siete del mes de mayo del año dos mil veintiséis, visible a folio ciento noventa y cinco frente, del tomo número: dieciséis del protocolo del Notario Público: Christian Jiménez Ramírez, en Asamblea General de Cuotistas, celebrada en su domicilio social, de conformidad con lo dispuesto por el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio vigente, se acordó por unanimidad de votos: DISOLVER Y LIQUIDAR simultáneamente, la entidad jurídica denominada: TRES – CIENTO DOS – NUEVE CUATRO CINCO OCHO DOS TRES S.R.L, titular de la cédula de persona jurídica número: tres – ciento dos – nueve cuatro cinco ocho dos tres. Heredia, Central, día siete del mes de mayo del año mil veintiséis.-.Notario: Christian Jiménez Ramírez. / Cédula: 1 – 0891 - 0078. / Carné: 8868.—1 vez.—( IN202601069226 ).

Por escritura número: ciento treinta y tres-dieciséis, otorgada en la Provincia de Heredia, Central, a las nueve horas treinta minutos del día siete del mes de mayo del año dos mil veintiséis, visible a folio ciento noventa y seis frente del tomo número: dieciséis del Protocolo del Notario Público: Christian Jiménez Ramírez, la entidad jurídica denominada: WETSELA YE SOCIEDAD ANÓNIMA, titular de la cédula jurídica número: tres – ciento uno – tres cinco cuatro siete uno siete, solicitó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la inscripción de un correo electrónico en el domicilio social de la compañía, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Heredia siete de mayo del dos mil veintiséis.—Notario: Christian Jiménez Ramírez. / Cédula: 1-0891-0078. / Carné: 8868.—1 vez.—( IN202601069227 ).

Mediante escritura otorgada en mi Notaría, a las diez horas del día diecisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número 10.597 en las siguientes sociedades: I- TRES – CIENTO UNO – NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica: Tres – ciento uno – novecientos treinta y tres mil setecientos sesenta y cuatro. II- TRES – CIENTO UNO – NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica: tres – ciento uno – novecientos treinta y tres mil setecientos sesenta y seis. III- TRES – CIENTO UNO – NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica: tres – ciento uno – novecientos treinta y cuatro mil seiscientos cincuenta. IV- TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SIETE, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LÍMITADA, cédula jurídica número: tres – ciento dos – ochocientos cuarenta y dos mil seiscientos siete. V- CENTRO DE BIENESTAR ANIMAL TRIVET SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: Tres – ciento uno – setecientos noventa y ocho mil novecientos treinta. VI- CERO INTERNACIONAL SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: tres – ciento uno – ciento un mil cuatrocientos sesenta y ocho. VII- EQUINOCCIO NOVENTA Y TRES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: Tres – ciento dos – novecientos treinta y un mil doscientos noventa. VIII- MONTESSORI LAND SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: Tres – ciento uno – seiscientos catorce mil doscientos ochenta y dos. IX- SUBA HOLDING SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: Tres – ciento uno – setecientos noventa y nueve mil quince. X- SUPER BATERIAS O C SOCIEDAD ANONIMA, titular de la cédula jurídica número: Tres – ciento uno – trescientos cincuenta y ocho mil ochocientos dieciocho. XI- TRANSPORTES CESSA DE C R SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: Tres – ciento uno – cuatrocientos sesenta y cuatro mil seiscientos noventa y dos. XII- VOLTAJE E BIKES LIMITADA, cédula jurídica número: Tres – ciento dos – ochocientos sesenta mil doscientos quince. San José, Escazú, a la hora y la fecha que se indica en mi firma digital puesta en este documento. FRANCISCO ALONSO VILLALOBOS BRENES, NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601069228 ).

Por escritura número dieciocho-dos, otorgada a las doce horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad TRANS ARIASOL RR, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula tres-ciento uno-seiscientos treinta y nueve mil seiscientos treinta y nueve; celebrada en el domicilio social, a las diez horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa.—Colón, veintiocho de abril del dos mil veintiséis.—Licda. Arleth Pamela Venegas Bermúdez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069229 ).

Por escritura número 263-20 otorgada ante el Notario Público, Eddie José Cuevas Marín, de las 07:40 horas, del 24 de abril del 2026, visible al folio 199 vuelto, del tomo 20, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Tres-ciento uno-quinientos treinta mil ochocientos noventa y seis S. A., cédula jurídica 3-101-530896, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Heredia, 04 de mayo del 2026. Eddie José Cuevas Marín, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069230 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 67 visible al folio 86V del tomo 16 a las 16:00 horas, del 20 de enero del 2026, se presentó solicitud del representante legal de la sociedad denominada ESCAPONTANA LLC LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-737915, domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, Centro Comercial Tamarindo Business Center, oficina P&D Abogados, local 2; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Tamarindo, 04 de mayo del 2026. Notaria Pública. CAROLINA DE LOS ANGELES MENDOZA ÁLVAREZ, Cédula 503590373.—1 vez.—( IN202601069231 ).

Por escritura número 264-20 otorgada ante el Notario Público, Eddie José Cuevas Marín, de las 07:45 horas, del 24 de abril del 2026, visible al folio 200 frente, del tomo 20, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Bosques de Altamira casa cero cincuenta y uno Tuna S. A., cédula jurídica 3-101-343178, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Heredia, 04 de mayo del 2026. Eddie José Cuevas Marín, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069233 ).

Por escritura número 198-1 de las 10:00 horas del 28-04-2026 otorgada ante la Notaria Pública María José Quesada Arroyo, se incluye cuenta de correo electrónico: luislunafacturacion@gmail.com, dentro de la sociedad denominada HIJOS DE LUNA Y HERNÁNDEZ SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-615052, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número 10597. Ciudad Quesada, 28 de abril del 2026.—1 vez.—( IN202601069234 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos ochenta y cuatro, visible del folio ciento noventa y nueve frente al folio doscientos frente, del tomo uno, a las trece horas y cincuenta minutos del veintisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios Grupo Deva Paper Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-siete uno uno dos cinco ocho mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Hojancha, a las diecisiete horas y diez minutos del día veintisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Alessia María Aguirre López, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069235 ).

El suscrito notario hace constar que ante esta notaria y mediante escritura pública ciento sesenta- sesenta y cuatro de las nueve horas día seis de mayo del año dos mil veintiséis, se solicita la inclusión de dirección de correo electrónico, de la sociedad denominada CORPORACIÓN FRASEB C F SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno- trescientos dieciocho mil ochocientos setenta y dos. Notario: Jorge Andrés Cordero Leandro. Cartago, seis de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601069236 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO SETENTA Y SIETE, visible al folio CIENTO CINCUENTA Y SIETE FRENTE, del tomo CUARENTA Y DOS, a las ocho horas del cinco de Mayo del dos mil veintiséis, se solicita inclusión de correo electrónico a la sociedad TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE, SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica: TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE, se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles”. Ciudad de Grecia, a las once horas diecisiete minutos del cinco del mes de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Sara María Barrantes Hernández, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069237 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO SETENTA Y OCHO, visible al folio CIENTO CINCUENTA Y SIETE VUELTO, del tomo CUARENTA Y DOS, a las nueve horas del cinco de Mayo del dos mil veintiséis, se solicita inclusión de correo electrónico a la sociedad LAS PALMERAS GRIEGAS, SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica: TRES – CIENTO UNO – DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS, se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles”. Ciudad de Grecia, a las catorce horas cuarenta y ocho minutos del cinco del mes de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Sara María Barrantes Hernández, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069238 ).

En escritura 119 a las trece horas del 28 de abril del 2026, la entidad CREAMAGO SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – cero ochenta y seis mil cuatrocientos setenta y seis, se procedió a registrar un correo a efectos de cumplir con la Directriz DPJ cero cero dos del dos mil veinticinco. Heredia, 28 de abril del 2026. Licda. Niriana Muñoz Matamoros, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069239 ).

El suscrito notario hace constar que ante esta notaria y mediante escritura pública ciento cuarenta y dos- sesenta y cuatro de las diez horas día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se solicita la inclusión de dirección de correo electrónico, de la sociedad denominada DISTRIBUIDORA CARTER LIMITADA, cédula jurídica número tres- ciento dos- ciento veintiún mil cuatrocientos noventa y cuatro. Notario: Jorge Andrés Cordero Leandro. Cartago, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601069241 ).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 15:00 hrs. del día de hoy, la sociedad BORNEMISZA Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA con cédula de persona jurídica 3-101-921083, solicita la modificación al pacto constitutivo, al establecer el correo electrónico tavobornemisza@yahoo.com como medio de notificación. San José, 05 de mayo del 2026. Lic. Aldo F. Morelli Lizano.—1 vez.—( IN202601069242 ).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 10:00 hrs. del día de hoy, la sociedad EIGHT CONDOMINIO RESIDENCIAL TESORO DEL REY OCHO SOCIEDAD ANONIMA con cédula de persona jurídica 3-101-459075, solicita la modificación al pacto constitutivo, al establecer el correo electrónico jhalvarezl@gmail.com como medio de notificación. San José, 06 de mayo del 2026. Lic. Aldo F. Morelli Lizano.—1 vez.—( IN202601069243 ).

Por escritura pública número CIENTO DIEZ visible al tomo CINCO folio ciento dieciocho frente de mi protocolo, otorgada a las ocho horas del siete de mayo del dos mil veintiséis, a solicitud del representante legal la sociedad ELNOR SOCIEDAD ANONIMA, se procedió a incluir la cuenta de correo electrónico de dicha sociedad en cumplimiento con la Ley diez mil quinientos noventa y siete, se consigna para recibir notificaciones de las autoridades administrativas y jurisdiccionales el correo: botho@bsklegal.cr. San José, siete de mayo del dos mil veintiséis. Lic. ALMA MONTERREY ROGERS, Notario.—1 vez.—( IN202601069244 ).

Por escritura pública número CIENTO ONCE visible al tomo CINCO folio CIENTO DIECIOCHO vuelto de mi protocolo, otorgada a las nueve horas del siete de mayo del dos mil veintiséis, a solicitud del representante legal de la sociedad FUYA LATAM SOCIEDAD ANONIMA se procedió a incluir la cuenta de correo electrónico de dicha sociedad en cumplimiento con la Ley diez mil quinientos noventa y siete, se consignan para recibir notificaciones de las autoridades administrativas y jurisdiccionales el siguiente correo: legal@odellaglobal.com. San José, siete de mayo del dos mil veintiséis. Lic. ALMA MONTERREY ROGERS, Notario.—1 vez.—( IN202601069245 ).

El suscrito notario hace constar que ante esta notaria y mediante escritura pública ciento cincuenta y uno- sesenta y cuatro de las diez horas treinta y cinco minutos día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se solicita la inclusión de dirección de correo electrónico, de la sociedad denominada RETORNO DE PACAYAS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos ochenta y ocho mil treinta y seis. Notario: Jorge Andrés Cordero Leandro. Cartago, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601069246 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos veinte-uno, visible al folio ciento ochenta y nueve frente del tomo uno, a las doce horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del señor JOHEL ANGEL ROJAS CASTRO en su condición de Gerente d0s de la sociedad de RPM ROJAS PROPERTY MANAGEMENT AND CONSULTING SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- ochocientos veinticinco mil setecientos cincuenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago, a las trece horas y cuarenta minutos del veintiocho de abril del del dos mil veintiséis. Licda. Nathalia María Vargas Durán, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069247 ).

El suscrito notario hace constar que, ante esta notaria y mediante escritura pública ciento cincuenta- sesenta y cuatro de las diez horas treinta y cinco minutos día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se solicita la inclusión de dirección de correo electrónico, de la sociedad denominada INMOBILIARIA DOS CARLOS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos noventa y nueve mil cuatrocientos sesenta y tres.—Cartago, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Notario: Jorge Andrés Cordero, Leandro.—1 vez.—( IN202601069248 ).

Mediante escritura número CIENTO SETENTA Y TRES-VEINTIUNO de las diecisiete horas del veinticuatro de Abril en la notaría del Lic. José Joaquín Herrera Arias, compareció el representante legal de la sociedad INVERSIONES OKOBA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número TRES-CIENTO UNO-SIETE TRES SIETE NUEVE TRES NUEVE , para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: inversionesokoba@gmail.com. Es todo, Carrillos de Poás, Alajuela, Veintisiete de Abril del dos mil veintiséis. Lic. José Joaquín Herrera Arias.—1 vez.—( IN202601069249 ).

El suscrito notario hace constar que ante esta notaria y mediante escritura pública ciento cuarenta y nueve- sesenta y cuatro de las diez horas treinta minutos día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se solicita la inclusión de dirección de correo electrónico, de la sociedad denominada INMOBILIARIA LA ANTIGUA VERACRUZ SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos noventa y tres mil novecientos treinta y ocho. Notario: Jorge Andrés Cordero Leandro. Cartago, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601069250 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 207 visible al folio 156 del tomo 7 a las 10 horas del 28 de abril del 2026, se presentó solicitud por parte de la representante legal de: a) HARPERS VEHICLES SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número: 3-101-827203, b) GET FIT FAST BRIADAM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número: 3-102-805579, c) WINDSWEPT SOUND SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número: 3-102-845569, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Jacó, a las trece horas cincuenta y un minutos del día veintiocho de abril del año 2026. Lic. Nathalie Elizondo Montero Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069252 ).

El suscrito notario hace constar que ante esta notaria y mediante escritura pública ciento cuarenta y cinco- sesenta y cuatro de las diez horas quince minutos día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se solicita la inclusión de dirección de correo electrónico, de la sociedad denominada CARMAZU EIRL, cédula jurídica número tres- ciento cinco- ciento cuarenta y seis mil cuatrocientos setenta y nueve. Notario: Jorge Andrés Cordero Leandro. Cartago, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601069253 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y dos de las ocho horas quince minutos del día veintinueve de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; BA PACÍFICO CONSTRUCTORA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO DOS - OCHO SIETE SEIS CINCO NUEVE CINCO; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069254 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento setenta y nueve de las trece horas diez minutos del día veinticinco de abril del año dos mil veintiséis, del tomo primero de mi protocolo; CONSULTORES TÉCNICOS LA COSTA CONTECSA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres - uno cero dos - seis seis siete nueve cuatro ocho; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo.—San José, siete de mayo de dos mil veintiséis.—Notaria Pública Adriana Elizabeth Piedra Flores. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069255 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO TREINTA Y UNO, visible al folio noventa y seis frente, del tomo veintitrés a las a las ocho horas del día veintiséis de abril del dos mil veintiséis, se protocoliza el Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de AREL CONGLOMERATE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos setenta y un mil ciento dieciséis, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Palmar, Osa, Puntarenas, al ser las doce horas del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Lic. JOHNNY SOLIS BARRANTES, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069256 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento veintinueve de las once horas diez minutos del día diecisiete de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; CORODE LIMITADA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO DOS - UNO NUEVE NUEVE DOS OCHO UNO; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069257 ).

La Sociedad Enchapes y Remodelaciones Hernández Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres – ciento dos – siete ocho tres dos cuatro uno, reforma la cláusula de su domicilio en cuanto a la inclusión del correo electrónico. Notario Público Lic. Juan Guillermo Coghi Molina. Email bufetecoghi@gmail.com Cartago, 5 de mayo, 2026.—1 vez.—( IN202601069258 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento treinta y dos de las catorce horas del día diecisiete de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; EL CAPIBARA DE ESPERANZA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO UNO - SIETE CUATRO UNO SIETE UNO DOS; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069259 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento setenta y cinco de las trece horas cuarenta y cinco minutos del día veintiuno de abril del año dos mil veintiséis del tomo primero de mi protocolo; EL CHOLITO PEREGRINO SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO UNO - NUEVE UNO NUEVE TRES DOS SEIS; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notaria Pública Adriana Elizabeth Piedra Flores. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069260 ).

El día nueve de marzo del corriente he protocolizado acta de la sociedad cuya razón social es EL CARTERO DE SORIA LIMITADA., con cédula jurídica número 3-102-919857, en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: gustavo.jop@jopco.net.—Ciudad de Alajuela, ocho horas del 10 de marzo 2026.—Notario Público: Jorge Arturo Guardia Víquez.—1 vez.—( IN202601069261 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento setenta y siete de las trece horas del día veinticinco de abril del año dos mil veintiséis del tomo primero de mi protocolo; MANTRA DEL COCO PROPERTIES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO DOS - OCHO SIETE SEIS TRES DOS TRES; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notaria Pública Adriana Elizabeth Piedra Flores. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069262 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO TREINTA Y TRES, visible al folio noventa y ocho frente, del tomo veintitrés a las ocho horas del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la APODERADA GENERALÍSIMA de la sociedad SORTISOMNIS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos cuarenta y tres mil ochocientos cuarenta, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Palmar, Osa, Puntarenas al ser las doce horas del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Lic. JOHNNY SOLIS BARRANTES, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069263 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento treinta y seis de las catorce horas veinte minutos del día diecisiete de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; VAINILLA PEPPER SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO UNO - SEIS SEIS CUATRO SEIS SEIS CERO; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069264 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento setenta y ocho de las trece horas cinco minutos del día veinticinco de abril del año dos mil veintiséis del tomo primero de mi protocolo; VARIETALIS NEGOCIOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO DOS - CUATRO UNO NUEVE NUEVE CERO SIETE; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notaria Pública Adriana Elizabeth Piedra Flores. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069265 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 016-19, visible al folio 011 VUELTO del tomo 19, de mi Protocolo, a las a las catorce horas del ocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de ELENA VARGAS MENDEZ, portadora de cédula de identidad número 4-0212-0358, representante legal de la empresa PROSOLUCIONES NACIONALES A DIFFERENT WAY SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-910560, domiciliada en PROVINCIA SEIS PUNTARENAS, CANTON CUATRO MONTES DE ORO, DISTRITO: MIRAMAR, SETENTA Y CINCO METROS NORTE DEL TALLER CHAVARRIA, CASA A MANO DERECHA COLOR AZUL, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Miramar-Montes de Oro-Puntarenas, catorce horas DIEZ minutos del día VEINTIOCHO ocho de abril del año dos mil veintiséis. Licda. YESENIA VILLALOBOS LEITON, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069266 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y uno de las doce horas del día veintitrés de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; WING NUTS LIMITADA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO DOS - OCHO SIETE SEIS SIETE CINCO CINCO; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069267 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y siete, visible del folio ciento veintinueve frente al folio ciento veintinueve vuelto, del tomo nueve del protocolo, a las once horas del diecisiete de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad denominada TRES- CIENTO DOS- NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- novecientos cincuenta y cinco mil ochocientos cuarenta y dos, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula del pacto constitutivo relativa al domicilio social. Huacas, veintiocho de abril de dos mil veintiséis. Lic. Sonia Aragón Muñoz, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069268 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento treinta y uno de las once horas treinta y cinco minutos del día diecisiete de abril del año dos mil veintiséis, del tomo octavo de mi protocolo; EL ISUZU DE THOMAS SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número Tres - Uno Cero Uno - Cuatro Siete Uno Siete Ocho Cero; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo.—San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069269 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento treinta y ocho de las quince horas cuarenta minutos del día veintiuno de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; FORCANE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDA LIMITADA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO DOS - NUEVE DOS CERO CINCO OCHO SIETE; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069270 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento veintiocho de las once horas cinco minutos del día diecisiete de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; H.A.C. CARTIN E HIJOS LIMITADA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO DOS - CUATRO SIETE CINCO CINCO DOS DOS; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069271 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento treinta y tres de las catorce horas cinco minutos del día diecisiete de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; INMOBILIARIA LA LIBÉLULA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO UNO - CUATRO CERO SEIS CUATRO UNO CINCO; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069272 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y tres de las ocho horas treinta minutos del día veintinueve de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; LINDA VISTA DEL LAGO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO DOS - CUATRO NUEVE CINCO TRES DOS OCHO; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069273 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO TREINTA Y SIETE, visible al folio cien frente, del tomo veintitrés a las nueve horas quince minutos del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la APODERADA GENERALÍSIMA de la sociedad CR PROPIEDAD SIETE A SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos – ochocientos ochenta y un mil doscientos ochenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Palmar, Osa, Puntarenas, al ser las doce horas con veinte minutos del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Lic. JOHNNY SOLIS BARRANTES, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069275 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento treinta y cuatro de las catorce horas diez minutos del día diecisiete de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; MANTENIMIENTO Y ADMINISTRACIÓN RIVIERA DEL SOL SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO UNO - SIETE UNO OCHO SEIS DOS NUEVE; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069276 ).

Ante la suscrita notaria la sociedad TECNI- TERRENOS S Y H SOCIEDAD ANONIMA, acuerdo agregar a su pacto constitutivo el correo electrónico alexissotohidalgo@me.com para notificaciones. Heredia, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Johanna Vargas Marín, Abogada y Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069277 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento cuarenta de las once horas cincuenta y cinco minutos del día veintitrés de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; MARDELINDO SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO UNO - UNO CERO TRES SIETE CINCO CUATRO; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069278 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento treinta y cinco, de las catorce horas quince minutos del día diecisiete de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; NAO ATELIER SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres - uno cero uno - siete ocho uno siete siete cuatro; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo.—San José, siete de mayo de dos mil veintiséis.—Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069279 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento treinta de las once horas treinta minutos del día diecisiete de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; RESPLANDOR DEL ATARDECER SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO UNO - CINCO UNO DOS SEIS OCHO CERO; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069280 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento treinta y siete de las diez horas del día veintiuno de abril del año dos mil veintiséis del tomo octavo de mi protocolo; ROAPEZA R R P P SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número TRES - UNO CERO UNO - DOS SIETE CERO OCHO UNO SIETE; compareció a modificar la cláusula relativa al domicilio sobre la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones del Pacto Constitutivo. San José, siete de mayo de dos mil veintiséis. Notario Público Alfonso José Mojica Mendieta. No está sujeto a ningún plazo legal.—1 vez.—( IN202601069282 ).

El día diez de marzo del corriente he protocolizado acta de la Sociedad cuya razón social es TRES-CIENTO UNO-SIETE TRES TRES OCHO CERO SIETE S. A., con cédula jurídica número 3-101-733807 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: gustavo.jop@jopco.net.—Ciudad de Alajuela, ocho horas del once de marzo 2026.—Notario Público: Jorge Arturo Guardia Víquez.—1 vez.—( IN202601069283 ).

Ante la suscrita notaria la sociedad VEHICULOS DEPORTIVOS DEL COLLADO NORTE SOCIEDAD ANONIMA, acuerdo agregar a su pacto constitutivo el correo electrónico jacunacrt@gmail.com para notificaciones. Publicar solo una vez. Heredia, seis de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Johanna Vargas Marín. Abogada y Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069284 ).

El día nueve de marzo del corriente he protocolizado acta de la Sociedad cuya razón social es PERFORMANCE SPORT S. A., con cédula jurídica número 3-101-818439 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: carozamoram@icloud.com; NOTARIO PÚBLICO: Jorge Arturo Guardia Víquez. Ciudad de Alajuela, ocho horas del diez de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601069285 ).

El día nueve de marzo del corriente he protocolizado acta de la Sociedad cuya razón social es TRES CIENTO UNO – OCHO TRES UNO CUATRO CINCO NUEVE S. A., con cédula jurídica número 3-101-831459 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: vanessa.jop@jopco.net.—Ciudad de Alajuela, ocho horas del 10 de marzo, 2026.—Notario Público: Jorge Arturo Guardia Víquez.—1 vez.—( IN202601069286 ).

El día diez de marzo del corriente he protocolizado acta de la Sociedad cuya razón social es TRES-CIENTO UNO-SIETE TRES TRES OCHO CERO SEIS S. A., con cédula jurídica número 3-101-733806 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: gustavo.jop@jopco.net; NOTARIO PÚBLICO: Jorge Arturo Guardia Víquez. Ciudad de Alajuela, ocho horas del once de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601069287 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta, visible al folio treinta y tres, del tomo uno, a las doce horas del ocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de señor Christos Chris Pete Politis de: NOCTURNAL NATURE LIMITADA, cédula de personería jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa mil setecientos treinta, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Jaco, a las catorce horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Licda. Anguie Roxana Aguilar Díaz. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069288 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del veintiocho de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad LLANOS DEL COCAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos- ochocientos treinta y ocho mil setecientos diecinueve, en la cual se acordó reformar las cláusulas referentes al domicilio y a la administración de la sociedad. Es todo.—San José, veintiocho de abril de dos mil veintiséis.—Licda. Daniela Solano García.—1 vez.—( IN202601069289 ).

El día nueve de marzo del corriente he protocolizado acta de la Sociedad cuya razón social es LA YUNTA DEL TRAPICHE S. A., con cédula jurídica número 3-101-250567 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: gustavo.jop@jopco.net; NOTARIO PÚBLICO: Jorge Arturo Guardia Víquez. Ciudad de Alajuela, ocho horas del diez de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601069290 ).

El día nueve de marzo del corriente he protocolizado acta de la Sociedad cuya razón social es LA YUNTA DEL TRAPICHE S. A., con cédula jurídica número 3-101-250567 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: gustavo.jop@jopco.net; NOTARIO PÚBLICO: Jorge Arturo Guardia Víquez. Ciudad de Alajuela, ocho horas del diez de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601069291 ).

El día nueve de marzo del corriente he protocolizado acta de la Sociedad cuya razón social es VISTAS DE SAN MATEO S. A., con cédula jurídica número 3-101-403007 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: 2ticos@verizon.net; NOTARIO PÚBLICO: Jorge Arturo Guardia Víquez. Ciudad de Alajuela, ocho horas del diez de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601069292 ).

Hoy día he protocolizado acta de la Sociedad de esta plaza cuya razón social es LOS ANGELES COFFEE ROASTING COMPANY S. A., con cédula jurídica número 3-101-674936 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: waljesa@ice.co.cr; NOTARIO PÚBLICO: Jorge Arturo Guardia Víquez. Ciudad de Alajuela, diez horas del 27 de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601069293 ).

Ante esta notaría, a las 13:30 horas del 23 de abril del 2026, mediante la escritura número 288-43, la sociedad denominada BRENES Y THAMES S. A., cédula jurídica número 3-101-121918, solicita modificación al pacto constitutivo, establecer el correo electrónico como medio de notificación victor.brenes1950@gmail.com.—Cartago, 29 de abril del 2026.—Licda.—Hellen Tatiana Fernández Mora.—1 vez.—( IN202601069322 ).

Hoy día he protocolizado acta de la Sociedad de esta plaza cuya razón social es SANTA ELENAMATE NUEVE S. A., con cédula jurídica número 3-101-398607 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: belle.batalla50@gmail.com; NOTARIO PÚBLICO: Maximiliano Vargas Hidalgo. Ciudad de Alajuela, catorce horas del 20 de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601069323 ).

Mediante escritura otorgada en mi Notaría, a las doce horas del día diecisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número 10.597 en las siguientes sociedades: I- TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: tres – ciento dos – ochocientos cuarenta y un mil ochocientos ochenta y siete. II- HOLDING INVERSIONES LTH SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: tres – ciento dos – novecientos treinta y un mil doscientos veintiocho. San José, Escazú, a la hora y la fecha que se indica en mi firma digital puesta en este documento. FRANCISCO ALONSO VILLALOBOS BRENES, NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601069324 ).

Ante esta Notaría, comparece el señor Edgar Mauricio Pizarro Guerra, con cédula de identidad número uno-mil quinientos uno-cero doscientos cincuenta Apoderado Generalísimo de la sociedad Pizgue Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres ciento uno seis seis seis nueve cinco cero para que se registre el correo electrónico de dicha sociedad: “edgarmpg@hotmail.com” Se solicita al Registro consignar la dirección electrónica anterior.—San José, seis de mayo del año dos mil veintiséis a las diez horas. Licda. Noilly Vargas Vásquez.—1 vez.—( IN202601069326 ).

Yo, Julio Cesar Zárate Arias, Notario Público, con oficina abierta en la ciudad de Alajuela, el día veinte de abril del dos mil veintiséis, al ser las catorce horas, mediante escritura trescientos noventa, del tomo veintitrés, mediante la cual se procede a solicitar la inclusión del correo en la sociedad denominada Los Ángeles de Mami Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres ciento uno- nueve dos uno cinco siete cuatro. Es todo. Alajuela veintiocho de abril del dos mil veintiséis - Lic. Julio César Zárate Arias, Notario Público. - Publicar una vez.—1 vez.—( IN202601069490 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 38, visible a folios 47FV, del tomo 4, a las 10:35 horas, del 28 del mes de abril de 2026, se realizó solicitud por parte del Representante legal de Inmobiliaria Arkalusa SRL, con cédula jurídica número 3-102-900068, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Pérez Zeledón, 28 de abril del 2026. Licda. Ivania María Leiva Aguilar, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069501 ).

Mediante escritura número 244-8 de las 13:00 horas del 28 de abril de 2026, el representante legal de las sociedades: Rimar y Mata, Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-022718, Frarerel, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-235399 e Himisur, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-286243, en cumplimiento de la Ley número 10597, solicita la inclusión del correo electrónico rimarymata@gmail.com, en el domicilio social de la sociedad. San Isidro de Pérez Zeledón, 28 de abril del año 2026. Licda. Marcelle Solís Gamboa, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069508 ).

Se informa que las sociedades: AGROZAMORANOS S.A., cédula 3-101-063122, AGRO GUAYMI S.A., cédula 3-101-070019, FINCA TILOPA S. A., cédula 3-101-074858 y SERVIZAMORANOS S. A., Cédula 063204, dejaron para notificaciones, en el Registro Nacional. El correo electrónico: szgerencia@gmail.com.—Edmundo Arias Rosales, Abogado, teléfono 2293-3761.—1 vez.—( IN202601069509 ).

Mediante escritura número doscientos sesenta y tres-seis otorgada ante la Notaria Pública María Lucrecia Loaiza Chinchilla de las quince horas del veintitrés de abril de dos mil veintiséis, se incluye correo electrónico de sociedad CONARTE PRODUCCIONES S. A., cédula jurídica 3- 101-350561, domicilio social en San José, Montelimar, frente al costado este de la Escuela Santa Mónica, mediante reforma a la cláusula del Domicilio. Calle Blancos, 23 de abril de 2026. Licda. María Lucrecia Loaiza Chinchilla, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069510 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos treinta y dos, visible al folio ciento noventa y cuatro vuelto, del tomo dos, a las quince horas y diez minutos, del seis de mayo de dos mil veintiséis, comparece el representante de Comercial Athena Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y seis mil setecientos setenta y tres, a efecto de solicitar formalmente la inscripción del correo electrónico: ema2665@gmail.com, como medio para recibir notificaciones judiciales y administrativas, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las quince horas y diez minutos del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Luis Manuel Sarmiento Retana, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069511 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos treinta y uno, visible al folio ciento noventa y tres vuelto, del tomo dos, a las quince horas, del seis de mayo de dos mil veintiséis, comparecen los representantes de N.V.C cuatro rosas bloque B limitada, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y cinco mil doscientos treinta y cuatro, a efecto de solicitar formalmente la inscripción del correo electrónico: ema2665@gmail.com, como medio para recibir notificaciones judiciales y administrativas, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Publíquese una única vez. Ciudad de San José, a las quince horas y cero minutos del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Luis Manuel Sarmiento Retana, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069512 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 177 visible al folio 120 del tomo 12 a las 10:30 horas del 13 de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de ALBERTO GULNELLI Gerente de la sociedad PITECO LIMITADA, cédula jurídica 3-102-921453 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 13 de abril del 2026. Lic. Yolanda Araya Jara, Notario.—1 vez.—( IN202601069513 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:50 horas del 28 de abril de 2026, número 235 del tomo 12, se señala correo electrónico para que la sociedad NETCORE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, reciba notificaciones.—Lic. Ronald Núñez Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN202601069514 ).

Por escritura otorgada ante mi Notaría a las 16:00 horas del 4 de mayo del 2026 se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la Sociedad MULTISERVICIOS NCS S. A. Se aporta dirección de correo electrónico. Se modifica la cláusula NOVENA De la representación. Se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal. Cartago, 4 de mayo del 2026. Lic. Edwin Arias Jiménez, carné 3519.—1 vez.—( IN202601069515 ).

Ante esta Notaría, se presentó la solicitud por parte de José Daniel Solano Barrantes, cédula de identidad: 1-0414-1029, en su condición de vicepresidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad: Inversiones Danyzu Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-394824, para incorporar el correo electrónico zullyseravalli@hotmail.com, para notificaciones de dicha sociedad conforme a la ley número 10597. Es todo.—Cartago, 28 de abril de 2026.—Lic. German René Solano Brenes, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069517 ).

Por Escritura 17 del Tomo 09, de las 13 horas 30 minutos del día 27 del mes de abril del año 2026, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad WHITE STORM SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica 3-101-538965, se nombra el cargo de: Tesorero, se acuerda eliminar el cargo de Vicepresidente. Asimismo, se reformó las cláusulas SEGUNDA, TERCERA, del Pacto Constitutivo, y con el fin de cumplir con la “Ley para Establecer el Correo Electrónico como medio de Notificación para las Sociedades Mercantiles” Ley N° 10597, se hace inclusión de correo electrónico para dicha sociedad. Licda. Priscila Badilla Chaves, Notaria Pública. San José, 28 de abril del año 2026.—1 vez.—( IN202601069519 ).

La Sociedad DECOARTE SU LÍNEA DECORATIVA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – dos nueve cuatro uno dos cuatro, reforma la cláusula de su domicilio en cuanto a la inclusión del correo electrónico. Email bufetecoghi@gmail.com.—Cartago, 04 de mayo de 2026.— Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069520 ).

Por escritura número 108 – 5: otorgada ante los Notarios Públicos KARINA ARCE QUESADA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 17 horas del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad LOLITA DE MAR, SRL, con cédula jurídica número 3-102-880426. San José, 29 de abril del 2026. Licda. Karina Arce Quesada.—1 vez.—( IN202601069522 ).

Ante esta notaría, escritura 144, a las 10 horas con 30 minutos, del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Hans Eric Buhrs en su condición de PRESIDENTE de las siguientes sociedades: CONDOMINIOS REAL LA GARITA, S. A., cédula jurídica 3-101- 261805, GRUPO INMOBILIARIA HB, S. A., cédula jurídica 3-101-593572, INAGARI, S. A., cédula jurídica 3-101-123891, BEHANI, S. A., cédula jurídica 3-101-441156 y CONDADO PALACIO UNO HB, S. A., cédula jurídica 3-101-391694 para incorporarle el correo electrónico hans.buhrs@gmail.com en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley 10597. JUAN MANUEL AGUILAR VIQUEZ, NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601069523 ).

Por escritura número 106 – 5: otorgada ante los Notarios Públicos KARINA ARCE QUESADA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 16 horas del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad PPL TWO HUNDRED FIVE ESCAPES, SRL, con cédula jurídica número 3-102- 921992. San José, 29 de abril del 2026. Licda. Karina Arce Quesada.—1 vez.—( IN202601069525 ).

Por Escritura 14 del Tomo 09, de las 11 horas con 30 minutos del día 27 del mes de abril del año 2026, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad HACIENDA SANTA MARÍA DE SARAPIQUÍ SOCIEDAD ANÓNIMA cédula jurídica 3-101-094182, se nombra el cargo de: Fiscal. Asimismo, se reformó la cláusula tercera del Pacto Constitutivo, y con el fin de cumplir con la “Ley para Establecer el Correo Electrónico como medio de Notificación para las Sociedades Mercantiles” Ley N° 10597, se hace inclusión de correo electrónico para dicha sociedad.—San José, 28 de abril del año 2026.— Licda. Priscila Badilla Chaves, Notaria Pública 1 vez.—( IN202601069527 ).

Por escritura número 132 – 20: otorgada ante los Notarios Públicos CARLOS FERNANDO HERNÁNDEZ AGUIAR y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 13 horas 30 minutos del 29 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad AR BUILD UP, SRL, con cédula jurídica número 3-102-869884. San José, 30 de abril del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069531 ).

Por Escritura 11 del Tomo 09, de las 10 horas del día 27 del mes de abril del año 2026, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad GOLDEN VALLEY SCHOOL SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica 3-101-307587, se nombran los cargos de: Presidente, Secretario, Tesorero, Fiscal, Asimismo se reformó las cláusulas TERCERA Y QUINTA del Pacto Constitutivo. Con el fin de cumplir con la “Ley para Establecer el Correo Electrónico como medio de Notificación para las Sociedades Mercantiles” Ley N° 10597, se hace inclusión de correo electrónico para dicha sociedad. Licda. Priscila Badilla Chaves, Notaria Pública. San José, 28 de abril del año 2026.—1 vez.—( IN202601069532 ).

Por escritura número 133 – 20: otorgada ante los Notarios Públicos CARLOS FERNANDO HERNÁNDEZ AGUIAR y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 13 horas 45 minutos del 29 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad LFP HOLDINGS, SRL, con cédula jurídica número 3-102-806497. San José, 30 de abril del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069533 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 017-19, visible al folio 012, frente del tomo 19, de mi Protocolo, a las a las quince horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Luis Roberto Ramírez Díaz, portador de cédula de identidad número 6-2307-0428, representante legal de la empresa BENDEE E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-732946, domiciliada en Puntarenas-Montes de Oro, cuatrocientos metros Oeste del Cementerio de Velazquez, Unión, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Miramar-Montes de Oro-Puntarenas, quince horas treinta minutos del día veintiocho de abril del año dos mil veintiséis.—Licda. Yesenia Villalobos Leitón, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069534 ).

Por escritura número 134 - 20: otorgada ante los Notarios Públicos Carlos Fernando Hernández y Mariana Isabel Loranca Moya, actuando en el protocolo del primero, a las 14 horas del 29 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de correo de notificaciones al pacto constitutivo de la sociedad Empresa Diecisiete Setenta y Seis S. A., con cédula jurídica número 3-101-155762.—San José, 30 de abril del 2026.—Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069535 ).

Por escritura número 264, otorgada ante la Notaria Pública, Ivannia Jesús Marín Valerio, de las 15 horas del 28 de abril del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas SOLUCIONES VERSATILES V Y V SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA. Alajuela, 28 de abril de 2026. Lic. Ivannia Jesús Marín Valerio, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069536 ).

Por Escritura 10Bis del Tomo 09, de las 09 horas del día 27 del mes de abril del año 2026, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad AGROPECUARIA EL RINCON DE SAN ISISDRO SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica 3-101-0062031, se nombra el cargo de: Tesorero Asimismo se reformó la cláusula TERCERA del Pacto Constitutivo, y con el fin de cumplir con la “Ley para Establecer el Correo Electrónico como medio de Notificación para las Sociedades Mercantiles” Ley N° 10597, se hace inclusión de correo electrónico para dicha sociedad. Licda. Priscila Badilla Chaves, Notaria Pública. San José, 28 de abril del año 2026.—1 vez.—( IN202601069537 ).

Por escritura número 111 – 5: otorgada ante los Notarios Públicos KARINA ARCE QUESADA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 14 horas 45 minutos del 29 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad MONKEY BUSINESS OPERATING COMPANY, SRL, con cédula jurídica número 3-102-851245. San José, 30 de abril del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069538 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del veintisiete de abril del año dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta Asamblea de Cuotistas de la sociedad Hylozoist Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento-dos-setecientos treinta y tres mil ochocientos setenta y dos, en la cual se acordó reformar las cláusulas referentes al domicilio y a la administración de la sociedad. Es todo. San José, veintisiete de abril de dos mil veintiséis. Licda. Alejandra Salazar Blanco.—1 vez.—( IN202601069539 ).

Por escritura número 46, otorgada ante esta notaría, quince horas veinte minutos del veintisiete de abril del dos mil veintiséis, se agrega correo electrónico para notificaciones de las sociedades Tres - Uno Cero Dos - Nueve Uno Uno Uno Ocho Siete S.R.L., cédula jurídica tres - uno cero dos – nueve uno uno uno ocho siete, y tres - uno cero dos - nueve uno nueve ocho tres uno, cédula jurídica tres - uno cero dos - nueve uno nueve ocho tres uno.—San Mateo, 28 de abril del 2026.—Lic. Leiner Molina Pérez, Notario.—1 vez.—( IN202601069540 ).

Por escritura número 154 – 7: otorgada ante los Notarios Públicos DANIELA MADRIZ PORRAS y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 16 horas del 29 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad LEON STONE HOLIDAY VACATION HOMES, SRL, con cédula jurídica número 3-102-900251. San José, 30 de abril del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069541 ).

Por escritura número 32- 27 otorgada ante el Notario Público Álvaro Restrepo Muñoz, de las 11 horas del 28 de abril de 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada ORGANON PHARMA COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número 3-102-795466. San José, 28 de abril de 2026. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario Público. Carné 15617.—1 vez.—( IN202601069545 ).

Por escritura número 112 - 5: otorgada ante los Notarios Públicos Karina Arce Quesada y Mariana Isabel Loranca Moya, actuando en el protocolo del primero, a las 15 horas del 29 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de correo de notificaciones, y la modificación del domicilio social al pacto constitutivo de la sociedad Stay Lost, Limitada, con cédula jurídica número 3-102-905064.—San José, 30 de abril del 2026.—Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069546 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 24 visible al folio 18 frente del tomo 3 a las 12 horas 13 minutos del 06 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte de Rodrigo José Herrera Rodríguez, representante legal de la sociedad 3-102-918967 SRL, cédula jurídica: 3-102-918967, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—Heredia, a las 14 horas del 06 de mayo del 2026.—Lic. Diana Carolina López Rosales.—1 vez.—( IN202601069548 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 25 visible al folio 18 vuelto del tomo 3 a las 12 horas 20 minutos del 06 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte de Rodrigo José Herrera Rodríguez, representante legal de la sociedad 3-102-948629 SRL, cédula jurídica: 3-102-948629, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Heredia, a las 14 horas del 06 de mayo del 2026. Lic. Diana Carolina López Rosales.—1 vez.—( IN202601069549 ).

Por escritura número 102 – 5: otorgada ante los Notarios Públicos KARINA ARCE QUESADA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 8 horas 40 minutos del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad MARBELLA DREAMS LLC, LTDA, con cédula jurídica número 3-102- 881136. San José, 28 de abril del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069550 ).

Por escritura pública número 176 otorgada en mi Notaría, a las 11:00 horas, del día 28 de abril del año 2026, protocolicé Acta Nº 2 de Asamblea General de Cuotistas de la sociedad Condo Cormoran Unidad Ocho B Limitada, en la cual se incluyó el correo electrónico “yannickcy@me.com” como medio para recibir para notificaciones.—Fernando Pizarro Abarca, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069551 ).

Por escritura número 295-1 otorgada ante la Notaria Pública Mauren Andrea Ugalde Monge, a las DOCE del VEINTISÉIS de ABRIL del 2026, se presentó solicitud por parte de 3-101-523284 SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-523284, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social para notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, 3 de mayo de 2026. Lic. Mauren Andrea Ugalde Monge.—1 vez.—( IN202601069552 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas cuarenta y cinco minutos del primero de julio del dos mil veinticinco, donde el representante legal con facultades suficientes para este acto, de la sociedad denominada INVERSIONES MARILE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – doscientos seis mil doscientos noventa y ocho, SOLICITA AL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz “DPJ-cero cero dos dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas”, la inclusión del siguiente correo electrónico para la atención de notificaciones de la Compañía: “invercomunes2025@gmail.com”. San José, veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Lic. David Guzmán Guzmán.—1 vez.—( IN202601069553 ).

Por escritura número 101 – 5: otorgada ante los Notarios Públicos Karina Arce Quesada y Mariana Isabel Loranca Moya, actuando en el protocolo del primero, a las 8 horas 30 minutos del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de correo de notificaciones al pacto constitutivo de la sociedad COLUMBUS HEIGHTS NUMBER TWO HUNDRED AND TWENTY ONE QUINAN, LTDA, con cédula jurídica número 3-102-446953.—San José, 28 de abril del 2026.—Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069554 ).

Por escritura número 298-1 otorgada ante la Notaria Pública Mauren Andrea Ugalde Monge, a las DIECISÉIS horas del TRES de MAYO del 2026, se presentó solicitud por parte de HAGIA TRIADA MARQUESINA LIMITADA, cédula jurídica 3-102-734993, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social para notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, TRES de MAYO de 2026. Lic. Mauren Andrea Ugalde Monge.—1 vez.—( IN202601069555 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y seis, visible al folio cuarenta frente, del tomo número seis, a las nueve horas del día veintidós de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Walter Zeledón Agüero, representante legal de Tres- Ciento Dos-Ochocientos Setenta y Un Mil Ochocientos Treinta y Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ochocientos setenta y un mil ochocientos treinta y seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Nicoya, a las quince horas del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Juan Carlos Armijo Matarrita, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069557 ).

Por escritura número 299-1 otorgada ante la Notaria Pública Mauren Andrea Ugalde Monge, a las 16:30 del 3 de MAYO del 2026, se presentó solicitud por parte de 3-101-479486 SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-479486, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social para notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, 3 de MAYO de 2026. Lic. Mauren Andrea Ugalde Monge.—1 vez.—( IN202601069558 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y cinco, visible al folio treinta y nueve vuelto, del tomo número seis, a las ocho horas y treinta minutos del día veintidós de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Walter Zeledón Agüero, representante legal de Tres – Ciento Dos – Novecientos Veintidós Mil Seiscientos Noventa y Cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres - ciento dos – novecientos veintidós mil seiscientos noventa y cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Nicoya, a las quince horas del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Juan Carlos Armijo Matarrita, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069559 ).

Mediante escritura pública número 379 otorgada ante mí a 17:00 horas del día 06 de MAYO del 2026, se protocolizo acta la sociedad “IMPORTADORA EL HIGUERON DEL ATLANTICO S. A.”, mediante la cual se aumenta el capital social. Lic. Paul Tacsan Tacsan.—1 vez.—( IN202601069560 ).

Por escritura número 296-1 otorgada ante la Notaria Pública Mauren Andrea Ugalde Monge, a las QUINCE del TRES de MAYO del 2026, se presentó solicitud por parte de AAKASHANHI SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-531896, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social para notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, 3 de mayo de 2026. Lic. Mauren Andrea Ugalde Monge.—1 vez.—( IN202601069563 ).

Por escritura número 69 – 10: otorgada ante los Notarios Públicos ALEJANDRO JOSÉ BURGOS BONILLA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 9 horas 45 minutos del 28 de abril del 26, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad FÉNIX DREAMS, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número 3-101-397752. San José, 28 de abril del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069564 ).

Por escritura número 297-1 otorgada ante la Notaria Pública Mauren Andrea Ugalde Monge, a las quince horas con treinta minutos del tres de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte de BOURNEMOUTH LIMITADA, cédula jurídica 3-102-472050, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social para notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—San José, tres de mayo de 2026.—Lic. Mauren Andrea Ugalde Monge.—1 vez.—( IN202601069565 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas y quince minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiséis, solicito la Inscripción del correo Electrónico davebaud@icloud.com de la sociedad CORPORACION BOCWTFT SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica: tres – ciento uno – siete siete cinco siete dos uno.—Yuliana María Rodríguez Solís.—1 vez.—( IN202601069567 ).

Ante esta Notaria, mediante escritura pública número VEINTICINCO, tomo UNO de mi protocolo, otorgada a quince horas y veinte minutos del día veintisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante Legal de la sociedad TRES CIENTO DOS NOVECIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica número 3-102-917225, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, siendo el mismo notificacionesjudiciales@zurcherodioraven.com .– San José, 28 de abril del 2026 - Licda. Natalia Polanco Méndez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069569 ).

Por escritura número 71 – 10: otorgada ante los Notarios Públicos ALEJANDRO JOSÉ BURGOS BONILLA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 10 horas 15 minutos del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad BLACK BEAUTY ZIRRON NÚMERO TREINTA Y UNO, S.A, con cédula jurídica número 3-101-471664. San José, 28 de abril del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069570 ).

Mediante escritura de protocolización número ciento ochenta – doce de las trece horas del veintiuna de abril del dos mil veintiséis ante esta Notaria, la sociedad Jammer quinientos seis tres ciento uno - quinientos sesenta y dos mil trescientos cincuenta y nueve, se incluyó correo electrónico. ES TODO. SAMARA Guanacaste, veintiocho de abril dos mil veintiséis. LIC. FABIOLA LOPEZ GONZALEZ. NOTARIA PUBLICA.—1 vez.—( IN202601069571 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis, solicito la Inscripción del correo Electrónico christianquesadab@gmail.com de la sociedad Agroindustrial Laque Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número: tres - uno cero dos – ocho ocho cinco ocho cero seis.—Yuliana María Rodríguez Solís.—1 vez.—( IN202601069572 ).

Por escritura número 105 – 5: otorgada ante los Notarios Públicos KARINA ARCE QUESADA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 11 horas 30 minutos del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad A SAVAGE ADVENTURE WORLWIDE, SRL, con cédula jurídica número 3-102-892360. San José, 28 de abril del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069573 ).

Ante esta notaría, se protocoliza acta de las sociedades, Inversiones Pomares De Heredia Sociedad Anonima , cédula de persona jurídica tres -ciento un -trescientos noventa y dos mil cuatrocientos cinco y , BLESSING & CALIX SEGURIDAD PRIVADA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica tres-ciento uno- ochocientos treinta y siete mil seiscientos setenta y uno, para incorporar un correo electrónico a dichas sociedades, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Lic. María Lourdes Delgado Jiménez.- Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069574 ).

Por escritura número 300-1 otorgada ante la Notaria Pública Mauren Andrea Ugalde Monge, a las 17:00 del 3 de MAYO del 2026, se presentó solicitud por parte de AARONGOLDEN SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-533758, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social para notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, 6 de MAYO de 2026. 1 vez. Lic. Mauren Andrea Ugalde Monge.—1 vez.—( IN202601069576 ).

Se informa que las sociedades: Agroambiente de Costa Rica S.A cédula 3-101-510892, CEQSA AGROINUDTRIAL S.A cédula 3-101-759167 y Alba Agroindustrial S.A. cédula 3-101-809093 dejaron para notificaciones, en el Registro Nacional el correo electrónico: gerencia@agroambientecr.com LIC.EDMUNDO ARIAS ROSALES. Publicar una vez.—1 vez.—( IN202601069577 ).

Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Socios, protocolizada por esta notaría a las 15:00 hrs. del 27 de abril del 2026 se reforman las cláusulas 2ª. y 6ª. de los estatutos de la sociedad R y R Vásquez S. A..- Nicoya, 27 de abril del 2026.- Licda. Adriana Vargas Núñez. Notaria Pública. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601069578 ).

Por escritura número 299-1 otorgada ante la Notaria Pública Mauren Andrea Ugalde Monge, a las 16:30 del 3 de MAYO del 2026, se presentó solicitud por parte de NEUTRAL VIEW SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-603309, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social para notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, 6 de MAYO de 2026. 1 vez. Lic. Mauren Andrea Ugalde Monge.—1 vez.—( IN202601069579 ).

Por escritura número 200-1 de las 15:00 horas del 28-04-2026 otorgada ante la Notaria Pública María José Quesada Arroyo, se incluye cuenta de correo electrónico: nquesadah03@gmail.com, dentro de la sociedad denominada NAPOLEON DE LA ROSA DE HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-629213, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número 10597. Ciudad Quesada, 28 de abril del 2026.—1 vez.—( IN202601069580 ).

Por escritura número 301-1 otorgada ante la Notaria Pública Mauren Andrea Ugalde Monge, a las 17:30 del 3 de MAYO del 2026, se presentó solicitud por parte de ABALAKIN SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-531823, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social para notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, 3 de MAYO de 2026. 1 vez. Lic. Mauren Andrea Ugalde Monge.—1 vez.—( IN202601069581 ).

Por escritura pública número ciento veintidós, otorgada ante mí, Enrique Loría Brünker, a las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis se protocolizó el Acta de Asamblea General Cuotista de la sociedad AEDAN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-novecientos treinta mil cuatrocientos noventa, por medio de la cual se acuerda aumentar el capital social de la Compañía. Es todo.—San José, veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Publíquese una vez.—Lic. Enrique Loría Brünker, Notario Público. Teléfono N.º 40520600.—1 vez.—( IN202601069582 ).

Por escritura número doscientos tres otorgada ante el Notario Público Omar Jalil Ayales Adén, de las once horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas i) Maikev Costa Holding y Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos- ochocientos ochenta mil quinientos trece, domiciliada en San José, San José, Mata Redonda, Bulevar Rohrmoser y calle sesenta y ocho, diagonal al Estado Nacional, Sabana Business Center, piso once, Facio y Cañas y ii) Storages del Norte Limitada, cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ochocientos sesenta y dos mil seiscientos sesenta y siete, domiciliada en San José, San José, Mata Redonda, Bulevar Rohrmoser y calle sesenta y ocho, diagonal al Estadio Nacional, Sabana Business Center, piso once. Es todo.—Guanacaste, veintiocho de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden.—1 vez.—( IN202601069583 ).

Por escritura número 53 - 27 otorgada ante el Notario Público Álvaro Restrepo Muñoz, de las 15 horas con 30 minutos del 6 de mayo de 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada ELEMED SOCIEDAD ANONIMA y se elimina cláusula del agente residente del pacto social de la sociedad, con cédula persona jurídica número 3-101-758557. San José, 6 de mayo de 2026. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario Público. Carné 15617.—1 vez.—( IN202601069584 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 del 28 de abril de 2026, Héctor Jiménez Badilla, cédula de identidad número 1-1393-0054, representante de Construcciones Jimar J Y B S.A. cédula 3-101-334508, señala para notificaciones construccionesjimar@hotmail.com y solicita publicación por una vez en La Gaceta.—Nicoya, 28 de abril 2026. Licda. Olga Granados Porras, Notaria. 83991766.—1 vez.—( IN202601069585 )

Por escritura número 51-27, otorgada ante el Notario Público Álvaro Restrepo Muñoz, de las 16 horas del 05 de mayo de 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada INFOSYS BPM LIMITED, con cédula persona jurídica número 3-012-659975.—San José, 05 de mayo de 2026.—Álvaro Restrepo Muñoz, Notario Público. Carné 15617.—1 vez.—( IN202601069586 ).

Mediante escritura número 211, otorgada en esta notaría a las 13 horas del 28 de abril del 2026, se incluye la cuenta de correo electrónico baxac@ice.co.cr para la sociedad denominada Agrícola Chaly Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-059999, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número 10597.—Heredia, 28 de abril del 2026.—Lic. José Antonio Araujo Segura, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069587 ).

Por escritura número 98 – 5 otorgada ante los Notarios Públicos KARINA ARCE QUESADA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 8 horas del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad ESCAPADA DE VACACIONES LLC, SRL, con cédula jurídica número 3-102- 921013. San José, 28 de abril del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069588 ).

Por medio de Asamblea General de Cuotistas, la sociedad Cielo Residence Melina Forty Eight, cédula jurídica 3-102-888884, modifica su pacto constitutivo, su junta directiva y señala como medio para atender notificaciones el correo notificacionsociedades2026@gmail.com. San José, 28/4/26. Licda. Seanny Jiménez Alfaro.—1 vez.—( IN202601069589 ).

Por medio de Asamblea General de Cuotistas, la sociedad Cielo Residence Brown Fifty One Limitada, cédula jurídica 3-102-888888, modifica su pacto constitutivo, su junta directiva y señala como medio para atender notificaciones el correo notificacionsociedades2026@gmail.com. San José, 28/4/26. Licda. Seanny Jiménez Alfaro.—1 vez.—( IN202601069591 ).

Por escritura otorgada ante este notario a las 08:00 horas del día 22 de abril del 2026, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas número TRES de la sociedad LABORATORIOS RIGAR CENTROAMERICANA, S.R.L., cédula jurídica 3-102-866591. Se acuerda modificar la cláusula Segunda del Domicilio Social. ES TODO. San José, 23 de abril del 2026. Notario Lic. Francisco Chacón González. fchacon@zurcherodioraven.com -1 vez- 2201-3850.—1 vez.—( IN202601069592 ).

Por escritura número 99-5, otorgada ante los Notarios Públicos Karina Arce Quesada y Mariana Isabel Loranca Moya, actuando en el protocolo del primero, a las 8 horas 10 minutos del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de correo de notificaciones al pacto constitutivo de la sociedad 3-102-74277, SRL, con cédula jurídica número 3-102-742774.—San José, 28 de abril del 2026.—Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069594 ).

Mediante escritura número 212, otorgada en esta notaría a las 13 horas 20 minutos del 28 de abril del 2026, se incluye la cuenta de correo electrónico baxac@ice.co.cr para las sociedades denominadas Corporación Jurídica Sánchez González Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-155594, y Famegnosis Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-928586, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número 10597. Heredia, 28 de abril del 2026. Lic. José Antonio Araujo Segura, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069598 ).

Por medio de Asamblea General de Cuotistas, la sociedad Cielo Residence Blue Fifty Limitada, cédula jurídica 3-102-888859, modifica su pacto constitutivo, su junta directiva y señala como medio para atender notificaciones el correo notificacionsociedades2026@gmail.com. San José, 28/4/26. Licda. Seanny Jiménez Alfaro.—1 vez.—( IN202601069599 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y cuatro, visible al folio treinta y ocho vuelto, del tomo número seis, a las ocho horas del día veintidós de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Walter Zeledón Agüero, representante legal de Tres-Ciento Dos-Novecientos Treinta y Tres Mil Trescientos Veintiuno Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-novecientos treinta y tres mil trescientos veintiuno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Nicoya, a las quince horas del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis. Publicar una vez.—Lic. Juan Carlos Armijo Matarrita, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069601 ).

Ante esta Notaria, mediante escritura pública número VEINTICUATRO, tomo UNO de mi protocolo, otorgada a quince horas y quince minutos del día veintisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante Legal de la sociedad KHAYA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número 3-101-803069, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, siendo el mismo notificacionesjudiciales@zurcherodioraven.com .– San José, 28 de abril del 2026 - Licda. Natalia Polanco Méndez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069603 ).

Por escritura número 100 – 5: otorgada ante los Notarios Públicos KARINA ARCE QUESADA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 8 horas 20 minutos del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad FRISK LUFT GLOBAL DEVELOPMENT GROUP, SRL, con cédula jurídica número 3-102-801158. San José, 28 de abril del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069604 ).

Por escritura número 140 que ocupa el folio 108 frente del tomo 5 de mi protocolo, otorgada a las 08:30 horas del día 19 del mes de abril del año 2026, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Solís y Asociados, Asesores Legales en Contratación Administrativa S.A., mediante la cual notifica al Registro Mercantil la dirección de correo electrónico para el cumplimiento de la ley diez mil quinientos noventa y siete. San José, 28 de abril 2026. Lic. José Antonio Solera Víquez.—1 vez.—( IN202601069606 ).

En mi notaría he protocolizado la asamblea general extraordinaria de socios de Anferopa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101- 421439, en la cual todos los socios tomaron el acuerdo de disolver y liquidar dicha sociedad y de prescindir del nombramiento de liquidador, ya que no existen activos ni pasivos que liquidar. Heredia, 28 de abril del dos mil veintiséis. Lic. José Antonio Araujo Segura.—1 vez.—( IN202601069607 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas del trece de abril del dos mil veintiséis, solicito la Inscripción del correo Electrónico alaciell@msn.com de la sociedad ASHMATT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA cedula jurídica: tres ciento dos – siete dos dos cero cero uno, Publicación una vez. Yuliana María Rodríguez Solís.—1 vez.—( IN202601069608 ).

Por escritura otorgada ante este Notario a las 16:30 horas del 28 de abril del 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea de Cuotistas de LONE STAR BUILDER LLC LIMITADA mediante la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en cumplimiento con la ley número 10597. San José, 28 de abril del 2026. Marco Vinicio Castegnaro Montealegre. Notario.—1 vez.—( IN202601069609 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y ocho, visible al folio cuarenta y uno frente, del tomo número seis, a las diez horas del día veintidós de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Walter Zeledón Agüero, representante legal de Tres – Ciento Dos – Novecientos Cuatro Mil Quinientos Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres - ciento dos – novecientos cuatro mil quinientos dos, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Nicoya, a las quince horas del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Juan Carlos Armijo Matarrita, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069610 ).

Por escritura número 103 – 5: otorgada ante los Notarios Públicos KARINA ARCE QUESADA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 8 horas 50 minutos del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad EN EL ÚLTIMO MOMENTO, LTDA., con cédula jurídica número 3-102- 725285. San José, 28 de abril del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069611 ).

Mediante escritura pública Nº69-7 ante los Notarios Públicos Mónica Dobles Elizondo y Andrés Rodríguez Hernández a las 14:00pm horas del día 28 de abril del 2026 se protocoliza acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad TILÁN DE ALAJUELA S. A., cédula jurídica número 3-101-120087 celebrada el día 28 de abril del 2026, en la que se acuerda la disolución de la sociedad conforme al artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, prescindiendo del nombramiento de liquidador y del proceso de liquidación. Lic. ANDRÉS RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ, Notario. San José, 28 de abril del 2026.—1 vez.—( IN202601069612 ).

En esta notaría, a las 18:30 horas del 27 de abril de 2026, en escritura número 269 del protocolo 3, se inscribe el correo “oscargutierrez07@gmail.com” para recibir notificaciones de la entidad HANSFORD TRES VIENTOS ROSA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-530032, cumpliendo así con la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José 28 de abril de 2026.—Licda. Yamileth Barquero Araya.—1 vez.—( IN202601069613 ).

Por escritura numero 59 otorgada en la ciudad de San José, ante mi Notaria a las 15 horas del 25 de abril de 2026. señor Daniel Kobialiakov de único apellido por razón de nacional Israelí, cédula de Residencia número 137600054117, en calidad de Representante Legal de la sociedad YDK MARKETING AND INVESMENT S.RL., cédula de persona jurídica número 3-102-811429, domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, Play Lagarto, Eco-Lagarto, casa número A-16, comparece a consignar como correo electrónico de dicha compañía el siguiente: Ydk.marketing.investment@gmail.com. Lo anterior para efectos atender notificaciones administrativas y judiciales. San José, 25 de abril de 2026. LIC. EDUARDO E. ACUÑA CASTRO, NOTARIO. CARNE 4506.—1 vez.—( IN202601069614 ).

Por escritura numero 61 otorgada en la ciudad de San José, ante mi Notaria a las 15 horas 20 minutos del 25 de abril de 2026, el señor Daniel Kobialiakov de único apellido por razón de nacional Israelí, cédula de Residencia número 137600054117, en calidad de Representante Legal de la sociedad 3-102-657320 S.R:, domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, Play Lagarto, Eco-Lagarto, casa número A-16, comparece a consignar como correo electrónico de dicha compañía el siguiente: Ydk.marketing.investment@gmail.com. Lo anterior para efectos atender notificaciones administrativas y judiciales. San José, 25 de abril de 2026. LIC. EDUARDO E. ACUÑA CASTRO, NOTARIO PUBLICO, CARNE N° 4503.—1 vez.—( IN202601069615 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciséis horas del veintiuno de abril del dos mil veintiséis, solicito la Inscripción del correo Electrónico davebaud@icloud.com de la sociedad DLWB CASA PAPILLON LLC SOCIEDA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica: tres - ciento dos – ocho seis tres cuatro cinco cinco. Yuliana María Rodríguez Solís.—1 vez.—( IN202601069616 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y tres, visible al folio ochenta y tres frente, del tomo quinto, del Notario Agustin Atmetlla Herrera, a las quince horas, del veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de ALFREDO ATMETLLA MATA de AREGATVA Sociedad de Responsabilidad Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos- dos tres uno ocho seis seis, para incorporar el correo electrónico atmealf@yahoo.com en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San Rafael de Montes de Oca, a las dieciséis horas cincuenta y cinco minutos del día 28 de abril del año dos mil veintiséis. Licenciado Agustin Atmetlla Herrera, Notario número ocho mil veinte.—1 vez.—( IN202601069617 ).

Por escritura número 70-10, otorgada ante los Notarios Públicos Alejandro José Burgos Bonilla y Mariana Isabel Loranca Moya, actuando en el protocolo del primero, a las 10 horas del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de correo de notificaciones al pacto constitutivo de la sociedad GRUPO YURITSUME CRC, S.A., con cédula jurídica número 3-101-441479.—San José, 28 de abril del 2026.—Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069618 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta, visible al folio ciento treinta y cinco vuelto del Tomo Tercero de mi protocolo, a las dieciséis horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, comparece el Gerente con facultades de Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad VIVERO VERDE ESTRADA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres – uno cero dos – ocho cuatro nueve cinco dos nueve, para incorporar el correo electrónico: viveroverdeestrada@outlook.com, para atender notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Guanacaste, Nicoya, Sámara, a las diecisiete horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Licda. Yucelin Merta Castillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069619 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 84-1, visible al folio 88 vuelto, del tomo 1, a las 16:40 horas del 28 de abril del 2026, comparece el representante de EL ARTE DE LA RIQUEZA LIMITADA, cédula jurídica 3-102-795469, y PLACERES SENCILLOS CA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-839821, para hacer solicitud de inscripción del correo electrónico, por lo que reforma la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora el correo electrónico, conforme a la Ley N° 10597. Publíquese este aviso por una única vez. San José, a las 16:45 horas del 28 de abril del 2026. LIC. CHRISTELLE ELODY HERNÁNDEZ DÍAZ, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069620 ).

Por escritura número 72 – 10: otorgada ante los Notarios Públicos ALEJANDRO JOSÉ BURGOS BONILLA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 10 horas 30 minutos del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad 3-102-935984, SRL, con cédula jurídica número 3-102-935984. San José, 28 de abril del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069621 ).

Mediante escritura de protocolización número ciento ochenta y tres doce de las once horas del veintisiete de abril dos mil veintiséis ante esta Notaria, la sociedad LIBELULA ROJA DEL PACIFICO SRL tres ciento dos - cuatrocientos treinta y ocho mil cuatrocientos treinta y tres, se incluyó correo electrónico. ES TODO. SAMARA, Guanacaste, veintiocho de abril dos mil veintiséis. LIC. FABIOLA LOPEZ GONZALEZ, NOTARIA PUBLICA.—1 vez.—( IN202601069622 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las catorce horas con quince minutos del día veintiocho de abril del año dos mil veintiséis, la sociedad Lana Sleep Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres uno cero uno cinco dos cinco ocho ocho tres, en cumplimiento de la “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ guion cero dos guion dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, informa el email a utilizar: lana-sleep01@hotmail.com.—.87885322.—Grettel Guiselle Matamoros Núñez, Notaria.—1 vez.—( IN202601069623 ).

Ante esta Notaría, otorgada a las quince horas del veintitrés de abril de dos mil veintiséis, se solicitó adicionar el correo electrónico a la sociedad BUENA VISTA DEL VALLE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-533718. San Isidro, Pérez Zeledón, veintisiete de abril de dos mil veintiséis. Notaria Evelyn Castro Barquero.—1 vez.—( IN202601069624 ).

Ante esta Notaría, otorgada a las ocho horas treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil veintiséis, se solicitó adicionar el correo electrónico a la sociedad MORA S P Z SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-739400. San Isidro, Pérez Zeledón, veintisiete de abril de dos mil veintiséis. Notaria Evelyn Castro Barquero.—1 vez.—( IN202601069625 ).

Por escritura número 73 – 10: otorgada ante los Notarios Públicos ALEJANDRO JOSÉ BURGOS BONILLA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 10 horas 45 minutos del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad COLUMBUS HEIGHTS NUMBER ONE HUNDRED AND THIRTHY SIX LINCOMANCO, LTDA., con cédula jurídica número 3-102-432101. San José, 28 de abril del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601069626 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número: ciento ochenta y nueve, de las doce horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad anónima denominada: Vilato Comercial S.A., cédula jurídica número: 3-101-380884, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069627 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número: ciento noventa de las trece horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad anónima denominada: Ferias del Futuro S.A., cédula jurídica número: 3-101-132542, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. José Andrés Esquivel Chaves, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069628 ).

En escritura número 120, las sociedades: a) BONANZA OCHENTA Y NUEVE DU TANG SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-909637, b) XINGDA VEINTITRES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-909795, ambas sociedades solicitaron la inclusión del correo electrónico: duyessica1683@gmail.com para atender notificaciones. Guápiles, Pococí, 28 de abril de 2026. Licda. Rocío Zamora Moya.—1 vez.—( IN202601069629 ).

Ante esta Notaría, otorgada a las nueve horas treinta minutos del diez de abril de dos mil veintiséis, se solicitó adicionar el correo electrónico a la sociedad. VCU VERGEL DE LA COSTA SA, cédula jurídica 3-101-543875. San Isidro, Pérez Zeledón, veintisiete de abril de dos mil veintiséis. Notaria Evelyn Castro Barquero.—1 vez.—( IN202601069631 ).

El día diez de marzo del corriente he protocolizado acta de la Sociedad cuya razón social es UNIFORMA TEXTIL S. A., con cédula jurídica número 3-101-281690, en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: gustavo.jop@jopco.net; NOTARIO PÚBLICO: Jorge Arturo Guardia Víquez. Ciudad de Alajuela, ocho horas del once de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601069638 ).

Por escritura número cuarenta y uno otorgada ante el Notario Público LIC OLMAN YORLY SOTO VANEGAS de las diez horas del día ocho de mayo del año dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Naturaleza del Cherry S. A., cédula 3-101-500625, con domicilio social en Cartago, La Unión, Tres Ríos, del parque 2 kilómetros 700 metros al este residencial Naturaleza del Este, casa 19F. San José, diez de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. OLMAN YORLY SOTO VANEGAS, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069641 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos treinta, visible al folio ciento ochenta y cuatro del tomo ocho, a las ocho horas cuarenta minutos del dieciséis de abril del dos mil veintiséis , se presentó solicitud por parte de ROBERTO ACON FERRANDINO quien es representante legal de GRUPO AFL CAPITAL S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- seiscientos setenta y dos mil trescientos setenta y cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las ocho horas doce minutos del veintiocho de abril del del año dos mil veintiséis. Licda. Sigrid Lorz Ulloa, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069642 ).

El día diez de marzo del corriente he protocolizado acta de la Sociedad cuya razón social es JOPCO DE CENTRO AMERICA S. A., con cédula jurídica número 3-101-485808 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el Registro Mercantil, el cual es: gustavo.jop@jopco.net; NOTARIO PÚBLICO: Jorge Arturo Guardia Víquez. Ciudad de Alajuela, ocho horas del once de marzo, 2026.—1 vez.—( IN202601069643 ).

Por escritura número 135, otorgada ante el suscrito Notario, a las 08:00 horas del día de hoy, PROTOCOLICE el Acta de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Socios, de la empresa RAYO DE LUNA, SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número 3-101-121679; donde se reforman las Cláusulas Segunda, estableciendo la dirección electrónica farias@satecsa.com, y “OCTAVA: del Pacto Constitutivo de la sociedad. Además, se nombran nueva Junta Directiva y Fiscal. San José, 05 de mayo del 2026. LIC. MARIO MONTEALEGRE PEÑA, NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601069645 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:30 horas del 29 de abril del 2026, la sociedad 3-102-728636 S.R.L., cédula jurídica 3-102-728636, protocolizó acuerdos en donde se señala un correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas.—San José, 29 de abril del 2026.—Mariela Hernández Brenes, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069646 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas del 29 de abril del 2026, la sociedad THOMPSON OHANA ONE, S.R.L., cédula jurídica 3-102-783664, protocolizó acuerdos en donde se señala un correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 29 de abril del 2026. Notaría Pública de Mariela Hernández Brenes.—1 vez.—( IN202601069647 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:15 horas del 27 de abril del 2026, la sociedad VISTAMAR DEL PACÍFICO VM ADMINISTRACIÓN S. A., cédula jurídica número 3-101-427609, solicita al Registro de Personas Jurídicas, la inclusión de correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 5 de mayo del 2026. Notaría Pública de Guillermo Emilio Zúñiga González.—1 vez.—( IN202601069648 ).

Mediante escritura pública número 22, otorgada a las 11 horas del 6 de mayo del 2026, ante la notario Andrea Hütt Fernández, se reformó la cláusula del domicilio del Pacto Constitutivo de la sociedad de 3-102-762059, SRL con número de cédula jurídica 3-102-762059. San José, 06 de mayo del 2026. Licda. Andrea Hütt Fernández.—1 vez.—( IN202601069649 ).

Mediante escritura pública número 21, otorgada a las 10 horas 30 minutos del 06 de mayo del 2026, ante la notario Andrea Hütt Fernández, se reformó la cláusula del domicilio del Pacto Constitutivo de la sociedad de CANPOR VENTURES, SRL, con número de cédula jurídica 3-102-772817.—San José, 06 de mayo del 2026.—Licda. Andrea Hütt Fernández.—1 vez.—( IN202601069650 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:15 horas del 27 de abril del 2026, la sociedad VISTAMAR JACÓ B T, S. A., cédula jurídica número 3-101-426373, solicita al Registro de Personas Jurídicas, la inclusión de correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 5 de mayo del 2026. Notaría Pública de Guillermo Emilio Zúñiga González.—1 vez.—( IN202601069651 ).

Sociedad L & BR Asociados SRL, cédula jurídica número 3102845017, consigna como correo electrónico para notificaciones: alebrenes1971@gmail.com.—San José, Tibás.—Teresa Kennedy Rosell, Notaria.—1 vez.—( IN202601069652 ).

Hoy día he protocolizado acta de la sociedad de esta plaza cuya razón social es ROSIMA MB S. A., con cédula jurídica número 3-101-581350 en la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en el registro mercantil, el cual es: conta@montezelba.com.—Ciudad de Alajuela, catorce horas del 22 de abril, 2026.—Jorge Arturo Guardia Víquez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069653 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:15 horas del 27 de abril del 2026, la sociedad VM REBEL FOUR TWO C, S.R.L., cédula jurídica número 3-102-710144, solicita al Registro de Personas Jurídicas, la inclusión de correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas.—San José, 05 de mayo del 2026.—Notaría Pública de Guillermo Emilio Zúñiga González.—1 vez.—( IN202601069654 ).

Por escritura número ciento veintiuno, otorgada ante el Notario Público, Alejandra Chavarría Núñez de las doce horas del dieciséis de abril de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada SERVICIOS MÚLTIPLES SAN ISIDRO V.J.M. S.A., cédula jurídica número: tres- ciento uno – cuatrocientos setenta mil ochocientos treinta y siete, con domicilio en Alajuela, San Isidro, cincuenta metros oeste del cementerio. mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, se agrega el correo electrónico marcomadriro@hotmail.com.—Alajuela, veintinueve de abril de dos mil veintiséis.—Licda. Alejandra Chavarría Núñez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069655 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del día ocho de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan Acta de Reunión de Cuotistas de la sociedad denominada DEER NBCV NUEVE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía, revocar el nombramiento del agente residente y eliminar la cláusula referente al agente residente. San José, ocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601069656 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día ocho de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan Acta de Reunión de Cuotistas de la sociedad denominada DEER NBCV NUEVE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía, revocar el nombramiento del agente residente y eliminar la cláusula referente al agente residente.—San José, ocho de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601069657 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las diecisiete horas del día veintisiete de abril de dos mil veintiséis, donde se protocoliza los acuerdos del Acta de Asamblea de cuotistas de la sociedad INTERDISEÑO DESIGN CENTER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADAD, donde se acuerda reformar la cláusula de la Administración de la Compañía.—San José, ocho de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Michael Steven Rojas Vargas.—1 vez.—( IN202601069658 ).

Ante mi notaria se solicita inscripción de correo electrónico ante el Registro Mercantil de la sociedad: Fayca del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres uno cero uno- uno ocho seis seis tres siete, para los efectos establecidos en la ley diez mil quinientos noventa y siete, denominada ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles. Licenciada Flora María Ramírez Camacho.—1 vez.—( IN202601069659 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día ocho de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria de Cuotistas de la sociedad denominada ENGINEERING SOLUTIONS COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: alejandro.pulido@engineeringsolutionscr.com para la atención de notificaciones de la Compañía. San José, ocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601069660 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos treinta bis, visible al folio ciento ochenta y cinco, del tomo ocho, a las nueve horas del dieciséis de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Justina León Wong, quien es representante legal de Tres- Ciento Uno- Cuatrocientos Setenta y Cinco Mil Cuatrocientos Tres S.A. para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a las ocho horas seis minutos del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis.—Licda. Sigrid Lorz Ulloa, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069674 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:15 horas del 27 de abril del 2026, la sociedad FONDA JACÓ S. A., cédula jurídica número 3-101-021533, solicita al Registro de Personas Jurídicas, la inclusión de correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 5 de mayo del 2026. Notaría Pública de Guillermo Emilio Zúñiga González.—1 vez.—( IN202601069693 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y tres, visible al folio treinta y nueve vuelto del tomo séptimo de protocolo, de las quince horas del siete de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Livearts Entretenimiento Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ochocientos setenta y dos mil doscientos ochenta y nueve para incorporar un correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, siete de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069702 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y tres, visible al folio treinta y nueve vuelto del tomo séptimo de protocolo, de las quince horas del siete de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de tres-ciento uno-seiscientos noventa y siete mil cuatrocientos sesenta y tres Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y siete mil cuatrocientos sesenta y tres para incorporar un correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, siete de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069703 ).

Por escritura número ciento diecinueve bis, otorgada ante el Notario Público, Alejandra Chavarría Núñez, de las ocho horas del dieciséis de abril de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada ELAMA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres- ciento uno – dos uno cinco siete dos siete, domiciliada en Alajuela, Alajuela del Banco Popular cien metros este y setenta y cinco sur mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, se agrega el correo electrónico eladiocamposhernadez@yahoo.com.—Alajuela, veintinueve de abril de dos mil veintiséis.—Licda. Alejandra Chavarría Núñez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069707 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos treinta y dos, visible al folio ciento ochenta y seis, del tomo ocho, a las quince horas del dieciséis de abril del dos mil veintiséis , se presentó solicitud por parte de ALEXANDER ARANA RUIZ quien es representante legal de TRES- CIENTO DOS- OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con mismo número de cédula que el nombre Y DIMANCHE S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- quinientos sesenta y ocho mil ciento sesenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las ocho horas treinta y seis minutos del veintinueve de abril del del año dos mil veintiséis. Licda. Sigrid Lorz Ulloa, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069708 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:15 horas del 27 de abril del 2026, la sociedad VISTAMAR DEL PACIFICO ERACLON VM VEINTIDOS S. A., cédula jurídica número 3-101-433395, solicita al Registro de Personas Jurídicas, la inclusión de correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas.—San José, 5 de mayo del 2026.—Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069709 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:15 horas del 27 de abril del 2026, la sociedad 3-102-628079, S.R.L., cédula jurídica número 3-102-628079, solicita al Registro de Personas Jurídicas, la inclusión de correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 5 de mayo del 2026. Notaría Pública de Guillermo Emilio Zúñiga González.—1 vez.—( IN202601069711 ).

La sociedad Ramírez Viales Sociedad Anónima, cédula de Persona Jurídica 3- 101- 312315, procede con la inclusión de correo electrónico a los estatutos de la sociedad según Ley N° 10597.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069712 ).

La sociedad KOMATEC LIMITADA, cédula de Persona Jurídica 3- 102- 777320, procede con la inclusión de correo electrónico a los estatutos de la sociedad según Ley N° 10597. Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069713 ).

Ante mí, Enrique Montoya Morales, Notario Público con oficina en Santiago de Puriscal, 125 metros sur del Banco Popular, mediante escritura número 275 visible al folio 185 Frente del tomo 6 de mi protocolo. Extra Popescu S A, cédula Jurídica 3-101-237572, solicita inscripción de correo electrónico. Puriscal, 29 de abril de 2026. Notificaciones: teléfono: 8857-6930, correo: montoyapuris@hotmail.com.—1 vez.—( IN202601069714 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:15 horas del 27 de abril del 2026, la sociedad VISTAMAR DEL PACÍFICO RYAHOT VM TRECE S. A., cédula jurídica número 3-101-426070, solicita al Registro de Personas Jurídicas, la inclusión de correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 5 de mayo del 2026. Notaría Pública de Guillermo Emilio Zúñiga González.—1 vez.—( IN202601069715 ).

A las 10:10 horas del 09 de Mayo del año 2026, la empresa INVERSIONES BKS DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula jurídica 3-101-909322, establece el siguiente correo electrónico: bksdeleste@gmail.com ante el notario JAVIER CARVAJAL PORTUGUEZ.—1 vez.—( IN202601069716 ).

A las 09:10 horas del 09 de mayo del año 2026, la empresa Mantenimiento Institucional Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-160416, establece el siguiente correo electrónico: mainsacr1@gmail.com ante el notario JAVIER CARVAJAL PORTUGUEZ.—1 vez.—( IN202601069717 ).

A las 10:10 horas del 09 de Mayo del año 2026, la empresa Comercializadora H y J del Este Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-264727, establece el siguiente correo electrónico: hyjdeleste@gmail.com ante el notario JAVIER CARVAJAL PORTUGUEZ.—1 vez.—( IN202601069718 ).

A las 10:10 horas del 09 de Mayo del año 2026, la empresa Inversiones Hesa del Este Sociedad Anónima, cedula jurídica número 3-101-323192, establece el siguiente correo electrónico: hesadeleste@gmail.com ante el notario JAVIER CARVAJAL PORTUGUEZ.—1 vez.—( IN202601069719 ).

A las 10:10 horas del 09 de Mayo del año 2026, la empresa DISTRIBUIDORA OFO DEL HOGAR SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica 3-101-207536, establece el siguiente correo electrónico: inversionesofo@gmail.com ante el notario JAVIER CARVAJAL PORTUGUEZ.—1 vez.—( IN202601069720 ).

La sociedad KAMSET LIMITADA, cédula de Persona Jurídica 3- 102- 772176, procede con la inclusión de correo electrónico a los estatutos de la sociedad según Ley N° 10597. Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069721 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:15 horas del 27 de abril del 2026, la sociedad CRIMSON TIDE PACIFIC WEST SHORE INTERNATIONAL S. A., cédula jurídica número 3-101-381201, solicita al Registro de Personas Jurídicas, la inclusión de correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 5 de mayo del 2026. Notaría Pública de Guillermo Emilio Zúñiga González.—1 vez.—( IN202601069722 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, al ser las 10:45 horas del 27 de abril del 2026, protocolicé acta de Asamblea General Extraordinaria de Cuotistas de Balones Dorados, S. A., cédula jurídica 3-102-225641, se señala para notificaciones correo electrónico. La Unión, 29 de abril del 2026. Licda. Kattia Lorena Molina Masís.—1 vez.—( IN202601069723 ).

Por escritura número 76 -2, otorgada ante las Notarias Públicas Andrea Sandoval Ramos y Daniela Madriz Porras, actuando en el protocolo de la primera, a las 15 horas 30 minutos del 27 de abril del 2026, se reforman las cláusulas referentes a la administración y domicilio del pacto constitutivo de la sociedad GAVIOTAS EN EL HORIZONTE, S.R.L., con cédula jurídica número 3-102-506691. Asimismo, se adiciona la cláusula de correo de notificaciones al pacto constitutivo de la sociedad. Es todo.—San José, 29 de abril del 2026.—Licda. Daniela Madriz Porras.—1 vez.—( IN202601069724 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 64 iniciada al folio 44 vuelto del tomo 34, a las 14:30 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Rafael Augusto Vivas Torres, cédula número 186200321326, representante legal de Enconcreto Uno S. A., cédula jurídica 3-101-602357, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 28 de abril de 2026. Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—( IN202601069725 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas del 29 de abril del 2026, la sociedad JERRY AND KATHY HOLDINGS, S.R.L., cédula jurídica 3-102-794310, protocolizó acuerdos en donde se señala un correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 29 de abril del 2026. Notaría Pública de Mariela Hernández Brenes.—1 vez.—( IN202601069726 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 del 11 de mayo de 2026 se protocoliza acta de Asamblea general Extraordinaria de accionistas de FAMILIA PADILLA HIDALGO, S.R.L., cédula jurídica número 3-102-792529, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio. San José, a las 8:00 del 11 de mayo de 2026. Lic. Manrique Gamboa Ramón.—1 vez.—( IN202601069727 ).

Ante esta notaría por escritura sesenta y tres se solicita incluir correo electrónico para Ofi Bodegas del Oeste Ursa Cuarenta y Cuatro Sociedad Anónima. San José, veintinueve de abril dos mil veintiséis. Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo.—1 vez.—( IN202601069728 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 63 iniciada al folio 44 frente del tomo 34, a las 14:25 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Rafael Augusto Vivas Torres, cédula número 186200321326, representante legal de Constructora San Simón S. A., cédula jurídica 3-101-683473, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 28 de abril de 2026. Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—( IN202601069729 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 67 iniciada al folio 45 vuelto del tomo 34, a las 14:45 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Rafael Augusto Vivas Torres, cédula número 186200321326, representante legal de Proyectos Cordillera S. A., cédula jurídica 3-101-638401, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número 10597.—San José, 28 de abril de 2026.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—( IN202601069730 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y cuatro visible al folio ciento diecinueve frente del tomo ochenta y cuatro a las once horas treinta minutos del día veintitrés de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del apoderado de la empresa SANAYOMAJOR SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica número tres-ciento uno- seiscientos diez mil setecientos ochenta, donde se incorpora un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Publíquese una vez. NOTARIO: ERASMO ROJAS MADRIGAL. San José, veintiocho de abril del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601069731 ).

Por escritura NÚMERO 212 otorgada ante la Notaría, del LICENCIADO JOSÉ ESTEBAN OLIVAS JIMENEZ, ubicada en Aguas Zarcas de San Carlos Alajuela, a las 16 horas del veintiocho de abril de 2026 MODIFICACIÓN de la cláusula SEXTA del Pacto Constitutivo de la sociedad ALFA HOLODING GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-662570, PARA QUE EN ADLEANTE SE CONSIGNE ASÍ: CLÁUSULA SEXTA: La Representación Judicial y Extrajudicial de la sociedad corresponderá al PRESIDENTE de la Junta Directiva, con facultades de APODERADO GENERALÍSMO SIN LÍMITE DE SUMA, conforme el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, pudiendo además sustituir y otorgar su poder en todo o en parte, revocar sustituciones y constituir otras de nuevo, sin dejar por ello de ser apoderado. Que en este acto agrega para notificaciones y cumplimiento con lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, el siguiente CORREO ELECTRÓNICO: alfaholdingrupo@gmail.com Es todo. San Carlos Alajuela 28 de abril de 20026.—1 vez.—( IN202601069732 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 68 iniciada al folio 46 frente del tomo 34, a las 14:50 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Rafael Augusto Vivas Torres, cédula número 186200321326, representante legal de Urbano Condominio S.A., cédula jurídica 3-101-806533, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número 10597.—San José, 28 de abril de 2026.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario 1 vez.—( IN202601069733 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta visible al folio ciento dieciséis vuelto del tomo ochenta y cuatro a las diez horas quince minutos del día veinteitrés de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del apoderado de las empresas: A) CALIDADES Y TECNICAS AUDITIVAS CUALITEK SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica número tres-ciento uno- ciento sesenta y ocho mil setecientos setenta y tres. B) LUMEVI SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica número tres-ciento uno- trescientos setenta mil doscientos sesenta y dos, donde se incorpora un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Publíquese una vez. NOTARIO: ERASMO ROJAS MADRIGAL. San José, veintiocho de abril del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601069734 ).

Ante esta Notaría, a las 13:00 horas del 6 de mayo del 2026 se procede a incluir dentro del pacto constitutivo el correo electrónico a efectos de recibir todas sus notificaciones judiciales y administrativas, de la sociedad Brisas del Bosque Cuatro Haches Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-101-766536. Publicar una vez. Notario: Lic. Santos Javier Saravia Baca.—1 vez.—( IN202601069735 ).

Ante esta Notaría, a las 13:00 horas del 25 de abril del 2026, se procede a incluir dentro de su pacto constitutivo el correo electrónico a efectos de recibir todas sus notificaciones judiciales y administrativas, de la sociedad Dijomaca Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-933484, Publicar una vez. Notario: Lic. Santos Javier Saravia Baca.—1 vez.—( IN202601069736 ).

Ante esta Notaría, a las 12:30 horas del 25 de abril del 2026, se procede a incluir dentro de su pacto constitutivo el correo electrónico a efectos de recibir todas sus notificaciones judiciales y administrativas, de la sociedad Dipamave Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-575847.—Notario: Lic. Santos Javier Saravia Baca.—1 vez.—( IN202601069737 ).

Ante esta Notaría, a las 8:00 horas del 4 de mayo del 2026, se disolvió y liquidó la sociedad Heartsong Free Learners Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-751157. De conformidad con el Código de Comercio, dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente disolución. Publicar una vez. Notario: Lic. Santos Javier Saravia Baca.—1 vez.—( IN202601069738 ).

Ante esta Notaría, a las 12:00 horas del 25 de abril del 2026, se reforma la cláusula sexta de los estatutos y se procede a incluir dentro de su pacto constitutivo el correo electrónico a efectos de recibir todas sus notificaciones judiciales y administrativas, de la sociedad Opeteltur Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-667972. Publicar una vez. Notario: Lic. Santos Javier Saravia Baca.—1 vez.—( IN202601069739 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento siete , visible al folio setenta y dos, del tomo catorce a las dieciséis horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del señor Walter Cardalda Araya apoderado generalísimo sin límite de suma de Kardi Asociados Sociedad Anónima, cedula jurídica tres - uno cero uno – ocho seis cero siete nueve cero para incorporar el correo electrónico kardyasociados@gmail.com, , conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José a las diecisiete horas del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis Licda Ana María Masís Bolaños. Carné12047.—1 vez.—( IN202601069741 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y cuatro- doce, de las once horas treinta minutos del día once de marzo del 2026, se presentó solicitud por parte de Olsdero, S.A., con cédula jurídica número 3-101-354465 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 17 de abril del 2026.—Lic. María Gabiela Sancho Carpio, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069742 ).

En esta notaría, mediante escritura número trescientos cuarenta y uno, de las 10:00 horas del ocho de mayo del 2026, del tomo 7, se presentó el representante legal de las sociedades: TRESCIENTO UNO- CUATRO OCHO CERO CERO SEIS SIETE S. A., cedula jurídica 3-101-480067; TRESCIENTO UNO- SEIS CERO TRES DOS CINCO DOS S. A., cedula jurídica 3-101-603253; NEUB ROCIL S. A., cedula jurídica 3-1010423352; SENATAP SOL S. A., cedula jurídica 3-101-434878; LA CROSTA TICA S. A., cedula jurídica 3-101-422481; REMANSOS BRUMOSOS DEL OCEANO ÍNDICO S. A., cedula jurídica 3-101-582147; INVERSIONES WESOLY DOMEK S. A., cedula jurídica 3-101-387703; INMOBILIARIA DIAZ Y CONTINO S. A., cedula jurídica 3-101-372773; PROMATIC S. A., cedula jurídica 3-101-750778; CARIBE VARSOVIA DEL DOS MIL DOS S. A., cedula jurídica 3-101-330252; SAGORD SAL S. A., cedula jurídica 3-101-421754; SOCOL YUM S. A., cedula jurídica 3-101-434238; MASSALIN HOLDING NET S. A., cedula jurídica 3-101-470170; . cédula jurídica 3-101- 515169; para incorporar el correo electrónico en el asiento registral de dichas sociedades conforme a la Ley 10597.—San José, 08 de mayo del 2026.—Lic. Randall Salas Alvarado.—1 vez.—( IN202601069743 ).

En esta notaría, mediante escritura número trescientos cuarenta y dos, de las 11:00 horas del ocho de mayo del 2026, del tomo 7, se presentó el representante legal de la sociedad: 3-101-743036 SRL., cedula jurídica 3-102-743036; para incorporar el correo electrónico en el asiento registral de dichas sociedades conforme a la Ley 10597. San José, 08 de mayo del 2026. Lic. Randall Salas Alvarado.—1 vez.—( IN202601069744 ).

En esta notaría, mediante escritura número trescientos cuarenta y tres, de las 12:00 horas del ocho de mayo del 2026, del tomo 7, se presentó el representante legal de las sociedades: RMTFRM S. A., cedula jurídica 3-101-603253; GRUPO CASINO PLATINUM CR S. A., cedula jurídica 3-101-477071; para incorporar el correo electrónico en el asiento registral de dichas sociedades conforme a la Ley 10597.—San José, 08 de mayo del 2026..—Lic. Randall Salas Alvarado.—1 vez.—( IN202601069745 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos veintiocho, visible al folio ciento ochenta y tres, del tomo ocho, a las ocho horas veinte minutos del dieciséis de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de JORGE ACON SANCHEZ, quien es representante legal de las sociedades CORPORACION INMOBILIARIA FILISA GAC S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cero treinta y nueve mil trescientos veinte; CR COLD ROOMS AND LOGISTICS COLS S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ochocientos mil trescientos sesenta y tres; RACON ORIENTAL S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ciento noventa y seis mil nueve; COMPAÑÍA VERANDA DEL ESTE S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- seiscientos treinta y dos mil catorce, PROACTIVA INVERSIONES S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- doscientos sesenta y un mil ciento sesenta y ocho, SERVICIOS CONTABLES GLOBALES SCG S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- doscientos setenta y cuatro mil seiscientos noventa y ocho, TARESQUI VERDE S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- setecientos treinta y tres mil seiscientos veintitrés, TROPICALRICA INTERNATIONAL TRI S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- doscientos noventa y seis mil setecientos dieciocho, Fundación Ayudando a Construir una Comunidad Nueva con cedula de persona jurídica número tres- cero cero seis- doscientos sesenta y cuatro mil ciento once, ECOGANADERIA DEL ATLANTICO S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- seiscientos cincuenta y tres mil seiscientos treinta y cuatro, GRUPO ACON S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- doscientos cincuenta y seis mil doscientos treinta y ocho, INVERSIONES CAMPOS VERDES DEL NORTE S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- setecientos noventa y tres mil setecientos trece; INVERSIONES ROJO GAC CERO NUEVE S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- seiscientos catorce mil doscientos dos , LIMOFRUT S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- doscientos noventa y siete mil ochocientos setenta y ocho, PIÑALES DEL CARIBE GAC S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- trescientos veintitrés mil ciento ochenta y cuatro; TERMINAL DE CONTENEDORES DEL CARIBE TECOCASA S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y seis, FRUITNOW INTERNATIONAL S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ochocientos cincuenta y tres mil doscientos veinte , NUTRIGAC S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ochocientos cincuenta y tres mil doscientos veintiocho; SOCIEDAD HOTELERA ACON S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cero veintisiete mil setecientos setenta y dos, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San Jose, a las quince horas treinta y cinco minutos del veintisiete de abril del dos mil veintiséis Publíquese una vez. Licda. Sigrid Lorz Ulloa, Notaria Público.—1 vez.—( IN202601069746 ).

En esta notaría, mediante escritura número trescientos cuarenta y cuatro, de las 08:00 horas del diez de mayo del 2026, del tomo 7, se presentó el representante legal de las sociedades: SYL CAPITAL PARTNERS COSTA RICA S.R.L., cedula jurídica 3-102-924272; ESTUDIOS DE OPINION VOX DATA INTERNACIONAL S.R.L., cedula jurídica 3-102-918134; CONSORCIO MULTIDISCIPLINARIO EVENTOS DE CENTROAMÉRICA ECA S. A., cedula jurídica 3-101-770527; TRES- CIENTO UNO- NUEVE CUATRO DOS TRES DOS CERO S. A., cedula jurídica 3-102-942320; PACIFIC NATURAL BEAUTY RESORT S. A., cedula jurídica 3-101-341889; para incorporar el correo electrónico en el asiento registral de dichas sociedades conforme a la Ley 10597.—San José, 10 de mayo del 202.—Lic. Randall Salas Alvarado.—1 vez.—( IN202601069747 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 183 visible al folio 186 frente del tomo 18, a las 08:30 horas del 27 de abril del 2026; se presentó solicitud por parte de la apoderado generalísimo de la sociedad PITABRU PROTTI MELENDEZ SOCIEDAD ANONIMA, 3-101-284844, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—San José, 27 de abril del 2026.—Lic. Guido Sánchez Canessa, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069748 ).

Ante esta Notaría, compareció Carolina Méndez Hernández, mayor, soltera, costurera, vecina de San José, Desamparados, Calle Fallas, seiscientos metros al oeste de la Clínica Marcial Fallas, con cédula de identidad número: 1-0819-0143: 1-138-0093, en su calidad de Presidente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad “Agropecuaria Méndez Hernández Sociedad Anónima”, con cédula de persona jurídica número: 3-101-423549, quien en cumplimiento de la Ley N° 10597 establece solicita inclusión de correo electrónico.—San José, 18 horas del 22 de abril del 2026.—Lic. Manuel Giménez Costillo, cédula 1-0754-0144, carné 8337.—1 vez.—( IN202601069749 ).

Por escritura numero 374, otorgada ante el Notario Público, Lisbeth Castro Poveda a las 17:30 horas del 28 abril 2026 se incluye correo electrónico para la sociedad 3-102-814961 SRL, cedula 3-102-814961, reforma cláusula Domicilio Social. Alajuela.—Lic. Lisbeth Castro Poveda, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069750 ).

Por escritura número 42 – 4 de las 12:00 del 21 de abril del 2026 otorgada ante mi Notaria, se solicitó la inclusión del correo electrónico como medio para notificaciones de las sociedades Total Automotriz de Zapote Mymok S. A., Inversiones Anexas Robles Arenas S. A., y Crédito Efectivo S. A. San José, 28 de abril del 2026. JUAN SEBASTIÁN MAINIERI CAMACHO, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069752 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos dieciocho, visible al folio ciento sesenta y cuatro vuelto, del tomo uno, a las catorce horas y treinta minutos del día diecisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad FONCAY SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero nueve ocho cuatro cero siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Alajuela, a las veinte horas del día veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Josué Solano Soto, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069753 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las quince horas del veintitrés de abril del dos mil veintiséis, se presenta ante al Registro Nacional la solicitud de inscripción del correo electrónico para la sociedad denominada TRES- CIENTO DOS- NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEITITRES S. R. L. San José, veintitrés de abril del dos mil veintiséis. Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—( IN202601069754 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 223-3, visible al folio 143 frente del tomo 3 a las diez horas del siete de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-580016 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-580016, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 8 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601069755 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 216-3, visible al folio 140 frente del tomo 3 a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-708658 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-708658, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 08 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601069756 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 224-3, visible al folio 143 frente del tomo 3 a las diez horas cinco minutos del siete de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-722052 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-722052, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.— 8 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694..—1 vez.—( IN202601069757 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 148-3, visible al folio 107 frente del tomo 3 a las nueve horas treinta minutos del veinte de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-754072 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-754072, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—08 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601069758 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 225-3, visible al folio 143 frente del tomo 3 a las diez horas diez minutos del siete de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-781565 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-781565, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—8 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694..—1 vez.—( IN202601069759 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 111-3, visible al folio 78 frente del tomo 3 a las doce horas veinticinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-824542 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-824542, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—08 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601069760 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 226-3, visible al folio 143 vuelto del tomo 3 a las diez horas quince minutos del siete de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-898712 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-898712, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 8 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601069761 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 227-3, visible al folio 143 vuelto del tomo 3 a las diez horas veinte minutos del siete de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “BLACKLAND CREEK INTERNATIONAL HOLDINGS LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-808976, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—08 de mayo de.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 2026.—1 vez.—( IN202601069762 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 119-3, visible al folio 84 vuelto del tomo 3 a las trece horas cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “CASA CATALINA HOSPITALITY SERVICES LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-725475, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 8 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601069763 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 228-3, visible al folio 143 vuelto del tomo 3 a las diez horas veinticinco minutos del siete de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “CR TAXES & EXPENSES LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-734745, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 8 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601069764 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 79-3, visible al folio 52 vuelto del tomo 3 a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “LAS TRES PLUMERIAS S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-711049, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 8 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601069765 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 229-3, visible al folio 144 frente del tomo 3 a las diez horas treinta minutos del siete de mayo del 2026, donde se protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad “LAW TAX & INSURANCE LTI LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-796173, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—8 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694..—1 vez.—( IN202601069766 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 230-3, visible al folio 144 frente del tomo 3 a las diez horas treinta y cinco minutos del siete de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “LEYCOM PROJECT MANAGMENT LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-408980, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 8 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601069767 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 125-3, visible al folio 89 frente del tomo 3 a las trece horas treinta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “P EIGHT HUNDRED SEVENTY TWO V FOUR HUNDRED THIRTY TWO S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102- 933369, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 8 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601069768 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 231-3, visible al folio 144 frente del tomo 3 a las diez horas cuarenta minutos del siete de mayo del 2026, donde se Protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad “PERFUNGOR ONCE S. A.”, cédula de persona jurídica número 3-101-140912, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—8 de mayo de 2026.—Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694.—1 vez.—( IN202601069769 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 139-3, visible al folio 99 vuelto del tomo 3 a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del veinte de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “SHADOW, RICO & MARCO FAMILY HOLDINGS LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-730511, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 8 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601069770 ).

Por escritura número número ciento treinta y cuatro otorgada ante la notaría publica Milena de los Ángeles Vargas Álvarez a las diecinueve horas del diecisiete de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada establece la cuenta del correo electrónico de la sociedad TRES- CEINTO DOS- NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHOCEINTOS CUARENTA Y DOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cedula Jurídica. tres- ciento dos- novecientos treinta y seis mil ochocientos cuarenta y dos domiciliada en Turrialba, Cartago, Barrio San Rafael, setenta y cinco metros sur del CENSINAE, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo. en cumplimiento a lo establecido en la ley número diez mil quinientos noventa y siete -Turrialba, 29 de abril del año dos mil veintiséis. Licda. Milena Vargas Álvarez.—1 vez.—( IN202601069771 ).

Por escritura otorgada en San José a las catorce horas treinta minutos del día diecisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se incorpora correo electrónico en la sociedad ARGEMA STUDIO SOCIEDAD ANÓNIMA, para recibir comunicaciones y notificaciones según lo establece la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis. Jose Alberto Pinto Monturiol. Notario.—1 vez.—( IN202601069772 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas del 30 de abril del 2026, la sociedad PERRO ROJO FURIOSO, S.R.L., cédula jurídica número 3-102-691566, solicita al Registro de Personas Jurídicas, la inclusión de correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 30 de abril del 2026. Notaría Pública de Mariela Hernández Brenes.—1 vez.—( IN202601069773 ).

Por escritura número 15, otorgada ante mí, a las a las 11 horas con 15 minutos, del miércoles 29 de abril del año 2026, se protocolizó acta de la Asamblea General extraordinaria de la empresa HACIENDA OLIGARISA S A, cédula jurídica número: 3-101-418784, donde en vista de las renuncias de los cargos de secretario y del fiscal, se realizan nuevos nombramientos. Lic. Juan José Acuña Brenes. Publíquese una vez. Cartago, a las doce horas con treinta y un minutos del 29 de abril del año 2026.—1 vez.—( IN202601069776 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9:45 horas del 29 de abril del 2026, la sociedad THE SHOVEL S.R.L., cédula jurídica 3-102-811817, protocolizó acuerdos en donde se señala un correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 29 de abril del 2026. Notaría Pública de Mariela Hernández Brenes.—1 vez.—( IN202601069777 ).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las ocho horas, del día veintiocho de abril de dos mil veintiséis, la sociedades: i) XI LAND OF PLENTY XI, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres – ciento dos – ochocientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve; ii) DIAMOND HOLDINGS CR, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres – ciento dos – ochocientos un mil quinientos diez; iii) DOMI ONE THOUSAND, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres – ciento dos – ochocientos quince mil seiscientos cincuenta,; iv) AYACUCHO ESTATES, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA,  con cédula jurídica número tres – ciento dos – ochocientos cincuenta y cinco mil seiscientos treinta y cinco; v) GREEN DIAMOND, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres – ciento dos – ochocientos nueve mil setecientos setenta y cuatro; y, vi) HAWK Y EAGLE INC, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres – ciento dos – novecientos veintitrés mil trescientos once; vii) VIVA FAMILIA VIVA AGUA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres – ciento dos – novecientos veintitrés trescientos veintisiete; viii) PARADISE VIEW ESTATES, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres – ciento uno – cuatrocientos doce mil novecientos treinta y uno,; solicitaron la inscripción de correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San José, veintinueve de abril de dos mil veintiséis.—Lic. Andrea Castro Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601069778 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:15 horas del 27 de abril del 2026, la sociedad VISTAMAR DEL PACÍFICO ORCOXI VM VEINTITRÉS, S.A., cédula jurídica número 3-101-428997, solicita al Registro de Personas Jurídicas, la inclusión de correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 5 de mayo del 2026. Notaría Pública de Guillermo Emilio Zúñiga González.—1 vez.—( IN202601069779 ).

El suscrito Notario hago saber que mediante la escritura No. 245-9 visible a folio 157 vuelto de mi tomo de protocolo número nueve, otorgada por la apoderada la Licda. Keren Elizabeth Guerrero Meza, cédula 603800258, de la sociedad “IT PRO SUPPORT EXPERTS S.A”, cédula jurídica 3-101-867142, quien se encuentra debidamente autorizado para este acto, ha solicitado aL Registro Público de Personas Jurídicas la inclusión del correo electrónico robdenisgp@gmail.com, como medio para que dicha sociedad pueda recibir notificaciones y comunicaciones judiciales. Ciudad Neily, 22 de abril del 2026.- Lic. Yorhanny Campos Piedra. Notario Público. Código 7208.—1 vez.—( IN202601069781 ).

MAINSTREET COSTA RICA LLC LIMITADA, cédula de persona jurídica número 3-102-867170, detalla un extracto del estado final de la liquidación: Total Activos: ¢0.00. Total Pasivos: ¢0.00. Patrimonio: Capital social ¢30.000,00. San José, 28 de abril de 2026. Andrea Priscilla Urtecho Ávalos, Liquidadora.—1 vez.—( IN202601069782 ).

Ante esta notaría del Lic. Salvador Orozco Trejos, con Oficina abierta la Ciudad de Limón, mediante escritura número 304, visible al folio número 110v, del tomo 09, a las 08 del 29 de abril del 2026, se presentó solicitud por parte del Representante Legal IVETH MAYELA DE LOS ANGELES HERNANDEZ CORTES de la Sociedad TRANSPORTES ARYSHA S M C S. A. con cédula jurídica 3-101-936840, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Limón, a las 09 horas del 29 de abril del año 2026. Publíquese una vez. Lic. Salvador Orozco Trejos, carne 9151, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069784 ).

Por escritura número 41 – 4 de las 09:00 del 21 de abril del 2026 otorgada ante mi notaría, se solicitó la inclusión del correo electrónico como medio para notificaciones de las sociedades Ciyoca del Cerro S.A., Bosques de Altamira casa cero cincuenta y tres Works S.A., y Camithomy S.A.—San José, 28 de abril del 2026.Juan Sebastián Mainieri Camacho, Notario Público.—1 vez.—( IN202601069785 ).

El suscrito José Juan Sánchez Chavarría, por escritura número NUMERO CIENTO NOVENTA Y UNO: se establecen correo electrónico para notificaciones de las sociedades: TRES-CIENTO DOS- SEIS TRES NUEVE SIETE DOS UNO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y BAR LOS AMIGOS DE ARENAL DOS MIL VEINTIDOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA aporto para notificaciones de oposiciones el correo costaricalaw@yahoo.com, Celular: 8380-5974 Oficina: 2643-2386. Es Todo, Lic. José Juan Sánchez Chavarría, Abogado y Notario, Jacó 27 de ABRIL del 2026, Celular: 8380-5974 Oficina: 2643-2386.—1 vez.—( IN202601069786 ).

Se notifica que la entidad LAS BURRAS S. A, cuya, cédula jurídica 3101119586, consignó que su correo electrónico es: facturacionmarrietaulate@gmail.com 1 vez. No requiere fecha determinada de publicación. LIC. VICTOR JULIO RIVAS TINOCO. San José, seis de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601069787 ).

Escritura 157 -41 ante el suscrito Notario Ricardo Badilla Reyes, carné 12726, se protocoliza acta de asamblea de cuotistas de la sociedad APCO GROWTH SOLUTIONS AGS LIMITADA cédula jurídica 3101365918. Se Disuelve sociedad, San José, 29 de abril de 2026.—1 vez.—( IN202601069790 ).

Por escritura otorgada en San José, a las catorce horas del día diecisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se incorpora correo electrónico en la sociedad ANAERIKA SOCIEDAD ANÓNIMA, para recibir comunicaciones y notificaciones según lo establece la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, veintisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis.—José Alberto Pinto Monturiol.—1 vez.—( IN202601069791 ).

Por escritura número 49 de las 14 horas del 8 de mayo del año 2026, otorgada ante el Notario Público, Rodolfo Camacho Rojas, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Gonsol Asociados G & A Sociedad Anónima, domiciliada en la Provincia de San José, Cantón Montes de Oca, Distrito Sabanilla, exactamente de La Iglesia Católica 800 metros al este, cedula jurídica 3 – 101 - 567991, mediante la cual se revocan los puestos de secretario, tesorero y fiscal y se hacen nuevos nombramientos y se elimina el puesto de agente residente. Así mismo se agrega en el pacto constitutivo de la sociedad en la cláusula del Domicilio el Correo Electrónico. Cartago, 5 de mayo del Año 2026. Lic. Rodolfo Camacho Rojas. Notario Público.—1 vez.—( IN20260169792 ).

Por escritura numero 375 otorgada ante el Notario Público, Lisbeth Castro Poveda a las 10:00 horas del 29 abril 2026 se incluye correo electrónico para las sociedades 3-101-901638 SA cedula 3-101-901638, Propiedades e Inv. Kassala SA cedula 3-101-341353, El Cauto SA cedula 3-101-019365, Horizontes Alajuela SA cedula 3-101-163511, Bezaleel Alajuela SA cedula 3-101-614603; reforma cláusula Domicilio Social. Alajuela. 29 abril 2026. Lic. Lisbeth Castro Poveda - Notario Público.—1 vez.—( IN202601069797 ).

Ante esta notaría, mediante la escritura N° 126 de las 17:00 horas del 28 de abril del 2026, la sociedad MONTE MONA M.I.M.R. S.A., con cédula jurídica número 3-101-441990, actualizan pasaportes, reforma la cláusula octava del pacto constitutivo, se nombra vicepresidenta, se otorga un poder generalísimo, y se incorpora un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10.597.—Puerto Viejo, 28 de abril del 2026.—Licda. Liza Bertarioni Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN202601069798 ).

KENDAL JAVIER ABARCA RODRIGUEZ, mayor, cedula: 6-0228-0728, vecino de Heredia, como presidente de la sociedad, KEABAR, S.A. cedula jurídica: 3-101-668479, incluye correo electrónico, escritura 150-3, otorgada en Heredia a las 18 horas del 10 de abril del 2026. Publíquese por una vez, notario Óscar Diyer Montero Badilla.—1 vez.—( IN202601069799 ).

Mediante escritura otorgada a las 8 horas del 7 de mayo del año 2026 J PARRONDO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula 3-101-233,001, modifica la cláusula relativa a la administración en su Pacto Social, adicionalmente señala correo electrónico en cumplimiento de disposiciones legales siendo este jpmedica@’gmail.com Finalmente elimina el cargo de Agente Residente de ese Pacto Social San José, a las 8 horas del 9 de mayo del año 2026. JOSÉ MANUEL ORTIZ DUMRAN. NOTARIO PUBLICO.—1 vez.—( IN202601069801 ).

Mediante escritura número 18 de las 13:00 horas del 30 de abril, 2026 la sociedad EL PEKINES PACIFICO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – doscientos cuarenta y nueve mil doscientos cincuenta y uno, para recibir notificaciones judiciales y administrativas registra el siguiente correo electrónico: olpa235@gmail.com Notario: Luis Alberto Paniagua Acuña.—1 vez.—( IN202601069804 ).

La suscrita Catherine Vanessa Mora Chavarría, carné 19189, hago constar que ante mi notaria, se encuentra tramitando la asignación de correos de la empresa TRES CIENTO UNO NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS SOCIEDAD ANÓNIMA, Mismo Número de cédula jurídica, tres ciento dos novecientos veintisiete mil cuatrocientos setenta y tres sociedad de responsabilidad limitada, mismo número de cédula jurídica, tres ciento dos novecientos treinta y un mil quinientos sesenta y siete sociedad de responsabilidad limitada, mismo número de cédula jurídica, INVERSIONES POLISORBATO SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula juridica tres ciento uno doscientos noventa y cinco mil trescientos veinticinco, WICHITA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres ciento uno ciento treinta y un mil novecientos dos, por lo que solicito se publique el edicto de ley respectivo por única vez. Es todo.—San José, 08 de mayo de 2026.—Lic. Catherine Mora Chavarría.—1 vez.—( IN202601069936 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 21, visible al folio 20 frente, del tomo 11, a las 13 horas y 40 minutos, del 7 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad Magic Mountains of Monkey S.A., con cédula de persona jurídica número: 3-101-388212 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la respectiva sociedad conforme a la Ley número 10597.—Ciudad de Atenas a las 10:19 minutos del día 11 de mayo del año 2026.—Lic. Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601070013 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 23, visible al folio 21 frente, del tomo 11, a las 14 horas y 30 minutos del 7 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de las siguientes sociedades: Canyjo Limitada, con cédula de persona jurídica número 3-102-770795; Del Cielo con Amor Limita, con cédula de persona jurídica número: 3-102-835673; Grupo Midana Limitada, con cédula de persona jurídica número: 3-102-566480 y Jd Future Limitada, con cédula de persona jurídica número: 3-102-846790 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la respectiva sociedad conforme a la Ley número 10597.—Ciudad de Atenas a las 10:19 minutos del 11 del mes de mayo del año 2026.—Lic. Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601070014 ).

Ante esta notaria, mediante escritura 25, visible al folio 23 frente, del tomo 11, a las 15 horas y 30 minutos del 7 de mayo del 2026, se presentó por parte del representante legal de las siguientes sociedades: 3-102-909821 SRL, con cédula de persona jurídica número 3-102-909821; y; 3-102- 892676 SRL con cédula de persona jurídica 3-102-892676 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las respectivas sociedades conforme a la Ley número 10597. Ciudad de Atenas a las 10:20 minutos del día 11 del mes de mayo del año 2026. Lic Karen Daniela Oconitrillo Quesada. Notaria Publica. Publicación por 1 única vez.—1 vez.—( IN202601070015 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 27, del tomo 11, visible al folio 24 vuelto, a las 16 hora y 10 minutos del 7 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de las siguientes sociedades: Ejecutivo de las Rojas Lapas S.A., con cédula de persona jurídica número: 3- 101-307015; e; Inmobiliaria Crisama de Grecia S.A., con cédula de persona jurídica número: 3-101- 586617 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las respectivas sociedades conforme a la Ley número 10597.—Ciudad de Atenas, a las 10:21 minutos del día 11 del mes de mayo del año 2026.—Lic Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601070016 ).

Ante esta notaria, mediante escritura 28, visible al folio 25 frente, a las 16 horas y 20 minutos del 7 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad Inversiones Coto de Atenas SA, con cédula de persona jurídica número: 3-101-535659, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la respectiva sociedad conforme a la Ley número 10597.—Ciudad de Atenas a las 10:22 minutos del día 11 del mes de mayo del año 2026.—Lic. Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601070017 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 11 de mayo del 2026, se protocoliza acta de Asamblea General de socios de la sociedad Vista al Río Grande Limitada, cédula jurídica número: 3-102-710036, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula de la representación, además de cambios de gerentes. Atenas, a las 10:40 del 11 de mayo del 2026. Lic Karen Daniela Oconitrillo Quesada. Notaria Publica. Publicación por 1 única vez.—1 vez.—( IN202601070018 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 30, visible al folio 26 frente, a las 10 horas del 11 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad Agropecuaria Rodricha Dos Mil Cuatro SA, con cédula de persona jurídica número: 3-101-369181 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la respectiva sociedad conforme a la Ley número 10597.—Ciudad de Atenas a las 10:49 minutos del día 11 del mes de mayo del año 2026.—Lic. Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601070019 ).

Por escritura número 157 otorgada ante la suscrita Notaria Pública a las doce horas del once de mayo del dos mil veintiséis se incluye cuenta de correo electrónico erickagonzalezhernandez69@gmail.com dentro de la Sociedad denominada Inversiones Wigo de San Luis Sociedad Anónima, con cedula jurídica número 3101 842032 con domicilio social en la Provincia de Heredia Cantón Santo Domingo, Distrito Pará, Calle Caballeros, frente Empaques Cítricos Guevara. Mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo en cumplimiento a lo establecido en la ley 10597. Publicar una vez .—San José a las doce horas diez minutos del once de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Jeannette Badilla Madriigal Notaria Público.—1 vez.—( IN202601070020 ).

Por escritura número 158 otorgada ante la suscrita Notaria Pública, a las trece horas treinta minutos del once de mayo del dos mil veintiséis se incluye cuenta de correo electrónico refrigo2020@gmail.com dentro de la Sociedad denominada Reparaciones Frigoríficas Sociedad Anónima con cédula jurídica número 3101 734058 con domicilio social en la Provincia de Heredia Cantón Belén Distrito San Antonio Barrio La Amistad casa cincuenta y uno. Mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo en cumplimiento a lo establecido en la ley 10597.—San José, a las doce horas diez minutos del once de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Jeannette Badilla Madrigal Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070021 ).

Por escritura otorgada en San José a las catorce horas del siete de mayo del año dos mil veintiséis, se incorpora correo electrónico en la sociedad MARKETING AGENCY EZTUDIOWEB SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para recibir comunicaciones y notificaciones según lo establece la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 8 de mayo 2026. NOTARIA ERIKA HERNANDEZ SANDOVAL. UNA VEZ.—1 vez.—( IN202601070025 ).

Por escritura otorgada en San José, a tas dieciséis horas, treinta minutos del siete de mayo del año dos mil veintiséis, se incorpora correo electrónico en la sociedad JDS GROUP BOGUE SOCIEDAD ANÓNIMA, para recibir comunicaciones y notificaciones según lo establece la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 08 de mayo 2026.—Erika Hernández Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN202601070026 ).

Por escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas del siete de mayo del año dos mil veintiséis, se incorpora correo electrónico en la sociedad LA LIKO STORE LOL SOCIEDAD ANÓNIMA, para recibir comunicaciones y notificaciones según lo establece la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 08 de mayo 2026.—Erika Hernández Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN202601070027 ).

Por escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas, treinta minutos del siete de mayo del año dos mil veintiséis, se incorpora correo electrónico en la sociedad CEFIRODYNAMICS SOCIEDAD ANÓNIMA, para recibir comunicaciones y notificaciones según lo establece la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 08 de mayo 2026.—Erika Hernández Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN202601070028 ).

Por escritura número ochenta otorgada ante la Notaria Pública Lorena Grau Vargas, de las doce horas treinta minutos del seis de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada IMPORTACIONES MELIAN A. D. SOCIEDAD ANONIMA; cédula jurídica tres - uno cero uno - tres seis cuatro ocho cuatro nueve, domiciliada en la provincia de San José, cantón Coronado, San Antonio de Coronado cuatrocientos al este de la Iglesia Católica, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo del dos mil veintiséis. Lic Lorena Grau Vargas. Pública.—1 vez.—( IN202601070029 ).

Por escritura número setenta y nueve otorgada ante la Notaria Pública, Lorena Grau Vargas de las doce horas del seis de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada SUPER ESTANCO SOCIEDAD ANONIMA; cédula jurídica tres - uno cero uno - dos uno cinco cinco nueve ocho; domiciliada en la provincia de San José, Cantón Coronado, San Antonio de Coronado contiguo al Bar San Antonio, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo del dos mil veintiséis. Lic Lorena Grau Vargas. Pública.—1 vez.—( IN202601070030 ).

Por escritura otorgada en San José a las quince horas, quince minutos del siete de mayo del año dos mil veintiséis, se incorpora correo electrónico en la sociedad HELMA H M DEL OESTE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para recibir comunicaciones y notificaciones según lo establece la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 8 de mayo 2026. NOTARIA ERIKA HERNANDEZ SANDOVAL. UNA VEZ.—1 vez.—( IN202601070031 ).

Grupo Lansal Limita, cedula de persona jurídica N° 3-102-245700, se disuelve. Escritura pública 58.—San José, 22 de abril 2026.—Ileana Flores Sancho, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070033 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y nueve, visible al folio cero cuarenta y cinco del tomo ocho, a las doce horas con diez minutos del veintiséis de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Apoderada generalísima sin límite de suma de Costa Oriental del Lago Sociedad de Responsabilidad Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- novecientos quince mil quinientos veintiocho para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José La Uruca, a las doce horas con veinticuatro minutos del día once del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Publicarlo una única vez. Lic. Ileana Flores Sancho. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070034 ).

Protocolización acta Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad FOBOS SOCIEDAD ANONIMA, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto social en cuanto a la administración, y se nombra nuevo Presidente, Secretario, Tesorero y Fiscal, y se solicita la inclusión de su correo electrónico de acuerdo a la Ley diez mil quinientos noventa y siete y del decreto DPJcero cero dos- dos mil veinticinco, para la atención de notificaciones formales de la sociedad. Notario Público: Jorge Johanning Mora. San José, once de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070035 ).

Protocolización acta Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad JACARANDA AZUL SOCIEDAD ANONIMA, mediante la cual se reforma la cláusula siete del pacto social en cuanto a la administración, y se nombra nuevo Presidente y Tesorero, y se solicita la inclusión de su correo electrónico de acuerdo a la Ley diez mil quinientos noventa y siete y del decreto DPJ- cero cero dos- dos mil veinticinco, para la atención de notificaciones formales de la sociedad. Notario Público: Giovanni Enrique Incera Segura. San José, once de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070036 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, la sociedad LEA INGENIEROS LIMITADA solicita la inclusión de su correo electrónico de acuerdo a la Ley diez mil quinientos noventa y siete y del decreto DPJ- cero cero dos- dos mil veinticinco, para la atención de notificaciones formales de la sociedad. Notario Público: Jorge Johanning Mora. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070037 ).

Protocolización acta Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad MONTAÑAS DE ARENA SOCIEDAD ANONIMA, mediante la cual se reforma la cláusula siete del pacto social en cuanto a la administración, y se nombra nuevo Presidente y Tesorero, y se solicita la inclusión de su correo electrónico de acuerdo a la Ley diez mil quinientos noventa y siete y del decreto DPJ- cero cero dos- dos mil veinticinco, para la atención de notificaciones formales de la sociedad. Notario Público: Jorge Johanning Mora. San José, once de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070038 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, la sociedad OPALO AZUL SOCIEDAD ANONIMA, solicita la inclusión de su correo electrónico de acuerdo a la Ley diez mil quinientos noventa y siete y del decreto DPJ- cero cero dos- dos mil veinticinco, para la atención de notificaciones formales de la sociedad. Notario Público: Jorge Johanning Mora. San José, seis de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070039 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, las sociedades ECOLOGIC WASH SOCIEDAD ANONIMA y BOSQUE FRAGOROSO SOCIEDAD ANONIMA solicitan la inclusión de su correo electrónico de acuerdo a la Ley diez mil quinientos noventa y siete y del decreto DPJ- cero cero dos- dos mil veinticinco, para la atención de notificaciones formales de la sociedad. Notario Público: Jorge Johanning Mora. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070040 ).

Por escritura otorgada hoy, ante mí, las sociedades Transportes G y G Sociedad Anónima, y Importaciones Rudin Sociedad Anónima, solicitan la inclusión de su correo electrónico de acuerdo a la Ley diez mil quinientos noventa y siete y del decreto DPJ- cero cero dos- dos mil veinticinco, para la atención de notificaciones formales de la sociedad.—San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Jorge Johanning Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070041 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, las sociedades VILLAS ARIANNA SOCIEDAD ANONIMA, CHISO SOCIEDAD ANONIMA y SP MIL SOCIEDAD ANONIMA solicitan la inclusión de su correo electrónico de acuerdo a la Ley diez mil quinientos noventa y siete y del decreto DPJ- cero cero dos- dos mil veinticinco, para la atención de notificaciones formales de la sociedad. Notario Público: Jorge Johanning Mora. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070042 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 108 visible al folio 109 vuelto del tomo 5, a las 7:00 horas del 28 de abril de 2026 se protocoliza el acta de Asamblea General de SEVEN INVESTMENTS PROPERTIES SIP LTDA. cédula jurídica 3-102-844880 mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social y de administracion del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, 28 de abril de 2026. NATHALIE WOODBRIDGE GÓMEZ. NOTARIA PÚBLICA.—1 vez.—( IN202601070044 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 4-2 visible al folio 005 vuelto, del tomo II, a las 11:30 del 11 de mayo del 2026, presentó solicitud el Representante Legal de la sociedad denominada Blassco S.R.L, con cédula jurídica número 3- 102- 805275 S.R.L, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Escazú, a las 12:46 del día once de mayo del año 2026. Lic. Marvin Cerdas Montano, Notario Público. Publicar por una única vez.—1 vez.—( IN202601070045 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 6-2, visible al folio 006 frete, del tomo II, a las 11:50 del 11 de mayo del 2026, presentó solicitud el Representante Legal de la sociedad denominada Tres-Ciento Dos-Novecientos Catorce Mil Setecientos Noventa y Tres S.R.L., con cédula jurídica número 3-102-914793 S.R.L., para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Escazú, a las 12: 52 minutos del día once de mayo del año 2026.—Lic. Marvin Cerdas Montano, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070046 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 5-2 visible al folio 005 vuelto, del tomo II, a las 11:40 del 11 de mayo del 2026, presentó solicitud el Representante Legal de la sociedad denominada tres- ciento dos-novecientos diecisiete mil trescientos cincuenta y siete S.R.L, con cédula jurídica número 3- 102- 917357 S.R.L, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Escazú, a las 12:51 del día once de mayo del año 2026. Lic. Marvin Cerdas Montano, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070047 ).

Por escritura número 16, otorgada ante mí, a las a las 11 horas con 30 minutos, del miércoles 29 de abril del año 2026, se protocolizó acta de la Asamblea General extraordinaria de la empresa AGRO INDUSTRIAS CULTIVOS SIEMPRE VERDE G.M S A, cédula jurídica número: 3-101-651127, donde en vista de las renuncias de los cargos de secretario y del fiscal, se realizan nuevos nombramientos. Lic. Juan José Acuña Brenes. Publíquese una vez. Cartago, a las doce horas con treinta y dos minutos del 29 de abril del año 2026.—1 vez.—( IN202601070048 ).

Atenas, 8 de mayo de 2026. El suscrito, Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario Público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número tres, iniciada al folio dos vuelto del tomo cuarto, otorgada ante mi notaria a las diez horas del día ocho de mayo de dos mil veintiséis, se procedió a modificar la cláusula sexta del pacto constitutivo, así como se revocaron el nombramiento del presidente, secretario y tesorero en la empresa denominada: Tres- Ciento Uno- Novecientos Treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y dos S.A, cedula jurídica número: Tres- Ciento Uno- Novecientos Treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y dos.—1 vez.—( IN202601070049 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento treinta y cinco, visible al folio noventa y seis vuelto, del tomo ciento sesenta y dos, a las once horas veinticinco minutos del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del apoderado generalísimo sin límite de suma de CREDIQ INVERSIONES CR SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- trescientos noventa y cuatro mil quinientos seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, veintinueve de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Loana Leiton Porras, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070050 ).

El suscrito, Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario Público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número cuatro, iniciada al folio tres frente del tomo cuarto, otorgada ante mi notaria a las once horas del día ocho de mayo de dos mil veintiséis, se procedió a incluir correo electrónico en la empresa denominada: Migalabe Ochenta y Tres S.A., cédula jurídico número: Tres- Ciento Uno- cinco nueve uno siete siete seis.—1 vez.—( IN202601070051 ).

Por escritura número ciento treinta y cinco otorgada ante la notaría publica Milena de los Ángeles Vargas Álvarez, a las diecinueve horas con treinta minutos del diecisiete de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada EXPORTADORA YIREH – BK SOCIEDAD ANONIMA, domiciliada la ciudad de Tres Equis de Pavones de Turrialba, Cartago, doscientos metros este del Salón Multiusos, con cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – seiscientos cincuenta y un mil ochocientos setenta y uno, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo. en cumplimiento a lo establecido en la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Turrialba, 29 de abril del año dos mil veintiséis. Licda. Milena Vargas Álvarez.—1 vez.—( IN202601070053 ).

Por escritura ante mí protocolizada hoy, se reformaron las Cláusulas: SEGUNDA: DEL DOMICILIO SOCIAL Y SU CORREO ELECTRONICO Y SEXTA: DE LOS INVENTARIOS Y BALANCES, de los ESTATUTOS SOCIALES, de la empresa COMPAÑÍA MILAGRITO SOCIEDAD ANONIMA. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. LIZBETH BECERRIL CAMBRONERO, NOTARIA PUBLICA.—1 vez.—( IN202601070055 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número TRECE, visible al folio DIEZ VUELTO, del tomo treinta y dos, a las dieciocho horas, del veintitrés de abril, se presentó solicitud por parte de JUAN MORALES BLANCO de la sociedad INVERSIONES MORALES BLANCO, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cuatro nueve uno uno nueve cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las seis horas del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Lic. Ana Luisa Jiménez Quirós, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070056 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 16 visible al folio 8 frente del tomo 35 a las 10: 30 del 16 de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de CLAUDE FAUVEL Gerente de la sociedad: TW TRES ETAL SRL, cédula jurídica número 3-102-688077, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 16 de abril del 2026. Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN202601070058 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 60 iniciada al folio 43 frente del tomo 34, a las 14:10 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Rafael Augusto Vivas Tarroes, cédula número 186200321326, representante legal de Condominio Altamira Heredia S. A., cédula jurídica 3-101-684003, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 28 de abril de 2026. Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—( IN202601070060 ).

Por escritura pública otorgada ante esta Notaría a las ocho horas, treinta minutos, del día veintiocho de Abril del año dos mil veintiséis se solicita la inscripción del correo electrónico como medio para recibir notificaciones de las sociedades Endocrino Medetur Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos cincuenta y dos mil novecientos sesenta y seis, Weight To Go Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- ochocientos quince mil setecientos sesenta y nueve, Tres- Ciento Uno- Ochocientos Noventa y Cuatro Mil Setecientos Cuarenta y Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno ochocientos noventa y cuatro mil setecientos cuarenta y cinco. Licenciado Óscar Alberto Arias Ugalde.—1 vez.—( IN202601070061 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:30 horas del 28 de abril del 2026, la sociedad ARENAS DE TAMBOR S. A., cédula jurídica 3-101-548384, protocolizó acuerdos en donde se señala un correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 28 de abril del 2026. Notaría Pública de Mariela Hernández Brenes.—1 vez.—( IN202601070062 ).

Por escritura otorgada ante este Notario a las 17:00 horas del 28 de abril del 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea de Cuotistas de LOS WESTIES DE OJOCHAL LLC LIMITADA, mediante la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en cumplimiento con la ley número 10597. San José, 28 de abril del 2026. Marco Vinicio Castegnaro Montealegre, Notario.—1 vez.—( IN202601070063 ).

Por escritura otorgada ante la notaria pública Ana Cristina Víquez Arias, número doscientos siete-uno, del tomo primero, de las quince horas del ocho de mayo del dos mil veintiséis, se modifica la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de la sociedad ARIASCA DE SAN JOAQUÍN SOCIEDAD ANÓNIMA, de acuerdo a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Heredia, once de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Ana Cristina Víquez Arias.—1 vez.—( IN202601070064 ).

Por escritura otorgada ante la notaria pública Ana Cristina Víquez Arias, número doscientos cinco-uno, del tomo primero, de las trece horas del siete de Mayo del dos mil veintiséis, se modifica la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de la sociedad RACING CAFÉ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de acuerdo a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Heredia, once de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Ana Cristina Víquez Arias.—1 vez.—( IN202601070065 ).

Ante esta notaría, mediante escritura cincuenta y cuatro, visible al folio cincuenta y dos frente, del tomo uno, a las dieciséis horas, del diez de mayo del año dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acordó solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: notificaciones@domicilio.cr, para la atención de notificaciones de las Compañías: (i) INVERSIONES OSMAR SOCIEDAD ANÓNIMA, (ii) TRES – CIENTO UNO – QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS, SOCIEDAD ANÓNIMA, (iii) BOSQUES DE VELARDE ONCE H SOCIEDAD ANÓNIMA, (iv) INVERSIONES Y PROYECTOS MULTIPLES CONDAL TIERRA DORADA SOCIEDAD ANÓNIMA, (v) KILLARNEY SOCIEDAD ANÓNIMA, (vi) LOS AROMAS DE BALLENA SOCIEDAD ANÓNIMA, (vii)TRES -CIENTO UNO- SETECIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS OCHO, SOCIEDAD ANÓNIMA (viii)TRES- CIENTO UNO-SETECIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS QUINCE, SOCIEDAD ANÓNIMA, (ix), TRES-CIENTO UNO- SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE SOCIEDAD ANÓNIMA, (x) TRES CIENTO UNO SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIECISIETE SOCIEDAD ANÓNIMA, (xi)TRES- CIENTO UNO- SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS SOCIEDAD ANÓNIMA..—San José, once de mayo del 2026.—Lic. Rosaura Guadamuz Sánchez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070069 ).

Ante esta Notaria, por escritura numero ciento ochenta y nueve otorgada a las ocho horas cuarenta minutos del veintinueve de abril de dos mil veintiséis se protocolizo acta de Asamblea de socios cuotistas de Zeneidas Surf Garden Limitada, cédula jurídica número tres- ciento dos- setecientos sesenta y seis mil quinientos ochenta y ocho y domicilio social en Santa Teresa de Cóbano de Puntarenas, Incluye correo electrónico en su domicilio social y nombra Apoderado Generalísimo. Cóbano, veintinueve de abril de dos mil veintiséis. Licenciada Patricia Frances Baima.—1 vez.—( IN202601070070 ).

Por escritura otorgada en San José a las quince horas treinta minutos del día diecisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se incorpora correo electrónico en la sociedad BUFETE AMADOR HERNANDEZ Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA, para recibir comunicaciones y notificaciones según lo establece la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis. Jose Alberto Pinto Monturiol. Notario.—1 vez.—( IN202601070075 ).

En mi notaría mediante escritura número 179 del tomo 12 visible al folio 166 vuelto se protocoliza acta número 1 de la Sociedad SAVE & SERVE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3 – 101 – 911950, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Es todo, Heredia, 11 de mayo del año 2026. Lic. Minor Alonso Ávila San Lee.—1 vez.—( IN202601070076 ).

En mi notaría mediante escritura número 176 del tomo 12 visible al folio 164 vuelto, se protocoliza acta número 1 del tomo 2 de la Sociedad SALAZAR Y JIMENEZ SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101 –090335, para incorporar realizar el cambio de Representación Social. Es todo, Heredia, 8 de mayo del año 2026. Lic. Minor Alonso Ávila San Lee, Notario.—1 vez.—( IN202601070077 ).

Ante esta notaría mediante escritura número cincuenta y nueve, de las nueve horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico a las sociedades denominadas FRANJOBE, S. A. y JULIETA EN LAS NUBES B E L, S. R. L. mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—( IN202601070079 ).

Por escritura número 78-26, otorgada ante esta Notaría a las 08:00 horas del 21 de enero de 2026, se protocolizaron acuerdos de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de New Tessela S.A., mediante la cual se acuerda modificar la cláusula del domicilio social de la sociedad y la inclusión del siguiente correo electrónico notificaciones@generaholdings.com, para la atención de notificaciones de la compañía “New Tessela, S.A., cédula jurídica 3-101-613439”. San José, 04 de febrero de 2026. Licda. Rosa María Jiménez Morúa.—1 vez.—( IN202601070082 ).

Ante esta notaría por escritura sesenta y dos, se solicita inclusión de correo electrónico para Casel & Donati Sociedad Anónima Sociedad Anónima. San José veintinueve de abril dos mil veintiséis. Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo.—1 vez.—( IN202601070084 ).

Por escritura otorgada ante mí, número Doscientos ocho, de las once horas veinticinco minutos del siete de mayo de dos mil veintiséis, se adiciona la cláusula del domicilio y se consigna el correo electrónico de la sociedad El Anillo de Jade y la Flor de Oro S.A..—Notario. Ana Lucía Campos Monge, Carné 3212.—1 vez.—( IN202601070090 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día ocho de mayo del año dos mil veintiséis, donde se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada PINAR DEL ESTE F TRES MALINCHE, SOCIEDAD ANÓNIMA, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: annia28788@gmail.com para la atención de notificaciones de la Compañía. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070093 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día once de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Cuotistas de la sociedad “TRES – CIENTO DOS- SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y SEIS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”. Donde se acuerda la liquidación de la sociedad. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Magally María Guadamuz García.—1 vez.—( IN202601070094 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del día once de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan Acuerdos del Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “PEDIATRICO INTEGRAL EJ, SOCIEDAD ANONIMA”. Donde se acuerda la liquidación de la sociedad. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Magally María Guadamuz García.—1 vez.—( IN202601070095 ).

Yo, Sebastián David Vargas Roldan, hago constar que he protocolizado en mi notaria, acta de asamblea de socios de la sociedad INVERSIONES CACCI CR, SOCIEDAD CIVIL, donde se acordó su respectiva disolución. Es Todo. San José, 04 de mayo del 2026. Para publicar una vez. SEBASTIAN DAVID VARGAS ROLDAN. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070096 ).

Ante esta notaría mediante escritura número Ciento cuarenta y seis -seis, visible al folio ciento treinta y cinco vuelto del tomo Sexto, a las diez horas treinta minutos del ocho de mayo de dos mil veintiséis, se protocoliza el acta número cuatro de Asamblea General de Socios de la sociedad ALFA MACRA, SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y dos mil ochocientos dieciocho, mediante la cual se acordó la modificación de la cláusula sexta: de la Administración del Pacto Social Constitutivo. San José, a las once horas treinta minutos del ocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Gabriela Barrantes Alpízar. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070097 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 10 horas del 1 de marzo del año 2024, se protocoliza Asamblea General Extraordinaria de socios de la empresa Corporación de Inversiones Jabali Cachetón S.A. 3-101-458773, donde se acuerda reformar la cláusula 8 del Pacto Constitutivo y se hace nombramientos de Junta Directiva. Licda. Gloria Estela Carrillo Ballestero, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070098 ).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, el día 28 de abril del 2026, se modifica la cláusula de representación y se adiciona correo electrónico en la sociedad PROYECTOS ECOLÓGICOS TYNDALL SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-382225.—San José, 29 de abril del 2026.— Roberto Francisco León Gómez.—1 vez.—( IN202601070099 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del día once de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada TRELLEBORG PIPE SEALS COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente y eliminar la cláusula referente al agente residente.—San José, once de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García, Notario.—1 vez.—( IN202601070108 ).

Por escritura otorgada en San José a las catorce horas quince minutos del día diecisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se incorpora correo electrónico en la sociedad INMOBILIARIA HERBAG SOCIEDAD ANÓNIMA, para recibir comunicaciones y notificaciones según lo establece la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, veintisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis.—José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—( IN202601070112 ).

Por escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas treinta minutos del día diecisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se incorpora correo electrónico en la sociedad VENEHORIZONTE G SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA, para recibir comunicaciones y notificaciones según lo establece la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, veintisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis.—José Alberto Pinto Monturiol, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070115 ).

Por escritura otorgada en San José, a las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del día diecisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se incorpora correo electrónico en la sociedad INNBEAT SOCIEDAD ANÓNIMA, para recibir comunicaciones y notificaciones según lo establece la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, veintisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis.—José Alberto Pinto Monturiol, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070116 ).

Por escritura número 139, visible al folio 91 frente del tomo 2, otorgada ante mí, al ser diez horas del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis, las empresas Grupo Vega Elizondo Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-216838, y la empresa Lomas del Poás Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-564056, establecen como correo electrónico para notificaciones el correo electrónico carlos.vega.brenes@gmail.com.—Laura Alfaro Di Bella, Notaria.—1 vez.—( IN202601070117 ).

Por escritura trescientos diecinueve, otorgada ante el notario público Tonis Vianey Jiménez Moya, a las diez treinta horas del veintidós de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico, corpcarvil@gmail.com, dentro de la sociedad denominada, Servicios Bioforestales Carvil Sociedad Anónima, domiciliada en provincia cinco Guanacaste, cantón dos Nicoya, Moracia, dos cientos al sur de la plaza de deportes, cédula jurídica número, tres- uno cero uno- tres siete siete ocho seis ocho.—Carmona Nandayure, 27 de abril del 2026.—Lic. Tonis Vianey Jiménez Moya, Notario.—1 vez.—( IN202601070120 ).

Mediante escritura pública número 104, otorgada ante mí, Enrique Loría Brunker, a las 11:20 del 21 de abril del 2026, compareció el señor EMILIO ENRIQUE PALACIOS HIDALGO, actuando en su condición de Presidente de la compañía ARKAFRAN VYE, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-762331, por medio de la cual realiza solicitud formal de inscripción de la dirección de correo electrónico para la compañía antes indicada, de conformidad con lo establecido en la ley número 10 597. ES TODO. - San José, 21 de abril del 2026. Lic. Enrique Loría Brunker. Notario Público. Teléfono N° 40520600.—1 vez.—( IN202601070121 ).

Mediante escritura pública número 133, otorgada ante mí, Enrique Loria Brunker, a las 15:30 del 6 de mayo del 2026, compareció la señora Elodie Carine Gazeau, actuando en su condición de Presidenta de las compañías: (i) Costabam Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-788801; (ii) Sanjocar Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3- 101-735135; y (iii) Bamyr CR Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101- 810978; por medio de la cual realiza solicitud formal de inscripción de la dirección de correo electrónico para cada una de las compañías antes indicadas, de conformidad con lo establecido en la ley número 10 597. ES TODO. - San José, 6 de mayo del 2026. Lic. Enrique Loria Brunker. Notario Público. Teléfono N° 40520600.—1 vez.—( IN202601070122 ).

Mediante escritura pública número 105, otorgada ante mí, Enrique Loría Brunker, a las 11:40 del 21 de abril del 2026, compareció el señor EMILIO ENRIQUE PALACIOS HIDALGO, actuando en su condición de Secretario de la compañía MUSIC HOUSE SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-794519, por medio de la cual realiza solicitud formal de inscripción de la dirección de correo electrónico para la compañía antes indicada, de conformidad con lo establecido en la ley número 10 597. ES TODO. - San José, 21 de abril del 2026. Lic. Enrique Loría Brunker. Notario Público. Teléfono N° 40520600.—1 vez.—( IN202601070123 ).

Mediante escritura pública número 103, otorgada ante mí, Enrique Loria Brunker, a las 11:00 del 21 de abril del 2026, compareció el señor Emilio Enrique Palacios Hidalgo, actuando en su condición de secretario de la compañía VEPCO, Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-775509, por medio de la cual realiza solicitud formal de inscripción de la dirección de correo electrónico para la compañía antes indicada, de conformidad con lo establecido en la ley número 10 597. Es todo.—San José, 21 de abril del 2026.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070124 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 67 iniciada al folio 45 vuelto del tomo 34, a las 14:45 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Rafael Augusto Vivas Torres, cédula número 186200321326, representante legal de Proyectos Cordillera S. A., cédula jurídica 3-101-638401, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 28 de abril de 2026. Lic. Adolfo Rojas Breedy. Notario.—1 vez.—( IN202601070125 ).

Ante esta notaría mediante escritura de las ocho horas del seis de mayo del dos mil veintiséis se solicita por parte de las sociedades: ORION INGENIERIA Y CONSULTORIA S.R.L. y B C RUMIPAL, S. A. la inclusión de su correo electrónico oficial: barrantes.jc@gmail.com. San José, seis de mayo del dos mil veintiséis. ALFREDO GALLEGOS VILLANEA, NOTARIO.—1 vez.—( IN202601070126 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y tres, folio ochenta y uno frente, tomo veintiuno, de las nueve horas y cinco minutos del siete de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud de la sociedad, Sociedad de Servicios El Atacama Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-tres cero dos tres dos dos, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad según Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, siete de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Fabio Trujillo Hering.—1 vez.—( IN202601070127 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:30 horas del 06/05/2026, se protocolizó acta de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Socios de LA CHOZA DE BIRITECA S. A., cédula jurídica 3-101-276827 en la cual, por unanimidad de votos de los socios, se acordó la modificación de las cláusulas segunda y novena del Pacto Social, además la remoción y nombramiento de secretario. Es todo.—Lic. Jesús Adrián Chacón Naranjo, Notario.—1 vez.—( IN202601070129 ).

Ante este Notario Público José Alberto Poveda Pacheco compareció Elvis Mata García, cedula de identidad: 2-0643- 0081, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de Grupo Transportes Carga Pesada Los Mata del Roble S. A., cedula jurídica: 3-101-725080 y que por disposición legal indica como medio de notificación de la sociedad antes indicada el correo electrónico: transmata@outlook.com San Rafael de Oreamuno Cartago a las 09 horas del 29 de abril del 2026.—Licenciado José Alberto Poveda Pacheco Notario Público.—1 vez.—( IN202601070130 ).

Mediante escritura 37 de tomo 08 del Notario Cristian Guillermo Jiménez Barrantes, se incluye cuenta de correo electrónico elcasolincr@gmail.com dentro de la sociedad El Casolin Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102 - 761996. Samara 06 de mayo 2026.—1 vez.—( IN202601070131 ).

Por escritura N° 05 - 5, de las 15:00 horas del 30 de abril del 2026, ante la notaría del suscrito, ubicada en Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, Barrio La Guaria, 100 metros este del Salón Comunal, se indicó que para las sociedades; TRANSPORTES MYR SARAPIQUI MYR LIMITADA cédula jurídica: 3-102- 495699 y TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS S.R.L cedula jurídica: 3-102-842472, el medio para notificaciones es transmyrsarapiqui@gmail.com, de Conformidad con la Directriz DPJ-002-2025, con vista en la reforma de Ley 10597, del Artículo 18 inciso 10 del Código Comercio, publicada en La Gaceta N° 98 del viernes 30 de mayo del 2025. Es todo. Sarapiquí, 05 de mayo del 2026. Lic. Kenneth Mora Jiménez, Carné 26894.—1 vez.—( IN202601070134 ).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 17 horas del 6 de mayo del 2026, la sociedad denominada Uba Leandro Sociedad de Responsabilidad limitada, cedula jurídica 3-102-652360, consigna dirección de correo electrónico para recibir notificaciones. Licda. Kattia Jacqueline Serrano Retana, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070136 ).

En mi Notaria Publica el día 30 de abril de 2026 de conformidad con la aplicación de la ley número 10597 presente el representante legal JEAN CARLO CASCANTE CARRILLO de la sociedad RC CONFORTEC INGENIERIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres – ciento dos – novecientos catorce mil novecientos sesenta y siete solicita la inscripción del correo electrónico info@conforteccr.com. como medio de notificación para la sociedad. Es todo. San José, 06 de mayo de 2026. Licda. Kimberly Godínez Valverde.—1 vez.—( IN202601070137 ).

En mi Notaría Pública el día 24 de abril de 2026 de conformidad con la aplicación de la ley número 10597 presente el representante legal Lizette Briceño Rodríguez de la sociedad CASA MIA O DE SAN JOSE NUMERO OCHO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3 – 101 - 395572, solicita la inscripción del correo electrónico info@cbglat.com como medio de notificación para la sociedad. Es todo.—San José, 26 de abril de 2026.—Licda. Kimberly Godínez Valverde.—1 vez.—( IN202601070138 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y uno, de las diez horas del cuatro de mayo de dos mil veintiséis, visible al folio ciento cuarenta y siete frente del tomo dos del protocolo de la suscrita Notaria Pública, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de TRES-CIENTO DOS-OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS SOCIEDAD DE RESPOSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos noventa y dos mil ciento cincuenta y dos, mediante la cual se acordó reformar la cláusula SEGUNDA conforme con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María Mercedes Vargas Monge.—1 vez.—( IN202601070140 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento treinta y cinco, de las doce horas con quince minutos del treinta de abril de dos mil veintiséis, visible al folio ciento cuarenta y uno vuelto del tomo dos del protocolo de la suscrita Notaria Pública, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de DEL SUR NÓRDICA LLC LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos novecientos treinta y un mil novecientos once, mediante la cual se acordó reformar la cláusula SEGUNDA conforme con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María Mercedes Vargas Monge.—1 vez.—( IN202601070141 ).

Escritura 149, visible al folio 151 frente, tomo 7, de las 16:00 del 27 de abril de 2026, ante la suscrita Notaria Marcia Solís Peña, carné 26936, se protocoliza Acta de Asamblea General de Cuotistas para la sociedad Villa Senderos y Caracoles KX Sociedad De Responsabilidad Limitada incorporar correo electrónico notificaciones@linealaw.com para notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, 29 de abril de 2026.—1 vez.—( IN202601070142 ).

Por escritura otorgada ante mí notaría a las diecisiete horas del día dieciséis de abril de dos mil veintiséis, el representante de la empresa: MULTIXCR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número: tres – ciento dos – novecientos treinta y dos mil doscientos cuarenta y tres, solicitó la inclusión de su correo electrónico en la cláusula relativa al domicilio. San Vito de Coto Brus, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Notaria: Marianela Alvarez Carazo.—1 vez.—( IN202601070143 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las veinte horas del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se protocoliza acta de asamblea de accionistas de la sociedad ARIASCH SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – setecientos cincuenta y ocho mil cuarenta y dos, mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad y se solicita al Registro de Personas Jurídicas que se prescinda del nombramiento de liquidador y se tenga a la sociedad como liquidada por no tener activos, ni pasivos y encontrarse satisfechos los intereses del Fisco. San José, 4 de mayo del 2026. —Lic. Alejandro Panameño Castro, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070144 ).

Por escritura número doscientos cuarenta y nueve, otorgada en este Notaría, a las trece horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis, el señor Giacomo Bucchi, de Apoderado Generalísimo de la sociedad denominada HEAT CULTURE TRECE SRL, incluye medio electrónico para recibir notificaciones según transitorio I y II de la Ley diez mil quinientos noventa y siete.—Santa Cruz, treinta de abril.—Licenciada Marcela Vargas García.—1 vez.—( IN202601070145 ).

Debidamente autorizada la suscrita notaria pública por la Gerente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Oriel Ostional Limitada, cédula 3-101-803382, procedo a realizar el trámite de solicitar al Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas la incorporación del correo electrónico: shambhalacostarica@gmail.com, dentro de la información registral de la sociedad.—San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Diana Catalina Varela Solano, cédula 1- 1237-0376.—1 vez.—( IN202601070146 ).

Ante esta notaría pública, en escritura de las 10:00 horas del 4 de mayo de 2026, se modifica la cláusula de la representación y la del domicilio para incluir correo electrónico para notificaciones de TRES-CIENTO UNO-NOVECIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres ciento uno-novecientos once mil setecientos treinta y ocho. San José, 4 de mayo de 2026. Lic. Edgar Alberto Arroyo Quesada, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070147 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento diez, visible al folio cincuenta y dos frente, del tomo uno, al ser las dieciséis horas, del día treinta de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del señor: Fransis Haydee Baca León con cedula uno-mil sesenta y seis-cuatrocientos ochenta y dos, Apoderada Generalísimo sin límite de suma de BB INVERSIONES SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica: TRES-CIENTO UNO- OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad Neily, al ser las dieciséis horas del día treinta de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Karen Melissa Muñoz Tenorio. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070148 ).

Mediante escritura otorgada en mi Notaría, a las diez horas del día veintidós del mes de abril del año dos mil veintiséis, se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número 10.597 en la siguiente sociedad: I- TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SEIS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: tres – ciento dos – ochocientos cuarenta y dos mil seiscientos seis. San José, Escazú, a la hora y la fecha que se indica en mi firma digital puesta en este documento. Publicación de una vez. FRANCISCO ALONSO VILLALOBOS BRENES. NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601070149 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y tres, visible al folio treinta y nueve frente, del tomo primero, a las once horas, del trece de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de YVS ARQUITECTURA INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres - ciento dos – nueve uno cuatro cuatro cero dos para incorporar el correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, siendo este yvindas@yvsconstruccion.com.—Ciudad de Curridabat, a las once horas y cincuenta minutos del día cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Ricardo Rechnitzer Bell, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070150 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y siete, visible al folio ciento veintiuno, vuelto del tomo dieciséis, a las catorce horas, del veintiocho de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de Kelly Chantal Dwyer, quien comparece en su condición de Gerente con facultades de Apoderado Genialísimo sin límite de suma de la compañía denominada tres ciento dos ocho cuatro ocho ocho nueve dos sociedad de responsabilidad limitada, con cédula jurídica igual a su nombre, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Playas del Coco, a las catorce horas del día veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Ricardo Vargas Guerrero Notario Público.—1 vez.—( IN202601070151 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos veintitrés, visible al folio ciento treinta y cinco, del tomo dieciséis, a las nueve horas, del once de mayo del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de Carlos Vargas Murillo, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la compañía, Sadhu del Ganges Limitada, con cédula jurídica número: tres - ciento dos - siete nueve siete uno siete siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Playas del Coco, a las nueve horas del día once del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Ricardo Vargas Guerrero Notario Público.—1 vez.—( IN202601070152 ).

Mediante escritura NOVENTA Y NUEVE otorgada ante mi notaria a las 12:00 horas del 28 de abril del 2026, se protocolizó el acta CINCO de Asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la firma J Y K IMPORTACIONES Y CREACIONES INTERNACIONALES SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres-ciento uno-tres dos ocho dos seis tres, donde se nombra tesorero y fiscal y se incluye al pacto constitutivo el correo electrónico para notificaciones de la sociedad en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Publicar una vez. Grecia, 4 de mayo del 2026. Notario: KERBY ROJAS ALFARO.—1 vez.—( IN202601070153 ).

Mediante escritura número 154, visible al folio 161 frente, del tomo 5, a las 14:00 horas, del 30 de abril de 2026, Comparece la señora Rebeca Linox Chacón, tesorera con facultades de apoderada generalísima de la sociedad “LEXNOVA ASESORES JURÍDICOS SOCIEDAD ANÓNIMA”, con la cédula de persona jurídica número 3-101-581845, solicitando la incorporación del correo electrónico rlinox@asesoresjuridicos.co.cr conforme a la Ley número 10.597.—San José, a las 10:22 horas del día 06 de mayo del 2026.—Fernando Enrique Lara Gamboa.—1 vez.—( IN202601070154 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cuarenta y cuatro, visible al folio de inicio cuarenta y cuatro vuelto del tomo seis, de las diez horas del día ocho de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de las señoras Lizette Aguilar Quesada, en su condición de Presidente y Rebeca Solórzano Aguilar, en su condición de Secretaria, ambas con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma de la sociedad de esta plaza denominada LIZITAG SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número: Tres-ciento uno-cuatrocientos veinticinco mil ciento cincuenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a las ocho horas veinte minutos del día once de mayo del año dos mil veintiséis.—Rebeca Linox Chacón, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN202601070155 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se presentó solicitud por parte del Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de “TECNICAS EN CARROCERIAS SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número 3-101-158972, “INMOBILIARIA RAGON SOCIEDAD ANONIMA” cédula jurídica número 3-101-279274, y CORPORACION LELOXI DE OCCIDENTE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101-567714, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la ley 10597. San José, 4 de mayo del 2026. Notario Público. Ricardo J. Retana C.—1 vez.—( IN202601070157 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y uno, visible al folio ciento veinticinco, del tomo sétimo, otorgada a las dieciséis horas del once de mayo del dos mil veintiséis, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía JORNADA V & R SOCIEDAD ANÓNIMA, con número de cédula jurídica tres- ciento uno- seiscientos sesenta y tres mil doscientos veintinueve, mediante la cual se incorpora un correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad Quesada, a las dieciséis horas con treinta minutos del once de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Rigoberto Guerrero Olivares, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070158 ).

Por escritura número 30-7 otorgada ante la suscrita Notaria Público, de las 10 horas del 7 mayo 2026, se incluye cuenta de correo electrónico en de la sociedad INVERSIONES RÍO ITIQUIS S.A cédula jurídica 3-101-53042, con domicilio social en Alajuela, Urbanización Montenegro, de la Escuela María Pacheco 200 norte y 100 este, casa esquinera a mano derecha. San José, 7 mayo 2026. Publicar 1 vez. Licda. Rita María Calvo González. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070159 ).

Por escritura número 31-7 otorgada ante la suscrita Notaria Público, de las 10:10 horas del 7 mayo 2026, se incluye cuenta de correo electrónico en de la sociedad CONDOMINIO POSITANO TREINTA SWQ S.A cédula jurídica 3-101-860956, con domicilio social en San José, Escazú, San Rafael, de la agencia de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz 100 sur, Condominio Positano, finca filial 30. San José, 7 mayo 2026. Publicar 1 vez. Licda. Rita María Calvo González. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070160 ).

Por escritura número 28-7 otorgada ante la suscrita Notaria Público, de las 09:40 horas del 7 mayo 2026, se incluye cuenta de correo electrónico en de la sociedad ASESORIA PROFESIONAL J B S.A cédula jurídica 3-101-36292, con domicilio social en San José, Escazú, San Rafael, de las oficinas de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz 50 sur, Condominio Positano, apartamento 30. San José, 7 mayo 2026. Publicar 1 vez. Licda. Rita María Calvo González. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070161 ).

Por escritura número 29-7 otorgada ante la suscrita Notaria Público, de las 09:50 horas del 7 mayo 2026, se incluye cuenta de correo electrónico en de la sociedad INVERSIONES PASO FLORES S.A cédula jurídica 3-101-94131, con domicilio social en Alajuela, Urbanización Montenegro, de la Escuela María Pacheco 200 norte y 100 este, casa esquinera.—San José, 7 mayo 2026.—Licda. Rita María Calvo González, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070162 ).

Por escritura número 27-7, otorgada ante la suscrita Notaria Público, de las 09:30 horas del 7 mayo 2026, se incluye cuenta de correo electrónico en de la sociedad ARRENDAMIENTOS DE AUTOMÓVILES DE ALAJUELA S.A. cédula jurídica 3-101-76424, con domicilio social en Alajuela, frente al Instituto de Alajuela.—San José, 07 mayo 2026.—Licda. Rita María Calvo González, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070163 ).

Por escritura número 33-7 otorgada ante esta Notaría, LAS NUBES THOUSAND WASPS SRL, cédula jurídica 3-102-441605, modifica las cláusulas del pacto social relativas al domicilio e incluye cuenta de correo electrónico, a la administración y elimina cargo de agente residente. San José, 8 mayo 2026. Rita María Calvo González, Notaria Pública. Publicar por una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Documento no sujeto a un plazo legal.—1 vez.—( IN202601070164 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 217 visible a folio 90 frente del tomo 9, otorgada a las 19:00 horas del 14 de Abril del 2026, se protocoliza el acta Número 18 de Asamblea de socios Extraordinaria de la entidad denominada “INMOBILIARIA PETCAFBELEN SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número: tres- ciento uno- doscientos ochenta y siete mil ochocientos sesenta y siete, en la que se acuerda hacer los siguientes nombramientos: SECRETARIO: y TESORERA; asimismo acuerdan por unanimidad, incorporar en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597 el correo electrónico habilitado: petcafbelen@gmail.com. Heredia, 28 Abril del 2026.-Notario Pública. Jesika Alfaro Delgado, cédula 2-0517-0062.—1 vez.—( IN202601070168 ).

Ante esta notaría, por escritura número 275 de las 14:20 horas del 28 de abril de 2026, del tomo 20, se protocolizó la solicitud de inscripción de correo electrónico de la siguiente sociedad: CORPORACION BETTY DEL CARIBE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica: 3-101-770916 Limon, 28 de abril de 2026. Lic. Northon Allen White, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070169 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos veintisiete, visible al folio ciento ochenta y dos, del tomo ocho, a las ocho horas del dieciséis de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Jorge Acon Sánchez, quien es representante legal de las sociedades TRES- CIENTO UNO- OCHOCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ochocientos dos mil setecientos noventa y siete, ACOSAN LIMONENSE S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- doscientos tres mil novecientos treinta y TRES- CIENTO DOS- OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS SRL., con cédula de persona jurídica número igual que el nombre, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a las ocho horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis.—Licda. Sigrid Lorz Ulloa Notario Público.—1 vez.—( IN202601070170 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 65 iniciada al folio 45 frente del tomo 34, a las 14:35 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Rafael Augusto Vivas Torres, cédula número 186200321326, representante legal de Grupo Vivas S. A., cédula jurídica 3-101-608383, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 28 de abril de 2026. Lic. Adolfo Rojas Breedy. Notario.—1 vez.—( IN202601070171 ).

Ante mi Hazel Sancho González, comparece ESTEBAN CORDERO ALFARO, cédula 1-1111-0665, en representación de DESARROLLO INMOBILIARIO CORAL S. A., cédula jurídica 3-101-659485, solicita al Registro Nacional, Sección Personas Jurídicas, se agregue en el pacto constitutivo de su representada en la cláusula del Domicilio: Se establece para recibir notificaciones el siguiente: sociedad DESARROLLO INMOBILIARIO CORAL S. A., el correo electrónico loftcoral@outlook.com.- Es todo, Heredia, veintiún horas veinticinco minutos del once de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Hazel Sancho González.—1 vez.—( IN202601070172 ).

Ante mí, Hazel Sancho González, comparece Esteban Cordero Alfaro, cédula 1-1111-0665, en representación de LIV FF Veintinueve S. A., cédula jurídica 3-101-783205, y de Lagos Naturales de Hooligan S. A., cédula jurídica 3-101-455447, solicita al Registro Nacional, Sección Personas Jurídicas, se agregue en el pacto constitutivo de cada una de sus representadas en la cláusula del Domicilio: Se establece para recibir notificaciones el siguiente: sociedad LIV FF Veintinueve S. A. el correo electrónico esteban.cordero.alfaro@gmail.com y en Lagos Naturales de Hooligan S. A. el correo electrónico esteban.cordero.alfaro@gmail.com.—Es todo.—Heredia, veintiún horas diez minutos del once de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Hazel Sancho González.—1 vez.—( IN202601070173 ).

Ante mí, Hazel Sancho González, comparece Esteban Cordero Alfaro, cédula 1-1111-0665, en representación de CONDOMINIO LIV CINCUENTA Y DOS FF TREINTA ALFA S. A., cédula jurídica 3-101-779737, y de NOVENA SOLEARCA S. A., cedula jurídica 3-101-373703, solicita al Registro Nacional, Sección Personas Jurídicas, se agregue en el pacto constitutivo de cada una de sus representadas en la cláusula del Domicilio: Se establece para recibir notificaciones el siguiente: sociedad CONDOMINIO LIV CINCUENTA Y DOS FF TREINTA ALFA S. A., el correo electrónico esteban.cordero.alfaro@gmail.com y en NOVENA SOLEARCA S. A. el correo electrónico esteban.cordero.alfaro@gmail.com. Es todo.—Heredia, veintiún horas veinte minutos del once de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Hazel Sancho González.—1 vez.—( IN202601070174 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 62 iniciada al folio 43 vuelto del tomo 34, a las 14:20 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Rafael Augusto Vivas Torres, cédula número 186200321326, representante legal de Condominio Altro Sabana S. A., cédula jurídica 3-101-750825, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 28 de abril de 2026. Lic. Adolfo Rojas Breedy. Notario.—1 vez.—( IN202601070175 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número treinta y siete, visible al folio veintinueve frente, del tomo undécimo, a las diez horas del siete de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante Legal de las sociedades Marval LLCC Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres- ciento uno- siete siete siete ocho uno uno, Arconsa Constructora Sociedad Anónima, cedula de jurídica número tres- ciento uno- cuatro nueve cero nueve tres seis, El Valle Chrisale Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres- ciento uno- siete siete siete ocho tres siete y Sanitek INC Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- seis ocho cero uno siete cero, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Orotina, a las nueve horas del ocho de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Julio Sandoval Alfaro, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070181 ).

Mediante escritura cuarenta y uno, del tomo once de mi protocolo, el suscrito Notario protocolizó el acta tres de Asamblea General Extraordinaria de la sociedad denominada El Valle Chrisale Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-777837, mediante la cual se modifica la Junta Directiva.—Lic. Julio Sandoval Alfaro, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070182 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número treinta y ocho, visible al folio veintinueve vuelto, del tomo undécimo, a las diez horas treinta minutos del siete de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante Legal de las sociedades El Llano La Cruz ELC Sociedad de Responsabilidad Limitad, cedula jurídica número tres- ciento dos- siete nueve seis siete nueve nueve, Tres- Ciento Dos- Nueve tres uno tres cuatro seis Sociedad de Responsabilidad Limitad, cedula de jurídica número tres- ciento dos- nueve tres uno tres cuatro seis y Guana Viajes GV Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno- siete cero cuatro tres cinco cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Orotina, a las nueve horas treinta minutos del ocho de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Julio Sandoval Alfaro. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070183 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número treinta y nueve, visible al folio treinta frente del tomo undécimo, a las once horas del siete de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de los Representantes Legales de la sociedad C & S Candilejas Sociedad de Responsabilidad Limitad, cedula jurídica número tres- ciento dos- siete nueve seis nueve tres ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Orotina, a las diez horas del ocho de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Julio Sandoval Alfaro. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070184 ).

Ante esta Notaría, escritura otorgada en La Suiza de Turrialba, a las trece horas del veintisiete de marzo del año dos mil veintiséis, Chema Campos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos treinta y tres mil doscientos diecisiete, indica la cuenta de correo electrónico: josefmcampos@yahoo.com siendo válido para efectos de notificaciones administrativas y judiciales.—Licda. Andrea Carmona Coto, Notario.—1 vez.—( IN202601070185 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CATORCE, visible al folio ONCE FRENTE, del tomo treinta y dos, a las dieciocho horas quince minutos, del veintitrés de abril, se presentó solicitud por parte de JUAN MORALES BLANCO de la sociedad TRES- CIENTO UNO- OCHO CERO TRES CERO DOS CINCO, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ocho cero tres cero dos cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las seis horas diez minutos del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Lic. Ana Luisa Jiménez Quirós. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070187 ).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las doce horas con cuarenta minutos del cinco de mayo de dos mil veintiséis, la sociedad GRUPO HERMANOS MURILLO BENAVIDES SOCIEDAD ANONIMA, cédula de personería jurídica número TRES – CIENTO UNO – SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO, solicita la inscripción de correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Lauren Arleth Rodríguez Castro.—1 vez.—( IN202601070188 ).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las doce horas con veinte minutos del cinco de mayo de dos mil veintiséis, la sociedad Natural Ornamental de San José, Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica número tres – ciento uno – ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos cuatro, solicita la inscripción de correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San José, cinco de mayo de dos mil veintiséis.—Licda. Lauren Arleth Rodríguez Castro.—1 vez.—( IN202601070189 ).

Se hace constar que, mediante escritura número sesenta y cinco otorgada a las 17:00 hrs del siete de mayo del 2026, ante la Notario Público Marianela Carvajal Carvajal, compareció la apoderada generalísima de la sociedad WIMBLU MEDIA, LIMITADA, cédula de persona jurídica número 3-102-781272 y solicitó la inclusión del correo electrónico en la cláusula del domicilio social de conformidad con la ley diez mil quinientos noventa y siete.—San José, siete de mayo de dos mil veintiséis.—Marianela Carvajal Carvajal, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070190 ).

Publicación del Edicto de reforma de los estatutos y nombramiento de Junta Directiva y representación de la asociación ASOCIACIÓN CULTURAL ARTE Y CIRCO, con cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-seis uno ocho dos seis dos.—San José, cuatro de mayo de 2026.—Lic. Laura Carvajal Ramírez.—1 vez.—( IN202601070191 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 283-17, visible al folio 177 frente del tomo 17 a las 11:10 del 29 de ABRIL DEL 2026, se protocoliza acta de la empresa GRUPO DR SERVICIOS MÚLTIPLES SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica tres - uno cero uno - siete cero cero seis cuatro siete. Mediante la cual, se modifica la cláusula octava de la Junta Directiva, del pacto constitutivo.—San Isidro de Peñas Blancas, San Ramón, Alajuela, 29 de abril del 2026.—Licda. Viviana Villalobos Campos.—1 vez.—( IN202601070192 ).

Ante esta notaría mediante escritura de las diecinueve horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis se solicita por parte de la sociedad: ROCK INC OF COSTA RICA S. A. la inclusión de su correo electrónico oficial: mbm.construction@hotmail.com San José, treinta de abril del dos mil veintiséis. ALFREDO GALLEGOS VILLANEA, NOTARIO.—1 vez.—( IN202601070193 ).

Ante esta notaría, por escritura doscientos diez, del tomo dieciséis, se presentó solicitud por parte de la sociedad AVICOLA HERMANOS RAMIREZ ZUMABDO SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos noventa y ocho mil quinientos cincuenta y siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. CAROLINA MORA SOLANO. Notaria Pública. Tel. 25890674.—1 vez.—( IN202601070195 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 358 visible al folio 196 del tomo 39, a las 08 horas del 20 de abril el año 2026; se presentó solicitud por parte del Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada 3-101-781876 SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número: 3-101–781876, domiciliada en Heredia, Santa Barbara, Santa Barbara, del Palacio Municipal cien metros norte y cien metros oeste, local Rectificación Carvajal; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Ciudad de Heredia, a las 10 horas 30 minutos del día 03 del mes de abril del año 2026. Licda. Julieta López Sánchez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070196 ).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las nueve horas, del día veintiocho de abril de dos mil veintiséis, la OSA CAPITAL DEL SUR, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-novecientos veintiséis mil ochocientos diecisiete solicitó la inscripción de correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San José, veintinueve de abril de dos mil veintiséis.—Lic. Andrea Castro Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070197 ).

Ante esta notaría mediante escrituras de las diez horas y diez horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis se solicita por parte de las sociedades: MC HAMISH ENTERPRISE S.R.L. y CHARDONNAY ESTE S.R.L. la inclusión de sus correos electrónicos oficiales, respectivamente: dmclaren86@gmail.com y cr.fmm@outlook.com. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. ALFREDO GALLEGOS VILLANEA, NOTARIO.—1 vez.—( IN202601070198 ).

Se hace constar que mediante escritura número cinco otorgada a las catorce horas del veintisiete de abril del dos mil veintiséis, ante la Notario Público Carla Baltodano Estrada, compareció la apoderada generalísima de la sociedad ZAFIRO AZUL ESTRELLA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- trescientos seis mil cuatrocientos cuarenta y tres, y solicito la inclusión del correo electrónico en la cláusula del domicilio social de conformidad con la ley diez mil quinientos noventa y siete. San José, seis de mayo de dos mil veintiséis. 1 vez. Carla Baltodano Estrada. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070199 ).

Mediante escritura número 107, del tomo 11, a las 15:45 del 28 de abril del año 2026, por medio de la cual la representante legal de la sociedad ADVENTURE LAND CORP SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica número 3-102-772423, solicita incorporar un correo electrónico a la información de la sociedad. Playas del Coco, a los 04 días del mes de mayo del dos mil veintiséis. Licda. ROSA MARIA GARCIA SOSSA, Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601070200 ).

La empresa TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS TRECE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO TREINTA Y DOS MIL VEINTIOCHO S.R.L, cédula jurídica número: tres – ciento dos – ochocientos trece mil novecientos treinta y cuatro, informa a los interesados y socios: PRIMERO: Se acuerda incluir en registro mercantil de sociedades para efecto de notificaciones el correo electrónico: sanantonio422@hotmail.com, es todo LIC. JORGE CHACON VILLALOBOS.—1 vez.—( IN202601070201 ).

Ante esta notaria, mediante escritura número trece – cuarenta y uno, visible a folio veinte frente del Tomo cuarenta y uno, al ser las nueve horas del día cinco de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de SANCHEZ MORALES Y ASOCIADOS, sociedad anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-328149, para incorporar un correo electrónico como medio de notificación para atender notificaciones judiciales y administrativas conforme a la Ley número quinientos diez mil quinientos noventa y siete. Heredia, siete de mayo del año 2026. Lic. Laura Patricia Alvarado Peñaranda. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070202 ).

RED RIVER RELATIVES LLC LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-933344, hace constar que mediante acta de asamblea de Cuotistas, celebrada en su domicilio social a las 15:00 horas del 27 de febrero del 2026, se acordó incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, lo anterior de conformidad a la Ley número 10597. Playa Tamarindo, 29 de abril del 2026. Notario Público. Jose Antonio Silva Meneses, cédula 1-1082-0529.—1 vez.—( IN202601070204 ).

Por escritura otorgada ante mí, se solicita incluir correo electrónico de Inversiones Mejias Cubero de Orotina R.M. S. A. Orotina, a las 09:00 horas del 04 de mayo, 2026. Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.—( IN202601070205 ).

En esta notaría compareció Luis Alfonso Zamora Vargas, en representación de 3-101-710259 SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3–101-710259 y asignó el correo correo: elbodegon999@gmail.com ante el Registro Nacional como medio oficial para recibir notificaciones judiciales y extrajudiciales .—Lic. Carlos Chaves Leitón.—1 vez.—( IN202601070206 ).

Mediante escritura 159-21 se modificó cláusula 9 y 2 del pacto constitutivo de EL POLLO DE ORO DEL NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA. Licda. Laura Patricia Charpentier Soto, Notaria Pública para que publique el edicto de ley.—1 vez.—( IN202601070207 ).

La empresa TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO S.R.L, cédula jurídica número:: tres – ciento dos – ochocientos cuarenta y nueve mil quinientos setenta y cuatro, informa a los interesados y socios: PRIMERO: Se acuerda incluir en registro mercantil de sociedades para efecto de notificaciones el correo electrónico: sanantonio422@hotmail.com, es todo LIC JORGE CHACON VILLALOBOS.—1 vez.—( IN202601070208 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y cuatro visible al folio cincuenta y dos frente del tomo dos , a las veinte horas del veintidós de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte del Gerente uno con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad ML LA PAZ AVIATECH SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ,cédula jurídica tres ciento dos – nueve tres cuatro siete cuatro nueve para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cristo Rey a las diecisiete horas y treinta y cinco minutos del día veinticuatro del mes de abril del año dos mil veintiséis . Licenciada María Fernanda Jiménez Padilla Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601070209 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día once de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada ARAGOSTA SOCIEDAD ANONIMA, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: veronica@oceanablue.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070211 ).

.,Por escritura otorgada ante esta Notaría a las diez horas quince minutos del veintisiete del mes de abril del año dos mil veintiséis, se registró el correo electrónico KIRSTEN.WERINKDEWITTE@GMAIL.COM de la sociedad TRES- UNO CERO UNO- SIETE SIETE CUATRO OCHO OCHO SEIS SOCIEDAD ANONIMA con cédula jurídica 3-101- 774886 como medio oficial para recibir notificaciones judiciales y administrativas, medida implementada a partir del 4 de junio del 2025,.- Arenal, cuatro de mayo del 2026.- Notario: GONZALO MURILLO ALVAREZ. -23158.—1 vez.—( IN202601070212 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas del día once de mayo de dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada Cabuya Cherokee, S.A, donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070213 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día once de mayo de dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada DULCE VERDE TROPICAL DEL PACIFICO, S.A, donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070214 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día once de mayo de dos mil veintiséis, donde se protocolizan acuerdos de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Cabuya Suwanee, S.A donde de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente y se acuerda modificar la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Michael Steven Rojas Vargas.—1 vez.—( IN202601070215 ).

Por escritura otorgada hoy ante mi, la compañía TREINTA DE NOVIEMBRE ARJLA S. A., cédula jurídica 3-101-411901, incluye un correo electrónico conforme a la Ley número 10597, y reforma la cláusula de la administración. San José, 29 de abril del 2026. Publicar una vez. Lic. Esteban Matamoros Bolaños, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070216 ).

Mediante asamblea de accionistas de “ FASSIDEN SOCIEDAD ANONIMA “ titular de la cédula jurídica TRES - CIENTO UNO – CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CATORCE, se hace la inclusión del correo para notificaciones en la sociedad de acuerdo a la ley número diez mil quinientos noventa y seis, otorgada ante la Licenciada María del Milagro Ugalde Víquez, en San Juan Sur, Poás, Alajuela, a las diez horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070218 ).

Ante esta Notaria doy fe que el día veintiocho de abril del dos mil veintiséis, mediante la escritura número TRESCIENTOS - TOMO UNO, en esta notaria se apersona el presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad: SOCIEDAD IMPORTADORA BARAKE IBCR SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres- uno cero uno- ocho cero cuatro nueve tres cuatro a solicitar la inscripción de correo electrónico, el cual sería cangurodeliverycr@gmail.com. Es todo. Licda. Fanny Gabriela Prado Garro. Carné 29669.—1 vez.—( IN202601070219 ).

En mi Notaría, a las 15:30 horas del 23 de marzo del 2026, en escritura pública 24-6, Tres - Ciento uno – Siete Cero Cinco Ocho Seis Cinco Sociedad Anónima. incluye correo electrónico para notificaciones. Lic. Dennis Pineda Soto. Heredia Notario Público. 04 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601070220 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 46, visible al folio 31 vuelto, del tomo 3, a las 10 horas 15 minutos del 23 de abril del 2026, se presentó solicitud por parte de Daniel Alcazar de la Torre en su condición Secretario con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la entidad denominada 3-101-641376 Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-641376 , para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, según hora y fecha del certificado de firma electrónica. – Licda. Penélope Vindas Alfaro. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070221 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del veintiuno del mes de abril del año dos mil veintiséis, se registró el correo electrónico barbaraolpinska@gmail.com de la Sociedad Our Shadows Place Sociedad Anónima con cédula jurídica 3-101-751351 como medio oficial para recibir notificaciones judiciales y administrativas, medida implementada a partir del 4 de junio del 2025.—Arenal, cuatro de mayo del 2026.—Gonzalo Murillo Álvarez, Notario, 23158.—1 vez.—( IN202601070222 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y cuatro, visible al folio ciento y cuatro, del tomo uno, a las catorce horas y cincuenta minutos del cuatro de julio de dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de Guisselle María Jiménez Retana, conocida como Guisselle María Jensen, en condición de secretaria con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma de la sociedad INVERSIÓN INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres - ciento uno - ciento diez mil setecientos setenta y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Santa Cruz, quince horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Maurice Francis Ghesquiere Briceño.—1 vez.—( IN202601070223 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 61 iniciada al folio 43 vuelto del tomo 34, a las 14:15 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Rafael Augusto Vivas Tarroes, cédula número 186200321326, representante legal de Condominio Altavista Heredia S. A., cédula jurídica 3-101-597702, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 28 de abril de 2026. Lic. Adolfo Rojas Breedy. Notario.—1 vez.—( IN202601070224 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las quince horas cuarenta minutos del veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis, se registró el correo electrónico SUPPORT@TEMPHOMESOLUTION.COM de la sociedad J F MARIMONTE INVESTMENT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con cédula jurídica 3-102- 861138 como medio oficial para recibir notificaciones judiciales y administrativas, medida implementada a partir del 4 de junio del 2025,.- Arenal, cuatro de mayo del 2026.- Notario: GONZALO MURILLO ALVAREZ. -23158.—1 vez.—( IN202601070225 ).

Por escritura número ciento siete, otorgada ante la Notaria Pública, LIGIA RODRIGUEZ MORENO, de las ocho horas quince minutos del veintisiete de abril el dos mil veintiséis, Se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada REMODELACIONES Y ELECTRICIDAD FLORES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, domiciliada en Cartago, La Union, Barrio San Francisco, Concepcion de Tres Rios, doscientos metros este de la pulpería sindy, con cédula jurídica número: TRES- CIENTO DOS- SIETE UNO SIETE OCHO TRES OCHO, veintinueve de abril del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070226 ).

Por escritura otorgada ante mí, doscientos siete – diez, visible a folio ciento veintinueve vuelto del tomo diez de mi protocolo, a las catorce horas del treinta de abril de dos mil veintiséis, las sociedad PACIFIC TRANSMEDICAL SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento uno - setecientos cincuenta y tres mil setecientos diez, modifica clausula sexta del pacto constitutivo y para establecer el correo electrónico como medio de notificación se establece el correo electrónico: avasulorganico@gmail.com.—Grecia, treinta de abril de dos mil veintiséis.—Notaria: Aldy Alfaro Di Bella.—1 vez.—( IN202601070227 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las quince horas cincuenta minutos del veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis, se registró el correo electrónico SUPPORT@TEMPHOMESOLUTION.COM de la sociedad MADINA ARACARI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con cédula jurídica 3-102- 805344 como medio oficial para recibir notificaciones judiciales y administrativas, medida implementada a partir del 4 de junio del 2025,.- Arenal, cuatro de mayo del 2026.- Notario: GONZALO MURILLO ALVAREZ. -23158.—1 vez.—( IN202601070228 ).

Mediante asamblea de accionistas de “NUÑEZ Y UGALDE DE POAS SOCIEDAD ANONIMA “titular de la cédula jurídica TRES - CIENTO UNO – DOSCIENTOS DOCE MIL SETENTA, se hace la inclusión del correo para notificaciones en la sociedad de acuerdo a la ley número diez mil quinientos noventa y seis, otorgada ante la Licenciada María del Milagro Ugalde Víquez, en San Juan Sur, Poás, Alajuela, a las diez horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070230 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento treinta, de las once horas con quince minutos del treinta de abril de dos mil veintiséis, visible al folio ciento treinta y siete frente del tomo dos del protocolo de la suscrita Notaria Pública, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de Villa Zest Llc Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos noventa y dos mil ochocientos cuarenta y seis, mediante la cual se acordó reformar la cláusula segunda conforme con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, treinta de abril del dos mil veintiséis.—Licda. María Mercedes Vargas Monge.—1 vez.—( IN202601070232 ).

Ante esta notaría, a las once horas del día catorce de abril del año dos mil veinticuatro, mediante escritura número doscientos sesenta y uno, visible al folio ciento treinta y ocho vuelto del tomo ciento tres, se otorgó solicitud por parte del Presidente, Juan Carlos Zuñiga Rodríguez, cédula uno-cero novecientos dos-cero cuatrocientos cinco, de AGROCOMERCIAL DOÑA LUISA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil novecientos cuarenta, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—Ciudad de Guácimo, Limón, a las diez horas con cincuenta y cinco minutos del día veintinueve de abril del año dos mil veintiséis.—Licda. Odilíe Cubero Monge, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070233 ).

Ante esta Notaria, por escritura numero ciento ochenta y ocho otorgada a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de abril de dos mil veintiséis se protocolizo acta de Asamblea de socios cuotistas de Solumonty Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres- ciento dos- ochocientos ocho mil cuatrocientos sesenta y tres y domicilio social en Cóbano de Puntarenas, Incluye correo electrónico en su domicilio social y nombra Apoderado Generalísimo. Cobano, veintinueve de abril de dos mil veintiséis. Licenciada Patricia Frances Baima.—1 vez.—( IN202601070234 ).

Mediante escritura ochenta y seis del tomo 18° iniciada al folio 32 vuelto, del protocolo del notario Enrique Corrales Barrientos, la sociedad por su NÚMERO DE CEDULA. Tres – ciento dos – nueve tres dos ocho cuatro uno SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-932841 mando a incluir el respectivo correo electrónico, Notario Enrique Corrales Barrientos, San Vito, 04 de MAYO del 2026.—1 vez.—( IN202601070235 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 69 iniciada al folio 46 vuelto del tomo 34, a las 14:55 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Rafael Augusto Vivas Torres, cédula número 186200321326, representante legal de Uruka Point S. A., cédula jurídica 3-101-736963, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 28 de abril de 2026. Lic. Adolfo Rojas Breedy. Notario.—1 vez.—( IN202601070236 ).

Ante esta notaría mediante escritura número 67 otorgada a las 12:00 horas del día 20 del mes de abril del año 2026, del tomo 27 del conotario Norman Leslie de Pass Ibarra, se protocolizó Acta de Asamblea General de Socios de la compañía BGMCR HOLDINGS LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos – novecientos diez mil ciento treinta y seis, mediante la cual se acordó reformar los estatutos sociales. Heredia, 04 del mes de mayo del año 2026. Katherine González Medina, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070237 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 66 otorgada a las 11:30 horas del día 20 del mes de abril del año 2026, del tomo 27 del conotario Norman Leslie de Pass Ibarra, se protocolizó Acta de Asamblea General de Socios de la compañía Tres-Ciento Dos-Ochocientos Noventa y Nueve Mil Seiscientos Cincuenta y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres- ciento dos-ochocientos noventa y nueve mil seiscientos cincuenta y ocho, mediante la cual se acordó reformar los estatutos sociales.—Heredia, 04 del mes de mayo del año 2026.—Katherine González Medina, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070239 ).

La empresa TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS S.R.L., cédula jurídica número: tres – ciento dos – ochocientos ocho mil novecientos veintiséis, informa a los interesados y socios: PRIMERO: Se acuerda incluir en registro mercantil de sociedades para efecto de notificaciones el correo electrónico: andreslopezro375@gmail.com. Es todo. LIC. JORGE CHACON VILLALOBOS.—1 vez.—( IN202601070240 ).

Por escritura número 13-04 otorgada ante el Notario Público, Andrés Adolfo Villalobos Hidalgo de las dieciséis horas del 23 de abril del 2026, i-) Se otorga Poder Generalísimo limitado para presentar declaraciones RTBF. ii-) Se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada sociedad CASA BELLA DE MONSERRAT C B M DIECISIETE DE TRES RIOS SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica: 3101567749, celebrada a las 18 horas del día 22 de abril del 2026, en domicilio social: San José, San José, Barrio México, frente a Laboratorios Ancla, casa número 1568. San José, 29 de abril del 2026. Lic. Andrés Adolfo Villalobos Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070241 ).

Que por escritura número 101 visible a folio 98 frente del tomo 35 se solicitó incluir el correo electrónico eduardo@avlegalfirm.com y se modificó la cláusula segunda del pacto social a la empresa Sammy on the Mountain SRL, cédula jurídica 3-102-524166. Notario Lic. Eduardo Abarca Vargas. Uvita de Osa, 4 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601070242 ).

1 Ante esta notaría pública, mediante escritura número 137, visible al folio 73, del tomo 6, a las 11 horas 30 minutos, del 04 de mayo del 2026, actuando en connotariado con la Licda. Julieta López Sánchez, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad JAC ELEVEN ELEVEN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número 3-102- 875872, por la cual se disolvió dicha sociedad mediante acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Heredia, a las 12 horas del día 04 del mes de mayo del año 2026. Licda. Marta Viviana Corrales Trejos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070243 ).

Que por escritura número 100 visible a folio 96 vuelto del tomo 35 se solicitó incluir el correo electrónico eduardo@avlegalfirm.com y se modificó la cláusula segunda del pacto social a la empresa YOUNG LIFE PROPERTIES SRL, cédula jurídica 3-102-676760. Notario Lic. Eduardo Abarca Vargas. Uvita de Osa, 4 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601070244 ).

Mediante escritura número nueve, de las 15 horas del dos de marzo de 2026 protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Guardianes de la Fauna GF Veintinueve S. A., en la que se modificó el pacto constitutivo de la sociedad incluyéndose en el mismo el correo electrónico renecoste07@gmail.com para atender notificaciones de la compañía.—San José, 11 de marzo de 2023.—Notario Público Armando Ayala Wolter.—1 vez.—( IN202601070245 ).

Mediante escritura número ocho de las 14 horas 50 minutos del dos de marzo de 2026 protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Finca de La Fauna S. A. en la que se modificó el pacto constitutivo de la sociedad incluyéndose en el mismo el correo electrónico renecoste07@gmail.com para atender notificaciones de la compañía. Notario Público Armando Ayala Wolter. San José, 11 de marzo de 2023.—1 vez.—( IN202601070246 ).

Yo, José Pablo Morales Núñez, debidamente autorizado, protocolicé una Asamblea General Extraordinaria de accionistas de la sociedad “TRES - CIENTO DOS - NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” con cédula jurídica tres - ciento dos - novecientos cuarenta y ocho mil ochocientos sesenta y ocho, en la cual se decide nombrar un nuevo puesto de SUB GERENTE, y reforma de representantes de la sociedad. Guápiles, cuatro de mayo dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070247 ).

Por escritura número 92, otorgada ante la suscrita Notaria, a las 19 hrs. del 11 de mayo del 2026, la Presidenta de la Junta Directiva de “TELSOLCR S. A.” solicita al Registro de Personas Jurídicas la inscripción de su correo electrónico. Publíquese 1 vez y no sujeto a plazo legal. San José, 11 de mayo del 2026. Licda. Laura Mayela Morales Alfaro.—1 vez.—( IN202601070251 ).

Que por escritura número 100 visible a folio 96 vuelto del tomo 35 se solicitó incluir el correo electrónico eduardo@avlegalfirm.com y se modificó la cláusula segunda del pacto social a la empresa YOUNG LIFE MANAGEMENT SRL cédula jurídica 3102677834. Notario Lic. Eduardo Abarca Vargas. Uvita de Osa, 4 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601070252 ).

En mi notaría, por escritura número DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO – SEIS otorgada ante suscrito Notario Público, de las CATORCE horas del VEINTIOCHO DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTISEIS, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada CASA HEAL LIMITADA, CEDULA JURIDICA TRES – UNO CERO DOS – SIETE NUEVE CUATRO DOS CINCO CINCO, con domicilio en PROVINCIA PUNTARENAS, CANTON PUNTARENAS, DISTRITO COBANO, CASERIO SANTA TERESA , CALLE BUENOS AIRES, TRESCIENTOS METROS ESTE DE LA TORRE DEL ICE, CASA COLOR GRIS A MANO DERECHA, EN CASA HEAL, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. PUNTARENAS, CUATRO DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS. Lic. Francisco José Salas Agüero.—1 vez.—( IN202601070253 ).

Mediante escritura 299, de 08:00 horas del 28 de abril 2026, las sociedades FARMACIA SEXTA AVENIDA S.R.L., GMB SOFÍA S.R.L. y CALIMA HEREDIANA S. A. adicionan domicilio social en cuanto a reporte obligatorio de correo electrónico al Registro Mercantil.—Heredia, abril 29, 2026. Oscar José Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—( IN202601070254 ).

La suscrita Notaria hace constar que mediante escritura número doscientos noventa y ocho otorgada ante esta Notaría a solicitud la sociedad DISTRIBUIDORA VARELA MARTINEZ SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número tres- ciento uno- uno siete cero cero ocho siete solicita la inclusión de correo electrónico para dicha sociedad. Es todo. San José, veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Licda. Wendy Rivera Baez. teléfono 62327425.—1 vez.—( IN202601070255 ).

Mediante asamblea de accionistas de “EUROFLORES SOCIEDAD ANONIMA “ titular de la cédula jurídica TRES - CIENTO UNO – CINCUENTA MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO, se hace la inclusión del correo para notificaciones en la sociedad de acuerdo a la ley número diez mil quinientos noventa y seis, otorgada ante la Licenciada María del Milagro Ugalde Víquez, en San Juan Sur, Poás, Alajuela, a las diez horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070256 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y cuatro, visible al folio ciento y cuatro, del tomo uno, a las catorce horas y cincuenta minutos del cuatro de julio de dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de Guisselle María Jiménez Retana, conocida como Guisselle María Jensen, en condición de secretaria con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma de la sociedad CAJE PANAMÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno- mil ciento diez setecientos setenta y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Santa Cruz, quince horas y treinta minutos del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Maurice Francis Ghesquiere Briceño.—1 vez.—( IN202601070257 ).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 14:00 horas del 20 de abril de 2026, visible al folio treinta y dos frente, del tomo primero se presentó solicitud por parte del Representante Legal de (i) ALGEFISSA SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número 3-101-112215, (ii) INVERSIONES JUAN LEON GARCIA SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número 3-101-063734; (iii) JULGA, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número 3-101-22316; y (iv) GLOBAL FUEL, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número 3-101-258998; (las “Compañías”); para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro de mayo de 2026. Fabio Salas Chinchilla, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070258 ).

Que mediante escritura pública número doscientos diecinueve - cinco, otorgada ante esta notaría, en Cartago, a las diecinueve horas con veinte minutos del día veintiuno del mes de abril del año dos mil veintiséis, el representante legal de la sociedad FAJARDO Y GUERRERO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica 3-102-909683, solicita al Registro Nacional Sección Personas Jurídicas incluir el correo electrónico: ramirezycascantesrl@gmail.com como medio oficial para recibir notificaciones. Cartago, primero de mayo del 2026. Lic. Erick de Jesús Garita Zamora, Notario Público - carné 29550.—1 vez.—( IN202601070259 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y nueve- dieciséis, de las doce horas cuarenta y cinco minutos del trece de marzo de dos mil veintiséis, visible al folio setenta y nueve vuelto, del tomo dieciséis, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas de la Sociedad CANTARANA NORTE CIENTO CINCUENTA LTDA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos –ochocientos cincuenta y cinco mil trescientos veinticuatro, mediante la cual se acordó reformar la cláusula de la administración e incluir correo electrónico. Es todo.—San José, cuatro de mayo de dos mil veintiséis.—Licda. Helen Adriana Solano Morales.—1 vez.—( IN202601070260 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número veintinueve, visible al folio catorce frente tomo cuarto, de las doce horas treinta minutos del dieciséis de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Apoderado Generalísimo sin Limitación de suma de la sociedad INSTITUTO INTERNACIONAL BILINGÜE CORSASA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula: TRES- UNO CERO UNO- DOS DOS CERO CERO OCHO UNO, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Guápiles al ser las catorce horas del cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Javier Ernesto Camba Burguillos.Notario Público.—1 vez.—( IN202601070261 ).

Mediante asamblea de cuotistas de “ Electromecanica Electroarias y Alfatec Sociedad de Responsabilidad Limitada “ titular de la cédula jurídica tres - ciento dos – novecientos treinta y tres mil quinientos veintiuno, se hace la inclusión del correo para notificaciones en la sociedad de acuerdo a la ley número diez mil quinientos noventa y seis, otorgada ante la Licenciada María del Milagro Ugalde Víquez, en San Juan Sur, Poás, Alajuela, a las diez horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070263 ).

En escritura otorgada a las 11:15 horas del 21 de abril del 2026 ante esta notaría, se presentó solicitud por parte de La Ciénega, S. A., cédula jurídica 3-101-232779, para incorporar correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley 10.597. San José, 29 de abril del 2026. Licda. Francinie Quesada Cruz.—1 vez.—( IN202601070264 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y uno- dieciséis, de las trece horas quince minutos del trece de marzo de dos mil veintiséis, visible al folio ochenta y dos vuelto, del tomo dieciséis, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas de la Sociedad MUCHAS COSAS LTDA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos –ochocientos sesenta y dos mil doscientos cuarenta y cinco, mediante la cual se acordó reformar la cláusula de la administración e incluir correo electrónico. Es todo, San José, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Helen Adriana Solano Morales.—1 vez.—( IN202601070265 ).

Por escritura pública otorgada ante mí, a las doce horas del cinco de mayo de dos mil veintiséis, la sociedad ASESORIA Y CONSULTORIA DE NEGOCIOS ZAFARONIA SOCIEDAD ANONIMA, cédula de personería jurídica número TRES – CIENTO UNO – TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA UNO, solicita la inscripción de correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Lauren Arleth Rodríguez Castro.—1 vez.—( IN202601070266 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 63-20, visible del folio 123 vuelto al folio 124 vuelto del tomo 20, otorgada a las 08:00 horas del 1 de mayo del 2026, por la cual se protocolizan los Acuerdo de Acta de Asamblea General de Cuotistas Número Dos de la sociedad Carrell Enterprises LLC, S.R.L., mediante la cual se modifica la cláusula referente al domicilio y se consigna la actualización del medio de notificación a fin de actualizar el domicilio social conforme a la Ley N.10,597. Una vez. — La Ribera de Belén, Heredia, 1 de mayo del año 2026.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070267 ).

Mediante escritura número 66-20, otorgada ante el Notario Público Lawrence Shanahan Lobo, a las 11:00 horas del 8 de mayo del año 2026, por la cual se protocolizan los acuerdos de Acta de Asamblea General Extraordinaria Número 10 de la sociedad Inversiones Planeta del Pacífico, S. A. y se modifican la cláusula segunda referente al domicilio social e inclusión de correo electrónico, la cláusula sexta referente a la Administración, y se nombra una nueva Junta Directiva. Una vez.— Quepos, Puntarenas, 11 de mayo del año 2026.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070268 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 68-20, visible del folio 136 frente al folio 1237 vuelto, del tomo 20, otorgada a las quince horas treinta minutos del 8 de mayo del 2026, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas Nº5 de 3-102-936087, S.R.L., con cédula de persona jurídica 3-102-936087, mediante la cual se acordó reformar la cláusula Nº2 del pacto constitutivo, a fin de actualizar el domicilio social conforme a la Ley N.10,597. Una vez —Quepos, Puntarenas, 11 de mayo del año 2026.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070269 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 67-20, visible del folio 134 vuelto al folio135 vuelto, del tomo 20, otorgada a las once horas veinticinco minutos del 8 de mayo del 2026, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas Nº2 de Calidad de Vida CDV LLC, S.R.L., con cédula de persona jurídica 3- 102-857065, mediante la cual se acordó reformar la cláusula Nº2 del pacto constitutivo, a fin de actualizar el domicilio social conforme a la Ley N.10,597. Una vez — Quepos, Puntarenas, 11 de mayo del año 2026.—Lic. Lawrence Shanahan Lobo. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070270 ).

Por escritura pública número CIENTO CATORCE visible al tomo CINCO folio ciento veinte vuelto de mi protocolo, otorgada a las doce horas con treinta minutos del once de mayo del dos mil veintiséis, a solicitud del representante legal la sociedad DISTRIBUIDORA DISTRITAL COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, se procedió a incluir la cuenta de correo electrónico de dicha sociedad en cumplimiento con la Ley diez mil quinientos noventa y siete, se consigna para recibir notificaciones de las autoridades administrativas y jurisdiccionales el correo: botho@bsklegal.cr. San José, doce de mayo del dos mil veintiséis. Lic/ Notario. ALMA MONTERREY ROGERS.—1 vez.—( IN202601070272 ).

Por escritura pública número ciento doce, visible al tomo cinco folio ciento diecinueve frente de mi protocolo, otorgada a las nueve horas con treinta minutos del siete de mayo del dos mil veintiséis, a solicitud del representante legal de la sociedad GRAMALLA COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, se procedió a incluir la cuenta de correo electrónico de dicha sociedad en cumplimiento con la Ley diez mil quinientos noventa y siete, se consigna para recibir notificaciones de las autoridades administrativas y jurisdiccionales el siguiente correo: smh-gramalla@gramalla-web.com.—San José, siete de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Alma Monterrey Rogers, Notario.—1 vez.—( IN202601070273 ).

En mi notaría, mediante escritura doscientos veinticinco del tomo veinte de mi protocolo de las diecisiete horas del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis, se constituyó la sociedad anónima denominada Turriquesos Sociedad Anónima, con un capital social de quinientos mil colones y cuyo presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma es Yamil Leal Martínez, cédula uno-mil cientos seis-seiscientos siete. Notaria. Clarita María Solano Villalobos, carné 5317.—1 vez.—( IN202601070274 ).

La sociedad Tres-Ciento Dos-Ocho Seis Siete Cuatro Dos Nueve sociedad de responsabilidad limitada, con cédula jurídica número tres –ciento dos –tres –ciento dos – ocho seis siete cuatro dos nueve, procede a incluir correo electrónico para futuras notificaciones cumpliendo con lo establecido por ley 10597.—Eugenia Hernández Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—( IN202601070275 ).

La sociedad tres – ciento dos – seis siete cuatro cinco nueve cinco, sociedad de responsabilidad limitada, cédula jurídica número tres – ciento dos – seis siete cuatro cinco nueve cinco, procede a incluir correo electrónico para futuras notificaciones cumpliendo con lo establecido por ley 10597. Eugenia Hernández Gutiérrez . Notaria.—1 vez.—( IN202601070276 ).

Por escritura número 115 de las 15 horas del 25 de abril de 2026, la señora Guillermina Carpio, de un solo apellido en razón de su nacionalidad de los Estados Unidos de Norteamérica, en su condición de Presidente con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma con la representación judicial y extra judicial de la compañía Carpio y González del Sur, S. A., con cédula jurídica número uno- ciento uno- uno uno ocho cuatro tres uno, solicitó la incorporación de un correo electrónico en dicha sociedad, en cumplimiento a la Ley Nº 10597. Licda Clara Zúñiga Álvarez.—1 vez.—( IN202601070277 ).

Por escritura número 116 de las 11 horas del veintiocho de abril 2026, la señora Marcela Vanessa Sánchez Porras, en su condición de Gerente Dos con la representación judicial y extra judicial con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma de la compañía CENTRO INFANTIL DAMAR LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-771661, solicitó la incorporación de un correo electrónico en dicha sociedad, en cumplimiento a la Ley Nº 10597. Notaria: Licda Clara Zúñiga Álvarez.—1 vez.—( IN202601070278 ).

La sociedad tres – ciento dos – ocho seis siete cuatro dos nueve sociedad de responsabilidad limitada, con cédula jurídica número tres – ciento dos – ocho seis siete cuatro dos nueve procede modificar la cláusula correspondiente al agente residente de los estatutos de la sociedad. Eugenia Hernández Gutierrez . notaria.—1 vez.—( IN202601070279 ).

La sociedad tres – ciento dos – ocho seis siete cuatro dos nueve sociedad de responsabilidad limitada, con cédula jurídica número tres – ciento dos – ocho seis siete cuatro dos nueve procede modificar la cláusula correspondiente al agente residente de los estatutos de la sociedad según ley 10597. Eugenia Hernández Gutiérrez . Notaria.—1 vez.—( IN202601070280 ).

Mediante escritura otorgada en mi Notaría hoy once de mayo del año dos mil veintiséis, se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número 10.597 en las siguientes sociedades: I. OBLIQUE NETWORKS LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- novecientos ocho mil ochocientos treinta y nueve, II. ALAPSA A Y P SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres ciento uno- doscientos noventa y cuatro mil quinientos dieciséis, III CABLELINK SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica tres- ciento uno- doscientos noventa mil novecientos cuarenta y siete, todas con domicilio en San José, al correo ariaslao@gmail.com , y las sociedades IV. SOCIEDAD GASOLINERA LIMITADA, con cédula jurídica número: Tres-ciento dos -cero cero seis mil cuatrocientos quince y V. DISTRIBUIDORA DE REPUESTOS MUÑOZ Y MUÑOZ, con cédula jurídica tres- ciento uno- seis cinco cinco siete uno, con domicilio en San José, al correo electrónico munozale70@hotmail.com, , a la hora y la fecha que se indica en mi firma digital puesta en este documento. Publicación de 1 vez. LIC DIEGO VARGAS GOULD. NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601070281 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 13:30 horas del 04 de mayo de 2026, donde el Representante Legal con facultades suficientes para este acto, de la sociedad denominada 3-101-518039 S.A., cédula jurídica 3-101-518039, solicita al registro de personas juridicas, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y la Directriz “DPJ-cero cero dos dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas”, la inclusión del siguiente correo electrónico para la atención de notificaciones de la Compañía: “acafo@hotmail.com”.—San José, 06 de mayo de 2026.—Lic. Laura Castro Conejo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070282 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 14:00 horas del 04 de mayo de 2026, donde el Representante Legal con facultades suficientes para este acto, de la sociedad denominada 3-102-892694 S.R.L., cédula jurídica 3-102-892694, SOLICITA AL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y la Directriz “DPJ-cero cero dos dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas”, la inclusión del siguiente correo electrónico para la atención de notificaciones de la Compañía: “acafo@hotmail.com” San José, 06 de mayo de 2026. Lic. Laura Castro Conejo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070287 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 176 visible al folio 186 vuelto del tomo 18, a las 08:00 horas del 27 de abril del 2026; se presentó solicitud por parte de la APODERADO GENERALISIMO de la sociedad NELSON DE LA CRUZ E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101-305318, modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, 27 de abril del 2026. Lic. Guido Sánchez Canessa. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070288 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número uno-sesenta y siete del tomo uno de mi protocolo, a las diecinueve horas cuarenta minutos del diez de mayo del dos mil veintiséis., se presentó solicitud por parte del Representante Legal de “ACICATE DE PRIMERO SOCIEDAD ANONIMA” con la cédula de persona jurídica número tres–ciento uno–quinientos siete mil ciento noventa y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las seis horas del día doce del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Francisco Vega Salazar. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070290 ).

Por escritura número CINCUENTA Y DOS, otorgada ante esta Notaria a las dieciséis horas del treinta de abril del año dos mil veintiséis, comparece el señor FRANCISCO BENJAMIN (nombres) DALMAU CHIRIBOGA (apellidos), de nacionalidad italiana, mayor de edad, casado, Gerente comercial, vecino de San José, Mata Redonda, portador del documento de identidad migratorio para extranjeros número: uno dos uno ocho cero cero dos cero nueve seis dos cuatro, en su condición de Secretario, con facultades de Apoderado generalísimo sin límite de suma, pudiendo actuar individualmente, de la empresa: CEDI EL COYOL CF SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-setecientos dieciocho mil ochocientos setenta, con domicilio en Alajuela, Alajuela La Garita, El Coyol, Zona Industrial, al costado norte de InduPark y solicita la inclusión de un correo electrónico para notificaciones de la sociedad. Es todo. San José, cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. ROBERTO RUFFIN MURILLO.—1 vez.—( IN202601070291 ).

Por escritura número cuarenta y dos, otorgada ante esta notaría, a las siete horas del cuatro de febrero del dos mil veintiséis, se incluye el correo electrónico gilchavz@gmail.com, en el acta constitutiva de la sociedad TRES CIENTO DOS NOVECIENTOS VEINTIÚN MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres-ciento-dos-novecientos-veintiún-mil-ciento-cuarenta-y-siete, lo anterior en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Alajuela, cuatro de febrero del dos mil veintiséis.—Lic. Carlos Luis Esquivel González, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070292 ).

Mediante escritura 6, otorgada ante esta Notaría a las 17 horas del 24 de abril del año 2026, se constituye la sociedad MARSARO PROJECTS SOCIEDAD CIVIL. San Antonio de Belén, 4 de mayo del 2026.–Licda. JOSEFINA APUY ULATE, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070293 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos veintiséis, visible al folio ciento cincuenta y ocho frente, del tomo segundo, a las catorce horas treinta minutos del día treinta del mes de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó acuerdo de Acta de Asamblea de socios de las sociedades TRES - CIENTO UNO - SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS QUINCE SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número tres – ciento uno – setecientos noventa y tres – novecientos quince, y MAGNA TRADE INTERNATIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres - ciento uno -novecientos trece mil seiscientos siete, donde se acuerda modificar la Cláusula segunda del domicilio social, y para incorporar un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, treinta de abril de dos mil veintiséis. Licda. Ivette del Valle Meza Ortega. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070295 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 69, iniciada a folio 41 vuelto, del tomo 26, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad Transportes Tacho S.A., cédula 3-101-274807, para incorporar el correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la Ley número 10597. Palmares, Alajuela, 08 de mayo del 2026. Lic. Roberto Vargas Mora. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070296 ).

Mediante escritura pública. COMERCIALIZADORA DAZAP SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres - ciento uno – doscientos veintidós mil setecientos cincuenta y dos, señaló correo electrónico para recibir notificaciones-. Licda. Ana Rita Zamora Castillo.—1 vez.—( IN202601070297 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta- dieciséis, de las trece horas del trece de marzo de dos mil veintiséis, visible al folio ochenta y uno frente, del tomo dieciséis, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas de la Sociedad MAGNIFICA PIÑA LTDA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos –ochocientos sesenta y dos mil doscientos sesenta y uno, mediante la cual se acordó reformar la cláusula de la administración e incluir correo electrónico. Es todo, San José, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Helen Adriana Solano Morales.—1 vez.—( IN202601070298 ).

La empresa GRUPO FIVECORNERS DE TIBAS S. A., cédula jurídica número: tres - ciento uno – setecientos setenta y cinco mil cuatrocientos veintiséis, informa a los interesados y socios: PRIMERO: Se acuerda incluir en registro mercantil de sociedades para efecto de notificaciones el correo electrónico: mbseguram@yahoo.com, es todo LIC JORGE CHACON VILLALOBOS.—1 vez.—( IN202601070299 ).

Por escritura pública otorgada ante la Notaria Dianne Karina Carvajal Artavia, a las 13:30 horas del día 04 de Mayo del año 2026, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad TRES-CIENTO UNO-SETECIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO S. A., cédula jurídica número 3-101-704878, mediante la cual se reforma la cláusula segunda, cuarta, sexta, sétima, octava, novena, décima, décima primera, décima segunda y décima tercera del pacto social. Asimismo, se nombra Tesorero de la Junta Directiva y nuevo Fiscal. Notaria Pública Dianne Karina Carvajal Artavia.—1 vez.—( IN202601070300 ).

Mediante escritura pública. Chavarria y Mora Limitada, cédula jurídica tres - ciento dos – trescientos doce mil ciento setenta y nueve, señaló correo electrónico para recibir notificaciones-. Licda. Ana Rita Zamora Castillo.—1 vez.—( IN202601070301 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos veinticinco, visible al folio ciento cincuenta y siete vuelto, del tomo segundo, a las nueve horas treinta minutos del día veintiocho del mes de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó acuerdo de Acta de Asamblea de socios de las sociedades TRAMITES ADUANEROS Y MARÍTIMOS TRAYMA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres - ciento uno – cero treinta y seis -ochocientos ochenta y siete, TRAYMA CARGO SOCIEDAD ANÓNIMA con cédula de persona jurídica número tres - ciento uno – cuatrocientos cuarenta y uno-setecientos cuarenta y tres, TRES - CIENTO UNO - SETECIENTOS DOCE - CIEN SOCIEDAD ANÓNIMA con cédula de persona jurídica número tres - ciento uno – setecientos doce - cien, y TRANSPORTES FAMIRI SOCIEDAD ANÓNIMA con cédula de persona jurídica número tres - ciento uno – quinientos ochenta -seiscientos treinta y tres, donde se acuerda modificar la Cláusula segunda del domicilio social, y para incorporar un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, treinta de abril de dos mil veintiséis. Licda. Ivette del Valle Meza Ortega. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070302 ).

Por escritura número cincuenta y nueve, otorgada ante el Notario Público Lucía Quesada León, de las quince horas con cero minutos del treinta de abril de dos mil veintiséis se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada PROPIEDADES DEL BOSQUE LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres -ciento dos-novecientos veintiún mil noventa y siete, con domicilio social en Limón, Talamanca, Cahuita, Playa Cocles, Calle Olé Caribe, Oficinas Native Legal, Limón, treinta de abril de dos mil veintiséis.—Lucía Quesada León, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070303 ).

Por escritura otorgada en San José, de las 13:00 horas del 09 de mayo del 2026, se solicita incorporar en la publicidad formal registral el correo electrónico karen-sibaja@hotmail.com de la sociedad CRISANKA DEL ANGEL SOCIEDAD ANONIMA, cédula 3-101-396869. Notaria Pública: Consuelo Méndez Marchena.—1 vez.—( IN202601070305 ).

Por escritura otorgada en San José, de las 12:00 horas del 11 de mayo del 2026, se solicita incorporar en la publicidad formal registral el correo electrónico luisarmandobr58@hotmail.com de la sociedad SOLUTEC GLOBAL SOCIEDAD ANONIMA, cédula 3-101-459590 -* UNA VEZ .-* Notaria Pública: Consuelo Méndez Marchena.—1 vez.—( IN202601070306 ).

Por escritura otorgada en San José, de las 11:00 horas del 11 de mayo del 2026, se solicita incorporar en la publicidad formal registral el correo electrónico zaro23@hotmail.com de la sociedad ZARO LOPEZ Y COMPAÑÍA SOCIEDAD ANONIMA, cédula 3-101-459590. Notaria Pública: Consuelo Méndez Marchena.—1 vez.—( IN202601070307 ).

Yo, Ana Yanci Marín Vega, Notario Público con oficina en San José, Escazú, San Antonio del descanso setenta y cinco metros al sur, que debidamente comisionada al efecto protocolizo el Acta Número tres de Asamblea General Extraordinaria de la Sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Diez Mil Seiscientos Nueve S.A., cédula jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos diez mil seiscientos nueve S.A., que establece lo siguiente: El plazo social vence el día cinco de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Ana Yanci Marín Vega.—1 vez.—( IN202601070308 ).

La empresa ENMACAPRI S.A., cédula jurídica número tres - ciento uno – setecientos sesenta y ocho mil ochocientos tres, informa a los interesados y socios: PRIMERO: Se acuerda incluir en registro mercantil de sociedades para efecto de notificaciones el correo electrónico: asegura@gselectromecanica.com, es todo LIC JORGE CHACON VILLALOBOS.—1 vez.—( IN202601070309 ).

La empresa AP ARQUI-STUDIO S.A., cédula jurídica número tres - ciento uno – cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos setenta, informa a los interesados y socios: PRIMERO: Se acuerda incluir en registro mercantil de sociedades para efecto de notificaciones el correo electrónico: asegura@gselectromecanica.com, es todo LIC JORGE CHACON VILLALOBOS.—1 vez.—( IN202601070310 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 201 otorgada a las 18:00 horas, del 11 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad CELLPOINT COSTA RICA LIMITADA, cédula jurídica número: 3-102-872305, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 11 de mayo del año 2026. Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070312 ).

Por escritura de las nueve horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis. El presidente de SERVICIOS PROFESIONALES EN RECUPERACION D DOS D SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – setecientos treinta y ocho mil ochocientos treinta y dos, solicita la inclusión del correo electrónico para notificaciones. Es todo. La Unión, diez de abril del 2026. Lic. Sergio David Solano Ortiz, correo electrónico dsolano@sbs.cr.—1 vez.—( IN202601070313 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta de la Asamblea de Cuotistas de la sociedad SUHKAVIDA, LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ochocientos noventa y dos mil cuatrocientos sesenta, en la cual se acordó reformar la cláusula referente a la administración de la sociedad, y la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, veintiocho de abril del dos mil veintiséis. Licda. Daniela Solano García.—1 vez.—( IN202601070316 ).

Yo, Marco Antonio Fernández López, Notario Público con oficina en San José, hago constar que el día 29 de abril de 2026, mediante escritura número 147-16, se protocolizó acta de la sociedad sociedad JCT LLC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica número 3-102-857067, donde se solicitó la incorporación de un correo electrónico en la sociedad, de acuerdo a la Ley 10597. San José, 04 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601070317 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 45, visible al folio 31 frente, del tomo 3, a las 10 horas 00 minutos del 23 del mes de abril del año 2026, se presentó solicitud por parte de Daniel Alcazar de la Torre en su condición Secretario con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de Grupo Médico Quirúrgico del Oeste Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-657044 y Orto-Rino de Costa Rica Sociedad Anónima, cedula de persona jurídica número 3-101-572008, y como Gerente Dos con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de Sportstrauma Sociedad de Responsabilidad Limitada, cedula de persona jurídica número 3-102-660891 y Gerente Uno con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de Fisio Sportstrauma Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número 3-102- 660947, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de cada sociedad conforme a la Ley número 10597.—San José, según hora y fecha del certificado de firma electrónica.—Licda. Penélope Vindas Alfaro, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070319 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta-nueve, visible al folio cincuenta y nueve vuelto, del tomo nueve, otorgada a las dieciséis horas, del dos de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Rudy Leroy Alvares Benavides en su condición de apoderado generalísimo de INVERSIONES FAMILIARES RUPAGADACA SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno- trescientos cuarenta y nueve mil cero cincuenta y nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Heredia, tres de abril del dos mil veintiséis. Licda. Vilma Cordero Benavides, cédula 401240321. Una sola vez.—1 vez.—( IN202601070320 ).

Por medio de escritura número 50, visible a folio 98 vuelto, del tomo número 39, otorgada ante el suscrito Notario Público, a las trece horas con treinta minutos del día 10 de abril del año 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de OUR HOWLER HOUSE LLC, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-uno cero dos-ocho tres cero tres tres tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San Isidro de El General de Pérez Zeledón, 13 de abril del año 2026. Notario: Randall Rubén Sánchez Mora. PUBLICAR UNA VEZ.—1 vez.—( IN202601070321 ).

ante esta notaría, mediante escritura número cuarenta y uno visible desde el folio veintiséis vuelto hasta el folio veintisiete frente del tomo cuatro a las doce horas del veintinueve de abril del año dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de señor ROGER RETANA ZAMORA, PRESIDENTE cédula de identidad DOS CERO TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CERO CUATROCIENTOS VEINTIOCHO comparece en condición de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa denominadas VERDER Y BEIGE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número TRES CIENTO UNO – QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO; DT.P COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO CUATRO NUEVE CERO CERO DOS DOS INVERSIONES RETANA ZAMORA SOCIEDAD ANONIMA CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO CERO CUATRO SIETE UNO CERO DOS, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de ambas sociedades conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. ciudad de san ramón de Alajuela a las trece horas y un minuto del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Jessica Vanessa Ortiz Calderón.—1 vez.—( IN202601070322 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del día cinco de mayo de dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad denominada AMERICAN CARE OF COSTA RICA SRL, donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: infocr@americancare.net para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070323 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 59 iniciada al folio 42 vuelto del tomo 34, a las 14:05 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Manuel Emilio Hernández Benavides, cédula número 1-588-956, representante legal de Administradora UP S.A., cédula jurídica 3-101-903058, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 28 de abril de 2026. Lic. Adolfo Rojas Breedy. Notario. Publicar 1 vez.—1 vez.—( IN202601070324 ).

Por escritura número 5 de las 15:00 del 28 de abril del 2026 ante el Notario Warner Porras Guzmán, se incluye correo electrónico en la sociedad MAD MAROTO ARQUITECTURA Y DESARROLLOS SA, cédula jurídica 3-101-933533, en cumplimiento de Ley 10597. San José, 04 de mayo del 2026. Notario: Lic. Warner Porras Guzmán. 1 vez.—1 vez.—( IN202601070325 ).

La empresa Desarolladora Gamale S.A., cédula jurídica número: tres - ciento uno – setecientos seis mil trescientos treinta y siete, informa a los interesados y socios: PRIMERO: Se acuerda incluir en registro mercantil de sociedades para efecto de notificaciones el correo electrónico: mbseguram@yahoo.com, es todo LIC JORGE CHACON VILLALOBOS.—1 vez.—( IN202601070326 ).

Mediante escritura otorgada en esta notaría, el día 28 de abril del 2026, se modifica la cláusula de representación y se adiciona correo electrónico en la sociedad BELL BOTTOM BLUES LIMITADA, cédula jurídica 3-102-758354.—San José, 29 de abril del 2026.—Roberto Francisco León, Notario.—1 vez.—( IN202601070327 ).

Mediante escritura pública. QUINTA EL BARON DE ESPARZA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres - ciento uno – cuatrocientos mil treinta y ocho, señaló correo electrónico para recibir notificaciones-. Licda. Ana Rita Zamora Castillo.—1 vez.—( IN202601070328 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO VEINTIUNO - SEIS, visible al folio OCHENTA Y SEIS FRENTE, del tomo sexto, a las DIECIOCHO horas del día TREINTA del mes de ABRIL del año DOS MIL VEINTISEIS, se presentó solicitud por parte de Representante legal de BP IMPORTACIONES VETERINARIAS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número TRES – CIENTO DOS – SEIS CINCO SEIS SIETE TRES SIETE para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San Pablo de Heredia, a las dieciocho horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Lic. GERARDO ENRIQUE ZAMORA BADILLA. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070329 ).

Por escritura otorgada ante este Notario a las 17:30 horas del 28 de abril del 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea General de Cuotistas de TFB MANUFACTURING SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA mediante la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en cumplimiento con la ley número 10597. San José, 28 de abril del 2026. Marco Vinicio Castegnaro Montealegre. Notario. (publíquese 1 vez).—1 vez.—( IN202601070330 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta y dos – tres, visible al folio ciento ochenta y tres vuelto del tomo tres, a las doce horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del apoderado generalísimo sin límite de suma de las siguientes sociedades: AGROPECUARIA ZORA SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – cero ochenta y tres mil trescientos treinta, ROSA EDIFICIOS Y ARRENDAMIENTOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – cero cincuenta y tres mil ochocientos ocho, MILLA SESENTA SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – cero cuarenta mil doscientos veintinueve, NOVENTA MILLAS SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – ciento veinte mil sesenta y seis, URAETUS SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – doscientos treinta y seis mil trescientos ochenta y dos, URAGITUS SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica tres – ciento uno – doscientos treinta y seis mil doscientos treinta y tres, WHITE LEATHER INVESTMENTS SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – trescientos treinta y dos mil ochocientos veinticuatro, URRAMITAS SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – doscientos treinta y seis mil doscientos ochenta, URFORIUM SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – doscientos treinta y seis mil trescientos, URABICUS SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – doscientos treinta y cinco mil ochocientos noventa y cuatro, URJAMEX SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – doscientos treinta y seis mil quinientos treinta y cinco, KARPATOS DE PLATA K.D.P. SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – cuatrocientos ochenta y siete mil setecientos setenta y nueve, INVERSIONES PULGADA CIEN SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – ciento veintinueve mil seiscientos treinta y tres, CORPORACION ALANJESA INTERNACIONAL C A I SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – doscientos ochenta y dos mil doscientos veinte, SAINT LUCIA COASTLINE, SOCIEDAD ANONINA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – quinientos noventa y tres mil ochocientos nueve, PASEOS ANDALUCIA XXI, SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – quinientos cincuenta y tres mil ciento ochenta, INVERSIONES ISMI SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – cero cuarenta y siete mil seiscientos sesenta y nueve, KILOMETRO DIECIOCHO SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – cero treinta y tres mil seiscientos sesenta y uno, SEYAL MANAGEMENT CORP SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – seiscientos sesenta y tres mil ochocientos noventa y dos, ROQUETAS DEL MAR, SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – cuatrocientos setenta y uno quinientos nueve, SOCIEDAD DEL FUTURO JW, SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – seiscientos veintitrés mil cuarenta y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, el cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Jonathan Andrés Facey Torres. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070331 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 48, visible al folio 42 vuelto, del tomo 11, a las 9 horas, del día 4 de mayo 2026, se reformo la Clausula de administración de la sociedad INMOBILIARIA BOLAÑOS ALFARO DE SANTA ANA SOCIEDAD ANÓNIMA, de cédula jurídica 3-101- 361522 y se presentó la solicitud por parte de la Asamblea de Accionistas, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, a las 14 horas 37 minutos del día 4 del mes de mayo del año 2026. Lic. Andrés Antonio Bonilla Valdés. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070332 ).

Mediante escritura setenta, de las nueve horas del treinta de abril, se agregó correo electrónico a la sociedad SOL RESPLANDECIENTE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – quinientos cincuenta y seis mil novecientos veintinueve. María Auxiliadora Porras Monge. notaria. 1 vez.—1 vez.—( IN202601070336 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO VEINTIDOS - SEIS, visible al folio OCHENTA Y CUATRO VUELTO, del tomo sexto, a las DIECINUEVE horas del día TREINTA del mes de ABRIL del año DOS MIL VEINTISEIS, se presentó solicitud por parte de Representante legal de ARQUIDECO UNO CONSULTORIA Y CONSTRUCTORA SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número TRES – CIENTO UNO – TRES UNO CUATRO TRES NUEVE NUEVE para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San Pablo de Heredia, a las veinte horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis. Lic. GERARDO ENRIQUE ZAMORA BADILLA. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070337 ).

Ante esta Notaria doy fe que el día veintiocho de abril del dos mil veintiséis, mediante la escritura número TRESCIENTOS DOS - TOMO UNO, en esta notaria se apersona la gerente con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma de la sociedad: COROALFA SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número: tres- uno cero uno- dos dos nueve cuatro tres siete a solicitar la inscripción de correo electrónico, el cual sería viriacorrales@gmail.com. Es todo. Licda. Fanny Gabriela Prado Garro. Carné 29669.—1 vez.—( IN202601070339 ).

Moraviautos SA, incluye correo electrónico adrodagui@hotmail.com Lic Alexander Granados Loaiza. alexgranados14@yahoo.com San José 11 de mayo 2026.—1 vez.—( IN202601070341 ).

Romuz SA, incluye correo electrónico adrodagui@hotmail.com Lic Alexander Granados Loaiza. alexgranados14@yahoo.com San José 11 de mayo 2026.—1 vez.—( IN202601070342 ).

Por escritura pública otorgada a las 08:30 horas del 11 de mayo del dos mil veintiséis, de la sociedad “HOW DO YOU DO LIMITADA”, con número de cédula jurídica tres – ciento dos – cuatrocientos setenta y nueve mil novecientos veintiocho, establece como correo electrónico corporate@corderoabogados.com- en cumplimiento con la Ley 10597, así mismo se acuerda modificar la cláusula del domicilio de la sociedad. Notario: Hernán Cordero Baltodano.—1 vez.—( IN202601070346 ).

Por escritura otorgada ante mí al ser las 10:30 horas del 04 marzo del 2026, protocolicé Acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad “FOOLISH PLEASURE LIMITADA”, cédula jurídica número 3-102-490731, al ser las 09.00 horas del 3 de marzo 2026, mediante la cual se acuerda la disolución de esta sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio y se con el fin de liquidar la sociedad se procede al nombramiento de liquidador de conformidad con el artículo doscientos catorce del Código de Comercio.- Notario Público: Rolando González Calderón- Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601070347 ).

Por escritura otorgada al ser las 10:00 horas del 17 de marzo del 2026, protocolicé Acta de Asamblea de General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “MONTAÑAS DE CABO VELAS I N C SOCIEDAD ANONIMA”, con número de cédula jurídica tres- ciento uno -cuatrocientos veinte mil ochocientos veinticinco, celebrada a las quince horas del dieciséis de marzo del dos mil veintiséis, mediante la cual se acuerda la disolución de esta sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno inciso D del Código de Comercio y se con el fin de liquidar la sociedad se procede al nombramiento de liquidador de conformidad con el artículo doscientos catorce del Código de Comercio.- Notario Público: Hernán Cordero Baltodano- Publíquese una vez, Notario.—1 vez.—( IN202601070348 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del doce de mayo del año dos mil veintiséis, protocolicé actas de asamblea de cuotistas y accionistas de las sociedades “TRES – CIENTO DOS – SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” y “JARDIN MONSERRAT SOCIEDAD ANONIMA”; mediante las cual se acuerda por unanimidad de votos de los socios de ambas sociedades realizar la fusión por absorción entre ambas sociedades, prevaleciendo “JARDIN MONSERRAT SOCIEDAD ANONIMA”. Notario Público Ricardo Cordero Baltodano. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601070349 ).

Por escritura pública otorgada a las 09:00 horas del 11 de mayo del dos mil veintiséis, de la sociedad “LOS ALTOS CACIQUE CIENTO TRES LIMITADA”, con número de cédula jurídica tres – ciento dos – setecientos ochenta y un mil setecientos ochenta y siete, establece como correo electrónico corporate@corderoabogados.com- en cumplimiento con la Ley 10597. Notario: Hernán Cordero Baltodano.—1 vez.—( IN202601070350 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 105, visible al folio 72 frente a 72 vuelto, del tomo 1, se presentó solicitud por parte de Martín Ronald Arce Salazar, apoderado generalísimo de la Sociedad denominada Vallentine Sociedad Anónima, con la cédula 3-101- 807249 para incorporar un correo electrónico distribuidora roarce67@yahoo.com. Ciudad de San José, a las once horas del día 11 del mes de mayo del año 2026. Lic. Roberto Reyes Ochoa. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070353 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y siete, visible al folio ciento cuarenta y cuatro frente del tomo tres, a las diecisiete horas del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Kevin Esquivel Monge, Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de; Productos Procesados Makey Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica tres – ciento dos – ochocientos cincuenta y cuatro mil setenta y cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago a las veintitrés horas treinta y un minutos del tres de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diego Arturo Pacheco Solano. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070355 ).

ANTE ESTA NOTARÍA, MEDIANTE ESCRITURA OTORGADA A LAS DOCE HORAS DEL TRES DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS, ESCRITURA NÚMERO CINCUENTA Y DOS DEL TOMO CIENTO DOS, SE PRESENTÓ SOLICITUD POR PARTE DE GERARDO ALBERTO SANCHEZ ALPIZAR , APODERADO DE LA COMPAÑÍA ORO AZUL NACIENTE , SOCIEDAD ANONIMA , CÉDULA JURÍDICA TRES-UNO CERO UNO- SEIS SEIS NUEVE CINCO CINCO UNO , PARA INCORPORAR UN CORREO ELECTRÓNICO EN EL DOMICILIO SOCIAL DE LA SOCIEDAD CONFORME A LA LEY NÚMERO DIEZ MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE. SAN JOSÉ, A LAS DOCE HORAS DEL TRES DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS. -CARLOS EDUARDO UMAñA BRENES, NOTARIO.—1 VEZ.—( IN202601070356 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y ocho, visible al folio ciento cuarenta y cuatro vuelto del tomo tres, a las diecisiete horas quince del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Diego Corrales Cordero, Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de; Tres – ciento dos – ochocientos cuarenta y nueve mil cuarenta y cuatro sociedad de responsabilidad limitada, con cédula jurídica Tres – ciento dos – ochocientos cuarenta y nueve mil cuarenta y cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago a las veintitrés horas treinta y cuatro minutos del tres de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diego Arturo Pacheco Solano. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070357 ).

Por escritura número veintisiete-dos otorgada ante el Notario Público, Jesus Leonardo Calderón Barrantes de las once horas del veintiocho de marzo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico alonso2923@gmail.com, dentro de la sociedad con cédula jurídica TRES- CIENTO DOS- OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA , mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Lic. Jesús Leonardo Calderón Barrantes, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070358 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos sesenta y siete, visible al folio ciento noventa y dos vuelto, del tomo uno, a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Maykol Velásquez Aponte, cedula seis-dos nueve tres-cero dos dos, en su condición presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin ,omite de suma de la sociedad ÓPTICA IMAGEN VISUAL C.R. SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula jurídica número tres-ciento uno-siete nueve siete ocho cinco uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Puntarenas, a las doce horas del día veintiocho de abril del año dos mil veintiséis. Publíquese una sola vez. Lic. Aldo Sánchez Alvarado. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070359 ).

Mediante escritura número sesenta y tres, visible al folio ochenta y nueve vuelto del tomo ocho de mi protocolo, otorgada ante mi notaria a las dieciséis horas del veintisiete de abril del dos mil veintiséis, se protocolizó el acta mediante la cual se solicita inclusión de correo electrónico nupamontezuma@hotmail.com como medio de notificaciones, de la sociedad ZAYRA Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro cero uno cero siete tres. Lic. Géraldine Gené Barrios, San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070360 ).

Por escritura número CUARENTA Y SIETE de nueve horas quince minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis se protocolizó acta de asamblea de CORPORACION DE OPERADORES DE SERVICIOS TELEMATICOS SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica número tres- ciento uno- doscientos noventa y nueve mil seiscientos seis, se nombra nueva junta directiva. Pérez Zeledón, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Ingrid Dayana Hidalgo Hernández. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070361 ).

Por escritura número ciento noventa y tres otorgada ante la Notaria Pública Dahianna Sofía Zúñiga del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis se incluye dentro de la sociedad GRUPO ÉLITE SUMINISTROS DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA. Cedula jurídica 3-101-430713 como domicilio electrónico: allan@grupoelitecr.com. Mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, martes 05 de mayo del año 2026. Licda. Dahianna Sofía Zúñiga Granados, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070362 ).

Por escritura 299-67 otorgada en mi notaría, a las 12 horas del día 30 de abril 2026, se ha procedido a señalar correo electrónico de la sociedad GANADERÍA ELIZONDO SOCIEDAD ANÓNIMA cédula jurídica 3-101-685236, en cumplimiento con lo establecido en ley número 10597 y Directriz del Registro DPJ-002-2025. Lic. Roberto Portilla Barrantes Notario.—1 vez.—( IN202601070363 ).

En mi notaria por escritura otorgada a las catorce horas quince minutos del veintisiete de octubre del año dos mil veinticinco, la sociedad PETERS FAMILY BUSINESS LLC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres- ciento dos- seis cero seis dos nueve nueve, ha solicitado al Registro Mercantil, señalar para sus notificaciones el correo electrónico lpeters885@aol.com. NOTARIO LIC. GONZALO ALFONSO MONGE CORRALES. PUBLIQUESE UNA VEZ.—1 vez.—( IN202601070365 ).

Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria del 28 de ENERO del dos mil veintiséis de “TEACHERS INC SOCIEDAD ANONIMA”, en donde se procedió a incluir correo para notificaciones. - San José, 4 de mayo de 2026.- Lic. Marco Fallas del Valle, notario.—1 vez.—( IN202601070366 ).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas de hoy se protocolizaron acuerdos de CANOPY TOWN DE HERRADURA SIETE, LTDA, mediante los cuales se reforma el domicilio y se incluye correo. San José, veintiuno de abril de 2026. Gabriela Valverde Mena. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070367 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número noventa y cuatro, de las ocho horas del día seis de mayo del año dos mil veintiséis, visible al folio sesenta y cuatro vuelto, del tomo dos, se presentó solicitud por parte de la GERENTE de la sociedad DHARMA MED ALCO, LTDA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos cuarenta y cuatro mil quinientos setenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, seis de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. José Braulio Fallas Calderón, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070368 ).

Ante esta Notaría, mediante protocolización de acta de Asamblea se reformó la cláusula Segunda de los Estatutos, de la sociedad EL MONASTERIO GIRASOLES, S.A., y se incorporó un correo electrónico en el domicilio social. San José, siete de mayo del año dos mil veintiséis. Notario Público: Gavridge Pérez Porras.—1 vez.—( IN202601070369 ).

Ante esta Notaría, mediante protocolización de acta de Asamblea se reformó la cláusula Segunda de los Estatutos, de la sociedad INVERSIONES PLAZA TAMARINDO IPT, S.A., y se incorporó un correo electrónico en el domicilio social.—San José siete de mayo del año dos mil veintiséis.—Notario Público: Gavridge Pérez Porras.—1 vez.—( IN202601070370 ).

Ante esta Notaría, mediante protocolización de acta de Asamblea se reformó la cláusula Segunda de los Estatutos, de la sociedad INVIERNO DEL TRÓPICO, S.A., y se incorporó un correo electrónico en el domicilio social. San José, siete de mayo del año dos mil veintiséis. Notario Público: Gavridge Pérez Porras.—1 vez.—( IN202601070371 ).

Ante esta Notaría, mediante protocolización de acta de Asamblea se reformó la cláusula Segunda de los Estatutos, de la sociedad PLAZA TAMARINDO LOCAL VEINTICUATRO GIRASOL, S.A., y se incorporó un correo electrónico en el domicilio social.—San José, siete de mayo del año dos mil veintiséis.—Notario Público: Gavridge Pérez Porras.—1 vez.—( IN202601070372 ).

Ante esta Notaría, mediante protocolización de acta de Asamblea se reformó la cláusula Segunda de los Estatutos, de la sociedad SINFONIA DE LOS VIENTOS ALISIOS, S.A., y se incorporó un correo electrónico en el domicilio social. San José, siete de mayo del año dos mil veintiséis. Notario Público: Gavridge Pérez Porras.—1 vez.—( IN202601070373 ).

Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria del 27 de abril del dos mil veintiséis de “LMN GESTARSE SOCIEDAD ANONIMA”, en donde se procedió a incluir correo para notificaciones. - San José, 5 de mayo de 2026.- Lic. Marco Fallas del Valle, notario.—1 vez.—( IN202601070374 ).

Mediante escritura otorgada en mi Notaría, a las once horas del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número 10.597 en la sociedad Corporación Oscar N.G.P. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – uno cero uno – seis uno tres tres dos nueve, cédula jurídica número tres – uno cero uno – dos cuatro tres dos tres dos. Sabalito, Coto Brus, a la hora y la fecha que se indica en mi firma digital puesta en este documento. Lic. Melvin Araya Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070375 ).

Por escritura otorgada en mi notaría en San José, a las ocho horas del primero de mayo del dos mil veintiséis: La sociedad BEST BODY PLC SOCIEDAD ANONIMA comunica al Registro de Personas Jurídicas su correo electrónico para futuras notificaciones.- Una vez.- Notario: Alejandro Madrigal Benavides. San José, seis de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070376 ).

La suscrita Catherine Vanessa Mora Chavarría, carne 19189, hago constar que ante mi notaría, se encuentra tramitando la asignación de correos de la empresa TRES CIENTO DOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, mismo número de cedula jurídica, tres ciento dos novecientos cuarenta y seis mil ochocientos cuarenta y nueve sociedad de responsabilidad limitada, mismo número de cedula jurídica, GRUPO JGC CONSTRUCTORA DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, Cedula jurídica tres ciento uno ochocientos ochenta y nueve mil trescientos cincuenta y cuatro, SPOTS INVESTMENT SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres ciento uno ochocientos tres mil setecientos cincuenta y cinco y tres ciento uno setecientos diecinueve mil cuatrocientos noventa y tres sociedad anónima, mismo número de cedula jurídica por lo que solicito se publique el edicto de ley respectivo por única vez. Es Todo.—San José 08 de mayo 2026.—Lic. Catherine Mora Chavarría, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070377 ).

La suscrita CATHERINE VANESSA MORA CHAVARRIA. CARNE 19189, HAGO CONSTAR QUE ANTE MI NOTARIA SE ENCUENTRA TRAMITANDO la asignación de correos de la empresa TRES CIENTO DOS NOVECIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, MISMO NUMERO DE CEDULA JURIDICA, ACABADOS Y AUTOMOTRICES YATU SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE, INMOBILIARIA AURA ESTELA SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS, SPARK LOGISLTIC SASU SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA, LOS AUTOS DE ARIEL SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL DOCE, RABITO CERO OCHO SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHENTA Y CINCO, TRIBU BRASIL SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO, VISTANA DE LA BAMBU SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS, SPARK EQUIMENT SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA, ACABADOS AUTOMOTRICES MATRIX SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE, INMOBILIARIA LA CHISPA DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS por lo que solicito se publique el edicto de ley respectivo por única vez. ES TODO, SAN JOSE 7 DE MAYO 2026.—Lic. Catherine Mora Chavarría.—1 vez.—( IN202601070378 ).

La suscrita CATHERINE VANESSA MORA CHAVARRIA, CARNE 19189, HAGO CONSTAR QUE ANTE MI NOTARIA SE ENCUENTRA TRAMITANDO la inscripción de correo de las sociedades BIZGENT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO DOS SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO, CASTLE SABANA SUR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO DOS NOVECIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO, RIVERA Y CASTILLO INV SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO DOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DOS, CASTLE INVESTMENT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO DOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO, FAMILIA CASTILLO TRI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO DOS NOVECIENTOS VEINTIUN MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO, VECASTI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO DOS OCHOCIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO, GRUPO QRCC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO DOS NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE, VORK ESTE RISOCA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO DOS NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO parlo que solicito se publique el edicto de ley respectivo por única vez. ES TODO, SAN JOSE 11 DE MAYO 2026.—1 vez.—( IN202601070379 ).

La suscrita CATHERINE VANESSA MORA CHAVARRIA, CARNE 19189, HAGO CONSTAR QUE ANTE MI NOTARIA SE ENCUENTRA TRAMITANDO la inscripción del correo SERVILLANTERO EXPRESS SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO SETECIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE, TRANS AMERICA SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO DIECISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE, JAZ DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES, XAVIER SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO TREINTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y UNO, ANGULO Y PATINO SOCIEDAD ANONIMA,CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SEIS por lo que solicito se publique el edicto de ley respectivo por única vez. ES TODO, SAN JOSE 11 DE MAYO 2026.—1 vez.—( IN202601070380 ).

La suscrita CATHERINE VANESSA MORA CHAVARRIA, CARNE 19189, HAGO CONSTAR QUE ANTE MI NOTARIA SE ENCUENTRA TRAMITANDO la inscripción de correos de las empresas INVERSIONES SABOGAN SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTICUATRO, JACUZZIS COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA, TRES CIENTO UNO SEISCIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS DOS SOCIEDAD ANONIMA, MISMO NUMERO DE CEDULA JURIDICA, INVERSIONES CASAY SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL VEINTIOCHO, MBA SOLUCIONES SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO, DESARROLLOS SCARFE SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS QUINCE por lo que solicito se publique el edicto de ley respectivo por única vez. ES TODO, SAN JOSE 11 DE MAYO 2026.—1 vez.—( IN202601070381 ).

La suscrita CATHERINE VANESSA MORA CHAVARRIA, CARNE 19189, HAGO CONSTAR QUE ANTE MI NOTARIA SE ENCUENTRA TRAMITANDO la inscripción de los correos de las empresas MOVIMIENTOS Y DISENOS RYBESA SOCIEDAD ANONIMA, CÉDULA JURÍDICA TRES - CIENTO UNO - QUINIENTOS VEINTISEIS MIL DIECINUEVE, INVERSIONES HUROLCA DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO, TRES CIENTO UNO SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS SOCIEDAD ANONIMA, MISMO NUMERO DE CEDULA JURIDICA, SOBRE LA ROCA JAIMAR SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES por lo que solicito se publique el edicto de ley respectivo por única vez. ES TODO, SAN JOSE 8 DE MAYO 2026.—1 vez.—( IN202601070382 ).

En mi Notaria Publica el día 16 de julio de 2025 de conformidad con la aplicación de la ley número 10597 presente Angélica Medrano Velásquez, cédula de identidad 8-0071-0834, en su condición de representante legal de MARELI LEMEN DIECINUEVE LIMITADA con cédula jurídica 3-102-737191, domiciliada en la Provincia de San José, Cantón Desamparados, San Miguel, Higuito de la Iglesia Católica trescientos metros Este y 25 metros Norte, solicita la inscripción del correo electrónico angelicaisabel63@hotmail.es como medio de notificación para la sociedad. Es todo. San José, 1 de mayo de 2026. Lic. Numan Alvarado Molina, Notario.—1 vez.—( IN202601070383 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y seis, visible al folio cuarenta y nueve vuelto, del tomo tercero, a las diecinueve horas y treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad: HARAS SAN BLAS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y siete mil setecientos diecisiete para incorporar correo electrónico, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Jacqueline Agüero Miranda. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070384 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y siete, visible al folio cincuenta frente, del tomo tercero, a las doce horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad: INVERSIONES ZINGULARES SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres -ciento uno- ochocientos cincuenta y siete mil setecientos noventa y cuatro, para incorporar correo electrónico, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Jacqueline Agüero Miranda. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070385 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 66, de las 10:40 del 12 de mayo del 2026, visible al folio 36-V, del tomo 2, ROSIBEL SÁNCHEZ ZAMORA, representante legal de KEOLA NETWORKS COSTA RICA S. A., cédula jurídica TRES - CIENTO UNO - OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CINCO y de INCLUB COSTA RICA S. A., cédula jurídica TRES - CIENTO UNO - OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CINCO, solicita incorporar en los asientos registrales de cada una de las sociedades, el correo electrónico conforme a la Ley número 10597. San José, a las once horas del veintisiete de abril del dos mil veintiséis. Lic. Agustín Vega Quesada. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070386 ).

Mediante escritura número doscientos veintiocho, otorgada a las dieciséis horas del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, en el tomo segundo del notario Lester Torrentes Avila, se incluyó el correo electrónico notificacionesgenio@gmail.com, en la sociedad INGENIO BATERIAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres - ciento dos – ochocientos doce mil cuatrocientos noventa y cinco.- San José, cuatro de mayo del año dos mil veintiséis.- Licenciado Lester Torrentes Avila.- (2280-7222).—1 vez.—( IN202601070388 ).

Mediante escritura Nº142-4 otorgada por la Notaria Pública VERÓNICA DE LOS ÁNGELES CRUZ LÓPEZ, a las dieciséis horas veinticinco minutos del veintiocho de abril 2026. La sociedad Tricon Dry Chemicals Costa Rica., con cedula jurídica Nº 3-102-837990, se acordó revocar el nombramiento actual de Gerente número 1 de la Sociedad y se acuerda nombrar nuevo miembro. San José, veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Licda. VERÓNICA DE LOS ÁNGELES CRUZ LÓPEZ, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070389 ).

Por escrituras otorgadas hoy ante mi, las compañías AMIGOS DE OSA S. A., COMPAÑÍA REFORESTADORA DE PUERTO JIMENEZ S. A., DIAMANTE Y ZAFIRO S. A. y REFORESTACIONES DOS RIOS S. A., incluyen un correo electrónico conforme a la Ley número 10597. San José, 29 de abril del 2026. Lic. Esteban Matamoros Bolaños, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070390 ).

La suscrita Notaria Pública Tracy Varela Calderón, hace constar que, mediante escritura número noventa y tres del tomo seis de su protocolo, otorgada a las doce horas del veintitrés de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de EUROFARMA COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, titular de la cédula de personas jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y siete mil ochocientos setenta y cinco, mediante la cual se reformó la cláusula quinta de su pacto constitutivo, referente a su capital social. Es Todo.—San José, veintitrés de abril de dos mil veintiséis.— Tracy Varela Calderón, Notaria.—1 vez.—( IN202601070392 ).

Protocolización de acuerdos de asamblea general de accionistas de Soluciones de Balance y Comisionamiento SBC Limitada, cédula jurídica 3-102-892008, en la cual se acuerda la disolución y se pone en conocimiento un extracto del estado final de liquidación conforme al artículo 215 del Código de Comercio, estado en el cual se ha determinado que la compañía indicada no cuenta con ningún bien y/o activo, ni ninguna deuda y/o pasivo, ni tiene operaciones y/o actividades pendientes de ninguna naturaleza. escritura otorgada a las once horas del veintisiete de abril del 2026. avargas@nassarabogados.com Lic. Alejandro Vargas Yong.—1 vez.—( IN202601070393 ).

Que ante esta Notaría, mediante escritura número 37, visible a folio 38 vuelto, del tomo uno del protocolo del suscrito Notario, Eric de Jesús Centeno Obando, carné de colegiado 32696, otorgada en Playas del Coco, Guanacaste, a las 15 horas del 29 de abril de 2026, las compañías denominadas: “ Cumbia tours sociedad anónima”, con cédula de persona jurídica número 3-102-459005, Pacific vision sail h & j sociedad anónima”, con cédula de persona jurídica número 3-101-414487, Catamarán Ocean Tours Limitada”, con número de cédula de persona jurídica 3-102-731088, “Pwp llc limitada”, con número de cédula de persona jurídica 3-102-801351 y “Jppw plante investments limitada”, cédula de persona jurídica número 3-102-920975, acordaron en cada caso, solicitar al departamento de personas jurídicas del Registro Nacional inclusión de correo electrónico como medio de notificaciones, el cual en adelante será: eclsnotificaciones@aalcr.com. Es todo. Lic. Eric de Jesús Centeno Obando. col. tres dos seis nueve seis. guanacaste, 4 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601070394 ).

En mi notaría, por escritura otorgada a las 9 horas 30 minutos del 1de mayo del 2026, la sociedad Gran Éxito Comercial RR & M Sociedad de Responsabilidad Limitada cédula jurídica 3-102-760625 solicitó ante el Registro Público en su inscripción la inclusión del correo electrónico ferre-granexito@hotmail.com para recibir notificaciones. San José, 4 de mayo del 2026. Licda. Sonia María Saborío Flores. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070395 ).

En mi notaría, a las ocho horas del dos de marzo, dos mil veintiséis se presentó solicitud del Representante Legal de Furca de Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica tres- ciento uno-noventa y seis mil trescientos ochenta y ocho para incorporar un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, ocho horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis.—Notaria: Licda. Tatiana Vanessa Mora Barrantes.—1 vez.—( IN202601070397 ).

Por escritura otorgada en esta Notaria, a las 12 horas del 29/04/2026, el representante de la sociedad Omonte S.A., cédula jurídica 3-101-566708, solicita la inclusión en la cláusula del domicilio del correo electrónico: ronald881533@gmail.com San José, 4 de mayo de 2026. Dr. Rafael Ángel Sanabria Rojas.—1 vez.—( IN202601070398 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento veintidós-veintinueve, visible al folio noventa y tres vuelto, del tomo veintinueve, a las nueve horas del veinticuatro de abril dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de las sociedades PROPIEDADES TALUK, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-176093; b) ALQUILER DE EQUIPOS DE CONSTRUCCION Y AGRICOLA AECO, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101- 376524; c) LUTAB M D, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona Jurídica número 3-101-289892, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las indicadas sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veinticuatro de abril de dos mil veintiséis. Lic. Luis Ricardo Garino Granados. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070399 ).

Por escritura número 200 otorgada ante el Notario Público, José Mauricio Artavia Aguilar a las 15 horas del 28 de abril del año dos mil veinticinco, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas A)- 3-102-847525 Sociedad De Responsabilidad Limitada, cédula jurídica: 3-102-847525, con domicilio en Puntarenas, Quepos, Quepos, Paquita en el super h dos o segundo piso. B)- 3-102-914755 Sociedad De Responsabilidad Limitada, cédula jurídica: 3-102-914755, con domicilio en Puntarenas, Quepos, Quepos, Paquita en el super h dos o segundo piso. C)- 3-102-920394 Sociedad De Responsabilidad Limitada, cédula jurídica: 3-102-920394, con domicilio en Puntarenas, Quepos, Quepos, Rancho Grande, a un costado suroeste de la Iglesia Católica edificio iguana tours. Es todo, Quepos, 30 de abril del año 2025. Notario José Mauricio Artavia Aguilar.—1 vez.—( IN202601070400 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cuarenta y dos visible desde el folio veintisiete vuelto hasta el folio veintiocho frente del tomo cuatro a las trece horas del veintinueve de abril del año dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de señor ROGER RETANA ZAMORA, PRESIDENTE cédula de identidad DOS CERO TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CERO CUATROCIENTOS VEINTIOCHO Y GREIVIN MAURICO ROJAS GRANADOS, mayor, administrador de empresas, cedula de identidad CUATRO CERO DOSCIENTOS UNO CERO CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE comparecen en condición de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de la empresa denominadas AGROSERVICIOS R Y R COMERCIAL SOCIEDAD DE RESPOSNSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número TRES CIENTO DOS SIETE OCHO NUEVE NUEVE NUEVE OCHO; DOMICILIADA en SAN RAMON DE ALAJUELA SANTIAGO, RIO JESUS OCHENTA METROS AL OESTE DE LA ESCUELA CARLOS LUIS VALVERDE VEGA CASA A MANO IZQUIERDA COLOR TERRACOTA para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de ambas sociedades conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. ciudad de san ramón de Alajuela a las trece horas y catorce minutos del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis Lic. Jessica Vanessa Ortiz Calderón.—1 vez.—( IN202601070401 ).

Que, por Asamblea General de Socios, acta número dos, libro número uno, se realizó reforma del pacto constitutivo de la sociedad PINGUI EL HIELO DEL TICO SOCIEDAD ANONIMA con cédula de persona jurídica tres – ciento uno – novecientos cuatro mil ciento setenta en cuanto a inclusión de correo electrónico como medio para notificaciones. Fecha de modificación: tres de mayo del dos mil veintiséis. Es todo. San Ramón, Alajuela, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Yolanda Janeth Ruiz Castillo.—1 vez.—( IN202601070402 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 11:30 horas del 04 de mayo de 2026, donde el Representante Legal con facultades suficientes para este acto, de la sociedad denominada KOSHA S.R.L.., cédula jurídica 3-102-887237, solicita al registro de personas jurídicas, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y la Directriz “DPJ-cero cero dos dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas”, la inclusión del siguiente correo electrónico para la atención de notificaciones de la Compañía: “mfloresbod09@gmail.com”.—San José, 06 de mayo de 2026.—Lic. Laura Castro Conejo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070404 ).

El suscrito Notario, Mario Morales Villalobos, Notario Público con oficina en San José, Moravia, cuatrocientos cincuenta metros al Sur del Bac San José, hace constar que por escritura otorgada ante el suscrito, a las diez horas del diecisiete de abril del año dos mil veintiséis, el señor Rodrigo Bosco Sequeira Carazo, como apoderado de las sociedades IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA LA SABANA REAL S. A. y de la SOCIEDAD ROCALIRO S. A. ha señalado el correo electrónico tequila.000@hotmail.com para notificaciones a dichas sociedades. San José, cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. MARIO MORALES VILLALOBOS. NOTARIO.—1 vez.—( IN202601070405 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 12:00 horas del 04 de mayo de 2026, donde el Representante Legal con facultades suficientes para este acto, de la sociedad denominada 3-101- 733986 S.A, cédula jurídica -101-733986, SOLICITA AL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y la Directriz “DPJ-cero cero dos dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas”, la inclusión del siguiente correo electrónico para la atención de notificaciones de la Compañía: “caroTRc2026@gmail.com” San José, 06 de mayo de 2026. Lic. Laura Castro Conejo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070406 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 12:30 horas del 04 de mayo de 2026, donde el Representante Legal con facultades suficientes para este acto, de la sociedad denominada JAIDAI S.A, cédula jurídica 3-101-022665, SOLICITA AL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y la Directriz “DPJ-cero cero dos dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas”, la inclusión del siguiente correo electrónico para la atención de notificaciones de la Compañía: “caroTRc2026@gmail.com” San José, 06 de mayo de 2026. Lic. Laura Castro Conejo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070408 ).

Ante esta notaría, se presentó solicitud del representante legal de la sociedad TRES - CIENTO DOS - QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS DIEZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número 3-102-573710, mediante escritura número 283 al tomo 6 del Protocolo de la suscrita Notaria, con finalidad de incorporar en el domicilio de dicha sociedad, un correo electrónico para recibir notificaciones, conforme a la Ley número 10.597. Es todo.—San José, 30 de abril de 2026.—Notaria Pública Lic. Adelita Mariana Brenes Arce, carné 28081.—1 vez.—( IN202601070409 ).

Ante esta notaría se ha tramitado proceso de liquidación de la compañía CASA TRECE DE LA CALLE REAL SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- cuatrocientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos, dentro del cual se presenta el estado final de liquidación de los bienes. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría con oficina sita en San José, Montes de Oca, San Pedro, Barrio los Yoses, trescientos metros al sur de la Corte Interamericana de derecho humanos, a presentar sus reclamaciones y hacer valer sus derechos. San José, a ocho horas del treinta de abril de dos mil veintiséis. Lic. Raúl Alexander Camacho Alfaro, Notario Público. Carné 11999.—1 vez.—( IN202601070410 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 15:00 horas del 04 de mayo de 2026, donde el Representante Legal con facultades suficientes para este acto, de la sociedad denominada NVERSIONES EUREKA TOSCANA S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-070924, solicita al registro de personas jurídicas, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y la Directriz “DPJ-cero cero dos dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas”, la inclusión del siguiente correo electrónico para la atención de notificaciones de la Compañía: “eurekatoscana@gmail.com”.—San José, 07 de mayo de 2026.—Lic. Laura Castro Conejo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070411 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 13:00 horas del 04 de mayo de 2026, donde el Representante Legal con facultades suficientes para este acto, de la sociedad denominada TEKMA DEVELOPMENT SOLUTION LIMITADA S.R.L., cédula jurídica 3-102-905673, SOLICITA AL REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y la Directriz “DPJ-cero cero dos dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas”, la inclusión del siguiente correo electrónico para la atención de notificaciones de la Compañía: “acafo@hotmail.com” San José, 06 de mayo de 2026. Lic. Laura Castro Conejo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070412 ).

Para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ -cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas; de la sociedad CECARSA SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento diez mil noventa y uno, solicita la inclusión del siguiente correo electrónico como medio para atender notificaciones: jconejobadilla@gmail.com. Es todo.—06 de mayo 2026.—Lic. Luis Álvarez García, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070414 ).

Por escritura pública número 181, otorgada en mi Notaría, a las 16:00 horas, del día 29 de abril del año 2026, la sociedad Buceo Azul Profundo S. A., incluyó el correo electrónico “dive@deepblue-diving.com “, como medio para recibir notificaciones. Lic. Fernando Pizarro Abarca. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070415 ).

Mediante escritura pública 51-26 otorgada ante mi notaría el día 25 de abril del año 2026, Eugenia María Echeverría Gutiérrez, cédula de identidad 1-0741-0130, en su calidad de apoderada generalísima, solicita al Registro Nacional incorporar un correo electrónico en la sociedad AGROINDUSTRIAL EMUS S.A, cédula jurídica 3-101-049976, conforme a la Ley 10597. San José, 29 de abril del 2026. Orlando Cervantes Vargas, Notario.—1 vez.—( IN202601070416 ).

DANIELA MADRIZ PORRAS, cédula de identidad número 1 – 1434 – 0580, en calidad de liquidadora de la sociedad SOLINDO LUXE CONCIERGE, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número 3 – 102 – 895838, pone en conocimiento un extracto del estado final de liquidación conforme al artículo 216 del Código de Comercio, estado en el cual se ha determinado que la Compañía indicada no cuenta con ningún bien y/o activo, ni ninguna deuda y/o pasivo, ni tiene operaciones y/o actividades pendientes de ninguna naturaleza. Se insta a los interesados para que dentro del plazo máximo de 15 días, a partir de esta publicación, procedan a presentar cualquier reclamo y/u oposición ante la liquidadora. Teléfono: 4056-5050; Dirección: San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo EBC, décimo piso.—1 vez.—( IN202601070418 ).

La sociedad GANADERA VIALES UGALDE SOCIEDAD ANONIMA, cédula de Persona Jurídica 3- 101- 65216, procede con la inclusión de correo electrónico a los estatutos de la sociedad según Ley N° 10597. Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070419 ).

Que mediante escritura número ciento treinta y cuatro, del tomo uno, La suscrita; Alexandra Margot Araya Castillo, protocolice el acta número siete de la sociedad denominada “TRES OJITOS S.R.L, cédula de persona jurídica tres- ciento dos – ochocientos sesenta y cinco mil seiscientos diecinueve, acta mediante el cual se acuerda agregar al pacto constitutivo de la sociedad la siguiente dirección electrónica para recibir notificaciones: info@aacattorneys.com para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San José, Veintisiete de marzo, del dos mil veintiséis. Notaria Publica Alexandra Margot Araya Castillo Teléfono 84904870.—1 vez.—( IN202601070421 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento ochenta y tres, visible del folio ciento setenta y nueve vuelto al folio ciento ochenta y uno frente, del tomo uno, a las ocho horas con treinta minutos, del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de MAGICAL MACAWS PARADISE LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ochocientos cincuenta y seis mil ochocientos ochenta y seis, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula del pacto constitutivo relativa al domicilio social. San José, veintinueve de abril del año dos mil veintiséis. Licda. Ana Marcela Acosta Valverde. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070422 ).

Hago constar que, por escritura otorgada el treinta de abril del dos mil veintiséis, ante mí a las quince horas treinta minutos, la sociedad denominada CASA BRILLANTE L L C SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—Santa Cruz, Guanacaste, seis de mayo del dos mil veintiséis.—Lariza Guevara Moya, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070424 ).

Por escritura numero 377 otorgada ante el Notario Público, Lisbeth Castro Poveda a las 12:00 horas del 29 abril 2026 se incluye correo electrónico para la sociedad Le Pause jSA cedula 3-101-808788; reforma cláusula Domicilio Social. Alajuela. 29 abril 2026. Lic. Lisbeth Castro Poveda - Notario Público.—1 vez.—( IN202601070430 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número, sesenta y cuatro - tres, se procede mediante solicitud de la representante legal a incluir el correo electrónico de conformidad con la ley diez mil quinientos noventa y siete, de la sociedad, INVERSIONES AGUILAR Y NOGUERA DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - uno cero uno – dos uno uno siete dos dos; Alajuela, Guatuso, Katira, nueve horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Licda. YANORY DEL CARMEN ARGUEDAS VILLALOBOS. Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601070431 ).

Mediante escritura número nueve-uno, otorgada a las nueve horas con treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, ante la notaria Beatriz Elena Arce Villegas, para dar cumplimiento a ley diez mil quinientos noventa y siete, la sociedad COMPAÑÍA AGRÍCOLA EDINCAR SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica: tres - ciento uno – quinientos treinta y seis mil doscientos setenta y dos, designa como domicilio electrónico el siguiente correo electrónico válido y activo para recibir notificaciones administrativas y judiciales relacionadas con su representada el siguiente: alvarezedwin29@hotmail.com.—San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Beatriz Elena Arce Villegas.—1 vez.—( IN202601070432 ).

Ante esta Notaria se otorgó escritura; de la sociedad PATANEMO SOCIEDAD ANÓNIMA, sociedad con cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos ochenta y dos mil seiscientos cuarenta y siete, sociedad que fue disuelta, mediante la que se solicita a la entidad Registro Público Nacional el cese de la disolución aplicada y la reinscripción de la sociedad. Es todo. San José veintinueve de abril de dos mil veintiséis. Diana Karolina Quesada Hernández. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070433 ).

Por Escritura Número Ciento Cincuenta Y Siete Otorgada A Las Diecinueve Horas Del Dia Siete De Mayo Del Dos Mil Veintiseis, El Representante De La Sociedad Inmobiliaria Orcolino Sociedad Anónima, Cedula Jurídica Tres- Ciento Uno- Cuatrocientos Sesenta Y Dos Mil Seiscientos Sesenta Y Seis Solicita La Inclusión De Un Correo Electrónico. Notaria: Licda. Netzy Yanina Soto Rojas.—1 vez.—( IN202601070434 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y seis, visible al folio cuarenta y seis vuelto, del tomo setenta y uno, a las once horas con treinta minutos, del día treinta de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del apoderado generalísimo de la sociedad denominada GRANOS DEL PACIFICO SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica tres- ciento uno- cero treinta y un mil quinientos veinticinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Liberia, a las once horas con cuarenta y cinco minutos, del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Manuel Enrique Leiva Chamorro. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070435 ).

Por Escritura Número Ciento Cincuenta Y Seis Otorgada A Las Dieciocho Horas Del Dia Siete De Mayo Del Dos Mil Veintiseis, El Representante De La Sociedad Tres- Ciento Uno- Seiscientos Cuarenta Y Tres Mil Ciento Setenta Y Cuatro Sociedad Anónima, Cedula Juridica Tres- Ciento Uno- Seiscientos Cuarenta Y Tres Mil Ciento Setenta Y Cuatro Solicita La Inclusión De Un Correo Electrónico. Notaria: Licda.Netzy Yanina Soto Rojas.—1 vez.—( IN202601070436 ).

Por escritura número ciento cincuenta y cinco otorgada a las diecisiete horas del día siete de mayo del dos mil veintiséis, el representante de la sociedad Tres- Ciento Dos- Setecientos Noventa y Seis Mil Novecientos Setenta yOcho Sociedad De Responsabilidad Limitada, Cédula Jurídica Tres- Ciento Dos – Setecientos Noventa Y Seis Mil Novecientos Setenta Y Ocho Solicita La Inclusión De Un Correo Electrónico. Notaria: Licda. Netzy Yanina Soto Rojas.—1 vez.—( IN202601070437 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento ocho de las doce horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “ESCUELA LABORATORIO TECNICA SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tres- ciento uno- ciento siete mil ochocientos ochenta y tres, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNE CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070438 ).

Por Escritura Número Ciento Cincuenta Y Cuatro Otorgada A Las Dieciséis Horas Del Dia Siete De Mayo Del Dos Mil Veintiseis, El Representante De La Sociedad Cuentas Y Planillas Jdk Sociedad De Responsabilidad Limitada, Cedula Juridica Tres- Ciento Dos – Setecientos Veintiséis Mil Ochocientos Quince Solicita La Inclusión De Un Correo Electrónico. Notaria: Licda.Netzy Yanina Soto Rojas.—1 vez.—( IN202601070439 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento ocho de las doce horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad “MONTAJES ELECTRICOS S P E SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tres- ciento uno- ciento nueve mil quinientos ochenta y nueve, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. . San José, once de mayo de dos mil veintiséis. Licenciada Ileanna Navarro Castro. Carne Cinco Nueve Ocho Seis.—1 vez.—( IN202601070440 ).

La suscrita Notaria hace constar que mediante escritura número trescientos trece otorgada ante esta Notaría a solicitud la sociedad TALLER MECANICO HERMANOS FALLAS SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número tres- ciento uno- dos seis uno cinco cero siete solicita la inclusión de correo electrónico para dicha sociedad. Es todo, San José, veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Licda Wendy Rivera Baez. teléfono 62327425.—1 vez.—( IN202601070441 ).

Mediante escritura pública número ocho-ciento ocho, de las doce horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “ESTUDIOS ELÉCTRICOS DE INGENIERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA”, cédula jurídica número tres- ciento uno- ciento diez mil ciento quince, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintinueve de abril de dos mil veintiséis.—San José, once de mayo de dos mil veintiséis.—Licenciada Ileanna Navarro Castro. Carné cinco nueve ocho seis.—1 vez.—( IN202601070442 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento siete de las diez horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “J M M INGENIERÍA SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tres- ciento uno- doscientos veintiséis mil ciento diecisiete, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNÉ CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070443 ).

Por escritura número 121 otorgada ante la suscrita Notaria a las 14:00 horas del 13 de abril del 2025 se solicitó la incorporación del correo electrónico en el asiento registral de la sociedad TOTOLA S. A., cédula jurídica 3-101-603220. San José, 4 de mayo del 2025. Licda. Manuelita Jiménez E. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070444 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento seis de las ocho horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “SOLO MADERAS SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tresciento uno- doscientos setenta mil setecientos once, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNE CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070445 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento seis de las ocho horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “A T CONTRATOS SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tresciento uno- trescientos veinticinco mil cuatrocientos setenta y cuatro, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNE CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070446 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento seis de las ocho horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “CONSTRUCTORA S P E SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tres- ciento uno - trescientos cuarenta y cinco mil setecientos noventa y cinco, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintinueve de abril de dos mil veintiséis. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNÉ CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070447 ).

Ante esta Notaría, por escritura número cuarenta y cuatro otorgada a las doce horas treinta minutos del veintiocho de abril de dos mil veintiséis se protocolizó acta número tres de asamblea General de socios de la empresa Dummy Corporation Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno -cuatrocientos ochenta y nueve mil novecientos setenta y uno y domicilio social en Cóbano de Puntarenas. Incluye en su domicilio social el correo electrónico para oir notificaciones y otorga Poder Generalísimo con Límite de suma.—San José, veintinueve de abril de dos mil veintiséis.—Licenciado Ronald Rodríguez Villalobos.—1 vez.—( IN202601070448 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento ocho de las doce horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “KERD IMPORTACIONES STE SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos dieciséis mil noventa y uno, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintinueve de abril de dos mil veintiséis. . San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNE CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070449 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento siete de las diez horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “SOLEARES DEL ESTE S. P. E SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos ochenta y dos mil setecientos veintiocho, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintinueve de abril de dos mil veintiséis. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNE CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070450 ).

Ante esta Notaria, por escritura número doscientos cincuenta y ocho otorgada a las quince horas del veinticuatro de abril del dos mil veintiseis, las sociedades FENG & FENG DOS MIL VEINTICUATRO RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica TRESCIENTO DOS- NOVECIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO, y LI & CEN CIENTONOVENTAOCHO RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica TRES – CIENTO DOS- NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS, solicita el compareciente JUNMOU FENG como apoderado generalísimo de ambas sociedades, establecer como correo electrónico a su sociedad el siguiente: fjm197703@hotmail.com Puerto -viejo de Sarapiqui a las doce horas del treinta de abril del dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Licda. KATERIN ANDREA VARGAS LEAL, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070451 ).

Mediante escritura pública número ocho-ciento siete, de las diez horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “BUGAMBILIAS TRES RÍOS SOCIEDAD ANÓNIMA”, cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos veintitrés mil seiscientos diecinueve, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, once de mayo de dos mil veintiséis.—Licenciada Ileanna Navarro Castro. carne cinco nueve ocho seis.—1 vez.—( IN202601070452 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento seis de las ocho horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “3-101-544672 SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tresciento uno- quinientos cuarenta y cuatro mil seiscientos setenta y dos, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNE CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070453 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento seis de las ocho horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “3-101-544672 SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tres-ciento uno- quinientos cuarenta y cuatro mil seiscientos setenta y dos, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNE CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070454 ).

Mediante escritura pública ocho – ciento seis de las ocho horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada, la sociedad denominada “3-101-545480 SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos ochenta, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNÉ CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070455 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento seis de las ocho horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada ““3-101-581072 SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tresciento uno- quinientos ochenta y un mil setenta y dos, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNE CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070456 ).

Por escritura número 102, del tomo 7 de mi protocolo, otorgada ante esta Notaria en Cartago, a las 10:00 horas del 27 de abril del año 2026, se incluye correo electrónico para notificaciones de las sociedades FAMECOR F M C SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica 3-101- 863909, e HIMECO C Y S SOCIEDAD ANONIMA, con cedula jurídica 3-101-296182. Cartago, 29 de abril del año 2026. Licda. Gloria E. Carrillo Ballestero, Notaria.—1 vez.—( IN202601070457 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento siete de las diez horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “SOLEARES DEL ESTE S. P. E SOCIEDAD ANÓNIMA”, cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos ochenta y dos mil setecientos veintiocho, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintinueve de abril de dos mil veintiséis.—San José, once de mayo de dos mil veintiséis.—Licenciada Ileanna Navarro Castro. carne cinco nueve ocho seis.—1 vez.—( IN202601070458 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento siete de las diez horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “HERMANOS VASQUEZ CHAVARRIA SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tres- ciento uno- setecientos dos mil quinientos treinta y tres, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNE CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070459 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento siete de las diez horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “3-101-782524 SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tres-ciento uno- setecientos ochenta y dos mil quinientos veinticuatro, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNÉ CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070460 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento seis de las ocho horas del once de mayo de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho del notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “HACIENDA SAN RAFAEL H.S.R. SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica número tres- ciento uno- seiscientos veinte mil ciento cinco, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, once de mayo de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNE CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070461 ).

Por escritura número ciento cincuenta y tres, otorgada a las quince horas del día siete de mayo del dos mil veintiséis, el representante de la sociedad Tres- Ciento Uno- Seiscientos Cuarenta y Tres Mil Veinticinco Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y tres mil veinticinco, solicita la inclusión de un correo electrónico. Notaria: Licda. Netzy Yanina Soto Rojas.—1 vez.—( IN202601070462 ).

Por escritura número ciento cincuenta y dos, otorgada a las catorce horas del día siete de mayo del dos mil veintiséis, el representante de la sociedad Importaciones Benivill Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y nueve mil ochocientos cuarenta y tres, solicita la inclusión de un correo electrónico. Notaria: Licda. Netzy Yanina Soto Rojas.—1 vez.—( IN202601070463 ).

Por escritura número ciento cincuenta y uno, otorgada a las trece horas del día siete de mayo del dos mil veintiséis, el representante de la sociedad Importaciones Q F del Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-novecientos tres mil ochocientos sesenta y cuatro, solicita la inclusión de un correo electrónico. Notaria: Licda. Netzy Yanina Soto Rojas.—1 vez.—( IN202601070464 ).

Por escritura número ciento cincuenta, otorgada a las doce horas del día siete de mayo del dos mil veintiséis, el representante de la sociedad Inversiones Benijim JH Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos veintiséis mil setecientos setenta y ocho, solicita la inclusión de un correo electrónico. Notaria: Licda. Netzy Yanina Soto Rojas.—1 vez.—( IN202601070465 ).

Ante mi notaría, se realiza la inscripción para efectos de notificación del correo electrónico de la sociedad RITEMSA DE CORONADO S. A., cédula jurídica número tres - ciento uno – setecientos veintitrés mil seiscientos treinta. Es todo. San José, treinta de abril del dos mil veintiséis. Lic. Nelson Eduardo González Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070466 ).

Se informa para los alcances de ley; que, ante esta Notaria, se presentó el Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada ALL GYN SOCIEDAD ANONIMA, solicitado para su representa que se realice la inscripción en la Sección de Personas Jurídicas del Registro Público la cuenta de correo electrónico. Es todo, doce de mayo del dos mil veintiséis. EVELIO PACHECO BARAHONA, NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601070468 ).

Se informa para los alcances de ley; que, ante esta Notaria, se presentó el Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada BOP SOLUCTIONS CENTROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA, solicitado para su representa que se realice la inscripción en la Sección de Personas Jurídicas del Registro Público la cuenta de correo electrónico. Es todo, doce de mayo del dos mil veintiséis. EVELIO PACHECO BARAHONA, NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601070469 ).

Se informa para los alcances de ley; que, ante esta Notaria, se presentó el Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad FOUR CHILDS HOPE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, solicitado para su representa que se realice la inscripción en la Sección de Personas Jurídicas del Registro Público la cuenta de correo electrónico. Es todo, doce de mayo del dos mil veintiséis. EVELIO PACHECO BARAHONA NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601070470 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se hace aumento capital de la sociedad S & L Los Corrales de Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-807420. Licenciado Olman Martínez Picado. Notario.—1 vez.—( IN202601070471 ).

En esta Notaría mediante escritura pública: 065-44 otorgada en San Isidro de Heredia a las 08 horas 15 minutos del 02 de mayo del 2026, la sociedad Textiles M y S Importadora Limitada, con cédula jurídica: 3-102-864144, en cumplimiento de lo establecido en la ley: 10597, incluyó como su correo electrónico oficial para recibir notificaciones el siguiente: mauoviedoh@gmail.com Lic. Iván Villalobos Ramírez.—1 vez.—( IN202601070472 ).

Por escritura pública número 183, otorgada en mi Notaría, a las 17:00 horas, del día 29 de abril del año 2026, protocolicé acta de asamblea general de 3-102-942844 mediante la cual se incluyó correo electrónico y se otorgó poder generalísimo para registro de accionistas.—Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070473 ).

Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las dieciséis horas del treinta de abril de dos mil veintiséis, STE & CONSULTORES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres- ciento dos - novecientos once mil quinientos ochenta y tres, modificó la cláusula del Domicilio. Es todo. Cañas, Guanacaste, a las trece horas del cuatro de mayo de dos mil veintiséis.—Licda. Ana María Solano Jerez, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN202601070474 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número diecisiete -DOS visible al folio doce frente y vuelto y trece frente del tomo número dos, a las catorce horas del día cuatro de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal Walter Mora Alfaro apoderado generalísimo de la Sociedad Anónima tres ciento uno quinientos quince mil quinientos veintiséis Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- tres ciento uno quinientos quince mil quinientos veintiséis, para incorporar un correo electrónico sociedadmora555126@gmail.com, en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Quesada, a las catorce horas del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Lic. MARIA ISABEL ELIZONDO MORA Notario Público, carnet 19167.—1 vez.—( IN202601070475 ).

Por escritura otorgada ante Mí se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Inversiones Crismar mil novecientos sesenta y nueve Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- seiscientos treinta y seis mil cuatrocientos ochenta, en la cual mediante la cual se nombran personeros y se solicita al Registro la inscripción del correo electrónico adicionando clausula segunda del pacto constitutivo. Publíquese por una vez y no sujeto a plazo legal especifico. Roberto Sossa Sandi. Notario Publico.—1 vez.—( IN202601070476 ).

Por escritura número 44 – 1 otorgada ante los Notarios Públicos JOSÉ RICARDO MONTERROSA MORA y CARLOS FERNANDO HERNÁNDEZ AGUIAR, actuando en el protocolo del primero, a las 15 horas con treinta minutos del 28 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad SOMA OSADHI, SRL con cédula jurídica número 3-102- 868066. San José, 29 de abril del 2026. Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar.—1 vez.—( IN202601070477 ).

Por escritura número ciento cuarenta y cinco otorgada a las siete horas del dia siete de mayo del dos mil veintiseis, El Representante De La Sociedad CORPORACION QUALITY FASHION DEL CARIBE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cedula juridica tres- ciento dos – ochocientos ocho mil cuatrocientos ochenta solicita la inclusión de un correo electrónico. NOTARIA: LICDA.NETZY YANINA SOTO ROJAS.—1 vez.—( IN202601070478 ).

Ante esta notaria, mediante escritura número ciento sesenta y siete, visible al folio setenta y ocho frente, del tomo veintitrés, a las catorce horas del cuatro de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad transportes facumo empresa individual de responsabilidad limitada, cedula jurídica tres- ciento cinco – cuatro cero nueve cero cuatro cuatro, incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Guápiles, a las catorce horas diez minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Gabriela Víquez Chaves. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070479 ).

POR ESCRITURA NÚMERO CIENTO CUARENTA Y OCHO OTORGADA A LAS DIEZ HORAS DEL DIA SIETE DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS, EL REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD GRUPO BEJIM DE CR SOCIEDAD ANÓNIMA, CEDULA JURIDICA TRES- CIENTO UNO – NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS DOCE SOLICITA LA INCLUSIÓN DE UN CORREO ELECTRÓNICO. NOTARIA: LICDA.NETZY YANINA SOTO ROJAS.—1 vez.—( IN202601070480 ).

POR ESCRITURA NÚMERO CIENTO CUARENTA Y NUEVE OTORGADA A LAS ONCE HORAS DEL DIA SIETE DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS, EL REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD J H G L CORPORACION SOCIEDAD ANÓNIMA, CEDULA JURIDICA TRES- CIENTO UNO – NOVECIENTOS VEINTISÉIS MIL DOS SOLICITA LA INCLUSIÓN DE UN CORREO ELECTRÓNICO. NOTARIA: LICDA.NETZY YANINA SOTO ROJAS.—1 vez.—( IN202601070481 ).

POR ESCRITURA NÚMERO CIENTO CUARENTA Y SIETE OTORGADA A LAS NUEVE HORAS DEL DIA SIETE DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS, EL REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD LA QUINTA HEREDIANA SOCIEDAD ANÓNIMA, CEDULA JURIDICA TRES- CIENTO UNO – QUINIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO SOLICITA LA INCLUSIÓN DE UN CORREO ELECTRÓNICO. NOTARIA: LICDA.NETZY YANINA SOTO ROJAS.—1 vez.—( IN202601070482 ).

POR ESCRITURA NÚMERO CIENTO CUARENTA Y SEIS OTORGADA A LAS OCHO HORAS DEL DIA SIETE DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS, EL REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD VILLA DE ALTA MAR SOCIEDAD ANÓNIMA, CEDULA JURIDICA TRES- CIENTO UNO – QUINIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES SOLICITA LA INCLUSIÓN DE UN CORREO ELECTRÓNICO. NOTARIA: LICDA.NETZY YANINA SOTO ROJAS.—1 vez.—( IN202601070483 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las dieciséis horas del día veintinueve de abril del año dos mil veintiséis se reformó la cláusula segunda de los estatutos de IMPORTADORA MAIRENA CAMPOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos cuarenta y cinco mil trescientos sesenta y seis. Cartago, cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. María Fernanda Robles Calvo.—1 vez.—( IN202601070484 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número TREINTA Y CUATRO-SEIS, a folio cuarenta y uno vuelto a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del veintinueve de abril de dos mil veintiséis, por medio de la solicitud de la sociedad “PLAYA BARBARA LIMITADA” cédula jurídica número tres-ciento dos- ochocientos diez mil trescientos diecisiete, para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, para que en lo sucesivo se incluya el correo electrónico notificaciones@rightwaycr.com. Ciudad de Santa Cruz, Tamarindo, veintinueve de abril de dos mil veintiséis. Una única vez. Licda. ANA CATALINA BALTODANO ROJAS. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070485 ).

Mediante escritura setenta, de las nueve horas del treinta de abril, se agregó correo electrónico a la sociedad SOL RESPLANDECIENTE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – quinientos cincuenta y seis mil novecientos veintinueve. María Auxiliadora Porras Monge. notaria.—1 vez.—( IN202601070486 ).

Por escritura número 295 de las 17:30 horas del 27 de abril del 2026, otorgada ante la suscrita notaria, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad de INVERSIONES ELIGAR DE PUNTARENAS SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica número 3-101-425336. Miramar, 20:00 horas del del 28 de abril del 2026. Lic. Jockseline Zúñiga Varela. Notario.—1 vez.—( IN202601070487 ).

Ante esta Notaría, mediante la escritura pública número 131, visible del folio 112 frente al folio 113 ciento frente, del tomo 3 del protocolo de la suscrita notaria, otorgada a las 16:00 horas, del 8 de julio de 2025, se protocolizó acta de VILLA PAULINA LIMITADA, cédula jurídica 3-102-234640, en la que se modificó la cláusula de los estatutos con lo cual se aumentó el capital social. Lic. María José Valverde Villalón. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070488 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y tres, visible al folio cincuenta y uno frente, del tomo diecinueve, a las doce horas y treinta minutos, del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General de Cuotistas de TRES- CIENTO DOS- NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS SETECIENTOS NOVENTA Y UNO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- novecientos treinta y seis setecientos noventa y uno, mediante la cual se acordó reformar la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo, a fin de para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete; y una nueva representación. Ciudad de Sámara, a las catorce horas del día cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Flor del Carmen Guevara Vega. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070489 ).

La empresa TRES – CIENTO DOS – SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS S.R.L., cédula jurídica número: tres - ciento dos – setecientos noventa mil seiscientos treinta y dos, informa a los interesados y socios: PRIMERO: Se acuerda incluir en registro mercantil de sociedades para efecto de notificaciones el correo electrónico: mbseguram@yahoo.com, es todo LIC JORGE CHACON VILLALOBOS.—1 vez.—( IN202601070490 ).

Por escritura número 8 otorgada ante esta notaría a las 09:15 horas, del 9 de mayo del 2026 se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la empresa ACCESORIOS M&G S. A. cédula jurídica 3-101- 792500, con domicilio social en domicilio San José, San José, Zapote de la rotonda de Las Garantías Sociales, 400 metros al norte, Edificio Blanco. Publíquese una vez y no sujeto a plazo. San José, 11 de mayo del 2026. Dania Valverde Núñez Notario Público.—1 vez.—( IN202601070491 ).

Por escritura número 7 otorgada ante esta notaría a las 09:00 horas, del 9 de mayo del 2026 se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la empresa AUTO SERVICIO TSO S. A. cédula jurídica 3-101- 290669, con domicilio social en domicilio San José, San José, Zapote frente a la rotonda de Las Garantías Sociales. Publíquese una vez y no sujeto a plazo. San José, 11 de mayo del 2026. Dania Valverde Núñez Notario Público.—1 vez.—( IN202601070492 ).

Mediante escritura número cincuenta y dos-tomo cinco, otorgada a las doce horas del doce de mayo dos mil veintiséis, protocolice acta número dos. Asamblea de Cuotistas de la sociedad POOL GLASS COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABLIDAD LIMITADA, Cédula jurídica: Tres-ciento dos-ochocientos cuenta y nueve mil sesenta y nueve. Se reforma cláusula de domicilio social, se incluye cuenta de correo electrónico a nombre de la sociedad en cumplimiento de la Ley diez mil quinientos noventa y siete. Se dicta revocatoria con nombramiento al cargo de gerente. San José, doce mayo dos mil veintiséis. José Miguel Úbeda Mejía, Notario Público. Correo electrónico: ubedamejor@gmail.com, publíquese.—1 vez.—( IN202601070493 ).

Por escritura pública número Uno-Doce otorgada a las diez horas del seis de mayo del año dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico de la sociedad denominada VALLE TERJARCILLOS SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número tres-ciento uno-tres tres siete cuatro uno tres con domicilio social en San José, Escazu, San Antonio, de la Tapachula trescientos metros norte y cien oeste a mano derecha-San José, seis de mayo del año dos mil veintiséis .- Notaria: PATRICIA VANOLLI ALVARADO.—1 vez.—( IN202601070494 ).

Mediante escritura número 62 de 11 de mayo de 2026 ante esta notaría, en cumplimiento de Ley 10255, la sociedad de esta plaza “HEFRA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-028686, solicita reinscribir sociedad y modificar plazo social.- Publíquese una vez. San José, 11 de mayo de 2026. LICENCIADO RAFAEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ, NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601070495 ).

Ante esta notaría, por escritura número 278 de las 14:20 horas del 29 de abril de 2026, del tomo 20, se protocolizó la solicitud de inscripción de correo electrónico de la siguiente sociedad: POLLOS DEL CARIBE CHR SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica: 3-101-918359, Limon, 29 de abril de 2026. Lic. Northon Allen White, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070496 ).

Por escritura número ciento ochenta y dos otorgada ante el Notario Público María Socorro Mora Ramírez de las 08:00 horas y treinta minutos del 29 de abril 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada LOGIC TRUCK COMPANY SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres – ciento dos – ochocientos veintinueve mil setecientos cincuenta y siete, domiciliada provincia siete Limón, cantón dos Pococí, Jiménez, tres kilómetros norte de la plaza de deportes de Jiménez, del Lavacar Berny sexta casa mano izquierda color beige. Lic. María Mora Ramírez. Notario Público. Carné 9907. Publíquese.—1 vez.—( IN202601070498 ).

Por escritura número ciento ochenta y uno, otorgada ante el Notario Público María Socorro Mora Ramírez de las 08:00 horas y treinta minutos del 29 de abril 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada PANAMERICAN CARGO DE CENTROAMÉRICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres – ciento dos – ocho siete cero ocho cinco cuatro, con domicilio provincia cero dos Alajuela, cantón diez San Carlos, Aguas Zarcas, de la Iglesia Católica veinticinco metros al norte, local comercial contiguo a Ecónomas.—Lic. María Mora Ramírez, Notario Público. Carné 9907.—1 vez.—( IN202601070499 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las diez horas treinta minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se disuelve la sociedad denominada “C & F ENTRENIMIENTO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “, cédula jurídica tres-ciento dos-novecientos dos mil ochocientos cincuenta y seis. Publicar una vez. Es todo. Lic. Jorge Bonilla Peña.—1 vez.—( IN202601070501 ).

En mi notaria mediante escritura número DOSCIENTOS VEINTINUEVE, del folio ochenta y ocho vueltos del tomo CUARTO de las diecisiete horas quince minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiséis se tramita la modificación de la representación de la sociedad T&A SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres – ciento dos – novecientos veinticuatro mil doscientos setenta y tres. Es todo. Heredia, veintinueve de abril el dos mil veintiséis. Lic. JOHNNY ALBERTO MOYA UMANA, Notario carnet veintiocho mil cincuenta y dos. EMAIL: johnniemoya@hotmail.com.—1 vez.—( IN202601070505 ).

Ante la suscrita notaria la sociedad REPUESTOS WACAR SOCIEDAD ANONIMA, acuerdo agregar a su pacto constitutivo el correo electrónico sociedadwacar@gmail.com para notificaciones. Heredia, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Johanna Vargas Marín, Abogada y Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070506 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número treinta- nueve visible folio dieciocho frente, del tomo nueve a las veinte horas treinta minutos del veintinueve de abril 2026, se presentó solicitud por parte de apoderada de la sociedad 3-101-755613 SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número: 3-101- 755613, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social conforme Ley 10597, en la ciudad de Heredia, al ser las 21:00 horas del 29 de junio del 2026. Licenciada. María Auxiliadora Alfaro Chacón, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070508 ).

Por medio de escritura número 49, visible a folio 97 frente, del tomo número 39, otorgada ante el suscrito Notario Público, a las trece horas con veinte minutos del día 10 de abril del año 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de BLUE CHAIR OJOCHAL, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-uno cero dos-ocho siete dos dos cero dos, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San Isidro de El General de Pérez Zeledón, 13 de abril del año 2026. Notario: Randall Rubén Sánchez Mora.—1 vez.—( IN202601070509 ).

Mediante escritura número setenta y uno, visible al folio noventa y siete vuelto del tomo 8 de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las once horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocolizó el acta mediante la cual se designa el correo electrónico “bruno@perennity.io” como medio de notificaciones Ima Adama Limitada, número de cédula jurídica tres-ciento dos-nueve uno nueve ocho cero uno. Lic. Geraldine Gene Barrios. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601070510 ).

Por escritura número 179, visible folio: 111 frente, del tomo 11 otorgada ante el Notario Público, William Juárez Mendoza, al ser las 11:30 del día 30 de abril del año 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de dos sociedades la primera: CONSUELO FORESTAL LIMITADA, con número de cédula jurídica: 3-102-081626, y en adelante la segunda sociedad: ARCO IRIS DEL COYOTE SOCIEDAD ANONIMA, con número de cédula jurídica 3-101-288458. Es todo, firmo en Samara, Nicoya, Guanacaste, el 04 de mayo del año 2026. Lic. William Juárez Mendoza, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070511 ).

Por escritura otorgada en la ciudad de Cartago a las nueve horas del dos de mayo de dos mil veintiséis, se disolvió la sociedad denominada CORPORACIÓN SOLUCIONES ANKA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – setecientos cuarenta y cinco mil quinientos sesenta y dos. Cartago, cuatro de mayo de dos mil veintiséis.—María Auxiliadora Porras Monge, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070512 ).

Por escritura NUMERO TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE, otorgada ante el Notario Público Vera Violeta González Ávila, a las ocho horas del nueve de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Sabana del Roble Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta mil setecientos veintinueve, con domicilio en Provincia dos Alajuela, Cantón uno Alajuela, Alajuela, avenida seis, calle diecinueve Paso Flores. Alajuela, once de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Vera Violeta González Ávila, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070513 ).

Por escritura numero trescientos setenta y ocho, otorgada ante el Notario Público Vera Violeta González Ávila, a las nueve horas del nueve de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Inversiones Roble Sabana de Alajuela Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos dos mil setecientos noventa y cuatro, con domicilio social en Provincia dos Alajuela, Cantón uno Alajuela, Alajuela, avenida seis, calle diecinueve Paso Flores. Alajuela, once de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Vera Violeta González Ávila, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070514 ).

Por escritura número doscientos treinta y tres, visible al ciento veintinueve frente hasta el folio ciento veintinueve vuelto, del tomo diecisiete otorgada en esta notaria a las trece horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se realiza la incorporación de un correo electrónico en el domicilio social y el nombramiento del Gerente de la compañía Tres- Ciento Dos-Ochocientos Cinco Mil Ciento Treinta Y Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres- ciento dos- ochocientos cinco mil ciento treinta y seis.—Alajuela, quince horas del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis.—Msc. Oscar Cordero Sáenz, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070515 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve del nueve de abril del dos mil veintiséis se procede agregar correo electrónico de las plazas de sociedad Inversiones Seis Estrellas cédula jurídica 3-101-326483 y Proyecto Siglo Veintiuno Estrellas, cédula jurídica 3-101-192059, en adición a la cláusula de Domicilio de dichas sociedades. Es todo, a las trece horas del trece de abril del 2026. Notario Alex Arias Piedra.—1 vez.—( IN202601070516 ).

Por escritura otorgada a las 14.00 horas de 24 de abril de 2026, se incluyen los siguientes correos: rchava@gmail.com, a las siguientes sociedades: DANIEL LEON Y ASOCIADOS S. A., cédula jurídica 3-101-422208 y TRES CIENTO DOS- NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL- OCHOCIENTOS UNO S.R.L., cédula jurídica 3-102- 925801, y del correo jucale@hotmail.com, a las siguientes sociedades PÁEZ PIZARRO S. A., cédula jurídica 3-101-59687, IMAGIDENT DIGITAL S. A., cédula jurídica 3-101-753223, POLO DIEZ S. A., cédula jurídica 3-101-76818. San José, 24 de abril de 2026. Andrey Chacón León, Notario.—1 vez.—( IN202601070517 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos sesenta y cuatro, visible al folio ciento noventa y uno frente, del tomo uno, a las nueve horas treinta minutos, del veintidós de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Pedro Víctor Carranza Vega, cedula seis-uno cuatro siete-nueve cuatro nueve, en su condición de presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad JCV & HNOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-ocho cinco ocho seis cinco tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Puntarenas, a las nueve horas del día veintiocho de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Aldo Sánchez Alvarado, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070518 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 113 visible al folio 115 vuelto del tomo 5, a las 13:00 horas del 28 de abril de 2026 se protocoliza el acta de Asamblea General de 3-102- 674594 S.R.L., cédula jurídica 3-102-674594 mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social y de administración del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, 29 de abril de 2026. NATHALIE WOODBRIDGE GÓMEZ, NOTARIA PÚBLICA.—1 vez.—( IN202601070520 ).

Por escritura 106-9, otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del día 04 de mayo del 2026, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mediterranean Views Corporation S.A., cédula jurídica 3-11-327538, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 04 de mayo del 2026.—Lic. Juan Carlos Castillo Quirós, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070521 ).

Mediante escritura pública número ocho – ciento cinco de las once horas del veintinueve de abril de dos mil veintiséis, otorgada en el protocolo ocho de la notario público Ileanna Navarro Castro, la sociedad denominada “DESARROLLOS METALICOS DEMESA SOCIEDAD ANONIMA”, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ciento setenta y seis mil novecientos sesenta, se establece correo electrónico en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintinueve de abril de dos mil veintiséis. LICENCIADA ILEANNA NAVARRO CASTRO. CARNE CINCO NUEVE OCHO SEIS.—1 vez.—( IN202601070522 ).

Por escritura número CUARENTA Y DOS, otorgada a las once horas del día dieciséis de abril de dos mil veintiséis, se solicitó la incorporación del correo electrónico en el asiento registral de la sociedad ISLA FANTASMA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – cero cinco nueve cuatro cero cuatro. San José, 29 de abril de 2029. Notaria. Johanna María Gamboa Bonilla.—1 vez.—( IN202601070523 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número NOVENTA Y SIETE-UNO, visible al folio CINCUENTA Y SEIS FRENTE, del tomo NÚMERO UNO, a las dieciséis horas con treinta minutos del veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del REPRESENTANTE LEGAL de LUJOTECH SERVICES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número TRES-UNO CERO CINCO-NUEVE CINCO CUATRO OCHO TRES CERO, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las dieciséis horas y cuarenta minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Lee Johann Jiménez Jara, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070526 ).

Ante esta Notaría, escritura 159, folio 154 vuelto, tomo 3, 14:00 horas del 23 de abril de 2026, Kattia Cecilia Hidalgo Cubero, cédula 2-0614-0296, en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad 3-102-879140 S.R.L., solicita incorporación de correo electrónico en domicilio social conforme Ley 10597.—Grecia, 16:10 horas del 28 de abril de 2026.—Licda. Nataly Rodríguez Porras, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070527 ).

Por escritura número ciento cincuenta y uno, otorgada ante el Notario Público, CHRISTIAN ALEXANDER CORTES SÁNCHEZ, de las quince horas del veintinueve abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico gruasbronco0913@gmail.com, dentro de la sociedad denominada GRUAS BRONCO LIMITADA, cédula jurídica TRES- CIENTO DOS- OCHO OCHO NUEVE SEIS OCHO OCHO, con domicilio social en ALAJUELA, LA GARITA CONTIGUO SALÓN COMUNAL, Turrucares, a las quince horas del día veintinueve de abril del año dos mil veintiséis. Lic. CHRISTIAN ALEXANDER CORTES SÁNCHEZ, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070530 ).

Ante esta Notaría, escritura 158, folio 154, tomo 3, 9:30 horas del 23 de abril de 2026, Viviana Gerarda Zúñiga Naranjo, cédula 2-0636-0127, apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad 3-102-878773 S.R.L., solicita incorporación de correo electrónico en domicilio social conforme Ley 10597. Publíquese una vez. Grecia, 13:15 horas del 29 de abril de 2026. Licda. Nataly Rodríguez Porras. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070531 ).

Ante esta Notaría, por escritura número ciento setenta y siete - doce otorgada a las 14:30 horas del 30 de abril del 2026, se incluye correo electrónico en el pacto social de CONDOMINIO HACIENDA EL COCOY NUEVE CRUZ DEL EJE S. A., cédula jurídica 3-101-300758.—San José, 04 de mayo del 2026. Claudia Eugenia Reyes Silva, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070534 ).

Por escritura número ciento sesenta y cinco otorgada ante la Notaria Pública, María Emilia Alfaro Rojas de las a las once horas del veintinueve de abril de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada TRES-UNO CERO DOS-NUEVE DOS SEIS SIETE SIETE NUEVE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica tres-uno cero dos-nueve dos seis siete siete nueve. Grecia, catorce de abril del año dos mil veintiséis. Publicación de aviso una vez. Licda. María Emilia Alfaro Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070535 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número diecinueve, visible al folio trece frente, del tomo cuarto, a las diecisiete horas y treinta y dos minutos, del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis, se reforma el artículo octavo del pacto constitutivo de la sociedad SOSTECH AMBIENTAL CONSULTORIA SOCIEDAD ANONINA, con cedula jurídica tres- ciento uno ochocientos sesenta y ocho mil trescientos treinta y ocho, cual será de la siguiente manera: “La representación judicial y extrajudicial de la Sociedad la tendrá el Presidente de la Junta Directiva, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, con todas las facultades de un mandatario de tal clase, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes y en estos estatutos. Además, representará a la Sociedad ante toda clase de autoridades judiciales, administrativas y municipales, instituciones autónomas y semiautónomas y demás entes públicos y privados.’’ A las diecinueve horas y veinticinco minutos del día veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis. Heredia, Flores, Condominio San Martin D-cero seis. Publíquese una vez. Licda. ALEXA NATALIA CARVAJAL CALVO. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070536 ).

Por escritura otorgada ante este Notario a las 11:45 horas del 29 de abril del 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea de Cuotistas de CASA LEIBELT LLC LIMITADA mediante la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en cumplimiento con la ley número 10597. San José, 29 de abril del 2026. Carlos José Oreamuno Morera. Notario. (publíquese 1 vez).—1 vez.—( IN202601070537 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos cincuenta y ocho, visible al folio ciento ochenta y ocho frente, del tomo uno, a las ocho horas treinta minutos, del catorce de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Roland Chaves Arrieta, cedula uno-ocho cuatro siete-seis siete cero, en su condición de presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad SERVICIOS EMPRESARIALES Q.U.I.R.I. & C.U.A. DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro cuatro nueve uno cinco nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Puntarenas, a las diez horas del día veintiocho de abril del año dos mil veintiséis. Publíquese una sola vez. Lic. Aldo Sánchez Alvarado. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070538 ).

Por escritura número cuarenta y seis, otorgada a las diez horas y treinta minutos del día veintinueve de abril de dos mil veintiséis, se solicitó la incorporación del correo electrónico en el asiento registral de la sociedad E A LOJOTROZ SOCIEDAD ANÓNIMA., cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y un mil cuatrocientos cuarenta y cinco.—San José, 29 de abril de 2029.—Notaria. Johanna María Gamboa Bonilla.—1 vez.—( IN202601070539 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número Trescientos diez, visible al folio ciento ochenta y vuelto y ciento ochenta y cinco frente, a las TRECE HORAS del CUATRO DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de la Sociedad INVERSIONES DEL CIELO TARRAZU SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número TRES - CIENTO UNO –SIETE UNO SIETE SEIS TRES CUATRO, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Santa María de Dota Licenciada Wendy Karina Barboza Arguedas Notario Público.—1 vez.—( IN202601070541 ).

Por medio de escritura número 48, visible a folio 95 vuelto, del tomo número 39, otorgada ante el suscrito Notario Público, a las trece horas del día 10 de abril del año 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de TRES-UNO CERO DOS-OCHO CINCO DOS CINCO TRES OCHO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-uno cero dos-ocho cinco dos cinco tres ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San Isidro de El General de Pérez Zeledón, 13 de abril del año 2026. Notario: Randall Rubén Sánchez Mora—1 vez.—( IN202601070542 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada VO y Zeta Terrenos, S.A., donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070544 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada Plaza Arena Sol, S.A., donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070545 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número Treinta y Dos, de las doce horas con cuarenta minutos del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, visible al folio veintidós vuelto, del tomo dieciséis, se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE de la sociedad SPIRO DISEÑO ESTRATÉGICO, S. A., con cédula de persona jurídica número tres — ciento uno - cuatrocientos noventa y cinco mil quinientos ochenta y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, trece de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Román Esquivel Font. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070546 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Reunión de Cuotistas de la sociedad denominada BUFFALO PASS COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: tomperlitzzapotal@gmail.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente y eliminar la cláusula referente al agente residente.—San José, doce de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070547 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas quince minutos del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada Vista Cabuya JG, S.A., donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070548 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada Playa Cocos de Montezuma, S.A., donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070549 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Reunión de Cuotistas de la sociedad denominada Galacia del Sur, Limitada, donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070550 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada Cabuya Solue, S.A, donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070551 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas quince minutos del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada CABUYA SPRUCE, S.A, donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070552 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada INMOBILIARIA CEROS Y UNOS, S.A, donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070553 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas cuarenta y cinco minutos del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada CABUYA DELAWARE, S.A, donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070554 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada Frente Verde, S.A., donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente.—San José, doce de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070555 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas quince minutos del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada INVERSIONES FONDO AZUL DEL PACIFICO, S.A, donde se modifica la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070556 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de la sociedad denominada PARCELA GONZÁLEZ S.R.L., donde se acuerda modificar la cláusula segunda de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601070557 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cero nueve- dos, visible al folio cero cero siete vuelto del tomo número dos, a las once horas con veinte minutos del día doce de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada D.L MADURO Y COMPAÑÍA SUCESORES LIMITADA, con cédula de personería jurídica número 3-102-004644, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Publíquese una vez. Ciudad de San José, a las trece horas del día doce de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Jorge Arguedas Medina.—1 vez.—( IN202601070559 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 50-37, a las 08:00 horas del día 04 de mayo 2026, se cambia junta directiva y se reforma cláusula de administración y se crea nueva de CONSORCIO DE DESARROLLO DELTA, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-023895. San José, 04 mayo de 2026. Licda. Pía Picado González. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070560 ).

La sociedad: DOÑA DELIA POR SIEMPRE SOCIEDAD ANÓNIMA, registra su cuenta de correo electrónico. Escritura otorgada en San José, a las diez horas del doce de mayo de dos mil veintiséis. Notario: HUMBERTO JARQUÍN ANCHÍA. Publicar una vez.—1 vez.—( IN202601070562 ).

La empresa EL BOSQUE DEL NOMO S.R.L., cédula jurídica número tres – ciento dos – novecientos ocho mil seiscientos diez, informa a los interesados y socios: PRIMERO: Se acuerda incluir en registro mercantil de sociedades para efecto de notificaciones el correo electrónico: mbseguram@yahoo.com, es todo LIC JORGE CHACON VILLALOBOS.—1 vez.—( IN202601070564 ).

De Conformidad Con Lo Dispuesto En La Ley Diez Mil Quinientos Noventa Y Siete, en concordancia con La Directriz DPJ- Cero Cero Dos – Dos Mil Veinticinco, emitida por La Dirección Del Registro De Personal Jurídicas, se hace del conocimiento del público en general, Que según escritura pública número ciento cuarenta y nueve – cuatro, ante el notario público, Wilber Solís Porras carne 22584, se indica que la Sociedad: WISOL AMERICANA SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos ochenta y ocho mil ochenta y seis con domicilio social en la Provincia de Cartago, Cantón Cartago, Distrito San Nicolás, exactamente El Alto de Ochomogo, Frente a RECOPE, doscientos metros al oeste y cien metros al norte de la empresa VYMISA, Condominio Don Flor, Filial ocho y nueve. Define como correo electrónico oficial, para recibir notificaciones, el siguiente: servicioalcliente@wisolamericana.com. Por definirlo así, los representantes de la misma. Publíquese este edicto por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para los efectos legales correspondientes. Cartago, 05 de mayo del 2026. Lic. WILBER SOLÍS PORRAS, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070565 ).

Ante la suscrita notaria la sociedad TRANSAIRES AF SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, acuerdo agregar a su pacto constitutivo el correo electrónico ametfernandezuno@gmail.com para notificaciones. Publicar solo una vez. Heredia, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Johanna Vargas Marín. Abogada y Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070567 ).

En escritura otorgada a las 11:20 horas del 21 de abril del 2026, ante esta notaría, se presentó solicitud por parte de Rusticpa, S.R.L., cédula jurídica 3-102-812136, para incorporar correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley 10.597.—San José, 29 de abril del 2026.—Licda. Francinie Quesada Cruz.—1 vez.—( IN202601070568 ).

Ante esta notaria, escritura número ciento treinta y siete, visible a folio noventa y ocho frente, del tomo dos, a las once horas del día cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de la empresa UMASOL SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-158000, se incluye dentro de la escritura constitutiva, la cuenta de correo electrónico: raumale@gmail.com. como medio de notificaciones, en cumplimiento por lo dispuesto en la Ley 10597.—Pérez Zeledón al ser las once horas del día 04 de mayo del 2026.—Eugenio Hernández Cordero, Notario Público.—1 vez.—( IN202601070570 ).

Mediante escritura #57-11 otorgada por los Notarios Públicos NADIA CHAVES ZÚÑIGA y FERNANDO VARGAS WINIKER a las 15 horas del 12 de noviembre 2025, donde se reforma la cláusula SEXTA de la administración de la sociedad FUTURE ELECTRONICS DISTRIBUTION CR (FEDCR), S.A con cédula jurídica #3-101-623282, San José, 04 de mayo 2026. F) NADIA CHAVES ZÚÑIGA.—1 vez.—( IN202601070571 ).

La empresa CAR PRO DETAILERS S.R.L., cédula jurídica número tres-ciento dos-ochocientos setenta y nueve mil seiscientos cuarenta y nueve, informa a los interesados y socios: PRIMERO: Se acuerda incluir en registro mercantil de sociedades para efecto de notificaciones el correo electrónico: mbseguram@yahoo.com. Es todo.—Lic. Jorge Chacón Villalobos.—1 vez.—( IN202601070574 ).

Mediante escrituras números 259, 260 y 261, otorgadas ante mi Notaría a las 7:00, 8:00 y 9:00 horas, por su orden, del 4 de Mayo del año 2026, “CRICAMOLA S. A.”, “GRAMBIN S. A. y “MANTISSA S. A.”-respectivamente, reformaron cláusulas del domicilio, la representación, nombraron Tesorero de cada Junta Directiva, y señalaron correo electrónico para recibir notificaciones judiciales y/o administrativas. San José, 4 de Mayo del año 2026.-M. Sc. Mario Alberto VALLADARES GUILÁ. Notario Público. Carné profesional #5032.—1 vez.—( IN202601070576 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento ochenta y seis - dieciocho, visible al folio noventa y cuatro frente, del tomo dieciocho de mi protocolo, a las nueve horas del doce de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de DENNIS HERNANDEZ CAMACHO, Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad A Y D CONTADORES PUBLICOS AUTORIZADOS SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número tres - ciento uno – doscientos setenta y seis mil doscientos veintinueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, doce de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Olga Mayela Brenes Fonseca, Notaria Pública..—1 vez.—( IN202601070578 ).

En escritura número noventa - seis, el representante de la sociedad RISCOS DE CRETA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – cuatrocientos dos mil setenta y dos, solicitó a esta Notaría la inclusión del correo electrónico para que la sociedad supracitada reciba notificaciones. Curridabat, Hacienda Vieja. Notaria: Elsa Vásquez Calderón.—1 vez.—( IN202601070579 ).

Mediante escritura pública número 83, visible al folio 66 vuelto, del tomo 19, a las 12:00 horas del 04 de mayo del 2026, ante el Notario Público Randall Erick González Valverde, se presentó solicitud del Apoderado Generalísimo sin limite de suma de las siguientes sociedades: i) ASESORES IURIS SOCIEDAD ANONIMA‚ cédula jurídica número tres – ciento uno– ciento ochenta y un mil cuatrocientos setenta y seis, ii) MUNDO YAHOO SOCIEDAD ANONIMA‚ cédula jurídica número tres – ciento uno – doscientos cuarenta y nueve mil ciento cuarenta y ocho y iii) TRES – CIENTO DOS – NOVECIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO S.R.L.‚ cédula jurídica número tres – ciento dos – novecientos ocho mil doscientos ochenta y cinco, para incorporar un correo electrónico en las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las quince horas con cinco minutos del día cuatro del año dos mil veintiséis. Lic. Randall Erick González Valverde. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070584 ). Por escritura otorgada en esta notaría a las 11.40 horas del 04/5/2026 se protocolizó acta de CERRO ESCALERAS S.A. cédula jurídica 3-101-399475. Acuerdo: inclusión de correo electrónico. Juan Carlos Fallas Martínez, Notario Público. San Isidro, Pérez Zeledón,4/5/2026. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601070581 ).

Mediante escritura pública número 83, visible al folio 66 vuelto, del tomo 19, a las 12:00 horas del 04 de mayo del 2026, ante el Notario Público Randall Erick González Valverde, se presentó solicitud del Apoderado Generalísimo sin limite de suma de las siguientes sociedades: i) ASESORES IURIS SOCIEDAD ANONIMA‚ cédula jurídica número tres – ciento uno– ciento ochenta y un mil cuatrocientos setenta y seis, ii) MUNDO YAHOO SOCIEDAD ANONIMA‚ cédula jurídica número tres – ciento uno – doscientos cuarenta y nueve mil ciento cuarenta y ocho y iii) TRES – CIENTO DOS – NOVECIENTOS OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO S.R.L.‚ cédula jurídica número tres – ciento dos – novecientos ocho mil doscientos ochenta y cinco, para incorporar un correo electrónico en las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las quince horas con cinco minutos del día cuatro del año dos mil veintiséis. Lic. Randall Erick González Valverde. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070584 ).

Por escritura número Cero Quince – Veintidós, otorgada ante el notario Fernando Fernández Delgado, a las Doce Horas del día Seis de Mayo del Año Dos mil Veintiséis, visible al Folio Cero trece frente Del Tomo Veintidós de su protocolo, se señala correo electrónico para notificaciones judiciales y extrajudiciales de la sociedad Villagoma Sociedad Anónima, Cédula Jurídica Número Tres – Ciento Uno – Doscientos cuarenta y ocho mil Doscientos treinta y dos, de conformidad a lo establecido en la ley Diez Mil Quinientos Noventa Y Siete. Publicar por una vez. Puriscal, Treinta de Abril del año dos mil Veintiséis. Notario: Fernando Fernández Delgado.—1 vez.—( IN202601070585 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos treinta y uno, visible al folio ciento setenta y cuatro vuelto, del tomo uno, a las doce horas, del veintinueve de enero del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Max Alberto Castro Álvarez, cédula uno-uno uno uno cuatro-ocho ocho tres, en su condición de presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma, de las siguientes sociedades: A) sociedad INVERSIONES COMERCIALES ALBERTH DE PUNTARENAS SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica tres-ciento uno-ocho siete ocho cero seis dos. B) PESCADERÍA MAX M Y M SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica tres-ciento uno-seis nueve cuatro dos ocho nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Puntarenas, a las ocho horas quince minutos del día veintiocho de abril del año dos mil veintiséis. Publíquese una sola vez. Lic. Aldo Sánchez Alvarado. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070587 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO VEINTICUATRO , visible al folio ochenta y tres frente, del tomo dos, a las catorce horas del veintinueve de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de RUDY LOPEZ LEÓN de LOVA SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número tres - ciento uno – ochocientos noventa y cinco mil novecientos noventa y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. En San Rafael, Guatuso, Alajuela a las quince horas del cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Licda. Yariela Quirós Ramos. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070589 ).

Ante esta notaría, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad AUTOLAVADO ALVAREZ Y FERNANDEZ LIMITADA, con cédula jurídica tres-uno cero dos-siete cero uno tres cuatro dos, para incorporar un correo electrónico en la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, treinta y uno de julio de dos mil veinticinco. Licenciado Oscar Martín Villalobos Chaves. Una vez.—1 vez.—( IN202601070591 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 8 horas del 28 de abril de 2026, protocolicé acta de la sociedad OPERACIONES ECONÓMICO ADUANERAS SOCIEDAD ANÓNIMA, mediante la cual se acuerda reformar cláusula cuarta del pacto constitutivo para ampliar el plazo social. Es todo. San José, 4 de mayo de 2026. Notaria Pública Lic. Guiselle Brenes Rojas, carnet 8942.—1 vez.—( IN202601070592 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos noventa y cinco, visible al folio ciento setenta y ocho frente y vuelto, a las QUINCE HORAS del DIEZ DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTISEIS, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de la Sociedad TRES CIENTO UNO SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número TRES CIENTO UNO SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS , mediante la cual se acordó reformar la cláusula de domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Santa María de Dota.—Licenciada Wendy Karina Barboza Arguedas Notario Público.—1 vez.—( IN202601070595 ).

Ante mí compareció en esta fecha Jorge Enrique Cantillo Cortés, cédula 1- 0400-0787, en su condición de PRESIDENTE con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de CANTILLO ARRIETA, S. A., cédula jurídica 3-101-154335, a solicitar, en cumplimiento de la ley 10597, la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones en la sociedad dicha. Es todo. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis. 1 vez. Alvaro Carazo Zeledón. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070597 ).

La Sociedad ACSI PATRIMONIO FAMILIAR LYF SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres – ciento dos – novecientos veintidós mil doscientos cuarenta y cinco, reforma la cláusula de su domicilio en cuanto a la inclusión del correo electrónico. Notario Público Lic.Juan Guillermo Coghi Molina, Email bufetecoghi@gmail.com (Publicar una Vez) Cartago, 04 de Mayo, 2026.—1 vez.—( IN202601070598 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos cincuenta y seis, visible al folio ciento ochenta y siete frente, del tomo uno, a las siete horas treinta minutos, del catorce de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Arlene Nassiry Chaves Ocampo, cedula seis-cuatro dos cinco-cinco tres cero, en su condición de presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad ARCHA DEL LLANO DE SAN MIGUEL SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número tres-ciento uno-ocho cinco ocho seis cinco tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Puntarenas, a las diez horas treinta minutos del día veintiocho de abril del año dos mil veintiséis. Publíquese por una única vez. Lic. Aldo Sánchez Alvarado. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070601 ).

Mediante la escritura 180-26 de fecha 09 de mayo de 2026, se modificó el pacto constitutivo de ARENAL CELULAR, S. A., con cédula jurídica: 3-101-435747. Lic. Víctor Edo. Rodríguez Vargas, notario público.—1 vez.—( IN202601070602 ).

Mediante la escritura 174-26 de fecha 01 de mayo de 2026, se solicita la liquidación de la sociedad DESARROLLOS ECOLÓGICOS MASAGA, LIMITADA, con cédula jurídica: 3-102-710101. Lic. Víctor Edo. Rodríguez Vargas, notario público.—1 vez.—( IN202601070603 ).

Mediante la escritura 168-26 de fecha 28 de abril de 2026, se modificó el pacto constitutivo de INVERSIONES JFMC DE ZARCERO, LIMITADA, con cédula jurídica: 3-102-859227. Lic. Víctor Edo. Rodríguez Vargas, notario público.—1 vez.—( IN202601070604 ).

Mediante la escritura 164-26 de fecha 24 de abril de 2026, se modificó el pacto constitutivo de KIMLUJO DE LA PALMITA, S. A., con cédula jurídica: 3-101-601530. Lic. Víctor Edo. Rodríguez Vargas, notario público.—1 vez.—( IN202601070605 ).

Mediante la escritura 171-26 de fecha 30 de abril de 2026, se modificó el pacto constitutivo de CORPORACIÓN DE INVERSIONES Y EXPORTACIONES INTERTEX, S. A, con cédula jurídica: 3-101-659801. Lic. Víctor Edo. Rodríguez Vargas, notario público.—1 vez.—( IN202601070606 ).

Mediante la escritura 161-26 de fecha 22 de abril de 2026, se modificó el pacto constitutivo de MASICURI, S. A., con cédula jurídica: 3-101-401607. Lic. Víctor Edo. Rodríguez Vargas, notario público.—1 vez.—( IN202601070607 ).

Mediante la escritura 179-26 de fecha 09 de mayo de 2026, se modificó el pacto constitutivo de OTO Y ARA DE ZARCERO, S. R. L., con cédula jurídica: 3-102-802813. Lic. Víctor Edo. Rodríguez Vargas, notario público.—1 vez.—( IN202601070608 ).

Mediante la escritura 165-26 de fecha 24 de abril de 2026, se modificó el pacto constitutivo de HERMANOS PORRAS RODRIGUEZ, S. A., con cédula jurídica: 3-101-580694. Lic. Víctor Edo. Rodríguez Vargas, notario público.—1 vez.—( IN202601070609 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos sesenta y ocho, visible al folio ciento noventa y tres frente, del tomo uno, a las once horas treinta minutos del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Wendy Francisca Nole Quesada, cedula seis-trescientos siete-ciento nueve, en su condición GERENTE con facultades de Apoderada Generalísima sin ,omite de suma de las sociedades A) TRES-CIENTO DOS-OCHO CINCO SEIS CUATRO NUEVE NUEVE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD, cedula jurídica número tres-ciento dos-ocho cinco seis cuatro nueve nueve. B) CN ABOGADOS PENALISTAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD, cedula jurídica número tres-ciento dos-siete cuatro tres cinco nueve cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Puntarenas, a las trece horas del día veintiocho de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Aldo Sánchez Alvarado. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070612 ).

Ante esta Notaría, en la ciudad de Alajuela, cantón Alajuela, distrito San José, de Repuestos Gigante ciento cincuenta metros al norte, avenida once A, Residencial don Guillermo, casa número treinta y cuatro, a las trece horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, se procedió a protocolizar el acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad TRES-CIENTO UNO-QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil quinientos veintidós, mediante la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad. No hay activos ni pasivos que repartir y se ha satisfecho el interés del fisco. Alajuela, a las diez horas treinta y un minutos del ocho de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Ingrid Noemy Jiménez Godoy.—1 vez.—( IN202601070614 ).

ANTE ESTA NOTARÍA, MEDIANTE ESCRITURA OTORGADA A LAS ONCE HORAS CUARENTA MINUTOS DEL TRES DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS, ESCRITURA NÚMERO CINCUENTA DEL TOMO CIENTO DOS, SE PRESENTÓ SOLICITUD POR PARTE DE GERARDO ALBERTO SANCHEZ ALPIZAR, APODERADO DE LA COMPAÑÍA GRUPO S Y S ORO VERDE, SOCIEDAD ANONIMA, CÉDULA JURÍDICA TRES-UNO CERO UNO-SEIS OCHO UNO SEIS SIETE OCHO , PARA INCORPORAR UN CORREO ELECTRÓNICO EN EL DOMICILIO SOCIAL DE LA SOCIEDAD CONFORME A LA LEY NÚMERO DIEZ MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE. SAN JOSÉ, A LAS ONCE HORAS CUARENTA MINUTOS DEL TRES DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS. -CARLOS EDUARDO UMAñA BRENES, NOTARIO.—1 vez.—( IN202601070617 ).

Por escritura número ciento noventa y siete - cuatro, otorgada ante el Notario Danilo Mata Castro, a las 14 horas del 6 de mayo del 2026 se incluye cuenta de correo electrónico de la sociedad denominada AVSAR SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica TRES - CIENTO UNO – SIETE UNO TRES CERO SIETE OCHO, con domicilio en San José, Goicoechea, El Carmen de Guadalupe, de la Iglesia 75 metros Sur, mediante el cual se reforma a la cláusula del domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a la ley 10597. Publíquese una sola vez. San José 06 de mayo del 2026. LIC. DANILO MATA CASTRO.—1 vez.—( IN202601070618 ).

Por escritura número ciento noventa y cuatro - cuatro, otorgada ante el Notario Danilo Mata Castro, a las 8 horas y 30 minutos del 4 de mayo del 2026 se incluye cuenta de correo electrónico de la sociedad denominada COMERCIAL E INDUSTRIAL GUILLERMO Y MARIA DEL ROSARIO LIMITADA, cédula jurídica TRES - CIENTO DOS – DOS OCHO SEIS OCHO OCHO SEIS, con domicilio en San José, Guadalupe, El Carmen, frente a las antiguas torres de Radio Monumental, mediante el cual se reforma a la cláusula del domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a la ley 10597. Publíquese una sola vez. San José 04 de mayo del 2026. LIC. DANILO MATA CASTRO.—1 vez.—( IN202601070619 ).

Por escritura ciento noventa y seis - cuatro, otorgada ante el Notario Danilo Mata Castro, a las 12 horas del 6 de mayo del 2026 se protocoliza acta N°9, se nombra presidente, tesorero, se actualiza el domicilio social y se incluye cuenta de correo electrónico de la sociedad denominada K & K MUNDO AGRIPRODUTS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica TRES - CIENTO UNO – CUATRO TRES TRES CUATRO UNO UNO, mediante el cual se reforma a la cláusula del domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a la ley 10597. Publíquese una sola vez. San José 06 de mayo del 2026. LIC. DANILO MATA CASTRO.—1 vez.—( IN202601070620 ).

Por escritura número ciento noventa y nueve - cuatro, otorgada ante el Notario Danilo Mata Castro, a las 8 horas 30 minutos del 7 de mayo del 2026 se incluye cuenta de correo electrónico de la sociedad denominada INVESMENT MOO & LEE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica TRES - CIENTO DOS – OCHO OCHO DOS DOS OCHO CINCO, mediante el cual se reforma a la cláusula del domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a la ley 10597. San José 07 de mayo del 2026. LIC. DANILO MATA CASTRO.—1 vez.—( IN202601070621 ).

Por escritura número ciento noventa y ocho - cuatro, otorgada ante el Notario Danilo Mata Castro, a las 8 horas del 7 de mayo del 2026 se incluye cuenta de correo electrónico de la sociedad denominada MUNDO DIGITAL MOVIENTE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica TRES - CIENTO UNO – TRES SEIS TRES OCHO CINCO TRES, con domicilio en San José, Desamparados, Centro Comercial del Sur. Local 22, mediante el cual se reforma a la cláusula del domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a la ley 10597. San José 04 de mayo del 2026. LIC. DANILO MATA CASTRO.—1 vez.—( IN202601070622 ).

Por escritura número CINCUENTA tomo cuatro del veintisiete de marzo del dos mil veintiséis, modifica el pacto social de la sociedad ROOT CAPITAL INC, en donde se establece correo electrónico para notificaciones. Es todo. Licda. María de los Ángeles Portela Rojas.—1 vez.—( IN2026010740623 ).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las trece horas del once de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la sociedad Tres-Ciento Dos-Ochocientos Noventa y Un Mil Doscientos Cuarenta y Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos noventa y un mil doscientos cuarenta y nueve. para incorporar un correo electrónico, para notificaciones en la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y seis.—Alajuela, 11 de mayo del 2026.—Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070624 ).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las diez horas y cuarenta minutos del once de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la sociedad MULTISERVICIOS ALDAMA DE SAN RAFAEL SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – seiscientos treinta y tres mil seiscientos cuarenta y uno, para incorporar un correo electrónico, para notificaciones en la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y seis. – Alajuela, 11 de mayo del 2026.- Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070625 ).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las trece horas y treinta minutos del once de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la sociedad TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SEIS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ochocientos ochenta y ocho mil cuatrocientos seis, para incorporar un correo electrónico, para notificaciones en la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y seis.—Alajuela, 11 de mayo del 2026.—Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070626 ).

Por escritura pública otorgada en esta notaría, a las once horas y cuarenta minutos del once de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la sociedad RECICLADORA Y MAQUILA H&O SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- seiscientos ochenta y dos mil seiscientos setenta y siete, para incorporar un correo electrónico, para notificaciones en la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y seis.—Alajuela, 11 de mayo del 2026.—Yamileth Rodríguez Alfaro, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601070627 ).

Se hace saber que ante la Notaría de Lic. Nelson Alexander Fernández Solano, mediante escritura número ciento cincuenta y ocho del tomo dos, otorgada a las ocho horas del dos de marzo de 2026, se protocolizó el acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad CORPORACION KALANDA S. A., cédula jurídica 3-101-783505 en la cual se acordó: Nombrar en el cargo de Presidente al señor/a Jorge Fabian Romero Chaves, cédula tres-tres siete siete-uno uno dos, en sustitución de Shirley Lisbeth Jiménez Ulloa . El nuevo personero ostenta la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma. De conformidad con la Ley N° 10597, se reforma el pacto social para incluir como medio oficial de notificación la dirección electrónica: kalanda19@autlook.com San José, siete de mayo del 2026.—Lic. Nelson Alexander Fernández Solano.—1 vez.—( IN202601070632 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y dos, de las diez horas con diez minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis, visible al folio ciento cuarenta y ocho frente del tomo dos del protocolo de la suscrita Notaria Pública, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de FUERA DE VISTA LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos sesenta y nueve mil seiscientos treinta y cuatro, mediante la cual se acordó reformar la cláusula SEGUNDA conforme con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María Mercedes Vargas Monge. 4081-4568.—1 vez.—( IN202601070633 ).

La sociedad Presupuestos Civiles Luna S.A, señala e-mail para recibir notificaciones:presupuestoscivilesluna@yahoo.com mediante escritura pública número 277 de fecha 10 hrs del 25 Febrero del año 2026, visible al folio 125f del tomo 20 del Notario Público: Randall Fallas Castro.—1 vez.—( IN202601070634 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento treinta y seis, de las doce horas con veinte minutos del treinta de abril de dos mil veintiséis, visible al folio ciento cuarenta y dos vuelto del tomo dos del protocolo de la suscrita Notaria Pública, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de LA VISTA AZUL DE TAMARINDO LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos setenta y siete mil ochocientos cincuenta y cuatro, mediante la cual se acordó reformar la cláusula SEGUNDA conforme con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María Mercedes Vargas Monge. 4081-4568.—1 vez.—( IN202601070635 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número OCHENTA Y UNO – VEINTICINCO, visible al folio ciento treinta y nueve vuelto, del tomo VEINTICINCO, a las siete horas del ocho de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de TRESCIENTO UNO- SETECIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- setecientos veintisiete mil ciento noventa y cinco, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, doce del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Lic. Armando Moreno Arroyo. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070637 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número OCHENTA Y DOS – VEINTICINCO, visible al folio ciento cuarenta y dos frente, del tomo VEINTICINCO, a las siete horas del ocho de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de PELICAN POINT PROPERTIES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- ochocientos ochenta y cuatro mil quinientos ochenta y dos, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, doce del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Lic. Armando Moreno Arroyo. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070638 ).

Ante esta notaría, mediante Asamblea de cuotistas de la sociedad de esta plaza denominada SERVIPEOPLE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, titular de la cedula jurídica número tres – ciento dos – novecientos veintisiete mil novecientos veintitrés, celebrada en su domicilio social situado en San José, Goicoechea, Guadalupe, veinticinco metros sur del restaurante Burger King de Novacentro, Edificio Millenium, a las ocho horas del día veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis, por acuerdo unánime de socios se reforma la cláusula referente a la representación y a la administración del pacto constitutivo. San José, 12 de mayo del 2026. Lic. Juan Pablo Carmona Mendoza. Notario Público.—1 vez.—( IN202601070639 ).

Por escritura número ochenta y tres otorgada ante la Notaria Pública, Lorena Grau Vargas de las once horas del doce de mayo del dos mil veintiséis, se protocolizó acta de la sociedad denominada tres -ciento dos -novecientos cincuenta y cuatro mil setecientos cincuenta y cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres -ciento dos -novecientos cincuenta y cuatro mil setecientos cincuenta y cuatro. Se modificó cláusula Quinta del Pacto Constitutivo. Se solicita la publicación de este edicto para lo que en derecho corresponda. San José, doce de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Lorena Grau Vargas.—1 vez.—( IN202601070641 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cuarenta y cinco del tomo Primero, se protocoliza solicitud de cambio de Junta Directiva e inclusión del correo electrónico de la sociedad ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS NÚMERO SIETE DE LA SOCIEDAD JACARYMI S. A., llevada a cabo en su domicilio social, sita en San José, San José, cédula de persona jurídica número TRES - CIENTO UNO – CERO VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE.—Ciudad de Heredia, al ser las diecisiete horas del veintinueve de abril de dos mil veintiséis.—Lic. Daniel Antonio Alfaro Ulate. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071356 ).

Mediante escritura pública número 388, otorgada ante mí a 08:00 horas del día 12 de mayo del 2026, se solicita la inclusión de correo electrónico la sociedad 3-101-826179 S.A. Publicar una vez.—Lic. Paul Tacsan Tacsan.—1 vez.—( IN202601071403 )

Mediante escritura pública número 389 otorgada ante mí a 08:10 horas del día 12 de mayo del 2026, se solicita la inclusión de correo electrónico la sociedad emm global solutions srl. Lic. Paul Tacsan Tacsan.—1 vez.—( IN202601071404 ).

Ante esta notaría mediante escritura número 335, visible al folio 159 vuelto del tomo 3, se solicita incluir el correo electrónico en el domicilio social de la sociedad PULIMET Sociedad Anónima, cédula jurídica3-101-146374, conforme a la Ley diez mil quinientos noventa y siete. Esparza, 04 de mayo del 2026. Lic. Elga Bolailos Gutiérrez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071409 ).

Ante esta notaría mediante escritura número 334, visible al folio ciento cincuenta y nueve, frente y vuelto del tomo 3, se solicita incluir el correo electrónico en el domicilio social de la sociedad FILIAL CONDOMINIO VILLA SITIO DE ENSUEÑO XENON ZEUS UNO Sociedad Anónima, cédula jurídica3-101-367133, conforme a la Ley diez mil quinientos noventa y siete.—Esparza, 04 de mayo de! 2026.—Lic. Elga Bolaños Gutiérrez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071410 ).

Que por escritura pública doscientos treinta y cuatro, otorgada ante esta notaría en San José, a las once horas y veinte minutos del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis, Notaria Pública con oficina abierta en la ciudad de San José, Lindora, Centro Corporativo Lindora, tercer piso, comparece el señor ARNALDO GARNIER CASTRO, mayor de edad, casado, publicista, vecino de Santa Ana, Pozos, Lindora, Residencial Valle del Sol, casa número veintidós, cédula de identidad uno – quinientos sesenta y tres – quinientos cuarenta y ocho, en su condición de representante legal de BLUE ZONE GUANACASTE S.A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- seiscientos ochenta mil cuatrocientos treinta y tres y quien DICE: Que por medio del presente instrumento designa la dirección de correo electrónico notificacionesrp@grupogarnier.com como medio oficial para recibir notificaciones dirigidas a su representada. ES TODO. Leído lo anterior al compareciente, manifiesta su conformidad y procedemos a firmar en San José, a las nueve tres de diciembre del dos mil veinticinco. Lic Melania Campos Lara, carnet 10827.—1 vez.—( IN202601071412 ).

ADOL DEMOLICIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, Cédula de persona Jurídica: tres - ciento uno- trescientos veinticinco mil ciento cuarenta y nueve Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, comparece a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico info@adol.co.cr. Notaría de la Licda. María del Pilar Araya Céspedes, con oficina abierta Diagonal al Banco Nacional de Costa Rica, El Tejar de El Guarco Cartago, Teléfono: ochenta y tres veinticinco cincuenta y tres veinticuatro, Correo electrónico: maraya04@hotmail.com . Publíquese una vez en el Diario La Gaceta.—María del Pilar Araya Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN202601071413 ).

CONSORCIO MARO SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica: tres- ciento uno – doscientos cincuenta y tres mil quinientos treinta. Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, comparece a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico info@adol.co.cr. Notaría de la Licda. María del Pilar Araya Céspedes, con oficina abierta Diagonal al Banco Nacional de Costa Rica, El Tejar de El Guarco Cartago, Teléfono: ochenta y tres veinticinco cincuenta y tres veinticuatro, Correo electrónico: maraya04@hotmail.com . Publíquese una vez en el Diario La Gaceta.—1 vez.—( IN202601071414 ).

Constructora Chinchilla Solano CHS Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres- ciento uno- cuatro siete cinco tres ocho dos. Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, comparece a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico constructorachs@gmail.com. Notaría de la Licda. María del Pilar Araya Céspedes, con oficina abierta Diagonal al Banco Nacional de Costa Rica, El Tejar de El Guarco Cartago, Teléfono: ochenta y tres veinticinco cincuenta y tres veinticuatro, Correo electrónico: maraya04@hotmail.com . Publíquese una vez en el Diario La Gaceta.—1 vez.—( IN202601071415 ).

Sintonison Sociedad Anónima, cédula de persona Jurídica: tres - ciento uno- cuatrocientos ochenta y seis mil novecientos cuarenta y uno, Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominadaLey para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantilesy de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, comparece a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico sori.soriano@gmail.com. Notaría de la Licda. María del Pilar Araya Céspedes, con oficina abierta Diagonal al Banco Nacional de Costa Rica, El Tejar de El Guarco Cartago, Teléfono: ochenta y tres veinticinco cincuenta y tres veinticuatro, Correo electrónico: maraya04@hotmail.com . Publíquese una vez en el Diario La Gaceta.—Licda. María del Pilar Araya Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN202601071418 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 12 horas del 02 de mayo del 2026, la señora Rose Mary Aguilar Brenes, cedula de identidad 1-0133-0321, en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad TRANSPORTES EDRA EIRL, cédula de persona jurídica número 3-105-849358, sustituye su poder generalísimo, conservando sus facultades, limitado exclusivamente a la presentación de las declaraciones del RTBF en la plataforma central Directo del BCCR, a favor del licenciado Víctor Manuel Rojas Aguilar, cedula de identidad 1-0762-0536.—San José, 14 de mayo del 2026.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—( IN202601071427 ).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 10.30 horas del 12-05-2026, se realiza solicitud del apoderado de SEGER SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica 3-101-545382, para incorporar correo electrónico para recibir notificaciones. Publíquese por 1 vez. San José,14-05-2026.—Lic. Juan Roscio Etchart, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071428 ).

Por escritura número 95-9, otorgada ante la Notaria Pública, Anayancy Vallejos Quirós, de las 9 horas del 14 de mayo del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada La Domingueña S.A., cédula jurídica 3-101-032757, con domicilio social en Heredia, Cantón 3 Santo Domingo, de la esquina noreste de la Iglesia El Rosario, 50 metros al este.—San José 14 de mayo del 2026. Licda. Anayancy Vallejos Quiros, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071431 ).

Lic. Henrich Moya Moya, avisa que ante mi notaría, por escritura 214 visible al folio 128 vuelto del tomo 36 de mi protocolo dada a las 07 horas 40 minutos del 07 de mayo del 2026 “AGROPECUARIA CHA SER SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica 3-101-405364, señala correo para notificaciones y hace otras modificaciones de representación.—Cartago, 12 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601071433 ).

Ante esta Notaria siendo las 10:00 horas del día 13 de Mayo del 2026, se modifica el estatuto segundo de Cinco Fortuna Liu S.A. cedula 3-101-823150 a partir del 13 de Mayo del 2026. Heredia, 13 de Mayo del 2026. Lic. Rafael Hidalgo Carballo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071434 ).

Ante esta Notaria siendo las 10:30 horas del día 13 de mayo del 2026, se modifica el estatuto segundo de Dinosaurio del Parque Monte Verde S.A. cedula 3-101-902578 a partir del 13 de mayo del 2026. Heredia, 13 de mayo del 2026. Lic Rafael Hidalgo Carballo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071435 ).

Ante esta Notaría, siendo las 09:30 horas del día 13 de mayo del 2026, se modifica el estatuto segundo de La Canasta Familiar S.A. cedula 3-101-700248 a partir del 13 de mayo del 2026.—Heredia, 13 de mayo del 2026.—Lic. Rafael Hidalgo Carballo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071436 ).

Ante esta Notaria siendo las 09:00 horas del día 13 de Mayo del 2026, se modifica el estatuto segundo de El pequeño Universo Liu Costa Rica S.A. cedula 3-101-772785 a partir del 13 de Mayo del 2026. Heredia, 13 de Mayo del 2026. Lic Rafael Hidalgo Carballo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071437 ).

Ante esta Notaría, siendo las 11:30 horas del día 13 de mayo del 2026, se modifica el estatuto segundo de Ribelmarnel FC S.A. cedula 3-101-519402 a partir del 13 de mayo del 2026. Heredia, 13 de mayo del 2026.—Lic. Rafael Hidalgo Carballo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071438 ).

Mediante escritura pública número 302 iniciada al folio 165 frente y vuelto del tomo 9 de mi protocolo de fecha 30 abril del dos mil veintiséis, comparece Shirley María Valverde Ballestero, representante Legal de la sociedad TRES – CIENTO DOS- SEIS NUEVE DOS DOS UNO TRES S.R.L. cedula jurídica 3-102-692213 para aportar correo electrónico maderasdelcaribelarita@gmail.com Lo anterior para atender comunicaciones formales conforme dispone la ley 10597 en las tres sociedad. Licda. María del Carmen Otárola Zúñiga. Abogada y notaria pública.—1 vez.—( IN202601071439 ).

Ante esta notaría mediante escritura N° 56, de las 8:00 horas del día de hoy, se protocolizan acuerdos de la empresa Danta Analytics, S. A., cédula 3-101-740319, mediante los cuales se aumenta el capital social, por lo tanto se reforma la cláusula quinta del estatuto, se reforma la cláusula décimo segunda con respecto al traspaso de acciones y se agregan al estatuto las cláusulas décimo tercera y décimo cuarta que se refieren a la transferencia de acciones por ofertas de terceros y a la no competencia.—San José, 24 de abril de 2026.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—( IN202601071440 ).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las nueve horas con treinta minutos del día catorce de mayo del año dos mil veintiséis, se acordó; disolver la sociedad denominada “COMPAÑÍA CONSTRUCTORA QUEPOS SOCIEDAD ANÓNIMA” y nombrar liquidador.—San Isidro de Pérez Zeledón, catorce de mayo del año dos mil veintiséis.—Notario Público Fabián Jiménez Valverde.—1 vez.—( IN202601071441 ).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las nueve horas con treinta minutos del día catorce de mayo del año dos mil veintiséis, se acordó; disolver la sociedad denominada “COMPAÑIA GANADERA DE SAVEGRE SOCIEDAD ANÓNIMA” y nombrar liquidador.—San Isidro de Pérez Zeledón, catorce de mayo del año dos mil veintiséis.—Notario Público Fabián Jiménez Valverde.—1 vez.—( IN202601071442 ).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón a las diez horas del día catorce de mayo del año dos mil veintiséis, se acordó; disolver la sociedad denominada “COMPAÑÍA REFORESTADORA QUESADA DURÁN, SOCIEDAD ANÓNIMA” y nombrar liquidador.—San Isidro de Pérez Zeledón, catorce de mayo del año dos mil veintiséis.—Notario Público Fabián Jiménez Valverde.—1 vez.—( IN202601071443 ).

Por medio de escritura otorgada en San Isidro de Pérez Zeledón, a las dieciséis horas con diez minutos del día trece de mayo del año dos mil veintiséis, se acordó; disolver la sociedad denominada “VILLA EL PERCHERÓN ANDALUZ SOCIEDAD ANÓNIMA” y nombrar liquidador.—San Isidro de Pérez Zeledón, trece de mayo del año dos mil veintiséis.—Notario Público Fabián Jiménez Valverde.—1 vez.—( IN202601071444 ).

Ante esta notaria, mediante escritura 191 del tomo 8, otorgada a las 11 horas del 21 de abril 2026, compareció: a) el Apoderado Generalísimo y Sin Límite de Suma de sociedad EMPRESA DE INGENIERIA ARQUITECTURA Y CONSTRUCCION SIAC DESIGN EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número 3-105-858853, estableciendo como medio de notificaciones formales la dirección de correo electrónico: julioing.const.itcr@gmail.com. b) el Apoderado Generalísimo y Sin Límite de Suma de sociedad JULIO JIMENEZ PROPERTIES SOCIEDAD CIVIL, cédula jurídica número 3-106-919353, estableciendo como medio de notificaciones formales la dirección de correo electrónico: julioing.const.itcr@gmail.com. c) el Apoderado Generalísimo y Sin Límite de Suma de sociedad JULIO Y SAMMY SOCIEDAD CIVIL, cédula jurídica número 3-106-773938, estableciendo como medio de notificaciones formales la dirección de correo electrónico: julioing.const.itcr@gmail.com. Y d) el Apoderado Generalísimo y Sin Límite de Suma de sociedad sociedad LA JOYA DE PEJIBAYE SOCIEDAD CIVIL, cédula jurídica número 3-106-912555, estableciendo como medio de notificaciones formales la dirección de correo electrónico: julioing.const.itcr@gmail.com. Es todo.—Pérez Zeledón, 13 de mayo del 2026.—Lic. Oscare Sevilla Ureña.—1 vez.—( IN202601071445 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario las sociedades INMOBILIARIA RAMIRC SOCIEDAD ANÓNIMA y GRUPO MARES CAMQUI SOCIEDAD ANÓNIMA, agregan a su domicilio el correo electrónico.—San José, 14 de mayo del año 2026.—Hoover González Garita, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071446 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario las sociedades PROFESIONAL MARKETING SOCIEDAD ANÓNIMA, agrega a su domicilio el correo electrónico. San José, 14 de mayo del año 2026.—Hoover González Garita, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071447 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 197, visible al folio 135 frente, del tomo 1 de mi protocolo, a las 11 horas con 15 minutos del 11 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de JUFTA LIMITADA, con cédula jurídica 3-102- 714132, para solicitar inclusión de correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10.597.—Puerto Viejo de Talamanca, a las 15 horas con 30 minutos del 11 de mayo del 2026.—Licda. Blanca Yanuri Cárdenas Tijerino. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071450 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 195, visible al folio 133 frente, del tomo 1 de mi protocolo, a las 16 horas del 07 de mayo del 2026, se protocoliza el acta Nº6 de la sociedad EL FATO DE PUERTO VIEJO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica 3-102- 702422, en la cual se acuerda modificar el domicilio social, la administración y representación, se nombran nuevos representantes y se otorga poder generalísimo. Puerto Viejo de Talamanca, a las 15 horas con 15 minutos del 11 de mayo del 2026. Licda. Blanca Yanuri Cárdenas Tijerino. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071451 ).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaria protocolice acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada BRITANIA CINCO CAFÉ SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica 3-101-324560, en la cual se acuerda disolver y liquidar la sociedad. San José 8 de mayo del 2026. Raúl Álvarez Muñoz. - Notario.—1 vez.—( IN202601071452 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 194, visible al folio 132 frente, del tomo 1 de mi protocolo, a las 10 horas con 05 minutos del 07 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de 3-102-732382 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica 3-101-732382, para otorgar poder generalísimo y solicitar inclusión de correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10.597.—Puerto Viejo de Talamanca, a las 11 horas con 40 minutos del 11 de mayo del 2026.—Licda. Blanca Yanuri Cárdenas Tijerino, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071454 ).

Por escritura que otorgó la suscrita Notaria a las 12:00 horas de hoy, la sociedad Tres Ciento Uno Seis Dos Ocho Cinco Tres Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-628355, solicitó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, inscribir cuenta de correo electrónico como medio para recibir notificaciones. Para publicar una vez. No está sujeto a plazo. San José, del 8 de mayo 2026. Yolanda María Mora Artavia. Notaria.—1 vez.—( IN202601074757 ).

Por escritura que otorgó la suscrita Notaría, a las 16:00 de hoy, la sociedad MANIGU S.A., cédula jurídica 3-101-171583, consigna cuenta de correo electrónico en cumplimiento de la Ley 10597. Para publicar una vez. No está sujeto a plazo.—San José, 13 de mayo 2026.—Aymará Fernández Madrid. Notaria.—1 vez.—( IN202601071458 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 191, visible al folio 130 vuelto, del tomo 1 de mi protocolo, a las 14 horas con 10 minutos del 05 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de CARIBBEAN SERENITY SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica 3- 101-362818, para inclusión de correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10.597.—Puerto Viejo de Talamanca, a las 16 horas con 05 minutos del 05 de mayo del 2026.—Licda. Blanca Yanuri Cárdenas Tijerino, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071459 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 193, visible al folio 131 vuelto, del tomo 1 de mi protocolo, a las 10 horas del 07 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de LOS DOS AMIGOS FNMB COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica 3-101- 384152, para otorgar poder generalísimo y solicitar inclusión de correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10.597. Puerto Viejo de Talamanca, a las 11 horas con 45 minutos del 07 de mayo del 2026. Licda. Blanca Yanuri Cárdenas Tijerino. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071461 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos nueve, visible al folio ciento cuarenta y dos frente, del tomo dos de mi protocolo, a las trece horas con treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE CON FACULTADES DE APODERADO GENERALÍSIMO SIN LÍMITE DE SUMA DE LA ENTIDAD TRES- CIENTO UNO- NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS SEIS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- novecientos diecinueve mil quinientos seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad Quesada, doce horas con cuarenta minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis. Lic. Kevi Alberto Barboza Sánchez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071462 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día trece de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada CIRCUITO INICIAL CUATRO HAS, S.A., de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com. para la atención de notificaciones de la Compañía, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente, además se acuerda modificar la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social.—San José, catorce de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601071463 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día trece de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada EL AREA FINAL, S.A, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com. para la atención de notificaciones de la Compañía, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente, además se acuerda modificar la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social. San José, catorce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601071464 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 68, visible al folio 37-V, del tomo 2, a las 15:00 del 13 de mayo del 2026, Yenis Yadira Rubio Alba, representante legal de compañía DISTRIBUIDORA ERIYEN DE SAN JOSÉ S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa mil cuarenta y ocho, solicita incorporar en el asiento registral correo electrónico conforme a la Ley 10597.—Ciudad de San José, a las 11:00 del 14 de mayo del 2026.—Lic. Agustín Vega Quesada. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071466 ).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 30 de abril de 2026 número 21-11, de mi protocolo número 11, se procedió a protocolizar el aumento de capital de la sociedad “WANDERSTAY SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-876297.—Grace Patricia Zúñiga Campos, Notaria.—1 vez.—( IN202601071467 ).

Ante esta Notaría, al ser las 19:00 horas del 27 de abril del 2026, se solicita incluir el correo electrónico en la sociedad HERMANOS TRANSVELOSA, S.A. cédula jurídica 3-101-636606, conforme a la Ley 10597.—San José, 28 de abril del 2026.—Ligia María Bermúdez Barquero, Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601071468 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 192, visible al folio 130 vuelto, del tomo 1 de mi protocolo, a las 09 horas con 50 minutos del 07 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de MINIMUS MUNDUS MM SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica 3- 101-458099, para otorgar poder generalísimo y solicitar inclusión de correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10.597.—Puerto Viejo de Talamanca, a las 10 horas con 50 minutos del 07 de mayo del 2026.—Licda. Blanca Yanuri Cárdenas Tijerino, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071469 ).

Mediante escritura número 2-14, otorgada a las 14 horas de 13 de mayo del 2026, cumpliendo la Ley 10597 de la sociedad denominada JEREZ DOSCIENTOS DICINUEVE S. A., cedula 3-101-579537. San José 14 de mayo del 2026, Lic. Carlos Edo Gutiérrez Monge Notario.—1 vez.—( IN202601071470 ).

La suscrita Notaria Pública, STEPHANIE GARNIER SIBAJA, hace constar que por escritura número 104-3, visible en el folio 115 vuelto, del tomo 3, otorgada ante mí a las 8 horas del día 5 del mes de mayo del dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta de Asamblea General de Cuotistas número Seis de la sociedad ABEJAS Y BAYAS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tresciento dossetecientos ochenta y un mil treinta y dos, en la cual se acordó en firme disolver y liquidar la sociedad. ES TODO. San José, el día 5 del mes de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601071471 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta-tres, visible al folio ciento cuatro frente, del tomo tres, a las trece horas y treinta minutos , del día veinticuatro de abril de dos mil veintiséis , se presentó solicitud por parte de apoderado generalísimo sin límite de suma de El Asajar de la Abuela limitada, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento dos –seiscientos cuarenta y dos mil cuatrocientos tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Puriscal a las diez horas y cincuenta minutos del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Yohana Arias Agüero. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071474 ).

Que mediante reunión de socios de la sociedad “Jet Vacation Properties Inc Limitada”, cédula de persona jurídica número 3-102-922952, celebrada en su domicilio social, a las siete horas del cuatro de mayo de dos mil veintiséis, se acordó incluir un correo como medio de notificaciones, el cual será: eclsnotificaciones@aalcr.com. Es todo. Guanacaste, 5 de mayo del 2026. Notario Público Eric de Jesús Centeno Obando. Cédula 5-0418-0285.—1 vez.—( IN202601071476 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y siete-tres, visible al folio ciento nueve frente, del tomo tres , a las diez horas y treinta minutos , del día seis de mayo de dos mil veintiséis , se presentó solicitud por parte de apoderado generalísimo sin límite de suma de Productora Agricola Facala Puriscaleña Sociedad Anonima con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- trescientos ochenta mil doscientos noventa y nueve para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Puriscal a las diez horas y cuarenta minutos del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiseis. Licda. Yohana Arias Agüero. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071478 ).

Por escritura número 15 del tomo 51 de mi protocolo, se protocolizó acta de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “TICOFRUT AGRÍCOLA, SOCIEDAD ANONIMA” mediante la cual se acordó modificar la cláusula sexta (De la Administración) del estatuto social para eliminar el puesto de Vicepresidente y Agente Residente y se modifica la cláusula segunda (Domicilio) donde se incluyó un correo electrónico para notificaciones. San José, 28 de abril del 2026. - Lic. Miguel Antonio Elizondo Soto, Notario.—1 vez.—( IN202601071479 ).

La sociedad Alquileres Val Bopa S.R.L., persona con cedula jurídica 3-102-793242, mediante escritura número 18 del protocolo 20 del Lic. Ronal E. González Calderón de conformidad con la Ley número 10597 solicito se inscriba como correo oficial para notificaciones al correo electrónico luisdifiesta@gmail.com La presente publicación no está sujeta a plazo y se publica una sola vez.—San José 13 de mayo de 2026.—Ronal E. González Calderón, Notario.—1 vez.—( IN202601071480 ).

La sociedad HIELO LAM B Y S SOCIEDAD ANONIMA, persona con cedula jurídica 3-101-487664, mediante escritura número 19 del protocolo 20 del Lic. Ronal E. González Calderón de conformidad con la Ley número 10597 solicito se inscriba como correo oficial para notificaciones al correo electrónico luisdifiesta@gmail.com La presente publicación no esta sujeta a plazo y se publica una sola vez. San José 13 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601071481 ).

La sociedad HL Candelas y fiesta LTDA, persona con cedula jurídica 3-102-831174, mediante escritura número 20 del protocolo 20 del Lic. Ronal E. González Calderón de conformidad con la Ley número 10597 solicito se inscriba como correo oficial para notificaciones al correo electrónico luisdifiesta@gmail.com La presente publicación no está sujeta a plazo y se publica una sola vez.—San José 13 de mayo de 2026.—Lic. Ronal E. González Calderón, Notario.—1 vez.—( IN202601071482 ).

Mediante la escritura número cincuenta y dos, otorgada a las trece horas cuarenta minutos del treinta de marzo del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad CAFÉ REAL DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- ciento cuarenta y dos mil ochocientos ochenta y nueve, señala conforme lo dispone la Ley número diez, punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo.—San José, trece de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Ana Luisa Jiménez Quirós.—1 vez.—( IN202601071484 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 14:30 horas del 07 de mayo del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico en la sociedad denominada INVERSIONES VENE RD S. A., mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley 10597. Cartago, 11 de mayo del 2026. Jorge R. Arias Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071487 ).

Mediante la escritura número cincuenta y uno, otorgada a las trece horas veinte minutos del treinta de marzo del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad CAFE REAL CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- ciento cuarenta y tres mil cero cincuenta y tres, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo. San José, trece de abril del dos mil veintiséis. Lic. Ana Luisa Jiménez Quirós.—1 vez.—( IN202601071494 ).

Mediante escritura número doscientos sesenta y cinco-seis otorgada ante la Notaria Pública María Lucrecia Loaiza Chinchilla de las diez horas del veintinueve de abril de dos mil veintiséis, se incluye correo electrónico de la Asociación ASOCIACION DEL BUEN PASTOR, cédula jurídica 3-002-114462, con domicilio social en San José, Goicoechea, Barrio Esquivel Bonilla, 200 metros al sur del Hospital La Católica, mediante reforma a la cláusula del Domicilio. Calle Blancos, 29 de abril de 2026. Licda. María Lucrecia Loaiza Chinchilla. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071497 ).

Mediante la escritura número cincuenta, otorgada a las trece horas diez minutos del treinta de marzo del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad CAFE ESTRELLA DE GRECIA SOCIEDAD ANONIMA, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- doscientos cuarenta y tres mil trescientos treinta y uno, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo. San José, trece de abril del dos mil veintiséis. Lic. Ana Luisa Jiménez Quirós.—1 vez.—( IN202601071498 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos, visible al folio ciento cuarenta y uno vuelto, del tomo cinco, a las ocho horas, del día tres de mayo año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea General de Socios de ARENAS & CAYO COSTA RICA Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-siete cuatro siete cuatro cero dos, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula número cuatro del pacto constitutivo, estableciendo un nuevo domicilio social correo electrónico carito.linaxxx@gmail.com, a las ocho horas del día tres de mayo del año dos mil veintiséis.—Licda. Ana María Chacón Solorzano. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071500 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos uno, visible al folio ciento cuarenta dos frente, del tomo cinco, a las nueve horas, del día tres de mayo año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea General de Socios de RG INGENIERIA Y CONSULTORIA EN VALUACION Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-tres uno dos cinco ocho cinco, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula número cuatro del pacto constitutivo, estableciendo un nuevo domicilio social correo electrónico rvaluacion@aymsa.net, a las nueve horas del día tres de mayo del año dos mil veintiséis. Licda Ana María Chacón Solorzano. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071501 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos noventa y nueve, visible al folio ciento cuarenta vuelto, del tomo cinco, a las ocho horas, del día dos de mayo año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea General de Socios de OPTICA CSG Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco siete seis nueve siete dos, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula número cuatro del pacto constitutivo, estableciendo un nuevo domicilio social correo electrónico opticacsg@gmail.com, a las seis horas y diez minutos del día dos de mayo del año dos mil veintiséis. Licda Ana María Chacón Solorzano. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071502 ).

LICENCIADO HENRY RIVERA ORTIZ. Por escritura número ciento once, iniciada al folio ciento siete vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, otorgada a las doce horas diez minutos del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad COPS K NUEVE S. A., mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. Heredia, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601071503 ).

Por escritura número 38, otorgada en San José, San José, Zapote; a las 10 horas del 14 de mayo del 2026, ante el notario Carlos Luis Segura González, la sociedad denominada GRUPO EPRACHE E P. SOCIEDAD. ANÓNIMA., con domicilio en San José, San José, Zapote, Urbanización Montealegre, diagonal a la caseta de seguridad del Parque Montealegre, cédula jurídica: 3-101-280861, por medio de su respectivo representante legal. Solicita se incluya el correo electrónico, en la base de datos de su representada, conforme a la Ley, por lo que se reforma la cláusula dos del domicilio.—Lic. Carlos Luis Segura Gonzúlez.—1 vez.—( IN202601071504 ).

Por escritura número NOVENTA Y CUATRO – DOCE otorgada a las trece horas del veintitrés de abril del dos mil veintiséis, se acuerda hacer inclusión de correo electrónico globalsanbar@gmail.com de la sociedad denominada GLOBALSANBAR LIMITADA, cedula jurídica 3 – 102 – 91767. Puerto Viejo, Talamanca, Limón, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Notario Público: JOHNNY GERARDO LEON GUIDO.—1 vez.—( IN202601071505 ).

Por escritura número cero treinta – dos, otorgada ante el Notario Público, Jose Alberto Orozco Alvarado, de las catorce horas treinta minutos del día veintitres de abril del año dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada GRUPO GUARDIAN PRETORIAN S. A., cédula de persona jurídica número TRES – CIENTO UNO – SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO, domiciliada en la provincia de San Jose, cantón de San Jose, Rohrmoser, doscientos cincuenta metros al norte de la Embajada de España; mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, treinta de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Jose Alberto Orozco Alvarado. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071506 ).

Ante esta notaría, a las a las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de abril del año dos mil veintiséis, compareció en calidad de gerente de INVERSIONES CORRALES MORALES JDE SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número dos cero trescientos sesenta y tres cero doscientos noventa y dos, MIREYA MORALES GUERRERO, y en cumplimiento ley número diez mil quinientos noventa y siete se señaló como medio para atender notificaciones el correo moralesgmireya@gmail.com—Ciudad Quesada, San Carlos, 13 de mayo del 2026.—Notaría de la Licda. Maureen Vanessa Valverde García, Quesada; Teléfono 60597358.—1 vez.—( IN202601071507 ).

En mi notaría por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana las 14:30 horas del 16 de enero del 2024, protocolice Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de TRACCUS DE CAT S.A, se modifica la junta directiva y se nombra secretaria. (Publicar una vez) Firma el presente edicto el Notario Público Sergio Fernando Jiménez Guevara.—1 vez.—( IN202601071508 ).

Ante esta Notaría, escritura otorgada en La Suiza de Turrialba a las once del veintidós de abril del dos mil veintiséis, Boulevar Zafiro de Rohrmoser y Diecinueve Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos ochenta y nueve mil doscientos cuarenta y seis, indica la cuenta de correo electrónico: laselva.costarica@gmail.com para efectos de notificaciones administrativas y judiciales. Licda. Andrea Carmona Coto, Notario.—1 vez.—( IN202601071509 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las dieciséis horas del cuatro de mayo de dos mil veintiséis, se realizó el aporte de correo electrónico para notificaciones de la sociedad Inversiones Semial Sociedad de Responsabilidad Limitada, siendo el mismo: infosemial@gmail.com. Se debe publicar una única vez. Lic. Merlin Leiva Madrigal, Notario Público-15042.—1 vez.—( IN202601071510 ).

El suscrito ha protocolizado acuerdo de asamblea general extraordinaria de la sociedad INTERCARGO, S. A., cédula jurídica número 3-101-157099, con domicilio en la ciudad de CARTAGO LA UNION SAN RAMÓN. Se acuerda incluir en la cláusula del domicilio el correo electrónico. San José, a las 09:00 horas del 23 de abril de 2026. Lic. Arturo Blanco Páez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071511 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas, del día treinta de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad NEXORA SERVICES LIMITED, LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – novecientos treinta mil seiscientos treinta y seis, en la cual se acordó disolver la sociedad conforme lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio y nombrar un liquidador. ES TODO. San José, treinta de abril de dos mil veintiséis. Lic. Alexander Alberto Coto Zyzak.—1 vez.—( IN202601071513 ).

Mediante escritura pública número doscientos cuarenta y seis-dos, otorgada ante el Notario Público, Nancy Morales Sandí, de las quince horas del veinte de abril del año dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Corporación Yali, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos trece mil ochocientos tres, con domicilio social en San José, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, cinco de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Nancy Morales S., Notario Público.—1 vez.—( IN202601071514 ).

Por escritura 554 otorgada en mi Notaría la sociedad Pérez y Mejía Asesores Jurídicos S. A., cédula jurídica número 3-101-449591, reforma la cláusula del domicilio social para que en adelante se lea de la siguiente manera: “DEL DOMICILIO El domicilio Social será en la Provincia de Puntarenas, Puntarenas, Cóbano, cien metros norte y cien metros oeste de la policía de Cóbano, casa blanca de portones negros a mano izquierda en Bufete Pérez y Mejía, sin perjuicio de tener sucursales o agencias en los demás lugares del país” y solicita la inscripción del correo electrónico rafa@perezmejialaw.com, mediante el cual recibirá, notificaciones judiciales y administrativas. Hugo Retana Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071515 ).

Por escritura número 185, visible folio: 115 frente, del tomo 11 otorgada ante el Notario Público, William Juárez Mendoza, al ser las 08:30 del día 05 de mayo del año 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad: PURE ESCAPE ADVENTURES SOCIEDAD ANONIMA, con número de cédula jurídica: 3-101-447675. Es todo firmo en Samara, Nicoya, Guanacaste, el 05 de mayo del año 2026. Lic. William Juárez Mendoza, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071516 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número Doscientos Treinta y Seis, visible al folio ciento treinta y nueve vuelto, del tomo número uno, a las quince horas del siete de mayo de dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de Nora Vilma Ramírez Vargas, representante legal de FINCA GANADERA LA ORQUIDEA SOCIEDAD ANÓNIMA, CEDULA JURÍDICA TRES- CIENTO UNO- SETECIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Jicaral, a las once horas del trece de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Alexa de los Ángeles Zúñiga González, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071517 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número veintinueve, visible al folio treinta y nueve vuelto del tomo uno, a las dieciocho horas y veinte minutos, del veintinueve de abril, se presentó solicitud por parte de JULIO FELIPE CHAVES MOLINA, PRESIDENTE con facultades APODERADO GENERALISIMO SIN LIMITE DE SUMA de la sociedad JULIO CHAVES Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica TRES- UNO CERO UNO- CERO CINCO CUATRO CUATRO CINCO CUATRO para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago, La Unión, a las dieciocho horas y veinte minutos, del veintinueve de abril del mes de abril del año dos mil veintiséis. Lic. ALLAN ENRIQUE CRUZ CUBILLO, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071519 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y nueve, visible al folio ciento treinta y ocho vuelto del tomo sexto, a las catorce horas del doce de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Apoderado Generalísimo sin límite de suma de las sociedades: i) DAAZ, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica tres- ciento uno-setecientos cuarenta mil cuatrocientos treinta y cinco, ii) JODACRIS, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno- setecientos veinticinco mil ciento uno y iii) TRESCIENTO UNO- SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica tres-ciento uno- seiscientos noventa y seis mil seiscientos veintiuno, para incorporar un correo electrónico en la cláusula correspondiente al domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, diez horas del catorce de mayo de dos mil veintiséis.—Licda. Gabriela Barrantes Alpízar, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071520 ).

Yo, Sebastián David Vargas Roldan, hago constar que he protocolizado en mi notaria, acta de asamblea de accionistas de la sociedad CONDOMINIOS DEL SOL Y LA LUNA CINCO GRIS SOCIEDAD ANONIMA, donde se acordó la modificación del pacto constitutivo eliminando la figura de agente residente e incorporando el correo electrónico. Es Todo. San José, catorce de mayo del dos mil veintiséis. Se debe publicar una vez y no está sujeta a un plazo. SEBASTIAN DAVID VARGAS ROLDAN, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071522 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 131, visible al folio 89 frente, del tomo 53, a las 15:45 horas, del 12 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad SERVINDUSTRIAL GUANACASTE SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número 3-101-299436, para incorporar un correo electrónico en el asiento de inscripción de la indicada sociedad conforme a la Ley número 10597. Ciudad de Atenas, a las 16 horas del día 12 de mayo del 2026. Lic. Carlos Francisco García Zamora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071523 ).

Ante mi notaría, mediante escritura número 120, visible al folio 79 vuelto, del tomo 53, otorgada a las 11:20 horas, del 30 de abril del 2026, se constituye una empresa con el número de cedula que le asigne el Registro Nacional agregando EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio en Atenas Centro, Alajuela, cincuenta metros oeste de la entrada principal del Liceo de Atenas, casa color blanco a mano izquierda, capital social de 10,000 colones. Gerente nombrado con facultadas de apoderado generalísimo sin límite de suma con la representación judicial y extrajudicial de la empresa.—Ciudad de Atenas, a las 10 horas 5 minutos del día 8 de mayo del año 2026.—Lic. Carlos Francisco García Zamora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071524 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cinco - veintiséis, visible al folio tres frente, del tomo veintiséis, a las nueve horas y quince minutos del doce de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Marco Antonio Solano Araya, mayor de edad, casado una vez, Médico Odontólogo, con domicilio en Cartago, Oriental, Barrio Los Ángeles, cien metros norte de la Basílica los Ángeles, cédula de identidad número tres – cero trescientos ochenta y siete – cero setecientos treinta y cinco; en su condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de ASOCIACIÓN COMUNIDAD ODONTOLÓGICA DE CARTAGO cédula de persona jurídica número trescero cero dossetecientos noventa y cinco mil trescientos siete, con domicilio social en Cartago, Oreamuno, Potrero Cerrado, ciento cincuenta metros al norte de la Estación de Servicio El Surco, casa a mano derecha color celeste, con portones beige, contiguo al Rotulo Clínica Irazú Dental, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Cartago, a las nueve horas y treinta minutos del trece de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez.—1 vez.—( IN202601071530 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número SIETE - VEINTISEIS, visible al folio tres vuelto, del tomo veintiséis, a las diez horas del doce de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de CRISTIAN LARGO CRUZ mayor de edad, casado una vez, Ingeniero Industrial, con domicilio en San José, Curridabat, Sánchez, Residencial La Itaba, casa ochenta y uno, cedula de identidad número uno - novecientos veinticuatro - seiscientos ochenta y dos, en su condición de GERENTE con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad TRES - CIENTO DOS - SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cedula jurídica número sociedad tres – ciento dos – setecientos noventa y siete mil seiscientos setenta y seis, sociedad con domicilio en San José, Cantón Curridabat, Distrito Sánchez, Residencial La Itaba, casa ochenta y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago, a las diez horas y quince minutos del trece de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez.—1 vez.—( IN202601071531 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número SEIS - VEINTISEIS, visible al folio tres frente, del tomo veintiséis, a las nueve horas y treinta minutos del doce de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de RAFAEL ANGEL FALLAS GARBANZO mayor, casado una vez, Administrador de Empresas, con domicilio en Cartago, Central, Residencial San Antonio de Padua, casa número setenta, portador de la cedula de identidad número uno-cuatrocientos noventa y tres- ochocientos diez; en su condición de SECRETARIO con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de MAZAFASA SOCIEDAD ANÓNIMA, número de cedula jurídica TRES- CIENTO UNO- SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE, sociedad con domicilio en Cartago, Cartago, San Antonio de Padua, Pitahaya, veinticinco metros al norte y cincuenta metros al oeste de la Iglesia Católica, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del trece de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez.—1 vez.—( IN202601071532 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CUATRO - VEINTISEIS, visible al folio dos vuelto, del tomo veintiséis, a las nueve horas y quince minutos del doce de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Gabriela Alejandra Redondo Martínez mayor, casada una vez, Medico Odontólogo, con domicilio en Cartago, Oriental, Barrio Los Ángeles, cien metros norte de la Basílica los Ángeles, portadora de la cedula de identidad número tres- cero trescientos ochenta y uno cero novecientos cincuenta y seis; en su condición de SUBGERENTE con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma de S&R DENTAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA cedula jurídica número tres- ciento dos- ochocientos sesenta y tres mil ciento veintitrés, sociedad con domicilio en Cartago, Cantón Cartago, Distrito Oriental, Barrio Los Ángeles, ciento veinticinco metros al norte de la Basílica Los Ángeles, edificio de dos plantas a mano derecha, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago, a las nueve horas del trece de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez.—1 vez.—( IN202601071533 ).

Por escritura número doscientos cincuenta y tres-seis otorgada ante la Notaria Pública María Lucrecia Loaiza Chinchilla de las once horas del veintitrés de marzo de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Suplidora de Lácteos SUPLILAC Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno- novecientos veintiocho mil doscientos noventa y seis, domicilio social en San José, Curridabat, del cruce a Tirrases, ciento cincuenta metros al noroeste, Antigua Bilsa, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Calle Blancos de Goicoechea, 23 de marzo de 2026. Lic. María Lucrecia Loaiza Chinchilla, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071535 ).

Por comparecencia del representante legal, en escritura 251-13 del tomo 13 de las 16:00 horas del 29 abril del 2026, cumpliendo con “Ley para Establecer el Correo Electrónico como medio de Notificación para las Sociedades Mercantiles” Ley N° 10597, se hace inclusión de correo electrónico para la Sociedad RECTIFICACION Y REPUESTOS L & C DEL ATLANTICO SOCIEDAD, cédula jurídica N° 3-101-422049. Pocora, 30 de abril del 2026. Licda. Amable Azofeifa Méndez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071537 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número quince - veintiséis, visible al folio seis vuelto, del tomo veintiséis, a las nueve horas y treinta minutos del trece de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Fabio Enrique Chaves Guzmán, mayor, casado dos veces, Médico Veterinario, vecino de San Joaquín, Flores, Heredia, cédula de identidad número: uno-cuatrocientos ochenta y seis-setecientos cincuenta y cuatro, en su condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad TRES- CIENTO UNO- SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica: tres - ciento uno - seiscientos treinta y un mil doscientos cincuenta y tres, con domicilio en Cartago, Cartago, Guadalupe, barrio La Lima, Urbanización Condominio Industrial Lamus, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Cartago, a las ocho horas y quince minutos del catorce de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez.—1 vez.—( IN202601071538 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número OCHO - VEINTISEIS, visible al folio cuatro frente, del tomo veintiséis, a las diez horas y quince minutos del doce de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de FABIO ENRIQUE CHAVES GUZMÁN, mayor, casado dos veces, Médico Veterinario, vecino de San Joaquín, Flores, Heredia, cédula de identidad número: uno-cuatrocientos ochenta y seis-setecientos cincuenta y cuatro, en su condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad INVERSIONES COCOLISO INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica: tres - ciento uno - quinientos cuarenta y cinco mil quinientos sesenta y tres, con domicilio en San José, Curridabat de Aldesa Valores cien metros al norte y veinticinco metros al este, casa color blanco, cuarto piso, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago, a las siete horas del catorce de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez.—1 vez.—( IN202601071539 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número DIEZ - VEINTISEIS, visible al folio cuatro vuelto, del tomo veintiséis, a las once horas del doce de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de FABIOLA CRISANA CHAVES VARELA, mayor de edad, soltera, estudiante, cédula de identidad número uno - mil quinientos nueve - novecientos cinco, con domicilio en Heredia, San Joaquín de Flores, de la clínica de la Caja Costarricense de Seguro Social, cincuenta metros al oeste, quinientos metros al norte y setenta y cinco metros al este, en su condición de Presidente con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma de la sociedad CORPORACION REAAL SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número TRES- CIENTO UNO- CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL SETENTA Y UNO, con domicilio en Heredia, Cantón: Flores, distrito: San Joaquín, setecientos metros al norte y cincuenta metros al este de Autos Amigos, diagonal al Condominio Torres del Sol, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago, a las ocho horas del catorce de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez.—1 vez.—( IN202601071540 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número NUEVE - VEINTISEIS, visible al folio cuatro vuelto, del tomo veintiséis, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del doce de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de FABIO ENRIQUE CHAVES GUZMÁN, mayor, casado dos veces, Médico Veterinario, vecino de San Joaquín, Flores, Heredia, cédula de identidad número: uno-cuatrocientos ochenta y seis-setecientos cincuenta y cuatro, en su condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad DESARROLLOS EL GUARCO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres - ciento uno- trescientos cincuenta y seis mil seiscientos cincuenta y cinco, domiciliada en Provincia cero tres Cartago, Cantón cero uno Cartago, El Carmen, Barrio San Blas, del costado sur de la Escuela, ciento cincuenta metros al este, edificio de dos plantas a mano derecha, oficinas de Consultores Ebenezer, ubicadas en el primer nivel, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago, a las siete horas y treinta minutos del catorce de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez.—1 vez.—( IN202601071541 ).

Por escrituras 328, 329, 330 y 331 todas del 12 de mayo del 2026, se protocolizan actas, respectivamente de IMPORTADORA CNB S. A., 3-101-892410; de LAS CUATRO LOCHAS EN PRAIA LTDA, 3-102-904048, de CID PRODUCCIÓN S. A., 3-101672846, y GABIZEL S. A., 3-101-554562; mediante las cuales se hacen nombramientos, y se otorgan poderes. 14 de mayo 2026. Lic. José Gabriel Riba Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN202601071543 ).

Ante esta Notaría, por escritura otorgada en La Suiza de Turrialba a las diez horas del veintidós de abril del año dos mil veintiséis, La Selva de Tuis Limitada, cédula jurídica número tres- ciento dos- ciento cuarenta y nueve mil quinientos setenta y cinco, indica que la cuenta de correo electrónico es: laselva.costarica@gmail.com para efectos de notificaciones administrativas y judiciales. Licda. Andrea Carmona Coto, Notario.—1 vez.—( IN202601071544 ).

Por escritura número trescientos veintidós del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las diecisiete horas del trece horas del trece de mayo; se protocoliza acta de asamblea de socios, GIRASOLES DEL VALLE SOCIEDAD ANONIMA”, con cédula jurídica número: tres cientos uno dos cero cinco cuatro tres cero; donde se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad, adicionando lo siguiente: Para los efectos de la ley número diez mil quinientos noventa y siete. CORREO ELECTRONICO: Para los efectos de la ley número diez mil quinientos noventa y siete, (señalamiento para notificaciones), se señala para tal fin la siguiente dirección electrónica: bufetecastrosandi@gmai.com Notario Rafael Ángel Ugalde Quirós. San José, 13 de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601071545 ).

Por escritura número trescientos veintitrés del tomo cuarto de mi protocolo, otorgada a las dieciocho horas del trece de mayo; se protocoliza acta de asamblea de socios, NUMERO DIEZ DEL DOS MIL VEINTISEIS. ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, de los Socios de la Compañía “MATA DE PLATA SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número: tres cientos uno - cero nueve siete ocho cinco ocho; donde se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad, adicionando lo siguiente: Para los efectos de la ley número diez mil quinientos noventa y siete: CORREO ELECTRONICO.: Para los efectos de la ley número diez mil quinientos noventa y siete, (señalamiento para notificaciones), se señala para tal fin la siguiente dirección electrónica: bufetecastrosandi@gmail.com Notario Rafael Ángel Ugalde Quirós. San José, 13 de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601071546 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número noventa y ocho, de las once horas con treinta minutos del día catorce de mayo del año dos mil veintiséis, visible al folio noventa y tres vuelto, del tomo veinticinco, se presentó solicitud por parte del presidente de las sociedades: AICA SACMAG ARQUITECTOS INGENIEROS, S. A., con cédula tres - ciento uno-cero ocho mil novecientos cincuenta y uno; G.O. AMBIENTE DE CENTROAMÉRICA, S. A., con cédula tres - ciento uno-setecientos cincuenta y ocho mil ochocientos noventa y cuatro; y, JAVEL, S. A., con cédula tres - ciento uno-cero veinte mil ochocientos ochenta y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las anteriores sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, catorce de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071548 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número noventa y seis, de las once horas del día catorce de mayo del año dos mil veintiséis, visible al folio noventa y dos vuelto, del tomo veinticinco, se presentó solicitud por parte del Representante Legal de las sociedades: LEVEL, S. A. con cédula tres — ciento uno — cero veinte mil ochocientos setenta y nueve; TERRASOL DE SAN MIGUEL LT, S. A., con cédula tres — ciento uno — quinientos sesenta y cinco mil seiscientos cuarenta y uno; CAMINO DE SANTIAGO LT, S. A., con cédula tres — ciento uno — setecientos cincuenta y siete mil doscientos noventa y seis; y, ARIEL PROSPERIDAD, S. A., con cédula tres — ciento uno — quinientos sesenta y siete mil ochocientos sesenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las anteriores sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, catorce de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071549 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número noventa y siete, de las once horas con quince minutos del día catorce de mayo del año dos mil veintiséis, visible al folio noventa y tres frente, del tomo veinticinco, se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE de las sociedades: ANVELFO, S. A., con cédula tres - ciento uno — cero veinte mil ochocientos ochenta y cinco; TRES UNO CERO UNO CUATRO SEIS UNO TRES CUATRO TRES, S. A., con cédula tres — ciento uno — cuatrocientos sesenta y un mil trescientos cuarenta y tres; y, COMERCIALIZADORA VIESMAR AV, S. A., con cédula tres - ciento uno — doscientos cincuenta y ocho mil doscientos tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las anteriores sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, catorce de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071550 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número noventa y nueve, de las once horas con cuarenta y cinco minutos del día catorce de mayo del año dos mil veintiséis, visible al folio noventa y cuatro vuelto, del tomo veinticinco, se presentó solicitud por parte del Representante Legal de las sociedades: GRUPO VEL, S. A., con cédula tres — ciento uno — cero veintiséis mil ciento noventa; NATURAL BLOOM FLOWERS & CO, S. A., con cédula tres — ciento uno — seiscientos noventa y dos mil novecientos setenta; LUBEGA COSTA RICA, S. A., con cédula tres — ciento uno — cero setenta y cuatro mil seiscientos sesenta y siete; y, GRUPO SANDU INTERNACIONAL GSI, LTDA., con cédula tres — ciento dos — seiscientos veintiún mil doscientos ochenta, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las anteriores sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, catorce de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071551 ).

Por escritura número ciento cincuenta y tres, otorgada ante el Notario Público, CHRISTIAN ALEXANDER CORTES SÁNCHEZ, de las dieciséis del veintinueve abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico adelgado@solutecr.com, dentro de la sociedad denominada TRES CIENTO DOS- TRES OCHO CERO CINCO OCHO NUEVE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica TRES CIENTO DOS- TRES OCHO CERO CINCO OCHO NUEVE, con domicilio social en ALAJUELA, TURRUCARES, DOSCIENTOS METROS OESTE DE LA IGLESIA CATOLICA. Turrucares, a las dieciséis horas del día veintinueve de abril del año dos mil veintiséis. Lic. CHRISTIAN ALEXANDER CORTES SÁNCHEZ, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071552 ).

Por escritura de las 15:30 horas del 12 de mayo del 2026, se incluyó el correo electrónico de la sociedad Inversiones 3-101-929830 S. A., para recibir notificaciones. 14 de mayo del 2026. Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—( IN202601071553 ).

Por escritura de las 15:00 horas del 12 de mayo del 2026, se incluyó el correo electrónico de la sociedad Inversiones Ana Car S. A., para recibir notificaciones. 14 de mayo del 2026. Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—( IN202601071554 ).

Por escritura de las 8:00 horas del 12 de mayo del 2026, se incluyó el correo electrónico de la sociedad Inversiones Marmat Administradores S. A., para recibir notificaciones. 14 de mayo del 2026. Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—( IN202601071555 ).

Que ante mi Notaría mediante escritura número 130. visible al folio 132 frente del tomo 82 de mi protocolo, otorgada a las 10:00 horas del día 15 de abril de 2026, el representante legal de la empresa JARDIN SIN TIEMPO S. A., cédula 3-101-338659, procedió a señalar de acuerdo con la Directriz DPJ-002-2025 medio para notificaciones judiciales y administrativas correo cristina@lmazul.com CARLOS EDUARDO CASTRO MORA, cédula 105770367, NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601071557 ).

Por escritura número 34 Tomo: 3, otorgada a las 08:20 horas del 13 de mayo del 2026, ante esta notaría, se tramita constitución de la SOCIEDAD INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, domiciliada en la Provincia de San José, Tibas del Automercado cien metros norte. veinticinco metros oeste, ciento cincuenta metros norte y setenta y cinco metros oeste, plazo 99 años, Gerente y Apoderado Generalísimo sin límite de suma, el señor MARCO ANTONIO CHAVERRI LORÍA, mayor, soltero, arquitecto, con cédula de identidad número: 1-1007-0224, vecino de San José Tibás. San José, 11 de mayo del 2026. Lic. Gerardo Alberto Solano Vargas, carné: 15657, correo electrónico del Notario: gsolanovargas@hotmail.com.—1 vez.—( IN202601071558 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y cuatro, visible al folio número treinta y dos vuelto, del tomo número dos, del suscrito notario público Hernán Francisco Moraga Arrieta, con carné profesional veintitrés mil ciento cincuenta y seis, a las once horas y treinta minutos, del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del presidente, representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad BAERCHILAND SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- tres seis ocho dos tres uno, con domicilio social en la provincia de Guanacaste, cantón Santa Cruz, Cuajiniquil, San Juanillo, Proyecto residencial Los Sueños, Lote número E uno, para incorporar un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Guanacaste, Tamarindo, cruce Villareal, a las ocho horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Hernán Francisco Moraga Arrieta, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071559 ).

Por escritura TRESCIENTOS DOS, otorgada ante el notario público TONIS VIANEY JIMÉNEZ MOYA, a las nueve horas del diecisiete de Marzo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico, frankgueru@hotmail.Com, dentro de la sociedad denominada, TRES- UNO CERO UNO- CINCO SIETE CUATRO CINCO DOS SIETE SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula jurídica número, TRES- UNO CERO UNO- CINCO SIETE CUATRO CINCO DOS SIETE, domiciliada en Guanacaste, Nandayure, Carmona, costado norte de la plaza de deportes Sayo Guerrero, Carmona Nandayure, 27 de abril del 2026. Lic. TONIS VIANEY JIMÉNEZ MOYA, Notario.—1 vez.—( IN202601071560 ).

Ante esta Notaria mediante escritura número setenta y seis, tomo once, otorgada a las trece horas del catorce de mayo del año dos mil veintiséis, se constituyó la sociedad cuyo nombre será el que otorgue, el Registro de Personas Jurídica, como Presidente Oscar Montoya Quesada, domicilio social San José, Curridabat, Calle treinta y dos, Urbanización El Dorado, San José. Catorce de mayo del año dos mil veintiséis. Licenciado Alexander Soto Guzmán, carnet 16506, Numero de celular 8384-2335.—1 vez.—( IN202601071561 ).

Mediante la escritura número cuarenta y ocho, otorgada a las doce horas cincuenta minutos del treinta de marzo del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad LEILAND INC SOCIEDAD ANONIMA, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- quinientos noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y dos, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo. San José, trece de abril del dos mil veintiséis. Lic. Ana Luisa Jiménez Quirós.—1 vez.—( IN202601071563 ).

Por escritura número cincuenta y nueve, otorgada, a las ocho horas del trece de mayo del dos mil veintiséis, ante el suscrito Notario, ¨Desarrollos Carpe Diem Sociedad Anónima¨, cédula de persona jurídica número, tres-ciento uno-seis seis cuatro siete seis ocho, proporciono al Registro de Personas Jurídicas el correo laur1029@hotmail.com para atender en lo sucesivo notificaciones judiciales y administrativas, según disposición de la Ley 10.597. San José trece de mayo del 2026. Lic. Alexander Eduardo Rojas Salas, carne 16147..—1 vez.—( IN202601071565 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 102, iniciada a folio 100 F, del tomo 7, a las dieciséis horas y quince minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte del representante legal SEAVIEW POINT SRL., cédula jurídica número 3-102-748523 para incorporar el correo electrónico conforme a la Ley número 10597, en el domicilio social. Publicar una vez. Ciudad de Cobano, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Teléfono 2249-5824. Lic. Stanley Mejia Mora. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071566 ).

Mediante escritura número ciento quince, visible al folio sesenta y cuatro frente, del tomo 3, de mi protocolo, escritura otorgada ante esta notaría, al ser las doce horas del día veintitrés de abril del 2026, se presentó solicitud por parte del apoderado de MASTERCLASS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número: 3-101-747308, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Alajuela, treinta de abril del 2026. Licda. Glenda Zamora Gómez, Abogada y Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071567 ).

Que por medio de escritura CINCUENTA Y CINCO- UNO del tomo UNO de la Notaria Mariam Manuela Retana Mora, MOLLEJONES DE PEREZ ZELEDON DOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cedula jurídica número tres- ciento dos- setecientos cuarenta y seis mil noventa y tres, INMOBILIARIA DAKAR SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número tres- ciento uno- quinientos veinticinco mil novecientos quince, EL COJOYO DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta, MANDA GUEVO SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos ochenta y cuatro mil trescientos ochenta y nueve, TRES- CIENTO UNO- QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número tres- ciento uno- quinientos sesenta y cuatro mil novecientos veintidós, TRES- CIENTO UNO- QUINIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número tres- ciento uno- quinientos sesenta mil seiscientos cuarenta y cinco, firmada en Pérez Zeledón, a las diecisiete horas del treinta de abril de dos mil veintiséis, se solicita la incorporación del correo electrónico. Pérez Zeledón, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. -LIC. MARIAM MANUELA RETANA MORA– NOTARIA.—1 vez.—( IN202601071568 ).

Ante esta Notaría, a las 8:00 horas del 13 de mayo del 2026, se procede a incluir dentro de su pacto constitutivo el correo electrónico a efectos de recibir todas sus notificaciones judiciales y administrativas, de la sociedad Familia Fahual Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-72245. Publicar una vez. Notario: Lic. Carlos Alberto Berrocal Arias.—1 vez.—( IN202601071569 ).

Yo, Ana Yanci Marín Vega, Notario Público con oficina en San José, Escazú, San Antonio del descanso setenta y cinco metros al sur, que mediante la escritura número doscientos veintiuno, de mi tomo de protocolo número siete, se solicita la inclusión en el pacto constitutivo de la sociedad FAGOAL S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ochocientos setenta y nueve mil seiscientos seis, en la cláusula del domicilio el correo electrónico: fagoalsa1@gmail.com, como medio para recibir notificaciones.—Licda. Ana Yanci Marín Vega.—1 vez.—( IN202601071570 ).

Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las 15:30 horas del 6 de mayo del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico: melida@aventurasbajoelsol.com dentro de las sociedad denominada Adventures Under the Sun, S. A., cédula jurídica 3-101-287523, con domicilio social en la Provincia Primera San José, cantón Primero San José, Paseo Colón, Edificio Torre Mercedes, octavo piso, oficina Feinzaig, Scharf y Van Der Putten, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 14 de mayo del 2026. Licda. Victoria Medrano Guevara, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071571 ).

Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las 15:00 horas del 6 de mayo del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico: melidabarbee@hotmail.com dentro de las sociedades denominadas: Take a Tab Limitada, cédula jurídica 3-102-495487, con domicilio social en San José, San José, Oficentro Ejecutivo La Sabana, edificio dos, segundo piso, local dos-nueve; Terrazas y Bosques de las Palomas, S. A., cédula jurídica 3-101-382476; y Olas de California, S. A., cédula jurídica 3-101- 088411, ambas sociedades con domicilio social en Provincia de San José, Cantón Santa Ana, Condominio de Bella Vista, Alto de las Palomas, Calle Roble Sabana, Apartamento uno; mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 14 de mayo del 2026. Licda. Victoria Medrano Guevara, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071572 ).

Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las 15:00 horas del 11 de mayo del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico: electroindcen@gmail.com dentro de las sociedades denominadas: Electroindustrial del Centro, S. A., cédula jurídica 3-101-559584, con domicilio social en San José, Curridabat, Sánchez, en Lomas de Ayarco, seiscientos metros al sur y veinticinco noroeste del Restaurante de Doña Lela; Surtielectrica, S.R.L., cédula jurídica 3-102-706332, con domicilio social en la Provincia de San José, Cantón San José, Distrito Pavas, cien metros al oeste del Edificio Torre Cordillera, casa de dos plantas; e Inversiones Azapa, S. A., cédula jurídica 3-101-091256, con domicilio social en San José, Curridabat, Hacienda Vieja, Condominios El Portón, Apartamento número treinta y uno-F; mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo de cada una, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 14 de mayo del 2026. Licda. Victoria Medrano Guevara, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071573 ).

A las 17:00 horas del 13 de mayo del 2026, protocolicé Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de Playa Escondida, S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101- 057574, mediante la cual se reforma la cláusula Segunda del Domicilio para incluir la cuenta de correo electrónico: playaescondida1@ice.co.cr, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete; y se nombran Vicepresidente, Vocal Dos, Vocal Tres y Vocal Cuatro de la Junta Directiva.— San José, 14 de mayo del 2026.- Licda. Victoria Medrano Guevara. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071574 ).

Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las 16:30 horas del 13 de mayo del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico: worldwidetailoredsa@gmail.com dentro de las sociedad denominada World Wide Tailored, S. A., cédula jurídica 3-101-367381, con domicilio social en la Provincia cero uno San José, Cantón cero uno San José, Pavas Rohrmoser, del cuerpo de Bomberos del INS, cien metros al norte, doscientos metros al oeste, casa esquinera, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 14 de mayo del 2026. Licda. Victoria Medrano Guevara, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071575 ).

Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las 16 horas del 13 de mayo del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico: ilerodriguez@ice.co.cr dentro de las sociedad denominada System Global Imports OS, S. A., cédula jurídica 3-101-321068, con domicilio social en la Provincia cero uno San José, Cantón cero nueve Santa Ana, Distrito cuarto, La Uruca, de Forum ochocientos metros al oeste, Residencial del Sol, lotes siete y ocho, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 14 de mayo del 2026. Licda. Victoria Medrano Guevara, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071576 ).

Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las 15:30 horas del 13 de mayo del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico: parias@rbserviworld.com dentro de las sociedad denominada RB Serviworld, S. A., cédula jurídica 3-101-700173, con domicilio social en la Provincia cero uno San José, Cantón cero uno San José, Pavas, Rohrmoser, de los Bomberos cien metros al norte, doscientos metros al oeste y veinticinco metros al norte, casa blanca, portón negro, mano izquierda, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 14 de mayo del 2026. Licda. Victoria Medrano Guevara, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071577 ).

Por escritura otorgada ante mí, en San José, a las 15 horas del 13 de mayo del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico: roguthnos@ice.co.cr dentro de las sociedad denominada Rogut Hermanos, S. A., cédula jurídica 3-101-141186, con domicilio social en la Provincia de San José, Cantón San José, Pavas, Rohrmoser, una cuadra al norte, dos al oeste y veinticinco metros al norte de la agencia telefónica del oeste, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 14 de mayo del 2026.—Licda. Victoria Medrano Guevara, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071578 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 103, iniciada a folio 101 F, del tomo 7, a las dieciséis horas y veinte minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte del representante legal SUNRISE POINT SRL., cédula jurídica número 3-102-787171 para incorporar el correo electrónico conforme a la Ley número 10597, en el domicilio social. Publicar una vez. Ciudad de Cobano, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Teléfono 2249-5824. Lic. Stanley Mejia Mora. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071580 ).

Por escritura N. 17 De las 16 horas con 52 minutos del 26 del 3 del 2026, otorgada ante la Notaria Pública Heilyn Portuguez Zamora se incluye cuenta de correo electrónico k.rizzatti@hotmail.com dentro de la sociedad denominada RIZSOLA JRJ S. A., cédula jurídica 3-101-484754, con domicilio social en Limón, Pococí, Guápiles, Hacienda Dorado Real del puente Toro Amarillo 500 metros al oeste y 900 metros al sur, casa color beige a mano derecha mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Guápiles 23 horas con 38 minutos del 04 de mayo del 2026, HEILYN PORTUGUEZ ZAMORA, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071582 ).

Por escritura otorgada a las 8 horas del día de hoy, se modifica la cláusula segunda de los estatutos de la empresa SERVICIOS JERMAY S. A.—San José 11 de mayo de 2026.—Notario Luis Gerardo Brenes Solano.—1 vez.—( IN202601071583 ).

En escritura 13 otorgada en esta Notaría, el día 1° de mayo del 2026 se acuerda modificar la cláusula del domicilio social de las sociedades y asociaciones i. ACAN COSTA RICA KENNEL CLUB S.A. cedula 3-101-710196, ii. REISB, SRL cedula 3-102-747146; iii. 3- 102-942398, SRL cedula 3-102-942398; iv. ACAN Centro de adiestramiento, SRL cedula 3-102-788858 y de las asociaciones: i. Asociación cinológica autónoma cedula 3-002- 718552, ii. Asociación de adiestradores, instructores y entrenadores caninos de Costa Rica cedula 3-002-711290; iii. Federación canina de Costa Rica, ACAN cedula 3-002- 728860 se incluye la dirección electrónica para notificaciones acancr@gmail.com.—San José 12 de mayo del 2026.—Licda. Guiselle Brenes Granados.—1 vez.—( IN202601071587 ).

Mediante escritura número 32, del tomo 46 de mi protocolo, otorgada las 20:00 horas del día 20 de abril del 2026 protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada, RAMSEIER PROPERTIES ABC SOCIEDAD ANÓNIMA cédula jurídica número tres -ciento uno-seiscientos cuatro mil ochocientos cuarenta y cuatro se elige nueva secretaria de la sociedad y se establece para la sociedad el correo electrónico: ramseier@dressagehorse.ch. Publíquese una vez.—Licenciada Johanna María Moreno Bustos, Notaria Público.—1 vez.—( IN202601071588 ).

Por escritura otorgada en esta Notaria el día 8 de setiembre del 2025 donde se acuerda modificar la cláusula del domicilio social de la sociedad Metrika Metodología y Desarrollo SRL, cedula jurídica 3-102-918440 y se incluye la dirección electrónica para notificaciones metrika.md.cr@gmail.com San José 12 de mayo del 2026. Licda. Guiselle Brenes Granados.—1 vez.—( IN202601071589 ).

En escritura 167 otorgada en esta Notaria el día 11 de agosto del 2025 se acuerda modificar la cláusula del domicilio social de las sociedades Colkri S.A cedula 3-101- 098961, ii. Krico S.A cedula 3-101-094443, Gadiri S.A cedula 3-101-039005 iv. Pakamara OCR S.A, cedula3-101-765306; v. Pepeto S.A cedula 3-101-094445; vi. Inversiones Altamira OCR S.A, cedula 3-101-166671; vii. Tacirupeca OCR S.A cedula 3-101-765247, Monte Lagos Los Jazmines dieciocho S.A cedula 3-101-308274y se incluye la dirección electrónica para notificaciones lymcrsa@gmail.com San José 12 de mayo del 2026. Licda. Guiselle Brenes Granados.—1 vez.—( IN202601071590 ).

Por escritura número 10 otorgada en esta Notaria el día 25 de abril del 2026 donde se modifica la cláusula del domicilio social de la sociedad Corporación Fabamo de Heredia SRL, cedula jurídica 3-102-928940 y se incluye la dirección electrónica para notificaciones FABAMOFE@gmail.com San José 12 de mayo del 2026. Licda. Guiselle Brenes Granados.—1 vez.—( IN202601071591 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 99, iniciada a folio 98 F, del tomo 7, a las dieciseis horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte del representante legal INMOBILIARIA SVENC SA., cédula jurídica número 3-101-218683 para incorporar el correo electrónico conforme a la Ley número 10597, en el domicilio social. Publicar una vez. Ciudad de Cóbano, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Teléfono 2249-5824. Lic. Stanley Mejia Mora. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071592 ).

En escritura 60 del tomo 11 de mi protocolo, de fecha 30 de abril del 2026, se reformó pacto constitutivo para inclusión de correo electrónico de INMOBILIARIA HENARES FDA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-541162. San José, 30 de abril 2026. Mónica Soto Herrera, Notario.—1 vez.—( IN202601071593 ).

Por escritura 41 tomo 5 Excavaciones y Transportes Diego Navarro S. A., señala correo electrónico.—Notario Público.—Lic. Delia Alexandra Segura Soto.—1 vez.—( IN202601071594 ).

Mediante escritura número ciento dieciséis, visible al folio sesenta y cuatro frente, del tomo 3, de mi protocolo, escritura otorgada ante esta notaría, al ser las doce horas treinta minutos del día veintitrés de abril del 2026, se presentó solicitud por parte del apoderado de AEX MASTERCLASS LATINOAMERICA LIMITADA, cédula jurídica número: 3-102-867167, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Alajuela, cinco de mayo del 2026. Licda. Glenda Zamora Gómez, Abogada y Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071596 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas del 28 de abril del 2026 se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de 3-102-951736 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.—Nicoya, 04 de mayo del 2026.—Lic. Ricardo Jiménez Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN202601071597 ).

Por escritura N. 27 De las 09 horas con 29 minutos del 13 del 4 del 2026, otorgada ante la Notaria Pública Heilyn Portuguez Zamora se incluye cuenta de correo electrónico transp.noy03@gmail.com dentro de la sociedad denominada TRANSPORTES NOY VEINTITRES S.R.L., cédula jurídica 3-102-885780, con domicilio social en Limón, Guácimo, 25 metros al este y 25 al sur del Mini Super Guayacán, casa color papaya a mano derecha portón beige mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Guápiles 00 horas con 10 minutos del 05 de mayo del 2026, HEILYN PORTUGUEZ ZAMORA, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071598 ).

Ante esta notaría mediante escritura número 65 otorgada a las 11:00 horas del día 20 del mes de abril del año 2026, del tomo 27 del conotario Norman Leslie de Pass Ibarra, se protocolizó Acta de Asamblea General de Socios de la compañía Tres- Ciento Dos- Ochocientos Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres- ciento dos- ochocientos sesenta y cuatro mil quinientos cuatro, mediante la cual se acordó reformar los estatutos sociales.—Heredia, 04 del mes de mayo del año 2026. Publíquese una vez.—Katherine González Medina, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071599 ).

Por escritura número setenta y tres, de las once horas del dieciocho de marzo de dos mil veintiséis, BRACK SISECO LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres -ciento dos- ochocientos cincuenta y un mil cuatrocientos sesenta y cuatro, solicita al Registro Público registrar correo electrónico para notificaciones, conforme Ley 10597.—San José, treinta de abril de dos mil veintiséis.—Lic. Raúl A. Camacho Alfaro, Notario Público. Carné 11999.—1 vez.—( IN202601071601 ).

Por escritura 42 tomo 5 Autorepuestos El Ricon S. A., señala correo electrónico. Notario Público. Lic. Delia Alexandra Segura Soto.—1 vez.—( IN202601071604 ).

Ante esta Notaría, por escritura número doscientos cincuenta y nueve otorgada a las dieciséis horas del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis, la señora Cen Jianbing, casada, comerciante, china, cédula de residencia uno uno cinco seis cero uno cero tres cinco uno cero cinco, vecina de Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, quien comparece en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de las siguientes sociedades: a- CEN Y NG CIENTO NOVENTA OCHO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres- ciento dos-ocho seis cuatro dos siete nueve, sociedad que se encuentra inscrita bajo el tomo veinte veintidós, asiento seis nueve nueve seis cuatro siete, domiciliada en Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, contiguo al Banco Popular local blanco; b- BENITO FENG DOS MIL NUEVE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, Cédula Jurídica: tres – ciento dos- ochocientos setenta y cuatro mil ochocientos ochenta y seis, establece como correo electrónico a sus sociedades el siguiente: fjm197703@hotmail.co.—Puerto Viejo de Sarapiquí, a las doce horas del treinta de abril del dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Licda. Katerin Andrea Vargas Leal, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071605 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cincuenta, visible al folio ochenta y tres frente, del tomo ocho, a las nueve horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de varmo de la finca sociedad anónima, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno – dos ocho ocho uno dos tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Pérez Zeledón, a las once horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Randall Steven Núñez Salazar. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071607 ).

Mediante escritura pública número 78, visible al folio 62 vuelto, del tomo 19, a las 14:30 horas del 28 de abril del 2026, ante el Notario Público Randall Erick González Valverde, se presentó solicitud de la Gerente de la sociedad PERLITA DEL ESTE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres – uno cero dos – siete cuatro uno cuatro cero cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las ocho horas con quince minutos del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Randall Erick González Valverde. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071613 ).

Ante esta notaría mediante escritura número 64 otorgada a las 10:30 horas del día 20 del mes de abril del año 2026, del tomo 27 del conotario Norman Leslie de Pass Ibarra, se protocolizó Acta de Asamblea General de Socios de la compañía CONFIDENCE FOR QUIET LIMTADA cédula de persona jurídica tres - ciento dos - cuatrocientos ochenta y cuatro mil ciento cincuenta y dos, mediante la cual se acordó reformar los estatutos sociales. Heredia, 04 del mes de mayo del año 2026. - Publíquese una vez. – Katherine González Medina, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071614 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y cuatro - uno, visible del folio cuarenta y siete frente al folio cuarenta y siete frente vuelto, del tomo uno de mi protocolo, a las dieciocho horas treinta minutos del día veintiséis de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Juan Pablo Araya González, en condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Centro Integral Mozaico SRL, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento dos-ocho nueve siete nueve seis ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Pérez Zeledón, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del treinta de abril del año dos mil veintiséis. Licda. Heilyn Morales Obando. Notaria.—1 vez.—( IN202601071616 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número treinta y nueve, visible al folio cuarenta frente, del tomo nueve, a las dieciséis horas treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil veintiséis, la compañía Tres Ciento Dos Ochocientos Ochenta y Cuatro Mil Trescientos Noventa y Siete Sociedad De Responsabilidad Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres -ciento dos-ochocientos ochenta y cuatro mil trescientos noventa y siete se solicitó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Cartago, a las diez del veintiocho de abril de dos mil veintiséis.—Licda. Silvia Peralta Montenegro.—1 vez.—( IN202601071617 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos dieciséis-cuatro, visible al folio ciento sesenta y uno frente, del tomo cuarto, a las doce horas del once de mayo del dos mil veintiséis, el Presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma de HERMANOS SOLORZANO ALFARO BEFRA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-367768, solicita incorporar en los asientos registrales correo electrónico conforme a la Ley N°10597.- Alajuela, a las doce horas del once de mayo de dos mil veintiséis.- Licda. Jenny Cornejo Solórzano. Notaria.—1 vez.—( IN202601071618 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos quince-cuatro, visible al folio ciento sesenta y uno frente, del tomo cuarto, a las diez horas del once de mayo del dos mil veintiséis, la Presidenta y apoderada generalísima sin limite de suma de Osyju A F Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-639467, solicita incorporar en los asientos registrales correo electrónico conforme a la Ley N°10597.- Alajuela, a las diez horas del once de mayo de dos mil veintiséis.- Licda. Jenny Cornejo Solórzano. Notaria.—1 vez.—( IN202601071620 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 12:00 horas del día 24 de abril del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de Vet Pawradise CR, Sociedad de Responsabilidad Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ochocientos setenta y cuatro mil ciento ochenta y seis para incorporar el correo electrónico maricruz.vargasg8@gmail.com en el domicilio social de dicha sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, a las 16:00 horas del tres de mayo del 2026. José Ignacio Quijano San Gil, Notario.—1 vez.—( IN202601071621 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cuarenta y uno - ocho, visible del folio cuarenta y uno vuelto al folio cuarenta y dos vuelto, del tomo ocho, a las diez horas del catorce de abril del año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad REEL WAVE ADVENTURES LLC LIMITADA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres - ciento - dos ochocientos ochenta y dos mil ochocientos sesenta y nueve, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula del pacto constitutivo relativa a la representación y reforma a la cláusula relativa al domicilio, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, treinta de abril del dos mil veintiséis.—Lic. André Cappella Ramírez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071622 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las quince horas quince minutos del veintitrés del mes de abril del año dos mil veintiséis, se registró el correo electrónico SCLAT65@GMAIL.COM de la sociedad ALTERNA VIDA INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA con cédula jurídica 3-101- 678702 como medio oficial para recibir notificaciones judiciales y administrativas, medida implementada a partir del 4 de junio del 2025.—Arenal, cuatro de mayo del 2026.—Notario: Gonzalo Murillo Álvarez.—23158.—1 vez.—( IN202601071625 ).

Ante esta Notaría, escritura otorgada en La Suiza de Turrialba a las quince horas veintidós de abril del año dos mil veintiséis, Compañía Agropecuaria Piedra Grande Thiele Mora Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- seiscientos cuarenta y cinco mil quinientos ochenta y dos, indica la cuenta de correo electrónico: piedragrandetm@gmail.com para efectos de notificaciones administrativas y judiciales.—Licda. Andrea Carmona Coto, Notario.—1 vez.—( IN202601071627 ).

Por escritura 45 tomo 5 Quebradores Carca S. A., señala correo electrónico. Notario Público. Lic. Delia Alexandra Segura Soto.—1 vez.—( IN202601071628 ).

Por escrituras 48 tomo 5, protocolicé acta de Golden Pacific White Sand Blue Sea Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde señala correo electrónico. Lic. Delia Alexandra Segura Soto.—1 vez.—( IN202601071630 ).

Ante esta notaría, por escritura número ciento catorce -veinte, visible al folio ciento dieciséis frente, tomo veinte, a las dieciocho horas del día veintiocho de abril del año dos mil veintiséis se presentó solicitud de GRUPO LUCRESA OV S. A., cédula de persona jurídica número 3-101- 794590, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Heredia, ocho horas del treinta de abril del dos mil veintiséis Lic. Esteban Cherigo Lobo. Notario Público. Tel 88239127.—1 vez.—( IN202601071632 ).

Por escritura número ciento uno de las dieciséis horas del día treinta de abril del dos mil veintiséis se protocolizó acta de asamblea de la sociedad RAYSEL CONSULTORIAS & CAPACITACIONES SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres -ciento uno -quinientos cuarenta y siete mil ochocientos veintidós se nombra nueva junta directiva, se cambian apoderados generales. Además, se modifican las cláusulas de junta directiva y de domicilio. Escazú, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Hellen Rocío Chinchilla Serrano. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071633 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento quince - veinte, visible al folio ciento dieciséis vuelto, del tomo veinte, a las dieciocho horas quince minutos del día veintiocho de abril del año dos mil veintiséis se presentó solicitud de GOLD ZCO S. A., cédula de persona jurídica número 3-101- 680564, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Heredia, nueve horas del día treinta de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Esteban Cherigo Lobo. Notario Público. Tel 88239127.—1 vez.—( IN202601071634 ).

Ante esta notaría, mediante protocolización de acta, por medio de la escritura número 172, visible al folio 133 vuelto, del tomo 5, a las 17:00, del 27 de abril de 2026, de la sociedad Benditas Aventuras LLC S.R.L., con la cédula de persona jurídica número 3-102-888506, para incorporar un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. - Playas del Coco, a las 12:30 horas, del día 30 del mes de Abril del año 2026. - Licda. Yerlyn Tatiana Mena Navarrete.—1 vez.—( IN202601071635 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día catorce de mayo de dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de la sociedad denominada TRES – CIENTO UNO – SETECIENTOS DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO, SOCIEDAD ANÓNIMA, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: sociedadesnorbe@gmail.com. para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda reformar la cláusula del domicilio social de la Compañía. San José, catorce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Ariel Audilio Leiva Fernández.—1 vez.—( IN202601071637 ).

Ante esta notaría a las 12:00 horas del 27 de abril del 2026, mediante la escritura número 292-43, la sociedad denominada SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y CONTABLES EBC SRL., cédula jurídica número 3-102-623771, solicita modificación al pacto constitutivo, establecer el correo electrónico como medio de notificación libreriaebc@hotmail.com Publicar una única vez. Licda. Hellen Tatiana Fernández Mora. Cartago, 30 de abril del 2026.—1 vez.—( IN202601071639 ).

Ante esta notaría, mediante protocolización de acta de asamblea, en escritura número ciento setenta y cinco, visible al folio ciento treinta y cinco vuelto, del tomo cinco, de las once horas, del veintiocho de abril de dos mil veintiséis, de la sociedad JADE AND JAMISON’S LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número 3-102-921813, mediante la cual se autoriza incorporar un correo electrónico como medio para recibir notificaciones, conforme a la Ley N° 10597.—Playas del Coco, 30 de abril de 2026. —Licda. Yerlyn Tatiana Mena Navarrete.—1 vez.—( IN202601071640 ).

Mediante la escritura número treinta y dos, otorgada a las diez horas con diez minutos del treinta de marzo del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad DERIVADOS DE COCO INDUSTRIAL HB SOCIEDAD ANONIMA, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- setecientos treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo. San José, diez de abril del dos mil veintiséis. Lic. Ana Luisa Jiménez Quirós.—1 vez.—( IN202601071641 ).

La sociedad denominada Corporación WMW de Costa Rica Sociedad de RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cedula jurídica tres-ciento dos-setecientos noventa mil ciento catorce, comunica que mediante acuerdo adoptado en Asamblea General Extraordinaria de cuotitas, celebrada a las doce horas del trece de diciembre del dos mil veinticinco, se procedió a realizar el cambio del GERENTE Y SUB GERENTE en su órgano de administración, quedando los demás miembros en sus puestos, y el nuevo Gerente y Sub gerente por todo el resto del plazo social, a partir de la firma de esta acta o sea a partir del día trece de diciembre del dos mil veinticinco.- Se expide el presente edicto para los efectos legales correspondientes. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601071643 ).

Ante esta notaría pública, mediante escritura número 85-13 visible al folio 100 plana frente, del tomo 13, a las 10:30 horas del 29 de abril del 2026, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de denominada 3-102- 956957, S.R.L, cédula jurídica número: 3-102- 956957, de las 09:00 horas del 23 de abril del 2026, en la cual se modifican las cláusulas de la administración, representación y domicilio de dicha sociedad. San José, 30 de abril del 2026. Licda. Miriam Soto Aguilar. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071645 ).

Escritura 129, visible al folio 131 frente, tomo 7, de las 13:00 del 20 de abril de 2026, ante la suscrita Notaria Marcia Solís Peña, carné 26936, se protocoliza Acta de Asamblea General de Cuotistas para la sociedad Kederike Lemay CR LLC Limitada incorporar correo electrónico notificaciones@linealaw.com para notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, 29 de abril de 2026.—1 vez.—( IN202601071646 ).

Por escritura de las catorce horas del treinta de abril del dos mil veintiséis. Se protocoliza la Asamblea de TRES- CIENTO DOS – OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL SESENTA Y TRES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con misma cedula jurídica, mediante la cual solicitan la inclusión de correo electrónico. Es todo. La Unión, 04 de mayo del 2026. Lic. Lilliana Garcia Barrantes, correo electrónico lgarcia@sbs.cr.—1 vez.—( IN202601071647 ).

Mediante la escritura número treinta y cinco, otorgada a las diez horas cuarenta minutos del treinta de marzo del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad INVERSIONES CAFE DEL CARIBE SOCIEDAD ANONIMA, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- ciento cuarenta y tres mil doscientos veintisiete, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo. San José, diez de abril del dos mil veintiséis. Lic. Ana Luisa Jiménez Quirós.—1 vez.—( IN202601071648 ).

Mediante la escritura número treinta y tres, otorgada a las diez horas veinte minutos del treinta de marzo del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad ESPECIAS DEL MUNDO JRJ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- ochocientos sesenta y seis mil ochocientos diez, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo. San José, diez de abril del dos mil veintiséis. Lic. Ana Luisa Jiménez Quirós.—1 vez.—( IN202601071649 ).

Por escritura otorgada hoy ante mi, la compañía PANDUIT DE COSTA RICA LTDA, cédula jurídica 3-102-159181, incluye un correo electrónico conforme a la Ley número 10597. San José, 30 de abril del 2026. Publicar una vez. Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071650 ).

Mediante la escritura número once, otorgada a las trece horas con treinta minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad LAS ESPUELAS DE MONTE VERDE SOCIEDAD ANONIMA con número de cédula jurídica tres-ciento uno- trescientos noventa y cuatro mil ochocientos cuarenta, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo.—San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Mónica María Román Gutiérrez.—1 vez.—( IN202601071653 ).

Mediante la escritura número diez, otorgada a las trece horas con quince minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad T A B SOCIEDAD ANONIMA, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- cero cinco dos seis ocho dos, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Mónica María Román.—1 vez.—( IN202601071654 ).

Mediante la escritura número nueve, otorgada a las trece horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad ELECTROAIRE DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- ciento sesenta y un mil ciento ochenta y cinco, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo.—San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Mónica María Román Gutiérrez.—1 vez.—( IN202601071656 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del día 04 de mayo de 2026, se acordó inscribir el correo electrónico alurai.limitada@gmail.com como medio oficial de notificación de la sociedad: INVERSIONES JIMENEZ Y MORALES DE BELEN S.A  Alajuela a las 17:05 del 04 de Mayo de 2026.- Lic Juan Luis Céspedes Vargas. Notario.—1 vez.—( IN202601071657 ).

Mediante la escritura número catorce, otorgada a las catorce horas con quince minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la persona jurídica ASOCIACION DE CRIADORES DE GANADO CEBU DE COSTA RICA, con número de cédula jurídica tres-cero cero dos- cincuenta y un mil novecientos cero uno, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Mónica María Román Gutiérrez.—1 vez.—( IN202601071658 ).

La suscrita CATHERINE VANESSA MORA CHAVARRIA, CARNÉ 19189, HAGO CONSTAR QUE ANTE MI NOTARIA SE ENCUENTRA TRAMITANDO la inscripción de los correos de las empresas TRANSFOX SOCIEDAD ANONIMA, CÉDULA JURÍDICA TRES - CIENTO UNO - QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE Y SM DOS MIL TRES SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA, EL PERICO AQZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO DOS TRESCIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES. ES TODO, SAN JOSE 12 DE MAYO 2026. Lic. Catherine Mora Chavarría.—1 vez.—( IN202601071659 ).

La suscrita CATHERINE VANESSA MORA CHAVARRIA, CARNE 19189, HAGO CONSTAR QUE ANTE MI NOTARIA SE ENCUENTRA TRAMITANDO la inscripción de los correos de las empresas MATUSAGO LUBRICENTRO SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE Y TRES CIENTO UNO SETECIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE SOCIEDAD ANONIMA, MISMO NUMERO DE CEDULA JURIDICA. ES TODO, SAN JOSE 8 DE MAYO 2026..—1 vez.—( IN202601071660 ).

La suscrita CATHERINE VANESSA MORA CHAVARRIA, CARNE 19189, HAGO CONSTAR QUE ANTE MI NOTARIA SE ENCUENTRA TRAMITANDO la inscripción de los correos de las empresas, MULTISERVICIOS CARDENAS ISAZA SOCIEDAD ANONIMA, CÉDULA JURÍDICA TRES - CIENTO UNO - SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTITRES, TRES CIENTO DOS NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD, MISMO NUMERO DE CEDULA JURIDICA, DUBA OCHO SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO SEISCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS CATORCE, CANTILLO MARTINEZ SFK SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO. ES TODO, SAN JOSE 12 DE MAYO 2026.—1 vez.—( IN202601071661 ).

La suscrita CATHERINE VANESSA MORA CHAVARRIA, CARNE 19189, HAGO CONSTAR QUE ANTE MI NOTARIA SE ENCUENTRA TRAMITANDO la inscripción de los correos de las empresas, TRANSPORTES GONZAVI INTERNACIONA Y CIA SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO, TRES CIENTO DOS OCHOCIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, MISMO NUMERO DE CEDULA JURIDICA, TRES CIENTO DOS SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS OCHO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, MISMO NUMERO DE CEDULA JURIDICA. ES TODO, SAN JOSE 13 DE MAYO 2026.—1 vez.—( IN202601071662 ).

La suscrita CATHERINE VANESSA MORA CHAVARRIA, CARNÉ 19189, HAGO CONSTAR QUE ANTE MI NOTARIA SE ENCUENTRA TRAMITANDO la inscripción de los correos de las empresas, MAPRIL ANONIMA, titular de la cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno DOSCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE, INTELIACIONES INTERNACIONALES LIMITADA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO DOS TRESCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO, PLAZA BOCCEA SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO. ES TODO, SAN JOSE 13 DE MAYO 2026.—1 vez.—( IN202601071663 ).

Mediante la escritura número trece, otorgada a las catorce horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad LAS PUMAS SOCIEDAD ANONIMA, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- cero nueve cuatro nueve seis siete, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Mónica María Román Gutiérrez.—1 vez.—( IN202601071664 ).

Por escritura número veintiocho otorgada a las siete horas treinta minutos del trece de mayo del dos mil veintiséis, la Entidad Denominada 3-101-570701 SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica tres - ciento uno – quinientos setenta mil setecientos uno, solicita establecer como correo electrónico fpazos@grupopazos.com conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es Todo. San José, 14 de mayo del 2026. Lic. Eduardo Aráuz Sánchez.—1 vez.—( IN202601071666 ).

Por escritura número veintinueve, otorgada a las siete horas treinta y cinco minutos del trece de mayo del dos mil veintiséis, la entidad denominada 3-101-653319 SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica tres - ciento uno – seiscientos cincuenta y tres mil trescientos diecinueve, solicita establecer como correo electrónico fpazos@grupopazos.com conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San José, 14 de mayo del 2026.—Lic. Eduardo Aráuz Sánchez.—1 vez.—( IN202601071667 ).

Por escritura número veintiséis otorgada a las siete horas veinte minutos del trece de mayo del dos mil veintiséis, la Entidad Denominada 3-101-702211 SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica tres - ciento uno – setecientos dos mil doscientos once, solicita establecer como correo electrónico fpazos@grupopazos.com conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es Todo. San José, 14 de mayo del 2026. Lic. Eduardo Aráuz Sánchez.—1 vez.—( IN202601071668 ).

Por escritura número treinta otorgada a las siete horas cuarenta minutos del trece de mayo del dos mil veintiséis, la Entidad Denominada 3-102-716301 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica tres - ciento dos – setecientos dieciséis mil trescientos uno, solicita establecer como correo electrónico fpazos@grupopazos.com conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es Todo. San José, 14 de mayo del 2026. Lic. Eduardo Aráuz Sánchez.—1 vez.—( IN202601071669 ).

Por escritura número veintisiete otorgada a las siete horas veinticinco minutos del trece de mayo del mil veintiséis, la Entidad Denominada 3-101-572266 SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica tres - ciento uno – quinientos setenta y dos mil doscientos sesenta y seis, solicita establecer como correo electrónico fpazos@grupopazos.com conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, 14 de mayo del 2026. Lic. Eduardo Aráuz Sánchez.—1 vez.—( IN202601071670 ).

Mediante la escritura número cuarenta y nueve, otorgada a las trece horas del treinta de marzo del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad GRUPO BREYBO SOCIEDAD ANÓNIMA, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- doscientos treinta y cuatro mil trescientos, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo.—San José, trece de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Ana Luisa Jiménez Quirós.—1 vez.—( IN202601071671 ).

LICENCIADO HENRY RIVERA ORTIZ. Por escritura número ciento dieciséis, iniciada al folio ciento once vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, otorgada a las diez horas veinte minutos del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad Unidad de Operaciones Tácticas S.A, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. Heredia, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601071672 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 17:00 horas del día 04 de Mayo de 2026, se acordó inscribir el correo electrónico canuckbombax@gmail.com como medio oficial de notificación de la sociedad: FALL RIVER RED CORPORATION LIMITED SCAV S.A Alajuela a las 17:05 del 04 de Mayo de 2026.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas. Notario.—1 vez.—( IN202601071673 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número veintisiete, visible al folio veinticuatro vuelto del tomo uno, a las catorce horas del tres de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la señorita YANISELL MARÍA RAPSO GÓMEZ en su condición de Presidenta de la sociedad de ÁNGELES DE RAGO SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- setecientos noventa y cuatro mil ciento cuarenta y dos, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José a las once horas y cincuenta minutos del cinco de mayo del del dos mil veintiséis. Licda. Idania Soto Zamora. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071674 ).

Por escritura otorgada ante la notaría de la Licda. Marcela Gurdián Cedeño a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del veintisiete de abril de dos mil veintiséis, se autorizó la escritura número ciento quince de la sociedad VILLA RONIC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres -ciento dos – ocho dos cero cuatro dos cero, en la cual se cambió la moneda del capital accionario y se aumentó el capital social. ES TODO. Guanacaste, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Andrea Alvarado Rodríguez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071675 ).

POR ESCRITURA NÚMERO CIENTO SESENTA Y UNO OTORGADA A LAS CATORCE HORAS DEL DIA TRECE DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS, EL REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD COMERCIALIZADORA JORNES SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA, CEDULA JURIDICA TRES- CIENTO DOS- OCHOCIENTOS VEINTICINCO MILTRESCIENTOS TREINTA Y UNO SOLICITA LA INCLUSIÓN DE UN CORREO ELECTRÓNICO. NOTARIA: LICDA.NETZY YANINA SOTO ROJAS.—1 vez.—( IN202601071676 ).

POR ESCRITURA NÚMERO CIENTO SESENTA Y DOS OTORGADA A LAS DIECISIETE HORAS DEL DIA TRECE DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS, EL REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD ENRILEY, CEDULA JURIDICA TRES- CIENTO UNO-SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO SOLICITA LA INCLUSIÓN DE UN CORREO ELECTRÓNICO. NOTARIA: LICDA.NETZY YANINA SOTO ROJAS.—1 vez.—( IN202601071677 ).

Por escritura número ciento cincuenta y nueve, otorgada a las ocho horas del día doce de mayo del dos mil veintiséis, el representante de la sociedad La Casa de la Gorra Sociedad Responsabilidad Limitada, cedula jurídica tres- ciento dos- setecientos treinta mil novecientos ochenta y ocho solicita la inclusión de un correo electrónico.—Notaria: Licda. Netzy Yanina Soto Rojas.—1 vez.—( IN202601071678 ).

POR ESCRITURA NÚMERO CIENTO SESENTA OTORGADA A LAS NUEVE HORAS DEL DIA DOCE DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS, EL REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD MEGA SOUVENIR Z Y X SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA, CEDULA JURIDICA TRES- CIENTO DOS- OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE SOLICITA LA INCLUSIÓN DE UN CORREO ELECTRÓNICO. NOTARIA: LICDA.NETZY YANINA SOTO ROJAS.—1 vez.—( IN202601071679 ).

Ante esta Notaria mediante Escritura 377 a las ocho horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis establece el correo electrónico: edwinduarte965@yahoo.com de la SOCIEDAD FINCA E D E MONTAÑAS DEL RIO SOCIEDAD ANÓNIMA cédula jurídica 3 – 101 –298942 Es Todo. Liberia Guanacaste cuatro de mayo del 2026 Licda Crysia María Ugarte Ibarra carné 24877.—1 vez.—( IN202601071680 ).

Escritura 143, visible al folio 145 frente, tomo 7, de las 10:00 del 27 de abril de 2026, ante la suscrita Notaria Marcia Solís Peña, carné 26936, se protocoliza Acta de Asamblea General de Cuotistas para la sociedad Playa Pochote Residence III Buho Naranja Limitada incorporar correo electrónico notificaciones@linealaw.com para notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, 29 de abril de 2026.—1 vez.—( IN202601071681 ).

Por escritura otorgada a las 14:30 horas del 16 de abril del 2026 se solicita inclusión de correo electrónico de la sociedad RESTAURANTE LOS PILONES SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica 3-101-676766. LIC. MARIO ENRIQUE ACUÑA JARA. Naranjo 5 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601071682 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 9 horas y 30 minutos del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad CENTRAL PACIFIC LAW CRC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-919811, para incorporar un correo electrónico en su domicilio social, conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, 4 de mayo de 2026. Notaria Pública Lic. Guiselle Brenes Rojas, carné 8942.—1 vez.—( IN202601071683 ).

Arzu Combined Services Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres - uno cero dos - ocho uno cinco seis uno uno: “...ACUERDO QUINTO: por unanimidad de votos se acuerda modificar la siguiente cláusula de los estatutos de constitución de la presente Empresa para que en lo sucesivo se lea así: SEGUNDA: el domicilio social será en la provincia de Cartago, Tres Ríos, La Unión, Río Azul, frente al bar Bosco, portón grande color negro. Correo Electrónico: se establece para recibir notificaciones el siguiente correo electrónico: ganbarucr.services@gmail.com”... Robert Alexander Quirós Benavides C.C.: Alexander Benavides Corrales, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071684 ).

El suscrito Notario, hace constar que mediante escritura número sesenta y nueve, iniciada a folio treinta y dos vuelto, del tomo cien del protocolo del suscrito Notario, de fecha ocho horas treinta minutos del día veintidós de abril de dos mil veintiséis, de esta notaría, se presentó solicitud por parte del gerente con facultades de apoderado generalísimo de Tres — Ciento Cinco — Novecientos Cuarenta Y Nueve Mil Trescientos Veintiuno Empresa Individual De Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número tres — ciento cinco — novecientos cuarenta y nueve mil trescientos veintiuno, para la disolución de la sociedad indicada. Ciudad de San José, Aserrí, a las nueve horas del día trece de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Mario Piedra Arias. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071685 ).

Por escritura otorgada ante mí notaría a las siete horas del día cinco de mayo de dos mil veintiséis, el representante de la empresa: “INVERSIONES BISCOTTI SOMAJU SOCIEDAD ANÓNIMA”, con cédula de persona jurídica número: tres – ciento uno – ochocientos cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta y tres, solicitó la inclusión de su correo electrónico en la cláusula relativa al domicilio. San Vito de Coto Brus, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Notaria: Marianela Álvarez Carazo.—1 vez.—( IN202601071686 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 10 horas del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de las sociedades BELLA VISTA DE CONCEPCION SOCIEDAD ANONIMA y SAN GIL CENTRAL SOCIEDAD ANONIMA, cédulas jurídicas números 3-101-443346 y 3-101-016896, respectivamente, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las anteriores sociedades conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, 4 de mayo de 2026. Notaria Pública Lic. Guiselle Brenes Rojas, carné 8942.—1 vez.—( IN202601071687 ).

Por escritura número CUARENTA Y TRES otorgada ante la Notaria Pública, Ana Marilyn Chacon Araya de las dieciocho horas del dos de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico luisgamboa.cr@hotmail.com, dentro de la sociedad denominada INVERSIONES LURIDAST SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica TRES-CIENTO UNO-TRESCIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO, con domicilio social en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Urbanización Villa Real, cinco de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Ana Marilyn Chacón Araya Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071688 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 199 otorgada a las 16:00 horas, del 11 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad HATIKVAH LA ESPERANZA MRS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: 3-101-881583, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 14 de mayo del año 2026. Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071689 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 204 otorgada a las 13:00 horas, del 13 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad INDUSTRIAS NOBLE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: 3-101-139467, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 14 de mayo del año 2026. Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario Público. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601071690 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 205 otorgada a las 13:30 horas, del 13 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad LTE GOURMET SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: 3-102-775455, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 14 de mayo del año 2026. Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario Público. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601071691 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 207 otorgada a las 14:30 horas, del 13 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad LUFFACLEAN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: 3-102-804399, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 14 de mayo del año 2026. Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario Público. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601071692 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 206 otorgada a las 14:00 horas, del 13 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad PROYECTOS REYES & ALONSO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: 3-101-919716, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 14 de mayo del año 2026. Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario Público. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601071693 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 203 otorgada a las 12:00 horas, del 13 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad REYES Y SOTO DEL BOSQUE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: 3-101-123945, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 14 de mayo del año 2026. Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario Público. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601071695 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 200 otorgada a las 17:00 horas, del 11 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad TECNIRAMIREZ SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: 3-101-286350, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad antes indicada conforme a la Ley número 10597. San José, 14 de mayo del año 2026. Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario Público. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601071696 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 198 otorgada a las 14:00 horas, del 11 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de las siguientes sociedades: SELVA DORADA GLOBAL SDG SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: 3-101-926706 y MULTI NEGOCIOS TECNOLOGICOS COSTA RICA CJP SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: 3-101-605557, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades antes indicadas conforme a la Ley número 10597. San José, 14 de mayo del año 2026. Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario Público. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601071697 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 208 otorgada a las 15:00 horas, del 13 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de las siguientes sociedades: COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS IMPORTADOS ARCA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: 3-101-133328 y DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL ARCA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: 3-101-229761, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades antes indicadas conforme a la Ley número 10597. San José, 14 de mayo del año 2026. Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario Público. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601071698 ).

Mediante escritura otorgada ante esta misma notaria a las 17:00 horas del 13 de mayo del año 2026, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Gineo Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-025663, en la cual se reformaron las cláusulas segunda, tercera y se nombran nueva Junta Directiva y Fiscal. San José, 14 de mayo del 2026. Lic. Vinicio Rojas Arias, Notario Público. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601071699 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número SETENTA Y SEIS, visible a folio sesenta y uno vuelto y sesenta y dos frente, del tomo UNO del Protocolo de la suscrita Notaria, a las quince horas, del primero de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Carlos Daniel Sánchez Castro, en su condición de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de Instrumentos Musicales La Voz Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- tres seis cero cuatro uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las veintidós horas con veintidós minutos del cuatro de mayo del presente año dos mil veintiséis. Licda. Karla Vanessa Sancho Morales, carnet 32635. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071700 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número Doscientos Setenta y Tres-Treinta y Cinco, visible al folio ciento cuarenta y cinco frente, del tomo Treinta y Cinco, a las once horas del Doce de Mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad CONSORCIO MULTISERVICIOS AGP ZUVE SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-setecientos cincuenta y siete mil seiscientos treinta, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley diez mil quinientos noventa siete. San José, Doce de Mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Flor Eugenia Castillo Castro.—1 vez.—( IN202601071701 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número Doscientos Setenta y Dos-Treinta y Cinco, visible al folio ciento cuarenta y cuatro vuelto, del tomo Treinta y Cinco, a las diez horas treinta minutos del Doce de Mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad EL RINCON TECNICO ZUVE SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos noventa y nueve mil cuatrocientos ochenta y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley diez mil quinientos noventa siete. San José, Doce de Mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Flor Eugenia Castillo Castro.—1 vez.—( IN202601071702 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número Doscientos Setenta-Treinta y Cinco, visible al folio ciento cuarenta y cuatro frente, del tomo Treinta y Cinco, a las nueve horas treinta minutos del Doce de Mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad CORPORACION ECHUM DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-setecientos treinta y siete mil setecientos treinta, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley diez mil quinientos noventa siete. San José, Doce de Mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Flor Eugenia Castillo Castro.—1 vez.—( IN202601071703 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número Doscientos Sesenta y Nueve-Treinta y Cinco, visible al folio ciento cuarenta y tres vuelto, del tomo Treinta y Cinco, a las nueve horas del Doce de Mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad CORPORACION B Y D SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-setecientos cincuenta y siete mil seiscientos veintinueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley diez mil quinientos noventa siete. San José, Doce de Mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Flor Eugenia Castillo Castro.—1 vez.—( IN202601071704 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número Doscientos Setenta y Uno-Treinta y Cinco, visible al folio ciento cuarenta y cuatro vuelto, del tomo Treinta y Cinco, a las diez horas del Doce de Mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad ROOF TILE HOME DE CR SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ochocientos doce mil trescientos cuarenta y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley diez mil quinientos noventa siete. San José, Doce de Mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Flor Eugenia Castillo Castro.—1 vez.—( IN202601071705 ).

Por escritura otorgada ante mí notaría a las veinte horas del día cuatro de mayo de dos mil veintiséis, el representante de la empresa: V D R TORRE ZAPOTE BLANCO SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número: tres – ciento uno – seiscientos cincuenta y siete mil cuatrocientos sesenta y seis, solicitó la inclusión de su correo electrónico en la cláusula relativa al domicilio. San Vito de Coto Brus, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Notaria: Marianela Álvarez Carazo.—1 vez.—( IN202601071706 ).

Por escritura número treinta y seis – dos, otorgada ante la Notario Público, Yuliana López Montero de las nueve horas del cinco de mayo de dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de reforma de cláusula de administración y cambio de correo electrónico dentro de cláusula del domicilio social de la sociedad TRES – CIENTO UNO – NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – novecientos cincuenta y ocho mil setecientos cuarenta y tres San José, cinco de mayo de dos mil veintiséis. - Licda. Yuliana López Montero, Notaria.—1 vez.—( IN202601071707 ).

La suscrita notaria pública, hace constar que mediante escritura número once, visible a folio cinco vuelto del tomo uno de fecha cinco de mayo del dos mil veintiséis de esta notaria, se dispuso la inscripción de correo electrónico para notificaciones administrativas y judiciales de la sociedad denominada MULTIPLES DEL SUR JZ SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número TRES- CIENTO UNO- OCHO CINCO SEIS UNO CUATRO UNO. San José, doce horas quince minutos del cinco de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Francinny Paola Green Chacón. Una sola publicación.—1 vez.—( IN202601071709 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las a las nueve horas del día catorce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la sociedad denominada AKI KB INMOBILIARIA DE COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA, donde se acuerda la disolución y liquidación de la Compañía. San José, catorce de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Ariel Audilio Leiva Fernández.—1 vez.—( IN202601071712 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas quince minutos del día catorce de mayo del año dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Reunión de Cuotistas de la sociedad denominada RUNAPA LIMITADA, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com. para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente y eliminar la cláusula referente al agente residente. San José, catorce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Ariel Audilio Leiva Fernández.—1 vez.—( IN202601071714 ).

Por escritura N. 24 de las 11 horas del 09 del 4 del 2026, otorgada ante la Notaria Pública Heilyn Portuguez Zamora, se incluye cuenta de correo electrónico gabipache@hotmail.com dentro de la sociedad denominada SUCESORES HERMANOS ELIZONDO PACHECO S.R.L., cédula jurídica 3-102-625240, con domicilio social en Limón, Pococí, Guácimo, exactamente 400 al sur de la Municipalidad en la Clínica de la Localidad mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Guápiles 23 horas con 59 minutos del 04 de mayo del 2026.—Heilyn Portuguez Zamora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071715 ).

Por escritura número 197 del tomo 32 de mi protocolo, otorgada las 14:10 horas del 20 de abril del año 2026, el suscrito Notario protocolicé ACTA DE ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS de la compañía “3-102-696402, S.R.L.”, con cédula de persona jurídica número 3-102-696402 mediante la cual se reforma la cláusula de DOMICILIO, de los estatutos sociales. – 05 de mayo del año 2026.-Notario Gonzalo Víquez Carazo. Carné 10476.—1 vez.—( IN202601071716 ).

Por medio de escritura número 47, visible a folio 94 frente, del tomo número 39, otorgada ante el suscrito Notario Público, a las doce horas con treinta y cinco minutos del día 10 de abril del año 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de TRES-UNO CERO DOS-OCHO CINCO DOS SEIS CINCO TRES, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-uno cero dos-ocho cinco dos seis cinco tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San Isidro de El General de Pérez Zeledón, 13 de abril del año 2026. Notario: Randall Rubén Sánchez Mora. PUBLICAR UNA VEZ.—1 vez.—( IN202601071717 ).

Ante esta notaría, mediante escritura NÚMERO TREINTA Y UNO, visible del folio catorce vuelto al quince frente, del tomo uno de la suscrita notaria, a las diez horas treinta minutos del día ocho del mes de mayo del año dos mil veintiséis presentó solicitud por parte de WEINER GERARDO MADRIGAL CORTES, mayor, casado una vez, portadora la cédula de identidad número DOS- CERO CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO- CERO NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE, empresario, vecino de Heredia, Lagunilla del supermercado City ochocientos metros al norte y cincuenta metros al oeste, casa número setenta y tres, en su condición de Apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad, denominada sociedad Anónima VINANIS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número TRES- CIENTO UNO- CINCO UNO NUEVE DOS DOS CUATRO, con domicilio social, PROVINCIA CERO UNO SAN JOSE, CANTON CERO UNO SAN JOSE, AVENIDA SEIS, CALLE DIECISIETE Y DIECINUEVE, NUMERO DIECISIETE VEINTIUNO para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Heredia a las quince horas y treinta minutos del día trece del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licda Ileana Teresa Cubillo Bonilla. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071718 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número TRESCIENTOS ONCE, visible al folio CIENTO OCHENTA Y CINCO FRENTE Y VUELTO, a las TRECE HORAS Y TREINTA MINUTIOS del CUATRO DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de la Sociedad MANAFACTURE AND SERVICE COMPANY SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número TRES - CIENTO UNO –SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTISIETE , mediante la cual se acordó reformar la cláusula de administración y domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Santa María de Dota Licenciada Wendy Karina Barboza Arguedas Notario Público.—1 vez.—( IN202601071719 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO TREINTA Y TRES, visible al folio ciento diez frente, del tomo catorce, a las trece horas con treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte del señor FERNANDO FRANCISCO FERNÁNDEZ VEGA, cédula de identidad número nueve-cero cero cuarenta y tres-cuatrocientos cincuenta, en su condición de PRESIDENTE con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad F & G FERRETEROS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veintinueve mil ochocientos setenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. UNA VEZ. Alajuela, Palmares. Lilliana Fernández Urpí. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071720 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos treinta y cuatro visible al ciento veintinueve vuelto hasta el folio ciento veintinueve vuelto, del tomo diecisiete otorgada en esta notaria a las trece horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se realiza la incorporación de un correo electrónico en el domicilio social y el nombramiento del Gerente de la compañía FJR DEL RINCON LIMITADA, cedula jurídica tres- ciento dos- seiscientos noventa y tres mil cuatrocientos sesenta. Alajuela quince horas veinte minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Msc. Oscar Cordero Sáenz. Notario Público. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601071722 ).

Mediante la escritura número ciento treinta, otorgada a las once horas con treinta minutos del ocho de abril del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad CAFE ESTRELLA DEL NORTE C T L SOCIEDAD ANONIMA, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- doscientos cuarenta y siete mil ochocientos doce, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo. San José, trece de abril del dos mil veintiséis. Lic. Ana Luisa Jiménez Quirós.—1 vez.—( IN202601071723 ).

En escritura 215-47 otorgada a las 17:00 horas del día de 29 de abril del 2026, en esta Notaría el representante de la sociedad INVERSIONES MARES DE LA LUNA S. A. C.J 3-101-375518, solicito se inscribiera el correo electrónico: sandrasalasr@gmail.com.—San José, a las 18:30 del día 29 de abril del 2026.—Lic. Gerardo Quesada Monge. Tel: 2283-9169.—1 vez.—( IN202601071724 ).

Por escritura número 62-9, otorgada ante mí, de las 17:30 horas del 2 de mayo de 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada ARARODRI SOCIEDAD ANÓNIMA cédula Jurídica número tres- uno cero uno- cuatro seis siete cero seis ocho, con domicilio en Guanacaste – Tilarán, Ciudadela Juan Veintitrés, ciento cincuenta metros al sur del Salón Comunal, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Guanacaste, 04 de mayo de 2026. Licda. María Etelvina Arrieta Gutiérrez, 501850966. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071725 ).

Por escrituras otorgadas ante mí, a las 11, 12, 13, 14, 15 y 16 horas del 13/05/2026, se otorgaron escrituras para inclusión de correo de las sociedades AMAIA LLC, S.R.L, cédula jurídica 3-102-847463, 3-102-852791, S.R.L., cédula jurídica 3-102- 852791,REPRESENTACIONES REVAL, S.A, cédula jurídica 3-101-180368, REPRESENTACIONES ALREVA, S.R.L., cédula jurídica 3-102-897297, 3-101-529759, S.A, cédula jurídica 3-101-529759. LUNCAM SMALL TOWN GIRL, S.R.L., cédula jurídica 3-102-925516. San José, 13 de mayo del año 2026. LIC. RANDALL GABRIEL LUNA JIMENEZ.—1 vez.—( IN202601071726 ).

En escritura 215-47 otorgada a las 17:00 horas del día de 29 de abril del 2026, en esta Notaría el representante de la sociedad INVERSIONES DECORATIVAS INDEC S. A. C.J 3-101-200427, solicito se inscribiera el correo electrónico: valgreen.rodo@gmail.com. San José, a las 18:30 del día 29 de abril del 2026. Lic. Gerardo Quesada Monge. Tel: 2283-9169.—1 vez.—( IN202601071727 ).

Por escritura 223 otorgada ante la Notaria Pública Adriana Méndez Vargas, a las 18:15 horas del día 28 de abril del año 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada QUIMICA DELTA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-223489, con domicilio social en provincia dos Alajuela, cantón ocho Poás, San Pedro, de la Iglesia Católica ochocientos metros al Sur. San José, 05 de mayo de 2026. Licda. Adriana Méndez Vargas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071728 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cincuenta, visible al folio ciento cuarenta vuelto, del tomo siete, a las nueve horas del tres de junio del dos mil veinticinco, se protocolizó Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios Número cuatro, donde se autorizó presentar solicitud de la sociedad MEDIA BUSINESS SERVICES COSTA RICA MBSCR, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número Tres- ciento uno- Seiscientos noventa mil ciento dieciocho; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de dicha sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Vanessa Molina Incera. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071730 ).

3-101-834541 S. A., cédula de persona jurídica tres- ciento uno- ochocientos treinta y cuatro mil quinientos cuarenta y un, protocoliza acta para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Heredia, mayo del 2026. Licda. Magaly Edith Vindas Araya, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071731 ).

SOLARIUM MEDICAL ACQUAVELLA SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica tres- ciento uno-ochocientos cuarenta mil seiscientos dieciocho, protocoliza acta para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Heredia, mayo del 2026. Licda. Magaly Edith Vindas Araya. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071732 ).

El suscrito notario, hago constar: Que por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, en cumplimiento de la ley diez mil quinientos noventa y siete, se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, la inclusión del correo electrónico como medio para oir notificaciones de la sociedad EL YUNQUE DE ORO SOCIEDAD ANONIMA.- Turrialba, cinco de mayo del dos mil veintiséis.- LIC. ROBERTO CASASOLA ALFARO.—1 vez.—( IN202601071734 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito Notario Juan Diego Arias Rojas a las 15 horas 30 minutos del día 21 de abril del año 2026, se establece el correo electrónico hviqueza@yahoo.com para la sociedad denominada: ANIBAL PÉREZ E HIJOS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número: 3-101-150285.—Lic. Juan Diego Arias Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN20260101735 ).

El suscrito notario, hago constar: Que por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, en cumplimiento de la ley diez mil quinientos noventa y siete, se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, la inclusión del correo electrónico como medio para oir notificaciones de la sociedad ALMACEN DE MATERIALES ALPESA LIMITADA.- Turrialba, cinco de mayo del dos mil veintiséis.- LIC. ROBERTO CASASOLA ALFARO.—1 vez.—( IN202601071736 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 69, visible al folio 37-V, del tomo 2, a las 13:20 del 14 de mayo del 2026, YOSELYN ESTERLIN GARCÍA MORENO, representante legal de compañía RC IMPORT EXPORT S. A., cédula jurídica número TRES-CIENTO UNO-NOVECIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS SESENTA, solicita incorporar en el asiento registral correo electrónico conforme a la Ley 10597. Ciudad de San José, a las 13:20 del 14 de mayo del 2026. Lic. Agustín Vega Quesada. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071737 ).

Por escritura de las 9 HR del día 30 de abril del año 2026, protocolicé acta de Asamblea General a la vez Ordinaria y Extraordinaria de socios de MS SALAZAR ASOCIADOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-544627, la cual se encuentra disuelta, por lo que se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas que se prescinda del nombramiento de liquidador y se tenga a la sociedad como liquidada por no tener la sociedad activos ni pasivos, y por encontrarse satisfechos los intereses del fisco.—San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las nueve horas veinte minutos del día 30 de abril del año 2026.—Lic. Carlos Eduardo Castro Mora, Notario Público.—105770367.—1 vez.—( IN202601071738 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las dieciséis horas del cuatro de Mayo dos mil veintiséis, protocolicé acta número tres de Asamblea General de cuotistas de la sociedad Inversiones Semial Sociedad De Responsabilidad Limitada, mediante la cual se modifican las cláusulas sexta y setima del pacto constitutivo. Se debe publicar una única vez. Lic. Merlin Leiva Madrigal- Notario Público-15042.—1 vez.—( IN202601071740 ).

Por escritura número veinticino otorgada por la Notaria Pública, Carolina Kierszenson Lew, de las doce horas del quince de abril de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada BAUMINVEST LATINOAMERICA BILA LIMITADA, con número de cédula jurídica tres-ciento dos-ochocientos cincuenta y nueve mil setecientos dieciséis y con domicilio en San José, Goicochea, Guadalupe, del restaurante Rostipollos, ciento veinticinco metros al sur, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, treinta de abril de dos mil veintiséis. Licda. Carolina Kierszenson Lew, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071741 ).

Por escritura 221, otorgada ante la Notaria Pública Adriana Méndez Vargas, a las 17:45 horas del día 28 de abril del año 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada TIBÁS LEGACY RESIDENCES SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-927624, con domicilio social en provincia cuatro Heredia, cantón siete Belen, La Asunción, Residencial Bosques de Doña Rosa, casa número F veintisiete.—San José, 05 de mayo de 2026.—Licda. Adriana Méndez Vargas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071742 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 65, de las 11:20 del 9 de mayo del 2026, visible al folio 35-V, del tomo 2, comparece MIGUEL ARTURO GÓMEZ SALGUERO, apoderado generalísimo de INMOBILIARIA MARTA SALGUERO S. A., cédula jurídica TRES - CIENTO UNO - DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS DOCE; y de INMOBILIARIA FERNANDO GOMEZ S. A., cédula jurídica TRES - CIENTO UNO - TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO, solicita incorporar en los asientos registrales de cada una de las sociedades, el correo electrónico conforme a la Ley número 10597. San José, a las diez horas del once de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Agustín Vega Quesada. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071743 ).

Por escritura otorgada ante mí, se solicita incluir correo electrónico de Transportes Joselin S. A. Orotina, a las 15:00 horas del 04 de mayo, 2026. Lic. Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.—( IN202601071744 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 64, visible al folio 35-V, del tomo 2, a las 15:40 del 7 de mayo del 2026, Marco Vinicio Céspedes Palma, representante legal de ROPACE S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno- seiscientos seis mil doscientos doce, solicita incorporar en el asiento registral correo electrónico conforme a la Ley 10597.—Ciudad de San José, a las 8:00 horas del 08 de mayo del 2026.—Lic. Agustín Vega Quesada, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071745 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 63, visible al folio 35-F, del tomo 2, a las 15:30 del 7 de mayo del 2026, DELIA MARÍA CÉSPEDES PALMA, representante legal de COLEGIO NUEVO MUNDO S. A., cédula TRES - CIENTO UNO – QUINIENTOS CINCO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO, solicita incorporar en el asiento registral correo electrónico conforme a la Ley 10597. Ciudad de San José, a las 10:00 del 8 de mayo del 2026. Lic. Agustín Vega Quesada. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071748 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número treinta y seis – tres, visible al folio veintiuno frente del tomo tres, a las ocho horas del diez de febrero del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Daniel Alberto Arceyuth Alfaro, Apoderado Generalísimo sin límite de suma, de la empresa DAN & JHON, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno -cuatro cuatro uno tres tres uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Guápiles, a las nueve horas del día once de febrero del año dos mil veintiséis.—Licda. Nuria Sequeira Araya, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071751 ).

Por escritura número 237 otorgada ante la Notaria Pública Carol Yajaira Zúñiga Arias de las 11:00 horas del 4 de mayo del año 2026, se reforman estatutos y se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Walter Araya Martínez Y Asociados Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3 101 139456, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Guápiles, 24 de marzo de 2026. Licda. Carol Yajaira Zúñiga Arias, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071756 ).

Por escritura otorgada el 29 de abril del 2026 a las 11:45 horas, protocolicé acuerdos de la sociedad MEGAPROCESOS COSTA RICA S. A., solicitando al Registro Público la inclusión del Correo Electrónico. San José, 29 de abril del 2026.- Adelita Mariana Brenes Arce. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071758 ).

Por escritura otorgada a las quince horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, ante la Notaria Pública Guiselle Murillo Varela, se protocolizan acuerdos de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INFORMÁTICA PARA EL DESARROLLO SOCIEDAD ANÓNIMA, donde se acuerda reformar las cláusulas de Administración y del Domicilio Social y Medio de Notificaciones, para incorporar el correo electrónico afernandez@wyndhamherradura.com en el domicilio social de la entidad legal anteriormente mencionada, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete..—San José, treinta de abril de dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601071759 ).

En esta Notaría, y en cumplimiento de lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, mediante la escritura pública número TRESCIENTOS VEINTICINCO, del tomo DIECINUEVE se agrega al domicilio social en el pacto constitutivo de la sociedad LA GUITARRA Y EL MAR SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número TRES – CIENTO UNO – UNO CINCO CINCO TRES CERO NUEVE, domiciliada en Alajuela, Alajuela Urbanización La Trinidad veinticinco metros al sur de la Farmacia la Trinidad, el correo electrónico que en adelante será el medio de dicha sociedad para recibir notificaciones de carácter judicial y administrativo. Orotina a las catorce horas con veintitrés minutos del día cuatro de mayo de año dos mil veintiséis. Virialy Rojas Esquivel, NOTARIA PUBLICA.—1 vez.—( IN202601071760 ).

Por escritura número cincuenta y dos del tomo SEIS ante el Notario Público, SARA NATALIA HERNANDEZ ARTAVIA, carne veintiséis mil novecientos noventa y siete, a las catorce horas del veintiséis de abril, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad AVENIDA DEL LAGO SOCIEDAD ANÓNIMA, con cedula jurídico número tres- ciento uno- uno ocho cero uno uno nueve, domiciliada en Alajuela, Grecia, Los Ángeles de Toro Amarillo, frente al Lago del Bosque Alegre. ES TODO. Venecia, al ser las dieciséis horas con treinta minutos del trece de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Sara Natalia Hernández Artavia- Notario Público.—1 vez.—( IN202601071761 ).

Por escritura número cincuenta y tres, del tomo seis, ante el Notario Público, Sara Natalia Hernández Artavia, carne veintiséis mil novecientos noventa y siete, a las catorce horas con quince minutos del veintiséis de abril del año dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad 3-101-497377 SOCIEDAD ANÓNIMA, domiciliada en Heredia, Heredia, Ulloa Residencial Real Santa María Casa 469, con cedula jurídico número tres – ciento uno- cuatro nueve siete tres siete siete. Es todo. Venecia, al ser las dieciséis horas con cincuenta cinco minutos del trece de mayo del año dos mil veintiséis.—Licda. Sara Natalia Hernández Artavia, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071762 ).

Ante este notario, por escritura 48 EL PROGRESO INVESTMENTS LTDA cédula jurídica 3-102-443883 incorpora correo electrónico en domicilio social conforme Ley 10597. San José 07 mayo 2026. Lic. Enrique Céspedes Salas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071763 ).

Ante este notario, por escritura 48 VENTANA EDUCATIVA TEGNOLOGICA VETEC S.A cédula jurídica 3-101-644911 incorpora correo electrónico en domicilio social conforme Ley 10597. San José 07 mayo 2026. Lic. Enrique Céspedes Salas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071764 ).

Mediante escritura número ciento uno, el representante legal de la empresa KAMEI DEL ESTE S,A, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veintinueve mil doscientos sesenta y cuatro, solicita se incorpore un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, trece de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Erika Castro Arguello.—1 vez.—( IN202601071765 ).

Mediante escritura otorgada ante mí a las diecisiete horas del veinticinco de setiembre del dos mil veinticinco, se incluyó correo electrónico de Deutsche Sparkassenstiftung für internationale Kooperation e.V., siendo el mismo: oficina.costarica@dsik.org San José, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Emil Steve Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN202601071768 ).

Por escritura otorgada en mi notaría, se presentó solicitud por parte del apoderado de TRES- CIENTO DOS- OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres- ciento dos- ochocientos treinta y ocho mil cuatrocientos setenta y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, a efectos de recibir todas sus notificaciones judiciales y administrativas. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Juan Carlos Sánchez Contreras. Notario Público.—1 vez.—( IN202601071769 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 16:00 horas del 14 de Mayo de 2026, la sociedad de esta plaza SAFIR SESENTA Y SEIS S. A., titular de cédula jurídica 3-101-840952, se procedió a modificar la Junta Directiva y Fiscal, procediéndose a realizar nuevos nombramientos. Y se incorpora el correo electrónico info@moto506.com, para notificaciones. –San José, 14 de Mayo del 2026. –Licda. Yohanna Valverde Carvajal. Notaria.—1 vez.—( IN202601071772 ).

Se informa para los alcances de ley; que ante esta Notaria, se presentó el Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada TRES CIENTO UNO – SIETE NUEVE DOS SEIS OCHO SIETE SOCIEDAD ANONIMA solicitado para su representa que se realice la inscripción en la Sección de Personas Jurídicas del Registro Público la cuenta de correo electrónico. Es todo catorce de mayo del dos mil veintiséis. EVELIO PACHECO BARAHONA NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601071773 ).

Se informa para los alcances de ley; que, ante esta Notaria, se presentó el Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada SOLUCIONES AUTOMOTRICES D Y K DEL OESTE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, solicitado para su representa que se realice la inscripción en la Sección de Personas Jurídicas del Registro Público la cuenta de correo electrónico. Es todo.—catorce de mayo del dos mil veintiséis.—Evelio Pacheco Barahona, Notario Público.—1 vez.—( IN202601071774 ).

Mediante escritura número 308 otorgada ante esta Notaría a las 17:00 horas del 11 de mayo del año 2026, se incorpora una cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada Gran Centro Comercial del Sur Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101- 511107, mediante reforma de la cláusula de domicilio en el pacto constitutivo, en cumplimiento de lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 14 de mayo del año 2026.- Lic. Adriana Chavarría Araya. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601071775 ).

En mi Notaria al ser las once horas diecinueve minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, William Benavides López, cédula dos- cero cuatrocientos veintisiete – cero cero cuarenta y cuatro en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de Alfa Secure, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – setecientos noventa y cuatro mil trescientos ochenta y seis, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071777 ).

En mi Notaria al ser las once horas cincuenta y tres minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, JEYSEL BENAVIDES CASTILLO, cédula de identidad dos- setecientos sesenta y dosquinientos treinta y uno, en su calidad de representante legal y apoderada generalísima sin límite de suma de Alfatronic, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos treinta y cinco mil novecientos cuarenta y uno, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071778 ).

En mi Notaría al ser las catorce horas treinta y seis minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, Kevin David Benavides Altamirano, cédula de identidad número cuatro-cero doscientos cincuenta mil-cero cero veintidós, en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de Asesoría y Capacitación Empresarial, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno – seiscientos veintiún mil quinientos setenta y cuatro, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo.—San José, doce de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071779 ).

En mi Notaria al ser las doce horas y cincuenta y ocho minutos del día doce de mayo de dos mil veintiséis del doce de mayo del año dos mil veintiséis, JEYSEL BENAVIDES CASTILLO, cédula de identidad dos- setecientos sesenta y dos- quinientos treinta y uno, en su calidad de representante legal y apoderada generalísima sin límite de suma de Autos Jonhwill, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos sesenta mil cuatrocientos cuatro, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071780 ).

En mi Notaria al ser las once horas quince minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, William Benavides López, cédula dos- cero cuatrocientos veintisiete – cero cero cuarenta y cuatro en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de Bebidas del Rancho, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos sesenta y dos mil setecientos veintiséis, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071781 ).

En mi Notaria al ser las once horas con cincuenta y ocho minutos del día doce de mayo de dos mil veintiséis del doce de mayo del año dos mil veintiséis, JEYSEL BENAVIDES CASTILLO, cédula de identidad dos- setecientos sesenta y dos- quinientos treinta y uno, en su calidad de representante legal y apoderada generalísima sin límite de suma de Bebidas Well, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – setecientos ochenta y ocho mil seiscientos treinta, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071782 ).

En mi Notaria al ser las catorce horas veinticinco minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, JEYSEL BENAVIDES CASTILLO, cédula de identidad dos- setecientos sesenta y dos- quinientos treinta y uno, en su calidad de representante legal y apoderada generalísima sin límite de suma de Cascade Lodge Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – ochocientos ochenta y un mil veintitrés, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071783 ).

En mi Notaria al ser las catorce horas dos minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, JEYSEL BENAVIDES CASTILLO, cédula de identidad dos- setecientos sesenta y dos- quinientos treinta y uno, en su calidad de representante legal y apoderada generalísima sin límite de suma de CICA, Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres – ciento dos – ochenta mil cincuenta y uno, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071784 ).

En mi Notaria al ser las diez horas dos minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, William Benavides López, cédula dos- cero cuatrocientos veintisiete – cero cero cuarenta y cuatro en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de Consorcio de Seguridad Alfa, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – quinientos noventa y ocho mil cuatrocientos ochenta y cinco, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071785 ).

En mi Notaria al ser las catorce horas veintinueve minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, KEVIN DAVID BENAVIDES ALTAMIRANO, cédula de identidad número cuatro – cero doscientos cincuenta mil – cero cero veintidós, en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de Desarrollos Constructivos Alfa, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – quinientos noventa y ocho mil cuatrocientos setenta y dos, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071786 ).

En mi Notaría, al ser las once horas nueve minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, William Benavides López, cédula dos- cero cuatrocientos veintisiete-cero cero cuarenta y cuatro en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de Ferretería y Materiales Alfa, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y ocho mil seiscientos quince, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo.—San José, doce de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071787 ).

En mi Notaria al ser las ocho horas quince minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, William Benavides López, cédula dos- cero cuatrocientos veintisiete – cero cero cuarenta y cuatro en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de GRUPO CORPORATIVO DE SEGURIDAD ALFA, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – quinientos noventa y ocho mil cuatrocientos noventa y nueve, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071788 ).

En mi Notaria al ser las trece horas cincuenta y cuatro minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, JEYSEL BENAVIDES CASTILLO, cédula de identidad dos- setecientos sesenta y dos-quinientos treinta y uno, en su calidad de representante legal y apoderada generalísima sin límite de suma de Inversiones Alfa Joben Primero, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – ochocientos tres mil cuatrocientos diecinueve, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071789 ).

En mi Notaria al ser las once horas cuatro minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, William Benavides López, cédula dos- cero cuatrocientos veintisiete – cero cero cuarenta y cuatro en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de Inversiones Analcima Lirio LVII S. A., Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – cuatrocientos treinta y ocho mil setecientos veintiuno, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071790 ).

En mi Notaria al ser las catorce horas cincuenta y dos minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, KEVIN DAVID BENAVIDES ALTAMIRANO, cédula de identidad número cuatro – cero doscientos cincuenta mil – cero cero veintidós, en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de Inversiones APP CR, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – ochocientos treinta y ocho mil setecientos treinta y seis, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071791 ).

En mi Notaria al ser las catorce horas cuarenta y ocho minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, KEVIN DAVID BENAVIDES ALTAMIRANO, cédula de identidad número cuatro – cero doscientos cincuenta mil – cero cero veintidós, en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de Plaza Manantial, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – ochocientos sesenta y ocho mil cincuenta, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071792 ).

En mi Notaria al ser las trece horas treinta y siete minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, JEYSEL BENAVIDES CASTILLO, cédula de identidad dos- setecientos sesenta y dos- quinientos treinta y uno, en su calidad de representante legal y apoderada generalísima sin límite de suma de Rancho Alfa Premium Beef, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – novecientos treinta y tres mil diecinueve, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071793 ).

En mi Notaria al ser las trece horas diez minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, JEYSEL BENAVIDES CASTILLO, cédula de identidad dos- setecientos sesenta y dos- quinientos treinta y uno, en su calidad de representante legal y apoderada generalísima sin límite de suma de Rancho Alfa, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – quinientos noventa y ocho mil seiscientos noventa y ocho, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071794 ).

En mi Notaria al ser las trece horas treinta y dos minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, JEYSEL BENAVIDES CASTILLO, cédula de identidad dos- setecientos sesenta y dos- quinientos treinta y uno, en su calidad de representante legal y apoderada generalísima sin límite de suma de Rancho Ben Avid, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – ochocientos veinticuatro mil trescientos sesenta y siete, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071795 ).

En mi Notaria al ser las ocho horas cuarenta y nueve minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, William Benavides López, cédula dos- cero cuatrocientos veintisiete – cero cero cuarenta y cuatro en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de SEGURIDAD ALFA, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – ciento setenta y cuatro mil doscientos ochenta y cinco, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071796 ).

En mi Notaria al ser las diez horas cuarenta y un minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, William Benavides López, cédula dos- cero cuatrocientos veintisiete – cero cero cuarenta y cuatro en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de Seguridad Tango, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – doscientos noventa y cinco mil ochocientos cuarenta y dos, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071797 ).

En mi Notaria al ser las diez horas trece minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, William Benavides López, cédula dos- cero cuatrocientos veintisiete – cero cero cuarenta y cuatro en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de Servicio de Monitoreo Electrónico Alfa, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – trescientos sesenta mil novecientos noventa y cuatro, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071798 ).

En mi Notaria al ser las diez horas dos minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, William Benavides López, cédula dos- cero cuatrocientos veintisiete – cero cero cuarenta y cuatro en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de Servicios de Control y Vigilancia Joben, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos sesenta y dos mil trescientos treinta y tres, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071799 ).

En mi Notaria al ser las catorce horas cincuenta y seis minutos del doce de mayo del año dos mil veintiséis, KEVIN DAVID BENAVIDES ALTAMIRANO, cédula de identidad número cuatro – cero doscientos cincuenta mil – cero cero veintidós, en su calidad de representante legal y apoderado generalísimo sin límite de suma de Servicios de Lavado a Domicilio, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – ochocientos cincuenta mil seiscientos noventa y ocho, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071800 ).

En mi Notaria al ser las trece horas y cinco minutos del día doce de mayo de dos mil veintiséis del doce de mayo del año dos mil veintiséis, JEYSEL BENAVIDES CASTILLO, cédula de identidad dos- setecientos sesenta y dos- quinientos treinta y uno, en su calidad de representante legal y apoderada generalísima sin límite de suma de Tienda y Zapatería El Ángel, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos sesenta y dos mil trescientos veinticuatro, compareció a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico legal@seguridadalfa.com mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas. Es todo. San José, doce de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Jorge Eduardo León Vargas.—1 vez.—( IN202601071803 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 126, visible al folio 183 frente a 190 frente, del tomo 85, a las 14 horas 30 minutos del 14 de mayo del 2026, se realizó solicitud por parte de MARIANNE PAMELA ROJAS ARGUEDAS, cédula de identidad cuatro- doscientos doce- seiscientos cuarenta y siete, en su condición de presidente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de las siguientes sociedades: uno) INVERSIONES SANCHO MONTERO DE SAN PEDRO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos dieciocho mil novecientos noventa y ocho, dos) CULTIVOS AGRICOLAS DE SAN JOSE DE LA MONTAÑA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil sesenta y dos, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de dichas sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Barva de Heredia, 15 de mayo del 2026. Lic. Isaac Montero Solera. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072357 ).

Por escritura número doscientos noventa y siete de La Sociedad, Grupo Rampak y Hernández S.A se incluya el correo electrónico racuna@rampakhernandez.com, como correo electrónico para notificaciones Licenciada Cindy Barquero Arguedas correo cimba0672@hotmail.com. Carné 7957.—1 vez.—( IN202601072366 ).

Por escritura número doscientos noventa y ocho de La Sociedad, INVERSIONES UTICA S.A se incluya el correo electrónico primero. roberedmo@hotmail.com, como correo electrónico para notificaciones Licenciada Cindy Barquero Arguedas correo cimba0672@hotmail.com. Carné 7957.—1 vez.—( IN202601072367 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día dieciocho de mayo de dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Asamblea Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada LA CHATA DE ITALIA, SOCIEDAD ANÓNIMA, donde se acuerda reformar la cláusula de representación de la compañía para que la Junta Directiva y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: notificaciones@ddslab.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente.—San José, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Ariel Audilio Leiva Fernández.—1 vez.—( IN202601072374 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del día quince de mayo de dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas se solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico bufwai@gmail.com para la atención de notificaciones de las compañías “i) EDIFICIO DE INVERSIONES GOLDAND, SOCIEDAD ANÓNIMA, ii) DERMAN, SOCIEDAD ANÓNIMA, iii) ABRAEVA, SOCIEDAD ANÓNIMA, iii) INMOBILIARIA EAU D’ENERGIE, SOCIEDAD ANÓNIMA, iv) WAIBUD, SOCIEDAD ANÓNIMA vii) INMOBILIARIA SUNNY GREEN GARDENS, SOCIEDAD ANÓNIMA, viii) INMOBILIARIA GOLF LAKEFRONT, SOCIEDAD ANÓNIMA, ix) TENEDORA DE VEHÍCULOS DE LA COSTA, SOCIEDAD ANÓNIMA, x) TENEDORA INMOBILIARIA CEDROS DE LA SABANA, SOCIEDAD ANÓNIMA, xi) GOLDWAIS, SOCIEDAD ANÓNIMA, xii) WAISGOLD, SOCIEDAD ANÓNIMA, xiii) BUDWAI, SOCIEDAD ANÓNIMA, xiv) ANDWAIGOL, SOCIEDAD ANÓNIMA”.—San José, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Ariel Audilio Leiva Fernández.—1 vez.—( IN202601072375 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas del día quince de mayo de dos mil veintiséis., de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas se solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico bufwai@gmail.com para la atención de notificaciones de las compañías “i) QUEBEC HOUSE HOLDINGS QHH, SOCIEDAD ANÓNIMA, ii) CLEVELAND PARK INVESTMENTS CPI, SOCIEDAD ANÓNIMA, iii) BUFETE ABRAHAM WAISLEDER Y ASOCIADOS, SOCIEDAD CIVIL”. San José, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Ariel Audilio Leiva Fernández.—1 vez.—( IN202601072376 )

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día quince de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada DDS LAB COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: notificaciones@ddslab.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente y eliminar la cláusula referente al agente residente.—San José, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Ariel Audilio Leiva Fernández.—1 vez.—( IN202601072377 ).

Ante esta Notaria, mediante escritura número Doscientos ochenta – decimo visible al folio ciento ochenta vuelto del tomo decimo de mi protocolo, a las dieciséis horas treinta minutos del once de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante legal de la sociedad ROSAVALMA RODRIGUEZ SOCIEDAD ANONIMA S. A. para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Santa Barbara, once de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Marlen Alfaro Jimenez . Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601072378 ).

Ante esta Notaria, mediante escritura número Doscientos Treinta y Cinco – nueve visible al folio ciento sesenta y cuatro vuelto a ciento sesenta y cinco vuelto del tomo noveno de mi protocolo, a las once horas treinta minutos del ocho de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante legal de la Empresa Inversiones MF Castillo Blanco S. A. para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Alajuela, ocho de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Liliana Villalobos Murillo. Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601072380 ).

Ante esta Notaria, mediante escritura número Doscientos Treinta y Cuatro – nueve visible al folio ciento sesenta y tres vuelto a ciento sesenta y cuatro vuelto del tomo noveno de mi protocolo, a las once horas del ocho de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante legal de la Empresa Inversiones Grupo HFS S. A. para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Alajuela, ocho de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Liliana Villalobos Murillo. Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601072381 ).

Ante esta Notaria, mediante escritura número Doscientos Treinta y Cinco – nueve visible al folio ciento sesenta y cuatro vuelto a ciento sesenta y cinco vuelto del tomo noveno de mi protocolo, a las once horas treinta minutos del ocho de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante legal de la Empresa Inversiones Rinoceronte Rojo S. A. para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Alajuela, ocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Liliana Villalobos Murillo. Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601072383 ).

Ante esta Notaria, mediante escritura número Doscientos Treinta y Cinco – nueve visible al folio ciento sesenta y cuatro vuelto a ciento sesenta y cinco vuelto del tomo noveno de mi protocolo, a las once horas treinta minutos del ocho de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante legal de la Empresa Inversiones Rinoceronte Rojo S. A. para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Alajuela, ocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Liliana Villalobos Murillo. Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601072383 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 158-1 visible al folio 160 frente del tomo 1 a las 17 horas del 17 de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Presidente de las sociedades CORPORACIÓN BONAINE DE PLAYA NEGRA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y tres mil novecientos ochenta y seis, e INVERSIONES LAGARTILLO F M SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres-ciento unocuatrocientos cincuenta y siete mil ochocientos diez, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de cada una de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, 17 de mayo del 2026. Lic. José David Garro Castro. Notario.—1 vez.—( IN202601072384 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 159-1 visible al folio 160 vuelto del tomo 1 a las 17 horas y 30 minutos del 17 de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Gerente y Gerente Uno de las sociedades AYUDA INDUSTRIAL INTERNACIONAL LIMITADA, cédula jurídica tres-ciento dos-treinta y nueve mil quinientos cincuenta y tres, FALCON PEREGRINE INVESTMENTS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos ocho mil cuatrocientos noventa y siete, y LOMAS DE NICOYA LIMITADA, cédula jurídica tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y dos mil cuatrocientos ochenta y cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de cada una de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, 17 de mayo del 2026. Lic. José David Garro Castro. Notario.—1 vez.—( IN202601072385 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 156-1 visible al folio 158 frente, del tomo uno a las quince horas con treinta minutos del trece de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la señora IRENE GRANADOS LÓPEZ, apoderada especial de los señores MEGHAN SERRES CARIN RYCHYK y NICHOLAS CHARLES RYCHYK, en la sociedad OUT ROAMING SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número 3- 102-881897 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Tamarindo, 17 de mayo del 2026- Lic. José David Garro Castro. Notario.—1 vez.—( IN202601072386 ).

Mediante escritura pública número 7-32 de las 14:30 horas del día 04 de mayo del 2026, SYCAFA S. A. e INVERSIONES MAS Y MAS, S. A., incorporaron correo electrónico al domicilio social. San José, 15 de mayo del 2026. Lic. Ronald Odio Rohrmoser. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072387 ).

Ante esta Notaria, mediante escritura número Doscientos Treinta y Cuatro – nueve visible al folio ciento sesenta y tres vuelto a ciento sesenta y cuatro vuelto del tomo noveno de mi protocolo, a las once horas del ocho de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante legal de la Empresa Altos de Nunciatura Higuerón Unidad Tres A S. A. para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Alajuela, ocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Liliana Villalobos Murillo. Notaría Pública.— 1 vez.—( IN202601072388 ).

Ante esta Notaria, mediante escritura número Doscientos Treinta y Cinco – nueve visible al folio ciento sesenta y cuatro vuelto a ciento sesenta y cinco vuelto del tomo noveno de mi protocolo, a las once horas treinta minutos del ocho de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante legal de la Empresa FC Dragón Blanco S. A. para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Alajuela, ocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Liliana Villalobos Murillo. Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601072389 ).

Ante esta Notaria, mediante escritura número Doscientos Treinta y Siete – nueve visible al folio ciento sesenta y seis frente a ciento sesenta y seis vuelto del tomo noveno de mi protocolo, a las once horas del ocho de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la Representante legal de la Empresa Taller Monestel y Calvo S. A. para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Alajuela, trece de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Liliana Villalobos Murillo. Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601072390 ).

Mediante escritura pública número 6-32 de las 13:30 horas del día 04 de mayo del 2026, INVERSIONES LA TOÑA, S. A. e IALANZ GRECIA, S. A., incorporaron correo electrónico al domicilio social. San José, 15 de mayo del 2026. Lic. Ronald Odio Rohrmoser. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072391 ).

El suscrito, Luis Enrique Salazar Sánchez, hago constar que, el día 13 de mayo de 2026, se emitió escritura mediante la cual la sociedad GRUPO UCIN LATAM S. A., modifica su cláusula de Junta Directiva y Revoca puesto de Vocal 1.—San José, 13 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601072393 ).

Por escritura 188-2 otorgada en esta Notaría Pública a las 09 horas del 30 de abril de 2026, se reforma la Cláusula Segunda de los Estatutos Sociales de la sociedad PLAZA BROMPTON S. A. cédula jurídica 3-101-059916, para incluir un correo electrónico para futuras notificaciones administrativas o judiciales y se otorga poder generalísimo. LUIS HUMBERTO BARQUERO PEREIRA, Notario Público, correo electrónico: luis.barquero@ela.co.cr.—1 vez.—( IN202601072395 ).

Por escritura 187-2 otorgada en esta Notaría Pública a las 08 horas del 30 de abril de 2026, se reforma la Cláusula Segunda de los Estatutos Sociales de la sociedad AVILA EXPRESS S.R.L. cédula jurídica 3-102-861717, para incluir un correo electrónico para futuras notificaciones administrativas o judiciales y se otorga poder generalísimo. LUIS HUMBERTO BARQUERO PEREIRA, Notario Público, correo electrónico: luis.barquero@ela.co.cr.—1 vez.—( IN202601072396 ).

Por escritura 190-2 otorgada en esta Notaría Pública a las 11 horas del 04 de mayo de 2026, se reforma la Cláusula Segunda de los Estatutos Sociales de las sociedades INMOBILIARIA EL PALACIO DE MORELIA S. A. cédula jurídica 3-101-482375, MALU ANMARAL S. A. cédula jurídica 3-101-824092 y PRODUCTOS GONZÁLEZ S. A. cédula jurídica 3-101-030983, para incluir un correo electrónico para futuras notificaciones administrativas o judiciales y se otorga poder generalísimo. LUIS HUMBERTO BARQUERO PEREIRA, Notario Público, correo electrónico: luis.barquero@ela.co.cr.—1 vez.—( IN202601072397 ).

Por escritura 189-2 otorgada en esta Notaría Pública a las 13 horas del 30 de abril de 2026, se reforma la Cláusula Segunda de los Estatutos Sociales de la sociedad EATS ON SOLUTIONS S. A. cédula jurídica 3-101-716302, para incluir un correo electrónico para futuras notificaciones administrativas o judiciales y se otorga poder generalísimo. LUIS HUMBERTO BARQUERO PEREIRA, Notario Público, correo electrónico: luis.barquero@ela.co.cr.—1 vez.—( IN202601072399 ).

Mediante escritura número treinta y tres del trece de mayo del 2026 del tomo 14 del protocolo de la Notaria Publica Hazel Sancho González, la señora MARLEN FALLAS CHINCHILLA, cédula 1-0862-0332, actuando en su condición de representante legal de la empresa CELAJES THEA S. A.., cédula jurídica 3-101-787637; solicita al Registro Nacional, Sección Personas Jurídicas, se agregue en el pacto constitutivo de su representada en la cláusula del Domicilio lo siguiente: Se establece para recibir notificaciones el siguiente correo electrónico santini1016@gmail.com, para dar cumplimiento a lo establecido en la ley 10597.- Es todo, Heredia, quince de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Hazel Sancho González.—1 vez.—( IN202601072401 ).

Ante esta notaría doy fe que el veintiuno de abril del dos mil veintiséis, en esta notaria se apersona la presidenta ostentando la representación judicial y extra de la sociedad 3-101-575481 a solicitar la inscripción del correo electrónico. Es todo. Publicación una vez. – Lic. Marvin Cubero Martínez. Carné 14004.—1 vez.—( IN202601072402 ).

Mediante escritura número trescientos cincuenta y cuatro- cuarenta y tres, del día catorce de mayo del año dos mil veintiséis, se modificó la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de la sociedad Tres- Ciento Dos- Ocho Ocho Dos Siete Nueve Dos Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica tres- ciento dos- ocho ocho dos siete nueve dos..—Heredia, a las quince de mayo del año dos mil veintiséis.—Licenciada Andrea Catalina Argüello Corrales.—1 vez.—( IN202601072403 ).

Ante esta notaría doy fe que el veintiuno de abril del dos mil veintiséis, en esta notaria se apersona la presidenta ostentando la representación judicial y extra de la sociedad 3-101-575481 a solicitar la inscripción del correo electrónico. Es todo. Publicación una vez. – Lic. Marvin Cubero Martínez. Carné 14004.—1 vez.—( IN202601072404 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cinco, visible al folio tres frente al cuatro vuelto, del tomo tres de mi protocolo, a las nueve horas del dieciséis de mayo de dos mil veintiséis, se protocoliza Acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de PopCurri Lot, Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-331570, mediante la cual se acordó modificar la cláusula séptima del pacto constitutivo, y nombrar nuevos representantes, cancelar usufructo en acciones e incorporar correo electrónico en el domicilio social, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Licenciada Gioconda Rojas Solís, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072405 ).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta de Asamblea Extraordinaria y Ordinaria de la Asociación Red de Empresarias y Emprendedoras por el Desarrollo Sostenible (AREED), cédula jurídica número 3-002-855683; con domicilio en Heredia, Mercedes Sur, Residencial San Francisco, cien metros de rotonda, casa número L uno, color blanca verjas negras esquinera, mediante la cual se acordó reformar varias cláusulas del pacto constitutivo.—San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Kimberlyn Rojas De la Torre Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072407 ).

Ante esta Notaría se agregó en el pacto constitutivo de la sociedad ANTONIO SAUMA GAZEL SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero doce mil quinientos cincuenta y ocho, en la cláusula del domicilio, el correo electrónico para recibir notificaciones, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, catorce de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072408 ).

Ante esta Notaría se agregó en el pacto constitutivo de la sociedad 3-102-840412 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres-ciento dos-ochocientos cuarenta mil cuatrocientos doce, en la cláusula del domicilio, el correo electrónico para recibir notificaciones, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, catorce de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Karen Melissa Morelli Alfaro, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072409 ).

Por escritura 190-2 otorgada en esta Notaría Pública a las 11:30 horas del 04 de mayo de 2026, se reforma la Cláusula Segunda de los Estatutos Sociales de las sociedades ANDEMA S. A. cédula jurídica 3-101-042760, CASA RYMGON S. A. cédula jurídica 3-101-368033, INVERSIONES ROMIGON S. A. cédula jurídica 3-101-054493 y CUADRO DE ORQUÍDEAS S. A. cédula jurídica 3-101-712620, para incluir un correo electrónico para futuras notificaciones administrativas o judiciales y se otorga poder generalísimo. LUIS HUMBERTO BARQUERO PEREIRA, Notario Público, correo electrónico: luis.barquero@ela.co.cr.—1 vez.—( IN202601072411 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y uno, visible al folio cincuenta y siete frente del tomo tres del protocolo de la suscrita Notario, a las trece horas veinte minutos del doce de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad anónima ALIMENTOS TRADICIONALES SB SOCIEDAD ANÓNIMA con la cédula de persona jurídica número TRES – CIENTO UNO – NUEVE UNO OCHO UNO OCHO SIETE, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, Ciudad Colón, a las trece horas cuarenta minutos del día doce de mayo del año dos mil veintiséis. Licda María Lucila Monge Pizarro Notario Público, carné cinco mil ochocientos cuarenta y dos.—1 vez.—( IN202601072413 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 102 visible al folio 76 vuelto del tomo 21 el 4 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte de YENDRY VANESSA ROMAN AGUILAR, de IW AGROSANTIAGO DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número 3 101 513798, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Paraíso a las 15 horas cero minutos del 4 de mayo del 2026. MSc. Andrea Fernández Montoya. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072414 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y dos, visible al folio cincuenta y siete vuelto del tomo tres del protocolo de la suscrita Notario, a las once horas del trece de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad anónima ISABELLA ITALIANO SOCIEDAD ANÓNIMA con la cédula de persona jurídica número TRES – CIENTO UNO – SEIS UNO SEIS TRES UNO CERO, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, Ciudad Colón, a las doce horas del día trece de mayo del año dos mil veintiséis. Licda María Lucila Monge Pizarro Notario Público, carné cinco mil ochocientos cuarenta y dos.—1 vez.—( IN202601072415 ).

Ante mi notaria compareció el señor Rafael Emilio Aguilar Gómez, quien es mayor de edad, casado una vez empresario , vecino de San José Tibás, Colima del cruce cien metros al oeste , cédula de identidad número cuatro -cero cero noventa y cinco – cero trescientos treinta y dos, como dueño del cien por ciento de la acciones que conforman el capital social de la sociedad Inmobiliaria Estrella, sociedad anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – cero treinta y un mil quinientos setenta. Para que se manera se modifique del pacto constitutivo para que en adelante indique .que será de noventa y nueve años a partir de esta fecha. Publíquese una vez. Lic. Carlos Humberto Serrano Pérez.—1 vez.—( IN202601072418 ).

Por escritura otorgada en mi Notaría, a las 13 horas 30 minutos del 29 de Abril del 2026; y con fundamento en el inciso 10 del artículo 18 del Código de Comercio. A LO QUE VINIMOS, S.A, cédula jurídica: 3-101-344409, solicita la inscripción del correo electrónico: a.quesada.arce@gmail.com como medio digital y público para recibir notificaciones judiciales y administrativas.–LIC. JOSE ADRIÁN VARGAS SOLIS.—1 vez.—( IN202601072419 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y ocho visible al folio veintinueve vuelto, del tomo uno, a las veinte horas y cuarenta minutos, del veintiocho de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de Marvin del Carmen Campos Alvarado de Inversiones Múltiples Campos Sociedad de Responsabilidad Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres - uno cero dos - ocho siete cero cero tres seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Puntarenas, a las veinte horas y cuarenta minutos del día veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis Lic. Lizeth Parra García. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072420 ).

Mediante escritura número ciento cuatro del día catorce de mayo de dos mil veintiséis, del tomo ocho del protocolo de la Notaria Pública Paola Lucia Rojas Alpízar, Eduardo Retana Moreira, cédula de identidad: uno- mil noventa y siete- seiscientos noventa y siete, actuando por una parte en su condición de representante legal de Eretmo Uno Nueve Ocho Uno S. A., cédula jurídica: tres- ciento uno- setecientos setenta y dos mil ochocientos veintinueve, y por otra parte en su condición de representante legal de Casa San Juan del Pedregal S. A., cédula jurídica tres- ciento uno –ochocientos treinta mil ciento setenta y ocho, solicita al Registro Nacional, se agregue en el pacto constitutivo de cada una de sus representadas en la cláusula del Domicilio lo siguiente, Correo Electrónico: Se establece para recibir notificaciones el siguiente correo electrónico: eretmos@hotmail.com para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo, Heredia, diecisiete horas y veinte minutos del catorce de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Paola Lucia Rojas Alpízar.—1 vez.—( IN202601072421 ).

Mediante escritura número ciento tres del día catorce de mayo de dos mil veintiséis, del tomo ocho del protocolo de la Notaria Pública Paola Lucia Rojas Alpízar, Ronny Esteban Retana Moreira, cédula de identidad: uno- mil siete- cuatrocientos sesenta y uno, actuando por una parte en su condición de representante legal de Zuricata S. A., cédula jurídica: tres- ciento uno- setecientos catorce mil seiscientos cuarenta y tres, y por otra parte en su condición de representante legal de Bosque Caribe S.R.L, cédula jurídica tres- ciento dos –novecientos siete mil ochocientos sesenta y siete, solicita al Registro Nacional, se agregue en el pacto constitutivo de cada una de sus representadas en la cláusula del Domicilio lo siguiente, Correo Electrónico: Se establece para recibir notificaciones el siguiente correo electrónico: remo.cr.lx@gmail.com para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo, Heredia, diecisiete horas del catorce de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Paola Lucía Rojas Alpízar.—1 vez.—( IN202601072422 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 203, visible al folio 146 frente del tomo 12 a las 12:30 del 20 de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de William Alphonse R Jeurissen Gerente de la sociedad: LOS JEUKES LTDA, con la cédula de persona jurídica número 3-102-808433 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 20 de abril del 2026.—Licda. Yolanda Araya Jara, Notario.—1 vez.—( IN202601072423 ).

Correo electrónico para notificaciones de las sociedades: 3-102-874884 SRL, correo: gervillegas25@gmail.com, 3-101-707023 S. A., correo: carmenmz2022@gmail.com, y Arasea Del Valle S. A., cédula jurídica: 3-101-800281, correo: arasea.sa@gmail.com Lic. Gustavo Arián Sánchez Masís. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072424 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y dos, visible al folio cincuenta y siete vuelto del tomo tres del protocolo de la suscrita Notario, a las once horas del trece de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad anónima VINCENZO ITALIANO SALON SOCIEDAD ANÓNIMA con la cédula de persona jurídica número TRES – CIENTO UNO – SIETE SIETE SIETE OCHO OCHO TRES, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, Ciudad Colón, a las doce horas del día trece de mayo del año dos mil veintiséis. Licda María Lucila Monge Pizarro Notario Público, carné cinco mil ochocientos cuarenta y dos.—1 vez.—( IN202601072426 ).

Mediante escritura número 152, visible al folio 159 frente, del tomo 5, a las 14:30 horas, del 29 de abril de 2026, Se protocolizó el acta número 6 correspondiente a la sociedad “SIMONSWAY SOCIEDAD ANONIMA.”, con la cédula de persona jurídica número 3-101-687050, en la que se solicita la incorporación del electrónico simonsway@proton.me conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las 14:42 horas del día 30 de abril del 2026. Fernando Enrique Lara Gamboa. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072427 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y dos, visible al folio cincuenta y siete vuelto del tomo tres del protocolo de la suscrita Notario, a las once horas del trece de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad anónima ROMEO CUARENTA Y CUATRO SOCIEDAD ANÓNIMA con la cédula de persona jurídica número TRES – CIENTO UNO – SEIS OCHO SIETE OCHO UNO TRES, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, Ciudad Colón, a las doce horas del día trece de mayo del año dos mil veintiséis. Licda María Lucila Monge Pizarro Notario Público, carné cinco mil ochocientos cuarenta y dos.—1 vez.—( IN202601072430 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría se protocolizó asamblea general extraordinaria de cuotistas de la empresa de esta plaza, denominada “CENTRO INTERNACIONAL DE TERAPIAS MANUALES S. A.”, en la cual se adiciona cláusula en el Pacto Constitutivo que dice “CORREO ELECTRONICO para oír notificaciones. San José, 13 de mayo del 2026. Notario Público. Lic. Eduardo Antonio Vílchez Hurtado.—1 vez.—( IN202601072431 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 166-3, visible al folio 97 vuelto, del tomo 3, a las 20:20 horas, del 9 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de PLAZA ANONOS PACIENTE, S. A., cédula jurídica número 3-101-606824, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. No está sujeto a plazo legal. LICDA. Ana Lorena Mendoza Carrera, Notaria.—1 vez.—( IN202601072433 ).

La suscrita Catherine Vanessa Mora Chavarría, carne 19189, hago constar que ante mi notaria se encuentra tramitando la inscripción de los correos de las empresas, TRES CIENTO DOS SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, MISMO NÚMERO DE CÉDULA JURIDICA, TRES CIENTO DOS SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, MISMO NUMERO DE CEDULA JURIDICA, TRES CIENTO DOS SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, MISMO NUMERO DE CEDULA JURIDICA, TRES CIENTO DOS SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTIUNO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, mismo número de cédula juridica.—1 vez.—( in202601072434 ).

La suscrita Catherine Vanessa Mora Chavarría, carne 19189, hago constar que, ante mi notaría se encuentra tramitando la inscripción de los correos de las empresas Inversiones Sanva de Santa Ana Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno doscientos dieciséis mil trescientos veintitrés, Edynsa de Santa Ana Limitada, cedula jurídica tres ciento dos ochenta y seis mil setecientos noventa y tres, Tragisa Sociedad Anónima, cedula juridica tres ciento uno cuatrocientos cuarenta y cinco mil novecientos veintitrés, Inversiones Agrícolas del Perico Sociedad Anónima, cedula jurídica tres ciento uno seiscientos doce mil quinientos veintinueve, AS Frutas sociedad de responsabilidad limitada, cedula jurídica tres ciento dos ochocientos setenta y seis mil cuatrocientos setenta y uno, Sanva Construcciones Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres ciento dos ochocientos ochenta y seis mil trescientos noventa y seis, Tres Ciento Dos Novecientos Cuarenta y Dos Mil Quinientos Noventa y Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada, mismo número de cedula jurídica y Kedsan Sociedad Anónima, cedula jurídica tres ciento uno seiscientos setenta y siete mil seiscientos noventa y ocho, Globinsa Sociedad Anónima, cedula jurídica tres ciento uno noventa y nueve mil trescientos treinta y cuatro, movimientos de Tierra Santa Ana Sociedad Anónima, cedula jurídica tres ciento uno trescientos ocho mil trescientos sesenta y cuatro, por lo que solicito se publique el edicto de ley respectivo por única vez. Es todo. San José, 14 de mayo de 2026.—Lic. Catherine Mora Chavarría.—1 vez.—( in202601072435 ).

La suscrita CATHERINE VANESSA MORA CHAVARRIA, CARNE 19189, HAGO CONSTAR QUE ANTE MI NOTARIA SE ENCUENTRA TRAMITANDO la inscripción de los correos de las empresas TRANSFOX SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA SIETE Y SM DOS MIL TRES SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES CIENTO UNO TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA.—1 vez.—( IN202601072436 ).

La suscrita Catherine Vanessa Mora Chavarría, carne 19189, hago constar que ante mi notaria se encuentra tramitando la inscripción de los correos de las empresas, Distribuidora Gael y Padres sociedad de Responsabilidad Limitada, cedula jurídica tres ciento dos ochocientos sesenta y nueve mil cuatrocientos noventa y cinco, Sumi Office Sociedad Anónima, cedula jurídica tres ciento uno cuatrocientos noventa mil novecientos cuarenta y dos, Copy Printer Advanced Sociedad de Responsabilidad Limitada, cedula jurídica tres ciento dos ochocientos treinta y siete mil novecientos noventa y nueve, FSP Disoma Sociedad de Responsabilidad Limitada, cedula jurídica tres ciento dos ochocientos setenta y seis mil cuatrocientos setenta y uno, Tres Ciento Dos Novecientos Ocho Mil Ochocientos Ochenta y Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada, mismo número de cédula jurídica.—Catherine Vanessa Mora Chavarría, Notaria Pública 1 vez.—( in202601072437 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 165-3, visible al folio 97 vuelto, del tomo 3, a las 20:00 horas, del 9 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de LAS DELIKCIAS POR LAS DELICIAS, S. A., cédula jurídica número 3-101-597897, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. No está sujeto a plazo legal. LICDA. Ana Lorena Mendoza Carrera, Notaria.—1 vez.—( IN202601072441 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las nueve horas del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, protocolicé Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de UNION M.Z. SOCIEDAD ANONIMA mediante la cual se modifica la cláusula de la Representación. San José, 5 de mayo del dos mil 2026.-- Lic. Ana Lorena Coto Esquivel.—1 vez.—( IN202601072442 ).

Mediante escritura número ciento diez de las site horas del día trece de mayo se incluyó el correo electrónico de la sociedad denominada ALDAKA MANAGEMENT DISTRIBUTOR SOCIEDAD ANONIMA”, cédula de persona jurídica tres-ciento uno- quinientos cuarenta y dos mil setecientos treinta y siete. San Jose trece de mayo del año dos mil veintiséis. Carmen Adilia Madriz Vargas Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072443 ).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las dieciséis horas, dieciséis horas quince minutos, diecisiete horas, dieciocho horas, dieciocho horas quince minutos, diecinueve horas, diecinueve horas veinte minutos, veinte horas, veinte horas treinta minutos y veinte horas cuarenta y cinco minutos, veintiún horas y veintiún horas treinta minutos, del catorce de mayo del dos mil veintiséis, se incluyó el correo electrónico para notificaciones de las sociedades Farohi Veintitrés S.A., Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Setenta Mil Seiscientos Ochenta S. A., Inversiones Romero Hidalgo S. A., Herhima S.A., Offbeat Travel Costa Rica S.A., Terranostra G H Lote Cuatro S. A., Leer & Asociados S. A., La Argentina de Palo Alto SRL, El Portillo S. A., Conchal Siete Uno Cero Tres SRL, Gaden Valle del Sol S. A., Tres Ciento Uno Ochocientos Ochenta Mil Trescientos Setenta y Uno S. A., Boca e Jarro del Oeste S Y J S. A., Grupo La Bocana del Oeste SYJ S. A., La Pulpería del Oeste S. A., Capriccio Pizzería Italiana S. A., Jarro del Oeste S. A., QCS Unidad Sistemas de Gestión S. A., Quality Consulting Services S. A., QCS Unidad Automatización de Sistemas S. A., QCS Unidad de Servicios Outsourcing S. A., Q C S Holding Group S. A., Q C S Unidad Facility Management S. A., QCS Wealth Management S. A., QCS Merge and Acquisitions S. A., Bosques de Rio Platino Uno S. A., Los Amigos de la Ciudad Mágica Seis Cero Uno Once S. A., Cleguz S. A., Brisas de las Olas del Pacífico Central S. A.., Preston Family Two Five Cero SRL., Apaconbav S. A., Werder de Costa Rica S. A., Administraciones Fiduciarias de San José S. A., Landhaus Bella S. A., La Luisa de Sarapiquí SRL, Tres Ciento Dos Novecientos Doce Mil Seiscientos Cincuenta SRL, Selva Stecam S. A., Renegade Ridge one Three Five Four SRL, Terranostra R S Lote Diez S. A., y Kinder Be Motesorri S.A., quien además nombró secretario de junta directiva.—San José, quince de mayo del dos mil veintiséis.—Emmanuel Naranjo Pérez, Notario.—1 vez.—( IN202601072444 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cuatro visible al folio tres vuelto, del tomo undécimo, a las diecisiete horas y diez minutos, del veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Braunny Jesús Pérez Rojas, es el representante legal y apoderado de MUSAI AUTOMATION SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cedula jurídica número uno-mil cuatrocientos treinta y ocho-cero ochocientos setenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Heredia, a las quince horas y veinticuatro minutos del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis.—Licda. Marianela Jiménez Valerio, Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601072445 ).

El suscrito Notario Público hace constar que por medio de la escritura número noventa y tres del tomo tercero de mi Protocolo, otorgada a las veinte horas del treinta de abril de dos mil veintiséis, se constituyó la asociación denominada ASOCIACIÓN DE CONDOMINIOS HACIENDA SAN FRANCISCO Y BOSQUES DE VELARDE cuyo objetivo principal es la administración, gestión, operación, mantenimiento y conservación integral de la planta de tratamiento de aguas residuales que presta servicio a los condominios denominados Condominio Horizontal Residencial Bosques de Velarde y CVR Torres de Velarde y Condominio Residencial Horizontal Hacienda San Francisco.—Lic. Carlos Eduardo Astorga Cerdas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072446 ).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza acta de asamblea de socios de DENT HULSE SOCIEDAD ANONIMA, en la cual se LIQUIDA la sociedad. San José, 6 de mayo del 2026. Lic. Ana Lorena Coto Esquivel.—1 vez.—( IN202601072447 ).

En esta Notaría, y en cumplimiento de lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, mediante la escritura pública número UNO, del tomo DOS, el representante legal de Zulu Sociedad Anónima, titular de la cedula jurídica Tres - Uno Cero Uno - Cero Ocho Cinco Dos Uno Nueve , domiciliada en Alajuela San Ramón, Cincuenta metros al oeste de correos, solicita formalmente al Registro la incorporación en el pacto constitutivo de la sociedad, del correo electrónico que en adelante será el medio de dicha sociedad para recibir notificaciones de carácter judicial y administrativo. San Ramón, a las ocho horas con del día catorce de mayo del año Dos Mil veintiséis. Licda. Yuliana Lobo Suarez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072448 ).

Por la Escritura número 48, otorgada ante esta Notaría a las 10:00 horas y treinta minutos del día 30 de abril del 2026 de la sociedad Hamadryas S. A. cédula jurídica 3-101-229650 actualiza su correo electrónico el cual es gabimuellergloor@hotmail.com Santa Ana, el día 30 de abril del 2026.—Lic. Slawomir Wiciak.—1 vez.—( IN202601072449 ).

Ante esta notaria, mediante escritura número 42, iniciada a folio 19 vuelto, del Tomo 3, se presentó solicitud por parte del representante legal de 3-101-716092 S. A., cédula 3-101-716092, para incorporar el correo electrónico, en el domicilio social de la sociedad, conforme la Ley número 10597. Palmares, Alajuela, 12 de mayo del 2026. Licda. Luz Marina Vasquez Pacheco. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072450 ).

Ante esta Notaría mediante escritura número ochenta y siete, visible al folio cincuenta y cinco frente, del tomo uno, a las diez horas del quince de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Roxana María Ortiz Ibarra, cédula número: cinco–doscientos cincuenta y nueve–ciento treinta y cuatro, en su condición de representante legal de la Asociación Iglesia de Jesucristo y Movimiento del Espíritu Santo y Fuego Las Lilas, cédula jurídica número tres-cero cero dos – ochocientos setenta y dos mil ochocientos noventa, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la asociación conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Guanacaste, Liberia, a las diez horas treinta minutos horas del quince de Mayo del dos mil veintiséis.—Licda Adriana Peraza Morales. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072451 ).

Mediante escritura pública número 289 – 7, otorgada ante mí, a las 13 horas con 15 minutos del 27 de abril de 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la asociación denominada Asociación Pro Ayuda a la Infancia Los Ositos, cédula jurídica 3 – 002 - 844340, con domicilio social en San José, Goicoechea, urbanización La Esmeralda, casa sin numeración a mano izquierda color verde mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número 10597..— Lic. Bismarck Adonis Gómez Zuñiga.—San José, 15 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601072452 ).

Por escritura número Trescientos Cincuenta y Ocho otorgada ante la Notaria Pública Llineth Arias Castillo de las dieciocho horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada INVERSIONES AGRICOLAS VALVERDE & CASTILLO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101-726167, domiciliada en San Andrés, León Cortés, cien metros oeste del templo católico, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número 10597. San José, León Cortés. Licda. Llineth Arias Castillo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072454 ).

Mediante escritura otorgada a las 12:00 horas del 27 de abril de 2026, por el suscrito Notario Público: GONZALO EDUARDO RODRÍGUEZ CASTRO, la ASOCIACIÓN CLUB ROTARIO DE ATENAS, cédula jurídica 3-002-944947, incluye el correo atenas.rotary@gmail.com para recibir notificaciones.—San José, 15 de mayo de 2026.—Gonzalo Eduardo Rodríguez Castro. Notario.—1 vez.—( IN202601072455 ).

Por escritura número Trescientos Sesenta y Tres otorgada ante la Notaria Pública Llineth Arias Castillo de las ocho horas y treinta minutos del dieciséis de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada ASESORIA TURISTICA I.V.M. SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101-326028, domiciliada en Desamparados, El Cruce costado oeste de la Bomba Unión Tica, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número 10597. San José, León Cortés. Licda. Llineth Arias Castillo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072456 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y nueve, visible al folio cuarenta y dos frente, del tomo número seis, a las quince horas del día veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Jason Ashley (nombres) Mc Combs (apellido), representante legal de El Taco Volados Limitada, cédula jurídica número tres - ciento dos – seiscientos noventa y cinco mil quinientos veintinueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Nicoya, a las diez horas del treinta de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Juan Carlos Armijo Matarrita. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072457 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 134-8 visible a folio 153 frente del tomo 8, otorgada a las 09:00 horas del 15 de Mayo del 2026, se presentó solicitud por parte de María Jesús Hernadez Cruz, portadora de la cédula número: 8-0089-0674, en condición de Gerente con facultades de Apoderada Generalísima de la sociedad ZOPILOTERA MULTICOLOR LIMITADA, cédula jurídica 3-102-878017, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Playa Tamarindo, 15 de Mayo del 2026. Notario Público. Luis Jeancarlo Angulo Bonilla, cédula 7-0137-0496.—1 vez.—( IN202601072458 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 188 visible al folio 135 vuelto del tomo 12 a las 14:45 del 16 de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de JEAN MAYERHOFFER Gerente de la sociedad: JYVETTEFILIUS SRL, cédula jurídica número 3-102-676235, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 16 de abril del 2026- Lic. Yolanda Araya Jara. Notario.—1 vez.—( IN202601072459 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 36-3, a las 9:00 hrs, del 27 de abril 2026, GILBERTO ZARCO QUESADA, representante legal de ASESORIA JURIDICA ECONOMICA Y FINANCIERA AJEF S. A., cédula jurídica número 3-101-289961 solicitó incorporar correo electrónico conforme a la Ley no. 10597. San José, 27-04-2026. Notaria: Licda. Floribeth Herrera Alfaro.—1 vez.—( IN202601072460 ).

Por escritura número cuatro otorgada ante el Notario Público, Carolina Jiménez Chaves de las dieciséis horas del doce de Mayo del dos mil veintiséis ,se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada MEDAVIR EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres - ciento cinco -ocho tres uno cero ocho cero con domicilio social en San José, Aserrí, del depósito Las Gravilias, trescientos metros Este, casa mano izquierda con techo de tejas mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, dieciséis de mayo del dos mil veintiséis Licda. Carolina Jiménez Chaves.—1 vez.—( IN202601072461 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 129-8 visible a folio 152 vuelto del tomo 8, otorgada a las 08:30 horas del 15 de Mayo del 2026, se presentó solicitud por parte de Remi Frank Martin Lebourg, portador de la cédula número: 8-0159-0274, en condición de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo de la sociedad Pueblo La Garita SA, cédula jurídica 3-101-165900, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Playa Tamarindo, 15 de Mayo del 2026. Notario Público. Luis Jeancarlo Angulo Bonilla, cédula 7-0137-0496.—1 vez.—( IN202601072462 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 105 visible al folio 147 frente del tomo 12 a las 13 del 20 de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de MALIKA HEDDACHE Gerente de la sociedad: MANAYA LTDA, con la cédula de persona jurídica número 3-102-882393 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 20de abril del 2026- Licda. Yolonda Araya Jara. Notario.—1 vez.—( IN202601072463 ).

Por escritura número 2 otorgada ante el Notario Público Ana Irene Vega Sánchez, de las 08:00 del 14/05/2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada: 3-102-91195, cédula jurídica 3-101-661802, con domicilio social en San José, Moravia, San Vicente, Jardines de Moravia, setenta y cinco al Este del salón comunal, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 14 de mayo de 2026. Licda. Ana Irene Vega Sánchez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072464 ).

Por escritura número DOS - CUARENTA Y OCHO otorgada ante la Notaria Pública, Kattia Campos Marín de las quince horas treinta minutos del once de mayo del año dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada POTT INGENIERIA SOCIEDAD ANONIMA, domiciliada en San José, Goicoechea, Calle Blancos, Barrio El Progreso, veinticinco metros al este de CONANSA con cédula jurídica número: tres - ciento uno – seiscientos cuarenta y siete mil trescientos cuarenta y ocho mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, Moravia. catorce de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Kattia Campos Marín. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072465 ).

Conste que Yo, Carlos Alberto Vargas Campos, Notario Público, hago constar, que ante esta notaría, mediante escritura número ciento Cuarenta y cuatro - trece, el Señor Randall Quesada Jiménez, en su carácter de Presidente, de la Sociedad Quesada y Soto Contadores Asociados. S. A. compareció a incorporar el correo electrónico, en dicha sociedad. Los Lagos de Heredia, dieciocho de mayo de mayo del año dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601072466 ).

Conste que Yo, Carlos Alberto Vargas Campos, Notario Público, hago constar, que por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó Acta de Asamblea General Extraordinaria de accionistas de la Sociedad Empresa Platón Sociedad Anónima, en la cual se nombra nueva Junta Directiva. Los Lagos de Heredia, dieciocho de mayo de mayo del año dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601072467 ).

Por escritura número 1 otorgada ante el Notario Público Ana Irene Vega Sánchez, de las 07:00 del 12/05/2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada: NAGUARA QUE RICO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres - ciento dos - ochocientos noventa y ocho mil ciento cincuenta y nueve, domiciliada en Heredia, Belén, San Antonio, trescientos metros oeste de polideportivo de Belén, frente a super Mily casa color hueso, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 12 de mayo de 2026. Licda. Ana Irene Vega Sánchez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072468 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y uno, visible al folio número sesenta y cuatro frente, del tomo número sexto, a las diez horas, del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas de RTY HOLDINGS LIMITADA, Sociedad de Responsabilidad Limitada, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos setenta y cuatro mil novecientos ochenta y siete mediante la cual se acuerda la disolución de la sociedad y se solicita al Registro de Personas Jurídicas que se prescinda del nombramiento de liquidador y se tenga a la sociedad como liquidada por no tener activos, ni pasivos y encontrarse satisfechos los intereses del Fisco.—Ciudad de San José, a las diecisiete horas y cinco minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis.—Lic. Daniel Araya González, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072469 ).

Por escritura número 111-32, otorgada en Heredia, a las 10:00 horas del día de hoy, ante esta notaría las sociedades de esta plaza CENTRO AUTOMOTRIZ XIRI DE HEREDIA, S. A., cedula jurídica 3-101-608573, DESARROLLO DOS MIL UNO DE HEREDIA, S. A., cedula jurídica 3-101-292494, y CONDOMINIO JACO DE EFRAIN Y NIETO, S. A., cedula jurídica 3-101-612881, procedieron a cumplir con la ley 10596 al incluir su dirección de correo electrónico como medio para recibir notificaciones. Heredia, 18 de mayo del 2026. Notario: Lic. Wainer González Arguedas.—1 vez.—( IN202601072471 ).

Por escritura número 110-32, otorgada en Heredia, a las 15:05 horas del día de hoy, ante esta notaría la compañía de esta plaza INVERSIONES LAVROCH, S. A., cedula jurídica 3-101-470032, procedió a cumplir con la ley 10596 al incluir su dirección de correo electrónico como medio para recibir notificaciones. Heredia, 15 de mayo del 2026. Notario: Lic. Wainer González Arguedas.—1 vez.—( IN202601072472 ).

La suscrita Licda. LOLITA ARIAS SANCHEZ notaria pública hace del conocimiento público que mediante escritura 104 visible al folio 56V tomo 62 se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE ALFREDO ZAMORA ZUMBADO de la sociedad GANADERA Z Y H S. A. con cedula jurídica 3-101- 162620 está en proceso de inscripción en el Registro Mercantil el correo electrónico ganaderazyhsa@gmail.com conforme a la ley 10597. Guatuso 13 de mayo 2026.—1 vez.—( IN202601072475 ).

La suscrita Licda. LOLITA ARIAS SANCHEZ notaria pública hace del conocimiento público que mediante escritura 105 visible al folio 57F tomo 62 se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE ANVEY JIMENEZ MORA de la sociedad HERMANOS DAJOCA S. A. con cedula jurídica 3-101- 425232 está en proceso de inscripción en el Registro Mercantil el correo electrónico hermanosdajocasociedadanonima@gmail.com conforme a la ley 10597. Guatuso 14 de mayo 2026.—1 vez.—( IN202601072476 ).

La suscrita Licda. LOLITA ARIAS SANCHEZ notaria pública hace del conocimiento público que mediante escritura 97 visible al folio 54F tomo 62 se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE LEONEL VILLALOBOS MORALES de la sociedad GANADERA PUERTO NUEVO S. A. con cedula jurídica 3-101-613363 está en proceso de inscripción en el Registro Mercantil el correo electrónico hermanosvillam@gmail.com conforme a la ley 10597. Guatuso 4 de mayo 2026.—1 vez.—( IN202601072477 ).

La suscrita Licda. Lolita Arias Sánchez Notaria Pública, hace del conocimiento público que, mediante escritura 104 visible al folio 56V tomo 62 se presentó solicitud por parte del Presidente Alfredo Zamora Zumbado de la sociedad AGROPECUARIA LA NACIENTE S. A., con cedula jurídica 3-101- 076608 está en proceso de inscripción en el Registro Mercantil el correo electrónico agropecuarialanacientesa@gmail.com conforme a la ley 10597.—Guatuso 13 de mayo 2026.—Lolita Arias Sánchez Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072478 ).

Por escritura número 295-BIS otorgada ante el Notario Público Ana Irene Vega Sánchez, de las 09:00 del 22/07/2025, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada: INFINITY FIBER SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-89259, con domicilio social en San José, Escazu San Rafael del Supermercado Saretto cuatrocientos metros Este contiguo al puente de Anonos, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 12 de mayo de 2026. Licda. Ana Irene Vega Sánchez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072479 ).

La suscrita Licda. Lolita Arias Sánchez Notaria Pública, hace del conocimiento público que, mediante escritura 103 visible al folio 56F tomo 62 se presentó solicitud por parte del Presidente Neftali Cruz Quintanilla de la sociedad CORPORACIÓN OSIRIS DE GUATUSO S. A. con cedula jurídica 3-101- 491508 está en proceso de inscripción en el Registro Mercantil el correo electrónico corporasionosirisdeguatuzo@gmail.com conforme a la ley 10597. Guatuso 13 de mayo 2026.—Licda. Lolita Arias Sánchez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072480 ).

La suscrita Licda. LOLITA ARIAS SANCHEZ notaria pública hace del conocimiento público que mediante escritura 96 visible al folio 53v tomo 62 se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE GRACE MARIA DEL CARMEN ALPIZAR RIVERA de la sociedad GANADERA PUERTO NUEVO S. A. con cedula jurídica 3-101-053814 está en proceso de inscripción en el Registro Mercantil el correo electrónico ganaderapuertonuevo@gmail.com conforme a la ley 10597. Guatuso 4 de mayo 2026.—1 vez.—( IN202601072481 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos, visible al folio ciento treinta y uno frente del tomo tres, a las once horas del veintinueve de Abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de PAGE NOBLE (Nombre) SIEFFERT (Apellido) de PILATES NOSARA CORPORATION LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número Tres- ciento dos- seiscientos treinta y cinco mil novecientos cincuenta y uno, para incorporar el correo electrónico info@pilatesnosara.com en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Nosara, a las catorce horas y quince minutos del treinta de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Keilin Cristina Cascante Ávila. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072484 ).

Por escritura 222 otorgada ante la Notaria Pública Adriana Méndez Vargas, a las 18:00 horas del día 28 de abril del año 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada CARIARI LEGACY RESIDENCES SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-920549, con domicilio social en provincia cuatro Heredia, cantón siete Belen, La Asunción, Residencial Bosques de Doña Rosa, casa número F veintisiete. San José, 05 de mayo de 2026. Licda. Adriana Méndez Vargas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072485 ).

El suscrito Notario Carlos Eduardo Gamboa Prado, debidamente autorizada al efecto protocolizo en lo conducente el acta que dice lo siguiente: Acta Número Dos: Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, de la entidad SERVICIOS Y REMODELACIONES ALCI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: TRES- CIENTO DOS – NOVECIENTOS CATORCE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO, mediante acuerdo de accionistas se decide disolver la sociedad; se advierte que la sociedad no tiene actualmente ningún bien o activo, deuda o pasivo, ni tiene operaciones o actividades de ninguna naturaleza, razón por la cual se omite el nombramiento de un liquidador y además trámites de liquidación. Acuerdo Segundo: Se declaran firmes los acuerdos tomados y se comisiona al Notario Carlos Eduardo Gamboa Prado para que protocolice esta acta y la inscriba en el registro de personas jurídicas del Registro Nacional.—1 vez.—( IN202601072486 ).

Por escritura número CIENTO CINCUENTA Y UNO TOMO QUINCE del protocolo del Notario CARLOS EDUARDO GAMBOA PRADO, se solicita la inscripción del correo electrónico torreschaves27@gmail.com de la Sociedad TRES- CIENTO UNO- SEISCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número: TRES- CIENTO UNO- SEISCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO, por requisito de ley, Heredia, Heredia, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601072487 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta y uno, visible al folio ciento veintisiete vuelto, del tomo uno, a las 11 horas, del 5 de mayo del 2026, la Sociedad FAMILIA ELIZONDO CASTILLO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3–101–580553, incluye correo electrónico para recibir notificaciones: helizondo02@gmail.com conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es Todo. San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, del día 5 de mayo del año 2026. Lic. Jerson Gerardo Navarro López. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072495 ).

Por escritura otorgada ante mí a las quince horas, del día veinticuatro de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad KUZCOTOPIA LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos cincuenta y tres mil setecientos sesenta, en la cual se acordó reformar las cláusulas referentes al domicilio social y a la administración, y designar dirección electrónica oficial de la sociedad para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete, en los estatutos de la sociedad. Es todo. San José, veinticuatro de abril de dos mil veintiséis. Lic. Daniela Solano García, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072496 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las siete horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis se protocolizó acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada FOURNIER LEIVA Y COMPAÑIA, S. A. Se reforma la cláusula primera de la denominación y domicilio social incorporándose un correo electrónico. San Ramón de Tres Ríos, la Unión, Cartago, 4 de mayo de 2026. Licda. Fernanda Linner de Silva, flinnerdes@gmail.com.—1 vez.—( IN202601072497 ).

Por medio de escritura número 228-21, visible a folio 175 frente, del tomo número 21, otorgada ante la suscrita Notario Público, a las 11:20 horas del día 17 de abril del año 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de Corporación de Finanzas del Sur, Sociedad Anónima, Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-uno cero uno-dos siete uno siete uno siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San Isidro de El General de Pérez Zeledón, 17 de abril del año 2026. Notario: María Catalina Garro Mora.—1 vez.—( IN202601072498 ).

Se hace saber que por escritura número 166-4, visible al folio 117 vuelto del tomo 4 del protocolo de la Notaria Mayra Guzmán Ramírez, otorgada a las 13:15 horas del 13 de abril del 2026, se lleva a cabo acto de disolución y liquidación de la sociedad Wecfa Constructora Sociedad De Responsabilidad Limitada, cedula jurídico número tres- ciento dos- seiscientos noventa y un mil cuarenta y ocho. Licda. Mayra Guzmán Ramírez. Notaria.—1 vez.—( IN202601072500 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 34-3, a las 8:30 hrs, del 27 de abril 2026, GILBERTO ZARCO QUESADA, representante legal de CANERIT SRL., cédula jurídica número 3-102-914227solicitó incorporar correo electrónico conforme a la Ley no. 10597. San José, 27-04-2026. Notaria: Licda. Floribeth Herrera Alfaro.—1 vez.—( IN202601072503 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cincuenta, visible al folio ochenta y tres frente y ochenta y tres vuelto, del tomo ocho, a las diez horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de tres – ciento dos – ocho nueve tres nueve cero ocho – sociedad de responsabilidad limitada, con la cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ocho nueve tres nueve cero ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Pérez Zeledón, a las once horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Randall Steven Núñez Salazar. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072504 ).

Mediante escritura número 20-5, visible al folio 30 frente del tomo 5 de la Notaria Sara Wi-goda Kellerman a las 10:15 del 29 de abril del 2026 se presentó solicitud por parte del repre-sentante legal de la sociedad OSA SANTOSA LLC LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-802830, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad con-forme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 04 de mayo del 2026. Licda. Sara Wigoda Kellerman.—1 vez.—( IN202601072505 ).

Por escritura 162 del tomo 14 de la suscrita Notaria, del 21/04/2026, se protocoliza acta de la sociedad 3-102-744026 SRL, mediante la cual otorga se señala correo para recibir notificaciones: mmoretti@eljefecostarica.com y poder generalísimo sin límite de suma al señor CARLOS MARIA JIMENEZ RAMIREZ, cédula 1- 0608-0510. 1 vez. Lic Yalile Villalobos Zamora.—1 vez.—( IN202601072506 ).

Por escritura pública otorgada en mi Notaría, a las 10:00 horas, del 29 de abril de 2026, la sociedad CONTADORES CALDERON R. SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101-220606 incluyó el correo electrónico “monica@calderon.cr” como medio para recibir notificaciones conforme a la Ley número 10597. San José, 30 de abril de 2026. Lic. Carmen Cecilia Polo Camacho, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072508 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas, del día veinticuatro de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad YO Y YO PELADA INVESTMENTS LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos ochenta y siete mil seiscientos veinte, en la cual se acordó designar dirección electrónica oficial de la sociedad para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San José, veinticuatro de abril de dos mil veintiséis.—Lic. Daniela Solano García, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072509 ).

Por medio de la escritura número cincuenta y cinco, de las dieciocho horas treinta minutos del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad TRES-CIENTO UNO-QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS S. A., cédula jurídica número 3-101-599936, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alvaro Castillo Castro, notario público. cel: 8825-2277 San José, 11 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072510 ).

Por medio de la escritura número cincuenta y cuatro, de las dieciocho horas quince minutos del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad CASTIFAM S. A., cédula jurídica número 3-101-365125, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alvaro Castillo Castro, Notario Público. cel: 8825-2277 San José, 11 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072511 ).

Por medio de la escritura número sesenta y dos, de las once horas cincuenta minutos del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad D MAVI PAPELES COMERCIALES S. A., cédula jurídica número 3-101-320272, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alvaro Castillo Castro, notario público. cel: 8825-2277 San José, 12 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072512 ).

Por medio de la escritura número cincuenta y seis, de las diez horas cincuenta minutos del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad CONDOMINIO CASA SANTA ANA PSI FILIAL DIECISEIS S. A., cédula jurídica número 3-101-530067, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alvaro Castillo Castro, notario público. cel: 8825-2277 San José, 12 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072513 ).

Por medio de la escritura número cincuenta y siete, de las once horas del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad TALAMAVI S. A., cédula jurídica número 3-101-717276, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alvaro Castillo Castro, notario público. cel: 8825-2277 San José, 12 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072514 ).

Ante esta Notaría, mediante Escritura Pública Nº 36-5, otorgada a las 14:00 horas del 30 de abril de 2026, el Representante Legal de la entidad: DISTRIBUIDORA INTERNACIONAL ME&MO S. A., con cédula jurídica 3-102- 682291, solicitó incorporar correo electrónico: meymo.sa@hotmail.com conforme a la Ley Nº 10597.—Ana Rebeca Porras Mejías, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072515 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 189 visible al folio 136 frente del tomo 12 a las 15 horas del 16 de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de FRANCOISE HELENE M PETINIOT Gerente de las sociedades: i) OUFTI S.A, cédula jurídica número 3-101-199740, ii) MADOU DE MATAPALO S. A., cédula jurídica número 3-101-160202, iii) PEPPET ASSETS LTDA cédula jurídica numero 3-102-777622 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 16 de abril del 2026- Lic. Yolanda Araya Jara. Notario.—1 vez.—( IN202601072516 ).

Mediante escritura número 27 de las 11:00 horas del 18 de mayo, 2026 la sociedad JUNTOS TOURISME COMMUNAUTAIRE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – setecientos treinta y cinco mil ochocientos treinta y ocho para recibir notificaciones judiciales y administrativas registra el siguiente correo electrónico: tifbarra@hotmail.com Luis Alberto Paniagua Acuña.—1 vez.—( IN202601072517 ).

Por escritura número: cinco - diecisiete, otorgada en la Provincia de Heredia, Central, a las catorce horas del día quince del mes de mayo del año dos mil veintiséis, visible a folio seis frente del tomo número: diecisiete del Protocolo del Notario Público: Christian Jiménez Ramírez, la entidad jurídica denominada: MAFRAGARZA DOS MIL OCHO SOCIEDAD ANÓNIMA, de la cédula jurídica: tres – ciento uno - cinco tres ocho tres seis seis, solicitó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la inscripción de un correo electrónico en el domicilio social de la compañía, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Heredia, quince del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Notario: Christian Jiménez Ramírez. / Cédula: 1 – 0891 – 0078. / Carné: 8868.—1 vez.—( IN202601072518 ).

Por escritura número: seis - diecisiete, otorgada en la Provincia de Heredia, Central, a las once horas, con cuarenta y cinco minutos, del día dieciséis del mes de mayo del año dos mil veintiséis, visible a folio siete frente del tomo número: diecisiete del Protocolo del Notario Público: Christian Jiménez Ramírez, la entidad jurídica: CORPORACION SALAZAR Y BRENES SOCIEDAD ANÓNIMA, de la cédula jurídica: tres - ciento uno – dos seis nueve dos cuatro cuatro, solicitó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la inscripción de un correo electrónico en el domicilio social de la compañía, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Heredia, dieciséis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Notario: Christian Jiménez Ramírez. / Cédula: 1 – 0891 – 0078. / Carné: 8868.—1 vez.—( IN202601072519 ).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 09:00 hrs. del día de hoy, la sociedad ASESORES ADUANEROS BARRIENTOS ASABA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica 3-101-420723, solicita la modificación al pacto constitutivo, al establecer el correo electrónico asesoresasaba@gmail.com como medio de notificación. San José, 18 de mayo del 2026. Lic. Aldo F. Morelli Lizano.—1 vez.—( IN202601072520 ).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 09:00 hrs. del día de hoy, la sociedad I C INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA con cédula de persona jurídica 3-101-253052, solicita la modificación al pacto constitutivo, al establecer el correo electrónico inverconst01@hotmail.com como medio de notificación. San José, 16 de mayo del 2026. Lic. Aldo F. Morelli Lizano.—1 vez.—( IN202601072521 ).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 08:00 hrs. del día de hoy, la sociedad ILERENE SOCIEDAD ANONIMA con cédula de persona jurídica 3-101-133333, solicita la modificación al pacto constitutivo, al establecer el correo electrónico tinomas66@gmail.com como medio de notificación. San José, 11 de mayo del 2026. Lic. Aldo F. Morelli Lizano.—1 vez.—( IN202601072522 ).

Por escritura pública otorgada ante mí, en San José, a las 10:15 hrs. del día de hoy, la sociedad INVERSIONES SANTANDER ORIENTE B S.A., con cédula de persona jurídica 3-101-499518, solicita la modificación al pacto constitutivo, al establecer el correo electrónico hmonoga@hotmail.com como medio de notificación.—San José, 16 de mayo del 2026.—Lic. Aldo F. Morelli Lizano.—1 vez.—( IN202601072523 ).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 10:30 hrs. del día de hoy, la sociedad INVERSIONES SANTANDER I.S.O.C OESTE CINCO S.A, con cédula de persona jurídica 3-101-503936, solicita la modificación al pacto constitutivo, al establecer el correo electrónico soliveros01@hotmail.com como medio de notificación. San José, 16 de mayo del 2026. Lic. Aldo F. Morelli Lizano.—1 vez.—( IN202601072524 ).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 13:00 hrs. del día de hoy, la sociedad CORPORACION KAROL Y SOFIA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA con cédula de persona jurídica 3-101-284189, solicita la modificación al pacto constitutivo, al establecer el correo electrónico bermudezsara622@gmail.com como medio de notificación. San José, 14 de mayo del 2026. Lic. Aldo F. Morelli Lizano.—1 vez.—( IN202601072525 ).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 09:00 hrs. del día de hoy, la sociedad MARISCOS JERUSALEN LIMITADA con cédula de persona jurídica 3-102-884583, solicita la modificación al pacto constitutivo, al establecer el correo electrónico notificacionesdmj@gmail.com como medio de notificación. San José, 15 de mayo del 2026. Lic. Aldo F. Morelli Lizano.—1 vez.—( IN202601072526 ).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 09:45 hrs. del día de hoy, la sociedad NEGOCIOS INTERNACIONALES CALIFORNIA SANTANDER TRES C S.A con cédula de persona jurídica 3-101-508502, solicita la modificación al pacto constitutivo, al establecer el correo electrónico hmonoga@hotmail.com como medio de notificación. San José, 16 de mayo del 2026. Lic. Aldo F. Morelli Lizano.—1 vez.—( IN202601072527 ).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 09:20 hrs. del día de hoy, la sociedad NEGOCIOS INTERNACIONALES CALIFORNIA SANTANDER UNO A VERDE S.A con cédula de persona jurídica 3-101-510858, solicita la modificación al pacto constitutivo, al establecer el correo electrónico hmonoga@hotmail.com como medio de notificación. San José, 16 de mayo del 2026. Lic. Aldo F. Morelli Lizano.—1 vez.—( IN202601072528 ).

Por escritura pública otorgada ante mí en San José, a las 10:00 hrs. del día de hoy, la sociedad SOLCARAN DOS B S.A con cédula de persona jurídica 3-101-387233, solicita la modificación al pacto constitutivo, al establecer el correo electrónico hmonoga@hotmail.com como medio de notificación. San José, 16 de mayo del 2026. Lic. Aldo F. Morelli Lizano.—1 vez.—( IN202601072529 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las catorce horas del treinta de Abril del dos mil veintiséis, se registra correo electrónico de LA MORENA MARAVILLOSA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres-ciento dos-doscientos sesenta y siete mil setecientos cincuenta, y TENKAY S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y cuatro mil ciento veintiuno. Alajuela, 30 de Abril del 2026.- Lic. Juan Carlos Morera Fernández.—1 vez.—( IN202601072530 ).

Por medio de la escritura otorgada por el Notario DANIEL SALAZAR ARAYA, cédula de identidad número 1-1160-0784, escritura número 41 del protocolo 3, suscrita a las 13 horas del 04 de marzo del 2026, se realiza la protocolización del acta de Cambio de Domicilio Social de la compañía BAKKER & PARTNERS LLC LIMITADA. Es todo. San José, 04 de marzo del 2026. — DANIEL SALAZAR ARAYA, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072533 ).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy otorgue escritura en donde la sociedad Lambcha, S. A., cedula jurídica: 3-101-758845 solicita inscribir correo electrónico como medio oficial para recibir notificaciones. San José, 15 de abril del 2026. Ricardo Vargas Villegas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072534 ).

Que mediante escritura pública número ciento noventa y tres, autorizada en Puriscal, en esta notaría, a las quince horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de abril del dos mil veintiséis, el representante legal de la persona jurídica LA BOTIJA PROSPERA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – seiscientos ochenta y dos mil trecientos siete solicitó al Departamento de Personas Jurídicas las inclusión del correo electrónico labotijaprosperasa@gmail.com como medio para recibir notificaciones, de conformidad con la Directriz DPJ-cero cero dos – dos mil veinticinco del Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Puriscal, veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Licda. Roxana Chavarría Azofeifa, Notaria.—1 vez.—( IN202601072535 ).

Por escritura número doscientos ochenta y dos – uno otorgada ante el Notario Público, Hazel Gabriela Campos Castro, de las nueve horas horas treinta minutos del jueves catorce de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada LICENCIADA ENEIDA VILLALOBOS SOCIEDAD CIVIL SOCIEDAD CIVIL, cédula jurídica tres – ciento seis – ochocientos ochenta y seis mil ochenta y cuatro, con domicilio en Las Juntas, Abangares, Guanacaste, Cinco Esquinas, cien metros norte de la parada de buses, oficina mano izquierda, color blanco, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Las Juntas, Abangares jueves catorce de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Hazel Gabriela Campos Castro, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072536 ).

Por medio de escritura número 228-21, visible a folio 175 frente, del tomo número 21, otorgada ante la suscrita Notario Público, a las 11:20 horas del día 17 de abril del año 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de Producciones y Desarrollos J y P del Sur, Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-uno cero uno-tres dos ocho seis cuatro tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San Isidro de El General de Pérez Zeledón, 17 de abril del año 2026. Notario: María Catalina Garro Mora.—1 vez.—( IN202601072537 ).

Por escritura número doscientos ochenta y dos - uno otorgada ante el Notario Público, Hazel Gabriela Campos Castro, de las diez horas del jueves catorce de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada RUMARA SAN JOSE SOCIEDAD ANÓNINA, cédula jurídica tres – ciento uno – cuatrocientos cuarenta y seis mil trescientos treinta y uno, con domicilio en Provincia cero cinco Guanacaste, Cantón cero cuatro Bagaces, Residencial Quintas Bagaces, quinientos metros al noroeste y ciento cincuenta sureste del Balneario Riverside, casa mano derecha con portón café, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Las Juntas, Abangares jueves catorce de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Hazel Gabriela Campos Castro, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072538 ).

Por escritura número doscientos ochenta y uno – uno, otorgada ante el Notario Público, Hazel Gabriela Campos Castro, de las nueve horas del jueves catorce de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada RANCHO SEVILLA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres-ciento dos-ochocientos veintinueve mil novecientos veinticinco, con domicilio en Guanacaste-Abangares Las Juntas, Barrio Cinco Esquinas de la parada de Buses cien metros norte, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Las Juntas, Abangares jueves catorce de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Hazel Gabriela Campos Castro, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072539 ).

Por escritura número 201-1, de las 17:00 horas del 29-04-2026 otorgada ante la Notaria Pública María José Quesada Arroyo, se incluye cuenta de correo electrónico: grupojunio1029sa@gmail.com, dentro de la sociedad denominada GRUPO JUNIO DIEZ VEINTINUEVE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-773051, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número 10597.—Ciudad Quesada, 30 de abril del 2026.— María José Quesada Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN202601072540 ).

Por medio de la escritura número doscientos treinta y dos, otorgada a las ocho horas del día diecinueve de enero del dos mil veintiséis, la sociedad tres- ciento uno- cuatrocientos setenta y dos mil ochocientos noventa y cinco s.a., solicita se incluya el correo electrónico para esta sociedad en el registro público de costa rica el siguiente gemz2k@aol.com. - Notario Público Licenciado José Rolando González Arguello.—1 vez.—( IN202601072542 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento veinticuatro - dos, visible al folio noventa y cuatro frente, del tomo dos, a las ocho horas y treinta minutos, del trece del mes de abril, se presentó solicitud por parte de SEBASTIAN GOMEZ MOYA, representante legal de VITA BELLAVISTA CASA CIENTO SESENTA Y NUEVE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – seis cuatro seis seis seis ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las ocho horas y treinta minutos del día quince del mes de Mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez, Licda. María Alejandra Barquero Barboza. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072543 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento veinticinco - dos, visible al folio noventa y cuatro vuelto, del tomo dos, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos, del trece del mes de abril, se presentó solicitud por parte de ESTEBAN GOMEZ MOYA, representante legal de EMPRESARIOS Y RESULTADOS EN FORMA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos – nueve uno nueve dos cero uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las ocho horas y cuarenta minutos del día quince del mes de Mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez, Licda. María Alejandra Barquero Barboza. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072544 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento veintiséis - dos, visible al folio noventa y cuatro vuelto, del tomo dos, a las nueve horas, del trece del mes de abril, se presentó solicitud por parte de ESTEBAN GOMEZ MOYA, representante legal de CREANDO RESULTADOS M K T SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – siete dos cuatro cero uno cero, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las nueve horas del día quince del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez, Licda. María Alejandra Barquero Barboza. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072545 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento treinta y uno - dos, visible al folio noventa y ocho vuelto, del tomo dos, a las once horas, del veintiuno del mes de abril, se presentó solicitud por parte de ERIC MORA TORRES, representante legal de CERTIFIED PUBLIC ACCOUNTANT OFFICE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – cinco uno uno dos dos cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las nueve horas y treinta minutos del día quince del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez, Licda. María Alejandra Barquero Barboza. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072546 ).

Por medio de la escritura número cincuenta y tres, de las dieciocho horas del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad FAMCASMEL S. A., cédula jurídica número 3-101-878234, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alvaro Castillo Castro, Notario Público. cel: 8825-2277 San José, 11 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072550 ).

Por medio de la escritura número cuarenta y nueve, de las doce horas del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad INSTITUTO LATINOAMERICANO DE CIRUGIA ESTETICA Y RECONSTRUCTIVA S. A., cédula jurídica número 3-101-317811, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alvaro Castillo Castro, notario público. cel: 8825-2277 San José, 06 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072551 ).

Por medio de la escritura número cincuenta y uno, de las doce horas treinta minutos del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad INVERSIONES CHIQUIS B Y R S. A., cédula jurídica número 3-101-419237, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alvaro Castillo Castro, notario público. cel: 8825-2277 San José, 06 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072552 ).

Por medio de la escritura número cincuenta, de las doce horas quince minutos del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad EL JAZMIN DE CARARA S. A., cédula jurídica número 3-101-320752, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alvaro Castillo Castro, Notario Público. cel: 8825-2277 San José, 06 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072553 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número Sesenta y ocho, visible e iniciada al folio cuarenta y cuatro frente y finalizada al folio cuarenta y cuatro frente del tomo veinticuatro del suscrito notario, a las diez horas del quince de abril del dos mil veintiséis, se realiza escritura de la sociedad LUMCOR SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número Tres- ciento uno- siete cuatro dos cinco dos nueve, mediante la cual se incluye el correo electrónico gcordoncillo01@gmail.com como medio de notificaciones de la Sociedad. ES TODO, Siquirres, a las ocho horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licdo. Geovanny Astua Arce, Notario Público, Carnet Uno tres cuatro seis dos.—1 vez.—( IN202601072555 ).

Ante esta notaría mediante escritura cincuenta y ocho del tomo cuatro del protocolo del suscrito notario, otorgada a las ocho horas del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis se modificó la cláusula del domicilio de la sociedad mercantil CALIOPE S. A. cédula jurídica tresciento unociento trece mil cuatrocientos ochenta y cuatro. Carlos Luis Gómez Meza, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072560 ).

Ante esta notaría mediante escritura cincuenta y nueve del tomo cuatro del protocolo del suscrito notario, otorgada a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis se modificó la cláusula del domicilio de la sociedad mercantil INVERSIONES SHEKINA S Y Q S. A., cédula jurídica tres – ciento uno – seis seis siete tres nueve seis. Carlos Luis Gómez Meza, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072561 ).

Ante esta notaría mediante escritura sesenta del tomo cuatro del protocolo del suscrito notario, otorgada a las nueve horas del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis se modificó la cláusula del domicilio de la sociedad mercantil TRES – CIENTO DOS – OCHO CUATRO TRES CERO CUATRO SEIS, cédula jurídica tres – ciento dos – ocho cuatro tres cero cuatro seis. Carlos Luis Gómez Meza, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072562 ).

Ante esta notaría mediante escritura sesenta del tomo cuatro del protocolo del suscrito notario, otorgada a las nueve horas del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis se modificó la cláusula del domicilio de la sociedad mercantil LA CUMBRE S. A., cédula jurídica tres – ciento uno – cero uno siete cinco siete siete. Carlos Luis Gómez Meza, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072563 ).

Ante esta notaría mediante escritura sesenta del tomo cuatro del protocolo del suscrito notario, otorgada a las nueve horas del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis se modificó la cláusula del domicilio de la sociedad mercantil ESLOM VERDEMAR S.R.L., cédula jurídica tres – ciento dos – nueve cero cero seis cinco ocho. Carlos Luis Gómez Meza, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072564 ).

Ante esta notaría, mediante escritura sesenta y dos del tomo cuatro, del protocolo del suscrito notario, otorgada a las diez horas del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, se modificó la cláusula del domicilio de la sociedad mercantil MAYAR PAVONES S.R.L., cédula de identidad tres – ciento dos – nueve cero cero cuatro dos uno.—Carlos Luis Gómez Meza, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072565 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 38, visible al folio 036 Vuelto, del tomo primero, a las 08:00 horas del día 18 de mayo de 2026; se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de GRUPO RIGOBERTO JIMENEZ SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101-330432; mediante la cual se acordó incorporar a la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo un correo electrónico para notificaciones conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Publíquese 1 vez y no sujeto a plazo legal.—San José, 18 de mayo del 2026.—Licda. María Vanessa Fallas Guzmán.—1 vez.—( IN202601072569 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las once horas del primero de Mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza acta de Agrícola Zamorana S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco siete cinco uno cuatro cinco, modifica cláusula séptima, registra correo. Alajuela, 4 de Mayo del 2026.- Lic. Juan Carlos Morera Fernández.—1 vez.—( IN202601072572 ).

Se hace saber que por escritura número 165-4, visible al folio 117 frente del tomo 4 del protocolo de la Notaria Mayra Guzmán Ramírez, otorgada a las 13:00 horas del 13 de abril del 2026, se lleva a cabo acto de disolución y liquidación de la sociedad Grupo Fabarga Sociedad De Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres ciento dos setecientos cincuenta y seis mil setecientos veintidós. Licda. Mayra Guzmán Ramírez. Notaria.—1 vez.—( IN202601072574 ).

Ante esta Notaría, a las diez horas del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, mediante escritura número Ochocientos, se protocolizó el Acta Número Uno de Asamblea General Extraordinaria de Cuotistas de Ingerita Civil Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica tres – ciento dos – ocho nueve cuatro uno siete dos, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula Sexta del pacto constitutivo. Se agrega correo Electrónico al Pacto Constitutivo. San José 18 de mayo del 2026. Notario Carlos Fernández Morales.—1 vez.—( IN202601072575 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos quince, visible al folio ciento cuarenta y cinco frente, del tomo dos de mi protocolo, a las catorce horas con cuarenta minutos del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE CON FACULTADES DE APODERADO GENERALÍSIMO SIN LÍMITE DE SUMA DE LA ENTIDAD THE GOOD SHEPHERD SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- setecientos setenta y seis mil ciento ochenta y nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad Quesada, a las quince horas con dieciséis minutos del cinco de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Kevi Alberto Barboza Sánchez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072576 ).

Por escritura número 296- 4 de las 09: 00 horas del 05-05-2026, otorgada en mi notaria, se reforma cláusula de medio para notificar a los socios las convocatorias a las Asambleas ordinarias y extraordinarias de “AGROFORESTAL BAYCO SOCIEDAD ANÓNIMA” cedula jurídica 3-101- 426577 San Ramón, 05- 05- 2026.- LICDA LAURA CAMPOS CHAVES- ABOGADA Y NOTARIA PUBLICA.—1 vez.—( IN202601072578 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las diez horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad SKIN & LASER CENTER SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos mil trescientos cincuenta y siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Naranjo, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Angie marcela Calvo Umaña, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072579 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del APODERADO GENERALÍSIMO SIN LIMITE DE SUMA de la sociedad SUS GRAFICOS VA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: tres — ciento uno — trescientos veintisiete mil ciento dieciocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Naranjo, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis. LICDA. ANGIE MARCELA CALVO UMAÑA. NOTARIA PÚBLICA.—1 vez.—( IN202601072580 ).

Por escritura, otorgada ante el notario Juan Carlos Mora Carrera, carnet 10.554 a las ocho horas quince minutos del dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, en cumplimiento de la ley diez mil quinientos noventa y siete se señala correo electrónico para recibir notificaciones de la sociedad BALCONES ADNATO O.C.S.N. B DOS S. A., cédula jurídica 3-101-393432, el siguiente correo avalosgranadosmario@gmail.com, Es todo. San José, dieciocho de mayo del año dos ml veintiséis. Licenciado Juan Carlos Mora Carrera.—1 vez.—( IN202601072582 ).

Por escritura, otorgada ante el notario Juan Carlos Mora Carrera, carné 10.554 a las ocho horas quince minutos del dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, en cumplimiento de la ley diez mil quinientos noventa y siete se señala correo electrónico para recibir notificaciones de la sociedad FDEZ CARVAJAL M&D FCM&D S. A., cédula jurídica 3-101-289080, el siguiente correo ecarvajalch@gmail.com . Es todo. San José, dieciocho de mayo del año dos ml veintiséis. Licenciado Juan Carlos Mora Carrera.—1 vez.—( IN202601072583 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las 9:00 horas del 14 de mayo del 2026, se consignó correo electrónico de la empresa CENTRO DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE CEMEDAR S. A..—San José, catorce de mayo del dos mil veintiséis. Publíquese por una única vez.—Notario: Orlando Hidalgo Gallegos.—1 vez.—( IN202601072584 ).

Ante este notario, mediante escritura número ciento diecisiete, visible al folio cuarenta y nueve, del tomo cuarenta y dos del protocolo, a las siete horas con treinta minutos del veinticinco de marzo del año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea General ordinaria de socios de 3-102-958327 Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo, estableciendo los nuevos nombramientos de gerentes. Notaría del licenciado Gonzalo Víquez Oreamuno, con oficina abierta en San José, San José, Pavas. Quince de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601072585 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento veintidos - dos, visible al folio ciento ocho vuelto, del tomo dos, a las doce horas, del cinco del mes de mayo, se presentó solicitud por parte de ESTEBAN ABARCA LEON, representante legal de TRES – CIENTO UNO - OCHO NUEVE DOS TRES OCHO UNO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – ocho nueve dos tres ocho uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las siete y cuarenta minutos del día dieciocho del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez, Licda. María Alejandra Barquero Barboza. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072586 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento veintidos - dos, visible al folio cincuenta y dos frente, del tomo dos, a las doce horas, del diecisiete del mes de febrero, se presentó solicitud por parte de CARLY WADE, representante legal de TC SOCIAL FUNDAMENTALS LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos – ocho cuatro nueve nueve ocho tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las siete y cuarenta minutos del día dieciocho del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. María Alejandra Barquero Barboza. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072587 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento veintidos - dos, visible al folio noventa y tres frente, del tomo dos, a las ocho horas, del trece del mes de abril, se presentó solicitud por parte de SEBASTIAN GOMEZ MOYA, representante legal de META MARKETING SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos – nueve uno siete cuatro cinco nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las siete y cuarenta minutos del día quince del mes de Mayo del año dos mil veintiséis. Licda. María Alejandra Barquero Barboza. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072588 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento veintitres - dos, visible al folio noventa y tres vuelto, del tomo dos, a las ocho horas y quince minutos, del trece del mes de abril, se presentó solicitud por parte de SEBASTIAN GOMEZ MOYA, representante legal de PIXELRESPONSE SOLUTIONS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – siete dos nueve dos cuatro cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las ocho horas del día quince del mes de Mayo del año dos mil veintiséis. Licda. María Alejandra Barquero Barboza. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072589 ).

Por medio de la escritura número cuarenta y nueve, otorgada a las doce horas del día veintisiete de marzo del dos mil veintiséis, la sociedad cr nuestro punto cero srl, solicita se incluya el correo electrónico para esta sociedad en el registro público de costa rica el siguiente ragumercr@gmail.com.—Notario Público Licenciado José Rolando González Argüello.—1 vez.—( IN202601072590  ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las diecinueve horas y diez minutos del día tres de mayo dos mil veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico mnuria.jimo@gmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad CEIBUCARE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-635599. Palmares, Alajuela, 4 de mayo del 2026. LICDA. IVONNE RODRÍGUEZ SOLÓRZANO.—1 vez.—( IN202601072591 ).

Ante mi Karla Gabriela Pérez Romero, Notaria pública con oficina en San José Desamparados, Calle Fallas, setenta y cinco metros al este del Colegio de Contadores Privados, casa número Quince. Se hace constar que mediante escritura pública número DOSCIENTOS VEINTIOCHO, otorgada a las a las doce horas del dos de mayo del dos mil veintiséis., se acordó la modificación de la sociedad denominada GRUPO BENITOMO T.A SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica: tres-ciento uno-trescientos dos mil seiscientos ocho, Dicha modificación consiste en la incorporación de la dirección de correo electrónico oficial de la sociedad, siendo esta: info@benitomocr.com , para efectos de recibir notificaciones, comunicaciones y cualquier gestión administrativa o legal conforme a la normativa vigente. San José, cuatro de mayo dos mil veintiséis a las once horas.—1 vez.—( IN202601072592 ).

Por medio de la escritura número sesenta y uno, de las once horas cuarenta minutos del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad MAGIA DE PAPEL E.I.R.L., cédula jurídica número 3-105-318041, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alvaro Castillo Castro, notario público. cel: 8825-2277 San José, 12 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072594 ).

Por medio de la escritura número cincuenta y dos, de las diecisiete horas treinta minutos del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad NABE ARTÍSTICO LTDA., cédula jurídica número 3-102-800987, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—San José, 08 de mayo del 2026.—Alvaro Castillo Castro, Notario Público. Cel: 8825-2277—1 vez.—( IN202601072595 ).

Por medio de la escritura número sesenta, de las once horas treinta minutos del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad NATSALUT LTDA., cédula jurídica número 3-102-878964, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alvaro Castillo Castro, notario público. cel: 8825-2277 San José, 12 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072596 ).

Por medio de la escritura número cincuenta y ocho, de las once horas diez minutos del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad SUMINISTRADORA DE PAPELES SU PAPEL S. A., cédula jurídica número 3-101-300343, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alvaro Castillo Castro, notario público. cel: 8825-2277 San José, 12 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072597 ).

Por medio de la escritura número cincuenta y nueve, de las once horas veinte minutos del día de hoy, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad TRANSPORTES SU PAPEL LTDA., cédula jurídica número 3-102-718947, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alvaro Castillo Castro, notario público. cel: 8825-2277 San José, 12 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072598 ).

Por escritura número TREINTA Y SIETE otorgada ante la Notaria Publica Viviana Fonseca Guerrero, a las quince horas quince minutos del día treinta de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico de la entidad CONSTRUESTILO S.A, cédula jurídica 3-101-905042, domiciliada en Alajuela, San Carlos, Pital, setenta y cinco metros Suroeste del Salón Comunal de Pital, Barrio Disneylandia casa número nueve, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo en cumplimiento a lo establecido en la Ley Diez Mil Quinientos Noventa y Siete. Aguas Zarcas, San Carlos, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Viviana Fonseca Guerrero, Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601072599 ).

En mi notaria, a las 14 hrs del 14 de mayo del 2026, escritura Nº 59-11, protocolicé el acta Nº 1 que es Asamblea General extraordinaria de socios de HERRERO Y HERRERO S.A, cédula 3- 101-931776, celebrada a las 10 hrs del 27 de abril del 2026, en la cual acordaron aumentar el capital social a la suma de 1.200.000 colones. Es todo. Firmo en San José, a las 10 horas del 17 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601072600 ).

Ante esta notaría, escritura 54, a las 11 horas con 30 minutos, del 30 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Gustavo Alejandro León Aguero en su condición de PRESIDENTE la sociedad: OCTOBER ALMS, S. A. cédula jurídica 3-101-930319 para incorporarle el correo electrónico aporras@als.cr en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley 10597. SILVIA TREJOS ZAMORA. NOTARIA PÚBLICA.—1 vez.—( IN202601072601 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 197, visible al folio 98 vuelto, del tomo 1, a las 14:00 horas, del 30 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de YOLANDA DEL CARMEN MORA RETANA, cédula dos cero cuatro seis cero cero tres ocho siete, en su condición de SECRETARIA con facultades de Apoderada Generalísima sin Límite de Suma de la sociedad denominada HUYOL C.A.S. SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres - ciento uno – cuatro cinco siete dos ocho siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San Ramón, a las 22:00 horas del 30 de abril de 2026. Licda. Angie Damaris Zúñiga Solórzano. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072602 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 08:00 horas del día de hoy, se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de la sociedad MATERIALIZATE, S. R. L., cédula jurídica 3-102-921546, mediante la cual, por haberse extraviado, se autoriza la reposición del Tomo I del Libro de Registro de Cuotistas, el cual lleva el número de legalización 4062001335327. Se emplaza a cualquiera que tenga derecho a oponerse para que, dentro de los 8 días hábiles a partir de esta publicación, pueda apersonarse ante el Registro Mercantil y/o a través del correo electrónico alopeza@abogados.or.cr – Publíquese una sola vez. San José, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Alvaro López Araya, Notario.—1 vez.—( IN202601072603 ).

En escritura de las 09:00 horas del 29 de abril del 2026, se establece correo electrónico, para: TRANSMORA AMPM S. A., ARINCHO MORA S. A., 3-301-559033 S. A., 3-101-549411 S.A, y 3-101-771919 S. A..—Lic. Ricardo Morera Briceño, Notario.—1 vez.—( IN202601072604 ).

Por escritura número cuarenta y dos otorgada ante esta Notaría a las dieciocho horas del primero de mayo del dos mil veintiséis, compareció el apoderado de SADMK SOCIEDAD CIVIL, donde solicitó incorporar a la cláusula del domicilio del pacto constitutivo un correo electrónico conforme a la Ley diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Fabián Vargas Venegas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072605 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 48, visible al folio 24 vuelto, del tomo 23, a las 8:15 horas del 30 de abril del 2026, se presentó solicitud por parte de la PRESIDENTA con facultades Apoderada Generalísima sin límite de suma de la empresa TRES CIENTO UNO SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE SOCIEDAD ANONIMA., con cédula jurídica número 3-101-729369, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.- Heredia 30 de abril de 2026.- LICDA. MARIA DEL ROCIO MONTERO VILCHEZ.—1 vez.—( IN202601072606 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número dos, visible al folio cero cero uno vuelto, del tomo cuarenta y nueve, a las diez horas y quince minutos, del veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de ALICIA YOLANDA BRENES RAMIREZ apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad FINCA LA ESCONDIDA DE BALLENA SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ochocientos sesenta y dos mil novecientos siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Pérez Zeledón, a las once horas y veinte minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. MSc. Alexander Mora Mora. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072607 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintisiete de abril del dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta de la Asamblea de Cuotistas de la sociedad NOSARA VERDE DEL NORTE CCLB SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con cédula de persona jurídica número tres - ciento dos - setecientos cincuenta y siete mil ciento veintisiete, en la cual se acordó reformar la cláusula referente a la administración de la sociedad, y la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, veintisiete de abril del dos mil veintiséis. Licda. Alejandra Salazar Blanco.—1 vez.—( IN202601072609 ).

Por escritura número doscientos treinta y ocho otorgada ante el Notario Público, Marvin Gómez Leitón de las dieciséis horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada GANADERA LA GRANDE DYD SOCIEDAD CIVIL, bajo el número de cédula jurídica tres - uno cero seis - nueve tres tres dos siete ocho, con domicilio social en Cartago, Turrialba, santa cruz, cincuenta metros este y un kilometro y medio al norte de la escuela de guayabo mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Marvin Gómez Leitón Notario Público.—1 vez.—( IN202601072612 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría se reformó cláusula segunda y sexta del pacto social y se nombró Gerente Tres de Senda Estrella Dinámica Limitada. José Rafael Fernández Quesada. Notario Público. Cédula 2-0389-0373.—1 vez.—( IN202601072613 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y nueve, visible al folio ciento cuarenta y cuatro vuelto, del tomo siete, a las ocho horas, del treinta de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Alex Ignacio Zamora Delgado de NACHOS DE VERBENA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- noventa y uno once ochenta para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Turrialba, a las nueve horas del treinta de abril del dos mil veintiséis.—Licda. Natalia Gómez Aguirre, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072615 ).

Por escritura número otorgada ante el treinta y nueve-dos Notaria Pública, Laura María Jiménez Rojas de las nueve horas del veintinueve de diciembre del dos mil veinticinco, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada: Sombras Rentals LLC sociedad de responsabilidad Limitada, cédula jurídica: tres-ciento dosochocientos treinta y seis mil ochocientos cuarenta y ocho, con domicilio social en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, urbanización las Palmas, urbanización El Pueblito, oficina número dieciocho, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley numero diez mil quinientos noventa y siete. diecinueve horas del veintitrés de abril del dos mil veintiséis. Licda. Laura María Jiménez Rojas Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072618 ).

Por escritura número sesenta y cuatro otorgada ante el Notaria Pública, Laura María Jiménez Rojas de las diecinueve horas del veintitrés de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada tres — ciento dos — ochenta y siete treinta y tres setenta y uno, cédula jurídica: tres — ciento dos — ochenta y siete treinta y tres setenta y uno, con domicilio social en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del Coco, centro comercial playa del coco segundo piso, oficina Terra Law, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. diecinueve horas del veintitrés de abril del dos mil veintiséis. Licda. Laura María Jiménez Rojas Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072619 ).

Por escritura número sesenta y seis otorgada ante el Notaria Pública, Laura María Jiménez Rojas de las diecinueve horas del veintitrés de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada VILLA BLUFF MARINERS LAM SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica tres — ciento uno — treinta y nueve ochenta y seis cuarenta y uno, con domicilio social en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas Hermosa de Sardinal, condominio Residencial Mariners Point, unidad C-4, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Diecinueve horas del veintitrés de abril del dos mil veintiséis. Licda. Laura María Jiménez Rojas Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072620 ).

Por escritura número sesenta y seis otorgada ante el Notaria Pública, Laura María Jiménez Rojas de las diez horas del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada: CASA BOSQUE TRANQUILO DE VILLAREAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. cédula jurídica tres — ciento dos — ochenta y seis noventa y cuatro cero cinco, con domicilio social en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo, Rancho Villa Real, lote número setenta y ocho, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Diez horas del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis. Licda. Laura María Jiménez Rojas Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072621 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y cinco, visible al folio ciento veintitrés vuelto, del tomo diez, a las once horas diez minutos del siete de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad COSTA CARRILLO LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres- ciento dos-ochocientos cuarenta y nueve mil setecientos diecisiete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Puerto Carrillo de Hojancha, Guanacaste, trece de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Edgar Manrique Salazar Sánchez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072622 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y cuatro, visible al folio ciento veintitrés frente, del tomo diez, a las once horas del siete de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Gerente apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad LV DALTON (CARRILLO) LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres- ciento dos- quinientos cuarenta y ocho mil ochocientos uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Puerto Carrillo de Hojancha, Guanacaste, trece de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Edgar Manrique Salazar Sánchez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072624 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 217-3, iniciada a folio 182, del tomo 3, se presentó solicitud por parte del representante legal de Inversiones Populares de Occidente S. A., cédula 3-101-170515, para incorporar el correo electrónico, en el domicilio social de la sociedad, conforme a la Ley número 10597. San Ramón, Alajuela, 06 de mayo del 2026. Licda. María Auxiliadora Montoya Villalobos. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072626 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas veinte minutos del Treinta de abril del Dos Mil Veintiséis, escritura número Ciento Treinta y Seis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad PANADERIA LA DUQUESA SOCIEDAD ANONIMA. Notario Público. Lic. Johan Herrera Ramirez, 1 vez San Ramón, Quince de mayo del Dos Mil Veintiséis.—1 vez.—( IN202601072629 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del treinta de marzo del Dos Mil Veintiséis, escritura número Noventa y Uno, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad ENCARNACAO SOCIEDAD ANONIMA. Notario Público. Lic. Johan Herrera Ramirez, 1 vez San Ramón, Quince de mayo del Dos Mil Veintiséis.—1 vez.—( IN202601072631 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas diez minutos del dieciséis de abril del dos mil veintiséis, escritura número ciento diecinueve, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad FAGOVE HLG LLIMITADA.—San Ramón, Quince de mayo del Dos Mil Veintiséis.—Lic. Johan Herrera Ramírez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072632 ).

En la Notaria del Licenciado Martin Alvarez Zamora, se tramita la solicitud de incorporación de correo vimatrans21@yahoo.com conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, de la sociedad , VIMATRANS SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica tres – ciento uno – cinco siete cuatro cero tres seis Es Todo, Alajuela 05 de mayo del 2026. Lic. Martin Alvarez Zamora Notario Público.—1 vez.—( IN202601072634 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas diez minutos del Treinta de abril del Dos Mil Veintiséis, escritura número Ciento Treinta y Cinco, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad PRODISPAN DE OCCIDENTE SOCIEDAD ANONIMA. Notario Público. Lic. Johan Herrera Ramírez, San Ramón, Quince de mayo del Dos Mil Veintiséis.—1 vez.—( IN202601072635 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 160-19 visible al folio 147 frente del tomo 19 de las 08:34 horas del 4 de mayo del 2026, por solicitud de INVERSIONES RENZO LIMITADA, cédula jurídica 3-102-070130 se incorpora correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley Nº 10597 y art. 19 Código Comercio. San Jose, 12 de mayo del 2026. Lic. Eugenio Vargas Ramírez.—1 vez.—( IN202601072636 ).

Por escritura número 45 – 4 de las 12:00 del 05 de mayo del 2026 otorgada ante mi Notaria, se solicitó la inclusión del correo electrónico como medio para notificaciones de la sociedad Ella Developments S.R.L. San José, 15 de mayo del 2026. JUAN SEBASTIÁN MAINIERI CAMACHO - Notario Público.—1 vez.—( IN202601072637 ).

Que mediante escritura pública número ciento veintiocho, autorizada en Puriscal, en esta notaría, a las doce horas del treinta de Marzo del año dos mil veintiséis, las representantes legales de la persona jurídica Inversiones Chavarría y Azofeifa Sociedad Anónima, cédula jurídica Tres- ciento uno – trescientos ochenta y cuatro mil trescientos cuatro solicitaron al Departamento de Personas Jurídicas las inclusión del correo electrónico marchavarria21c@gmail.com como medio para recibir notificaciones, de conformidad con la Directriz DPJ-cero cero dos – dos mil veinticinco del Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Puriscal, treinta de marzo del dos mil veintiséis. Lic. Eduardo Mora Sibaja, Notario.—1 vez.—( IN202601072638 ).

Por escritura número ciento setenta-veinte, otorgada ante el Notario Público Alonso Vargas Araya, a las 8:30 horas del día 12 de mayo del año 2026, se solicita la inclusión de correo electrónico, en la sociedad CANACOSTA VENTURES, S. A., con cédula jurídica 3-101-795480, en la cual se incorpora un correo electrónico para atender notificaciones.—San José, 12 de mayo del año 2026.—Lic. Alonso Vargas Ramírez.—1 vez.—( IN202601072640 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y cinco, del tomo nueve, del quince de mayo del dos mil veintiséis, la sociedad: GOYTER LIMITADA, cédula jurídica tres – ciento dos –quinientos cuarenta y siete mil quinientos treinta y cuatro, solicitó al Registro de Personas Jurídicas, la inscripción de un correo electrónico en el domicilio social de la compañía, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, dieciséis de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Karla Santana Vega.—1 vez.—( IN202601072641 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y seis, del tomo nueve, del quince de mayo del dos mil veintiséis, la sociedad: HEMBEK SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres – ciento uno –cuatrocientos cuarenta y seis mil seiscientos cuarenta y dos, solicitó al Registro de Personas Jurídicas, la inscripción de un correo electrónico en el domicilio social de la compañía, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, dieciséis de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Karla Santana Vega.—1 vez.—( IN202601072642 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y siete del tomo nueve, del quince de mayo del dos mil veintiséis, la sociedad: NEXT CONSULTING SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres – ciento uno –trescientos ochenta y un mil ciento catorce, solicitó al Registro de Personas Jurídicas, la inscripción de un correo electrónico en el domicilio social de la compañía, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, dieciséis de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Karla Santana Vega.—1 vez.—( IN202601072643 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y ocho, del tomo nueve, del quince de mayo del dos mil veintiséis, la sociedad: URUCABO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tresciento unociento cuarenta y dos mil ciento trece, solicitó al Registro de Personas Jurídicas, la inscripción de un correo electrónico en el domicilio social de la compañía, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, dieciséis de mayo de dos mil veintiséis.—Licda. Karla Santana Vega.—1 vez.—( IN202601072644 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cuarenta, visible al folio dieciocho vuelto del tomo dos, a las quince horas del veinte de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Presidente y representante legal de ALFALONS VEINTIUNO SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- - ochocientos mil novecientos uno para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Alajuela, a las diecisiete horas del seis de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Lic. Mónica A. López Solano. Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601072646 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y dos, visible al folio cincuenta y siete vuelto del tomo tres del protocolo de la suscrita Notario, a las once horas del trece de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad anónima INVERSIONES RIFERGO FMCC SOCIEDAD ANÓNIMA con la cédula de persona jurídica número TRES – CIENTO UNO – CINCO DOS CERO CINCO UNO TRES, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, Ciudad Colón, a las doce horas del día trece de mayo del año dos mil veintiséis. Licda María Lucila Monge Pizarro, Notario Público, carné cinco mil ochocientos cuarenta y dos.—1 vez.—( IN202601072647 ).

Mediante escritura número treinta y cuatro del quince de mayo del 2026 del tomo 14 del protocolo de la Notaria Publica Hazel Sancho González, el señor HERIBERTO VIQUEZ BARRANTES, cédula 4-0100-1425, en representación de las sociedades VIAGRASA S. A.., cédula jurídica 3-101-601852, QUEBRADA LA LLORONA S. A., cédula jurídica 3-101- 601990, LAS LOMAS DE LOS VIQUEZ BARRANTES S. A., cédula jurídica 3-101-304186, VIQUEZ ARIAS S. A., cédula jurídica 3-101-052085; solicita al Registro Nacional, Sección Personas Jurídicas, se agregue en el pacto constitutivo de cada una de sus representadas en la cláusula del Domicilio lo siguiente: Se establece para recibir notificaciones el siguiente correo electrónico info@familyviquezarias.com, para dar cumplimiento a lo establecido en la ley 10597.- Es todo, Heredia, quince de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Hazel Sancho González.—1 vez.—( IN202601072648 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y tres visible al folio cincuenta y ocho frente del tomo tres del protocolo a las quince horas del trece de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de STARALADOGA JR SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ocho dos cuatro cinco siete cero, mediante la cual se acordó reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo denominada: “DEL DOMICILIO”. Además se acordó incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, Ciudad Colón, a las quince horas treinta minutos del día trece de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. María Lucila Monge Pizarro. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072649 ).

Mediante escritura número treinta y ocho, del quince de mayo del 2026 del tomo 14 del protocolo de la Notaria Publica Hazel Sancho González, la señora Ana Cristina Viquez Arias, cédula 1-1186-0543, actuando en su condición de representante legal de las empresas RADICAL ROOTS S.A.., cédula jurídica 3-101-618569 y la empresa TRES- CIENTO DOS- OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO SRL, cédula jurídica 3-102-882545; solicita al Registro Nacional, Sección Personas Jurídicas, se agregue en el pacto constitutivo de cada una de sus representadas en la cláusula del Domicilio lo siguiente: Se establece para recibir notificaciones el siguiente correo electrónico carlosviquezarias@gmail.com, para dar cumplimiento a lo establecido en la ley 10597. Es todo.—Heredia, quince de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Hazel Sancho González.—1 vez.—( IN202601072651 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y siete, visible al folio cincuenta y cuatro frente del tomo tres del protocolo de la suscrita Notario, a las once horas del siete de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad anónima PROYECTOS E INVERSIONES ALFA TRES AMAS SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número TRES – CIENTO UNO – CUATRO CERO CINCO CERO NUEVE TRES, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, Ciudad Colón, a las once horas treinta minutos del día siete de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. María Lucila Monge Pizarro Notario Público, carné cinco mil ochocientos cuarenta y dos.—1 vez.—( IN202601072652 ).

Mediante escritura número treinta y siete del quince de mayo del 2026 del tomo 14 del protocolo de la Notaria Publica Hazel Sancho González, la señora ANA LAURA VIQUEZ ARIAS, cédula 1-1029-0976, actuando en su condición de representante legal de las empresas HERMANOS VIQUEZ ARIAS S. A.., cédula jurídica 3-101-549693 e INMOBILIARIA OSLA CERO DOS S. A., cédula jurídica 3-101-446037; solicita al Registro Nacional, Sección Personas Jurídicas, se agregue en el pacto constitutivo de cada una de sus representadas en la cláusula del Domicilio lo siguiente: Se establece para recibir notificaciones el siguiente correo electrónico lauviquez@hotmail.com, para dar cumplimiento a lo establecido en la ley 10597.- Es todo, Heredia, quince de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Hazel Sancho González.—1 vez.—( IN202601072653 ).

Por escritura número Ciento cincuenta y nueve otorgada a las ocho horas del día doce de mayo de dos mil veintiséis, el representante legal de la sociedad GRUPO C&M INGENIERÍA, SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- setecientos ochenta y tres mil ochocientos cuarenta y seis, compareció ante la suscrita Notaria, a informar correo electrónico para notificaciones de la sociedad. Licda. Luciana Acevedo Gutiérrez, Notaria Pública. Cartago, doce de mayo de dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601072655 ).

La sociedad “AGOSTO VEINTIUNO SOCIEDAD ANONIMA” cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos cincuenta y siete mil seiscientos noventa y seis, procede con la inclusión de correo electrónico a los estatutos de la sociedad según Ley 10597. Licda. ILEANA MARIA RODRIGUEZ GONZALEZ. Notaria Pública. Una publicación.—1 vez.—( IN202601072656 ).

Mediante escritura número treinta y seis del quince de mayo del 2026 del tomo 14 del protocolo de la Notaria Publica Hazel Sancho González, la señora ANA MARIA ARIAS CAMPOS, cédula 4-0106-0448, actuando en su condición de representante legal de la empresa TRIANA MARIA S. A.., cédula jurídica 3-101-283168; solicita al Registro Nacional, Sección Personas Jurídicas, se agregue en el pacto constitutivo de su representada en la cláusula del Domicilio lo siguiente: Se establece para recibir notificaciones el siguiente correo electrónico info@familyviquezarias.com, para dar cumplimiento a lo establecido en la ley 10597.- Es todo, Heredia, quince de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Hazel Sancho González.—1 vez.—( IN202601072657 ).

Por escritura número sesenta y ocho otorgada ante el Notaria Pública, Laura María Jiménez Rojas de las doce cinco de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas: I. Alturas Hermosas Finca Cinco IJ sociedad anónima Con cédula jurídica tres — ciento uno — treinta y ocho trece noventa y seis. II. Tres ciento dos- ochenta once cero dos, con cedula jurídica Tres ciento dos- ochenta once cero dos, con domicilio social en Guanacaste, Santa cruz, Cabi velas Playas Flamingo, contiguo a la marina, oficina Sfera legal., mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Doce horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Laura María Jiménez Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072658 ).

Por escritura número sesenta y nueve otorgada ante el Notaria Pública, Laura María Jiménez Rojas de las dieciocho horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas: I. BLUE ZONE BEVERAGES SOCIEDAD ANONIMA Con cédula jurídica tres — ciento uno — cincuenta y siete treinta y tres cincuenta y dos, con domicilio social en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playa del Coco, de la Comandancia policial, cien metros Este, contiguo al Restaurante ZI Longe. II. Tres- ciento dos- setenta y nueve- cuarenta- cincuenta y uno, Con cédula jurídica: Tres- ciento dos- setenta y nueve- cuarenta- cincuenta y uno, Domicilio Social: Guanacaste, Liberia, San Lorenzo, Mayorga, de la pasa de deportes quebrada grande, un kilómetro al noroeste, San Lorenza, edificio de dos plantas, color blanco a mano derecha, oficina uno, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. dieciocho horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Laura María Jiménez Rojas Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072659 ).

Por escritura número setenta otorgada ante el Notaria Pública, Laura María Jiménez Rojas de las dieciocho horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas: I. KASH MONEY INVESTMENTS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cedula jurídico número: Tres -ciento dos- setecientos treinta y nueve mil setecientos cuarenta y nueve. II. HERMOSA CAPITAL Sociedad de Responsabilidad Limitada, cedula jurídico número: Tres -ciento dos- setenta y seis setenta y cuatro cuarenta y dos. III. NOVA BAY CAPITAL Sociedad de Responsabilidad Limitada, cedula jurídico número: Tres -ciento dos- setenta y ocho noventa y nueve cuarenta. IV. CASANRADEX JHC DEL NORTE SA, Tres - ciento uno- treinta y uno treinta y cuatro cero nueve, domicilio social Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Playas del coco frente al Banco Nacional. V. Tres ciento uno- setenta y seis cincuenta y dos cincuenta y tres S.A, cedula jurídico número: Tres ciento unosetenta y seis cincuenta y dos cincuenta y tres, con domicilio social en San Jose, Montes de Oca, San Pedro, Barrio Dent, Del INEC, veinticinco metros al Sur, Intelex, Bufete Echeverria, Casa mano izquierda, color crema., mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Diez horas del seis de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Laura María Jiménez Rojas Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072660 ).

Por escritura número setenta y uno otorgada ante el Notaria Pública, Laura María Jiménez Rojas de las once del once de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada: ELECTRODATOS Y SISTEMAS SOCIEDAD ANÓNIMA, domiciliada en San José, Goicoechea, Ipis, bar la amistad, doscientos metros al este, casa veintiuno D con cédula jurídica número: Tres- ciento unosetenta y dos ochenta y seis cincuenta y dos. mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. las once del once de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Laura María Jiménez Rojas Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072661 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y seis - dieciocho, visible al folio noventa y ocho frente y vuelto, del tomo dieciocho de mi protocolo, a las seis horas quince minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de JULIO CESAR CASTILLO CALDERON, Gerente uno con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad SERVICIOS TÉCNICOS CAMCAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cedula jurídica número tres - ciento dos – ochocientos cuarenta y cinco mil doscientos noventa y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Olga Mayela Brenes Fonseca, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072662 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y siete - dieciocho, visible al folio noventa y ocho vuelto y noventa y nueve frente, del tomo dieciocho de mi protocolo, a las seis horas treinta minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de KEINOR ALBERTO PRADO VEGA, Gerente uno con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad SERVICIOS TÉCNICOS F P C SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cedula jurídica número tres - ciento dos – ochocientos ochenta y cinco mil seiscientos cuarenta y siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Olga Mayela Brenes Fonseca, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072663 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y cinco - dieciocho, visible al folio noventa siete vuelto y noventa y ocho frente, del tomo dieciocho de mi protocolo, a las seis horas del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de LUIS BERNARDO PORTUGUEZ JIMENEZ, Gerente uno con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad SERVICIOS TECNICOS LPORTUS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cedula jurídica número tres - ciento dos – ochocientos cuarenta y cinco mil ochocientos dieciocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Olga Mayela Brenes Fonseca, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072664 ).

A las 11:00 horas de hoy, compareció el representante legal de las sociedades Compañía Constructora Internacional del Sur S. A. cédula jurídica 3-101-063099, Hotel Vacaciones en Movimiento y disfrute C.R S. A., cédula jurídica 3-101-079203, Rojo Vino RVP Verde Plata S.A, cédula jurídica 3-101-246509, Gramas Vista del Oeste S.A, cédula jurídica 3-101-713334, Inmobiliaria Marica Hnos SRL, cédula jurídica 3-102-847572, para ofrecer correo electrónico para recibir notificaciones, los siguientes, facturas@coinsur.cr, robma772016@gmail.com, robma772016@gmail.com, robma772016@gmail.com y inmafactura@gmail.com respectivamente, en acatamiento a lo legalmente solicitado. San José, 12 de mayo del dos mil veintiséis. Notaria Zahyra Felicia Carpio Monge.—1 vez.—( IN202601072666 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y uno, del tomo nueve, del catorce de mayo del dos mil veintiséis, la sociedad: 3-102-940862 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres – ciento dos – novecientos cuarenta mil ochocientos sesenta y dos, solicito al Registro de Personas Jurídicas, la inscripción de un correo electrónico en el domicilio social de la compañía, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, dieciséis de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Karla Santana Vega.—1 vez.—( IN202601072668 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y dos, del tomo nueve, del catorce de mayo del dos mil veintiséis, la sociedad: BODEURUCA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres – ciento uno –ciento cuarenta y dos mil quinientos setenta y tres, solicito al Registro de Personas Jurídicas, la inscripción de un correo electrónico en el domicilio social de la compañía, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, dieciséis de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Karla Santana Vega.—1 vez.—( IN202601072669 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y tres, del tomo nueve, del catorce de mayo del dos mil veintiséis, la sociedad: CIRCUNRADIAL SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres – ciento uno –ciento cuarenta y dos mil ciento tres, solicito al Registro de Personas Jurídicas, la inscripción de un correo electrónico en el domicilio social de la compañía, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, dieciséis de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Karla Santana Vega.—1 vez.—( IN202601072670 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y cuatro, del tomo nueve, del catorce de mayo del dos mil veintiséis, la sociedad: FHB UNO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres – ciento uno –quinientos setenta y seis mil novecientos cuarenta y tres, solicito al Registro de Personas Jurídicas, la inscripción de un correo electrónico en el domicilio social de la compañía, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, dieciséis de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Karla Santana Vega.—1 vez.—( IN202601072671 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 11 horas del dieciocho de mayo del 2026, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada TAILORED COLOR SOLUTIONS LATAM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3- 102- 7 8 9 4 2 8, donde se acuerda la disolución de la compañía. San José, 18 de mayo del 2026. Lic. MARIO MORALES GUZMAN. Notario.—1 vez.—( IN202601072673 ).

Mediante escritura número treinta y cinco del quince de mayo del 2026 del tomo 14 del protocolo de la Notaria Publica Hazel Sancho González, el señor HERIBERTO VIQUEZ BARRANTES, cédula 4-0100-1425, y JORGE ALBERTO BARRANTES CASCANTE, cédula número 4-0136-0616, actuando de forma conjunta en su condición de Apoderados Generalísimos sin límite de suma de la empresa GOTA DE SANGRE NOVENTA Y OCHO S. A.., cédula jurídica 3-101-222537; solicitan al Registro Nacional, Sección Personas Jurídicas, se agregue en el pacto constitutivo de su representada en la cláusula del Domicilio lo siguiente: Se establece para recibir notificaciones el siguiente correo electrónico info@familyviquezarias.com, para dar cumplimiento a lo establecido en la ley 10597.- Es todo, Heredia, quince de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Hazel Sancho González.—1 vez.—( IN202601072674 ).

Mediante escritura número treinta y nueve del quince de mayo del 2026 del tomo 14 del protocolo de la Notaria Publica Hazel Sancho González, la señora ANA CRISTINA VIQUEZ ARIAS, cédula 1-1186-0543, actuando en su condición de representante legal de la empresa TERRON PARTNERS S. A.., cédula jurídica 3-101-148705; solicita al Registro Nacional, Sección Personas Jurídicas, se agregue en el pacto constitutivo de su representada en la cláusula del Domicilio lo siguiente: Se establece para recibir notificaciones el siguiente correo electrónico joaquin@viquezarias.com, para dar cumplimiento a lo establecido en la ley 10597.- Es todo, Heredia, quince de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Hazel Sancho González.—1 vez.—( IN202601072676 ).

Mediante escritura número 70, del tomo 1, otorgada el día 08 de mayo del 2026, ante el suscrito Notario, se solicita la incorporación del correo electrónico: notificaciones@omega-legal.com de la sociedad LELIOLI SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-229787. Es todo. San José, 11 de mayo del 2026. Lic. Orval Alexander Samuels Givans.—1 vez.—( IN202601072681 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 70 del tomo 2, otorgada a las 9 horas y 05 minutos del día 11 de mayo del año 2026, compareció Irene del Jesús Hidalgo Cordoba comparecieron la Apoderado Generalísimo y Sin Límite de Suma de la sociedad FERRETERÍA REPUNTA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número 3- 101 -696313, donde se establece como medio de notificaciones formales la siguiente dirección de correo electrónico: Infoferreteriarepunta@gmail.com. Es todo.—Pérez Zeledón, 11 de mayo del año 2026.—Lic. Beiner Ortiz Rojas.—1 vez.—( IN202601072683 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria Sharon Núñez Milgram, a las once horas del diecisiete de mayo del dos mil veintiséis, se incluye como medio de notificación el correo electrónico en la sociedad AMKEN SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-345020. Publíquese una vez. San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601072684 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria Sharon Núñez Milgram, a las diez horas treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintiséis, se incluye como medio de notificación el correo electrónico en la sociedad RANSON AUTOHAUS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-594773. Publíquese una vez. San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601072685 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria Sharon Núñez Milgram, a las diez horas del diecisiete de mayo del dos mil veintiséis, se incluye como medio de notificación el correo electrónico en la sociedad RBA SOLUCIONES INTEGRALES DEL NORTE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-751617. Publíquese una vez. San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601072686 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria Sharon Núñez Milgram, a las once horas treinta minutos del diecisiete de mayo del dos mil veintiséis, se incluye como medio de notificación el correo electrónico en la sociedad SERVICIOS INDUSTRIALES AM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-703854. Publíquese una vez. San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601072687 ).

Por escritura número setenta y tres otorgada ante el Notaria Pública, Laura María Jiménez Rojas de las trece del once de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas: CORPORACIÓN LA MORITA C M SOCIEDAD ANÓNIMA, domiciliada en San José, San José; urbanización las Luisas, Casa número catorce, cedula jurídica: Tres. Ciento uno- dieciocho trece sesenta y nueve mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Las trece del once de mayo del dos mil veintiséis Pública. Licda. Laura María Jiménez Rojas Notaria.—1 vez.—( IN202601072688 ).

Por escritura número setenta y dos otorgada ante el Notaria Pública, Laura María Jiménez Rojas de las doce horas once de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas: ALQUILERES BRILLANTES LLC LIMITADA, cédula jurídica: Tres- uno cero dos- siete siete seis cero uno uno. II. ERROR BRILLANTE LLC LIMITADA, cédula jurídica: Tres- ciento dos-setenta y cinco ochenta y nueve dieciséis, domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, Tamarindo la Garita, contiguo a condominio El Sardinal, En oficinas Ahorro y Asociados mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Las doce horas del once de mayo del dos mil veintiséis Pública. Licda. Laura María Jiménez Rojas Notaria.—1 vez.—( IN202601072689 ).

Por escritura número setenta y seis otorgada ante el Notaria Pública, Laura María Jiménez Rojas de las alas diecinueve horas del trece de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada: MERCADEO AL VALOR DEL ISTMO SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula jurídica: Tres. Ciento uno- veintisiete cuarenta y cinco noventa y nueve, domiciliada en San José, San José; Curridabat, lomas de Ayarco Norte, casa cuatro -F, carretera a Tres Rios, del comisariato la Laguna, cien metros norte, ciento ochenta metros oeste, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Las diecinueve horas del trece de mayo del dos mil veintiséis. Notaria Pública. Licda. Laura María Jiménez Rojas Notaria.—1 vez.—( IN202601072690 ).

Por escritura número setenta y tres otorgada ante el Notaria Pública, Laura María Jiménez Rojas de las nueve horas treinta minutos de quince mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas: GUILLERMO Y ROSIBEL SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número TRES-CIENTO UNO SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO, domicilio social, ubicado en la provincia de San José, cantón San José, Montes de Oca, Carmen, Barrio Escalante, calle treinta y siete y treinta y nueve, avenida quince mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Las nueve horas treinta minutos del quince de mayo del dos mil veintiséis Pública. Licda. Laura María Jiménez Rojas Notaria.—1 vez.—( IN202601072691 ).

Por escritura número setenta y cinco otorgada ante el Notaria Pública, Laura María Jiménez Rojas de las nueve del quince de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas: CARBAR DE QUEPOS INVERSIONES LIMITADA, cédula jurídica: Tres- uno cero dos- cincuenta Veintiuno veintiocho, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Las nueve horas quince de mayo del dos mil veintiséis Pública. Licda. Laura María Jiménez Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN202601072692 ).

BOSQUES DE ALTAMIRA CASA CERO CERO NUEVE SPANNA SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica tres–ciento uno–tres cuatro dos cinco tres ocho, solicita la INCLUSION DEL CORREO ELECTRONICO: smumata@hotmail.com para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete para recibir Notificaciones Administrativas y Judiciales. Escritura otorgada a las. nueve horas del diecisiete de mayo del dos mil veintiseis Notaria: Damaris Villalta Soto – CARNE 5204. Licda. Damaris Villalta Soto – carne 5204.—1 vez.—( IN202601072694 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día dieciocho de mayo de dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada Cabuya Florida, S. A., donde se acuerda modificar la cláusula de los estatutos de la Compañía, relativa a su domicilio social; y de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: domiciliodigital@blplegal.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente.—San José, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601072699 ).

En instrumento número Cuarenta otorgado ante esta notaria a las catorce horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza Acta General Extraordinaria de la sociedad MARANA DEL ESTE DIECINUEVE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento sesenta y seis mil ochocientos noventa y nueve, con domicilio social en San José-Curridabat doscientos metros sur y setenta y cinco este de la Heladería Pops, donde se incluye cuenta de correo electrónico de la sociedad, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, en la fecha y hora que indica el certificado digital. Licda. Mónica Patricia Monge Díaz -Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072703 ).

Por medio de la escritura número cuarenta y ocho, otorgada a las once horas del día veintisiete de marzo del dos mil veintiséis, la sociedad el jardín de los deseos srl, solicita se incluya el correo electrónico para esta sociedad en el registro público de costa rica el siguiente ragumercr@gmail.com. - notario público licenciado José Rolando González Argüello.—1 vez.—( IN202601072704 ).

Mediante escritura número noventa y dos - ocho del siete de mayo del dos mil veintiséis, otorgada ante la notaria Hellen Cordero Mora, se solicita la inclusión del email calitrin@yahoo.com de la sociedad INVERSIONES CALITRIN SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica tres - ciento uno – doscientos cuarenta y nueve mil doscientos uno. Es todo. Heredia, 7 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072705 ).

Por escritura pública otorgada en mi Notaría, a las 09:00 horas, del 29 de abril de 2026, la sociedad SERVICIOS DE CONTADURIA CALDERON RAMIREZ Y ASOCIADOS S.A, cédula jurídica número 3-101-197505 incluyó el correo electrónico “monica@calderon.cr” como medio para recibir notificaciones conforme a la Ley número 10597. San José, 30 de abril de 2026. Lic. Daniela María Díaz Polo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072706 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se presenta ante al Registro Nacional la solicitud de inscripción del correo electrónico para la sociedad denominada Lubricantes y Accesories Cywenshy S. A. San José, diecisiete de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Juan Luis Calderón Castillo. Notario.—1 vez.—( IN202601072707 ).

Por medio de escritura número 228-21, visible a folio 175 frente, del tomo número 21, otorgada ante la suscrita Notario Público, a las 11:20 horas del día 17 de abril del año 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de Consorcio de Hermanos Granados Garro, Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-uno cero uno-tres dos ocho nueve dos ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San Isidro de El General de Pérez Zeledón, 17 de abril del año 2026.— María Catalina Garro Mora, Notario.—1 vez.—( IN202601072708 ).

Por medio de la escritura número cincuenta y uno, otorgada a las once horas del día treinta de marzo del dos mil veintiséis, la sociedad islas cabo grande s.a., solicita se incluya el correo electrónico para esta sociedad en El Registro Público de Costa Rica el siguiente thpiper@telus.net - Notario Público Licenciado José Rolando González Arguello.—1 vez.—( IN202601072709 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 72, de las 10:10 del 18 de mayo del 2026, visible al folio 39-F, del tomo 2, RAFAEL ADOLFO y ANA VICTORIA, ambos de apellidos ULATE BARQUERO, el primero representante legal de GRUPO H U LIMITADA, cédula jurídica TRES - CIENTO DOS - SESENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO. Ambos representantes legales, actuando conjuntamente de TRES-CIENTO UNO-QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO S. A., cédula jurídica TRES - CIENTO UNO - QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO, solicitan incorporar en los asientos registrales de cada una de las sociedades, el correo electrónico conforme a la Ley número 10597. San José, a las 11:00 del 18 de mayo del 2026. Lic. Agustín Vega Quesada. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072711 ).

ANTE ESTA NOTARÍA, MEDIANTE ESCRITURA OTORGADA A LAS DOCE HORAS CUARENTA MINUTOS DEL TRES DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS, ESCRITURA NÚMERO CINCUENTA Y SEIS DEL TOMO CIENTO DOS, SE PRESENTÓ SOLICITUD POR PARTE DE GERARDO ALBERTO SANCHEZ ALPIZAR, APODERADO DE LA COMPAÑÍA S Y S ORIENTAL TRADING , SOCIEDAD ANONIMA , CÉDULA JURÍDICA TRES-UNO CERO UNO- DOS SEIS SEIS SIETE NUEVE SIETE , PARA INCORPORAR UN CORREO ELECTRÓNICO EN EL DOMICILIO SOCIAL DE LA SOCIEDAD CONFORME A LA LEY NÚMERO DIEZ MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE. SAN JOSÉ, A LAS DOCE HORAS CUARENTA MINUTOS DEL TRES DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS. -CARLOS EDUARDO UMAñA BRENES, NOTARIO.—1 vez.—( IN202601072712 ).

En la Notaria del Licenciado Martin Álvarez Zamora, se tramita la solicitud de incorporación de correo 421649260@qq.com conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, de la sociedad, IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES HF DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula jurídica, tres – ciento uno – siete ocho uno cinco dos cero. Es todo.—Alajuela 12 de mayo del 2026.—Lic. Martin Álvarez Zamora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072713 ).

Ante esta notaría mediante escritura número 117 otorgada a las 10 horas del 18 de mayo del año 2026, se ha solicitado liquidación de COMPAÑÍA CONSTRUCTORA J Y J MORALES S. A., cédula jurídica TRES-CIENTO UNO-SETECIENTOS SESENTA Y DOS MIL SETENTA Y OCHO. Se cita y emplaza a todos los interesados para que, dentro del término máximo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta Notaría con oficina en San José, Curridabat, frente a la entrada principal del Registro Público, a presentar sus reclamaciones y hacer valer sus derechos. San José, a las 11 horas del 18 de mayo de 2026. Licda. María Lucrecia Quesada Barquero. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072714 ).

Por escritura número 233-6 otorgada ante mí a las 11:00 horas del 18 de mayo del 2026, XAFREER SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-188836, solicita inclusión de correo electrónico emarin@solucioneseinversionesjuridicas.com. San José, 18 de mayo del 2026.—Ericka Marín Solano. Notaria Publico.—1 vez.—( IN202601072716 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cincuenta y dos, visible al folio ochenta y tres vuelto y ochenta y cuatro frente, del tomo ocho, a las dieciséis horas del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de kaum sociedad anónima, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno – cinco ocho ocho seis nueve tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Pérez Zeledón, a las dieciséis horas con cuarenta y cuatro minutos del día treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Randall Steven Núñez Salazar. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072717 ).

Por escritura otorgada en esta Notaría en San José a las trece horas del día diecisiete de mayo del año dos mil veintiséis, se protocolizo acta de Reforma Domicilio Social de la sociedad “ Hydroblasting de Costa Rica, S. A..”. Notaria: Saul Mauricio Rosales Vargas.- San José, 18 de mayo, 2026.—1 vez.—( IN202601072718 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cincuenta y cinco, visible al folio ochenta y cinco frente, del tomo ocho, a las doce horas del día dos del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de electromecánica e instrumentos musicales del sur sociedad anónima, con la cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – tres tres cero cuatro cero dos, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Pérez Zeledón, a las diez horas del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Randall Steven Núñez Salazar. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072719 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 73, de las 11:50 del 18 de mayo del 2026, visible al folio 39-V, del tomo 2, BRIAN STANLEY KUBICKI, representante legal de FINCA AGALYCHNIS S. A., cédula jurídica TRES - CIENTO UNO - CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NUEVE y de CENTRO DE INVESTIGACIONES B K DE ANFIBIOS NEOTROPICALES S. A., cédula jurídica TRES-CIENTO UNO-TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE, solicita incorporar en los asientos registrales de cada una de las sociedades, el correo electrónico conforme a la Ley número 10597. San José, a las 13:00 del 18 de mayo del 2026. Lic. Agustín Vega Quesada. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072720 ).

En escritura ciento ochenta- cuatro, a las quince horas del día diecisiete de julio del año dos mil veinticinco de esta notaria. Se hace saber que, en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente y para los efectos legales correspondientes, la sociedad CONSTRUCIONES MOJIKA CASTILLO Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA”, cedula jurídica número: tres ciento uno- tres siete tres nueve seis cinco con domicilio social en Alajuela- San Ramón, Santiago, El Emplame cien metros norte de La Escuela La Constancia, ha procedido a registrar oficialmente su dirección de correo electrónico facturasmojika@gmail.com ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. San Ramón veintitrés de abril del año dos mil veintiséis. Licda. Laura Campos Chaves. Abogada y Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072721 ).

Ante esta notaría, mediante escritura otorgada a las doce horas cincuenta minutos del tres de marzo del dos mil veintiséis, escritura número cincuenta y siete del tomo ciento dos, se presentó solicitud por parte de Gerardo Alberto Sánchez Alpízar , apoderado de la Compañía Trasportes Castilla de Oro, S. A. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno cuatro tres dos dos ocho seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las doce horas cincuenta minutos del tres de marzo del dos mil veintiséis.—Carlos Eduardo Umaña Brenes, Notario.—1 vez.—( IN202601072723 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento ochenta y nueve, visible al folio ciento veintinueve frente del tomo cuatro de mi protocolo, a las dieciséis horas del veinte de julio, se presentó solicitud por parte de Compañía Aerotécnica Limitada Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres -ciento dos- siete seis uno ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Alajuela a las diecisiete horas del día cinco de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Roberto Campos Sánchez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072725 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número TRESCIENTOS OCHO - CATORCE, del tomo CATORCE, del protocolo del Notario CARLOS ENRIQUE MORA ALFARO a las diez horas y treinta minutos del día veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del GERENTE con FACULTADES DE APODERADO GENERALISIMO de la sociedad CHUCHECARNES MARTÍNEZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cedula jurídica: TRES- CIENTO DOS- OCHO SIETE UNO DOS DOS CINCO, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de LIBERIA, a las once horas del día veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Carlos Enrique Mora Alfaro, cedula 206480124. Notario Público.—1 vez.—( IN20601072728 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número veinte, visible al folio doce frente, del tomo tres, dieciséis horas treinta minutos del día cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante Legal de la sociedad CORPORACION GAVILAN C Y A SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- doscientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Licda. Rebeca Esquivel Garita, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072730 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 72, de las 10:10 del 18 de mayo del 2026, visible al folio 39-F, del tomo 2, Rafael Adolfo y Ana Victoria, ambos de apellidos Ulate Barquero, el primero representante legal de GRUPO H U LIMITADA, cédula jurídica tres-ciento dos-sesenta mil cuatrocientos veinticuatro. Ambos representantes legales, actuando conjuntamente de Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Tres Mil Doscientos Noventa y Ocho S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y tres mil doscientos noventa y ocho, solicitan incorporar en los asientos registrales de cada una de las sociedades, el correo electrónico conforme a la Ley número 10597.—San José, a las 11:00 del 18 de mayo del 2026.—Lic. Agustín Vega Quesada, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072731 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número diecinueve, visible al folio once vuelto, del tomo tres, de las dieciséis horas del día cinco del mes de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante Legal de la sociedad CORPORACION ALIAN SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- trescientos cuarenta y ocho mil cero noventa y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Licda. Rebeca Esquivel Garita, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072732 ).

INCORPORACION DE CORREO. PUBLICACION UNA VEZ. Ante esta notaria, mediante escritura número cincuenta- siete visible a folio treinta y cuatro vuelto del tomo sétimo, a las nueve horas treinta minutos del día cuatro de Mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad DESARROLLOS MAPIMA P & H SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica número tres- ciento uno- trescientos veinticuatro mil ciento treinta y siete,, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José a las nueve horas treinta minutos del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Licenciada Patricia Campos Villagra. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072734 ).

Ante esta notaría, por escritura 177, folio 115 del tomo 3, se protocoliza el acta número 1 de la Asamblea General Extraordinaria de la sociedad ALAWA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica número 3-102-929999, mediante la cual se acordó reformar la Junta Directiva, y además reformar la cláusula octava del pacto constitutivo sobre la representación. Cóbano, 5 de mayo de 2026. Licda. Rosibeth Obando Loría. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072735 ).

Por escritura 211, tomo 3 de mi protocolo, la , representante de la empresa BRUMAR DEL PACIFICO S.A, cédula jurídica número 3-101- 154484, solicita la reposición de los libros Legales, debido al extravío de dichos libros de la sociedad anteriormente indicada. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la notaría de la Licda. Rosibeth Obando Loria, ubicada en Cóbano 50 metros este de la Oficina Regional de Seguridad Publica; dentro del término de 8 días hábiles contados a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Cóbano, 5 de mayo de 2026.—Licda. Rosibeth Obando Loria, Notaria.—1 vez.—( IN202601072736 ).

Ante esta notaría, por escritura 234, visible al folio 161 vuelto, del tomo 3, se presentó solicitud por parte del representante legal de COSMOLOVI LIMITADA, cedula jurídica 3-102-799535, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Cóbano, 18 de marzo del 2026. Licda. Rosibeth Obando Loría, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072738 ).

El suscrito, Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario Público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número siete, iniciada al folio cuatro vuelto del tomo cuarto, otorgada ante mi notaria a las doce horas del día catorce de mayo de dos mil veintiséis, se procedió a incluir correo electrónico en las empresas denominadas: MVV Inversiones y Distribuciones Valerio SRL, cedula jurídica: tres- ciento dos- ochocientos cuarenta y ocho mil ochocientos ochenta y seis; Inversiones Umaña & Quesada S.A, cedula jurídica número: tres- ciento uno- setecientos treinta mil novecientos diecinueve; Multiservicios Viquez & Valerio de Occidente SRL, cedula jurídica número: tres- ciento dos- novecientos un mil cuarenta y uno; Multiservicios y Desarrollos Four Brothers SRL, cedula jurídica número: tres- ciento dos- ochocientos ochenta mil cincuenta y seis; Inversiones la Villa del Campo de Occidente SRL, cedula jurídica número: tres- ciento dos- ochocientos setenta y nueve mil novecientos once; y, Desarrollos Verde Volcán de Atenas SRL., cedula jurídico número: Tres- Ciento Dos- ochocientos setenta y nueve mil novecientos doce.—1 vez.—( IN202601072739 ).

Ante esta notaría, por escritura 15, visible al folio 8 vuelto, del tomo 4, se presentó solicitud por parte del representante legal de compañía “N Y SPA SOCIEDAD ANONIMA”,cedula jurídica 3-101-690386, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Cóbano, 5 de mayo del 2026. Licda. Rosibeth Obando Loría ,Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072740 ).

Ante esta notaría, mediante escritura, número ciento veintidós, otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se solicita al Registro Nacional por parte de su representante legal, la inclusión del correo electrónico en la sociedad SYSCALL SYSTEMS, SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula de persona jurídica número tres – ciento uno – novecientos treinta y cinco mil ciento seis, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Lic. Roger Alberto Gonzalez Chavarría. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072741 ).

Ante esta notaría, mediante escritura, número ciento veintitrés, otorgada a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se solicita al Registro Nacional por parte de su representante legal, la inclusión del correo electrónico en la sociedad STEVEFRENO, LIMITADA, cedula de persona jurídica número tres – ciento dos - ochocientos un mil quinientos dos, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Lic. Roger Alberto González Chavarría. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072742 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número 105-3, visible al folio 116 vuelto, del tomo 3, a las 13 horas del día 5 del mes de mayo del año 2026, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas de TRES – CIENTO DOS – SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO, SRL, cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – setecientos ochenta y dos mil trescientos setenta y cinco, mediante la cual, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete y la Directriz número DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco, se acordó designar como dirección electrónica oficial de la sociedad para recibir notificaciones legales, administrativas y registrales el correo electrónico notificaciones@uniquelb.com . San José, el día 6 del mes de mayo del año 2026. Licda. Stephanie Garnier Sibaja. Notaria Pública. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601072743 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 190, visible al folio 95 vuelto, del tomo 1, a las 10:00 horas, del 28 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de GUISELLE GUTIÉRREZ ÁLVAREZ, cédula de identidad 104160661, en su condición de PRESIDENTE con facultades de Apoderada Generalísima sin Límite de Suma de la sociedad denominada NVA NAVASSA DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101-418144, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San Ramón, a las 18:00 horas del 28 de abril de 2026. Licda. Angie Damaris Zúñiga Solórzano. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072744 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número SETENTA Y NUEVE, visible a folio sesenta y tres frente y vuelto, del tomo UNO del Protocolo de la suscrita Notaria, a las dieciséis horas con treinta minutos, del primero de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Carlos Daniel Sánchez Castro, en su condición de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de Distribuidora La Voz CSC Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- uno dos nueve seis cinco siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las veintidós horas con cuarenta minutos del cuatro de mayo del presente año dos mil veintiséis. Licda. Karla Vanessa Sancho Morales, carnet 32635. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072745 ).

Mediante escritura pública número 62 de las 7:30 del 4 de mayo del 2026 ante esta notaría, las sociedades CESMAT CENTRO DE ESTUDIOS MATERNO FESTALES S.A., cédula jurídica número 3-101-353220 y la sociedad 3101640701 S.A., cedula jurídico número 3-101-640701, señalaron como email para notificaciones: drysandoval@hotmail.com, en cumplimiento de la Ley 10597.—San José, 04 de mayo 2026.—Emilio Arana Puente, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072746 ).

Por escritura otorgada en esta Notaria, a las 10:30 horas del 30/04/2026, el representante de la sociedad Taxioma S.A., cédula jurídica 3-101-686134, solicita la inclusión en la cláusula del domicilio del correo electrónico: oconsan@hotmail.com San José, 5 de mayo de 2026. Dr. Rafael Ángel Sanabria Rojas PUBLICAR 1 VEZ.—1 vez.—( IN202601072747 ).

Ante la Notaría del Licenciado Vinicio Villegas Arroyo, Tambor, Alajuela, doscientos cincuenta metros noreste de la entrada de Calle Vargas; Al ser las ocho horas del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se agregó correo electrónico para recibir notificaciones de la sociedad CONSTRUCTORA MACOÑO SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica tres- ciento uno- cinco seis seis siete cinco cinco seis nueve cero tres cero cinco, el siguiente constructoramacono@hotmail.com. Por una vez. Alajuela, al ser catorce horas veinte minutos del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. LIC. VINICIO VILLEGAS ARROYO.—1 vez.—( IN202601072748 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 198, visible al folio 98 vuelto, y 99 frente, del tomo 1, a las 14:20 horas, del 30 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de CAROLINA HIDALGO MORA, cédula dos cero seis siete ocho cero tres ocho cinco, en su condición de GERENTE con facultades de Apoderada Generalísima sin Límite de Suma de la sociedad denominada TECNODOMO CR TECNOLOGIA DOMOTICA DE COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres - ciento dos – ocho cinco cuatro cuatro seis cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San Ramón, a las 22horas 10 minutos del 30 de abril de 2026. Licda. Angie Damaris Zúñiga Solórzano. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072749 ).

Por escritura otorgada en esta Notaria, a las 8:30 horas del 30/04/2026, el representante de la sociedad 3-101-809466 S. A., cédula jurídica 3-101-809466, solicita la inclusión en la cláusula del domicilio del correo electrónico: martamesenrios@gmail.com San José, 5 de mayo de 2026. Dr. Rafael Ángel Sanabria Rojas.—1 vez.—( IN202601072750 ).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del día de hoy, se incluye cuenta de correo electrónico en la sociedad denominada: ALTA VISTA TERRAZA, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número: 3-101-342.453.- San José, 01 de mayo de 2.026 .- Lic. Freddy Abarca Alpízar.—1 vez.—( IN202601072751 ).

Mediante escritura número 65, visible a folio 98 frente del tomo 6 del protocolo del notario público Jorge Eduardo Ramos Ramos, se acordó la disolución y liquidación de la empresa TRES - CIENTO DOS - NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica 3-102-937786. San José, Escazú, 4 de mayo de 2026. MSC Jorge Eduardo Ramos Ramos, Notario Público, carné 13590, cédula 1-0920-0855.—1 vez.—( IN202601072752 ).

Ante mí, León Felipe Ramos Santos, Notario Público de Heredia, mediante escritura número ciento setenta y dos, del tomo nueve de mi protocolo, otorgada al ser las trece horas veinticinco minutos del veintiuno de abril del año dos mil veintiséis, en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete, el apoderado de la entidad Condominio Los Itabos Filial sesenta y tres Radon Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno- seiscientos treinta y dos mil cuatrocientos treinta y nueve, con domicilio social en Heredia, San Rafael, Santiago, Condominio Los Itabos, Apartamento cincuenta y ocho –A, incluye correo electrónico de la misma para efectos de notificaciones, el correo es: allanmadrigal3082@gmail.com.—Heredia, cuatro de mayo del año dos mil veintiséis.—León Felipe Ramos Santos, Notario.—1 vez.—( IN202601072753 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número SETENTA Y OCHO, visible a folios sesenta y dos vuelto y sesenta y tres frente, del tomo UNO del Protocolo de la suscrita Notaria, a las dieciséis horas, del primero de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Carlos Daniel Sánchez Castro, en su condición de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de Agropecuaria Llano Hermoso CSC Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cuatro dos cinco ocho cero siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las veintidós horas con treinta y cuatro minutos del cuatro de mayo del presente año dos mil veintiséis. Licda. Karla Vanessa Sancho Morales, carnet 32635. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072754 ).

Por escritura noventa otorgada ante el Notario Público Douglas Aymerich Matute, de las catorce horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico de la sociedad Diego Ivon Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Barrio Don Bosco, Calle Treinta, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento veinticuatro mil cero cuarenta y cinco, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, seis de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Douglas Aymerich Matute, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072756 ).

Ante mí, León Felipe Ramos Santos, notario público de Heredia, mediante escritura número ciento setenta y seis, del tomo nueve de mi protocolo, otorgada al ser las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis, en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete, el apoderado de la entidad Ana y Sergio Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – cuatrocientos cincuenta y un seiscientos cincuenta y siete, con domicilio social, en Alajuela, Alajuela Urbanización La Trinidad, del Supermercado doscientos metros al sur y cien al oeste, incluye correo electrónico de la misma para efectos de notificaciones, el correo es: sergio.oreamuno@gmail.com Heredia, cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Notario: León Felipe Ramos Santos.—1 vez.—( IN202601072757 ).

Se realiza la publicación, se indica correo electrónico de TORO MATA S.R.L al Registro Mercantil, para atender notificaciones. Licenciada Patricia Lizano Sánchez. Abogada.—1 vez.—( IN202601072758 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y seis de las diez horas diez minutos del dos de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de LAS HERIDAS SANAN CUANDO DEJAS DE TOCARLAS S. A., cédula jurídica número tres- ciento uno- siete dos siete uno nueve dos y PERPETUANDO A DAROVA S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno- siete siete uno dos cinco uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Allan Artavia Solís, Notario.—1 vez.—( IN202601072759 ).

Ante esta notaría, y de paso por de paso por Heredia, San Isidro, Concepción, de Yucas Bar de San Josecito de Heredia seiscientos metros norte, trescientos metros este, a mano derecha columnas blancas con azul, entrada calle de piedra doscientos metros al norte, mediante escritura número CIENTO TRECE, visible al folio CIENTO CUARENTA Y CUATRO frente del tomo primero de mi protocolo, a las catorce horas del día tres del mes de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de MANUELA MARÍA GIL ECHEVERRÍA, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número UNO – MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS – CERO CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO, casada en primeras nupcias, ingeniera agrónoma, vecina de Heredia, San Isidro, Concepción, de Yucas Bar de San Josecito de Heredia seiscientos metros norte, trescientos metros este, a mano derecha columnas blancas con azul, entrada calle de piedra doscientos metros al norte, quien comparece en su condición de GERENTE con facultades de Apoderada Generalísima Sin Límite de Suma de la sociedad PINAR DEL RIO EXPERIENCIAS PARA EL BUEN VIVIR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES, domiciliada en Heredia, San Isidro, Concepción, de Yucas Bar de San Josecito de Heredia seiscientos metros norte, trescientos metros este, a mano derecha columnas blancas con azul, entrada calle de piedra doscientos metros al norte, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las quince horas cincuenta y nueve minutos del día cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. ROSAURA MARÍA FONSECA RODRÍGUEZ. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072760 ).

Por escritura número 117 – 5: otorgada ante los Notarios Públicos KARINA ARCE QUESADA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 11 horas 30 minutos del 30 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad NEO COLLECTIVE, SRL, con cédula jurídica número 3-102-891922. San José, 04 de mayo del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601072761 ).

Mediante escritura número 66, visible a folio 98 vuelto del tomo 6 del protocolo del notario público Jorge Eduardo Ramos Ramos, se acordó la disolución y liquidación de la empresa RESERVA DE LA RAMBLA MALBEC UNIDAD TRES LIMITADA, cédula de persona jurídica 3-102-659588. San José, Escazú, 4 de mayo de 2026. MSC Jorge Eduardo Ramos Ramos, Notario Público, carné 13590, cédula 1-0920-0855.—1 vez.—( IN202601072762 ).

Que ante mi Notaria mediante escritura doscientos veintiocho del tomo dieciséis la compañía: CARROCERÍA Y PINTURA FONSECA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica: tres- ciento uno- seiscientos cinco mil trescientos diez, incluye la cuenta de correo electrónico carroceria-pintura@ice.co.cr para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Publíquese una vez.—Licda. Jenny María Ramos González, Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601072763 ).

Al ser las diez horas del veintitrés de abril de dos mil veintiséis, en esta notaría mediante escritura pública número SETENTA Y CINCO, del tomo PRIMERO del protocolo del NOTARIO JEMES JOHEL JIMENEZ CAMPOS se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada DISEÑO INSPECCIÓN Y CONSULTORÍA EN CARRETERAS Y OBRAS CIVILES DICCOC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintiocho de abril del dos mil veintiséis. LIC. JEMES JOHEL JIMENEZ CAMPOS, NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601072764 ).

Ante mí, León Felipe Ramos Santos, notario público de Heredia, mediante escritura número ciento setenta y siete, del tomo nueve de mi protocolo, otorgada al ser las trece horas veinte minutos del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis, en cumplimiento de la ley número diez mil quinientos noventa y siete, el apoderado de la entidad tres – ciento dos – ochocientos noventa y ocho mil diecinueve Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio social en Heredia, Santa Bárbara, costado este del estadio Carlos Alvarado, casa contiguo a la Terminal de Autotransportes Santa Bárbara, casa de dos plantas, portón café, incluye correo electrónico de la misma para efectos de notificaciones, el correo es: elena.gonzalez.alfarocr@gmail.com Heredia, cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Notario: León Felipe Ramos Santos.—1 vez.—( IN202601072765 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y cuatro, visible al folio ciento treinta y siete vuelto del Tomo Tercero de mi protocolo, a las catorce horas y veinte minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, se protocoliza acta de asamblea de cuotistas de la sociedad THEKA CORP SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres – uno cero dos – ocho seis ocho uno siete dos, para incorporar el correo electrónico tapiocabarcr@gmail.com, para atender notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Guanacaste, Nicoya, Sámara, a las ocho horas y treinta y cinco minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Licda. Yucelin Merta Castillo - Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072766 ).

Por escritura número doscientos treinta y seis otorgada ante el Notario Público, Marvin Gómez Leitón de las trece horas del veintidós de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada AGRICOLA GÓMEZ MARÍN SOCIEDAD ANÓNIMA, bajo el número de cédula jurídica tres – ciento uno – novecientos treinta y cuatro mil setecientos veinte, con domicilio social en San José – Dota, Jardín, un kilómetro al suroeste de la Escuela Manuel Ortuño Bautin, casa a mano izquierda color amarillo mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Marvin Gómez Leitón Notario Público.—1 vez.—( IN202601072767 ).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las diez horas quince minutos del cinco de mayo de dos mil veintiséis, la sociedad INVERSIONES SOVIVI SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101-154932, en cumplimiento de la Ley 10597, solicitó al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del correo electrónico a su respectivo asiento registral. PUBLICAR UNA VEZ. San José, a las once horas cincuenta y tres minutos del cinco de mayo del dos mil veintiséis. MARCELA FILLOY ZERR. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072768 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y cinco-dieciséis, visible al folio noventa y ocho frente, del tomo dieciséis, a las ocho horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de AMA, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3- 101- 012385, mediante la cual se acordó incorporar el correo electrónico para notificaciones veranidia02@gmail.com conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete; se modifica la cláusula de la administración, y se nombra nuevo presidente y secretario. San José, a las 8:00 del día 6 de mayo del 2026. Leda Di Napoli Perera. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072769 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO SESENTA Y CUATRO, visible al folio CIENTO CINCUENTA Y CINCO, del tomo VEINTIDÓS, a las diez horas quince minutos del quince de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del REPRESENTANTE LEGAL de la mercantil: i) PONTACQ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos – ochocientos once mil cuatrocientos; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cóbano, a las doce horas siete minutos del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis. LIC. SERGIO JOSÉ GUIDO VILLEGAS. NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601072771 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cien-dieciséis, visible al folio ciento cuatro frente, del tomo dieciséis, a las diez horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de LA MANSION DE BARRIO AMON BG, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3- 101- 464719, mediante la cual se acordó nombrar nuevo presidente. San José, a las 7:40 am del día 6 de mayo del 2026. Leda Di Napoli Perera. Notario Público..—1 vez.—( IN202601072772 ).

Ante esta notaria mediante escritura cincuenta y siete, visible al folio setenta y cuatro vuelto del tomo 36 del protocolo de la suscrita notaria a las dieciocho horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis se integra el correo electrónico según ley número 10597 de la sociedad CONDORESIDENCIA ACERO VERDE SOL SOCIEDAD ANONIMA cédula de persona jurídica número tres- ciento uno – trescientos sesenta y dos mil trescientos treinta y nueve ANAYANSY VALVERDE CHAVES. Notaria Publica. San José 29 de Abril del 2026.—1 vez.—( IN202601072773 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría el día de hoy, la sociedad denominada: BLUE SAT SERVICIOS ADMINISTRADOS DE TELECOMUNICACIONES, S. A., solicitó la incorporación de su correo electrónico a su respectivo pacto social, conforme a la Ley número: diez mil quinientos noventa y siete. San José, 05 de Mayo de 2026. Lic. George De Ford González. Tel. 2208-8750.—1 vez.—( IN202601072774 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y cinco, visible al folio ciento treinta y ocho frente del Tomo Tercero de mi protocolo, a las ocho horas y cinco minutos del primero de mayo del dos mil veintiséis, comparece la Gerente con facultades de Apoderada Generalísima Sin Límite de Suma de la sociedad TRES – UNO CERO DOS – OCHO CINCO CUATRO OCHO CINCO CUATRO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica tres – uno cero dos – ocho cinco cuatro ocho cinco cuatro, para incorporar el correo electrónico lilianaesme@gmail.com, para atender notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Guanacaste, Nicoya, Sámara, a las ocho horas y cuarenta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Licda. Yucelin Merta Castillo - Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072775 ).

Por escritura número ciento veintitrés del tomo tres, otorgada ante la Notaria Pública, Katherine Magally Arguedas Ruiz de las diez horas con treinta minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, se incluye la cuenta de correo electrónico construccionesyhwh@gmail.com dentro de la sociedad denominada CONSTRUCCIONES YAHWEH SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, domiciliada en Puntarenas, Corredores, Distrito Corredor, Ciudad Neily, Barrio La Fortuna, ochocientos metros noreste del Taller Polaco, casa color papaya, única casa lado izquierdo, con cédula jurídica número TRES- CIENTO DOS- OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Paso Canoas, 06 de mayo del 2026. MSC. Katherine Magally Arguedas Ruiz. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072776 ).

Por escritura otorgada en esta Notaria, a las 7:30 horas del 30/04/2026, el representante de la sociedad M Minúscula diseño y taller textil S. A., cédula jurídica 3- 101- 847804, solicita la inclusión en la cláusula del domicilio del correo electrónico: martamesenrios@gmail.com San José, 5 de mayo de 2026. Dr. Rafael Ángel Sanabria Rojas.—1 vez.—( IN202601072777 ).

Por escritura autorizada a las diecisiete horas treinta minutos de hoy, en mi Notaría, las compañías MARTINIQUE TRADING S. A., cédula jurídica número tres – ciento uno – trescientos cuarenta y siete mil setecientos tres, y SWAHILI TRADING S. A., cédula jurídica número tres – ciento uno – trescientos setenta y dos mil trescientos sesenta y ocho, solicitan la inscripción del correo electrónico: heike@martiniquetrading.com como medio para notificaciones. Grecia, veintiocho de abril del dos mil veintiséis. José Javier Vega Araya, Notario.—1 vez.—( IN202601072778 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y ocho, visible al folio ciento cuarenta y uno frente del Tomo Tercero de mi protocolo, a las ocho horas y cuarenta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad VISTA REAL ATARDECER EN LA PAMPA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres – uno cero uno – cuatro cuatro uno cero cinco siete, para incorporar el correo electrónico noesolorzano723@gmail.com, para atender notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Guanacaste, Nicoya, Sámara, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Yucelin Merta Castillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072779 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 106-3, visible al folio 117 vuelto, del tomo 3, a las 13 horas con 30 minutos el día 5 del mes de mayo del año 2026, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas de TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE, SRL, cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ochocientos cincuenta y cuatro mil trescientos ochenta y nueve, mediante la cual, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete y la Directriz número DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco, se acordó designar como dirección electrónica oficial de la sociedad para recibir notificaciones legales, administrativas y registrales el correo electrónico notificaciones@uniquelb.com . San José, el día 6 del mes de mayo del año 2026. Licda. Stephanie Garnier Sibaja. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072780 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número setenta y siete, visible a folio sesenta y dos frente y vuelto, del tomo uno del Protocolo de la suscrita Notaria, a las quince horas con treinta minutos, del primero de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Carlos Daniel Sánchez Castro, en su condición de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de Disel Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- uno tres ocho cinco uno cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las veintidós horas con veintisiete minutos del cuatro de mayo del presente año dos mil veintiséis.—Licda. Karla Vanessa Sancho Morales, carné 32635. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072781 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas del 30 de abril del 2026, la sociedad MANGO ESCAPE VEINTIUNO, S.R.L., cédula jurídica número 3-102-817260, solicita al Registro de Personas Jurídicas, la inclusión de correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas.—San José, 30 de abril del 2026—Mariela Hernández Brenes, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072782 ).

Por escritura número 175-13 otorgada ante esta Notaría a las 16:50 horas, del 4 de mayo de 2026, se solicita incorporar correo electrónico de la sociedad COMPAÑÍA DISTRIBUIDORA CINEMATOGRÁFICA DE COSTA RICA, S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-689560. San José, 5 de mayo del 2026. Jefté Javier Mathieu Contreras. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072783 ).

Por escritura número 255 del tomo 87 otorgada ante el suscrito notario José Miguel Zeledon Gómez, en la Ciudad de Limón a las 11:00 horas del 30 de abril del 2026, se protocoliza acta de Asociación Renacer Limoó Rosa, donde se nombra Vice-Presidenta. Limón, 30 de abril del 2026. Notario: José Miguel Zeledón Gómez.—1 vez.—( IN202601072784 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 103-3, visible al folio 114 vuelto, del tomo 3, a las 15 horas del día 4 del mes de mayo del año 2026, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas de SOUTH OF BROOKLYN LLC, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos – ochocientos treinta y tres mil novecientos dos, mediante la cual, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete y la Directriz número DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco, se acordó designar como dirección electrónica oficial de la sociedad para recibir notificaciones legales, administrativas y registrales el correo electrónico notificaciones@uniquelb.com.—San José, el día 6 del mes de mayo del año 2026.—Licda. Stephanie Garnier Sibaja, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072786 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 220-2, visible al folio 137 frente, del tomo 2, a las 11:30 horas, del 30 de abril del 2026, se presentó solicitud por parte del gerente con facultades de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de TECNOLOGIA MEDICA DE CENTRAMERICA TRES A S.R.L, con la cédula de persona jurídica número 3-102- 881071 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las 15:49 horas del 30 de abril del 2026. MSc. Cristian Eduardo Zamora Sequeira. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072787 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos veintitrés, visible al folio ciento noventa y cuatro, del tomo cuatro de mi protocolo, a las diecisiete horas cincuenta y cinco minutos del día cinco de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante Legal de INVERSIONES FAILIARES CAR-ROS DE DESAMPARADOS SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- quinientos tres mil ciento cincuenta, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las dieciocho horas y quince minutos del día cinco de mayo de dos mil veintiséis. Licenciado Christian Mora Arguedas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072788 ).

Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las 9:00 horas del día de 2 de mayo del 2026, LUIALBERT S. A., cédula jurídica 3-101-028499, señala correo electrónico en cumplimiento de la ley 10597.—San José, 5 de mayo del 2026.—Roberto Montealegre Quijano, Notario.—1 vez.—( IN202601072789 ).

Ante este notario, se presentó solicitud por parte del representante legal de MANDARINA NATURE TOURS, LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos- novecientos veintiocho mil quinientos setenta y cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Turrialba, a las quince horas veinte minutos del treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis. Publíquese este edicto una única vez Lic. Carlos Ramírez Ulate. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072790 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 9 horas y 15 minutos del 27 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de la representante legal de las sociedades CASA DIEZOR SOCIEDAD CIVIL y ANARAV DEL MAÑANA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédulas jurídicas números 3-106-941813 y 3-101-401699, respectivamente, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las anteriores sociedades conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, 4 de mayo de 2026. Notaria Pública Lic. Guiselle Brenes Rojas, carné 8942.—1 vez.—( IN202601072791 ).

Mediante escritura pública número treinta y uno del protocolo del notario Mauricio Bonilla Robert compareció la señora Cristina Rodríguez Mccandless, en su condición de Gerente de la sociedad tres-ciento dos – ochocientos cincuenta y tres mil trescientos cincuenta y seis limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ochocientos cincuenta y tres mil trescientos cincuenta y seis, Gerente dos , de la sociedad MACHUCA MANGO TREINTA Y UNO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos catorce mil ochocientos veintiocho, donde se incorporar el correo electrónico: tricopilia@gmail.com en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley 10597. Es todo.—San José, cuatro de mayo de dos mil veintiséis.—Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—( IN202601072792 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y siete, visible al folio ciento treinta y nueve vuelto del Tomo Tercero de mi protocolo, a las ocho horas y veinte minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de asamblea de cuotistas de la sociedad TRES– UNO CERO DOS – NUEVE CINCO OCHO OCHO SIETE CERO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número tres– uno cero dos – nueve cinco ocho ocho siete cero, donde se modifican la cláusula de la administración y representación. Además, se emitieron nuevos certificados de las cuotas, quedando sin efecto las anteriores. Guanacaste, Nicoya, Sámara, a las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Licda. Yucelin Merta Castillo - Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072793 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 30, a las 15:20 horas, del 30 de abril del 2026, se protocolizó el acta de Asamblea de Accionistas de la sociedad 3-101-003233 S.A., con cédula jurídica igual a su denominación social, en la que se solicita la reinscripción de la referida sociedad, la cual se encuentra disuelta en virtud de haberse vencido su plazo de vigencia, y se modifica el pacto constitutivo en sus cláusulas relacionadas al plazo social, Junta directiva, y domicilio para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—San José, el día 04 de mayo del 2026.—Licda. Adriana María Ruiz Madriz. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072795 ).

Ante esta notaría, mediante escritura, número ciento diecisiete, otorgada a las quince horas quince minutos del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se solicita al Registro Nacional por parte de su representante legal, la inclusión del correo electrónico en la sociedad Terranostra Rosado Lote veintidós, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno - quinientos catorce mil setecientos cuarenta y tres, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, veintinueve de abril del dos mil veintiséis.—Lic. Roger Alberto González Chavarría, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072796 ).

Por escritura de las 08:30 del 30 de abril de 2026, se modificó el pacto social de COMERCIAL EL GUARUMO S.A. cédula jurídica 3-101-034716. San José 04 de mayo de 2026. Notario M.Sc. Alfredo Andreoli González. —1 vez.—( IN202601072797 ).

Por escritura número 113 – 5, otorgada ante los Notarios Públicos KARINA ARCE QUESADA y SERGIO AGUIAR MONTEALEGRE, actuando en el protocolo de la primera, a las 15 horas 30 minutos del 29 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad PAY RETAILERS COSTA RICA, S.R.L., con cédula jurídica número 3 – 102 – 811738. ES TODO. San José, 4 de mayo del 2026. Licda. Arce Quesada.—1 vez.—( IN202601072798 ).

Por escritura número 40- 27 otorgada ante el Notario Público Álvaro Restrepo Muñoz, de las 12 horas del 28 de abril de 2026, se modifica el pacto constitutivo referente al domicilio y la cláusula séptima referente a los administradores dentro de la sociedad denominada AMHERST COSTA RICA INTERNATIONAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número 3 -102 - 838979.—San José, 28 de abril de 2026.—Álvaro Restrepo Muñoz, Notario Público, carné 15617.—1 vez.—( IN202601072799 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis, se acordó modificar estatutos de la sociedad denominada DESARROLLO DE SUEÑOS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos catorce mil cuatrocientos veinticinco.—Debora Guevara Vasquez, Notaria.—1 vez.—( IN202601072800 ).

Ante esta notaría, mediante escritura, número ciento dieciocho, otorgada a las quince horas treinta minutos del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se solicita al Registro Nacional por parte de su representante legal, la inclusión del correo electrónico en la sociedad LIFE LINE MEDICAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula de persona jurídica número tres – ciento uno – quinientos noventa y un mil trescientos noventa y cuatro, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Lic. Roger Alberto Gonzalez Chavarría. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072801 ).

Por escritura de las 09:00 del 30 de abril de 2026, se modificó el pacto social de LAVACAR MODERNO LIMITADA cédula jurídica 3-102-892072.—San José 04 de mayo de 2026.—M.Sc. Alfredo Andreoli González Notario.—1 vez.—( IN202601072802 ).

Mediante escritura número 70-7, visible al folio 97 vuelto del tomo 7 de la Notaria Mónica Dobles Elizondo a las 15:00 del 29 de abril del 2026 se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad Rauscher Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3-102-808592, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 04 de mayo del 2026.—Licda. Mónica Dobles Elizondo.—1 vez.—( IN202601072803 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las dieciséis horas del treinta de abril del 2026. En el protocolo del suscrito notario Ezequiel Eugenio Pérez Jarquín, escritura número ciento sesenta y ocho del protocolo tomo tres. Se incorpora el correo electrónico, para la sociedad DIEGO GRUAS DE HEREDIA CR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-873306, conforme a la Ley número 10.597. Los Chiles, Alajuela, treinta de abril del 2026.—1 vez.—( IN202601072804 ).

Ante esta notaría, mediante escritura, número ciento diecinueve, otorgada a las quince horas cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se solicita al Registro Nacional por parte de su representante legal, la inclusión del correo electrónico en la sociedad DERMA LIFE MEDICAL SERVICES, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cedula de persona jurídica número tres – ciento dos – novecientos diecisiete mil setecientos veintidós, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Lic. Roger Alberto González Chavarría. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072805 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número tres, visible al folio cero cero dos frente, del tomo cuarenta y nueve, a las diez horas treinta minutos, del veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de ALICIA YOLANDA BRENES RAMIREZ apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad VISTAS DE PONIENTE SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- trescientos sesenta mil ciento veintinueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Pérez Zeledón, a las once horas y cincuenta minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. MSc. Alexander Mora Mora. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072807 ).

Por escritura número doscientos treinta y cuatro, iniciada al folio noventa y uno frente del tomo quince del protocolo del suscrito notario de las quince horas treinta minutos del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se solicitó inclusión de correo electrónico de la sociedad AUTOS TRES RIOS LIMITADA, número de cédula jurídica: tres - ciento dos - nueve dos tres uno dos seis, y de la sociedad ENGINES OF THE ROAD CR SOCIEDAD ANONIMA, número de cédula jurídica: tres - ciento uno - ocho siete cuatro cinco nueve uno. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Anthony Norman Borbón Rojas, Notario.—1 vez.—( IN202601072808 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cuatro, visible al folio cero dos vuelto, del tomo cuarenta y nueve, a las diez horas cincuenta minutos, del veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de ALICIA YOLANDA BRENES RAMIREZ apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad SUMIPATRI SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y tres mil seiscientos cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Pérez Zeledón, a las once horas y cincuenta minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. MSc. Alexander Mora Mora. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072809 ).

Ante esta notaría, mediante escritura, número ciento veinte, otorgada a las dieciséis horas del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se solicita al Registro Nacional por parte de su representante legal, la inclusión del correo electrónico en la sociedad LIFE LINE DERMATOLOGICAL SERVICES, SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula de persona jurídica número tres – ciento uno – trescientos ocho mil ochocientos dos, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Lic. Roger Alberto González Chavarría. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072810 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 28 de ABRIL del 2026 la sociedad CORPORACIÓN FIOHA S.A., con cédula jurídica número 3-101- 602919 reforma pacto constitutivo.—San José 05 de mayo del 2026. Lic. Ruben Eduardo Naranjo Brenes.—1 vez.—( IN202601072811 ).

Ante esta notaria mediante escritura número 33-16, de las 12:30 horas del 23 de abril de 2026, Corporación JyF, S. A. asignó correo electrónico para notificaciones.—San Jose, 23 de abril del 2026.—Licda. Carolina Rezvani Monge, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072812 ).

Mediante escritura pública 66-38 comparece Guillermo Flores Leon, cédula 103650214, representante legal de COMPAÑÍA LA VISTA ALEGRE DE MERCEDES S.A. cédula jurídica 3-101-425362 y solicita la incorporación de correo electrónico al margen del asiento registral. Es todo. Escazú, 05 de mayo del 2026. Yesenia Arce Gómez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072813 ).

Ante esta notaria mediante escritura número 31-16, de las 11:30 horas del 23 de abril de 2026, Inversiones Kahiau, S. A. asignó correo electrónico para notificaciones. San José, 23 de abril del 2026. Licda. Carolina Rezvani Monge, Notario Público. PUBLICAR UNA VEZ.—1 vez.—( IN202601072814 ).

En mi notaría, por escritura número DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE – SEIS, otorgada ante suscrito Notario Público, de las DOCE horas del TREINTA DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTISEIS, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada CUBERO MARTINEZ DE SANTA TERESA SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES – UNO CERO UNO – OCHO UNO CUATRO CINCO CINCO NUEVE, con domicilio en PROVINCIA PUNTARENAS, CANTON PUNTARENAS, DISTRITO COBANO, SANTA TERESA DE COBANO, CALLE PRINCIPAL , TIENDA ALOHA, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. PUNTARENAS, CINCO DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS Lic. Francisco José Salas Agüero.—1 vez.—( IN202601072815 ).

ANTE ESTA NOTARÍA, MEDIANTE ESCRITURA OTORGADA A LAS DOCE HORAS VEINTE MINUTOS DEL TRES DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS, ESCRITURA NÚMERO CINCUENTA Y CUATRO DEL TOMO CIENTO DOS, SE PRESENTÓ SOLICITUD POR PARTE DE GERARDO ALBERTO SANCHEZ ALPIZAR , APODERADO DE LA COMPAÑÍA PUERTA CASTILLA DOS MIL, SOCIEDAD ANONIMA , CÉDULA JURÍDICA TRES-UNO CERO UNO- TRES SIETE CUATRO DOS UNO OCHO , PARA INCORPORAR UN CORREO ELECTRÓNICO EN EL DOMICILIO SOCIAL DE LA SOCIEDAD CONFORME A LA LEY NÚMERO DIEZ MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE. SAN JOSÉ, A LAS DOCE HORAS VEINTE MINUTOS DEL TRES DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS. -CARLOS EDUARDO UMAÑA BRENES, NOTARIO.—1 vez.—( IN202601072816 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número TRESCIENTOS NUEVE - CATORCE, del tomo CATORCE, del protocolo del Notario CARLOS ENRIQUE MORA ALFARO a las ONCE horas del VEINTIOCHO de ABRIL del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE de SONIDO CHUCHEMOVIL SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número: TRES- CIENTO UNO – TRES CINCO SEIS CERO SEIS CUATRO, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de LIBERIA, a las once horas del día veintiocho del mes de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Carlos Enrique Mora Alfaro, cedula 206480124. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072817 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos veintisiete, visible de folio ciento ochenta y uno vuelto a folio ciento ochenta y dos frente, del tomo cuarenta y uno, a las dieciséis horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA LEONA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- ciento cincuenta y cuatro mil doscientos noventa y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San Marcos de Tarrazú.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072818 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos cuarenta y nueve, visible al folio ciento ochenta y siete vuelto, del tomo dos , a las quince horas , del cinco del mes de mayo de dos mil veintiseis , se presentó solicitud por parte de KEYLIN GEANNINA LARA ESPINOZA de LARA ESPINOZA CUAJINIQUIL TOURS SOCIEDAD ANONIMA con la cédula de persona jurídica número jurídica tres -ciento uno- ocho cinco cinco uno cuatro dos para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las ocho horas treinta minutos del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Mirna Lisbeth Espinoza Pereira. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072819 ).

Ante la Notaría de la suscrita, Marcela Padilla Valverde, en Santa Ana, San José, mediante la escritura número cincuenta y uno otorgada a las doce horas treinta minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se registra mbernardi@vymcr.com como correo oficial de la compañía MB PARADISE CORP SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica número: tres – ciento dos – ochocientos setenta y nueve mil setecientos cincuenta y dos.—Licda. Marcela Padilla Valverde, Abogada y Notaria Pública, Carné 13232.—1 vez.—( IN202601072820 ).

Por escritura otorgada ante este Notario a las 09:15 horas del 04 de mayo del 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea de Cuotistas de ESPACIO MATERIA Y ARQUITECTURA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA mediante la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en cumplimiento con la ley número 10597. San José, 04 de mayo del 2026. Carlos José Oreamuno Morera. Notario.—1 vez.—( IN202601072821 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos cuarenta y ocho, visible al folio ciento ochenta y siete frente, del tomo dos , a las quince horas , del cinco del mes de mayo de dos mil veintiséis , se presentó solicitud por parte de Silvia Carolina Álvarez Corrales y Liliana Fernández Chévez de DOS OVEJAS NEGRAS S&L SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con la cédula de persona jurídica número jurídica tres-ciento dos- ocho cuatro seis cero ocho ocho para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, a los ocho treinta minutos del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Mirna Lisbeth Espinoza Pereira, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072822 ).

ANTE ESTA NOTARÍA, MEDIANTE ESCRITURA OTORGADA A LAS DOCE HORAS DIEZ MINUTOS DEL TRES DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS, ESCRITURA NÚMERO CINCUENTA Y TRES DEL TOMO CIENTO DOS, SE PRESENTÓ SOLICITUD POR PARTE DE GERARDO ALBERTO SANCHEZ ALPIZAR , APODERADO DE LA COMPAÑÍA PROMOCIONES ORO AZUL , SOCIEDAD ANONIMA , CÉDULA JURÍDICA TRES-UNO CERO UNO- SEIS OCHO UNO SEIS OCHO UNO , PARA INCORPORAR UN CORREO ELECTRÓNICO EN EL DOMICILIO SOCIAL DE LA SOCIEDAD CONFORME A LA LEY NÚMERO DIEZ MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE. SAN JOSÉ, A LAS DOCE HORAS DIEZ MINUTOS DEL TRES DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS. -CARLOS EDUARDO UMAñA BRENES, NOTARIO. PUBLIQUESE UNA VEZ.—1 vez.—( IN202601072823 ).

Ante esta notaría, mediante escritura, número ciento veintiuno, otorgada a las dieciséis horas quince minutos del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se solicita al Registro Nacional por parte de su representante legal, la inclusión del correo electrónico en la sociedad SERVICIOS Y TRANSPORTES CARMAR, LIMITADA, cedula de persona jurídica número tres – ciento dos – quinientos cincuenta y dos mil setecientos sesenta y dos, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Lic. Roger Alberto González Chavarría. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072824 ).

Ante esta notaría, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad IMPORTACIONES RAMONENSES CMCA, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- setecientos setenta y tres mil quinientos tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las once horas once minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Ana Grettel Coto Orozco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072825 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos cuarenta y nueve, visible al folio ciento ochenta y siete vuelto, del tomo dos , a las quince horas , del cinco del mes de mayo de dos mil veintiséis , se presentó solicitud por parte de KEYLIN GEANNINA LARA ESPINOZA de LARA ESPINOZA CUAJINIQUIL TOURS SOCIEDAD ANONIMA con la cédula de persona jurídica número jurídica tres -ciento uno- ocho cinco cinco uno cuatro dos para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las ocho horas treinta minutos del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Mirna Lisbeth Espinoza Pereira. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072826 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y nueve-dieciséis, visible al folio ciento dos vuelto, del tomo dieciséis, a las diez horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de MISTERY WATER, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3- 101- 352537, mediante la cual se acordó nombrar nuevo presidente. San José, a las 7:00 am del día 6 de mayo del 2026. Leda Di Napoli Perera. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072827 ).

Ante esta notaría, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad INVERSIONES GENERALEÑAS DEL SUR, LIMITADA, cédula jurídica número tres- ciento dos- setecientos ochenta mil ciento veinte, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las once horas catorce minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Ana Grettel Coto Orozco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072828 ).

Por escritura otorgada en esta Notaria, a las 11:00 horas del 30/04/2026, el representante de la sociedad Hyper Cube Communication S. A., cédula jurídica 3-101-420314, solicita la inclusión en la cláusula del domicilio del correo electrónico: oconsan@hotmail.com San José, 5 de mayo de 2026. Dr. Rafael Ángel Sanabria Rojas.—1 vez.—( IN202601072829 ).

Por escritura número doscientos cuatro, iniciada al folio setenta y ocho vuelto del tomo quince del protocolo del suscrito notario de las catorce horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se solicitó inclusión de correo electrónico de la sociedad FLORESCAM FBCF SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número TRES - CIENTO UNO - DOS CINCO CINCO SEIS CINCO SEIS y de la sociedad RIVESA DE SAN VICENTE SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número TRES - CIENTO UNO - UNO NUEVE UNO CUATRO DOS CUATRO. San José, tres de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Anthony Norman Borbón Rojas, Notario.—1 vez.—( IN202601072830 ).

Que ante mi Notaria mediante escritura DOSCIENTOS TREINTA Y DOS del tomo dieciséis la compañía: TECNIAUTOS DE LA PENINSULA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica: tres-ciento uno- trescientos diez mil cuatrocientos treinta y dos, incluye la cuenta de correo electrónico jafonsecah@gmail.com para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Publíquese una vez. Licda. JENNY MARIA RAMOS GONZALEZ. Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601072831 ).

Por escritura otorgada ante este Notario a las 09:30 horas del 04 de mayo del 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea de Cuotistas de 3-102-942510 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA mediante la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en cumplimiento con la ley número 10597. San José, 04 de mayo del 2026. Carlos José Oreamuno Morera. Notario.—1 vez.—( IN202601072832 ).

Por escritura otorgada hoy, ante esta notaría ADRIAN ALBERTO ALVAREZ GARRO, cédula 1-1337-0507 Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de las sociedades TRITEO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-704308 y PLANTIA DE COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3-101-878199, solicita la inclusión del correo electrónico en dichas sociedades. San José, 4 de mayo del 2026. RAUL ALVAREZ MUÑOZ. NOTARIO.—1 vez.—( IN202601072833 ).

Ante esta Notaría, se procede mediante solicitud del representante legal a incluir el correo electrónico de conformidad con la ley diez mil quinientos noventa y siete, de la sociedad P & B COFFEE SOCIEDAD ANÓNIMA. cedula jurídica 3-101-600611. Es todo.—San José, cinco de mayo de 2026.—Licda. Ana María Avendaño Rojas. Carné 8455.—1 vez.—( IN202601072834 ).

Ante esta notaría, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad IMPORTADORA NORTHWEST JMCK, LIMITADA, cédula jurídica número tres- ciento dos- setecientos noventa y dos mil ochocientos cincuenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las once horas once minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Ana Grettel Coto Orozco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072835 ).

El día 24 de abril del 2026 ante el suscrito Notario Público comparece “INSTRUMENTACIÓN ANALÍTICA Y BIOTECNOLÓGICA S. A.”, solicita al Registro Público que se incorpore un correo electrónico en su pacto social. San José, 5 de mayo del 2026. Lic. Orlando Araya Amador.—1 vez.—( IN202601072836 ).

Por escritura 35 tomo 5 protocolicé acta de Lauden Assistance S. R. L. donde se incluye correo electrónico.—Lic. Delia Alexandra Segura Soto, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072837 ).

Por acta protocolizada ante mí notaria a las diez horas, del día treinta de abril de dos mil veintiséis, la procedo a protocolizar en lo conducente el Acta de Asamblea General de Cuotistas de la sociedad DK EMPRESAS DEL PACIFICO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – trescientos setenta y nueve mil seiscientos veintiocho solicitó la inscripción de correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Andrea Castro Rojas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072838 ).

Por escritura número ciento cuarenta y siete-diez, otorgada ante esta notaría, al ser las diez horas del cinco de mayo del año dos mil veintiséis, se acuerda la modificación de la cláusula quinta del acta constitutiva de la sociedad “ MAJODI S.A., cédula jurídica tres- ciento uno- treinta y ocho mil doscientos treinta y siete.—San José, 05 de mayo del 2026.—Licda. Jenny Villalobos Coto.—1 vez.—( IN202601072839 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y nueve, visible al folio setenta y cinco frente, del tomo once, a las nueve horas treinta minutos del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis se solicitó por parte del apoderado de Salon pro Costa Rica, S.A, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-setecientos sesenta y nueve mil seiscientos cinco, para incorporar correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Heredia, a las once horas del día cuatro del mes de mayo Licda. Korana Arias Cortés. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072840 ).

El día de 24 de abril del 2026 “TOOLS VALUE S.R.L.” solicita al Registro Público que se incorpore un correo electrónico en su Pacto Social.—San José, 05 de mayo del 2026.—Lic. Orlando Araya Amador.—1 vez.—( IN202601072841 ).

Ante mi AYLIN GOMEZ BALDI, notaria, con oficina abierta en Alajuela, San Carlos, Pital exactamente cincuenta metros sur de La Cruz Roja; En mi notaría mediante escritura número doscientos treinta y cuatro, visible al folio ciento setenta y cuatro frente, del tomo seis, once horas del día primero del mes de mayo del año dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea Extraordinaria de Ganadera La Piedra Limitada, cédula jurídica número tres – ciento dos – cero cuatro diez trece, mediante la cual se acuerda: “ Primero: Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, comparece a efecto de hacer solicitud formal de inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: lili2112melasa@hotmail.com”, a las catorce horas con treinta y ocho minutos del día primero del mes de mayo del año dos mil veintiséis”.—1 vez.—( IN202601072842 ).

Ante esta notaría, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad TRES CIENTO DOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres- ciento dos- ochocientos noventa y un mil quinientos noventa, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las once horas diecisiete minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Ana Grettel Coto Orozco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072843 ).

Por escritura número ciento tres, de las quince horas del día cinco de mayo del dos mil veintiséis, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad BARQUERO & BARBOZA JMB SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos- siete nueve nueve uno seis ocho en la cual se cambia apoderado, además, se reforman las cláusulas de junta directiva y de domicilio.—Escazú, cinco de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Hellen Rocío Chinchilla Serrano, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072844 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento veinticinco, visible al folio ciento cuatro frente, del tomo catorce, a las catorce horas del veintitrés de abril del año dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte de SILVIA MARÍA JIMÉNEZ LOBÉ, cédula de identidad número uno -setecientos treinta y uno - setecientos treinta y ocho, en su condición de TESORERO, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad LLANTAS IMPORTADAS LLISA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y un mil ochenta y cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. UNA VEZ. Alajuela, Palmares. Lilliana Fernández Urpí. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072845 ).

Ante esta notaría, mediante escritura, número ciento dieciséis, otorgada a las quince horas del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se solicita al Registro Nacional por parte de su representante legal, la inclusión del correo electrónico en la sociedad MOMBI, SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula de persona jurídica número tres – ciento uno - ochenta y nueve mil veintidós, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, veintinueve de abril del dos mil veintiséis. Lic. Roger Alberto González Chavarría. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072846 ).

Por escritura otorgada ante este Notario a las 09:00 horas del 04 de mayo del 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea de Cuotistas de INVERSIONES TURÍSTICAS DE LA TIERRA AL MAR LLC LIMITADA, mediante la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en cumplimiento con la ley número 10597.—San José, 04 de mayo del 2026.—Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—( IN202601072847 ).

Edicto Constitución de Asociación, mediante escritura número ciento setenta y cinco– uno, otorgada ante esta notaria, a las diecinueve horas y treinta minutos del día veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, Se constituyo sociedad anónima , con domicilio social en la provincia de Heredia, San Juan de Santa Barbara doscientos metros este del Bar la Canoa, administrada por seis directivos, quienes durarán en sus cargos durante noventa y nueve años; El presidente tendrá las Facultades de presidir las cesiones de Asamblea y las reuniones de junta directiva, firmara actas junto con el secretario y autorizara junto con el tesorero los pagos que la junta directiva acuerde y llevara la iniciativa en todas las gestiones que la sociedad emprenda, Es todo. Alajuela, al ser las doce horas y cincuenta y siete minutos del seis de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Manuelita Garro Arce. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072848 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número 102-3, visible al folio 114 frente, del tomo 3, a las 14 horas con 30 minutos, del día 4 de mayo del año 2026 se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas de DISCO ROBOTS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos sesenta y un mil seiscientos sesenta y ocho, mediante la cual, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete y la Directriz número DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco, se acordó designar como dirección electrónica oficial de la sociedad para recibir notificaciones legales, administrativas y registrales el correo electrónico notificaciones@uniquelb.com .—San José, el día 6 del mes de mayo del año 2026.—Licda. Stephanie Garnier Sibaja, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072849 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:30 hrs del 06 de mayo del 2026, donde se solicita la inclusión del correo electrónico para notificaciones de la sociedad KEWAXELPA S. A. Ciudad Quesada, 06 de mayo del 2026. LICDA. MARIA ALEJANDRA LOAIZA BARBOZA, notaria. Publíquese por una única vez.—1 vez.—( IN202601072850 ).

Por escritura número ciento veintidós del tomo tres, otorgada ante la Notaria Pública, Katherine Magally Arguedas Ruiz de las diez horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, se incluye la cuenta de correo electrónico construcmora@gmail.com dentro de la sociedad denominada CONSTRUCTORA MORA & MEDINA SOCIEDAD ANÓNIMA, domiciliada en La Provincia seis de Puntarenas, Cantón diez de Corredores, Barrio el Estadio, Ciudad Neily, ochocientos metros oeste del Supermercado Loaiza, última casa color terracota con cédula jurídica número TRES-CIENTO UNO-SETECIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS SIETE, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Paso Canoas, 06 de mayo del 2026. MSC. Katherine Magally Arguedas Ruiz. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072851 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 hrs del 05 de mayo del 2026, se nombra nuevo Tesorero y Secretaria de la Junta Directiva de la sociedad HACIENDA BUENA VISTA DCCR S. A. Ciudad Quesada, 06 de mayo del 2026. LICDA. MARIA ALEJANDRA LOAIZA BARBOZA, notaria. Publíquese por una única vez.—1 vez.—( IN202601072852 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número dieciocho, visible al folio once frente, del tomo tres, de las quince horas treinta minutos del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Representante Legal de la sociedad CORPORACIÓN ARASOLA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno-seiscientos veintidós mil ochocientos setenta y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Licda. Rebeca Esquivel Garita, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072853 ).

Publicación de una vez. Mediante escritura número 13 de las 11 horas del 30 de abril de 2026 protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de El Sendero de Corales E y A Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-409310, en la que se reformó el pacto constitutivo de la compañía incluyéndose el correo electrónico calpry64@yahoo.it para atender notificaciones. San José 30 de abril de 2026. Notario Público Armando Ayala Wolter.—1 vez.—( IN202601072854 ).

Por escritura número 100 de las 13:00 horas del 30 de abril de 2026, otorgada ante el Notario Público Adrián Cortés Castro para dar cumplimiento con lo establecido en la Ley número 10597, se incluye cuenta de correo electrónico en la sociedad FSM Gestora de Negocios Limitada, cédula jurídica 3-102-564213; escritura número 101 de las 16:00 horas del 30 de abril de 2026, otorgada ante el Notario Público Adrián Cortés Castro para dar cumplimiento con lo establecido en la Ley número 10597, se incluye cuenta de correo electrónico en la sociedad Fecram Limitada, cédula jurídica 3-102-782207; y, escritura número 106 de las 13:00 horas del 5 de mayo de 2026, otorgada ante el Notario Público Adrián Cortés Castro para dar cumplimiento con lo establecido en la Ley número 10597, se incluye cuenta de correo electrónico en la sociedad Carsupplysb-(Suplidor de Carros SB) Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-499443. Heredia, 5 de mayo de 2026. Lic. Adrián Cortés Castro.—1 vez.—( IN202601072855 ).

Mediante escritura número dieciséis de las 14 horas del 4 de mayo de 2026 protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Industria Italiana Alma Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-785884, en la que se modificó el pacto constitutivo de la sociedad en la cláusula de la representación e incluyéndose en el mismo el correo electrónico gigitumm@hotmail.com para atender notificaciones de la compañía. Notario Público Armando Ayala Wolter. San José 4 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN2202601072856 ).

En mi notaría, por escritura número DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS – SEIS, otorgada ante suscrito Notario Público, de las DIECISEIS horas del VEINTINUEVE DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTISEIS, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada WILSON AND WILI DE COBANO SOCIEDAD ANONIMA, CEDULA JURIDICA TRES – UNO CERO UNO – SIETE CUATRO CINCO CINCO SIETE OCHO, con domicilio en PROVINCIA PUNTARENAS, CANTON PUNTARENAS, DISTRITO COBANO, SANTA TERESA, TRESCIENTOS METROS NORTE DE LA DISCOTECA LA LORA AMARILLO, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. PUNTARENAS, CINCO DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS Lic. Francisco José Salas Aguero.—1 vez.—( IN202601072857 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos cinco, visible al folio ciento cuarenta y ocho frente del tomo tres, a las diecinueve horas quince minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Leonardo José Arias Cordero, Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de; Tajo Blanco En Coris Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – trescientos ochenta mil cuatrocientos nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad ante indicada, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago a las veintidós horas veinte minutos del cinco de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diego Arturo Pacheco Solano. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072858 ).

En instrumento número Treinta y Nueve, otorgado ante esta notaria a las catorce horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza Acta General Extraordinaria de la sociedad RÍTMICOS DE LAS MUSAS ACENTOS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres-ciento uno-ochocientos cuarenta y nueve mil quinientos setenta y uno, con domicilio social en San José, Curridabat, Sánchez, de Cronos Plaza, doscientos metros norte, cien este y veinticinco norte, portón gris de entrada, calle C ciento cuarenta y uno, casa dos, donde se incluye cuenta de correo electrónico de la sociedad, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, en la fecha y hora que indica el certificado digital.—Licda. Mónica Patricia Monge Díaz, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072859 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número Doscientos noventa y seis, iniciada al folio ciento setenta y ocho frente, del Tomo Treinta y siete, a las quince horas con diez minutos, del día cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de “APLICACIONES FRANJOR V. B. H. P. SOCIEDAD ANÓNIMA”, cédula de persona jurídica número: TRES-CIENTO UNO-QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTISÉIS, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Siquirres, cinco de mayo del año 2026. Publíquese una vez. Licda. Susana Zamora Fonseca. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072860 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos cuatro, visible al folio ciento cuarenta y siete vuelto del tomo tres, a las diecinueve horas del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Jorge Pablo Salas Morera, Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de; Despacho Salas & Asociados Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – setecientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta y nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad ante indicada, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago a las veintidós horas quince minutos del cinco de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diego Arturo Pacheco Solano. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072861 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos treinta y tres, al folio ciento veintinueve vuelto, del tomo once, a las diez horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad TRES CIENTO UNO SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES S.A, cédula jurídica número tres ciento uno seiscientos treinta y seis mil novecientos noventa y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las quince horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Kattia Alvarado Esquivel, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072862 ).

Mediante escritura pública número cincuenta del tomo dos, otorgada ante esta notaria, a las 16:30 horas del día 05 de mayo de 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de TURDUZ SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número 3-101-793275, para incorporar correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad Quesada, 05 de mayo de 2026. Licenciada Wendy Araya Herrera, teléfono 2460-1335, Notaria.—1 vez.—( IN202601072863 ).

Ante esta notaría, por escritura 3, visible al folio 3 frente, del tomo 4, se presentó solicitud por parte del representante legal de “INVERSIONES MITE DE MANZANILLO G Y O SOCIEDAD ANONIMA”, cédula jurídica 3-101-544444, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Cóbano, 5 de mayo del 2026. Licda. Rosibeth Obando Loría, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072864 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número Doscientos noventa y dos, iniciada al folio ciento setenta y siete frente, del Tomo Treinta y siete, a las trece horas con diez minutos, del día cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de “LA FRANCIA FC FUSION INDEPENDIENTE SOCIEDAD ANONIMA DEPORTIVA”, cédula de persona jurídica número: TRES-CIENTO UNO-OCHOCIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO., para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Siquirres, cinco de mayo del año 2026. Publíquese una vez. Licda. Susana Zamora Fonseca. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072865 ).

En mi Notaría, protocolicé acta cinco de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada GRUPO USGL LIMITADA, cédula jurídica tres-ciento dos-novecientos veintinueve mil seiscientos ochenta y nueve, en la que se modifica cláusula sétima del pacto constitutivo y agrega correo electrónico para notificaciones. San José, cuatro de mayo de dos mil veintiséis.—Mayra Centeno Mejía, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072866 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 196 visible al folio 125 vuelto, del tomo 3, se presentó solicitud por parte del representante legal de DIANA & AUSTIN, SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica 3-101-194522, mediante la cual se acordó reformar la Junta Directiva. Cóbano, 5 de mayo de 2026. Licda. Rosibeth Obando Loría. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072867 ).

El suscrito Notario Público, GUILLERMO JOSE SANABRIA LEIVA, hace constar que mediante escritura número SESENTA Y TRES- VEINTISEIS, visible al folio SESENTA Y SEIS FRENTE del tomo VEINTISEIS de su protocolo, otorgada a las diez horas del treinta de abril de dos mil veintiséis., se protocolizó el Acta de Asamblea General de la sociedad CONCESIONARIA SAAM COSTA RICA S. A., con cédula jurídica número tres – ciento uno – trescientos diecinueve mil ochocientos setenta y seis mediante la cual se establece el correo electrónico contabilidadcr@saamtowage.com como medio de notificaciones de la sociedad. ES TODO. San José, treinta de abril del dos mil veintiséis. - Lic. GUILLERMO JOSE SANABRIA LEIVA Notario Público.—1 vez.—( IN202601072868 ).

En mi Notaría, protocolicé acta uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada RICHARDS Y CRAFORD SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y un mil seiscientos cincuenta y siete, en la que se consigna correo electrónico para notificaciones y se otorga poder generalísimo para la declaración del Registro de Transparencia.—San José, veintinueve de abril de dos mil veintiséis.—Mayra Centeno Mejia. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072869 ).

Ante esta notaría, por escritura número 15, visible al folio 8 vuelto del tomo 4, se presentó solicitud por parte del representante legal de “N Y SPA SOCIEDAD ANÓNIMA”, cédula jurídica número 3-101-690386, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—Cóbano, 06 de mayo del 2026.—Licda. Rosibeth Obando Loría, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072870 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos cuarenta, visible al folio noventa y cuatro frente, del tomo cinco, a las diez horas, del día veintisiete de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Grettel María Solorzano Zumbado, cédula de identidad: uno- mil veintisiete- cero quinientos diecinueve, en su carácter de subgerente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Bienes Treysol Limitada, cédula jurídica: tres- ciento dos- seis cinco seis ocho dos tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Alajuela, a las diez horas del día seis de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Maribel Sánchez Solórzano. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072871 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 189, visible al folio 137 frente del tomo 5, a las 16 horas con 30 minutos, del 27 de abril del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad MANDALA DEL DELFIN SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101-762480, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Santa Ana, a las 9 horas y 9 minutos del día 6 del mes de mayo del año 2026. Lic. Sixto Rodríguez Gómez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072872 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número nueve, visible al folio quince vuelto, del tomo noventa y cinco, a las diez horas cuarenta minutos, del cinco de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de SUS Y ZAM ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número: TRES-CIENTO UNO-DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTISÉIS, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Siquirres, a las once horas y cero minutos del día cinco de mayo del 2026. Licda. Grace Marie Robinson Arias. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072873 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 159, visible al folio 108 vuelto, del Tomo 2 de protocolo, a las nueve horas del día seis de mayo del año 2026, se presentó solicitud del representante legal de CUARENTA Y NUEVE PUNTOS SOCIEDAD ANÓNIMA con la cédula de persona jurídica número 3-101-073957 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Limón a las nueve horas con diez minutos del día del día seis de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Dilana Salas Monterrosa. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072874 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número Doscientos noventa y cuatro, iniciada al folio ciento setenta y siete vuelto, del tomo treinta y siete, a las trece horas con treinta minutos, del día cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de “Tres-Ciento Uno-Seiscientos Dieciocho Mil Quinientos Setenta Y Siete Sociedad Anónima”, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos dieciocho mil quinientos setenta y siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Siquirres, cinco de mayo del año 2026.—Licda. Susana Zamora Fonseca, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072875 ).

Por la escritura CIENTO NUEVE otorgada ante esta notaría, a las a las doce horas con veinte tres minutos del seis de mayo dos mil veintiséis; Que en base al artículo Doscientos Uno Inciso B del Código de Comercio, la sociedad TRES- CIENTO DOS- NUEVE UNO CUATRO SIETE OCHO TRES SOCIEDAD DE RESPONSALIDAD LIMITADA, sea disuelta y liquidada por mutuo acuerdo del total de socios. Escazú, a las trece horas cincuenta y cinco minutos del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. LIC. KEREN NOEMY SOTO CORRALES.—1 vez.—( IN202601072876 ).

Por escritura otorgada en esta Notaría, a las 11:00 horas del 01 de mayo del 2026, Comercial e Inversiones El Targuá S.A., cédula jurídica número 3-101-275176, se incluye correo electrónico para futuras notificaciones. NIDIA SHADID GAMBOA.—Notaria, San José, 01 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601072877 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos tres, visible al folio ciento cuarenta y siete frente del tomo tres, a las dieciocho horas cuarenta y cinco minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Gloria María López Arias, Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de; i) Fuentes De Glora Sociedad Civil, cédula jurídica tres – ciento seis – ochocientos sesenta y tres mil noventa y siete y ii) Casa Sostenible Cr Sociedad Anonima, cédula jurídica número tres – ciento uno – setecientos sesenta y ocho mil setecientos veintiséis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades antes indicadas, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago a las veintidós horas diez minutos del cinco de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diego Arturo Pacheco Solano. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072878 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número Doscientos ochenta y siete, iniciada al folio ciento setenta y cinco frente, del Tomo Treinta y siete, a las once horas, del día cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de LOS PATOS DE CLAJAC SOCIEDAD ANÓNIMA”, cédula de persona jurídica número: TRES-CIENTO UNO-TRESCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Siquirres, cinco de mayo del año 2026. Licda. Susana Zamora Fonseca. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072879 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y ocho, visible al folio cuarenta y siete frente, del tomo uno, a las dieciséis horas treinta minutos del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de ALAIN MOODY de: SURF FACTORY LIMITADA, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos ochenta y nueve mil cero ochenta, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Jaco, a las quince horas quince minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis. Licda. Anguie Roxana Aguilar Díaz. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072880 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos dos, visible al folio ciento cuarenta y seis vuelto del tomo tres, a las dieciocho horas treinta minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Santiago Camacho Lopez, Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de; i) Aesthetic Distric Mg Sociedad De Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres – ciento dos – ochocientos noventa y tres mil cuatrocientos cuarenta y cinco y ii) Tres – Ciento Dos – Novecientos Cuarenta Y Un Mil Doscientos Ochenta Sociedad De Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres – ciento dos – novecientos cuarenta y un mil doscientos ochenta, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades antes indicadas, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago a las veintidós horas cinco minutos del cinco de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diego Arturo Pacheco Solano. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072881 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO SIETE, visible al folio OCHENTA Y DOS VUELTO, del tomo UNO. A las ocho horas del a las doce horas y cuarenta cinco minutos del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis, con la comparecencia de la socia SUSAN ROBERTSON (nombre) WINGER (apellido) de dos nombres y un apellido en razón de su nacionalidad estadounidense de, cédula jurídica con nombre social: WINGWALKER CORPORATION SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres- ciento uno- seiscientos treinta y siete mil doscientos noventa, se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico fsobrado@gmail.com, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Escazú a las diez horas y cuarenta tres minutos del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis del dos mil veintiséis. LICDA. KEREN NOEMY SOTO CORRALES. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072882 ).

En escritura número doscientos cuatro, celebrada a las catorce horas del veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, realizada ante esta Notaria, se realizó solicitud de Apoderada Generalísima sin Límite de Suma de Corporación G&G Stavroz Sociedad Anónima, para señalar correo electrónico para recibir notificaciones judiciales y administrativas. San José, veintinueve de abril del año dos mil veintiséis. Lic Giovanni Peraza Rodríguez.—1 vez.—( IN202601072883 ).

En esta notaria a las 15 horas del 06 de abril del 2026, por escritura 100 protocolice solicitud de inscripción de correo de “KESIL PROPERTIES LTDA¨ Lic. CARLOS SALAS PORRAS.—1 vez.—( IN202601072885 ).

Por escritura número 60, de las 09 horas 30 minutos del 30 de abril del 2026, se protocolizó el acta número 5 de la sociedad ARP CR VENTURES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica 3 – 102 - 774782, mediante la cual se acordó lo siguiente: revocar al agente residente y designar correo electrónico como medio de notificación. Es todo. Lic. Juan Diego Elizondo Vargas.—1 vez.—( IN202601072886 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 8 horas del 4 de mayo de 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad LAS MARGARITAS DE PUNTA ALTA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-710341, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de dicha sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, 4 de mayo de 2026. Notaria Pública Lic. Guiselle Brenes Rojas, carnet 8942.—1 vez.—( IN202601072887 ).

Por escritura número 59 de las 9 horas del 30 de abril de 2026, se protocolizó el acta número 8 de la sociedad LAUNDERS FAMILY SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica 3-102- 687842, mediante la cual se acordó revocar el nombramiento del Agente Residente y designar correo electrónico como medio de notificación. Es todo.—Lic. Juan Diego Elizondo Vargas.—( IN202601072888 ).

Mediante escritura número dieciséis de las 14 horas del 4 de mayo de 2026 protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Industria Italiana Alma Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-785884, en la que se modificó el pacto constitutivo de la sociedad incluyéndose en el mismo el correo electrónico gigitumm@hotmail.com para atender notificaciones de la compañía. San José 4 de mayo de 2026. Armando Ayala Wolter. Notario Público: Código 5846. Tel. 8926-2997.—1 vez.—( IN202601072890 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 107-3, visible al folio 118 vuelto, del tomo 3, a las 14 horas del día 5 del mes de mayo del año 2026, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas de ADELYN HOLDINGS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – setecientos treinta y un mil sesenta, mediante la cual se acordó adicionar una cláusula en el pacto constitutivo, a fin de actualizar el correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete . Ciudad de San José, el día 6 del mes de mayo del año 2026. Licda. Stephanie Garnier Sibaja. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072891 ).

Por escritura número 57, de las 08 horas 30 minutos del 30 de abril del 2026, se protocolizó el acta número 5 de la sociedad MAUTA SWISS CORP SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica 3 – 102 - 910820, mediante la cual se acordó lo siguiente: revocar al agente residente y designar correo electrónico como medio de notificación. Es todo. Lic. Juan Diego Elizondo Vargas.—1 vez.—( IN202601072892 ).

Que por escritura de mi notaría número 83, del tomo 2, otorgada a las 11 horas 00 minutos del 04 de mayo del 2026, visible de folio 72 frente y vuelto, se presentó solicitud por parte de la Representante Legal de la sociedad INVERSIONES VARGONZA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3–101–507435, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San Isidro de El General, Pérez Zeledón, cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. LIC. LUIS DIEGO ARCE VARGAS.—1 vez.—( IN202601072893 ).

Por escritura otorgada en esta Notaria, a las 8:00 horas del 30/04/2026, el representante de la sociedad Inversiones Jucama S. A., cédula jurídica 3- 101- 440101, solicita la inclusión en la cláusula del domicilio del correo electrónico: martamesenrios@gmail.com San José, 5 de mayo de 2026. Dr. Rafael Ángel Sanabria Rojas.—1 vez.—( IN202601072894 ).

Ante esta notaría y mediante escritura pública número 39 de las 16:00 horas del 05 de mayo del 2026, iniciada en folio 59 frente del tomo primero de mi protocolo, la empresa denominada 3-101-509637 SA, con cédula jurídica 3-101-509637, solicitó la incorporación de su correo electrónico en la inscripción del Registro de Personas Jurídicas de dicha compañía, por lo que se convoca a terceros afectados quienes podrán oponerse judicialmente dentro del plazo de 30 días naturales a partir de la publicación del presente aviso - San José 06 de mayo del 2026 - Lic Eduardo Blanco Quintero, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072896 ).

Ante la Notaría del Licenciado Vinicio Villegas Arroyo, Tambor, Alajuela, doscientos cincuenta metros noreste de la entrada de Calle Vargas; Al ser las trece horas del día veintidós de abril del dos mil veintiséis, se agregó correo electrónico para recibir notificaciones de la sociedad INVERSIONES LIMA GVD SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica tres- ciento uno- nueve tres cuatro siete siete siete, el siguiente inversioneslimagvd@gmail.com. Alajuela, al ser catorce horas diez minutos del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. LIC. VINICIO VILLEGAS ARROYO.—1 vez.—( IN202601072897 ).

Por escritura número ciento cuarenta y ocho otorgada ante el Notario Público Andrés Villalobos Araya, de las doce horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada BRONCEADOS Y SOLES LIMITADA, cédula jurídica número tres - ciento dos- seiscientos noventa y siete mil quinientos noventa y cuatro, con domicilio social en Guanacaste, Liberia, oficentro Villa de Guanacaste, local diecisiete, un kilómetro setecientos metros oeste del cruce de Liberia, mano derecha, carretera al Aeropuerto Internacional Daniel Oduber. Guanacaste, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Andrés Villalobos Araya.—1 vez.—( IN202601072898 ).

Por escritura número 53, otorgada ante la Notaria Pública, María Fernanda Monge Quesada, de las 11:15 horas del 05 de mayo del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada CORPORACION DE NEGOCIOS OPERAT SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica: 3-101-465021, con domicilio social en San José, San José, 150 noreste de la Rotonda de las Garantías Sociales, Calle Mora. San José, 05 de mayo del 2026. Licda. María Fernanda Monge Quesada, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072899 ).

Que ante mi Notaria mediante escritura DOSCIENTOS TREINTA Y DOS del tomo dieciséis la compañía: DISTRIBUIDORA MERCANTIL BADILLA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica: tres-ciento uno- ciento setentas y cinco mil cuatrocientos noventa y nueve, incluye la cuenta de correo electrónico dmbadilla.sa@gmail.com para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Licda. JENNY MARIA RAMOS GONZALEZ. Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601072900 ).

Ante mi Licda. Maricela Acuña Bogantes con oficina abierta en Alajuela, San Carlos, Florencia, setenta y cinco metros sur del Mini Super y Licorera Caimitos, teléfono 8415-7352 y/o 2201-7244, correo electrónico maricelamab@hotmail.com, se ha solicitado reformar la cláusula del domicilio social, de la sociedad TRES-UNO CERO UNO-SEIS CINCO SEIS SIETE SEIS CERO SOCIEDAD ANÓNIMA. Florencia, San Carlos, Alajuela, a las catorce horas y quince minutos del día veintitrés del mes de abril año dos mil veintiséis. Licda. Maricela Acuña Bogantes. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072901 ).

Por medio de las escrituras número cincuenta y nueve del Tomo catorce del protocolo de la Notario Maricruz Sánchez Carro, se incluyó el correo electrónico para recibir notificaciones de las sociedades RICHARDSON PROPERTIES MANAGEMENT INVESTMENTS SOLUTIONS LLC, LIMITADA, con cédula jurídica número tres-ciento dos-ocho siete nueve tres tres siete y se acordó modificar la clausula séptima de representación de la sociedad. Alajuela cinco de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Maricruz Sánchez, Tel: 8871-0531.—1 vez.—( IN202601072902 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número Doscientos noventa y uno, iniciada al folio ciento setenta y seis vuelto, del Tomo Treinta y siete, a las trece horas del día cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de “HACIENDA POSA SOCIEDAD ANONIMA”, cédula de persona jurídica número: TRES-CIENTO UNO-CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y CINCO., para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Siquirres, cinco de mayo del año 2026. Publíquese una vez. Licda. Susana Zamora Fonseca. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072903 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y ocho, visible al folio sesenta y cuatro frente, del tomo cuatro, a las diez horas del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte del representante legal, HAMRYN ABADIA BRICEÑO, cédula de identidad número: cinco – cero doscientos diecisiete cero novecientos treinta y dos, representantes de las sociedades; TRES VERDES SUEÑOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona Jurídica número Tres- ciento uno – cuarenta y cinco cuarenta y ocho treinta y cinco, INVERSIONES LUZANNIA SOCIEDAD ANONIMA. con cédula de persona Jurídica número Tres- ciento uno – ciento sesenta y cinco cuatrocientos treinta, SEIS AZULES SUEÑOS SOCIEDAD ANONIMA. con cédula de persona Jurídica número Tres- ciento uno – cuarenta y cinco cuarenta y ocho veintidós para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Nicoya, a las diez horas del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Ana Cristina Arce Sequeira. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072904 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos cuatro, visible al folio ciento sesenta y siete vuelto, del tomo uno, a las dieciseis horas, del veintinueve de abril del dos mil veintiseis, se presentó solicitud por parte del Representante Legale de Inversiones Transportes y Excavaciones Luro San Andrés Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número 3-101-568337 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Pérez Zeledón, Daniel Flores, a las once horas y treinta minutos del día cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiseis. M.Sc. Rebeca Gutiérrez Mata. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072905 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número Doscientos noventa y tres, iniciada al folio ciento setenta y siete vuelto, del Tomo Treinta y siete, a las trece horas con veinte minutos, del día cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de “TUBERCULOS TIERRA DE LA FRANCIA SOCIEDAD ANONIMA”, cédula de persona jurídica número: TRES-CIENTO UNO-SETECIENTOS NOVENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Siquirres, cinco de mayo del año 2026. Publíquese una vez. Licda. Susana Zamora Fonseca. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072906 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento veintiséis, visible al folio ciento cuatro vuelto, del tomo catorce, a las catorce horas con quince minutos del veintitrés de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de SILVIA MARÍA JIMÉNEZ LOBÉ, cédula de identidad número uno -setecientos y uno - setecientos treinta y ocho, en su condición de PRESIDENTE, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad JIMENEZ LOBE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y nueve mil ochocientos cuarenta y seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Alajuela, Palmares. Lilliana Fernández Urpí. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072907 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 204, visible al folio 193 frente, de las 13 horas 30 minutos del día 29 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de ROBERTA MARIA (nombre) PARAPINI (Apellido) de un único apellido en razón de su nacionalidad Italiana, portadora de la cédula de residencia de la República de Costa Rica número uno tres ocho cero cero cero dos cuatro seis siete tres uno, en calidad de apoderada Generalísima sin Límite de Suma de la sociedad denominada R P INVESTMENTS GROUP SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101-743131 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, 05 de mayo de 2026. Lic. Jose Arturo Leiton Salas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072908 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y seis-dieciséis, visible al folio noventa y nueve vuelto, del tomo dieciséis, a las ocho horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de NAC CONSULTORES, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3- 101- 226168, mediante la cual se acordó nombrar nuevo presidente. San José, a las 8:10 am del día 6 de mayo del 2026. Leda Di Napoli Perera. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072909 ).

Mediante escritura pública número doscientos veinticinco- treinta y tres de las nueve horas del tres de mayo del año dos mil veintiséis, otorgada en Nicoya, Guanacaste, ante el Notario Público EUSEBIO AGÜERO ARAYA, se protocoliza acuerdo de socios donde se reforma las clausulas SEGUNDA, QUINTA y SEXTA del pacto social en cuanto al domicilio social y administración de la sociedad. Además se se agrega la cláusula DECIMA SEGUNDA para designar correo electrónico todo de sociedad de la sociedad INVERSIONES MAOCO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- ciento cincuenta y seis mil novecientos cuarenta. Nicoya, tres de mayo del año dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601072910 ).

El suscrito Notario Público, debidamente autorizado por la PRESIDENTA de la Junta Directiva de las sociedades TEYJO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula 3-101-018942 y ANTARA ESTETICA & MICROBLADING SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula 3-101-770086, procedo a realizar el trámite de solicitar al Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas la incorporación del correo electrónico gitzasandoval@gmail.com, dentro de la información registral de ambas sociedades. San José, 5 de mayo 2026. Firma Responsable: Lic. Jonathan Jara Castro, cédula 1- 1146-0386.—1 vez.—( IN202601072911 ).

Mediante escritura 308 de 13:00 horas del 29 de abril 2026, las sociedades AUTOMOTRIZ LOS SANTOS S. A., DIVERSIONES MUSICALES S. A., VILLA VILBAR PACIFIC S. A. Y CERAMICAS Y ACABADOS CENTROAMERICANOS CERACSA S. A. adicionan domicilio social en cuanto a reporte obligatorio de correo electrónico al registro mercantil. Heredia abril 30, 2026. OSCAR JOSE MONTENEGRO FERNANDEZ, NOTARIO.—1 vez.—( IN202601072912 ).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, se hizo solicitud formal de inclusión de correo electrónico de las sociedades: I) INMOBILIARIA SILVANIA SOCIEDAD ANONIMA, número de personería jurídica: tres – uno cero uno – cero dos cinco nueve uno ocho; II) TORRES DEL PARQUE CEDROS SOCIEDAD ANÓNIMA, número de personería jurídica: tres – uno cero uno – cinco cinco seis uno siete ocho al Registro de Personas Jurídicas. Publicar una vez. ES TODO. Firmado en la ciudad de San José, el día cinco de mayo del dos mil veintiséis. LLM. DIEGO ARMANDO CHINCHILLA ARRÓNIZ. – Notario Público – 28783.—1 vez.—( IN202601072913 ).

Por escritura 224 otorgada ante la Notaria Pública Adriana Méndez Vargas, a las 18:30 horas del día 28 de abril del año 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada DAVIDSOL SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-032628, con domicilio social en provincia dos Alajuela, cantón uno Alajuela, cincuenta metros al Oeste del Ebais. San José, 05 de mayo de 2026. Licda. Adriana Méndez Vargas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072914 ).

Por escritura número 54, otorgada ante la Notaria Pública, María Fernanda Monge Quesada, de las 11:30 horas del 05 de mayo del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada INTEROP SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica: 3-101-133409, con domicilio social en San José, San José, 150 metros noreste de la Rotonda de las Garantías Sociales, Calle Mora.—San José, 05 de mayo del 2026.—Licda. María Fernanda Monge Quesada, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072915 ).

Mediante escritura 310 de 15:00 horas del 29 de abril 2026, la sociedad MARK PLUS S. A. adiciona domicilio social en cuanto a reporte obligatorio de correo electrónico al registro mercantil. Heredia abril 30, 2026. OSCAR JOSE MONTENEGRO FERNANDEZ, NOTARIO.—1 vez.—( IN202601072917 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y siete-dieciséis, visible al folio cien vuelto, del tomo dieciséis, a las nueve horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de MEDTRONIC SYSTEMS, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3- 101- 480462, mediante la cual se acordó nombrar nuevo presidente. San José, a las 9:30 am del día 6 de mayo del 2026. Leda Di Napoli Perera. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072918 ).

Por escritura otorgada a las 09:15 horas del 01 de mayo del 2026 se solicita inclusión de correo electrónico de la sociedad CORPORACIÓN CORRALES VIQUEZ SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica 3-101-343349. LIC. MARIO ENRIQUE ACUÑA JARA. Naranjo 05 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601072919 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CIENTO OCHENTA Y CUATRO, visible al folio CIENTO SETENTA Y TRES, del tomo VEINTIDÓS, a las trece horas quince minutos del veintisiete de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del REPRESENTANTE LEGAL de la mercantil: i) HACHE PLAYA HERMOSA LIMITADA, cédula jurídica número tres- ciento uno- seiscientos veintidós mil cuatrocientos diecinueve; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cóbano, a las once horas treinta y siete minutos del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis. LIC. SERGIO JOSÉ GUIDO VILLEGAS. NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601072920 ).

Por escritura número 55, otorgada ante la Notaria Pública, María Fernanda Monge Quesada, de las 12:00 horas del 05 de mayo del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada HERMANOS FONFLO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica: 3-101-912556, con domicilio social en San José, cantón décimo quinto Montes de Oca, Sabanilla, del Cristo de Sabanilla 150 metros al noroeste, cuarta casa a mano izquierda desde Plaza Expres. San José, 05 de mayo del 2026. Licda. María Fernanda Monge Quesada, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072921 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número SESENTA Y DOS, visible al folio treinta y cinco frente del tomo tres, a las catorce, del día cinco de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la PRESIDENTE con facultades de APODERADA GENERALISIMA SIN LIMITE DE SUMA de DOROVANCI SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres-ciento uno- cero treinta y un mil doscientos doce, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Atenas seis de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Johanna Patricia Arrieta Arce, carné dos seis tres siete ocho. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072922 ).

Mediante escritura 309 de 14:00 horas del 29 de abril 2026, la sociedad INVERSIONES COMERCIALES REMO ICR S. A. adiciona domicilio social en cuanto a reporte obligatorio de correo electrónico al registro mercantil.—Heredia abril 30, 2026.—Oscar José Montenegro Fernández, Notario.—1 vez.—( IN202601072923 ).

Por escritura otorgada ante este notario a las 09:00 horas del día 29 de abril del 2026, se protocoliza el acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la sociedad LAS LOMAS DE OROSOL BVEINTIUNO S.A., cédula jurídica 3-101-343500. Mediante la cual se acuerda modificar las cláusula tercera de los estatutos “Del Domicilio”. Es todo.—San José, 29 de abril del 2026.—Lic. Felipe Saborío Carrillo, Notario.—1 vez.—( IN202601072924 ).

Por escritura número 300 de las 15:30 horas del 29 de abril del 2026, otorgada ante la suscrita notaria, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad de FINCA LA ENVIDIA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101-774103. Miramar, 20:00 horas del del 04 de mayo del 2026. Lic. Jockseline Zúñiga Varela. Notario.—1 vez.—( IN202601072925 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y ocho-dieciséis, visible al folio ciento uno frente, del tomo dieciséis, a las nueve horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea Extraordinaria de Socios de PAVONCILLO REALTY CORPORATION PRC, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3- 101- 446486, mediante la cual se acordó nombrar nuevo presidente. San José, a las 7:30 am del día 6 de mayo del 2026. Leda Di Napoli Perera. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072926 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta, visible al folio cincuenta y uno vuelto, del tomo cuatro, a las diez horas del día veintisiete de marzo del año dos mil veintiséis se celebró la asamblea extraordinaria de la sociedad EL MIEDO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número: tres – ciento uno – cero cinco cero cero cuarenta y siete. Se revoca el cargo de presidente y se modifica la cláusula SEXTA del pacto constitutivo.—En ciudad de Nicoya, a las diez horas del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis.—Licda. Ana Cristina Arce Sequeira, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072927 ).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se modificó la cláusula octava de los estatutos de COMPAÑÍA INMOBILIARIA MOVAL S. A. y se nombra nueva Junta Directiva. San José, 30 de abril del 2026. Notario: Arnulfo Carmona Martínez.—1 vez.—( IN202601072928 ).

Por escritura número 139 del tomo 1, otorgada ante la Notario Público María Fernanda Baudrit Portela, a las 8 horas del 27 de abril de 2026, se protocoliza acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad 3-102-736373 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-736373, celebrada a las 17 horas del 21 de abril del 2026, mediante la cual se acordó la disolución y liquidación de la sociedad. San José, 4 de mayo de 2026. Licda. MARÍA FERNANDA BAUDRIT PORTELA. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072929 ).

Escritura 144, visible al folio 146 frente, tomo 7, de las 11:00 del 27 de abril de 2026, ante la suscrita Notaria Marcia Solís Peña, carné 26936, se protocoliza Acta de Asamblea General de Cuotistas para la sociedad Aspen Grove CR LLC Limitada incorporar correo electrónico notificaciones@linealaw.com para notificaciones de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, 29 de abril de 2026.—1 vez.—( IN202601072930 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las 20:30 horas del 29 de abril del 2026, las compañías INVERSIONES AGUILAR MARÍN LIMITADA; AGUI-COR INC. LIMITADA y SUPER AGUIMAR SOCIEDAD ANÓNIMA; solicitan la inscripción del correo electrónico en cumplimiento con la ley número 10597.—San José, 04 de mayo del 2026.—Isabella Mangel Granados, Notaria.—1 vez.—( IN202601072931 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y nueve, visible al folio ciento treinta y dos frente, del tomo cinco, de las diez horas y treinta minutos, del veinticinco de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad TARRAGION INVESTMENT S.A., con la cédula de persona jurídica número 3-101-455126, mediante la cual se solicita incorporar un correo electrónico como medio para recibir notificaciones de su representada, conforme a la Ley N° 10597.—Playas del Coco, 30 de abril de 2026. —Licda. Yerlyn Tatiana Mena Navarrete.—1 vez.—1 vez.—( IN202601072932 ).

Por escritura otorgada ante la notaría de la Licda. Marcela Gurdián Cedeño a las diecisiete horas minutos del veintisiete de abril de dos mil veintiséis, se autorizó la escritura número ciento dieciséis de la sociedad BEYOND LIFESTYLE KP SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – nueve dos seis dos siete cinco, en la cual se consignó un correo electrónico para notificaciones y se modificó la cláusula de la administración. ES TODO. Guanacaste, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Andrea Alvarado Rodríguez. Notaria Pública .—1 vez.—( IN202601072933 ).

Ante esta notaría, mediante escritura pública número ciento setenta y uno visible a folio ciento veintiuno vuelto del tomo uno, a las nueve horas del día cinco de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad: SALUD OCUPACIONAL INTEGRAL SOISA SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número: tres – ciento uno – cuatrocientos cincuenta y siete mil cero cincuenta y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las once horas del cinco de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Daniel Adolfo Mora Loría, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072934 ).

Por medio de escritura pública otorgada, a las 8:00 horas del 28 de agosto del 2025, la sociedad HERE IT GOES AGAIN LIMITADA, por medio de la cual se acuerda asignar correo electrónico cenopti@ibe.cr para notificaciones a la sociedad.—Carlos Alberto Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN202601072935 ).

Por escritura número trece-ocho de esta Notaría, otorgada a las diez horas del dos de mayo de dos mil veintiséis, se constituye Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital Social suscrito y pagado. San José, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Notaria Pública Mary Ann Drake Rodríguez.—1 vez.—( IN202601072936 ).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas, del día veintisiete de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad HACIENDA ENCANTADA LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos sesenta y ocho mil cuatrocientos setenta y siete, en la cual se acordó reformar la cláusula referente a la administración, y designar dirección electrónica oficial de la sociedad para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete, en los estatutos de la sociedad. Es todo. San José, veintisiete de abril de dos mil veintiséis. Licda. Alejandra Salazar Blanco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072937 ).

LICENCIADO HENRY RIVERA ORTIZ. Por escritura número ciento diecisiete, iniciada al folio ciento once vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, otorgada a las diez horas treinta minutos del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad Soluciones Integrales K Nueve S.A., mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. Heredia, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601072938 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta, visible al folio ciento treinta y dos vuelve, del tomo cinco, de las diez horas y cuarenta minutos, del veinticinco de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Gerente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad 3-102- 752906 S.R.L., con la cédula de persona jurídica número 3-102- 752906, mediante la cual se solicita incorporar un correo electrónico como medio para recibir notificaciones de su representada, conforme a la Ley N° 10597. Playas del Coco, 30 de abril de 2026. Licda. Yerlyn Tatiana Mena Navarrete.—1 vez.—( IN202601072939 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y siete de las diez horas veinte minutos del dos de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de ARMAR Y SU CHUZO SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres- uno cero uno- cinco nueve nueve uno siete ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Allan Artavia Solís, Notario.—1 vez.—( IN202601072940 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8 horas del día 5 de mayo del 2026 se protocoliza acta de Asamblea General de cuotistas de la sociedad Grupo Silmez, SRL, por la cual se reforma cláusula de la administración y se incluye correo electrónico. San José, 5 de mayo del 2026. Lic. Evelyn Karina Ramírez Solórzano, Notario.—1 vez.—( IN202601072942 ).

Ante esta Notaría Pública, mediante escritura número noventa y seis, visible al folio ciento ocho frente, del tomo seis de mi protocolo a las quince horas del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de la Asamblea de Cuotistas de la sociedad NETSKOPE COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula tres - ciento dos – ocho seis siete siete cuatro, en la cual se acordó la reforma del pacto social en la cláusula segunda para inclusión de correo electrónico.—San José, a las doce horas del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis.—Licda. Tracy Varela Calderón.—1 vez.—( IN202601072943 ).

Mediante la escritura número CIENTO VEINTINUEVE, otorgada a las dieciséis horas del día treinta de abril del dos mil veintiséis, ante la Notaria Pública Alessandra Jiménez Monge, la sociedad NUEVO HORIZONTE DEL TEMPISQUE SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres ciento uno quinientos noventa mil trescientos diez, señala conforme lo dispone la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Alajuela, treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis. Notaria Pública Alessandra Jiménez Monge.—1 vez.—( IN202601072944 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número sesenta y nueve, visible al folio cero cincuenta y cuatro vuelto, del tomo cinco, a las trece horas cero minutos del veinte de abril de dos mil veintiséis, mediante la cual las compañías: LA ALHAMBRA VEINTIRES TERRACOTA, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres- ciento uno- trescientos setenta mil ochocientos treinta tres, LA ALHAMBRA VEINTISIETE TURQUESA, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- trescientos sesenta mil cincuenta y nueve, y CORPORACIÓN COLINAS MARINAS DE ANTARTIDA, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos veinte cuatro mil setecientos ochenta y uno, incorporan un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las catorce horas y cincuenta y cinco minutos del día cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Ana Carmen Ruiz Corrales, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072945 ).

Por escritura pública número 186, otorgada en mi Notaría, a las 7:00 horas, del día 4 de mayo del año 2026, la sociedad 3-101-525503 Sociedad Anónima, reformó domicilio social y otorgó poder generalísimo para cumplir con registro de accionistas. Lic. Fernando Pizarro Abarca, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072946 ).

Por escritura número 296 de las 09:30 horas del 28 de abril del 2026, otorgada ante la suscrita notaria, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad de COMPAÑÍA GANADERA QUINTIN SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica número 3-101-24155. Miramar, 20:00 horas del del 28 de abril del 2026. Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notario.—1 vez.—( IN202601072947 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas, del día veinticuatro de abril de dos mil veintiséis, se protocolizó acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad YO Y YO NOSARA INVESTMENTS LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos sesenta y ocho mil quinientos setenta y ocho, en la cual se acordó reformar la cláusula referente a la administración, y designar dirección electrónica oficial de la sociedad para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley N.º diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San José, veinticuatro de abril de dos mil veintiséis.—Licda. Nidia Zúñiga González, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072948 ).

Por escritura número 16 -24, otorgada a las 08:30 horas del día 8 de abril del año 2026, del protocolo del notario Daniel Guillén Jiménez en conotariado con la notaria Priscilla Ureña Duarte, se transforma la sociedad CONSORCIO ARQUITECTONICO C&A S. A., cédula jurídica número 3-101-295705. San José, cinco de mayo del 2026. Licenciada Priscilla Ureña Duarte.—1 vez.—( IN202601072949 ).

Mediante la escritura número ciento veintiocho, otorgada a las dieciséis horas del día treinta de abril del dos mil veintiséis, ante la Notaria Pública Alessandra Jiménez Monge, la sociedad SERVICIOS Y GESTIONES ADUANERAS WF SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres ciento uno doscientos noventa y dos mil novecientos veintiunos, señala conforme lo dispone la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional.—Alajuela, treinta del mes de abril del año dos mil veintiséis.—Alessandra Jiménez Monge, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072950 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 205, visible al folio 193 frente, de las 14 horas del día 29 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de Roberta María (nombre) Parapini (Apellido) de un único apellido en razón de su nacionalidad Italiana, portadora de la cédula de residencia de la República de Costa Rica número uno tres ocho cero cero cero dos cuatro seis siete tres uno, en calidad de apoderada Generalísima sin Límite de Suma de la sociedad denominada PAULANN SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número 3-101-909014 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, 05 de mayo de 2026.—Lic. José Arturo Leitón Salas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072951 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número SETENTA Y CUATRO, visible a folio sesenta vuelto y sesenta y uno frente, del tomo UNO del Protocolo de la suscrita Notaria, a las catorce horas, del primero de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Carlos Daniel Sánchez Castro, en su condición de Apoderado Generalísimo sin Límite de Suma de Inversiones mil novecientos cuarenta y ocho Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- uno uno cero dos cuatro cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las veintidós horas con ocho minutos del cuatro de mayo del presente año dos mil veintiséis. Licda. Karla Vanessa Sancho Morales, carnet 32635, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072952 ).

Ante esta notaria mediante escritura número 34-16, de las 12:50 horas del 23 de abril de 2026, Inversiones Moana Funchas, S. A. asignó correo electrónico para notificaciones. San José, 23 de abril del 2026. Licda. Carolina Rezvani Monge, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072953 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas del 28 de abril del 2026, la sociedad DANA FRIEDRICH, S.R.L., cédula jurídica número 3-102-841283, solicita al Registro de Personas Jurídicas, la inclusión de correo electrónico oficial como medio para atender notificaciones judiciales y administrativas. San José, 30 de abril del 2026. Notaría Pública de Guillermo Emilio Zúñiga González.—1 vez.—( IN202601072954 ).

Por escritura otorgada ante la notaría de la Licda. Marcela Gurdián Cedeño a las catorce horas treinta minutos del día veinte de abril de dos mil veintiséis, se autorizó la escritura número ciento nueve de la sociedad TRES – CIENTO DOS – NUEVE CUATRO OCHO NUEVE CUATRO CUATRO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres - ciento dos – nueve cuatro ocho nueve cuatro cuatro, en la cual se consignó un correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles y se reformó la cláusula de la administración. ES TODO. Guanacaste, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Andrea Alvarado Rodríguez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072955 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 Horas del 04 de mayo del año 2026, se incorpora correo electrónico hermanosmongepz@hotmail.com, de la sociedad Elizondo Monge AFS Sociedad Civil, con cédula jurídica número tres-ciento seis-setecientos cincuenta y un mil quinientos veinte.—Pérez Zeledón, 05 de mayo del año 2026.—Juan Carlos Céspedes Cedeño, Notario.—1 vez.—( IN202601072956 ).

Ante esta notaria mediante escritura número 34-16, de las 13:00 horas del 23 de abril de 2026, Panisimo Costa Rica, S. A. asignó correo electrónico para notificaciones. San Jose, 23 de abril del 2026. Licda. Carolina Rezvani Monge, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072957 ).

Por escritura autorizada a las diecisiete horas treinta minutos de hoy, en mi Notaría, las compañías INVERSIONES KANPABAR DE GRECIA S. A., cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – seiscientos cincuenta y seis mil ochocientos noventa y cinco, y CLÍNICA ODONTOLÓGICA BARRANTES S. A., cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – cero noventa y cinco mil quinientos cuarenta, solicitan la inscripción del correo electrónico: drbarrantes1@gmail.com como medio para notificaciones. Grecia, veintitrés de abril del dos mil veintiséis. José Javier Vega Araya, Notario.—1 vez.—( IN202601072958 ).

Por medio de escritura pública número 92, otorgada ante la notaria Sara Angelina Miranda Osorio, se incluye correo electrónico como medio de notificación para la sociedad mercantil RIQUEZA VERDE S. A., cédula jurídica N0 3-101-154713, en cumplimiento de la Ley 10597.—Heredia, 22 de abril 2026.—Licda. Sara Angelina Miranda Osorio, Notaria.—1 vez.—( IN202601072959 ).

Por escritura otorgada en la ciudad de San José, a las diez horas del cinco de mayo de dos mil veintiséis, la sociedad BOSQUES DE ALTAMIRA CASA CERO CINCUENTA Y DOS PARRE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número 3-101-343489, en cumplimiento de la Ley 10597, solicitó al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del correo electrónico a su respectivo asiento registral.—San José, a las once horas cincuenta minutos del cinco de mayo del dos mil veintiséis.—Marcela Filloy Zerr, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072960 ).

Por escritura otorgada ante mí notaría a las catorce horas treinta minutos del día dos de mayo de dos mil veintiséis, la representante de la empresa: “COSTA RICA BOUTIQUE EVENTS SOCIEDAD ANÓNIMA”, con cédula de persona jurídica número: tres – ciento uno - seiscientos ochenta y cinco mil quinientos ochenta y nueve, solicitó la inclusión de su correo electrónico en la cláusula relativa al domicilio. San Vito de Coto Brus, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Notaria: Beatriz Herrera Di Pipa.—1 vez.—( IN202601072961 ).

Por medio de escritura pública otorgada a las 08 horas del 05 de mayo del año 2026, se procedió a protocolizar acta de la sociedad RED DESERT MOON S. A., por medio de la cual se acuerda asignar correo electrónico cenopti@ibe.cr para notificaciones a la sociedad.—1 vez.—( IN202601072962 ).

LICENCIADO HENRY RIVERA ORTIZ. Por escritura número ciento diecinueve, iniciada al folio ciento doce vuelto del tomo cuatro de mi protocolo, otorgada a las diez horas cincuenta minutos del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad Victorioso Bienaventurado S.A, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. Heredia, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601072963 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y cinco, visible al folio ciento cuarenta y dos vuelto, del tomo siete, a las ocho horas, del dieciocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de María Fabiola Zamora Delgado de AA LOGISTICA Y PRODUCCION CR SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ochenta y uno cincuenta noventa y tres para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Turrialba a las diez horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Natalia Gómez Aguirre. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072964 ).

Ante esta notaría, por medio de la escritura pública otorgada a las 10:30 horas del 04 de mayo de 2026, se presentó solicitud por parte de la Gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad MCD LD NUEVE DOS LIMITADA, cédula jurídica 3-102-343848, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José, 05 de mayo de 2026. Rolando Romero Obando. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072965 ).

Protocolicé Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de REPRESENTACIONES FERRETERAS SÁNCHEZ ULATE, S. A., cédula jurídica 3- 101-830773, se solicita, en cumplimiento de la ley 10597, la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones en la sociedad dicha. Es todo. San José, veintisiete de abril del dos mil veintiséis. 1 vez. Mario Carazo Zeledón. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072966 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y nueve, visible al folio ochenta y dos frente, del tomo dos, a las once horas treinta minutos del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis, la sociedad denominada INVERSIONES ILAN O A V C, SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres- uno cero uno- cuatro uno uno siete cuatro seis, mediante reformar a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo se incorpora un correo electrónico: inversionesilan2018@gmail.com conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Bataan, a las once horas treinta minutos del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licenciada Migdalia Mendoza Araya. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072968 ).

Por escritura 226 otorgada ante la Notaria Pública Adriana Méndez Vargas, a las 06:00 horas del día 04 de mayo del año 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada GREEN BUILDING GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-738314, con domicilio social en provincia dos Alajuela, cantón uno Alajuela, cien metros oeste de la Farmacia Fishel del Este. San José, 05 de mayo de 2026. Licda. Adriana Méndez Vargas, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072969 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número DOSCIENTOS VEINTICINCO, visible al folio ciento noventa nueve frente, del tomo diecisiete, a las ocho horas del veintitrés de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Apoderado Generalísimo de la sociedad FINCA EL CAJON SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – cero cinco nueve nueve cuatro ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, Montes de Oca, a las nueve horas del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Licda. Monserrat Alfaro Solano. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072970 ).

En esta notaría compareció Kattia Vindas Rojas, en representación de SERVICIOS ESPECIALIZADOS HERNANDEZ H & H MEDICINA Y ESTÉTICA 3-101-815394 SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica 3– 101-710259 y asignó el correo correo: dermoescultura@gmail.com ante el Registro Nacional como medio oficial para recibir notificaciones judiciales y extrajudiciales .—1 vez. Lic. Carlos Chaves Leitón.—1 vez.—( IN202601072971 ).

Por escritura 99-4, ante la notaria Kendy Karina Madrigal Anchia a las once horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis, la sociedad INVERSIONES MOODY DE JACO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica: tres- ciento uno- trescientos noventa y nueve mil setecientos cincuenta y ocho, se acordó la inclusión del siguiente correo electrónico para la atención de notificaciones de la compañía: jacoplatinum@hotmail.com.—Licda. Kendy Karina Madrigal Anchia, Notaria Publico, carné 25417.—1 vez.—( IN202601072972 ).

Ante esta notaría, mediante escrituras números, cincuenta y nueve, sesenta, sesenta y uno, sesenta y dos, sesenta y tres, sesenta y cuatro, sesenta y ocho, setenta y dos, setenta y tres, setenta y cuatro, setenta y cinco, setenta y seis y setenta y siete, de las ocho horas, de las nueve de las diez de las once de las doce y las trece horas del diecinueve de marzo de dos mil veintiséis y de las doce horas del veinte de abril, de las nueve, de las diez, de las once de las doce y de las trece horas del veintiuno de abril de dos mil veintiséis respectivamente, se solicita la inclusión de correo electrónico en las compañías S R P Flamingo Property LLC SRL, Scomer LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada, JES Sanctuary Sociedad de Responsabilidad Limitada, JES Ballena Business Sociedad de Responsabilidad Limitada, D & L Properties Partners Sociedad Anónima, Push Your Luck Limitada, Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Setenta y Cuatro Mil Quinientos Diecinueve Sociedad Anónima, Tres-Ciento Dos-Ochocientos Cincuenta y Dos Mil Veintiuno Sociedad de Responsabilidad Limitada, Tres-Ciento Dos-Ochocientos Cincuenta y Tres Mil Ochocientos Noventa y Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada, Singuindarria Sociedad Anónima, Tamarindo Royal Siete TRSI Limitada, El Mundo de la Tecnologia Sociedad Anónima, y Herencia del Ayer de Tronadora Sociedad Anónima.—San José, cuatro de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Luis Diego Cerdas Cisneros, Notario Público.—1 vez.—( IN202601072973 ).

Mediante escritura 47, otorgada ante esta Notaría a las 8 horas 30 minutos del 24 de abril del año 2026, se constituye la sociedad MARSARO PROJECTS SOCIEDAD CIVIL. San Antonio de Belén, 4 de mayo del 2026.–Licda. JOSEFINA APUY ULATE, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072974 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número setenta y cuatro, visible al folio cuarenta y cuatro del tomo uno, a las quince horas del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de MICHAEL ROBERT SELTZERT de: JPMS SALES GROUP SRL, cédula jurídica tres-ciento dos-novecientos mil novecientos ochenta y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Jaco, a las dieciséis horas seis minutos del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis. Licda. ANGUIE ROXANA AGUIILAR DIAZ. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072975 ).

Ante esta notaría, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad MONTES DE ORO BAZAR CACM, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- setecientos sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las once horas once minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Ana Grettel Coto Orozco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072976 ).

Por escritura otorgada ante mí notaría a las quince horas treinta minutos del día veintisiete de abril de dos mil veintiséis, la representante de la empresa: “TRES - CIENTOS DOS – SETECIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, con cédula de persona jurídica número: tres – ciento dos – setecientos ochenta mil doscientos cuarenta y seis, solicitó la inclusión de su correo electrónico en la cláusula relativa al domicilio. San Vito de Coto Brus, treinta de abril de dos mil veintiséis. Notaria: Beatriz Herrera Di Pipa.—1 vez.—( IN202601072977 ).

Ante la Notaría de la suscrita, MARCELA PADILLA VALVERDE, en Santa Ana- San José, mediante la escritura número CUARENTA Y NUEVE otorgada a las once horas cincuenta y cinco minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se registra vmunoz@vymcr.com como correo oficial de la compañía GG UNA NIÑA TERREMOTO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDADLIMITADA, cédula de persona jurídica número: tres – ciento dos–novecientos treinta y dos mil ciento ochenta y cinco. Licda. Marcela Padilla Valverde, Abogada y Notaria Pública, Carné 13232.—1 vez.—( IN202601072978 ).

Ante la Notaría de la suscrita, MARCELA PADILLA VALVERDE, en Santa Ana- San José, mediante la escritura número CUARENTA Y OCHO otorgada a las once horas cuarenta minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se registra vymdesarrolloscr@gmail.com como correo oficial de la compañía DESARROLLOS INMOBILIARIOS VYM COSTA RICA SOCIEDADANONIMA, cédula de persona jurídica número: tres – ciento uno –novecientos treinta y dos mil doscientos diecinueve. Licda. Marcela Padilla Valverde, Abogada y Notaria Pública, Carné 13232.—1 vez.—( IN202601072979 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las siete horas treinta minutos del día veintiocho de abril de dos mil veintiséis, la representante de la empresa: “INVERSIONES FAMOSA DEL VALLE SOCIEDAD ANÓNIMA”, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos diez mil ochocientos cincuenta y tres, solicitó la inclusión de su correo electrónico en la cláusula relativa al domicilio.—San Vito de Coto Brus, treinta de abril de dos mil veintiséis.—Beatriz Herrera Di Pipa, Notaria.—1 vez.—( IN202601072980 ).

Ante la Notaría de la suscrita, Marcela Padilla Valverde, en Santa Ana, San José, mediante la escritura número cincuenta otorgada a las doce horas diez minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se registra pizzeriagoldengate@gmail.com como correo oficial de la compañía CIUDAD DE PIACENZA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, Cédula jurídica tres- ciento dos- setecientos setenta y seis mil novecientos veintidós.—Licda. Marcela Padilla Valverde, Abogada y Notaria Pública, Carné 13232.—1 vez.—( IN202601072981 ).

Ante esta notaría, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad JAMC NIAGARA, LIMITADA, cédula jurídica número tres- ciento dossetecientos noventa y nueve mil setecientos setenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las once horas dieciocho minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Ana Grettel Coto Orozco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072982 ).

Ante la Notaría de la suscrita, MARCELA PADILLA VALVERDE, en Santa Ana- San José, mediante la escritura número CUARENTA Y SIETE otorgada a las once horas veinte minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se registra gvmconstructioncr@gmail.com como correo oficial de la compañía GVM CONSTRUCTION SERVICES COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número: tres – ciento uno –novecientos treinta y un mil ochocientos veinticuatro. Licda. Marcela Padilla Valverde, Abogada y Notaria Pública, Carné 13232.—1 vez.—( IN202601072983 ).

EDICTO. Por escritura otorgada ante la notaria de la LICENCIADA VIRIALY ROJAS ESQUIVEL, a las diez horas del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza acta número CUATRO de la sociedad TRES – CIENTO UNO – NUEVE DOS CINCO SEIS CUATRO SEIS SOCIEDAD ANONIMA con cedula jurídica número TRES – CIENTO UNO – NUEVE DOS CINCO SEIS CUATRO SEIS, se nombra nuevo Presidente, Secretario y Tesorera. Es todo. Orotina al ser las catorce horas con trece minutos del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. VIRIALY ROJAS ESQUIVEL. NOTARIA PUBLICA.—1 vez.—( IN202601072984 ).

Ante esta notaría, mediante escritura NÚMERO DIECIOCHO -DOS visible al folio doce frente y vuelto y trece frente del tomo número dos, a las catorce horas del día cuatro de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal Walter Mora Alfaro apoderado generalísimo de la la Sociedad Anónima tres ciento uno quinientos quince mil quinientos veintiséis Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno- tres ciento uno quinientos quince mil quinientos veintiséis, para incorporar un correo electrónico sociedadmora555126@gmail.com, en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Quesada, a las catorce horas del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Lic. MARIA ISABEL ELIZONDO MORA Notario Público, carnet 19167.—1 vez.—( IN202601072985 ).

Ante esta notaría, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad JAMC NIAGARA, LIMITADA, cédula jurídica número tres- ciento dossetecientos noventa y nueve mil setecientos setenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las once horas dieciocho minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Ana Grettel Coto Orozco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601072986 ).

Ante la Notaría de la suscrita, MARCELA PADILLA VALVERDE, en Santa Ana- San José, mediante la escritura número CUARENTA Y SEIS otorgada a las once horas cinco minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis, se registra info@vymcr.com como correo oficial de la compañía GRUPO VYM INGENIERIA Y CONSTRUCCION SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número: tres – ciento uno –setecientos ochenta y nueve mil novecientos cincuenta y cuatro. Licda. Marcela Padilla Valverde, Abogada y Notaria Pública, Carné 13232.—1 vez.—( IN202601072987 ).

En mi notaría, a las doce horas del veintiuno de abril, dos mil veintiséis se presentó solicitud de la Representante Legal de la sociedad TRES – CIENTO UNO – SEISCIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS Limitada, con cédula jurídica tres – ciento uno – seiscientos cuarenta mil quinientos sesenta y seis para incorporar un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, trece horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Notaria: Licda. Tatiana Vanessa Mora Barrantes.—1 vez.—( IN202601072988 ).

Que en escrituras autorizadas por el suscrito Notario, el veinticuatro de abril de dos mil veintiséis, se realizó Escrituras de socios Sustratos, Abonos y Plantas Agrovarela Sociedad De Responsabilidad Limitada, Super Mariscos Sarchí Limitada y Tres- Ciento Dos- Setecientos Sesenta y Cuatro Mil Ochocientos Sesenta y Cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se hacen reformas al Pacto Constitutivo. Sarchí, 4 de mayo de 2026. Lic. Josué Campos Madrigal, Notario Público.1 vez.- Tel 2454-2333.—1 vez.—( IN202601072989 ).

En esta notaría, por escritura número cincuenta y seis, de las dieciséis horas del día veintiocho de abril de dos mil veintiséis, otorgada ante el suscrito notario, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada SERRANO ULLOA SOCIEDAD ANÓNIMA cédula jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y un mil cuatrocientos veintiocho, domiciliada en San José Dota La Trinidad del Hotel Tapantí doscientos cincuenta metros al sur, mediante reforma de la cláusula del domicilio en el pacto constitutivo en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Cartago, treinta de abril de dos mil veintiséis.—Eduardo Arcia Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN202601072990 ).

Debidamente facultado al efecto, protocolicé el acta de asamblea de socios de TRES – CIENTOS DOS – OCHOCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA cédula de persona jurídica número: tres – cientos dos – ochocientos once mil trescientos dieciséis, la cual en cumplimiento de la Ley Número DIEZ MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE establece como dirección de correo electrónico miguel.rodriguez@abogados.or.cr. San José, al ser las diecinueve horas veinte minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, cédula 1-1211-0789, carné 20031.—1 vez.—( IN202601072991 ).

Por escritura número ciento noventa y ocho otorgada ante el Notario Público, Manuel Enrique Navarro Fumero de las quince horas del dieciséis de abril dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada: ALQUILERES GOMEZ SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta y un mil cien, domiciliada en San Cartago, Turrialba, Santa Rosa, cuatrocientos metros Sur de la Iglesia. Turrialba, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Ms.C. Manuel Enrique Navarro Fumero Notario Público.—1 vez.—( IN202601072992 ).

Ante esta notaría, se han otorgado escrituras mediante las cuales Cielo Total S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil quinientos noventa y ocho; Luna Plana S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil quinientos noventa y siete y Luna del Futuro S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil cuatrocientos ochenta y cuatro, solicitan incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades, Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Alajuela, cinco de mayo dos mil veintiséis. Lic. Mario Alberto Morera Lara. Notario Público.—1 vez.—( IN202601072994 ).

En mi notaría, a las doce horas del veintidós de abril del dos mil veintiséis se presentó solicitud del Representante Legal de TRES – CIENTO DOS – SETECIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO Limitada, con cédula jurídica tres – ciento dos – setecientos noventa mil doscientos veinticuatro para incorporar un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, trece horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Notaria: Licda. Tatiana Vanessa Mora Barrantes.—1 vez.—( IN202601072995 ).

Debidamente facultado al efecto, protocolicé el acta de asamblea de socios de TRES – CIENTOS DOS – NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA cédula de persona jurídica número: tres – cientos dos – novecientos cuarenta y seis mil seiscientos sesenta y siete, la cual en cumplimiento de la Ley Número DIEZ MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE establece como dirección de correo electrónico miguel.rodriguez@abogados.or.cr. San José, al ser las diecinueve horas treinta minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, cédula 1-1211-0789, carné 20031.—1 vez.—( IN202601072996 ).

Edicto: Mediante asamblea de accionistas de “GANADERIA DE SAN MIGUEL SOCIEDAD ANONIMA “ titular de la cédula jurídica TRES - CIENTO UNO – OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO, se hace la inclusión del correo para notificaciones en la sociedad de acuerdo a la ley número diez mil quinientos noventa y seis, otorgada ante la Licenciada María del Milagro Ugalde Víquez, en San Juan Sur, Poás, Alajuela, a las diez horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601072997 ).

Por escritura otorgada ante este Notario a las 09:00 horas del 30 de abril del 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea de Cuotistas de SUMMITVIEW COSTA RICA LLC LIMITADA mediante la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en cumplimiento con la ley número 10597. San José, 04 de mayo del 2026. Carlos José Oreamuno Morera. Notario. (publíquese 1 vez).—1 vez.—( IN202601072998 ).

El 1 de mayo de 2026, ante esta notaria se protocolizo el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad 3-102-883390 SRL, cedula jurídica 3-102-883390, no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad. Grecia, a las 19 horas del 1 de mayo de 2026. Notaria de la Licda. Laura López Salas.—1 vez.—( IN202601072999 ).

Por escritura número Cincuenta otorgada ante mi Notaria, al ser las diez horas cuarenta y seis minutos del día treinta de Abril del año dos mil veintiséis, visible al folio treinta y uno vuelto al folio treinta y dos frente, se presentó solicitud por parte del Representante Legal de la Sociedad CBG CREATIBOX BUSINESS GROUP SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número Tres-Ciento Uno-Ochocientos Setenta y Cuatro Mil Trescientos Noventa y Nueve, para incorporar un correo electrónico mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Golfito, al ser las diez horas diecisiete minutos del día seis de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Arnoldo Enrique Gomez Rosales. Notario Público. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601073000 ).

Mediante la escritura número cuarenta y siete, otorgada a las doce horas cuarenta minutos del treinta de marzo del dos mil veintiséis, ante la suscrita notaria pública, la sociedad PAPA DE TODAS SOCIEDAD ANONIMA, con número de cédula jurídica tres-ciento uno- cero tres siete cero siete nueve, señala conforme lo dispone la Ley número diez punto quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. Es todo. San José, trece de abril del dos mil veintiséis. Lic. Ana Luisa Jiménez Quirós. -1 vez.—( IN202601073001 ).

Debidamente facultado al efecto, protocolicé el acta de asamblea de socios de COCO COQUILLETTE CO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA cédula de persona jurídica número: tres – ciento dos – novecientos seis mil seiscientos ochenta y seis, la cual en cumplimiento de la Ley Número DIEZ MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE establece como dirección de correo electrónico miguel.rodriguez@abogados.or.cr. San José, al ser las diecinueve horas del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, cédula 1-1211-0789, carné 20031.—1 vez.—( IN202601073002 ).

Por escritura número cincuenta y nueve-veintisiete, otorgada ante la Notaría de Fernanda Linner de Silva a las doce horas cuarenta y cinco minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Irma Patricia Fournier Leiva de la sociedad BOSQUES E.I. PENFO S.A., con cédula jurídica número 3-101-711398, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 30 de abril de 2026. Licda. Fernanda Linner de Silva, flinnerdes@gmail.com.—1 vez.—( IN202601073003 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 9:00 horas del 6 de mayo del año 2026, la sociedad HACIENDA LIMAR DE PALMARES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, modifica el pacto social incluyendo un correo electrónico: marcolivares2000@gmail.com para recibir notificaciones, 6 de mayo del 2026. Lic. Fernando Avila González. Notario Público. Teléfono: 2453-1381- Publicar 1 vez, Notario.—( IN202601073004 ).

Debidamente facultado al efecto, protocolicé el acta de asamblea de socios de “FOUR T REALTY THREE HUNDRED SIXTY LIMITADA”, con cédula de persona jurídica tres – ciento dos – setecientos sesenta y dos mil quinientos treinta y tres, la cual en cumplimiento de la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete establece como dirección de correo electrónico miguel.rodriguez@abogados.or.cr.—San José, al ser las diecinueve horas diez minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, cédula 1-1211-0789, carné 20031.—1 vez.—( IN202601073005 ).

Por escritura número sesenta-veintisiete, otorgada ante la Notaría de Fernanda Linner de Silva a las trece horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Irma Patricia Fournier Leiva de la sociedad CASAS DEL SOL R P S S.A., con cédula jurídica número 3-101-287449, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 30 de abril de 2026. Licda. Fernanda Linner de Silva, flinnerdes@gmail.com.—1 vez.—( IN202601073006 ).

Por escritura número sesenta y uno-veintisiete, otorgada ante la Notaría de Fernanda Linner de Silva a las trece horas quince minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Eugenio Penón Góngora de la sociedad DUE DILIGENCE S.A., con cédula jurídica número 3-101-298629, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 30 de abril de 2026. Licda. Fernanda Linner de Silva, flinnerdes@gmail.com.—1 vez.—( IN202601073007 ).

Ante esta notaría, mediante escritura 298, visible al folio 117 vuelto del tomo 17, a las 15 horas del 05/05/2026, se protocoliza el acta de Asamblea General de Socios de 3-102-880334 SRL cédula jurídica número: 3-102-880334, mediante la cual se acordó la renuncia del gerente cero uno Franciny Agüero Elizondo y la reforma de la cláusula sétima, para que la representación y poder correspondan únicamente a la gerente cero dos Keilyn Navas Gamboa. Ciudad de San José, a las 16 horas del 5 de mayo del año 2025. Licda. Geilin del Carmen Salas Cruz. Notaria Pública. Publicar por una vez.—1 vez.—( IN202601073008 ).

Por escritura número sesenta y dos-veintisiete, otorgada ante la Notaría de Fernanda Linner de Silva a las trece horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Eugenio Penón Góngora de la sociedad CASA B CINCO LA VEREDA JACÓ S.A., con cédula jurídica número 3-101-739675, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 30 de abril de 2026. Licda. Fernanda Linner de Silva, flinnerdes@gmail.com.—1 vez.—( IN202601073009 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta, de las nueve horas con cuarenta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis, visible al folio ciento cuarenta y seis frente del tomo dos del protocolo de la suscrita Notaria Pública, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de UBUNTU CR LIFE LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-novecientos veinte mil trescientos ochenta y seis, mediante la cual se acordó reformar la cláusula segunda conforme con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. María Mercedes Vargas Monge.—1 vez.—( IN202601073010 ).

A las 14:00 horas del día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Regulación y manejo de fluidos R & M de Costa Rica, S.A., cédula jurídica 3-101-104417 en la que se reforma la cláusula tercera referente al objeto. San José, 4 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073011 ).

Por escritura número sesenta y cinco - siete otorgada ante el Notario Público, Licenciado Sergio Vargas Masis de las ocho horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se modifica cláusula número dos del domicilio en los estatutos de la sociedad denominada TRES- CIENTO DOS- CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres- ciento dos- cuatrocientos setenta y cinco mil seiscientos dieciséis, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Cartago, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Sergio Vargas Masis Notario Público.—1 vez.—( IN202601073012 ).

Por escritura número sesenta y tres-veintisiete, otorgada ante la Notaría de Fernanda Linner de Silva a las trece horas cuarenta y cinco minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Irma Patricia Fournier Leiva de la sociedad TRESCIENTO DOS-SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS S.R.L., con cédula jurídica número 3-102-793962, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 30 de abril de 2026. Licda. Fernanda Linner de Silva, flinnerdes@gmail.com.—1 vez.—( IN202601073013 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos sesenta y cinco, visible al folio ciento treinta y ocho frente, del tomo cinco, a las once horas con treinta minutos del cinco de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de RONNY JESUS ALFARO HERNANDEZ, representante legal de la denominada ALMACEN Y FERRETERIA R Y R SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA , con la cédula de persona jurídica número tres – uno cero dos- cinco dos cinco nueve tres tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de La Virgen – Sarapiquí – Heredia, a las diez horas con cero minutos del seis de mayo del año del año dos mil veintiséis. Lic. Merlin Porras Murillo. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073014 ).

Por escritura número sesenta y cuatro-veintisiete, otorgada ante la Notaría de Fernanda Linner de Silva a las catorce horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de María Luisa Fournier Leiva de la sociedad BIÓSFERA CONSULTORES S. A., con cédula jurídica número 3-101-174334, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 30 de abril de 2026. Licda. Fernanda Linner de Silva, flinnerdes@gmail.com.—1 vez.—( IN202601073015 ).

Ante el suscrito Notario, la sociedad Torres y Henríquez Sociedad Anónima, cedula jurídica tres –ciento uno – cero cuarenta y cuatro mil ochocientos treinta y siete, modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo: inclusión del correo electrónico torresyhenriquez@gmail.com, como medio de notificaciones.—Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas, a las a las 10:20 horas del 06 de mayo del 2026. Atentamente.—Lic. Rene Fernández Ledezma. Notario Público, Código 13180.—1 vez.—( IN202601073016 ).

El Representante Legal de las Sociedades denominadas de MODA TIGRITO SOCIEDAD DE RESPOSABILIDAD LIMITADA cédula de Persona jurídica número 3- 102- 847906 DISTRIBUIDORA IMQ COSTA RICA SOCIEDAD DE REPONSABLIDAD LIMITADA cédula de Persona jurídica número 3 - 102 - 738439 mediante Escritura Pública ha comparecido ante esta notaria a fin de declarar el correo electrónico como la dirección electrónica. Liberia, 05 de mayo del 2026. responsable de la firma Licenciada Irma Solorzano Álvarez.—1 vez.—( IN202601073017 ).

El día de Hoy ante esta Notaria, se solicita para recibir notificaciones, la inclusión de la siguiente dirección electrónica: maritza.2016@yahoo.com de la sociedad denominada CORPORACION LAGUNA M&B INC SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica Tres – Ciento Uno – Quinientos Veintiún Mil Trescientos Cuarenta y Nueve. Es todo. Miramar, primero de abril del año dos mil veintiséis. Notario. Freddy Mesén Bermúdez. Carné número 20795.—1 vez.—( IN202601073018 ).

Por escritura número sesenta y cinco-veintisiete, otorgada ante la Notaría de Fernanda Linner de Silva a las catorce horas quince minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de María Luisa Fournier Leiva de la sociedad HOJA DE MAR AZUL NOSARA S. A., con cédula jurídica número 3-101-800476, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 30 de abril de 2026.—Licda. Fernanda Linner de Silva, flinnerdes@gmail.com.—1 vez.—( IN202601073019 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y cuatro, de las diez horas con treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis, visible al folio ciento cincuenta frente del tomo dos del protocolo de la suscrita Notaria Pública, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de ROSEWATER LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos setenta y siete mil ochocientos cincuenta y cuatro, mediante la cual se acordó reformar la cláusula SEGUNDA conforme con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María Mercedes Vargas Monge. 4081-4568.—1 vez.—( IN202601073020 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número mediante escritura número veintinueve-cuarenta y dos, visible al folio setenta vuelto, del tomo cuarenta y dos, a las diez horas del seis de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de MARIA EUGENIA MADRIGAL MATAMOROS como representante de COMPAÑIA AGRICOLA INDUSTRIAL TAPEZCO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres-ciento uno- diez mil ochocientos nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad Quesada, seis de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Licda. Isabel Cristina Córdoba Hidalgo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073021 ).

Por escritura número nueve-uno, otorgada ante el Notario Público, José Carlos Solano Salas de las dieciséis horas del trece de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada RÍO PIEDRAS INVESTMENTS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres-ciento dos-novecientos veinticinco mil quinientos setenta y cuatro, con domicilio social en Guanacaste, Tilarán, Nuevo Arenal, veinticinco metros al este de la estación de policía, oficina de Legal Arenal, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, seis de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. José Carlos Solano Salas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073022 ).

Yo, Ingrid Tatiana Reyes Quirós, Notaria Pública con oficina en San José, hago constar que el día 06 de mayu de 2026, mediante escritura número 80-02, se protocolizó acta de la sociedad LAV SERVICES CR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – novecientos once mil trescientos veinte, donde se modificó la cláusula de la administración. San José, 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073023 ).

Por escritura número 62 tomo 11 otorgada a las 11:00 horas del día 30/04/2026, INVERSIONES UPARELA GUTIÉRREZ, S.A, cédula jurídica 3-101-245772, se realizó la inclusión del correo pedro_cirugia@yahoo.com. Notario, carné 23384.—1 vez.—( IN202601073024 ).

Por escritura otorgada en esta Notaria, a las 9:00 horas del 06/05/2026, el representante de la sociedad Paraiso Casa Lapas S. A., cédula jurídica 3-101-311626, solicita la inclusión en la cláusula del domicilio del correo electrónico: golinsa.gerencia@hotmail.com San José, 6 de mayo de 2026. Dr. Rafael Ángel Sanabria Rojas.—1 vez.—( IN202601073025 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número mediante escritura número veintinueve-cuarenta y dos, visible al folio setenta vuelto, del tomo cuarenta y dos, a las diez horas del seis de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de MARIA EUGENIA MADRIGAL MATAMOROS en representación de SOCIEDAD AGRICOLA MADRIGAL Y MATAMOROS LIMITADA, cédula jurídica tres - ciento dos - dieciséis mil trescientos ochenta y cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad Quesada, seis de mayo del dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Licda. Isabel Cristina Córdoba Hidalgo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073026 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número mediante escritura número veintinueve-cuarenta y dos, visible al folio setenta vuelto, del tomo cuarenta y dos, a las diez horas del seis de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de MARIA EUGENIA MADRIGAL MATAMOROS en representación de AGRICOLA RO MA DE SAN CARLOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres - ciento uno - ciento ocho mil doscientos cincuenta y cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad Quesada, seis de mayo del dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Licda. Isabel Cristina Córdoba Hidalgo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073028 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las diez horas y veinte minutos del veinte de abril de dos mil veintiséis la sociedad Buenos Aires Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento veinticinco mil cuatrocientos veinte, solicitó la inclusión de su correo electrónico en cumplimiento de la Ley para el Establecimiento de un Correo Electrónico como Medio de Notificación para las Sociedades Mercantiles. San José, cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Luis Arturo Álvarez Ulate.—1 vez.—( IN202601073029 ).

Por escritura número trescientos siete, otorgada ante el Notario Miguel Ángel Zumbado González, a las trece horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada ZEN-REAL STATE S. A. cédula jurídica tres-ciento uno- cuatrocientos diecinueve mil novecientos setenta y siete, con domicilio en Grecia Los Ángeles, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Grecia, 06 de mayo del año 2026.—Lic. Miguel Ángel Zumbado González, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073030 ).

En esta notaría, mediante escritura 25-29, otorgada a las 17:00 horas del 05 de mayo de 2026, FORLE S. A., MEFLOR S. A., y, NOVA AMÉRICA INMOBILIARIA S. A., solicitan la incorporación de un correo electrónico en su domicilio, conforme a la Ley 10597.—Heredia, 06 de mayo de 2026.—Lic. Francisco González Bolaños, Notario Público. Carné 6144.—1 vez.—( IN202601073031 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número mediante escritura número veintinueve-cuarenta y dos, visible al folio setenta vuelto, del tomo cuarenta y dos, a las diez horas del seis de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de María Eugenia Madrigal Matamoros en representación de GRUPO LOS CINCO LOES SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil ochocientos sesenta y uno, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad Quesada, seis de mayo dos mil veintiséis.—Licda. Isabel Cristina Córdoba Hidalgo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073032 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas del día veintidós de abril de dos mil veintiséis, el representante de la empresa: “CERRO ARBOLITO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número: tres-ciento dos-setecientos setenta y nueve mil cincuenta y tres, solicitó la inclusión de su correo electrónico en la cláusula relativa al domicilio.—San Vito de Coto Brus, cuatro de mayo de dos mil veintiséis.—Gabriela Vargas Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN202601073033 ).

Por escritura otorgada ante este Notario a las 16:00 horas del 30 de abril del 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea de Cuotistas de HOGAR DE SUEÑOS LLC LIMITADA mediante la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en cumplimiento con la ley número 10597. San José, 04 de mayo del 2026. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—( IN202601073034 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las diecisiete horas del diecisiete de abril del dos mil veintiséis, se incluye correo para notificaciones en las sociedades CORPORACIÓN PACÍFICO SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-115817, B) LAS PELONAS R Y B SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-408650, y C) TRES- CIENTO DOS- SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CERO VEINTIUNO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica 3-102-795021. San José, 5 de mayo del 2026. Notario: Álvaro Leiva Escalante.—1 vez.—( IN202601073035 ).

Yo, Kattia Quirós Chévez, Notaria Pública con oficina en Heredia, hago constar que el día cuatro de mayo del dos mil veintiséis, protocolicé acta de la empresa Luna Marina L M S.R.L., en la cual se modificó la cláusula del domicilio, la cláusula de la administración, y se realizaron nuevos nombramientos. Heredia, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601073036 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y tres, de las diez horas con veinte minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis, visible al folio ciento cuarenta y ocho frente del tomo dos del protocolo de la suscrita Notaria Pública, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de LOS VILLANOS BUENOS LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos setenta y cuatro mil ciento veinticinco, mediante la cual se acordó reformar la cláusula SEGUNDA conforme con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María Mercedes Vargas Monge.—1 vez.—( IN202601073038 ).

Hago constar que por escritura otorgada el treinta de abril del dos mil veintiséis, ante mí a las dieciséis horas, la sociedad denominada ANACOSTIA SOCIEDAD ANÓNIMA, incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. Santa Cruz, Guanacaste, treinta de abril del dos mil veintiséis. Lariza Guevara Moya, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073039 ).

Por escritura otorgada en esta Notaría, a las 10:00 horas del 06/05/2026, el representante de la sociedad JM PROMOTORES S. A., cédula jurídica 3-101-722331, solicita la inclusión en la cláusula del domicilio del correo electrónico: golinsa.gerencia@hotmail.com.—San José, 06 de mayo de 2026.—Dr. Rafael Ángel Sanabria Rojas.—1 vez.—( IN202601073040 ).

Ante la suscrita notaria la sociedad THE ROYAL FAIRMONT INVESTMENTS OF COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, acuerdo agregar a su pacto constitutivo el correo electrónico jacunacrt@gmail.com para notificaciones. Publicar solo una vez. Heredia, seis de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Johanna Vargas Marín, Abogada y Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073041 ).

Por escritura número SETENTA Y CUATRO – UNO otorgada ante los Notarios Públicos DANIEL ALBERTO MAZÓN ARCE y ROLANDO CLEMENTE LACLÉ ZÚÑIGA, a las catorce horas treinta minutos del día veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se solicita incorporar un correo electrónico de la sociedad MITIK INVESTMENT GUANACASTE, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica tres – ciento dos novecientos dos mil cuatrocientos noventa, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 5 de mayo del 2026. Daniel Alberto Mazón Arce, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073042 ).

Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete, se solicita incluir como medio de notificación para VETERINARIA CURRIDABAT S. A., Cédula Jurídica tres- ciento uno- doscientos treinta y seis mil cuarenta y cuatro, el siguiente email: arturoaz1944hacienda@gmail.com, bajo escritura número 162 iniciada al folio 083 V del tomo 7 del protocolo de la notaria MARIANELA FONSECA RIVERA, carné N° 18145. San José, 6 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073043 ).

Por escritura número SESENTA Y DOS - OCHO otorgada ante el Notario Público, FABIÁN MEJIAS ESPINOZA a las quince horas y treinta minutos del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades: I. TRES-CIENTO UNO-SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número TRES-CIENTO UNO-SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA; II. DESARROLLO INMOBILIARIO EXCELLENCE PARADISE SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número TRES-CIENTO UNO-OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS. III) SUPERPOWERS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número TRES-CIENTO DOS-NOVECIENTOS DIEZ MIL SESENTA Y NUEVE; mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. La Fortuna de San Carlos, cinco de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Fabián Mejías Espinoza, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073044 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las nueve horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se incluye correo para notificaciones en la sociedad TRES- CIENTO DOS- NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CERO OCHENTA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número 3-102-938080. San José, 5 de mayo del 2026. Notario: Álvaro Leiva Escalante.—1 vez.—( IN202601073045 ).

Por escritura número cincuenta y nueve – ocho, otorgada ante el Notario Público, Fabián Mejias Espinoza a las quince horas y treinta minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades: I. EL DANO DIEZ SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil ochocientos treinta y cuatro; II. D MOHR CUTRIS SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres-ciento uno-ochocientos noventa y tres mil quinientos setenta y tres; mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—La Fortuna de San Carlos, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Fabián Mejias Espinoza, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073046 ).

El 09 de abril del 2026, a las 8:00 horas, la sociedad ASESORES DE EXITO ALFARO, S. A., ha establecido el correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: asesoresdeexito.bienesraices@gmail.com. Cualquier oposición apersonarse al Registro. Alajuela, 10 horas del 05 de mayo de 2026. Lic. José Miguel Hernández Matamoros.—1 vez.—( IN202601073047 ).

Yo, Kattia Quirós Chévez, Notaria Pública con oficina en Heredia, hago constar que el día cuatro de mayo del dos mil veintiséis, protocolicé acta de la empresa Distribuidora El Castillo D E C S.R.L., en la cual se modificó la cláusula del domicilio y se realizaron nuevos nombramientos. Heredia, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601073048 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las nueve horas del diecisiete de abril del dos mil veintiséis, se incluye correo para notificaciones en la sociedad CASA TRINIDAD HOLDINGS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número 3-102-930257. San José, 5 de mayo del 2026. Notario: Álvaro Leiva Escalante.—1 vez.—( IN202601073049 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número treinta y uno, visible al folio ochenta y seis vuelto, del tomo primero, a las nueve horas cero minutos del seis de abril de dos mil veintiséis, se protocoliza el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Cuotistas de A & B SOMBRO DEL ESTE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-813235, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, Montes de Oca, catorce de abril de 2026. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta. Licda. Karolina Arias Calero, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073050 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 63 visible a folio ciento ochenta y siete frente y vuelto del tomo siete , a las 17 horas del día 01 de mayo de 2026, se presento solicitud por parte del representante legal de Sylliboy y Boudreau Hermosa Villa Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-815672, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número 10597. San Ramón, 06 de marzo de 2026. Lic. Jorge Arturo Soto Carvajal, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073051 ).

Debidamente autorizada la suscrita notaria pública por la PRESIDENTE CON FACULTADES DE APODERADA GENERALISIMA SIN LIMITE DE SUMA de la sociedad DESARROLLOS DEL ESTE J Y C SOCIEDAD ANONIMA, cédula 3-101-700082, procedo a realizar el trámite de solicitar al Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas la incorporación del correo electrónico: silviacalla@yahoo.com, dentro de la información registral de la sociedad. San José, seis de mayo del dos mil veintiséis. Firma Responsable: Licda. Diana Catalina Varela Solano, cédula 1-1237-0376.—1 vez.—( IN202601073052 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento treinta, visible al folio ciento doce, del tomo uno, a las diez horas con diez minutos, del día seis de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Thaimyr Díaz Parrales de Gensol Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número tres – ciento uno - quinientos sesenta y cuatro mil trescientos veintiséis para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Santo Domingo de Heredia, a las once horas y treinta minutos del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Osvaldo Andrés Parrales Córdoba, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073053 ).

Que para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete, se solicita incluir como medio de notificación para las sociedad DISTRIBUIDORA SAAL, S. A., Cédula Jurídica tres- ciento uno- ciento cuarenta tres mil cuatrocientos treinta y tres e INMOBILIARIA VERMEX, S. A., Cédula Jurídica tres- ciento uno- trescientos cincuenta y dos mil ochocientos treinta y cuatro, el correo: arturoaz1944hacienda@gmail.com, bajo escritura número 163 iniciada al folio 084F del tomo 7 del protocolo del notario.—San José, 6 de mayo de 2026.—Marianela Fonseca Rivera, carné N° 18145.—1 vez.—( IN202601073054 ).

El suscrito Notario Público, hago constar que, mediante escritura N° 22-9 de las 20:30 hrs del 04 de mayo del 2026, del tomo nueve de mi protocolo, se protocolizó la Asamblea de Cuotistas de la empresa VASMUN DREAMS SRL, cédula 3-102-685442, en donde se modificó la cláusula del domicilio social y se incluyó cuenta de correo electrónico.—San José, 05 de mayo del 2026.—Lic. Carlos José Rojas Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN202601073055 ).

Mediante escritura número 34 del tomo 46 de mi protocolo, otorgada las 14:30 horas del día 25 de abril del 2026, el apoderada generalísimo de la sociedad denominada VISTA VIEJA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres - ciento uno- seiscientos nueve mil trescientos cuarenta y tres establece para la sociedad el correo electrónico: fehurcla@icloud.com.—Licenciada Johanna María Moreno Bustos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073056 ).

Por escritura número treinta y ocho - dos otorgada ante la Notario Público, Yuliana López Montero, de las nueve horas del seis de mayo de dos mil veintiséis, se reforma la cláusula del capital social por aumento, se reforma la administración y se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad GRUPO DIAZ Y SABALLOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres – ciento uno – quinientos cincuenta y un mil diecisiete, domiciliada en San José, San José, Barrio Amón, de la esquina sur – oeste del Invu, setenta y cinco metros al sur, edificio Teresa, tercer pis. Es todo. San José, seis de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Yuliana López Montero, Notaria.—1 vez.—( IN202601073057 ).

Por escritura número doscientos noventa y siete, otorgada ante el Notario Miguel Ángel Zumbado González, a las diez horas del veinticuatro de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada CORPORACIÓN TRYKAVERO DE GRECIA S. A. cédula jurídica tresciento unodoscientos noventa y cinco mil doscientos sesenta y uno, con domicilio en Moravia San José, mediante reforma a la cláusula del domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Grecia, 06 de mayo del año 2026. Lic. MIGUEL ANGEL ZUMBADO GONZÁLEZ, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073058 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos veinticuatro, visible al folio ciento ochenta y dos frente, del tomo dos, de las nueve horas del seis de mayo del año dos mil veintiséis ESCALERAS A CASA LA LADERA S.R.L., con domicilio social: Puntarenas, Osa, Bahia Ballena, en Dome Plaza, oficina número siete, cédula jurídica: tres- ciento dos- ocho tres uno dos dos seis, comparece a efecto de hacer solicitud formal la inscripción del correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: bunnyis2411@gmail.com. Es todo, a las nueve horas y cinco minutos del seis de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Jacqueline Quesada Badilla, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073059 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se reforma la cláusula sétima de la administración de la sociedad tres-ciento uno- seiscientos setenta y ocho mil veintiséis sociedad anónima, cédula jurídica cédula jurídica: 3-101-678026. Lic. Juan Manuel Fernández Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073060 ).

Mediante escritura otorgada ante esta Notaría, a las ocho horas del seis de mayo dos mil veintiséis, se realizó el aporte de correo electrónico para notificaciones de la sociedad Flamingo CR Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada, siendo el mismo: kyezhova@yahoo.com. Se debe publicar una única vez.— Lic. Merlin Leiva Madrigal, Notario Público-15042.—1 vez.—( IN202601073061 ).

Ante esta Notaría por escritura veintidós, visible al folio veintiséis vuelto del Tomo treinta y ocho, se incorporó el correo electrónico viquezcr@gmail.com a la sociedad Rancho Antiguo Garcimuñoz S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- cuatrocientos treinta y siete mil novecientos treinta. Lic. Mario Morales Arroyo.—1 vez.—( IN202601073062 ).

Por escritura número treinta y siete - dos otorgada ante la Notario Público, Yuliana López Montero, de las diecisiete horas del cinco de mayo de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas: (i) FERREHOGAR EL BUHO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, domiciliada en San José, San José, Zapote, Barrio Las Luisas, Condominio Las Castañuelas, casa número B dos, con cédula jurídica número tres – ciento dos – setecientos noventa y un mil seiscientos veintinueve, (ii) ANGMAR LIMITADA, domiciliada en San José, San José, Zapote, Barrio Córdoba, cincuenta metros al oeste de Farmacia Especial, con cédula jurídica número tres – ciento dos – trescientos veinte mil ochocientos cuarenta y ocho, y (iii) CAT INVERSIONES CREATIVAS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, domiciliada en San José, San José, Zapote, Barrio Las Luisas, Condominio Las Castañuelas, casa B – Dos, con cédula jurídica número tres – ciento dos – seiscientos setenta y ocho mil ochocientos cincuenta y siete. San José, cinco de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Yuliana López Montero, Notaria.—1 vez.—( IN202601073063 ).

El veintisiete de marzo del dos mil veintiséis, a las trece horas cincuenta minutos, las sociedades INMOBILIARIA PIEDRAS BLANCAS S. A.; INMOBILIARIA IPB S. A.; SONICOLOR S. A.; APAZOTE S. A.; FLORES DE PORTUGAL S. A.; ESTRELLAS DEL CIELO AZUL S. A.; PAGOS S. A.; INVERSIONES EL DIAMANTE TURQUESA S. A.; DOS ARBOLITOS VERDES S. A.; LA TORRE HERRADURA APARTAMENTO OCHO B LMW S. A.; y TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL NOVENTA Y NUEVE S. R. L.; han establecido el correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: notificaciones@ipbcr.com. Cualquier oposición apersonarse al Registro. Alajuela, 10 horas del 05 de mayo de 2026. Lic. José Miguel Hernández Matamoros, carné 11260.—1 vez.—( IN202601073064 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 203, visible al folio 192 vuelto, de las 13 horas del día 29 de abril de 2026, se presentó solicitud por parte de ROBERTA MARIA (nombre) PARAPINI (Apellido) de un único apellido en razón de su nacionalidad Italiana, portadora de la cédula de residencia de la República de Costa Rica número uno tres ocho cero cero cero dos cuatro seis siete tres uno, en calidad de apoderada Generalísima sin Límite de Suma de la sociedad denominada FGR INTERNATIONAL SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3-101-621933 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, del día 05 de mayo de 2026. Lic. José Arturo Leitón Salas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073065 ).

Por escritura número noventa y seis, otorgada a las quince horas del día veinte de abril de dos mil veintiséis, el representante legal de la sociedad J & B CAPITAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos noventa y ocho mil trescientos treinta y dos, compareció ante el suscrito Notario, a informar correo electrónico para notificaciones de la sociedad.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario Público.—Cartago, seis de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601073066 ).

Por escritura N° 24-11 de las 10:30 del 6 de mayo 2026, protocolicé acta de MSCR REEVES PROPERTIES, SRL, cédula 3-102-875132, por la cual se incluye correo electrónico en la cláusula del domicilio. San José, 6 de mayo, 2026. Federico Peralta Calzada, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073067 ).

Ante esta notaría por escritura N.43, otorgada el seis de mayo del 2026, la sociedad SUPER ÚNICO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-031859, los socios han definido la inclusión de correo electrónico para notificaciones licgermansalazar@gmail.com.—San José, 06 de mayo del 2026.—Lic. Piero Vignoli Chessler, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073068 ).

Ante esta Notaría por escritura veintitrés, visible al folio veintiséis vuelto del Tomo treinta y ocho, se incorporó el correo electrónico viquezcr@gmail.com a la sociedad Estucos y Acabados Vancolor S.A., cédula jurídica tres- ciento uno- setecientos noventa y cinco mil doscientos cincuenta y cinco. Lic. Mario Morales Arroyo.—1 vez.—( IN202601073069 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 9:00 del 5/5/26, protocolicé acta de la empresa GRUAS ROXU COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA, mediante la cual se incluye al acto constitutivo correo electrónico para recibir notificaciones judicial y administrativas.—Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073070 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CINCUENTA Y TRES, visible al folio cuarenta y dos vuelto, del tomo DIEZ, a las nueve horas con cincuenta minutos del seis de mayo del año dos mil veintiséis, comparece MARTIN ESQUIVEL SIBAJA, cédula de identidad número dos-setecientos nueve-cero quince, en su condición de GERENTE con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de las sociedades INVERSIONES MAESSI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA e INVERSIONES INMOBILIARIAS ESQUIVEL ROJAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, solicitando la incorporación de un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad Quesada, a las once horas con cuarenta minutos del seis de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Lilibel Jara Gómez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073071 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento treinta y nueve, de las nueve horas con treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis, visible al folio ciento cuarenta y cinco frente del tomo dos del protocolo de la suscrita Notaria Pública, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de STECK FAMILY TRUST LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-novecientos veintinueve mil ochocientos noventa, mediante la cual se acordó reformar la cláusula SEGUNDA conforme con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María Mercedes Vargas Monge.—1 vez.—( IN202601073072 ).

Por escritura número noventa y cinco, otorgada a las once horas con treinta minutos del día veinte de abril de dos mil veintiséis, el representante legal de la sociedad MENTE IMPARABLE, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres- ciento dos-ochocientos dos mil quinientos treinta y cuatro, compareció ante el suscrito Notario, a informar correo electrónico para notificaciones de la sociedad.—Cartago, seis de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. José Francisco Acevedo Gutiérrez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073073 ).

Por escritura número 52, otorgada en San José a las 11:00 horas del 06 de mayo del 2026, se actualiza la información de; 3-101-872551 SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número: 3-101-872551, se consigna el correo: adrianbarrantes.v@gmail.com para recibir comunicaciones y notificaciones. San José, a las 11:50 horas del 06 de mayo del 2026. Lic. Milton González Vega.—1 vez.—( IN202601073074 ).

El veintisiete de abril del dos mil veintiséis, a las quince horas, la FUNDACIÓN SERVIO FLORES ARROYO, han establecido el correo electrónico mediante el cual su representada recibirá, en lo sucesivo, notificaciones judiciales y administrativas, siendo que para tal efecto se establece el siguiente correo electrónico: fund.servioflores@fundacionsfa.org Cualquier oposición apersonarse al Registro.—Alajuela, 10 horas del 05 de mayo de 2026.—Lic. José Miguel Hernández Matamoros, carné 11260.—1 vez.—( IN202601073075 ).

Ante esta Notaría, por escritura veinticuatro, visible al folio veintisiete, frente del Tomo treinta y ocho, se incorporó el correo electrónico viquezcr@gmail.com a la sociedad Hervifu S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- ochenta y seis mil ciento cincuenta y ocho.—Lic. Mario Morales Arroyo.—1 vez.—( IN202601073076 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 164, visible al folio 126 vuelto, del tomo 68, a las 9:30 horas, del día 30 de abril del 2026, se protocolizo Acta de Asamblea de Socios de El Pupachi Sociedad Anónima, con cédula jurídica: 3-101-743590 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley número 10597. Naranjo, a las diez horas del día treinta de abril del dos mil veintiséis. Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073077 ).

Ante esta Notaría por escritura veinticinco, visible al folio veintisiete vuelto del Tomo treinta y ocho, se incorporó el correo electrónico viquezcr@gmail.com a la sociedad Inversiones Dumit S. A., cédula jurídica tres- ciento uno- ciento once mil seiscientos doce. Lic. Mario Morales Arroyo.—1 vez.—( IN202601073078 ).

Hago constar que por escritura otorgada el veintinueve de abril del dos mil veintiséis, ante mí a las diez horas cuarenta y cinco minutos, la sociedad denominada RANCHO DOÑA CARMEN SOCIEDAD ANÓNIMA, incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. Santa Cruz, Guanacaste, seis de mayo del dos mil veintiséis. Lariza Guevara Moya, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073079 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cincuenta y cinco, visible al folio cincuenta y dos, frente, del tomo segundo, a las nueve horas del treinta de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de ADRIANA MARÍA FONSECA BARQUERO, PRESIDENTE de GUARDERÍA INFANTIL PICARIÑOS, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco siete cero cinco seis cinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Heredia, a las once horas con cuarenta y cuatro minutos del seis de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Dafne Paola Rodríguez Ledezma.—1 vez.—( IN202601073080 ).

Mediante número 146-35, visible al folio 192 vuelto del tomo 35 del Notario Jorge González Roesch 11:54 del 6 de mayo del 2026 se presentó solicitud por parte de representante legal de MBGJPDX SRL, con la cédula de persona jurídica número 3-102-882289 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las 11:54 del 6 de mayo del 2026. Lic. Andrés Hernández Rodríguez.—1 vez.—( IN202601073081 ).

Por escritura número SETENTA Y DOS – UNO otorgada ante los Notarios Públicos DANIEL ALBERTO MAZÓN ARCE y ROLANDO CLEMENTE LACLÉ ZÚÑIGA, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se solicita incorporar un correo electrónico de la sociedad THE SEABIRD COMPANY, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA., con cédula de persona jurídica tres – ciento dos – ochocientos ochenta y siete mil seiscientos cinco, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 29 de abril del 2026. Daniel Alberto Mazón Arce, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073082 ).

Mediante escritura número 40 del tomo 46 de mi protocolo, otorgada las 13: 30 horas del día 30 de abril del 2026 el apoderado generalísimo de la sociedad denominada PRODUCCIONES DEL MIRAVALLES LIMITADA, cédula jurídica tres –ciento dos– ochocientos treinta y siete mil quinientos dieciséis, establece para la sociedad el correo electrónico:inmobiliare36@gmail.com. Publíquese una vez. Licenciada Johanna María Moreno Bustos. Notaria Público.—1 vez.—( IN202601073083 ).

Para los efectos establecidos en la Ley Número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ -cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas; de la sociedad INMOBILIARIA GARCÍA Y ÁLVAREZ SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-228630, solicita la inclusión del siguiente correo electrónico como medio para atender notificaciones: nicolfloresalvarez18@gmail.com. Es todo 06 de mayo 2026.—Lic. Juan Bautista Conejo Badilla, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073084 ).

Por escritura número trece otorgada ante el Notario Público, Andrei José Meza Evans, de las once horas treinta minutos del diecisiete de abril de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada VARIEDADES JM DE COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cedula jurídica número tres- ciento dos- novecientos treinta mil cuatrocientos veinticuatro, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, nueve horas cincuenta minutos del seis de mayo de dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601073085 ).

Ante el suscrito Notario, la sociedad Finca la Maravilla Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno- seiscientos cincuenta y cinco mil quinientos ocho, modifica la cláusula primera del pacto constitutivo: inclusión del correo electrónico rpotoy37@gmail.com, como medio de notificaciones.—Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas a las a las 10:00 horas del 06 de mayo del 2026.—Atentamente Lic. Rene Fernández Ledezma, Notario Público, Código 13180.—1 vez.—( IN202601073086 ).

Debidamente facultado al efecto, protocolicé el acta de asamblea de socios de “ROCKY MOUNTAIN HIGH TECH SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, con cédula de persona jurídica tres – ciento dos – ochocientos setenta y dos mil seiscientos cincuenta, la cual en cumplimiento de la Ley Número DIEZ MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE establece como dirección de correo electrónico miguel.rodriguez@abogados.or.cr. San José, al ser las diecinueve horas cincuenta minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, cédula 1-1211-0789, carné 20031.—1 vez.—( IN202601073087 ).

En esta notaría, mediante escritura 26-29, otorgada a las 17:15 horas del 05 de mayo de 2026, EL PUNTO DE PAQUERA S.R.L., solicita la incorporación de un correo electrónico en su domicilio, conforme a la Ley 10597. Heredia, 06 de mayo de 2026. Lic. Francisco González Bolaños. Notario Público. Carné 6144.—1 vez.—( IN202601073088 ).

Por escritura de las nueve horas del dos de mayo del dos mil veintiséis. Se protocoliza la Asamblea de LIVING MARBELLA COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- setecientos dieciséis mil ciento ochenta y ocho, mediante la cual solicitan la inclusión de correo electrónico. Es todo. La Unión, 06 de mayo del 2026. Lic. Kattia Bermúdez Montenegro, correo electrónico kbermudez@sbs.cr.—1 vez.—( IN202601073089 ).

Por escritura numero 29 otorgada a las 10 horas del día 02 de mayo del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico en cumplimiento de la ley diez mil quinientos noventa y siete, de la sociedad ACOUSTIC EDGE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-874726.—Alajuela, 05 de mayo del 2026.—Licda. Ariel Víquez Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN202601073090 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento treinta y ocho, de las nueve horas del cuatro de mayo de dos mil veintiséis, visible al folio ciento cuarenta y cuatro vuelto del tomo dos del protocolo de la suscrita Notaria Pública, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de MOSS BEACH CORPORATION LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-novecientos treinta y cuatro mil ochocientos dos, mediante la cual se acordó reformar la cláusula SEGUNDA conforme con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. María Mercedes Vargas Monge. 4081-4568.—1 vez.—( IN202601073091 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 199 visible al folio 139 vuelto del tomo 25 a las 11 horas 15 minutos del 29 de Abril del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de PARADISE PALM IN COSTA RICA SIXTY THREE SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número: 3-102-326427, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Jacó a las 10 horas 20 minutos del día 06 de mayo del año 2026.Lic. Juan Federico Arias Chacón Notario Público.—1 vez.—( IN202601073092 ).

Por escritura numero 17 otorgada a las 09 horas del día 23 de abril del 2026, se incluye cuenta de correo electrónico en cumplimiento de la ley diez mil quinientos noventa y siete, de la sociedad INVERSIONISTAS MAROES DE ALAJUELA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número 3- 101-389799, Alajuela, 05 de mayo del 2026. Notaria. Licda. Ariel Víquez Vargas.—1 vez.—( IN202601073093 ).

En esta notaría, mediante escritura 24-29, otorgada a las 16:45 horas del 05 de mayo de 2026, AGRIBIOTECNOLOGÍA DE COSTA RICA S.A., COMPAÑÍA DE SERVICIOS HORTICOLAS S.A., CORTIJO MADRE TIERRA S.A., FOLLAJES TICOS S.A., FRUTAS MARINAS DEL MAR S.R.L., GRUPO OMA DE HEREDIA S.A., HELECHOS Y FLORES VERDES S.A., OBSERVATORIO LIMA S.A., PROBIOTEC S.A., SOCIEDAD MADERERA POCOCI S.A., VOCHYSIA S.A., ZACATES SELECTOS DEL TROPICO S.A., BIOPLANTA DE COSTA RICA S.A., ARIROSA LTDA., DESARROLLOS MADRE TIERRA O E S.A., AGROINDUSTRIAL VALLE DORADO S.A., AGRICULTURAL INNOVATION CR INC S.A., TWO SISTERS LEGACY S.R.L., solicitan la incorporación de un correo electrónico en su domicilio, conforme a la Ley 10597. Heredia, 06 de mayo de 2026. Lic. Francisco González Bolaños. Notario Público. Carné 6144.—1 vez.—( IN202601073094 ).

Ante esta Notaría por escritura otorgada a las 11:00 horas del 22 de abril de 2026, se incluyó cuenta de correo electrónico para las siguientes sociedades: (i) 3-102-795964 S.R.L., cédula jurídica 3-102-795964; (ii) ASESORIAS ENERGETICAS MATAMOROS S.A., cédula jurídica 3-101-219169; (iii) CORPORACION DE DESARROLLOS ESTRELLA DEL NORTE S.A., cédula jurídica 3-101-285074; (iv) COSMOPOLITAN JY S.R.L., cédula jurídica 3-102-852787; y, (v) MONTECASINO DE MATAMOROS S.A., cédula jurídica 3-101-103913; mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo de cada sociedad en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 6 de mayo de 2026.—Lic. Ma. Cristina Corrales González, Notaria Pública.— (27146).—1 vez.—( IN202601073095 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento treinta y siete, de las doce horas con treinta minutos del treinta de abril de dos mil veintiséis, visible al folio ciento cuarenta y tres vuelto del tomo dos del protocolo de la suscrita Notaria Pública, se protocolizó el acta de Asamblea de Cuotistas de MANACO LIMITADA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-novecientos veinte mil quinientos veintitrés, mediante la cual se acordó reformar la cláusula segunda conforme con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. María Mercedes Vargas Monge.—1 vez.—( IN202601073096 ).

Por medio de escritura número 18, visible a folio 26 vuelto, del tomo número 29, otorgada ante la suscrita Notario Público, a las once horas con diez minutos del día 13 de abril del año 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de AKROGIALIA ODOIPOROS, SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número tres-uno cero uno-tres nueve cuatro ocho ocho dos, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San Isidro de El General de Pérez Zeledón, 13 de abril del año 2026. Notario: Ana Gabriela Mora Elizondo.—1 vez.—( IN202601073098 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CINCUENTA Y CUATRO, visible al folio cuarenta y tres frente, del tomo DIEZ, a las diez horas con quince minutos del seis de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de SOLUCIONES SUI GENERIS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-uno cero uno-tres cuatro cero cuatro nueve cero; mediante la cual se acordó reformar la cláusula SEGUNDA del pacto constitutivo, en cuanto al domicilio de la sociedad y reformar la cláusula número sexta en cuanto a la representación e integración del órgano directivo. Ciudad Quesada a las once horas con cincuenta minutos del seis de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Lilibel Jara Gómez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073099 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del seis de mayo de dos mil veintiséis, se establece el correo electrónico: sherjking@gmail. com de la sociedad de responsabilidad limitada LAS ALMAS PACÍFICAS CORP, registrada cédula jurídica 3- 102- 613176. Licda. Silvia Picado Quirós- Notaria Pública – Tierras Morenas- Tilarán.—1 vez.—( IN202601073100 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número catorce, visible al folio diez, del tomo primero, a las diez horas del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Jorge Alberto Cruz Sáenz, quien es el representante legal de GANADERA LA LAGUNA SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número tres – ciento uno– dieciséis mil novecientos cincuenta y dos, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Cartago, a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del cinco de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Xiomara Cerdas Fuentes. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073101 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CINCUENTA Y DOS, visible al folio cuarenta y uno vuelto, del tomo DIEZ, a las nueve horas del seis de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de ARQUITECTURA E INGENIERIA AMBIENTAL AIA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cuatro siete siete ocho nueve ocho; mediante la cual se acordó reformar la cláusula SEGUNDA del pacto constitutivo, en cuanto al domicilio de la sociedad y reformar la cláusula número sexta en cuanto a la representación e integración del órgano directivo. Ciudad Quesada a las once horas con cuarenta y cinco minutos del seis de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Lilibel Jara Gómez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073102 ).

Por escrituras otorgadas ante esta Notaría a las nueve y diez horas del día de hoy, se incluye correo para notificaciones en las sociedades Sweetwell Costa Rica Sociedad Anónima y Sweetwell Zona Franca SRL. San José, 6 de mayo del 2026. Notario: Alvaro Leiva Escalante.—1 vez.—( IN202601073103 ).

Por escritura otorgada ante mi a las 9:00 del 5/5/26, protocolicé acta de la empresa GRUAS ROXU SOCIEDAD ANONIMA, mediante la cual se incluye al acto constitutivo correo electrónico para recibir notificaciones judicial y administrativas. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073104 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número dieciséis a las once horas con quince minutos del día 29 de abril 2026, se presentó solicitud por parte de la Presidente con facultades apoderada generalísima sin límite de suma de CORPORACIÓN MARALL SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-738185, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—San José, 04 del mes de mayo del 2026.—Lic. Edgar Emilio León Díaz, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073105 ).

Por escritura otorgada ante mí, se modificó las cláusulas de administración y representación, y se modificó los cargos de gerentes de la sociedad La Pizzería Pénjamo S.R.L, cédula de persona jurídica número: 3-102-913095. Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 06 de mayo del 2026. Notario. Lic. Luis Diego Fonseca Sibaja.—1 vez.—( IN202601073106 ).

Ante la licenciada SILVIA ELENA RAMIREZ AVENDAÑO el día 5 de mayo del 2026, se procede a la INSCRIPCIÓN DE CORREO ELECTRONCO de la sociedad SPSAYPO SOCIEDAD ANÓNIMA.—1 vez.—( IN202601073107 ).

Mediante asamblea de cuotistas de “ HIDALRO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “ titular de la cédula jurídica TRES - CIENTO DOS – SEISCIENTOS CUARENTA MIL NOVENTA Y DOS, se hace la inclusión del correo para notificaciones en la sociedad de acuerdo a la ley número diez mil quinientos noventa y seis, otorgada ante la Licenciada María del Milaro Ugalde Víquez, en San Juan Sur, Poás, Alajuela, a las nueve horas del seis de mayo del dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601073108 ).

Por escritura número DOSCIENTOS UNO, de las dieciocho horas y cinco minutos del veintiocho de febrero del año dos mil veintiséis, del tomo dos, otorgada ante la Notaria Pública, Jackeline Solís Dobles, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada GANADERA JORONO HNOS SOCIEDAD ANONIMA, compañía con cédula de persona jurídica número trescientos uno-ochocientos cincuenta y ocho mil ochocientos noventa y uno, domiciliada en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, doscientos metros norte y cien este de Panificadora Tio Panchito, Apartamentos Mama Quina, Apartamento número uno, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Quesada, seis de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Jackeline Solís Dobles Notaria.—1 vez.—( IN202601073109 ).

Debidamente autorizada la suscrita notaria pública por la PRESIDENTE CON FACULTADES DE APODERADA GENERALISIMA SIN LIMITE DE SUMA de la sociedad TRES- CIENTO UNO- SEISCIENTOS CUATRO MIL DOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula 3-101-604002, procedo a realizar el trámite de solicitar al Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas la incorporación del correo electrónico: silviacalla@yahoo.com, dentro de la información registral de la sociedad. San José, seis de mayo del dos mil veintiséis. Firma Responsable: Licda. Diana Catalina Varela Solano, cédula 1- 1237-0376.—1 vez.—( IN202601073110 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del veintiséis de abril del dos mil veintiséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres – uno cero uno – siete cuatro tres seis ocho seis, cedula jurídica número: tres – uno cero uno – siete cuatro tres seis ocho seis, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Antonio José Mora Barboza, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073111 ).

Por escritura número SESENTA Y UNO - OCHO otorgada ante el Notario Público, FABIÁN MEJIAS ESPINOZA, a las quince horas y treinta minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades: I. INVERSIONES AROMA DEL ARENAL SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número TRES-CIENTO UNO-TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE; II. INVERSIONES ZAREVA SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número TRES-CIENTO UNO-SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TRECE. III. MULTISERVICIOS BIJAGUAL DEL BOSQUE SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número TRES-CIENTO UNO-SEISCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES; mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. La Fortuna de San Carlos, cinco de abril del dos mil veintiséis. Lic. Fabián Mejias Espinoza, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073112 ).

Por escritura pública otorgada a las 14 horas del día 14 de abril del 2026 ante el Notario Público Manuel Antonio Lobo Salazar, carnet 2356, cédula de identidad 9-0037-0357, compareció el señor Arsenio Salazar Molina, mayor, casado una vez, empresario, portador de la cédula 2-0332-0665, vecino de Alajuela, Sarchí, San Pedro, en su condición de Presidente y representante legal de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada 3-102-518998 S. A., cédula jurídica 3-102-518998, quien manifestó para efectos de cumplir con la ley número 10597 y su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, que el correo electrónico de dicha sociedad es: inversionessagonza@gmail.com. Notario responsable de esta publicación: Manuel Antonio Lobo Salazar.—1 vez.—( IN202601073113 ).

Por escritura número 159-1 otorgada ante los Notarios Públicos Keren Raquel Zúñiga Morales y Rolando Clemente Laclé Zúñiga, a las 14:00 horas del 05 de mayo del 2026, se protocoliza el acta número 09 de Asamblea de Cuotistas de la sociedad WORLD WIDE CAD, S.R.L., cédula jurídica número 3-102-340359, mediante la cual se solicita incorporar correo electrónico a la cláusula del domicilio del pacto constitutivo, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 05 de mayo del 2026. Licda. Keren Raquel Zúñiga Morales, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073114 ).

Hago constar que por escritura otorgada el treinta de abril del dos mil veintiséis, ante mí a las dieciséis horas treinta minutos, la sociedad denominada FLAMINGO GAGNON GETAWAY LLC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. Santa Cruz, Guanacaste, seis de mayo del dos mil veintiséis. Lariza Guevara Moya, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073115 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 194 visible al folio 136 vuelto del tomo 25 a las 10 horas del 27 de Abril del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de TRES CIENTO DOS OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE S.R.L., con la cédula de persona jurídica número: 3-102-863537, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Jacó, a las 10 horas del día 06 de mayo del año 2026. Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073116 ).

Por escritura número DOSCIENTOS TREINTA Y DOS, de las dieciséis horas con diez minutos del veintisiete de abril del año dos mil veintiséis, del tomo dos, otorgada ante la Notaria Pública, Jackeline Solís Dobles, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada J & H LORIA SOCIEDAD ANONIMA, compañía con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y cuatro mil setecientos nueve, domiciliada en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Barrio San Antonio, costado norte del Gimnasio Extreme, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Quesada, seis de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Jackeline Solís Dobles, Notaria.—1 vez.—( IN202601073117 ).

Mediante escritura número 117-21, otorgada a las 08:00 horas del 04 de mayo de 2026, se incorpora al domicilio ya establecido, de la sociedad CORPORACION MA CH E HIJOS CR SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número: 3-101-704641, conforme la ley lo establece, el siguiente correo electrónico: notificaciones@asesorlegalcr.com Lic. Fernando Jiménez Mora. Cédula: 1-0801-0096. Celular: 88562619.—1 vez.—( IN202601073118 ).

Por escritura número DOSCIENTOS TREINTA Y UNO, de las dieciséis horas con cinco minutos del veintisiete de abril del año dos mil veintiséis, del tomo dos, otorgada ante la Notaria Pública, Jackeline Solís Dobles, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada JARDIN DEL CAIRO SOCIEDAD ANONIMA, compañía con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y siete mil novecientos tres, domiciliada en Guanacaste, Tilarán, contiguo al Vivero Popurri, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Quesada, seis de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Jackeline Solís Dobles, Notaria.—1 vez.—( IN202601073119 ).

Ante el suscrito Notario, la sociedad Quebrador la Esperanza Sociedad Anónima, cédula jurídica tres – ciento uno – ciento sesenta y cuatro mil trescientos noventa y ocho, modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo: inclusión del correo electrónico quebradorlaesperansasa@gmail.com, como medio de notificaciones. Ciudad Neily, Corredores, Puntarenas, a las 10:10 horas del 06 de mayo del 2026. Atentamente Lic. Rene Fernández Ledezma, Notario Público, Código 13180.—1 vez.—( IN202601073120 ).

Debidamente facultado al efecto, protocolicé el acta de asamblea de socios de MUJERES FUERTES AUTODEFENSA MFACR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA cédula de persona jurídica número: tres – cientos dos – ochocientos cuarenta y tres mil ciento uno, la cual en cumplimiento de la Ley Número DIEZ MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE establece como dirección de correo electrónico miguel.rodriguez@abogados.or.cr. San José, al ser las diecinueve horas cuarenta minutos del cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, cédula 1-1211-0789, carné 20031.—1 vez.—( IN202601073121 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento cuarenta y nueve de las nueve horas y diez minutos del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de LR CONSULTORES FINANCIEROS SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número tres- ciento uno- quinientos cincuenta y tres mil setecientos cuarenta, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Allan Artavia Solís, Notario.—1 vez.—( IN202601073122 ).

Por escritura número once-uno, otorgada ante el Notario Público José Carlos Solano Salas, de las doce horas del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo de las siguientes sociedades: (i) VARGAS ULLOA MAQUINARIA VAUMA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno trescientos once mil ciento sesenta y dos, con domicilio social en Alajuela, Alajuela, Guácima, Ciudad Hacienda Los Reyes, primera etapa, casa número veinte; (ii) CONSTRUCTORA VAUMA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y ocho mil novecientos noventa y siete, con domicilio social en Alajuela, Alajuela, distrito quinto Guácima, Ciudad Hacienda Los Reyes, primera etapa, casa número veinte; (iii) LER REAL ESTATE GROUP SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos cincuenta y un mil seiscientos diecinueve, con domicilio social en Alajuela, Alajuela, Guácima Centro, del Auto Mercado, cincuenta metros norte y cien metros al oeste; (iv) JULIFER SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiocho mil cuatrocientos cuarenta y dos, con domicilio social en San José, Goicoechea, Guadalupe, Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica veinticinco metros este y cincuenta metros norte, Edificio H y R Consultores, tercer piso, oficina uno y (v) BRISAS EN MI TIERRA DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veinte mil setecientos catorce, con domicilio social en San José, Goicoechea, Guadalupe, Urbanización Esquivel Bonilla, del Colegio de Microbiólogos de Costa Rica veinticinco metros al este y cincuenta metros al norte, Edificio H y R Consultores, tercer piso, oficina número uno. San José, seis de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. José Carlos Solano Salas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073123 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 101-3, visible al folio 113 frente, del tomo 3 , a las 14 horas, del día 4 de mayo del año 2026, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas de DIGGIN THIS LIFE LLC SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-novecientos dieciocho mil seiscientos tres, mediante la cual se acordó adicionar una cláusula en el pacto constitutivo, a fin de actualizar el correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, del día 06 del mes de mayo del año 2026.—Licda. Stephanie Garnier Sibaja, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073124 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número Doscientos ochenta y ocho, iniciada al folio ciento setenta y cinco vuelto, del Tomo Treinta y siete, a las doce horas, del día cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de “AUTOS RUBÍ& PÉREZ SOCIEDAD ANÓNIMA”, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos veinticinco, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Siquirres, cinco de mayo del año 2026.—Licda. Susana Zamora Fonseca, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073125 ).

Que por escritura número 103, visible a folio 99 vuelto del tomo 35 se solicitó incluir el correo electrónico eduardo@avlegalfirm.com a la empresa OTTOMATIC SRL cédula jurídica 3102763212.—Uvita de Osa, 14 de abril del 2026.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—( IN202601073127 ).

Ante esta Notaría por escritura veinte, visible al folio veintiséis frente del Tomo treinta y ocho, se incorporó el correo electrónico viquezcr@gmail.com a la sociedad La Vifuen S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- cuarenta y un mil sesenta y cinco.—Lic. Mario Morales Arroyo.—1 vez.—( IN202601073128 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 9:00 horas del día de hoy, se solicitó la de solicitud de inclusión de correo electrónico en la cláusula del domicilio social de: 3-102-803545 S.R.L.- Notario: Gustavo Álvarez Mora.—1 vez.—( IN202601073129 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número veintinueve-cuarenta y dos, visible al folio setenta vuelto, del tomo cuarenta y dos, a las diez horas del seis de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de MARIA EUGENIA MADRIGAL MATAMOROS como representante de HERMANOS MADRIGAL MATAMOROS LIMITADA, cédula jurídica tres-ciento dos-setenta y tres mil cuatrocientos nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad Quesada, seis de mayo del año dos mil veintiséis. Publíquese una vez. Licda. Isabel Cristina Córdoba Hidalgo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073130 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 11:00 horas del 07 de mayo de 2026; se solicita inclusión de correo electrónico de INVERSIONES SZOLNOK S.R.L. y TRES- CIENTO UNO- QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y NUEVE S. A. San Ramón de Alajuela, 07 de mayo de 2026. -Lic. Adolfo Jeremías Ramos González.—1 vez.—( IN202601073131 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 35, del tomo 9 de mi protocolo, se presentó Laura Cristina Guevara Gutiérrez, cédula 1-0874-0360, Presidente, con facultades de apoderado generalísimo de Servicios Tributarios Especializados LG S. A., cédula jurídica 3-101- 436274, para incorporar un correo electrónico en la sociedad conforme a la Ley 10.597.—San Rafael de Heredia, 19 de mayo del 2026.—Luis Guillermo Alán Alvarado, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073137 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 34, del tomo 9 de mi protocolo, se presentó Roger Antonio Cortés Suárez, cédula 6-0143-0015, Gerente con facultades de apoderado generalísimo de Cortés Suarez y Colegiados Contadores Públicos, cédula jurídica 3-108- 285444, para incorporar un correo electrónico en la sociedad conforme a la Ley 10.597.—San Rafael de Heredia, 19 de mayo del 2026.—Luis Guillermo Alán Alvarado, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073138 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 36, del tomo 9 de mi protocolo, se presentó Wing Ching Chan Cheng, cédula 8-0060-0564, Presidente, con facultades de apoderado generalísimo de Servicios Médicos Oriente SMO, S. A., cédula jurídica 3-101- 410953, para incorporar un correo electrónico en la sociedad conforme a la Ley 10.597. San Rafael de Heredia, 19 de mayo del 2026. Luis Guillermo Alán Alvarado. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073139 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las catorce horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico adrifernandezruiz09@hotmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad: PARJOWE JR SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – doscientos siete mil seiscientos cuarenta y siete. Palmares, Alajuela, 18 de mayo del 2026. Licda. Yusdy María Arias Rodríguez.—1 vez.—( IN202601073142 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 173-20 visible al folio 184 vuelto del tomo 20 de las 12:10 horas del 12 de mayo del 2026, por solicitud de HOTELERA SAN CARLOS S. A., cédula jurídica 3-101-072500 se incorpora correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley Nº 10597 y art. 19 Código Comercio. San Jose, 18 de mayo del 2026. Lic. Alonso Vargas Araya.—1 vez.—( IN202601073145 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 174-20 visible al folio 185 frente del tomo 20 de las 12:15 horas del 12 de mayo del 2026, por solicitud de LOS ORIOLES ZN, S.A., cédula jurídica 3-101-659015 se incorpora correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley Nº 10597 y art. 19 Código Comercio.—San José, 18 de mayo del 2026.—Lic. Alonso Vargas Araya.—1 vez.—( IN202601073148 ).

INCORPORACION DE CORREO. PUBLICACION UNA VEZ. Ante esta notaria, mediante escritura número cincuenta y uno - siete visible a folio treinta y cuatro frente del tomo sétimo, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día cuatro de Mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la INMOCC INDUSTRIA MUEBLERA OCCIDENTAL SOCIEDAD ANONIMA cédula jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos nueve mil setecientos sesenta, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día cuatro de mayo del año dos mil veintiséis. Licenciada Patricia Campos Villagra. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073149 ).

Por escritura número 72 del tomo 7 del protocolo del Notario Público Federico Castro Kahle otorgada a las 11:00 horas del 15 de mayo del 2026, se protocolizó el acta Nº10 de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Distribuidora Larce, S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-047714, mediante la cual se reforma la cláusula del capital social del Pacto Constitutivo.- San José,18 de mayo del 2026.- Federico Castro Kahle - Notario Público.—1 vez.—( IN202601073151 ).

Por escritura número 73 del tomo 7 del protocolo del Notario Público Federico Castro Kahle otorgada a las 11:20 horas del 15 de mayo del 2026, se protocolizó el acta Nº8 de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Montacargas de Costa Rica CR, S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-133938, mediante la cual se reforma la cláusula del capital social del Pacto Constitutivo.- San José, 18 de mayo del 2026.- Federico Castro Kahle - Notario Público.—1 vez.—( IN202601073152 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 172-20 visible al folio 184 frente del tomo 20 de las 12:05 horas del 12 de mayo del 2026, por solicitud de EL MARFIL DORADO S. A., cédula jurídica 3-101-162532 se incorpora correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley Nº 10597 y art. 19 Código Comercio. San Jose, 18 de mayo del 2026. Lic. Alonso Vargas Araya.—1 vez.—( IN202601073153 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 5-20 visible al folio 3 frente del tomo 20 de las 08:38 horas del 6 de mayo del 2026, por solicitud de SUR QUÍMICA S. A., cédula jurídica 3-101-022435, se incorpora correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley Nº 10597 y art. 19 Código Comercio. San Jose, 12 de mayo del 2026. Lic. Jaime Garro Canessa.—1 vez.—( IN202601073155 ).

Por escritura número treinta y seis- veintiséis, otorgada ante la Notaria Andrea Alvarado Sandí, a las 16 horas y 14 minutos del 16 de mayo del 2026 se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada FMP MAFER SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica TRES- CIENTO UNO- TRES TRES TRES OCHO NUEVE OCHO, con domicilio en San José, Barrio México, costado norte del Liceo San José, mediante el cual se reforma a la cláusula del domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a la ley 10597. Publíquese una sola vez. Heredia 18 de mayo del 2026. LICDA. ANDREA ALVARADO SANDI.—1 vez.—( IN202601073157 ).

Por escritura número treinta y seis- veintiséis, otorgada ante la Notaria Andrea Alvarado Sandí, a las 16 horas y 30 minutos del 16 de mayo del 2026 se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada TRIUMPH HOLDINGS MAFER SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- dos ocho nueve nueve cuatro seis, con domicilio en San José, Santa Ana, de la esquina sureste de la Escuela Andrés Bell López, ciento setenta y cinco metros al sur, Bufete Lobo Madrigal mediante el cual se reforma a la cláusula del domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a la ley 10597. Publíquese una sola vez. Heredia 18 de mayo del 2026.—Licda. Andrea Alvarado Sandí.—1 vez.—( IN202601073158 ).

Por escritura otorgada ante mí 343-9, visible a folio 186 frente del tomo 9 de mi protocolo, a las 11 horas del 2 de Mayo de 2026, la sociedad INVERSIONES LIS DE GRECIA SOCIEDAD ANONIMA con cédula jurídica número: tres - ciento uno - dos cuatro cuatro ocho nueve cinco, en cumplimiento de la aplicación Registral de la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, establece el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles, el correo electrónico cucogonzalezcubero07@gmail.com. Grecia, 4 de Mayo de 2026. Notaria: Mónica María Bogantes Matamoros.—1 vez.—( IN202601073160 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del 14 de mayo del 2026, se modifica la cláusula del pacto social de la sociedad: a.) tres – ciento dos – setecientos noventa y siete mil quinientos quince Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – setecientos noventa y siete mil quinientos quince y se incluye correo electrónico para notificaciones. Publíquese una vez. San José, 14 de mayo del 2026. — Lic. Oscar Mario Jiménez Mora, Notario Público, carné 24164.—1 vez.—( IN202601073162 ).

Se hace saber que en esta notaria inscribo para notificaciones el correo: cafecito.cariari@gmail.com ante el Registro Nacional, de la sociedad: Cafecito Express Cariari S. A. Lic. Edmundo Arias Rosales.—1 vez.—( IN202601073163 ).

ASOCIACION MERCY TRUCKS, cédula jurídica 3-002-700848, solicita reposición de libro primero de asambleas generales, registro de asociados y junta directiva. Notario Ignacio Herrero Knöhr.—1 vez.—( IN202601073166 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 86, visible al folio 55 frente, del tomo 14, a las 8 horas 15 minutos del 7 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte de representante legal de TRES- CIENTO UNO- QUINIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS TREINTA S. A., cédula jurídica número 3-101-511730, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. Alajuela, a las 11 horas 17 minutos del 14 de mayo del 2026. Lic. Zaida Valderrama Rodríguez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073167 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número uno, visible al folio cero cero uno frente, del tomo cuarenta y nueve, a las nueve horas y cuarenta minutos, del veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Alicia Yolanda Brenes Ramírez apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad CLOUD MOUNTAIN MNT SOCIEDAD ANÓNIMA, con la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- trescientos dieciocho mil seiscientos treinta y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Pérez Zeledón, a las once horas y quince minutos del día veintinueve del mes de abril del año dos mil veintiséis.—MSc. Alexander Mora Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073168 ).

Por medio de escritura número 16, visible a folio 23 vuelto, del tomo número 29, otorgada ante la suscrita Notario Público, a las dieciséis horas del día 10 de abril del año 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de CASA CIELITO DE FLORES CR, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos sesenta y nueve mil ochocientos setenta y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San Isidro de El General de Pérez Zeledón, 13 de abril del año 2026.—Ana Gabriela Mora Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN202601073169 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría la firma Jokedagi Cuarenta y Siete Sociedad Anónima, cédula tres- ciento uno- setecientos cincuenta y ocho mil quinientos, solicita al Registro de Personas Jurídicas se inscriba como su correo electrónico el siguiente: gidajoke@yahoo.com, para los efectos de la Ley de Notificaciones. San José, quince de mayo de dos mil veintiéis. Rogelio Pol Araya. Notario.—1 vez.—( IN202601073171 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, las firmas Montarca Sociedad Anónima, JM Abamo Sociedad Anónima y Quiceci Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicitan al Registro de Personas Jurídicas se inscriba como su correo electrónico el siguiente: franabacos@gmail.com, para los efectos de la Ley de Notificaciones.—San José, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis.—Alberto Ortega Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN202601073172 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las diecisiete horas del trece de mayo del dos mil veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico mhwork2026@gmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad: SEGURIDAD DE OCCIDENTE GSWP SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- trescientos treinta y dos mil novecientos ochenta y uno. Palmares, 18 de mayo del 2026. Licda. Yusdy María Arias Rodríguez.—1 vez.—( IN202601073173 ).

Mediante escritura pública setenta y siete, del protocolo del notario Arturo Enrique Apestegui Barzuna en conotariado con el notario Mauricio Bonilla Robert, compareció el señor Denes Kelenyi Balla, en su condición de Gerente de la sociedad Tres-Ciento Dos-Novecientos Veinte Mil Ochocientos Sesenta, Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-novecientos veinte mil ochocientos sesenta, donde se incorpora el correo electrónico: dindiface@gmail.com en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley 10597. Es todo.—San José, cuatro de mayo de dos mil veintiséis.—Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—( IN202601073174 ).

Ante mi Notaria se incluyo correo electrónico de la entidad INMOBILIARIA MARALE JM DEL CARIBE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número: tres- ciento uno- cuatro ocho ocho uno nueve nueve. el cual es chachi@yahoo.com . Licda Sonia Carrillo Ugalde. 71061783.—1 vez.—( IN202601073175 ).

En la notaría de la Licenciada Yury Marcela Rojas Gamboa, mediante la escritura ciento cincuenta y seis-seis del tomo seis, visible al folio ciento cincuenta y nueve vuelto y folio ciento sesenta frente, otorgada a las diez horas con treinta minutos del día dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, compareció el Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad Tico Pisos del Sur PYZ, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veinticuatro mil novecientos veintidós, donde se establece como medio de notificaciones formales la siguiente dirección de correo electrónico: sastuaz12@gmail.com. Es todo. Pérez Zeledón, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis. LICENCIADA YURY MARCELA ROJAS GAMBOA.—1 vez.—( IN202601073176 ).

En la notaría de la Licenciada Yury Marcela Rojas Gamboa, mediante la escritura ciento cincuenta y cinco-seis del tomo seis, visible al folio ciento cincuenta y nueve frente y vuelto, otorgada a las diez horas del día dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, compareció el Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad Inversiones Mijomosa, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintiséis mil ciento ochenta y seis, donde se establece como medio de notificaciones formales la siguiente dirección de correo electrónico: sastuaz12@gmail.com. Es todo. Pérez Zeledón, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis. LICENCIADA YURY MARCELA ROJAS GAMBOA.—1 vez.—( IN202601073177 ).

En la notaría de la Licenciada Yury Marcela Rojas Gamboa, mediante la escritura ciento cincuenta y cinco-seis del tomo seis, visible al folio ciento cincuenta y nueve frente y vuelto, otorgada a las diez horas del día dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, compareció el Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad Inversiones Mijomosa, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintiséis mil ciento ochenta y seis, donde se establece como medio de notificaciones formales la siguiente dirección de correo electrónico: sastuaz12@gmail.com. Es todo. Pérez Zeledón, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis. LICENCIADA YURY MARCELA ROJAS GAMBOA.—1 vez.—( IN202601073178 ).

En la notaría de la Licenciada Yury Marcela Rojas Gamboa, mediante la escritura ciento cincuenta y nueve-seis del tomo seis, visible al folio ciento sesenta y dos frente y vuelto, otorgada a las dieciséis horas con diez minutos del día dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, compareció el Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad El Carro de Vic Li, Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ochocientos ochenta y siete mil doscientos setenta y nueve, donde se establece como medio de notificaciones formales la siguiente dirección de correo electrónico: bufetemz.sociedades@gmail.com. Es todo. Pérez Zeledón, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis. LICENCIADA YURY MARCELA ROJAS GAMBOA.—1 vez.—( IN202601073179 ).

En la notaría de la Licenciada Yury Marcela Rojas Gamboa, mediante la escritura ciento sesenta-seis del tomo seis, visible al folio ciento sesenta y dos vuelto, otorgada a las dieciséis horas con quince minutos del día dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, compareció el Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad Frijol Inverniz, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos quince mil trescientos ochenta, donde se establece como medio de notificaciones formales la siguiente dirección de correo electrónico: bufetemz.sociedades@gmail.com. Es todo.—Pérez Zeledón, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis.—LICENCIADA YURY MARCELA ROJAS GAMBOA.—1 vez.—( IN202601073180 ).

En la notaría de la Licenciada Yury Marcela Rojas Gamboa, mediante la escritura ciento sesenta y uno-seis del tomo seis, visible al folio ciento sesenta y tres frente, otorgada a las dieciséis horas con veinte minutos del día dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, compareció el Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad Tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil treinta y ocho, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veinticinco mil treinta y ocho, donde se establece como medio de notificaciones formales la siguiente dirección de correo electrónico: bufetemz.sociedades@gmail.com. Es todo. Pérez Zeledón, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis. LICENCIADA YURY MARCELA ROJAS GAMBOA.—1 vez.—( IN202601073181 ).

EDICTO. En la notaría de la Licenciada Yury Marcela Rojas Gamboa, mediante la escritura ciento sesenta y dos-seis del tomo seis, visible al folio ciento sesenta y tres frente y vuelto, otorgada a las dieciséis horas con treinta minutos del día dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, compareció el Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la sociedad Tres-ciento uno-setecientos ochenta y cuatro mil seis, Sociedad Anónima, cédula jurídica número Tres-ciento uno-setecientos ochenta y cuatro mil seis, donde se establece como medio de notificaciones formales la siguiente dirección de correo electrónico: bufetemz.sociedades@gmail.com. Es todo. Pérez Zeledón, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis. LICENCIADA YURY MARCELA ROJAS GAMBOA. Publicar una vez.—1 vez.—( IN202601073182 ).

Ante esta notaría mediante escritura número sesenta y ocho, visible al folio cincuenta y cuatro frente, del tomo primero, a las catorce horas, del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, comparece el Representante Legal de las siguientes sociedades: a) TRES-CIENTO UNO-CUATROCIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS TRECE, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa mil novecientos trece, b) TRES-CIENTO UNO-SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NUEVE, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y cinco mil nueve, c) TRES-CIENTO UNO-SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y cinco mil nueve, d) CORPORACION INTERNACIONAL CESPEDES, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta mil cuatrocientos ochenta, e) CORPORACIÓN MOREJON SOLANO JA, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos doce mil noventa y cinco, f) ESTACIÓN DE SERVICIO TIBÁS, SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y dos mil cuatrocientos cuarenta, g) MAUVASOL SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos treinta y seis mil seiscientos veintiocho, h) SERVICENTRO DE ALAJUELA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y cuatro mil setecientos setenta y ocho, i) SERVICENTRO SANTA ANA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos once mil seiscientos noventa y cinco, j) SERVIEXPO GUAPILES SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y un mil doscientos ochenta y ocho, k) SERVICENTRO EL JADE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres-ciento dos-ochocientos doce mil novecientos trece, l) GRUPO HOTELERO SUERRE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta mil cuatrocientos cincuenta y dos. Para solicitar se incorpore el correo electrónico, notificacion.pj2026@gmail.com, como medio de notificación de las sociedades supra indicadas conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, catorce horas con treinta minutos del día dieciocho del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licdo. Esteban de Jesús Solano Vargas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073184 ).

Ante esta notaría mediante escritura número sesenta y nueve, visible al folio cincuenta y cinco vuelto, del tomo primero, a las quince horas, del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, comparece el Representante Legal de la sociedad EMVASOZU SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y nueve mil ciento setenta y tres, para solicitar se incorpore un correo electrónico como medio de notificación de la compañía conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, quince horas con treinta minutos del día dieciocho del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—Licdo. Esteban de Jesús Solano Vargas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073185 ).

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA NUMERO UNO DE ACCIONISTAS DE CORPORACION K Y D SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica 3-101-795604 se autoriza al Lic. Cristian Gutierrez Salas, carnet 25845 para que protocolice dicha acta he inscriba en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el correo electrónico daynunez@gmail.com a Corporación K y D Sociedad Anónima. —Ciudad Quesada, 04 de mayo del año 2026. Lic. Cristian Gutiérrez Salas, Notario 25845.—1 vez.—( IN202601073186 ).

Ante esta notaría mediante escritura N° 199-5, visible al folio 123 frente de las nueve horas del veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, por solicitud de TORIO LLORENTE LIMITADA, Cédula Jurídica 3-102-178366, incorpora correo electrónico en su domicilio social conforme a la Ley N° 10597.—San José, 29 de abril del 2026.—Lic. Mario Jiménez Vásquez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073188 ).

Ante esta notaría mediante escritura N° 200-5, visible al folio 123 frente y vuelto, de las nueve horas treinta minutos del veintinueve de abril del año dos mil veintiséis, por solicitud de MAPACHÍN TERCOPELO LIMITADA, Cédula Jurídica 3-102-179353, incorpora correo electrónico en su domicilio social conforme a la Ley N° 10597.—San José, 29 de abril del 2026.—Lic. Mario Jiménez Vásquez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073189 ).

Por escritura otorgada en mi notaría de las 9 horas del 2 de mayo del 2026 la entidad 3-102- 862921 Sociedad de Responsabilidad Limitada consigna dirección de correo electrónico para recibir notificaciones. 4 de mayo del 2026. Lic. Oscar Rosabal Lizano. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073190 ).

Mediante escritura ciento ochenta y dos del dieciocho de mayo de dos mil veintiséis del tomo once del protocolo del Notario, Ronny Esteban Retana Moreira, el señor Carlos Manuel Orozco Bolaños cédula de identidad: uno- ochocientos noventa-cuatrocientos setenta y ocho, actuando como representante legal de Jor Equipos de Emergencia S. A., cédula jurídica tres- ciento uno–seiscientos dos mil doscientos trece, solicita al Registro Nacional se agregue en el pacto constitutivo en la cláusula del domicilio: correo electrónico: Se establece para recibir notificaciones el siguiente correo electrónico: carlos.orozco@jorem.cr para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo, Heredia, dieciocho horas del dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Ronny Esteban Retana Moreira.—1 vez.—( IN202601073191 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las siete horas treinta minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: recepcionls@blplegal.com para la atención de notificaciones de la compañía “BUBBAS COLINA ONCE C CONDO LIMITADA”. Puntarenas, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler.—1 vez.—( IN202601073192 ).

Ante esta notaría, mediante escritura pública número quince – dos, del tomo segundo, a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos del treinta de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de la sociedad Tres – Ciento Uno – Quinientos Veintinueve Mil Setecientos Diecisiete S.A., con cédula jurídica número 3-101-529717, para incorporar un correo electrónico, (3101529717@gmail.com), en el domicilio social de la sociedad indicada conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Santa Lucía de Barva, a las 10:00 del día 4 de mayo de 2026. M.Sc. ADRIÁN HILJE CASTILLO. Notario público. Publíquese por una vez.—1 vez.—( IN202601073193 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: recepcionls@blplegal.com para la atención de notificaciones de la compañía “CHOUEST LS LOT TWO LIMITADA”. Puntarenas, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler.—1 vez.—( IN202601073194 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: hr.stover@outlook.com para la atención de notificaciones de la compañía “STOVERVIDA LIMITADA”. Puntarenas, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler.—1 vez.—( IN202601073195 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas quince minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: recepcionls@blplegal.com para la atención de notificaciones de la compañía “WAR PARTY CONDO COSTA RICA LIMITADA”. Puntarenas, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler.—1 vez.—( IN202601073196 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día dieciocho de mayo de dos mil veintiséis, donde se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada SAEG ENGINEERING GROUP SOCIEDAD ANONIMA, de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: abogadossacr@daikinlatam.com para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente y eliminar la cláusula referente al agente residente. San José, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Ariel Audilio Leiva Fernández.—1 vez.—( IN202601073197 ).

Ante esta notaría, por escritura número trescientos sesenta y dos, del dieciocho de mayo de dos mil veintiséis, se aporta correo para recibir notificaciones judiciales y administrativas de la compañía DISTRIBUIDORA SIETE D S.A. San José, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis. María de los Ángeles Jiménez Acuña, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073198 ).

Ante esta notaría, por escritura número trescientos sesenta y uno, del dieciocho de mayo de dos mil veintiséis, se aporta correo para recibir notificaciones judiciales y administrativas de la compañía HELEBA INVERSIONES REALES, S.A. San José, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis. María de los Ángeles Jiménez Acuña, notaria pública. Una vez.—1 vez.—( IN202601073199 ).

A las 11:30 horas de hoy protocolicé acta de PUBLICACIONES INTERNACIONALES DE SAN JOSÉ LIMITADA, por la cual se disuelve la sociedad y se nombra liquidadora. Heredia, 16 de abril de 2026. Marta María Cordero Arias, Notaria.—1 vez.—( IN202601073201 ).

Por escritura otorgada en esta notaria a las diecisiete horas del día dieciocho del mes de mayo del año dos mil veintiséis, la entidad jurídica denominada Xaga Real Estate S.A. con cedula jurídica tres-ciento uno-quinientos veintitrés mil ciento sesenta y tres, solicitó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la inscripción de un correo electrónico en el domicilio social de la compañía conforme a la ley numero diez mil quinientos noventa y siete. Heredia, San Pablo, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis. Notario: Carlos Humberto Chacón Badilla..—1 vez.—( IN202601073202 ).

Por escritura número cincuenta y siete otorgada ante el Notario Público, HEBERTH ALONSO Arrieta CARBALLO de las ocho Horas Treinta Minutos del doce de mayo de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada E CARS CONNECT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cedula Jurídica tres – ciento dos – nueve uno tres nueve nueve nueve, domiciliada en en San José, Santa Ana, Uruca, Calle machete, doscientos metros sur del hotel Louisiana, frente a condominio Aranjuez, casa esquinera, con cédula jurídica número tres – ciento dos – nueve uno tres nueve nueve nueve, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Heredia. - Una VEZ.—1 vez.—( IN202601073203 ).

Por escritura número Trescientos diez- dos, otorgada ante la Licenciada Roxana Rodríguez Artavia, se señala como medio para recibir notificaciones judiciales y administrativas de las siguientes sociedades: 1) “LC Group Sociedad Anónima”, cédula jurídica número 3-101-462354, el correo electrónico: info@lcgroupcr.com; 2) “Carlos Izquierdo y Compañía Sociedad Anónima”, cédula jurídica número 3-101-005636, el correo electrónico: info@izquierdocr.com; 3) “Inversiones CEA Sociedad Anónima”, cédula jurídica número 3-101-016734, el correo electrónico: info@izquierdocr.com.—1 vez.—( IN202601073204 ).

Mediante escritura número catorce otorgada ante esta notaría a las trece horas con treinta minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, se protocolizó Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de DOW CHEMICAL COSTA RICA SOCIEDAD ANONIMA, entidad poseedora de la cédula jurídica tres- ciento uno- setecientos treinta y tres mil doscientos veintiuno, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo, se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal.—San José, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Katherine Moreno Arguedas. (Publicar una única vez).—1 vez.—( IN202601073205 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número: ciento veintidós, el representante legal de CATARATAS NUBOSAS RYNAL SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cinco siete cinco ocho ocho ocho, comparece a efectos de incorporar a su representada un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. La Tigra de San Carlos, al ser las catorce horas con trece minutos del día seis de mayo de dos mil veintiseis. LICDA. SILVIA ARIAS VÁSQUEZ-NOTARIA.—1 vez.—( IN202601073206 ).

Ante esta Notaria mediante acta de asamblea general extraordinaria de socios de Purple Leaves Green Sand Orange Sky SA, cédula jurídica tres ciento uno trescientos noventa y cuatro mil novecientos setenta y nueve, protocolizada mediante escritura número ciento sesenta y tres, otorgada en Playa Sámara Guanacaste a las quince horas del veinticinco de marzo dos mil veintiséis, se modificó la cláusula segunda del domicilio. ES TODO. Playa Sámara, Guanacaste, once horas treinta minutos del cuatro de mayo dos mil veintiséis. NOTARIA PUBLICA. LIC. FABIOLA LOPEZ GONZALEZ.—1 vez.—( IN202601073208 ).

Ante esta notaria, mediante escrituras números CINCUENTA Y CINCO, CINCUENTA Y SEIS Y CINCUENTA Y SIETE visibles a los folios cincuenta y nueve vuelto, sesenta vuelto y sesenta y uno vuelto del tomo DIECINUEVE, a las ocho, nueve y diez horas del seis de mayo del dos mil veintiséis, respectivamente se protocolizan las actas de Asamblea Extraordinaria de Socios de INVERSIONES GONZÁLEZ Y SUCESORES S.A., con cédula jurídica tres- ciento uno- cuatrocientos noventa y tres mil ochocientos noventa y uno, INVERSIONES JM Y JM ESCAZU S.A., con cédula jurídica número tres- ciento uno- doscientos noventa y cuatro mil ochocientos treinta y siete y MEZZAOCHO S.A., con cédula jurídica número tres- ciento uno- doscientos setenta y un mil quinientos noventa y cuatro respectivamente mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio social del pacto constitutivo y se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las trece horas del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licenciado Alvaro Camacho Mejía. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073209 ).

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA NUMERO TRES DE ACCIONISTAS DE VALBRESA SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica 3-101-759792 se autoriza al Lic. Cristian Gutierrez Salas, carnet 25845 para que protocolice dicha acta he inscriba en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el correo electrónico olga.valbre@hotmail.com a Valbresa Sociedad Anónima. Publíquese una vez —Ciudad Quesada, 04 de mayo del año 2026. Lic. Cristian Gutiérrez Salas, Notario 25845.—1 vez.—( IN202601073210 ).

Ante esta notaría, a las diez horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, escritura ciento noventa y seis del tomo diez, se protocoliza acta de liquidación y disolución de VIDA DIGITAL DE SAN JOSE SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número TRES-CIENTO UNO- SIETE DOS UNO SEIS CERO SEIS—Licda. Dunia Monge Torres, Notario Público. Una vez.—1 vez.—( IN202601073211 ).

Ante esta notaria, mediante escritura número CINCUENTA Y CUATRO visible al folio CINCUENTA Y NUEVE FRENTE del tomo DIECINUEVE, a las nueve horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la señora KRISTEN JEAN FRINDELL WOOLF, mayor, divorciada una vez, empresaria, vecina de San José, Escazú, San Rafael, del Banco Nacional Corporativo, ciento cincuenta metros norte, Condominio Mezzaluna, Número Ocho y con cédula de identidad número ocho- cero cero nueve uno- cero uno dos ocho en su Calidad de Apoderado Generalísimo de la sociedad de GUIAS ORIENTALES S. A. con cédula jurídica número tres- ciento uno- doscientos noventa y cuatro mil novecientos treinta y nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las doce horas del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licenciado Alvaro Camacho Mejía. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073212 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 232-3, visible al folio 144 vuelto del tomo 3 a las dieciocho horas del once de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-804449 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-804449, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 18 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073213 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 234-3, visible al folio 145 frente del tomo 3 a las dieciocho horas diez minutos del once de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-102-869709 S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-869709, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 18 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073214 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 237-3, visible al folio 146 vuelto del tomo 3 a las dieciocho horas veinticinco minutos del once de mayo del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “NEGRA DEL MAR SESENTA Y CUATRO LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102-395797, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 18 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073215 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 143-3, visible al folio 103 frente del tomo 3 a las nueve horas cinco minutos del veinte de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “3-101-511400 S.A.”, cédula de persona jurídica número 3-101-511400, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 18 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073216 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 126-3, visible al folio 90 frente del tomo 3 a las trece horas cuarenta minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “PACIFIC BAY SURF LIMITADA”, cédula de persona jurídica número 3-102- 808272, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. Publíquese una vez. 18 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073217 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 138-3, visible al folio 98 vuelto del tomo 3 a las ocho horas cuarenta minutos del veinte de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “PUPULES & LOVIES S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-912748, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 18 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073218 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 103-3, visible al folio 71 frente del tomo 3 a las once horas cuarenta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “TAMARINDO LOS SUEÑOS TRES MONTECRISTO S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-532181, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 18 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073219 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 91-3, visible al folio 62 frente del tomo 3 a las diez horas cuarenta y cinco minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “RAREBIRD S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-845855, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete, Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 18 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073220 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 72-3, visible al folio 47 frente del tomo tres, a las nueve horas diez minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad ESPIRAN PROPERTIES S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102-812707, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 18 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073221 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 80-3, visible al folio 53 vuelto del tomo 3 a las nueve horas cincuenta minutos del trece de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “MOODY COAST S. A.”, cédula de persona jurídica número 3-101-359690, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 18 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073222 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 157-3, visible al folio 114 frente del tomo 3 a las diez horas quince minutos del veinte de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “BJH CR RE LIMITADA” cédula de persona jurídica número 3-102-887994, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 18 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073223 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 160-3, visible al folio 116 frente del tomo 3 a las diez horas treinta minutos del veinte de abril del 2026, donde se Protocoliza Acta de Asamblea de socios de la sociedad “NELI ISABELLA YOGA RETREAT S.R.L.”, cédula de persona jurídica número 3-102-912346, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. Diego Soto Vargas, cédula 1-1150-0694. 18 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073224 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: recepcionls@blplegal.com para la atención de notificaciones de la compañía “DOLEGA AMARILLA H.G. SOCIEDAD ANÓNIMA”. Puntarenas, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler.—1 vez.—( IN202601073225 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: recepcionls@blplegal.com para la atención de notificaciones de la compañía “EL CAMINO NUEVO LOS SUEÑOS LIMITADA”. Puntarenas, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler.—1 vez.—( IN202601073226 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas quince minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: recepcionls@blplegal.com para la atención de notificaciones de la compañía “LOMAS DIEZ FARO ESCONDIDO S.R.L.” Puntarenas, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler.—1 vez.—( IN202601073227 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: recepcionls@blplegal.com para la atención de notificaciones de la compañía “PHERKAD LIMITADA”. Puntarenas, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler.—1 vez.—( IN202601073228 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: recepcionls@blplegal.com para la atención de notificaciones de la compañía “PIECES OF EIGHT LIMITADA”. Puntarenas, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Diana Elke Pinchanski Fachler.—1 vez.—( IN202601073229 ).

Por escritura número 118 – 5: otorgada ante los Notarios Públicos KARINA ARCE QUESADA y MARIANA ISABEL LORANCA MOYA, actuando en el protocolo del primero, a las 11 horas 45 minutos del 30 de abril del 2026, se adiciona la cláusula de CORREO DE NOTIFICACIONES al pacto constitutivo de la sociedad CR DREAMS SISTERS, con cédula jurídica número 3-102-857892. San José, 04 de mayo del 2026. Licda. Mariana Isabel Loranca Moya.—1 vez.—( IN202601073231 ).

Mediante escritura número noventa y cinco - ocho del quince de mayo del dos mil veintiséis, otorgada ante la notaria Hellen Cordero Mora, se solicita la inclusión del email SASRL@LOBOLAWFIRM.COM de la sociedad TRES – CIENTO DOS – OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL QUINIENTOS DIECINUEVE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres – ciento dos – ochocientos veintiún mil quinientos diecinueve. Es todo. Heredia, 16 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601073232 ).

Por escritura otorgada ante esta misma notaria a las diez horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis se protocolizo el acta número dos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de TRES-UNO CERO DOS-OCHO CINCO TRES CUATRO CUATRO CUATRO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos. La Fortuna de San Carlos, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Mario Andrés Santamaria Núñez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073233 ).

Por escritura otorgada el día de hoy en mi Notaria las compañías Viajes Fiesta Internacionales S. A. cédula 3-101-068303 y Cammea Uno S. A. cédula 3-101-138014 solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la inclusión de un Correo electrónico para recibir notificaciones. San José 16 de abril del 2026. Lic. Douglas Castro Peña.—1 vez.—( IN202601073235 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos noventa y nueve – cinco, visible al folio ciento ochenta y cinco vuelto, del tomo cinco, a las dieciséis horas, del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante de Proyecto El Paraiso Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número 3-101-232935 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, a las trece horas del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Luis Diego Fonseca Sibaja. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073236 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos noventa y ocho – cinco, visible al folio ciento ochenta y cinco frente y vuelto, del tomo cinco, a las quince horas treinta minutos, del veintiocho de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante de Orgoca Sociedad Anónima, con la cédula de persona jurídica número 3-101-191492 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, a las doce horas del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Luis Diego Fonseca Sibaja. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073237 ).

Mediante escritura número: 169-4, otorgada ante esta Notaría, a las 17:00 horas, del día 18 de mayo 2026, se tramitó la solicitud de la inscripción de la cuenta de correo electrónico denominada: fabian.ortiz@flawsa.com de la sociedad mercantil ARCHIVOS Y SERVICIOS C R SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número: 3-101-274070, conforme a la Ley 10597. ES TODO. San José, 18 de mayo 2026. Lic. Walter Rapso Varela. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073238 ).

Mediante escritura número: 170-4, otorgada ante esta Notaría, a las 18:00 horas, del día 18 de mayo 2026, se tramitó la solicitud de la inscripción de la cuenta de correo electrónico denominada: fabian.ortiz@flawsa.com de la sociedad mercantil ASESORES ADUANALES Y LOGISTICOS GRUPO UNION FLAW SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número: 3-101-629661, conforme a la Ley 10597. ES TODO. San José, 18 de mayo 2026. Lic. Walter Rapso Varela. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073239 ).

Ante esta notaria, mediante escritura número CINCUENTA Y OCHO visible al folio SESENTA Y DOS FRENTE del tomo DIECINUEVE, a las once horas del seis de mayo del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de NELSON BRENES SOJO, mayor, soltero, sicólogo, actualmente vecino de San José, Hatillo cuatro, de la soda Holy cien metros al este y cincuenta al sur y con cédula de identidad número uno- ochocientos ochenta y nueve- novecientos sesenta y uno en su Calidad de Apoderado Generalísimo de la sociedad de GRUPO INMOBILIARIO BRESO COMERCIAL LIMITADA, con cédula jurídica número tres- ciento dos- cuatrocientos catorce mil seiscientos quince, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las catorce horas del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Licenciado Alvaro Camacho Mejía. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073240 ).

Ante esta notaría mediante escritura número cuatrocientos dieciséis – cinco, a las dieciséis horas treinta minutos, del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocoliza el acta de Asamblea de Cuotistas de WOLVES MED S.R.L, con la cédula de persona jurídica número 3-102-859427, mediante la cual se acordó reformar la cláusula número Quinta del pacto constitutivo, aumentando su capital social en la suma de noventa mil colones. Ciudad Quesada, a las trece horas quince minutos del día seis de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Luis Diego Fonseca Sibaja. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073241 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento veinticuatro iniciada a folio cincuenta y ocho frente del tomo treinta y tres del protocolo de la suscrita notaria, al ser las doce horas con cincuenta minutos del día dieciocho de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del Apoderado Generalísimo de las siguientes sociedades: Oro Blanco de Spanish Eyes Ranch S. A., con cédula jurídica número: tres- ciento uno- ochocientos cincuenta y un mil setecientos trece; Desarrollos U T O S. A., con cédula jurídica número: tres- ciento uno- doscientos veinte mil cero cero siete; Inversiones Galileo S. A., con cédula jurídica número: tres- ciento uno- doscientos ochenta mil trescientos cincuenta y tres; Outpost Entertainment Productions S. A., con cédula jurídica número: tres- ciento uno- seiscientos cincuenta y seis mil ochocientos veintinueve; Río Jorco S. A., con cédula jurídica número: tres- ciento uno- dieciséis mil ochenta y cinco; Inversiones Alfasiete CR S. A., con cédula jurídica número: tres- ciento uno- ochocientos veintidós mil cuatrocientos cinco y Autopartes Chirripó Tres Mil S. A., con cédula jurídica número: tres- ciento uno- trescientos veintitrés mil ciento doce; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Aserrí San José, al ser las catorce horas del día dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Susan Iveth Soto Barboza. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073243 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las catorce horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico adrifernandezruiz09@hotmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad: INVERSIONES JOWEPA DE JACO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – trescientos treinta y cinco mil ochocientos doce. Palmares, Alajuela, 18 de mayo del 2026. Licda. Yusdy María Arias Rodríguez. Publíquese 1 vez.—1 vez.—( IN202601073244 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos del ocho de mayo del dos mil veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico adrifernandezruiz09@hotmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad: ROJABRA SOCIEDAD CIVIL, cédula jurídica tres – ciento seis – novecientos veintidós mil trescientos sesenta y seis. Palmares, Alajuela, 18 de mayo del 2026. Licda. Yusdy María Arias Rodríguez.—1 vez.—( IN202601073245 ).

Mediante escritura otorgada en mi Notaría hoy once de mayo del año dos mil veintiséis, se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número 10.597 en las siguientes sociedades: I. GRUPO CESPEDES WEPOLT LIMITADA, con cédula jurídica tres- ciento dos- novecientos treinta y dos mil seiscientos ochenta y seis, con domicilio en San José, al correo electrónico marisawe17@gmail.com. II TRES- CIENTO DOS- NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE, con cédula jurídica tres- ciento dos- novecientos treinta y cuatro mil ciento treinta y nueve, con domicilio en San José, al correo jantonioqv@gmail.com. y las sociedades III. REN PAL LIMITADA, con cédula jurídica tres- ciento dos- ochenta y uno mil diecinueve, INVERSIONES EL RINCON DE LAS FLORES VEINTITRES A SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica tres- ciento uno-quinientos cincuenta y cinco mil setecientos sesenta y tres, y la sociedad TRES- CIENTO DOS- OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y TRES, con cédula jurídica tres- ciento dos- ochocientos cuarenta y ocho mil ciento treinta y tres, y la sociedad TRES- CIENTO DOS- OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHENTA Y SIETE, con cédula jurídica tres- ciento dos- ochocientos cuarenta y siete mil ochenta y siete, y la sociedad TRES- CIENTO DOS- NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO, con cédula jurídica tres- ciento dos- novecientos treinta y tres mil quinientos ochenta y cuatro, con domicilio en San José, todas al correo electrónico alevarudin@hotmail.com, a la hora y la fecha que se indica en mi firma digital puesta en este documento. LIC DIEGO VARGAS GOULD. NOTARIO PÚBLICO.—1 vez.—( IN202601073246 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las nueve horas del ocho de mayo del dos mil veintiséis nueve horas del ocho de mayo del dos mil veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico adrifernandezruiz09@hotmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad: RANCHO DE ROBERTO SOCIEDAD CIVIL, cédula jurídica tres – ciento seis – ochocientos noventa y nueve mil novecientos ochenta y uno. Palmares, Alajuela, 18 de mayo del 2026. Licda. Yusdy María Arias Rodríguez.—1 vez.—( IN202601073247 ).

Ante esta notaría, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad INVERSIONES MARITE DE GUAPILES, LIMITADA, cédula jurídica número tres- ciento dos- ochocientos dos mil cuatrocientos noventa y cuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete San José, a las once horas veinte minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiséis. Lic. Ana Grettel Coto Orozco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073248 ).

Mediante la escritura número trescientos cincuenta y nueve, otorgada a las catorce horas del día treinta del mes abril del año dos mil veintiséis, ante el Notario Público Alex Céspedes Mora, la sociedad Sifer S.R.L., con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ciento diecinueve mil ciento uno, señala conforme lo dispone la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional. San José, cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis. Notario Público Alex Céspedes Mora.—1 vez.—( IN202601073249 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las quince horas del siete de mayo del veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico lindazumbi@gmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad: MANINA Y PATOÑO SOCIEDAD LIMITAMA, cédula jurídica tres – ciento dos – trescientos veintisiete mil trescientos veinticuatro. Palmares, Alajuela, 13 de mayo del 2026. Licda. Yusdy María Arias Rodríguez.—1 vez.—( IN202601073250 ).

Por escritura número 35 a las 12:00 horas del 10 de abril de 2026, se liquida y disuelve la sociedad TRES – CIENTO DOS – SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE, S.R.L., cedula de persona jurídica igual que su nombre. San José, 10 de abril del 2026. Notario Público Fernando Montero López.—1 vez.—( IN202601073251 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las nueve horas quince minutos del ocho de mayo del dos mil veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico adrifernandezruiz09@hotmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad: MARISQUERIA LA ESQUINA DE QUILLO SOCIEDAD CIVIL, cédula jurídica tres – ciento seis – ochocientos noventa mil trescientos dieciocho. Palmares, Alajuela, 18 de mayo del 2026. Licda. Yusdy María Arias Rodríguez.—1 vez.—( IN202601073252 ).

Mediante escritura pública Nº 227-12, otorgada en esta Notaría a las 16:20 horas del 18 de mayo del año 2026, se solicitó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la inclusión del correo electrónico de la entidad CORPORACION TECNOLOGICA VILLA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica Nº 3-101-161189, para así cumplir con lo establecido en la Ley Nº 10597 y la Directriz DPJ-002-2025. Lic. LUIS ALBERTO VIQUEZ ARAGON, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073254 ).

Mediante escritura pública Nº 229-12, otorgada en esta Notaría a las 16:35 horas del 18 de mayo del año 2026, se solicitó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la inclusión del correo electrónico de la entidad CORPORACION VIRAGO DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica Nº 3-101-182467, para así cumplir con lo establecido en la Ley Nº 10597 y la Directriz DPJ-002-2025. Lic. LUIS ALBERTO VIQUEZ ARAGON, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073255 ).

Mediante escritura pública Nº 230-12, otorgada en esta Notaría a las 8:50 horas del 19 de mayo del año 2026, se solicitó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la inclusión del correo electrónico de la entidad INVERSIONES MURILLO Y SANTAMARIA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica Nº 3-101-701855, para así cumplir con lo establecido en la Ley Nº 10597 y la Directriz DPJ-002-2025. Lic. LUIS ALBERTO VIQUEZ ARAGON, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073256 ).

Mediante escritura pública Nº 228-12, otorgada en esta Notaría a las 16:25 horas del 18 de mayo del año 2026, se solicitó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la inclusión del correo electrónico de la entidad LOVITECH SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica Nº 3-101-367015, para así cumplir con lo establecido en la Ley Nº 10597 y la Directriz DPJ-002-2025. Lic. LUIS ALBERTO VIQUEZ ARAGON, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073257 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico adrifernandezruiz09@hotmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad: ROCIITO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – novecientos quince mil cuarenta y ocho. Palmares, 18 de mayo del 2026. Licda. Yusdy María Arias Rodríguez.—1 vez.—( IN202601073258 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las dieciocho horas treinta minutos del quince de mayo del dos mil veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico luismatarrita118@hotmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad: MALIDA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres – ciento dos –ochocientos ochenta y cuatro mil ciento setenta. Palmares, 18 de mayo del 2026. Licda. Yusdy María Arias Rodríguez.—1 vez.—( IN202601073259 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis, se protocolizó el Acta de la Asamblea de Cuotistas de la sociedad CAITELLA CR NUMBER ONE LIMITADA, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos nueve mil seiscientos noventa, en la cual se acordó reformar la cláusula referente a la administración de la sociedad, y la inclusión del correo electrónico para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley Nº diez mil quinientos noventa y siete. Es todo. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Alejandra Salazar Blanco.—1 vez.—( IN202601073260 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las dieciocho horas del quince de mayo del dos mil veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico luismatarrita118@hotmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad: FRESKYTICA DE OCCIDENTE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – cuatrocientos ochenta y seis mil ochocientos noventa y dos. Palmares, Alajuela, 18 de mayo del 2026. Licda. Yusdy María Arias Rodríguez.—1 vez.—( IN202601073261 ).

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA NUMERO UNO DE ACCIONISTAS DE SOCIOS DE PEREZ NAVARRO BI SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica 3-101-820259 se autoriza al Lic. Cristian Gutiérrez Salas, carnet 25845 para que protocolice dicha acta he inscriba en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el correo electrónico josewperezn@gmail.com a Pérez Navarro BI Sociedad Anónima. — Ciudad Quesada, 04 de mayo del año 2026. Lic. Cristian Gutiérrez Salas, Notario 25845.—1 vez.—( IN202601073262 ).

Por escritura número 106, del tomo 7 de mi protocolo, otorgada ante esta Notaria en Cartago, a las 10:00 horas del dieciocho de mayo del año 2026, se incluye correo electrónico para notificaciones de la sociedad ERIAL DOS MIL UNO S. A. con cédula jurídica 3-101- 3-101-309505. Cartago, 19 de mayo del año 2026. Licda. Gloria E. Carrillo Ballestero, Notaria.—1 vez.—( IN202601073264 ).

Por escritura número noventa, visible a folio ochenta y uno frente del tomo treinta y dos, del Notario Público ALEJANDRO ARGUELLO LEIVA, se modifica la cláusula segunda del domicilio social de la compañía EL TINAMASTE DE JABILLOS SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número 3-101-772183. Presidente IRIAM ISABEL SÁNCHEZ AVENDAÑO. LIC. ALEJANDRO ARGÜELLO LEIVA. Siquirres, 19 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601073266 ).

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA NUMERO DOS DE ACCIONISTAS DE TRANSGEMA SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica 3-101-812714 se autoriza al Lic. Cristian Gutierrez Salas, carné 25845 para que protocolice dicha acta he inscriba en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el correo electrónico daynunez@gmail.com a Transgema Sociedad Anónima.—Ciudad Quesada, 04 de mayo del año 2026. Lic. Cristian Gutiérrez Salas, Notario 25845.—1 vez.—( IN202601073267 ).

Por escritura número ochenta y nueve, visible a folio ochenta frente del tomo treinta y dos, del Notario ALEJANDRO ARGUELLO LEIVA, se modifica la cláusula segunda del domicilio social de la compañía EL TRAPICHE DE RUDÍN SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número 3-101-772181. Presidente WILBERTH HERRERA DELGADO. LIC. ALEJANDRO ARGÜELLO LEIVA. Siquirres, 19 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601073268 ).

Por escritura número ciento cuarenta y seis, visible a folios ciento cuenta y siete frente a ciento cincuenta y ocho frente, del tomo dos, del Notario Público Wilberth Herrera Delgado, se modifica la cláusula segunda del domicilio social de la compañía HACIENDA LORENA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número 3-101-054707. Presidente Gerardo Hernández Rivera.—Turrialba, 19 de mayo del 2026.—Lic. Wilberth Herrera Delgado.—1 vez.—( IN202601073269 ).

Por escritura número ciento cuarenta y cinco, visible a folios ciento cuenta y seis vuelto a ciento cincuenta y siete frente del tomo dos, del Notario Público WILBERTH HERRERA DELGADO, se modifica la cláusula segunda del domicilio social de la compañía 3-101-747342 SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica número 3-101-747342. Presidente ESTEFANIE YULIANA MATAMOROS VARGAS. LIC. WILBERTH HERRERA DELGADO. Turrialba, 19 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601073270 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las diecisiete horas del cuatro de mayo del veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico lima.johanna2020@gmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad: JOLEANGILI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: tres – ciento dos – ochocientos cincuenta y cuatro mil doscientos sesenta y ocho. Palmares, Alajuela, 04 de mayo del 2026. Licda. Yusdy María Arias Rodríguez.—1 vez.—( IN202601073271 ).

La sociedad OVEJA NEGRA PRODUCCIONES SOCIEDAD ANONIMA, con cedula Jurídica número tres -ciento uno –siete cinco cinco seis uno siete, Solicita agregar correo electrónico a la sociedad. San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis. Teléfono: dos dos cinco ocho tres dos seis nueve, LICDA. LOURDES ROJAS MARTINEZ.—1 vez.—( IN202601073272 ).

Ante el Notario Público Harold Núñez Muñoz la sociedad “HERGA GOGO, SOCIEDAD ANONIMA”, domiciliada en la provincia cero uno San José, cantón cero uno San José, Los Yoses, cédula de persona jurídica número 3-101-416596, en cumplimiento de la ley 10597, registra como medio oficial de notificaciones judiciales y administrativas el correo electrónico: juma1945@yahoo.com San José, 19 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601073273 ).

Ante esta notaria se procedió a consignar el correo: sagurbrue@gmail.com de la Sociedad TRES-CIENTO UNO-QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE S.A, cédula jurídica tres- ciento uno- quinientos ochenta y seis mil setecientos sesenta y siete. San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Walter Solís Amen. Tel. 87148420.—1 vez.—( IN202601073274 ).

Ante esta notaria se procedió a consignar el correo: sagurbrue@gmail.com de la Sociedad TRES-CIENTO DOS- OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES SRL, cédula jurídica tres- ciento uno- ochocientos noventa y dos mil novecientos cincuenta y tres. San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Walter Solís Amen. Tel. 87148420.—1 vez.—( IN202601073275 ).

Ante esta notaria se procedió a consignar el correo: sagurbrue@gmail.com de la Sociedad TRES-CIENTO DOS-NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS ONCE SRL, cédula jurídica tres- ciento uno- novecientos cuarenta y un mil cuatrocientos once. San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Walter Solís Amen. Tel. 87148420.—1 vez.—( IN202601073276 ).

Ante esta notaria se procedió a consignar el correo: sagurbrue@gmail.com de la Sociedad IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA MAYORISTA JK SRL, cédula jurídica tres- ciento uno- ochocientos sesenta y dos mil quinientos setenta y uno. San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Walter Solís Amen. Tel. 87148420.—1 vez.—( IN202601073277 ).

Mediante escritura número 91 del Tomo 10 de mi protocolo, a las 09:00 del 15 de mayo del 2026, la suscrita Notaria Pública debidamente autorizada, protocolizó acta de asamblea general de socios número 4 de SLEEPY SLOTH S.R.L., cédula de persona jurídica número 3-102-866971, mediante la cual se acuerda solicitar la incorporación de correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597. San José 15 de mayo del 2026. Lic. Yuliana Leiva Orozco. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073278 ).

Mediante escritura número 89 del Tomo 10 de mi protocolo, a las 14:30 del 14 de mayo del 2026, ante esta notaría compareció Tania Kaimowitz Rodríguez, en su condición de Gerente Dos con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de VISTAS DE SAN RAMÓN S.R.L., cédula de persona jurídica 3-102-902205, a solicitar la incorporación de correo electrónico en el domicilio social de dicha sociedad conforme a la Ley número 10597.—San José 15 de mayo del 2026.—Licda. Yuliana Leiva Orozco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073279 ).

Ante esta notaría, se ha protocolizado el Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad AMERICAN FACTORING SOCIEDAD ANÓNIMA, titular de la cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- ochocientos cuatro mil ciento noventa, donde se acordó modificar la cláusula cláusula de la representación del Pacto Constitutivo. Licda. Melania Zamora Rojas. San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiseis.—1 vez.—( IN202601073280 ).

Mediante escritura número 90 del Tomo 10 de mi protocolo, a las 14:40 del 14 de mayo del 2026, ante esta notaría compareció Tania Kaimowitz Rodríguez, en su condición de Secretaria con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de FRADAELITA S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-449232, a solicitar la incorporación de correo electrónico en el domicilio social de dicha sociedad conforme a la Ley número 10597.—San José 15 de mayo del 2026.—Licda. Yuliana Leiva Orozco, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073281 ).

Mediante escritura número 96 del Tomo 10 de mi protocolo, a las 10:00 del 17 de mayo del 2026, ante esta notaría compareció MARIA TERESA RUIZ DE HEDSTRÖM, en su condición de PRESIDENTE con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de RUIZ HEDSTROM SOCIEDAD S. A., cédula de persona jurídica 3-101-536270, a solicitar la incorporación de correo electrónico en el domicilio social de dicha sociedad conforme a la Ley número 10597.—San José 18 de mayo del 2026.—Licda. Yuliana Leiva Orozco. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073282 ).

Mediante escritura número 94 del Tomo 10 de mi protocolo, a las 15:00 del 16 de mayo del 2026, ante esta notaría compareció TAMELA JANAIRA HEDSTROM RUIZ, en su condición de PRESIDENTE con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de CONSTRUCTORA GUIDO LIMA S. A., cédula de persona jurídica 3-101-360908, a solicitar la incorporación de correo electrónico en el domicilio social de dicha sociedad conforme a la Ley número 10597. San José 18 de mayo del 2026.—Licda. Yuliana Leiva Orozco. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073283 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las trece horas treinta minutos del treinta de abril del dos mil veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico adrifernandezruiz09@hotmail.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad: JK REMARJO DE JACÓ SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres – ciento uno – doscientos cuatro mil doscientos treinta y cinco. Palmares, Alajuela, 18 de mayo del 2026. Licda. Yusdy María Arias Rodríguez.—1 vez.—( IN202601073284 ).

Ante esta notaría escritura doscientos veintinueve- cuatro comparece ARTURO BLANCO PÁEZ, titular de la cédula de identidad uno- cero seiscientos treinta y dos- cero seiscientos treinta y siete en su condición de Presidente de la sociedad SISTEMAS DE PROTECCIÓN PERSONAL SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - ciento tres mil setecientos noventa y tres, para la inscripción de correo electrónico. Licda. Melania Zamora Rojas. San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiseis.—1 vez.—( IN202601073285 ).

Ante esta notaría escritura doscientos veintiocho- cuatro comparece ARTURO BLANCO PREZ, titular de la cédula de identidad uno- cero seiscientos treinta y dos- cero seiscientos treinta y siete en su condición de Presidente de la sociedad B P LAW SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número tresciento uno- doscientos setenta y seis mil cuatrocientos diecinueve, para la inscripción de correo electrónico. San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiseis Licda. Melania Zamora Rojas.—1 vez.—( IN202601073286 ).

Ante esta notaría escritura doscientos veintisiete- cuatro comparece Arturo Blanco Páez, titular de la cédula de identidad uno- cero seiscientos treinta y dos- cero seiscientos treinta y siete en su condición de Presidente de la sociedad GLOCK VEINTITRÉS SOCIEDAD ANÓNIMA, titular de la cédula de persona jurídica número tres -ciento uno - ciento noventa y tres mil quinientos cincuenta y cinco, para la inscripción de correo electrónico.—San José dieciocho de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Melania Zamora Rojas.—1 vez.—( IN202601073287 ).

Ante esta notaría escritura doscientos treinta- cuatro comparece ARTURO BLANCO PÁEZ, titular de la cédula de identidad uno- cero seiscientos treinta y dos- cero seiscientos treinta y siete en su condición de Presidente de la sociedad JUREX DIVISION INMOBILIARIA DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - trescientos cincuenta y cinco mil seiscientos veintidós, para la inscripción de correo electrónico. Licda. Melania Zamora Rojas. San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiseis.—1 vez.—( IN202601073288 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 14 de mayo de 2026, se protocolizó acta de asamblea de socios de MODSQUAD COSTA RICA S.A., mediante la cual se reforma la cláusula domicilio y se incorpora correo electrónico. Luis Carlos Rojas Mora. Notario. San José, 18 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601073289 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:15 horas del 12 de mayo del 2026, CALINGUERO S. A. solicita incorporar correo electrónico. Luis Carlos Rojas Mora. Notario. 1 vez. San José, 18 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601073290 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 17:30 horas del 13 de mayo del 2026, EXOTIFLOR S. A. solicita incorporar correo electrónico.—Luis Carlos Rojas Mora. Notario.—San José, 18 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601073291 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:30 horas del 12 de mayo del 2026, LA CASA DE LAS TORTOLITAS S. A. solicita incorporar correo electrónico. Luis Carlos Rojas Mora. Notario.—San José, 18 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601073292 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:45 horas del 13 de mayo del 2026, SERVICIOS DE VIDEO VIGILANCIA VIRTUAL SVV S. A. solicita incorporar correo electrónico.—Luis Carlos Rojas Mora. Notario.—San José, 18 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601073293 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las trece horas del treinta de abril del veintiséis, se solicitó establecer el correo electrónico diegoumanacr@yahoo.com para recibir notificaciones administrativas y jurisdiccionales a nombre de la sociedad: LA QUEBRADA DE PALMARES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: tres -ciento dos -ciento cincuenta y un mil trescientos veintiunos.—Palmares, Alajuela, 18 de mayo del 2026.—Licda. Yusdy María Arias Rodríguez.—1 vez.—( IN202601073294 ).

Se hace constar que, mediante escritura número 13 otorgada a las 9:30 hrs del 18 de mayo del 2026, ante la Notario Carla Baltodano Estrada, compareció el apoderado generalísimo de la sociedad KAAS INTERNACIONAL S. A., 3-101-022061 y solicitó la inclusión del correo electrónico en la cláusula del domicilio social de conformidad con la ley diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 18 de mayo del 2026.—Carla Baltodano Estrada, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073295 ).

Por escritura número doscientos veintinueve, del tomo nueve, otorgada ante la Notaria Pública Yoselyn María Morales Salazar, a las catorce horas, del día dieciocho de mayo de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico en la cláusula de domicilio: sucethych@hotmail.com, de la sociedad GRUPO SAFARI SA, cédula jurídica número TRES – CIENTO UNO – OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO, domiciliada en Alajuela, Naranjo, Pilas, seiscientos metros sur del peaje de Naranjo, edificio color azul a mano izquierda.—Naranjo, diecinueve de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Yoselyn María Morales Salazar Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073296 ).

Se hace constar que, mediante escritura número 12 otorgada a las 9:00 hrs del 18 de mayo del 2026, ante la Notario Carla Baltodano Estrada, comparecieron los apoderados generalísimos de la sociedad SILAL S. A., 3-101-518704 y solicitaron la inclusión del correo electrónico en la cláusula del domicilio social de conformidad con la ley diez mil quinientos noventa y siete.—San José, 18 de mayo del 2026.—Carla Baltodano Estrada, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073297 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número quince, visible al folio diez, del tomo primero, a las diez horas quince minutos del veintiocho de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Jorge Alberto Cruz Sáenz, quien es el representante legal de GANADERA SANTA ROSA SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dieciséis mil seiscientos cincuenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Cartago, a las dieciséis horas treinta minutos del cinco de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Xiomara Cerdas Fuentes, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073298 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 84, visible al folio 102F del tomo 16 a las 15:00 horas, del 30 de enero del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad denominada: EXPERIENCE IS THE BEST TEACHER LIMITADA., cédula jurídica número: 3-102-513343, domiciliada en Guanacaste- Santa Cruz Tamarindo, oficina P y D Abogados, Centro Comercial, Tamarindo Business Center, local número 2; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Tamarindo, 06 de mayo del 2026.—Gabriel chaves Ledezma .Cédula 110710752.—1 vez.—( IN202601073299 ).

Por escritura número doscientos treinta, del tomo nueve, otorgada ante la Notaria Pública Yoselyn María Morales Salazar, a las catorce horas cinco minutos del día dieciocho de mayo de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico en la cláusula de domicilio: sucethych@hotmail.com, de la sociedad CORPORACION SUCHACA SA, titular de la cédula jurídica número TRES – CIENTO UNO – CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO, domiciliada en Alajuela, Palmares, La Granja ciento cincuenta metros oeste de Pastas Viena.—Naranjo, diecinueve de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Yoselyn María Morales Salazar Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073300 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 80 visible al folio 86F del tomo 25 a las 16:00 horas, del 07 de abril del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad denominada: 3-102-807212 S.R.L., cédula jurídica número: 3-102-807212, domiciliada en Guanacaste- Santa Cruz Tamarindo, oficina P y D Abogados, Centro Comercial, Tamarindo Business Center, local número 2; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Tamarindo, 06 de mayo del 2026.—Notario Público. GABRIEL CHAVES LEDEZMA. Cédula 110710752.—1 vez.—( IN202601073301 ).

Por escritura número doscientos treinta y dos, del tomo nueve, otorgada ante la Notaria Pública Yoselyn María Morales Salazar, a las quince horas cinco minutos, del día dieciocho de mayo de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico en la cláusula de domicilio: mildredcch@hotmail.com, de la sociedad CORPORACION CHAVERRI Y CARRANZA SA, cédula jurídica número TRES – CIENTO UNO – DOSCIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE, domiciliada en Alajuela, Valverde Vega, Sarchí, detrás de la iglesia.—Naranjo, diecinueve de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Yoselyn María Morales Salazar Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073302 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 37 visible al folio 43 vuelto, del tomo 33, a las 9:00 horas del 27 de enero del 2026, se presentó solicitud por parte de DAVID WILLIAM HENDRIXSON de SONIDO DEL AGUA CAYENDO S.R.L, con cédula jurídica número 3-102-808099 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número 10597.—San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, 11:25 horas del 04 de mayo del 2026.—Lic. Rodolfo Herrera García.—1 vez.—( IN202601073303 ).

Por escritura número doscientos treinta uno, del tomo nueve, otorgada ante la Notaria Pública Yoselyn María Morales Salazar, a las quince horas cinco minutos, del día dieciocho de mayo de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico en la cláusula de domicilio: carroceríasmetalicaschaverri@hotmail.com, de la sociedad CARROCERIAS METALICAS CHAVERRI SA, cédula jurídica número tres – ciento uno – ciento tres mil treinta y tres, domiciliada en Alajuela, Naranjo, quinientos metros oeste de la estación del peaje sobre autopista.—Naranjo, diecinueve de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Yoselyn María Morales Salazar, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073304 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos veinticinco, visible del folio ciento cuarenta frente, al folio ciento cuarenta vuelto, del tomo cien del protocolo del suscrito notario, a las quince horas con quince minutos del día catorce de mayo de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de del presidente con facultades de apoderado generalísimo de A & I Desarrollos El Cedral Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- ochocientos noventa y cuatro mil ciento ocho e Inmobiliaria Guayabos Lofts Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno- setecientos sesenta y cuatro mil seiscientos seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, Aserrí, a las trece horas con cuarenta minutos del día catorce de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073305 ).

Mediante la escritura número trescientos sesenta y uno, otorgada a las catorce horas treinta minutos del día treinta del mes abril del año dos mil veintiséis, ante el notario público Alex Céspedes Mora, la sociedad Corporación Lis Bet S S S. A., con cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – trescientos cuarenta y siete mil quinientos sesenta y ocho, señala conforme lo dispone la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional.—San José, cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—Notario Público Alex Céspedes Mora.—1 vez.—( IN202601073306 ).

Por escritura número doscientos diez, del tomo nueve, otorgada ante la Notaria Pública Yoselyn María Morales Salazar, a las once horas veinte minutos del día nueve de mayo de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico en la cláusula de domicilio: leealfsoto@gmail.com, de la sociedad INVERSIONES RICKY SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, titular de la cédula jurídica número TRES - CIENTO DOS – OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRES CIENTOS VEINTIDOS, domiciliada en Alajuela, Valverde Vega, Sarchí Sur, trescientos metros norte y cincuenta metros este del ebais, casa color blanco con portón color negro.—Naranjo, catorce de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Yoselyn María Morales Salazar Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073307 ).

Por escritura número ciento ochenta y nueve, del tomo nueve, otorgada ante la Notaria Pública Yoselyn maría morales Salazar, a las doce horas treinta minutos del día veinticinco de abril de dos mil veintiséis, se incluye en la cláusula de domicilio correo: leealfsoto@gmail.com de la sociedad BORING TRADE COMPANY SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, titular de la cédula jurídica número tres-ciento dos-ochenta y ocho cuarenta y ocho noventa y siete, domiciliada en Alajuela, Valverde Vega, Sarchí Sur, trescientos metros norte y cincuenta metros este del Ebais, casa color blanco, portón negro.—Naranjo, siete de abril del dos mil veintiséis.—Licda. Yoselyn María Morales Salazar, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073309 ).

Por escritura otorgada en San José, Desamparados, a las ocho horas del 19 de mayo del 2026, la sociedad EDUVA EDUCACIÓN S.A, cédula jurídica 3-101 – 882102, solicita a Registro Público incorporar correo electrónico a la información mercantil.—Notario: Jorge Mora Campos.—San José, Desamparados 19 de mayo del 2026. Tel: 88211359.—1 vez.—( IN202601073311 ).

Ante esta notaria mediante escritura cincuenta y ocho, visible al folio setenta y cinco frente del tomo 36, del protocolo de la suscrita notaria a las dieciocho horas y quince del veintinueve de abril del dos mil veintiséis se integra el correo electrónico según ley número 10597 de la sociedad SERVICIOS DENTALES Y ORTODONCIA MWGC SOCIEDAD ANÓNIMA cédula de persona jurídica número tres-ciento uno–cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos trece.—San José 29 de abril del 2026.—Anayansy Valverde Chaves.—Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601073312 ).

Por escritura número ciento noventa, del tomo nueve, otorgada ante la Notaria Pública Yoselyn María Morales Salazar, a las doce horas treinta minutos del día veinticinco de abril de dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico en la cláusula de domicilio: info@autosricky.com, de la sociedad AUTO IMPORTADORES RICKY SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, titular de la cédula jurídica número tres - ciento dos – ochenta y ocho ochenta y tres diecinueve, domiciliada en Alajuela, Valverde Vega, Sarchí Sur, trescientos metros norte y cincuenta metros este del Ebais, casa color blanco, portón negro, a mano derecha.—Naranjo, siete de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Yoselyn María Morales Salazar, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073313 ).

Por escritura número 113 del tomo 9, otorgada ante la Notaria Pública Sonia Elena Aragón Muñoz, a las 9:50 del 04 de mayo de 2026, se protocoliza acta de Asamblea de Cuotistas de la sociedad HONEY LUNA COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula jurídica número 3-102-689245, celebrada a 12:00 horas del 30 de abril de 2026, mediante la cual se acordó la disolución y liquidación de la sociedad.—Guanacaste, 04 de mayo de 2026.—SONIA ELENA ARAGÓN MUÑOZ. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073314 ).

Por medio de escritura número 17, visible a folio 25 frente, del tomo número 29, otorgada ante la suscrita Notario Público, a las nueve horas con diez minutos del día 13 de abril del año 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de TRES-UNO CERO DOS-SIETE NUEVE OCHO CERO CINCO SEIS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-uno cero dos-siete nueve ocho cero cinco seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San Isidro de El General de Pérez Zeledón, 13 de abril del año 2026.—Notario: Ana Gabriela Mora Elizondo.—1 vez.—( IN202601073315 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del diecinueve de mayo del año dos mil veintiséis, se indica que el correo para notificaciones de la sociedad INVERSIONES LA CHOTA LIMITADA CON CEDULA JURIDICA TRES- CIENTO DOS- CINCO OCHO CINCO SIETE CINCO CUATRO, PANAJAVEL DE SANTA ROSA D.S.A LIMITADA, con cedula jurídica TRES- CIENTO DOS- CINCO OCHO CINCO SIETE CINCO CUATRO Y LA TRES- CIENTO UNO- SEIS DOS OCHO CINCO DOS TRES SOCIEDAD ANONIMA, con cedula jurídica TRES- CIENTO UNO- SEIS DOS OCHO CINCO DOS TRES aclarando y haciendo CONSTAR QUE EL CORREO ELECTRONICO PARA RECIBIR NOTIFICACIONES DE LAS SOCIEDADES INDICADAS ANTERIORMENTE ES: delgaur@hotmail.com.—SANTA ROSA DE POCOSOL DIECINUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.—LICDA. GERALDINE MARIN VILLEGAS CARNE 22107.—1 vez.—( IN202601073316 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del diecinueve de mayo del año dos mil veintiséis, se indica que el correo para notificaciones de la sociedad CRIA DE ANIMALES SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de personería jurídica número: TRES - CIENTO UNO- UNO SEIS NUEVE UNO SIETE SEIS, ES: crian-sa@hotmail.com.—SANTA ROSA DE POCOSOL DIECINUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.—LICDA. GERALDINE MARIN VILLEGAS CARNE 22107.—1 vez.—( IN202601073317 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número treinta y cinco, de las nueve horas con treinta minutos del día diecinueve de mayo del año dos mil veintiséis, visible al folio veinticuatro frente, del tomo dieciséis, se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE de la sociedad LA ESTRELLA DE MONTERREY, S. A., con cédula de persona jurídica número tres — ciento uno — trescientos u mil setecientos ochenta y nueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, diecinueve de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Román Esquivel Font. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073318 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número treinta y cuatro, de las nueve horas del día diecinueve de mayo del año dos mil veintiséis, visible al folio veintitrés vuelto, del tomo dieciséis, se presentó solicitud por parte del GERENTE y SUBGERENTE de las sociedades: FUN FLY, LIMITADA, con cédula tres - ciento dos — setecientos diecisiete mil quinientos diecinueve; y, INVERSIONES SECA Y PITO, LIMITADA, con cédula tres - ciento dos — setecientos sesenta y siete mil cuatrocientos noventa y siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las anteriores sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, catorce de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Roman Esquivel Font. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073319 ).

Ante esta Notaría, mediante protocolización de acta de Asamblea se reformó la cláusula Segunda de los Estatutos, de la sociedad BIENAL DEL DOS MIL, S.A., para incorporar un correo electrónico en el domicilio social. Además, se nombró nuevo Junta Directiva y Fiscal.—San José, diecinueve de mayo del año dos mil veintiséis.—Román Esquivel Font, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073320 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento cuatro, de las trece horas del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, visible al folio noventa y siete vuelto, del tomo veinticinco, se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE de la sociedad SJL VERANO SIN FIN, S.A. con cédula jurídica tres — ciento uno — doscientos cincuenta y ocho mil novecientos veinticuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Gavridge Pérez Porras. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073321 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento tres, de las doce horas con cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, visible al folio noventa y siete frente, del tomo veinticinco, se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE de la sociedad PLAYA FIN DEL MUNDO, S.A. con cédula jurídica tres — ciento uno — doscientos cincuenta y ocho mil novecientos veinticuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Gavridge Pérez Porras. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073322 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento dos, de las doce horas con treinta minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, visible al folio noventa y seis vuelto, del tomo veinticinco, se presentó solicitud por parte del Presidente de la sociedad NIÑOS DEL MAR, S.A. con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cincuenta y ocho mil novecientos veinticuatro, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073323 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número ciento uno, de las doce horas con quince minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, visible al folio noventa y cinco vuelto, del tomo veinticinco, se presentó solicitud por parte del presidente de la sociedad MILLÓN VEINTISÉIS SJL, S.A. con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintiún mil doscientos setenta y siete, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073324 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número cien, de las doce horas del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, visible al folio noventa y cinco frente, del tomo veinticinco, se presentó solicitud por parte del PRESIDENTE de la sociedad FINCA DE LOS ANIMALES, S.A. con cédula jurídica tres — ciento uno — doscientos veintiún mil seiscientos ochenta y ocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Gavridge Pérez Porras. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073325 ).

Edicto. Por escritura número 240-4 otorgada ante el Notario Público, Yesenia Carrillo Miranda de las 11:50 horas del 08 de mayo de 2026, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada El Jardín del Catalan Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-354128, con domicilio social en San José, Vázquez de Coronado, San Isidro de Coronado, del puente los Alpes quinientos metros al este, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, 08 de mayo de 2026. Lic. Yesenia Carrillo Miranda Notario Público.—1 vez.—( IN202601073326 ).

Ante esta notaría, mediante la escritura N° 244, visible al folio 112F, del tomo N° 11, al ser las 21 horas, del 15/05/2026, se presentó solicitud por parte de los representantes legales de Jostat S.R.L., con la cédula de persona jurídica número 3-102-751859, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la empresa conforme a la Ley Número 10597.—Atenas, al ser las veintitrés horas del 18/05/2026.—Lic. Leonardo Alonso Rojas Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073327 ).

Ante esta notaría, mediante la escritura #238, visible al folio 107V, del tomo #11, al ser las 13 horas, del 06/05/2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de Inversiones Turísticas Los Cisnes del Pacífico S.A., con la cédula de persona jurídica número 3-101-120720, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley Número 10597. Atenas, al ser las 09 horas con cuarenta minutos del 07/05/2026. Lic. Leonardo Alonso Rojas Rodríguez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073328 ).

Ante esta notaría, mediante la escritura Nº 237, visible al folio 107F, del tomo Nº 11, al ser las 12 horas, del 06/05/2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de Profit Up Comercial Atenas S.A., con la cédula de persona jurídica número 3-101-748164, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley Número 10597.—Atenas, al ser las 21 horas con treinta minutos del 06/05/2026.—Lic. Leonardo Alonso Rojas Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073329 ).

Ante esta notaría, mediante la escritura N° 240, visible al folio 108F, del tomo N° 11, al ser las 15 horas, del 06/05/2026, se presentó solicitud por parte de los representantes legales de Valverde Barrantes Sucesores S.R.L., con la cédula de persona jurídica número 3-102524474, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la empresa conforme a la Ley Número 10597.—Atenas, al ser las doce horas con veinte minutos del 15/05/2026.—Lic. Leonardo Alonso Rojas Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073330 ).

Por escritura número 53, a las 11:00 horas del 30 de abril de 2026, se reforma la cláusula segunda del domicilio donde se incluye correo electrónico de: i) ROCKSTAR VAQUERO S.R.L., cédula jurídica 3-102-928961; (ii) LA JOLLA COVE S.C., cédula jurídica 3-106-917249; (iii) TRES-CIENTO DOS-NOVECIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS VEINTISIETE, S.R.L., cédula número 3-102-915527; (iv) INVERSIONES ÁLVAREZ DELGADO SRL, cédula jurídica número 3-102-778825; (v) TRES-CIENTO DOS-NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRECE, S.R.L., cédula número 3-102-947013; (vi) TRES-CIENTO DOS-NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y SIETE, S.R.L., cédula número 3-102-941167; (vii) TRES-CIENTO DOS-SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE, S.R.L., cédula número 3-102-754897; (viii) GREEN EDGE CAPITAL & INVESTMENTS S.A. cédula 3-101-350982.—San José, 30 de abril del 2026.—Fernando Montero López, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073331 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número veintidós, de las catorce horas y treinta minutos del trece de mayo del dos mil veintiséis, se ha solicito la incorporación de correo electrónico al asiento registral de las sociedades MAQUILA MIRAFLOR SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-novecientos veinte mil novecientos treinta y seis y INVERSIONES M M SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos veintisiete. Lo anterior a fin de cumplir con lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Pital, San Carlos, a las trece horas y treinta y cinco minutos del día quince de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Yesenia Quesada Rojas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073332 ).

Por escritura número 140 otorgada en la notaría de Ana Gabriela Acevedo Rivera, a las 12:00 horas del 01 de mayo del 2026, se reformo la cláusula séptima, y se incluyo correo electrónico en la sociedad CORPORACION AGROINDUSTRAIL DE SANTA CRUZ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – seis cuatro cuatro uno siete cuatro . Liberia 06 de mayo del 2026. Licda. Ana Gabriela Acevedo Rivera.—1 vez.—( IN202601073333 ).

Por escritura número noventa y ocho, otorgada ante la Notaria Pública, Sofía Mora Campos, de las siete horas con treinta minutos del día treinta de abril del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas: PIFIGI VM SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, cédula jurídica: tres-ciento dos-setecientos cuarenta y tres mil quinientos ochenta y cuatro, con domicilio social en Alajuela, Palmares, Buenos Aires, calle vieja a San Ramon, del cruce de la entrada a Palmares, setecientos metros al norte, entrada a mano derecha, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Palmares, cinco de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Sofía Mora Campos.—1 vez.—( IN202601073334 ).

Mediante la escritura número trescientos sesenta, otorgada a las catorce horas quince minutos del día treinta del mes abril del año dos mil veintiséis, ante el notario público Alex Céspedes Mora, la sociedad Alanher S.R.L., con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento dieciocho mil ochocientos ocho, señala conforme lo dispone la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, el correo de notificaciones oficiales al Registro Nacional.—San José, cuatro del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—Alex Céspedes Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073336 ).

Por medio de escritura número 14, visible a folio 20 vuelto, del tomo número 29, otorgada ante la suscrita Notario Público, a las quince horas con treinta minutos del día 10 de abril del año 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de TRES-CIENTO DOS-OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DIECIOCHO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ochocientos cincuenta y dos mil dieciocho, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San Isidro de El General de Pérez Zeledón, 13 de abril del año 2026. Notario: Ana Gabriela Mora Elizondo.—1 vez.—( IN202601073337 ).

Mediante escritura número treinta y tres- veintidós, otorgada a las ocho horas del veintisiete de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de: LA TORTUGA VELOZ, S.A., TRES CIENTO DOS NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS DIEZ, SRL, TRES CIENTO UNO SETECIENTOS CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y UNO, S,.A. TRES CIENTO DOS NOVECIENTOS CINCUENTA MIL VIENTO NUEVE, SRL, TRES CIENTO DOS OCHOCIENTOS VEINTIÚN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE SRL, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, 27 de abril del 2026.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073338 ).

Ante la notaría del Lic. Hernán Flores Álvarez, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: HOEPKER Y HERDOCIA SOCIEDAD ANÓNIMA, cedula jurídica número tres – ciento uno – doscientos noventa y siete mil cuatrocientos cuatro, de las diecinueve horas cuarenta minutos del diecinueve de abril del dos mil veintiséis en la que, se acuerda por unanimidad de votos, el cambio en la junta directiva y la representación judicial y extrajudicial otorgándose esta al presidente y secretario quienes actuaran conjunta o separadamente, se incluye el correo electrónico Cely.herdocia@gmail.com para recibir notificaciones.—San José, 04 de mayo del dos mil veintiséis.—Notaria Lic. Hernán Flores Álvarez.—1 vez.—( IN202601073339 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ocho, visible al folio número 24 frente del tomo 14, a las 12 horas del día 30 de abril del 2026, se presentó solicitud por parte de la apoderada de la sociedad Sivispacem Parabellum Uno S.A., cédula jurídica 3-101-791264 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad, conforme a la ley número 10597. San José, 04 de mayo del 2026. Notario: Federico Balma Zumbado. —1 vez.—( IN202601073340 ).

Mediante escritura ochenta Y nueve del tomo 18° iniciada al folio 33 vuelto, del protocolo del notario Enrique Corrales Barrientos, la sociedad ROMA DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA, Cédula 3-101-137736 mando a incluir el respectivo correo electrónico, Notario Enrique Corrales Barrientos, San Vito, 06 de MAYO del 2026. Publíquese una vez.—1 vez.—( IN202601073341 ).

Por escritura otorgada ante mí, número 154-1, del tomo 1 de mi protocolo, a las 7 horas 40 minutos, del 06/mayo/2025, la sociedad INVERSIONES PINA S.A., cédula jurídica 3-101-018802, por medio de su Apoderado Generalísimo sin límite de la suma GUILLERMO ENRIQUE SOLERA SALAS, cédula: 1-399-581, hace constar que dicha sociedad presentará al Registro de Personas jurídicas, solicitud de reposición y el número de legalización de los libros de Asamblea de Socios, Registro de Socios y de Actas del Consejo de Administración. Lo anterior por extravío. San José, a las 7:50 horas del día 06/05/2026. Notaria Pública Vanessa Ramírez Delgado. San José. 06/05/2026 PUBLICAR 1 VEZ.—1 vez.—( IN202601073342 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CUARENTA Y SEIS- SEIS, visible al folio 050 vuelto a 51 frente, del tomo sexto, a las trece horas treinta minutos del veintisiete de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de LOLEK Y SAMUEL S.A. con la cédula de persona jurídica número 3 – 101 - 446083 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las trece horas con treinta minutos del día veintisiete de abril del dos mil veintiséis. Licda. Carmen María Arana Gómez. Notaria Pública Publicar -Una vez.—1 vez.—( IN202601073343 ).

Mediante escritura número 121, del tomo 11, a las 10:00 del 02 de mayo del año dos mil 2026, por medio de la cual la representante legal de la sociedad AGROINDUSTRIAL BADILLA RIOS S.A, cédula jurídica número 3-101- 649086, solicita incorporar un correo electrónico a la información de las sociedades. Playas del Coco, a los 6 días del mes de enero del dos mil 2026. Licda. ROSA MARIA GARCIA SOSSA, Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601073344 ).

Por escritura otorgada ante este Notario a las 10:00 horas del 04 de mayo del 2026, se protocolizó el Acta de Asamblea de Cuotistas de SAB TORTUGA PENSION HOLDING LLC LIMITADA mediante la cual se solicita la inscripción del correo electrónico en cumplimiento con la ley número 10597. San José, 04 de mayo del 2026. Carlos José Oreamuno Morera. Notario. (publíquese 1 vez).—1 vez.—( IN202601073345 ).

Mediante escrituras de las 8 hrs y 10 minutos, del 18 de mayo del 2026, se acuerda modificar la cláusula del domicilio, se incluye correo electrónico de las sociedades a) Motores Europeos S.A., b) Montañas Linda Vista S.A., c) Galerías Rhormoser Local Diecinueve S.A., d) Los Tatas S.A., e) El Portillo Lote Ciento treinta y siete S.A., f) 3-101-264591 S.A., g) Tierra de Camelot S.A., h) Inmobiliaria Las Brisas del Golfo Dulce S.A., para publicarse una vez.—San José, 18 mayo 2026.—Kattia Ballestero Corea, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073346 ).

Mediante escrituras de las 8 hrs, del 18 mayo del 2026, se acuerda modificar la cláusula del domicilio, se incluye correo electrónico de la sociedad Web Marketing Investments S.A., para publicarse una vez. San José, 18 mayo 2026. Sergio Martín Sancho Hernández. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073347 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número veintiuno, a las catorce horas y veinte minutos mayo del dos mil veintiséis, se ha solicito la incorporación de correo electrónico al asiento registral de las sociedades COMERCIALIZADORA MIRAFLOR HUETAR SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil setecientos cuarenta y tres y AGROEXPORTACIONES MEMOSA SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-setenta y dos mil seiscientos noventa. Lo anterior a fin de cumplir con lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Pital, San Carlos, a las trece horas y treinta y un minutos del día quince de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Yesenia Quesada Rojas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073348 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número cuatro, visible al folio dos, frente, del tomo décimo tercero, en Sarapiquí, a las trece horas del treinta de abril del dos veintiséis, se otorgó escritura de la sociedad DELTRI DEL CEDRAL SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica tres- uno cero uno– ocho cero ocho nueve siete tres, en la que se incorpora un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Sarapiquí, diez horas, del cuatro de mayo, del dos mil veintiséis. Lic. Roberto Garita Chinchilla.—1 vez.—( IN202601073349 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número diecinueve, visible al folio veinte frente del tomo diecisiete, a las catorce horas del trece de mayo del dos mil veintiséis, se ha solicito la incorporación de correo electrónico al asiento registral de las sociedades COMERCIALIZADORA MIRAFLOR HUETAR SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y dos mil setecientos cuarenta y tres y AGROEXPORTACIONES MEMOSA SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-setenta y dos mil seiscientos noventa. Lo anterior a fin de cumplir con lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Pital, San Carlos, a las nueve horas y treinta minutos del día quince de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Yesenia Quesada Rojas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073350 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número veinte, visible al folio veinte vuelto del tomo diecisiete, a las catorce horas y diez minutos del trece de mayo del dos mil veintiséis se ha solicitado la incorporación de correo electrónico al asiento registral de las sociedades MECA DE OROTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y ocho mil trescientos ochenta y ocho y TROPIFOODS E I A E SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos sesenta y nueve. Lo anterior a fin de cumplir con lo dispuesto en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Pital, San Carlos, a las nueve horas y treinta y ocho minutos del día quince de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Yesenia Quesada Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073351 ).

Mediante escritura número 202-13, otorgada a las 12:00 horas del día 5 de mayo del año 2026, por el Notario Luis Alberto Solano Zamora, visible al folio número 123 frente del tomo 13 de su protocolo, se protocoliza acta de Asamblea de Socios número 2, donde por unanimidad de votos se acuerdan realizar modificaciones en la sociedad GREYA SOLIS DE ALAJUELA SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- setecientos setenta y seis mil ciento veintidós. Alajuela, 05 de mayo del año 2026. Notario: Lic. Luis Alberto Solano Zamora. A publicar una vez.—1 vez.—( IN202601073352 ).

En mi notaria mediante escritura ciento sesenta y cinco a las quince horas del dieciséis de mayo de dos mil veintiséis la sociedad Creaciones Inspiron S.A., solicita establecer como correo electrónico oficial de notificaciones y comunicaciones el plexus2117@hotmail.com. Es todo. San José, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Una vez. Licda. Alejandra Villalobos Meléndez.—1 vez.—( IN202601073354 ).

En mi notaria mediante escritura ciento sesenta y cinco a las quince horas del dieciséis de mayo de dos mil veintiséis la sociedad Desarrollos y Creaciones Sunrise S.A., solicita establecer como correo electrónico oficial de notificaciones y comunicaciones el plexus2117@hotmail.com. Es todo. San José, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Una vez. Licda. Alejandra Villalobos Meléndez.—1 vez.—( IN202601073355 ).

En mi notaria mediante escritura ciento sesenta y cuatro a las doce horas quince minutos del dieciséis de mayo de dos mil veintiséis la sociedad Josefina Marchena & Compañía S.A., solicita establecer como correo electrónico oficial de notificaciones y comunicaciones el cpabc@live.com. Es todo. San José, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Una vez. Licda. Alejandra Villalobos Meléndez.—1 vez.—( IN202601073356 ).

En mi notaria mediante escritura ciento sesenta y cinco a las quince horas del dieciséis de mayo de dos mil veintiséis la sociedad Multistylos M & Z S.A., solicita establecer como correo electrónico oficial de notificaciones y comunicaciones el plexus2117@hotmail.com. Es todo. San José, dieciocho de mayo de dos mil veintiséis. Una vez. Licda. Alejandra Villalobos Meléndez.—1 vez.—( IN202601073357 ).

Por escritura número 107 de las 11:00 horas del 6 de mayo de 2026, otorgada ante el Notario Público Adrián Cortés Castro para dar cumplimiento con lo establecido en la Ley número 10597, se incluye cuenta de correo electrónico en la sociedad Tiempo Líquido Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-520218; y, escritura número 107 de las 12:00 horas del 6 de mayo de 2026, otorgada ante el Notario Público Adrián Cortés Castro para dar cumplimiento con lo establecido en la Ley número 10597, se incluye cuenta de correo electrónico en la sociedad El Otro Cine Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-618405. Heredia, 6 de mayo de 2026. Lic. Adrián Cortés Castro.—1 vez.—( IN202601073358 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos sesenta y seis, visible al folio ciento noventa y tres frente, del tomo seis del protocolo del suscrito notario, diecinueve horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis., se presentó solicitud por parte de LEONEL DE LOS ANGELES BRENES MADRIGAL, representante de TRANSPORTES BRENES MADRIGAL SOCIEDAD ANONIMA, portadora de la cedula jurídica número: tres uno cero uno seis tres seis cuatro seis cero para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de Sarapiquí, Puerto Viejo al ser las diecisiete horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis. Msc Johan Sánchez Venegas. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073359 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las doce horas del 14 de mayo de 2026, la sociedad Terraza Abedul Trece Sociedad Anónima cédula de persona jurídica número tres -ciento unoquinientos cuarenta y seis mil ciento veintiuno, señala como medio oficial para notificaciones el correo electrónico : eulago@gmail.com San José a las doce horas del 14 de mayo de dos mil veintiséis. -Licda. Ana Lourdes Golcher González. Notaria. -1 vez.—1 vez.—( IN202601073360 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del 15 de mayo de 2026, Guillermo Cousillas Boam con dimex 185800049714 compareció como representante legal de las sociedades Zoraidauruguay Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento-dos-ochocientos sesenta mil ciento veintiséis; Tico Lindo Santa Teresa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno setecientos once mil cero noventa y siete y la sociedad tres-ciento dos-novecientos cuarenta y un mil trescientos noventa sociedad de responsabilidad limitada, cedula jurídica tres-ciento dos-novecientos cuarenta y un mil trescientos noventa, para incluir correo electrónico como medio oficial para notificaciones.—San José a las ocho horas del quince de mayo de dos mil veintiséis.—Licda. Ana Lourdes Golcher González, Notaria.—1 vez.—( IN202601073361 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las diez horas del 14 de mayo de 2026, compareció Tseng Hisen Tsai Liao con cedula de identidad 8-0074-0966 como representante legal de las sociedades Inversiones Progreso Sanai Sociedad Anonima cédula jurídica número tres -ciento uno–quinientos cuarenta y un mil ciento veinticinco, Profesionales Continentales Ftl Sociedad Anonima, cedula jurídica tres-ciento uno-setecientos cuarenta y seis mil ochocientos cuarenta y cuatro , Mythical Cask Llc Sociedad De Responsabilidad Limitada, cedula jurídica tres-ciento dos-setecientos sesenta y un mil setecientos setenta y uno para incluir correo electrónico como medio oficial para notificaciones. -San José a las diez horas del catorce de mayo de dos mil veintiséis. -Licda. Ana Lourdes Golcher González. Notaria.—1 vez.—( IN202601073362 ).

En escritura otorgada ante esta Notaría a las 11:00 horas del 15 de mayo de dos mil veintiséis compareció Verónica Guevara Lynch con dimex 103200308835 actuando en su condición de representante legal de las sociedades denominadas: Tove Creations Limitada, cedula jurídica 3-102-870015, Tabla Negra Corp Limitada, cedula 3-102-897453para incluir como correo electrónico en las tres sociedades el correo:tomasgarciasantas @gmail.com. San José a las 14 horas del cuatro de mayo de dos mil veintiséis. -Licda. Ana Lourdes Golcher González. Notaria.—1 vez.—( IN202601073363 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta y seis-tres, visible al folio ciento ochenta y ocho vuelto, del tomo tres, a las catorce horas del seis de mayo de dos mil veintiséis. Se protocolizó el acta de Asamblea General de Cuotistas de la sociedad Colholib Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos noventa y nueve mil ciento sesenta y cinco, mediante la cual se acordó incorporar a la cláusula del domicilio social el correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de San José, 06 de mayo del 2026. Lic. Jonathan Andrés Facey Torres, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073364 ).

En escritura número 29, de las 9 horas 30 minutos del 5 de mayo del 2026, visible al folio 10 frente del tomo 72, otorgada ante la notaría de la licenciada Rebeca Vargas Chavarría, se acuerda modificar la cláusula del pacto constitutivo para inclusión de correo de U S E Unika Soluciones Especializadas S.A., con cédula jurídica número 3- 101 – 375283.—San José, 14 horas 42 minutos del 06 de mayo del 2026.—Rebeca Vargas Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN202601073365 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 13 visible al folio 12F del tomo 02 a las 15:00 horas, del 17 de Julio del 2025, se presentó solicitud por parte del representante legal de la sociedad denominada: JACKSKY LLC LIMITADA., cédula jurídica número: 3-102-845807, domiciliada en Guanacaste- Santa Cruz Tamarindo, oficina P y D Abogados, Centro Comercial, Tamarindo Business Center, local número 2; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Tamarindo, 06 de mayo del 2026. Notario Público. ANA PAULA VILLALOBOS MUÑOZ. Cédula 113920161.—1 vez.—( IN202601073366 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 135, visible al folio 101, del tomo 5, a las 08:00 horas, del 7 de abril del 2026, se presentó solicitud por parte del representante legal de GOMITOS S.A. con cédula de persona jurídica número 3-101-615825, DESPACHO GOMEZ & ASOCIADOS S.A. con cédula de persona jurídica número 3-101-559368, y de EL VIAJE CONTINUA S.A. con cédula de persona jurídica número 3-101-580928 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de las sociedades conforme a la Ley número 10.597. Ciudad de Guanacaste, Tilarán, a las 23:16 horas del día 05 del mes de mayo del año 2026. Licda. Yalta Argentina Aragón González. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073367 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 27 de abril del año 2026, se protocoliza acta de asamblea de cuotistas de la sociedad CASA RANZO SRL., cédula jurídica número 3-102-899134, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—Guanacaste, Tilarán, 28 de abril, 2026.—Lic. Yalta Argentina Aragón González, Notaria.—1 vez.—( IN202601073369 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y dos visible al folio ciento setenta y uno vuelto, del tomo tercero, al ser las nueve horas cinco minutos del cinco de mayo de dos mil veintiséis, se incluye la cuenta de correo electrónico entresantos506@gmail.com, dentro de la sociedad denominada ENTRE SANTOS SOCIEDAD ANONIMA, domiciliada en Alajuela, Alajuela, La Guácima, Las Vueltas, Condominio Doña Elsie, casa s número veinticuatro, con cédula jurídica número: tres – ciento uno – nueve tres cinco dos tres cero. Es todo. San José, al ser las catorce horas cuarenta y cinco minutos del seis de mayo de dos mil veintiséis. Lic. José Daniel García Picado. Notario Público. Carnet número: 28236.—1 vez.—( IN202601073370 ).

Ante esta Notaría mediante escritura número trece, visible a folio doce frente del tomo dieciocho de mi protocolo, a las diez horas del trece de mayo de dos mil veintiséis, RONNY MENA BERMUDEZ, cédula uno-seiscientos cincuenta y cinco-cuatrocientos sesenta y siete, en su carácter de representante legal, compareció a incorporar el correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete, en la sociedad ROCA PINTADA RPE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y seis mil setecientos noventa y dos. San Vito, trece de mayo de dos mil veintiséis. Ayalile Jiménez Céspedes. Notaria.—1 vez.—( IN202601073371 ).

Por escritura ciento noventa y siete del tomo segundo de mi protocolo, se presentó solicitud por parte de la Gerente de LA AMPARO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres - ciento dos - novecientos cuatro mil veintinueve, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de dicha sociedad de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, seis de mayo de dos mil veintiséis.—Licda. Lissa María Arroyo Hidalgo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073372 ).

Por escritura número 555, otorgada en mi Notaría la sociedad SEGURIDAD ELECTRÓNICA TECHNOKARE SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-762350 solicita la inscripción del correo electrónico squesada@technokare.com, mediante el cual recibirá notificaciones judiciales y administrativas.—Hugo Retana Hidalgo. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073373 ).

En escritura ciento cincuenta y dos, tomo uno, se hace solicitud inscripción correo electrónico ASOCIACION COMUNIDAD SIERVOS DE CRISTO VIVO.—Licda. Cinthya Priscilla Sandoval Bonilla.—Notaria San José, 06 de mayo de 2026.—1 vez.—( IN202601073374 ).

Mediante escritura número 122, del tomo 11, a las 10:30 del 03 de mayo del año dos mil 2026, por medio de la cual la representante legal de la sociedad INDUSTRIA SALINERA PRIOBA SOCIEDAD ANONIMA S.A, cédula jurídica número 3-101- 611504, solicita incorporar un correo electrónico a la información de las sociedades.—Playas del Coco, a los 6 días del mes de mayo del dos mil 2026.—Licda. ROSA MARIA GARCIA SOSSA, Notaria Publica.—1 vez.—( IN202601073375 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría la sociedad TRES CIENTO UNO QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-535254, incorporó correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las diez horas del diecisiete de mayo de dos mil veintiséis.—Olga Cecilia Quesada-Alvarado. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073376 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría la sociedad CARPE DIEM PLENE, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica 3-101-169815, incorporó correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las dieciséis horas del dieciocho de mayo de dos mil veintiséis.—Flory Durán Valverde. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073377 ).

Ante esta Notaria siendo las 07:00 horas del día 19 de mayo del 2026, se modifica el estatuto segundo de Electrificar S. A. cedula 3-101-721959 a partir del 19 de mayo del 2026.—Heredia, 19 de mayo del 2026.—Lic Rafael Hidalgo Carballo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073378 ).

Ante esta Notaria siendo las 08:00 horas del día 19 de mayo del 2026, se modifica el estatuto segundo de Instalaciones Almanza e Hijos S. A. cedula 3-101-718883 a partir del 19 de mayo del 2026.—Heredia, 19 de mayo del 2026.—Lic Rafael Hidalgo Carballo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073379 ).

Ante esta Notaria siendo las 08:30 horas del día 19 de Mayo del 2026, se modifica el estatuto segundo de Kaj Servicio de instalación de aires acondicionados S.R.L cedula 3-102-862273 a partir del 19 de Mayo del 2026.—Heredia, 19 de Mayo del 2026.—Lic Rafael Hidalgo Carballo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073380 ).

Ante esta Notaría, siendo las 09:00 horas del día 19 de mayo del 2026, se modifica el estatuto segundo de SP Soluciones Tecnológicas S.A., cedula 3-101-777516 a partir del 19 de mayo del 2026.—Heredia, 19 de mayo del 2026.—Lic. Rafael Hidalgo Carballo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073381 ).

Ante esta Notaria siendo las 20:00 horas del día 18 de mayo del 2026, se modifica el estatuto segundo de Jorema S. A. cedula 3-101-588244 a partir del 18 de mayo del 2026.—Heredia, 18 de Mayo del 2026.—Lic Rafael Hidalgo Carballo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073382 ).

Ante esta Notaria siendo las 19:00 horas del día 18 de mayo del 2026, se modifica el estatuto segundo de Rogavi de Heredia S. A. cedula 3-101-372068 a partir del 18 de mayo del 2026.—Heredia, 18 de mayo del 2026.—Lic Rafael Hidalgo Carballo, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073383 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, la sociedad APARTAMENTO DOS B, SOCIEDAD ANÓNIMA cédula jurídica 3-101-112554, incorporó correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las diez horas quince minutos del trece de mayo de dos mil veintiséis.—Flory Durán Valverde. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073392 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, la sociedad TRES CIENTO UNO OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SEIS, SOCIEDAD ANÓNIMA cédula jurídica 3-101-878806, incorporó correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las diez horas treinta minutos del trece de mayo de dos mil veintiséis.—Flory Durán Valverde. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073393 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento sesenta y cuatro, visible al folio ciento y cuatro, del tomo uno, a las catorce horas y cincuenta minutos del cuatro de julio de dos mil veinticinco, se presentó solicitud por parte de GUISSELLE MARIA JIMENEZ RETANA, conocida como GUISSELLE MARIA JENSEN, en condición de GERENTE DOS con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma de la sociedad LA CASA DEL LOBO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres - ciento dos - ochocientos dieciocho mil ochocientos sesenta y tres, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Santa Cruz, quince horas del día seis del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Maurice Francis Ghesquiere Briceño.—1 vez.—( IN202601073394 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número Noventa y Dos, visible al folio Cincuenta y Cuatro vuelto, del tomo uno, a las quince horas, del día once de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Nuria Isabel González Vargas, cédula uno-setecientos setenta y dos-ciento veintidós, quien es Presidenta y Apoderada Generalísima sin Límite de Suma de ALQUILERES FIESTA EL ANGEL SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y dos mil ciento cincuenta y seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Buenos Aires de Puntarenas, a las quince horas del día once del mes de mayo del año dos mil veintiséis.—Licda. Yendry Yajaira González Romero. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073395 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y cuatro, visible al folio ochenta y uno vuelto, del tomo número trece, a las catorce horas del seis de mayo del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de Cedric Marc Andrej Aeschlimann, representante legal de la empresa Tres-Ciento Dos-Seiscientos Noventa y Tres Mil Cuatrocientos Treinta y Seis, sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos noventa y tres mil cuatrocientos treinta y seis, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la citada sociedad, conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de Nicoya, a las quince horas y treinta minutos del seis de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. Manuel Vargas Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073396 ).

Mediante escritura número trescientos sesenta y ocho- cuarenta y tres, del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, se modificó la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Sánchez Durán Paracito Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres- ciento uno- cuatro nueve ocho uno cuatro ocho.—Heredia, a las dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis.—Licenciada Andrea Catalina Arguello Corrales.—1 vez.—( IN202601073398 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos siete -diez, visible al folio ciento noventa frente del Tomo Décimo, a las once horas del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, las sociedades NOVENTA OAKS THE BEACH, SOCIEDAD DE RESPONSABLIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres-ciento dos- novecientos veinticuatro mil doscientos dieciocho, y JUNTOS POR SIEMPRE TAVO Y ORETA, SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y siete mil ciento ochenta y ocho, solicitan formalmente al Registro Público por medio de su representante legal incluir dentro del Pacto Constitutivo de cada una la dirección electrónica como medio para recibir notificaciones judiciales y administrativas el siguiente correo electrónico: tavodeamerica@gmail.com.—San José, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. José Manuel Sáenz Montero, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073399 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos seis - diez, visible al folio ciento ochenta y nueve vuelto del Tomo Décimo, a las diez horas del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, las sociedades TRES – CIENTO UNO – SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS, SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – seiscientos ochenta y dos mil doscientos noventa y dos, PLATINO INMOBILIARIA TIERRAS MORENAS, SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – trescientos veintiséis mil setenta y cinco, APARTAMENTO GOOE DEL ZURQUI, SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – quinientos doce mil setecientos doce, y VIVIENDAS Y PROPIEDADES ZELAFER S & M, SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno – cuatrocientos catorce mil sesenta y siete, solicitan formalmente al Registro Público por medio de su representante legal incluir dentro del Pacto Constitutivo de cada una la dirección electrónica como medio para recibir notificaciones judiciales y administrativas el siguiente correo electrónico: tavodeamerica@gmail.com.—San José, dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis.—Lic. José Manuel Sáenz Montero. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073400 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecinueve horas del dieciocho de mayo del dos mil veintiséis, se incluye correo electrónico dentro de la sociedad Corporación de Inversiones Basa Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica número tres – ciento uno –cero ochenta y cinco mil quinientos noventa y nueve, lo anterior en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, diecinueve de mayo del dos mil veintiséis.—Licda Ana Lorena Gamboa Salazar. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073402 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del diecisiete de mayo del dos mil veintiséis, se incluye correo electrónico dentro de la sociedad “Inversiones Edith Del Sol Sociedad Anónima”, cédula de persona jurídica número tres – ciento uno –doscientos veintinueve mil ochocientos cuarenta y tres lo anterior en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, dieciocho de mayo del dos mil veintiséis.—Licda Ana Lorena Gamboa Salazar. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073403 ).

Mediante escritura Doscientos veinticinco-doce, del Tomo Décimo Segundo de la Notaria Pública Geanina Soto Chaves, de las diez horas del cinco de mayo de dos mil veintiséis, se reforma la Cláusula del domicilio de los estatutos de MINI LITTLE KIDS SOCIEDAD ANÓNIMA, con cédula jurídica tres-ciento uno- seiscientos diez mil doscientos treinta y cuatro, incluyendo el correo electrónico para notificaciones.—San José, a las once horas quince minutos, del seis de mayo de dos mil veintiséis.—Licda. Geanina Soto Chaves, Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073404 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, la sociedad Tres Ciento Uno Ochocientos Setenta y Ocho Mil Ochocientos Diecinueve, Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-878819, incorporó correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del trece de mayo de dos mil veintiséis.—Flory Durán Valverde, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073406 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, la sociedad VITA BELLAVISTA CASA VEINTISEIS, SOCIEDAD ANÓNIMA cédula jurídica 3-101-646464, incorporó correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las once horas del trece de mayo de dos mil veintiséis.—Flory Durán Valverde. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073407 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, la sociedad AGROPECUARIA ORO VERDE C&P, SOCIEDAD ANÓNIMA cédula jurídica 3-101-568705, incorporó correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, a las dieciséis horas del catorce de mayo de dos mil veintiséis. Flory Durán Valverde. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073408 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, la sociedad CAMPOS SOLEADOS, SOCIEDAD ANÓNIMA cédula jurídica 3-101-272580, incorporó correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—San José, a las quince horas del dieciocho de mayo de dos mil veintiséis.—Flory Durán Valverde. Notario Público.—1 vez.—( IN202901073409 ).

Ante esta notaría a las 15:15 horas del 5 de mayo del 2026, mediante la escritura número 6, la sociedad PRODUCTORES AGROINNOVADORES DE CARTAGO SOCIEDAD ANONIMA SOCIEDAD ANONIMA, con cédula jurídica número TRES-CIENTO UNO- OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES, solicita modificación al pacto constitutivo, establecer el correo electrónico como medio de notificación proagroinca@gmail.com.—Licda. Lisbeth Castillo Barquero.—Cartago, 6 de mayo del 2026.—1 vez.—( IN202601073410 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número 330, visible al folio 156, del tomo 6, a las 9 horas, del 6 de mayo del 2026, se presentó solicitud por parte de OLMAN ALEJANDRO JIMENEZ RAMIREZ, cedula 1-969-498, quien es Gerente de Soporte Real Sociedad de Responsabilidad Limitada, con la cédula de persona jurídica número 3-102-750810, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete.—Ciudad de nueve horas del seis de mayo del dos mil veintiséis.—Licda. Raquel María Arias Castellón. Notaría Pública.—1 vez.—( IN202601073412 ).

Ante esta notaría mediante escritura número cincuenta y seis- ocho, se Reformó la cláusula del domicilio social de la sociedad TRES CIENTO DOS- SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres- ciento dos-seiscientos veintisiete mil doscientos noventa y uno. Licda Hilda Calderón Calvo. Teléfono 83 40-39-61 correo electrónico lahi.22@hotmail.com.—San Isidro, Pérez Zeledón diecinueve de mayo del año dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601073413 ).

Ante la notaría de la licenciada Floribeth Venegas Mata carnet número veinte cuatrocientos nueve y cedula nueve- cero ciento tres- cero ciento noventa y cuatro mediante escritura pública número trecientos cinco- cero seis se llevó a cabo la incorporación del correo electrónico suggeymora@yahoo.com a la sociedad GIULIA DE MANUEL ANTONIO SOCIEDAD ANONIMA cedula jurídica número tres- ciento uno- dos cuatro seis uno nueve nueve. Es todo.—firmo en San Isidro Pérez Zeledón a las quince horas y treinta minutos del día seis de abril del año dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601073414 ).

La sociedad Transporte Silver TS , Sociedad anónima , cédula jurídica tres-ciento uno- cinco cero tres seis dos cinco , designa como correo electrónico para efecto de notificaciones de conformidad a la ley 10597 el siguiente: siivernotificaciones@hotmai1.com Escritura de las once horas del dieciocho de mayo de 2026.—Notario público: Luis Miguel Murillo Gómez.—1 vez.—( IN202601073415 ).

La sociedad Transporte de envase Calle Blancos CB , Sociedad anónima , cédula jurídica tresciento uno- siete siete siete cero tres cero , designa como correo electrónico para efecto de notificaciones de conformidad a la ley 10597 el siguiente: caIleblancosnotificaciones@hotmail.com Escritura de las trece horas del dieciocho de mayo de 2026.—Notario público: Luis Miguel Murillo Gómez.—1 vez.—( IN202601073416 ).

La sociedad 3-102-936214, Sociedad Responsabilidad Limitada , cédula jurídica tres-ciento dos- nueve tres seis dos uno cuatro , designa como correo electrónico para efecto de notificaciones de conformidad a la ley 10597 el siguiente: srlnotificaciones@hotmail.com Escritura de las doce horas del dieciocho de mayo de 2026.—Luis Miguel Murillo Gómez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073417 ).

La sociedad Grupo Comercial BARIESSENTIA, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno- SEIS OCHO DOS CERO SEIS CUATRO , designa como correo electrónico para efecto de notificaciones de conformidad a la ley 10597 el siguiente: evelynsanchez@bariessentia.com Escritura de las diez horas del dieciocho de mayo de 2026.—Notario público: Luis Miguel Murillo Gómez.—1 vez.—( IN202601073418 ).

La sociedad Grupo Comercial La Esfera Gira, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno -tres dos ocho cinco uno dos, designa como correo electrónico para efecto de notificaciones de conformidad a la ley 10597 el siguiente: gmariasanchez@yahoo.com Escritura de las diez horas del dieciocho de mayo de 2026.—Luis Miguel Murillo Gómez, Notario Público. Grupo Comercial La esfera Gira.—1 vez.—( IN202601073419 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día seis de mayo del año dos mil veintiséis, compareció ante mí el señor ARTURO DANIEL SOTO MONTERO, titular de la cédula de identidad uno – cero setecientos sesenta y uno – cero setecientos setenta y cuatro, en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad CDS CASA DE SURFSIDE LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ochocientos cuarenta y ocho mil trescientos sesenta y cinco, escritura en la cual se designó la dirección electrónica oficial de la sociedad para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San José, seis de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. José Luis Corrales Morales. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073420 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las siete horas quince minutos del día dieciocho de mayo del año dos mil veintiséis, y de conformidad con la Ley número diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas se solicita al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: oficios@corporacionbct.com para la atención de notificaciones de la Compañía CORPORACION B C T SOCIEDAD ANONIMA.—San José, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Ariel Audilio Leiva Fernández.—1 vez.—( IN202601073421 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del día dieciocho de mayo de dos mil veintiséis, se Protocolizan acuerdos del Acta de Asamblea de Cuotistas de de la sociedad denominada CIRTEC MEDICAL COSTA RICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA de conformidad con la Ley diez mil quinientos noventa y siete denominada “Ley para establecer el correo electrónico como medio de notificación para las sociedades mercantiles” y de la Directriz DPJ-cero cero dos-dos mil veinticinco de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas, se acuerda solicitar al Registro de Personas Jurídicas la inclusión del siguiente correo electrónico: legal@cirtecmed.com, además se acuerda revocar el nombramiento del agente residente y eliminar la cláusula referente al agente residente, para la atención de notificaciones de la Compañía. Asimismo, se acuerda revocar el nombramiento del agente residente.—San José, diecinueve de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Milton Ricardo Medina García.—1 vez.—( IN202601073422 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita Notaria pública en Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, a las once horas del veinticuatro de abril de dos mil veintiséis, se procede a señalar un correo electrónico para recibir notificaciones de la sociedad HOLLOW METAL LLC SRL., cédula jurídica 3-102- 930588.—Licda. María Andrea Jara Pérez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073423 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día seis de mayo del año dos mil veintiséis, compareció ante mí el señor Arturo Daniel Soto Montero, titular de la cédula de identidad uno-cero setecientos sesenta y uno-cero setecientos setenta y cuatro, en su condición de Gerente Tres con facultades de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de la sociedad VILLA MALIBÚ DE SURFSIDE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – ochocientos setenta y cuatro mil ochocientos ochenta y cuatro, escritura en la cual se designó la dirección electrónica oficial de la sociedad para recibir notificaciones administrativas y judiciales, en cumplimiento a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo.—San José, seis de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. José Luis Corrales Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073424 ).

Por escritura número cuarenta y nueve, otorgada ante la Notaría Pública, Natalia Wong Quirós, a las dieciséis horas del veinte de abril de dos mil veintiséis. Se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada FOFO LINE EVOLUTIVA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres - ciento dos - nueve tres dos nueve cuatro dos, con domicilio en Provincia cinco Guanacaste, Cantón ocho Tilarán, Los Ángeles, ciento cincuenta metros al este de la Escuela Central de Los Ángeles, casa color beige, con portones color verdes a mano derecha, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo, Guanacaste, Cañas, a las diez horas veinte minutos del ocho de mayo de dos mil veintiséis.—Natalia Wong Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN202601073426 ).

Por escritura número cincuenta y cuatro otorgada ante la Notaría Pública, Natalia Wong Quirós, a las dieciséis horas del veintiocho de abril de dos mil veintiséis. Se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada TRANSPORTES VILLALOBOS M V R SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres-ciento uno-dos cinco cuatro nueve ocho tres, con domicilio en Guanacaste, Cantón seis, Cañas, Barrio Unión, quinientos metros oeste del almacén Gallo más Gallo, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo, Guanacaste, Cañas, a las diez horas veinte y cinco minutos del ocho de mayo de dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601073428 ).

Por escritura número cuarenta y siete otorgada ante la Notaría Pública, Natalia Wong Quirós, a las dieciocho horas del quince de abril de dos mil veintiséis. Se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada CAMARON DEL CORAL SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cuatro nueve dos ocho cero, con domicilio en Puntarenas, Cantón once Garabito, Jaco, trescientos cincuenta Sur del Hotel Best Western, Centro Comercial Plaza Coral, mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Es todo, Guanacaste, Cañas, a las diez horas treinta minutos del ocho de mayo de dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601073429 ).

Mediante escritura número 54-14 celebrada en mi notaría a las 13 horas 30 minutos del 20 de abril del 2026 comparece el señor BONILLA SOLANO VICTOR EDUARDO, mayor, costarricense, casado una vez, ingeniero topógrafo, vecino de Cartago, Paraíso, Paraíso, Barrio La Joya ciento cincuenta metros al Norte de la Sala de Pooles La Joya casa a mano izquierda color verde, portador de la cédula de identidad 3-0391-0595, en su condición de GERENTE UNO y apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada AZIMUT INGENIERÍA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con cédula jurídica número 3-102-925269 y solicita con fundamento en la Ley número 10597 y la Directriz DPJ-CERO CERO DOS- DOS MIL VEINTICINCO, inscribir el siguiente correo electrónico para notificaciones azimuting@hotmail.com. Trece de mayo del 2026. Lic. Wilbert Yojancen Arce Acuña, Notario.—1 vez.—( IN202601073431 ).

Mediante escritura número 53-14 celebrada en mi notaría a las 13 horas del 20 de abril del 2026 comparece la señora VARGAS DURÁN NATALIA MARÍA, mayor, costarricense, casada una vez, abogada, portadora de la cédula de identidad 1-1160-0332, vecina de Cartago, Dulce Nombre Residencial Los Helechos, en su condición de PRESIDENTE y apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad denominada BRUJOS GONZÁLEZ VARGAS SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica 3-101-862826 y solicita con fundamento en la Ley número 10597 y la Directriz DPJ-CERO CERO DOS- DOS MIL VEINTICINCO, inscribir el siguiente correo electrónico para notificaciones natydu27@gmail.com. Trece de mayo del 2026. Lic. Wilbert Yojancen Arce Acuña, Notario.—1 vez.—( IN202601073432 ).

Mediante escritura número 31-14 celebrada en mi notaría a las 14 horas con 50 minutos del 09 de abril del 2026 comparece el señor JORGE DILSON CALDERÓN COTO, mayor, costarricense, soltero, odontólogo, vecino de Paraíso de Cartago, Llanos de Santa Lucía, Condominio Arrabará, casa K Doce y portador de la cédula de identidad 1-1047-0956, en su condición de PRESIDENTE y apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada CR ALIGNERS SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-919822 y solicita con fundamento en la Ley número 10597 y la Directriz DPJ-CERO CERO DOS- DOS MIL VEINTICINCO, inscribir el siguiente correo electrónico para notificaciones bestaligncr@gmail.com. Trece de mayo del 2026. Lic. Wilbert Yojancen Arce Acuña, Notario.—1 vez.—( IN202601073433 ).

Mediante escritura número 106-14 celebrada en mi notaría a las 10 horas 45 minutos del 12 de mayo del 2026 comparece la señora ROJAS VEGA LIGIA MARÍA CARMEN, mayor, costarricense, casada una vez, comerciante, vecina de Cartago, Central, Carmen, San Blas doscientos metros al Oeste dela Escuela Pública y portador cédula de identidad 3-0284-0706, en su condición de GERENTE y apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad denominada DR DE CARTAGO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica 3-102-709665 y solicita con fundamento en la Ley número 10597 y la Directriz DPJ-CERO CERO DOS- DOS MIL VEINTICINCO, inscribir el siguiente correo electrónico para notificaciones deinyrivera28@gmail.com.Trece de mayo del 2026. Lic. Wilbert Yojancen Arce Acuña, Notario.—1 vez.—( IN202601073434 ).

Mediante escritura número 30-14 celebrada en mi notaría a las 14 horas con 40 minutos del 09 de abril del 2026 comparece al señora MARÍA CECILIA COTO PICADO conocida como MARTA CECILIA COTO PICADO, mayor, costarricense, casada una vez, pensionada, portadora de la cédula de identidad número tres – doscientos trece – quinientos cincuenta y siete, vecina Orosi de Paraíso de Cartago seiscientos metros al Norte de la Iglesia Católica, en su condición de PRESIDENTE y apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad denominada KINNARI SOCIEDAD ANONIMA, con cédula de persona jurídica número 3-101-782593 y solicita con fundamento en la Ley número 10597 y la Directriz DPJ-CERO CERO DOS- DOS MIL VEINTICINCO, inscribir el siguiente correo electrónico para notificaciones kinnari.s.a19@gmail.com. Trece de mayo del 2026. Lic. Wilbert Yojancen Arce Acuña, Notario.—1 vez.—( IN202601073435 ).

Por escritura número veintidós de las dieciséis horas, del dieciocho de mayo del 2026, otorgada ante la Notaria Pública, María Isabel García Campos, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada TRES-CIENTO DOS-SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO SOCIEDAD DE RESPONSABLIDAD LIMITADA, con cedula jurídica TRES-CIENTO DOS-SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO. Entidad domiciliada en la provincia cero uno San José, Cantón trece Tibas, San Juan de cruce de Llorente setenta y cinco metros al norte casa a mano derecha color naranja con rejas negras contiguo a clínica dental; mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete y la Directriz DPJ- 002-2025 de 23 de mayo de 2025. San José, 18 de mayo del 2026. Licda. María Isabel García Campos, Abogada Notarla Pública, carné Nº 10928, Teléfono 88229498.—1 vez.—( IN202601073436 ).

Por escritura número veinticinco de las veinte horas, del dieciocho de mayo del 2026, otorgada ante la Notaria Pública, María Isabel García Campos, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada sociedad FAMILIAR LA VIÑA SOCIEDAD ANONIMA, con cedula jurídica TRES-CIENTO UNO-CERO UNO CINCO SIETE DOS UNO. Entidad domiciliada en la provincia cero uno San José, Canton trece Tibas, del cruce de Llorente setenta y cinco metros al norte; mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete y la Directriz DPJ-002-2025 de 23 de mayo de 2025. San José, 18 de mayo del 2026. Licda. María Isabel García Campos, Abogada Notaria Pública, carné Nº 10928, Teléfono 88229498.—1 vez.—( IN202601073437 ).

Por escritura número veintiuno de las quince horas, del dieciocho de mayo del 2026, otorgada ante la Notaria Pública, María Isabel García Campos, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada INMOBILIARIA JOYABAJ SOCIEDAD ANONIMA, con cedula jurídica TRES - CIENTO UNO - SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO. Entidad domiciliada en la provincia cero uno San José, Canton cero uno San José, Sabana Sur de la Liberia Universal doscientos metros sur, doscientos metros oeste y cincuenta metros norte condominio Teribe oficina dos; mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete y la Directriz DPJ-002-2025 de 23 de mayo de 2025. San José, 18 de mayo del 2026. Licda. María Isabel García Campos, Abogada Notaria Pública, carné Nº 10928, Teléfono 88229498.—1 vez.—( IN202601073438 ).

Por escritura otorgada ante esta misma notaria a las QUINCE horas con CINCO minutos del cuatro de mayo del dos mil veintiséis se protocolizo el acta número uno de asamblea general extraordinaria de cuotistas de TRES-UNO CERO DOS-NUEVE TRES SEIS SIETE CERO NUEVE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA en la cual se modifica la cláusula sexta de los estatutos.—La Fortuna de San Carlos, cuatro de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Mario Andrés Santamaria Núñez Notario Público.—1 vez.—( IN202601073557 )

Ante esta notaría, se presentó solicitud por parte de la sociedad TRANSACIONES Y VALORES ROCAL SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres- ciento uno- doscientos sesenta y dos mil cuatrocientos siete, para incorporar un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Publíquese una única vez. Heredia, a las once horas treinta y nueve minutos del seis de mayo del año dos mil veintiséis. LIC MARIANA SALAZAR VARGAS. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073819 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las doce horas y diez minutos del quince de abril de dos mil veintiséis la sociedad Agua Monarca de Tilarán Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento cinco-novecientos veinte mil trescientos cuarenta solicitó la inclusión de su correo electrónico en cumplimiento de la Ley para el Establecimiento de un Correo Electrónico como Medio de Notificación para las Sociedades Mercantiles.—San José, cinco de mayo de dos mil veintiséis.—Lic. Luis Arturo Álvarez Ulate.—1 vez.—( IN202601073850 ).

Debidamente autorizada la suscrita notaria pública por la PRESIDENTE CON FACULTADES DE APODERADA GENERALISIMA SIN LIMITE DE SUMA de la sociedad LITTLE HAWAII DE AVELLANAS SOCIEDAD ANONIMA, cédula 3-101-738892, procedo a realizar el trámite de solicitar al Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas la incorporación del correo electrónico: littlehawaiiavellanas@gmail.com, dentro de la información registral de la sociedad. San José, seis de mayo del dos mil veintiséis. Firma Responsable: Licda. Diana Catalina Varela Solano, cédula 1- 1237-0376.—1 vez.—( IN202601073851 ).

Ante esta Notaría, mediante escritura número CIENTO OCHENTA Y UNO, visible al folio ciento setenta y tres frente del tomo cuarto de mi protocolo, a las diez horas del cuatro de mayo del dos mil veintiséis se presentó solicitud por parte del Presidente y Apoderado Generalísimo sin límite de suma de las sociedades ONE INTERMEDIA S.A, cédula jurídica 3101302022 y VORTEX MONGE AZUA FB y MB S.A, cédula jurídica número 3101621201 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cuatro de mayo del dos mil veintiséis. Licda. Mariela Vargas Villalobos. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073852 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, el día quince de enero de dos mil veintiséis se protocolizó Acta de Asamblea Extraordinaria de socios de A y S Pacific Sunset View S. A., por la que se modificó la cláusula quinta del pacto Constitutivo y se nombraron nuevo Presidente y Secretario.—San José seis de mayo de dos mil veintiséis.—Francisco Quijano Quirós.—1 vez.—( IN202601073854 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número CUARENTA Y CUATRO, visible al folio 49 frente y vuelto, del tomo sexto, a las trece horas quince minutos del veinte de abril del dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de la representante legal de GRUPO GARLAURERI DE SANTA LUCÍA, S. A. con la cédula de persona jurídica número 3 – 101 - 918243 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las trece horas con quince minutos del día veinte de abril del dos mil veintiséis. Licda. Carmen María Arana Gómez. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073855 ).

6046-9002. Se hace constar que mediante escritura N° 52, otorgada a las 08:00 horas del 23 de abril del 2026, ante la notaría pública Ana Giselle Barboza Quesada. Notaria, se solicita la inscripción de la cuenta de correo electrónico de las sociedades: a) MONTICIANO SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- seiscientos veinticuatro mil seiscientos cuarenta y cuatro; b) PISOS DE CONCRETO SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-noventa y cinco mil cuatrocientos cuatro; c) SERVICIOS DE INGENIERIA Y ASESORIA SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-sesenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta; y d) TRIVENTO DE OCHOMOGO SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- seiscientos veintinueve mil doscientos noventa y nueve, de conformidad con la reforma del artículo dieciocho, inciso diez del Código de Comercio, la Ley diez mil quinientos noventa y siete, y la Directriz DJP- cero cero dos- dos mil veinticinco, del veintitrés de mayo del dos mil veinticinco.—San José, 6 de mayo del 2026. Licda. Ana Giselle Barboza Quesada. Notaria, gbarboza@servicioslegalescr.net.—1 vez.—( IN202601073856 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaria a las catorce horas, quince minutos, del seis de Mayo del Dos Mil Veintiséis, Casa Condo Castillo Antigua XVIII Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- seis dos uno dos cinco seis solicita al Registro Mercantil inscribir correo electrónico jorgecoto@smlarisa.com Turrialba, seis de Mayo dos mil Veintiséis. Lic. Alejandro Mata Vega.—1 vez.—( IN202601073857 ).

Por escritura número CIENTO OCHENTA Y CUATRO BIS, de las diecinueve horas del veintiuno de enero del año dos mil veintiséis, del tomo dos, otorgada ante la Notaria Pública, Jackeline Solís Dobles, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada HIERRO PALO SEIS SOCIEDAD ANONIMA, cedula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y tres mil setecientos diecinueve, con domicilio social en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, Urbanización La Roca, cuatrocientos metros al norte y cien al este del Hospital, casa dieciséis c, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Quesada, seis de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Jackeline Solís Dobles Notaria.—1 vez.—( IN202601073858 ).

Ante este Notario Público, bajo escritura número CINCUENTA Y NUEVE visible al folio SESENTA FRENTE del tomo VEINTISÉIS autorizada a las diecisiete horas del veintinueve de abril del dos mil veintiséis, se procedió a protocolizar el Acta de Asamblea General de Socios de la sociedad denominada PRODUCTOS Y SERVICIOS PALMA S.R.L cédula de persona jurídica número 3-102-605352, en la cual solicita al Registro Nacional, el registro de correo electrónico para la sociedad en cumplimiento de la Ley N° 10597. San José, a las seis horas del día seis de mayo del año dos mil veintiséis. Licda. Guillermo José Sanabria Leiva.—1 vez.—( IN202601073859 ).

Por escritura número cuarenta y siete del tomo veintidós de mi protocolo, se realizó la inclusión de dirección de correo electrónico respecto de la cláusula del domicilio del pacto constitutivo de GRUPO NIKIN SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- setecientos treinta y ocho mil doscientos diecinueve, en cumplimiento de la Ley diez mil quinientos noventa y siete. Siumin Vargas Jiménez. Notario Público. San José seis de mayo de dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601073860 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, a las dieciocho horas del treinta de abril del dos mil veintiséis, se modifica junta directiva, domicilio y administración de la sociedad ASESORAMIENTO ADMINISTRATIVO UMACA S.A, y se incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, treinta de abril del dos mil veintiséis. Licda. Karla María Granados Vindas.—1 vez.—( IN202601073862 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento noventa y cinco visible al folio ciento dieciocho frente del tomo dos, a las CATORCE HORAS, del veintiuno del mes de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de: ANIBAL MASIS MARIN CEDULA DE IDENTIDAD: 106820756, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de SERVICIOS DE SEGURIDAD MASISEG SOCIEDAD ANONIMA, con la cédula de persona jurídica número 3101607299 para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Lic. Carlos Eduardo Ramírez Madrigal, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073863 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, al ser las siete horas treinta minutos del día cuatro de mayo de dos mil veintiséis, se protocolizó la Asamblea General de Socios Cuotistas de la sociedad de esta plaza Promove Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres – uno cero dos – siete cero tres ocho nueve cero, mediante la cual se realizaron nuevos nombramientos y se incluyó correo electrónico. Heredia, seis de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Lorena Víquez Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN202601073864 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta y cuatro, visible del folio ciento setenta frente al folio ciento setenta y uno frente, del tomo uno, a las dieciséis horas, del treinta y uno de marzo del dos mil veintiséis, se protocolizó el acta de Asamblea General de Cuotistas de COUMAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – novecientos tres mil trescientos uno, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula del pacto constitutivo relativa al domicilio social. San José, seis de mayo del año dos mil veintiséis. Lic. Ana Marcela Acosta Valverde. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073865 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 06 de mayo de 2026 se protocolizó acta de asamblea de coutistas de la sociedad “LEX ESTUDIO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, cédula jurídica 3-102- 887018, modificando su cláusula sexta de administración y su cláusula sétima de Representación, así como la cesión de cuotas al señor Johnny Rojas González, cédula de identidad número 1-1516-0132. San José, 06 de mayo del 2026. José Luis Campos Gutiérrez. Notario.—1 vez.—( IN202601073866 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaria a las ocho horas del día veintisiete de abril del dos mil veintiséis se modifica cláusula de administración de la sociedad ALBAMY DEL ATLANTICO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres -ciento uno- ciento cincuenta y dos mil cien. Lic. Gonzalo Vargas Acosta.—1 vez.—( IN202601073868 ).

En escritura otorgada ante la notaría del notario público Edgar Valverde Araya, en escritura número noventa y uno del tomo uno, a las ocho horas del seis de mayo del año dos mil veintiséis, se protocoliza acta número tres de Asamblea General Extraordinaria de cuotistas de GANADERÍA FAROMO DEL SUR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número tres – ciento dos – setecientos doce mil quinientos sesenta, en la cual se nombra subgerente a FABIANA RODRÍGUEZ ROMERO, cédula de identidad uno-mil trescientos ochenta y seis-ochocientos cincuenta y nueve y se registra el correo electrónico frodriguez2aro@gmail.com para dicha sociedad. Seis de mayo dos mil veintiséis.—1 vez.—( IN202601073870 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ciento setenta y dos-uno visible al folio ciento cuarenta y nueve frente del tomo primero de la suscrita notaria, a las diez horas del día veintiuno de abril de dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte de María Isabel Vindas Vindas, en su condición de Presidente con facultades de Apoderada Generalísima Sin Límite de Suma la sociedad Etelvisa Inversiones Inmobiliarias, Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil setenta y tres; para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. Ciudad de San José, a las trece horas tres minutos del veintiocho de abril de dos mil veintiséis. Licda. Andrea Ma. López Carballo. Notaria Pública.—1 vez.—( IN202601073871 ).

Ante esta Notaria, al ser las 14:00 horas del 06 de mayo del 2026, se solicita incluir el correo electrónico en las sociedades Calle La Carreta Siete Siete Siete Limitada, cédula jurídica 3-102-908142 y Parcelas del Paraíso Limitada, cédula jurídica 3-102- 908142, conforme a la Ley 10597. San José, 06 de mayo del 2026. WENDY SOLORZANO VARGAS- NOTARIA PUBLICA.—1 vez.—( IN202601073872 ).

Por escritura número Ciento setenta y seis otorgada ante el Notario Público, Luis Adrián Alfaro Ramírez, de las catorce horas del cinco de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de las sociedades denominadas EABE ARQUITECTOS Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cinco mil quinientos setenta y ocho, MEDALU DE LIBERIA SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta mil veintitrés, CALETAS NEGRO SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y cinco mil ciento cincuenta y tres, TRES-CIENTO UNO-SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTINUEVE SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y cinco mil ciento veintinueve, TRES-CIENTO UNO-OCHOCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS SETENTA SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica número tres-ciento uno-ochocientos trece mil seiscientos setenta.—Grecia, seis de mayo del dos mil veintiséis.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario Público.—1 vez.—( IN202601073873 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número: ciento catorce, los representantes legales de NELMAR AMIGOS DE LA SANTÍSIMA TRINIDAD SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: tres-ciento dos-seis ocho seis uno cero dos, comparecen a efectos de incorporar a su representada un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. La Tigra de San Carlos, al ser doce horas cinco minutos del día seis de mayo de dos mil veintiséis. Licda. Silvia Arias Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN202601073875 ).

Por escritura número CIENTO SIETE - UNO otorgada ante el Notario Público, Danny Mora Fernández de las doce horas del dos de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada IXPANTIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres – uno cero dos – siete cero ocho uno cuatro seis, con domicilio social en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, costado Sur de la escuela Juan Chaves Rojas mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Danny Mora Fernández. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073876 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número: ciento dieciseis, el representante legal de: TRES-CIENTO DOS-NUEVE UNO SIETE NUEVE SEIS TRES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica número: tres-ciento dos-nueve uno siete nueve seis tres comparece a efectos de incorporar a su representada un correo electrónico conforme a la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. La Tigra de San Carlos, al ser doce horas con diez minutos del día seis de mayo de dos mil veintiseis. LICDA. SILVIA ARIAS VÁSQUEZ-NOTARIA.—1 vez.—( IN202601073877 ).

Por escritura número CIENTO SIETE - UNO otorgada ante el Notario Público, Danny Mora Fernández de las doce horas del dos de mayo del dos mil veintiséis, se incluye cuenta de correo electrónico dentro de la sociedad denominada IXPANTIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cédula jurídica tres – uno cero dos – siete cero ocho uno cuatro seis, con domicilio social en Alajuela, San Carlos, Ciudad Quesada, costado Sur de la escuela Juan Chaves Rojas mediante reforma a la cláusula del Domicilio en el Pacto Constitutivo, en cumplimiento a lo establecido en la Ley número diez mil quinientos noventa y siete. San José, cinco de mayo del dos mil veintiséis. Lic. Danny Mora Fernández. Notario Público.—1 vez.—( IN202601073878 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número Doscientos ochenta y ocho-diecisiete-dos mil veintiséis, a las dieciséis horas, del día nueve de abril del año dos mil veintiséis, se presentó solicitud por parte del representante legal de Méndez Enterprises, S.A., con cédula de persona jurídica número: 3-101-281876, para incorporar un correo electrónico en el domicilio social de la sociedad. San José, 16 de abril del año dos mil veintiséis. Lic. Carlos Morales Fallas. Notario Público. Publicar una vez.—1 vez.—( IN202601074933 ).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Documento admitido traslado al titular

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Auto de preveción (Cancelación por falta de uso)

Ref: 30/2026/30874.—José Alexis Barquero Arroyo, Cédula de identidad 113200956, en calidad de Apoderado Generalísimo de PACAMARA SRL.—Documento: Cancelación por falta de uso.—Nro y fecha: Anotación/2-177991 de 21/11/2025.—Marca: GENTE DE CAFE.—Nro Registro:128102 Clase:

Registro de la Propiedad Intelectual, a las 11:52:10 del 14 de abril de 2026.

Ante la imposibilidad de notificar conforme a Derecho el traslado de esta acción de cancelación al titular del signo distintivo, con la finalidad de evitar futuras nulidades y el propósito de llevar a cabo su publicación de conformidad con lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, se insta a José Alexis Barquero Arroyo, Cédula de identidad 113200956, en calidad de Apoderado Generalísimo de PACAMARA SRL la publicación por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta del traslado de la presente acción. Queda el expediente inactivo a la espera de que el proceso sea instado por el accionante y se demuestre que el titular ha sido debidamente notificado mediante la publicación del traslado o cualquier otro medio conforme a Derecho, so pena de decretarse su abandono transcurridos SEIS meses contados a partir de la notificación de este Auto, según lo señalado en el artículo 85 de la Ley de Marcas y Signos Distintivos N° 7978. Notifíquese.—Johanna Peralta Azofeifa, Asesoría Legal.—( IN202601071940 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ref: 30/2026/25472.—Roberto José Retana Guzmán, a través de su Albacea Carlos Retana Méndez Lorena Lucia Vera, Rojas. Documento: Cancelación por falta de uso. Nro y fecha: Anotación/2-180750 de 25/02/2026. Expediente: No.271153 Pizza Olivia, N° 271154 Pizza Olivia, N° 271155 Pizza Oliva, N° 271156 Pizza Oliva

Registro de la Propiedad Intelectual, a las 14:55:07 del 23 de marzo de 2026.

Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación, promovida por la señora Lorena Lucia Vera, Rojas, mayor, cédula de identidad 1-1582.0844, vecina de Coronado, San José, contra la marca de servicios Pizza Oliva en clase 43 protege: “Pizzeria“, bajo el Registro N°  271153, propiedad de Roberto José Retana Guzmán, mayor, casado una vez, cédula de identidad 109030510, vecino de Coronado, bajo la anotación C2-180750.

Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, N°7978 y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación al titular del signo, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse

respecto a la misma, demuestre su mejor derecho y aporte las pruebas que estime convenientes. Se advierte que dicho material probatorio debe cumplir con lo establecido en los artículos 294 y 295 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración Pública, caso contrario, no se tomará en cuenta a la hora de resolver las presentes diligencias. Se comunica al titular del signo que una copia de la solicitud se encuentra a su disposición en este Registro.

Se previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N°8687.

Se hace de conocimiento del titular, que se debe apersonar al sexto piso del Edificio de Propiedad Intelectual, Módulo 10 del Registro Nacional, a retirar un juego de copias del escrito de la nulidad queda a su disposición en el expediente administrativo. Notifíquese. Lo anterior de conformidad con el inciso d) del artículo 8 del Reglamento del Registro de Propiedad Intelectual, Decreto No. 44650 del 24 de setiembre del 2024. Notifíquese.—Sylvia Alvarado Medina, Asesoría Legal.—( IN202601073234 ).

REGISTRO INMOBILIARIO

EDICTOS

Se hace saber a: Celsa Milena Soto Osorio, cédula de identidad N° 1-715-003, en condición de actor del practicado inscrito bajo citas: 800-585626-1-1-1 en la finca de Heredia 77330-A y como albacea de la sucesión de Valentín Quirós Quintana, cédula N° 1-296-087, en condición de propietario registral de la finca de Heredia matrícula 77330-A; que en el Registro Inmobiliario se tramita gestión administrativa bajo el expediente 2025-0092-RIM, por lo que con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 08:35 horas del 08/08/2025, se autorizó la publicación de un edicto, por una vez, para conferirle audiencia, por el término de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta para que, dentro de dicho periodo presenten por escrito los alegatos que estime convenientes con el fin de sanear los asientos registrales y señale correo electrónico para escuchar notificaciones u otro medio legalmente autorizado; bajo el apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Todo lo anterior conforme al artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales y el artículo 270 del Reglamento General del Registro Inmobiliario. (Referencia Exp. N° 2025-0092-RIM).—Curridabat, 08 de agosto de 2025.—Ronald Cerdas Alvarado, Asesor Jurídico.—1 vez.—( IN202601072190 ).

COMERCIO EXTERIOR

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ministerio de Comercio Exterior.— RES-DMR-0074-2026.—San José, a las quince horas del día veinte de abril del año dos mil veinticinco.

Procedimiento administrativo seguido a la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A., cédula jurídica número 3-101-035886, representada por el señor Domingo Argentini Alfayate, portador de la cédula de identidad número 8-0066-0703 en su condición de Vicepresidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.

Resultando:

I.—Que mediante Solicitud de Ingreso N° 289-2006 presentada ante la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante PROCOMER) la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A., cédula jurídica número 3-101-035886, solicita acogerse a los beneficios que otorga el Régimen de Perfeccionamiento Activo (Decreto Ejecutivo N° 26285-H-COMEX del 19 de agosto de 1997), bajo la modalidad reexportación directa o indirecta y venta local y actividad agroindustrial.

II.—Que el Ministerio de Comercio Exterior (en adelante COMEX) mediante Resolución de las 09:30 horas del día 21 de junio de 2006, con fundamento en la Ley N° 7557 del 20 de octubre de 1996 y en el Decreto Ejecutivo N° 26285-H-COMEX del 19 de agosto de 1997, autoriza al solicitante PRODUCTOS NEGRINI S.A., cédula jurídica número 3-101-035886, acogerse a los beneficios del Régimen de Perfeccionamiento Activo, modalidad reexportación directa o indirecta y venta local, por un periodo de cinco años contados a partir de la notificación de la presente resolución, para la elaboración de los productos incluidos en los siguientes módulos:

Para ver la imagen solo en La Gaceta con formato PDF

III.—Que mediante Informe de Recomendación de Inicio de Procedimiento Administrativo PROCOMER-SIAN-618-2025 de fecha 12 de junio de 2025, proveniente de la instancia interna de PROCOMER, se comunicó a COMEX, que la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A., cédula jurídica número 3-101-035886, ha incurrido en supuestos incumplimientos al Régimen de Perfeccionamiento Activo, a saber: “No presentación del Informe Anual de Operaciones del 31-12-2024 (…)”; a pesar de los apercibimientos correspondientes, debidamente notificados en las direcciones señaladas por las empresas en los respectivos expedientes, es decir, concederles en todos los casos un plazo de quince (15) días hábiles y, posteriormente, un plazo final de diez (10) días hábiles, para la presentación del informe anual de operaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento del Régimen de Perfeccionamiento Activo, Decreto Ejecutivo N° 40198-COMEX-H del 13 de diciembre de 2016, sin haber obtenido ninguna respuesta al respecto por parte de las citadas empresas, como de seguido se detalla:

“(…) II. Hechos y presuntos incumplimientos denunciados por la Dirección Regímenes Especiales: No presentación del Informe Anual de Operaciones del 31-12-2024.

A la fecha, las empresas indicadas no han presentado dentro del plazo reglamentario el informe anual de operaciones correspondiente al período 2024. Asimismo, al amparo del artículo 25 del Reglamento del Régimen de Perfeccionamiento Activo, Decreto Ejecutivo No 40198-H-COMEX, la Dirección Regímenes Especiales de PROCOMER efectuó las dos prevenciones que contempla el artículo citado, concediéndole a cada una de estas empresas un plazo de 15 días hábiles y posteriormente un plazo final de 10 días hábiles, para presentar el informe de anual de operaciones.

Las empresas y las prevenciones se detallan a continuación:

(…)

Para ver la imagen solo en La Gaceta con formato PDF

(…)”

IV.—Que mediante correo electrónico de las 17:18 horas del 24 de julio de 2025 suscrito por el funcionario Allan Arce Soto, Coordinador de Supervisión de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER, informó que la citada empresa desde el año 2013 no ha presentado los Informes Anuales de Operaciones, el cual indica:

“(…) El último informe que tenemos registro de su presentación y que finalmente se aprobó fue el del cierre fiscal 2012, por lo que no disponemos de información más reciente. Con base en dicha información es que se ha remitido los procedimientos administrativos desde entonces.”

V.—Que mediante Resolución administrativa número RES-DMR-0143-2025 de las dieciséis horas del día veintitrés de julio del año dos mil veinticinco, el Ministro de Comercio Exterior dispuso la tramitación de un procedimiento administrativo en contra de la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A., cédula jurídica número 3-101-035886, a efecto de determinar la responsabilidad en el incumplimiento supra indicado.

VI.—Que, durante el proceso de notificación personal a la empresa mencionada sobre el inicio y la apertura del procedimiento administrativo, se constató la falta de los registros necesarios para llevarla a cabo de forma efectiva. Ante esta imposibilidad, se resolvió proceder con la notificación mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo 1978. Se ordenó, entonces, la publicación de las resoluciones RES-DMR-0143-2025 de las dieciséis horas del día veintitrés de julio del año dos mil veinticinco y DAL-RES-ROD-0060-2025-01. DAL-EXP-PPA-0024-2025 de las once horas del día veintiuno del mes de octubre del año dos mil veinticinco, relacionadas con el inicio, la intimación y traslado de cargos en el Diario Oficial La Gaceta, siendo que la publicación se realizó en tres ocasiones consecutivas, en los Diarios números 221 del 24 de noviembre de 2025, 222 del 25 de noviembre de 2025 y 223 del 26 de noviembre de 2025. En este sentido, mediante la Resolución antes mencionada del Órgano Director DAL-RES-ROD-0060-2025-01. DAL-EXP-PPA-0024-2025 de las once horas del día veintiuno del mes de octubre del año dos mil veinticinco, se dio inicio al procedimiento administrativo de interés, se citó a la empresa a una comparecencia oral y privada a celebrarse el día 26 DE ENERO DE 2026 a las 10:00 horas en la sala de comparecencias de Asesoría Legal de COMEX, sita en el tercer piso del Edificio Plaza Tempo, contiguo al Hospital CIMA, sobre la Autopista Próspero Fernández, Escazú.

VII.—Que en fecha y hora señalada para la comparecencia oral y privada se dio inicio a la audiencia correspondiente al Procedimiento Administrativo seguido contra la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A., cédula jurídica número 3-101-035886, sin que se hiciera presente ningún representante de la empresa y tampoco aportaron prueba de descargo, por lo que el Órgano Director concedió un plazo prudencial de treinta minutos, transcurrido dicho plazo sin resultado positivo alguno, se dio por concluida la comparecencia.

VIII.—Que en los artículos 182 incisos c) y k) y 186 bis inciso e) de la Ley General de Aduanas, Ley N°7557 del 20 de octubre de 1995, así como lo dispuesto en los incisos h) e i) del artículo 25 y el inciso f) del artículo 49 del Reglamento del Régimen de Perfeccionamiento Activo, Decreto Ejecutivo N°40198-COMEX-H, del 13 de diciembre de 2016, se contemplan como obligaciones para los beneficiarios del régimen las siguientes:

“ARTICULO 182.- Obligaciones de las empresas beneficiarias

Las empresas acogidas a esta modalidad deberán cumplir con las siguientes obligaciones sin perjuicio de las que le correspondan como auxiliares de la función pública aduanera:

a) (…)

c) Presentar, en los plazos que fije el reglamento, los reportes e informes de sus operaciones ante la autoridad aduanera.

(…)

k) Cualquier otra obligación o condición operativa que se establezca en el reglamento.”

“Artículo 186 bis.- Régimen sancionatorio. Corresponde al Ministerio de Comercio Exterior (Comex) la aplicación del régimen sancionatorio a las empresas beneficiarias del Régimen de Perfeccionamiento Activo, que incurran en infracciones a las disposiciones que lo regulan o a las obligaciones asumidas al ingresar a este, ello en ejercicio de la competencia que el artículo 2 inciso h) de la Ley 7638, Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, de 30 de octubre de 1996, le otorga a ese Ministerio.

Comex podrá imponer una multa hasta de cuatro mil pesos centroamericanos, según la gravedad de la falta, cuando la empresa beneficiaria no cumpla con las obligaciones contempladas en el artículo 182 de esta ley, sin perjuicio de que las disposiciones de esta norma contemplen una sanción mayor, en cuyo caso procederá con la imposición de esta.

Asimismo, Comex podrá imponer una multa hasta de cuatro mil pesos centroamericanos, según la gravedad de la falta, a las empresas acogidas al Régimen de Perfeccionamiento Activo que incurran en alguna de las siguientes infracciones:

a) (...)

e) Cuando no rinda el informe anual de actividades y cualesquiera otros informes que soliciten PROCOMER, el Ministerio de Comercio Exterior o el Ministerio de Hacienda, o lo haga fuera de los plazos reglamentarios. La no presentación del informe anual dentro del plazo establecido al efecto implicará la suspensión automática de todos los beneficios del Régimen, hasta que el informe se presente completo.

(…)

En el evento de que la empresa beneficiaria incurra de forma reiterada en la comisión de una o varias de las infracciones que se vienen de indicar, podrá imponérsele la revocatoria del Régimen.

Para estos efectos, la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica o los órganos correspondientes del Ministerio de Hacienda, previo conocimiento de la situación, procederán a reunir la información, formar el expediente y enviar la recomendación al Ministerio de Comercio Exterior para el inicio del procedimiento administrativo.

Para determinar la sanción aplicable, se tomará en cuenta la gravedad de la falta, el grado de culpa o la existencia de dolo por parte de los empleados o personeros de la empresa, la reincidencia y, cuando se trate de multas, el volumen de ingresos de la empresa.

El Ministerio de Comercio Exterior podrá ordenar, por un plazo máximo de seis meses, la suspensión precautoria de los incentivos y beneficios contemplados en esta ley, durante la tramitación de procedimientos administrativos o investigaciones en sede judicial que cuestionen la legalidad de la actividad de una empresa beneficiaria del Régimen de Perfeccionamiento Activo. Ni la suspensión precautoria ni su levantamiento prejuzgarán sobre la resolución final del respectivo procedimiento administrativo o proceso judicial.

El Ministerio de Comercio Exterior y el Ministerio de Hacienda determinarán los mecanismos de coordinación necesarios para la más correcta y eficiente aplicación de los controles y las sanciones a las empresas beneficiarias del Régimen de Perfeccionamiento Activo.

El producto de las multas fijadas en este artículo se cancelará con su equivalente en moneda nacional y se distribuirá de la siguiente manera: un cincuenta por ciento (50%) a PROCOMER y un cincuenta por ciento (50%) a la municipalidad del cantón donde se ubique la empresa beneficiaria.

Contra la imposición de las sanciones previstas en este artículo cabrá recurso de reposición ante el jerarca de Comex, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la resolución correspondiente.

La resolución que imponga una multa constituirá título ejecutivo contra el infractor y PROCOMER estará legitimada para cobrarla.”

El Reglamento del Régimen de Perfeccionamiento Activo dispone:

Artículo 25.- Obligaciones adicionales Además de las obligaciones señaladas en la Ley General de Aduanas, los beneficiarios del Régimen deberán cumplir con lo siguiente:

a) (…)

h) Cumplir con la legislación aduanera, el presente Reglamento y demás normativa conexa aplicable al Régimen.

(*)i) Presentar un informe anual de operaciones, ante PROCOMER, en los formatos que ésta ponga a disposición, que contenga al menos lo siguiente: (…)”

Articulo 49.- Cancelación del Régimen. COMEX procederá a la cancelación del Régimen cuando el beneficiario incurra en alguna de las siguientes causales:

a) No inicie operaciones dentro del plazo establecido por el artículo 182 inciso a), de la Ley, por causas imputables exclusivamente al beneficiario.

b) Cuando habiendo iniciado su proceso productivo, lo suspenda sin causa justificada por un plazo mayor de ocho meses.

c) Cuando el beneficiario deje de operar imprevistamente y ello ocasione problemas laborales o de otro orden público.

d) Cuando haga uso indebido o dé un fin distinto a las mercancías ingresadas al amparo del Régimen, sin perjuicio de las demás acciones procedentes.

e) Cuando sea suspendido en dos o más oportunidades en un período de doce meses.

f) Cuando el informe regulado por el artículo 25 inciso i), del presente Reglamento, no se presente durante los seis meses siguientes al finalizar el periodo fiscal autorizado.

g) Cuando suministre datos falsos en la solicitud de ingreso al Régimen, el Informe Anual de Operaciones y cualquier otra información que se le solicite.

Para estos efectos, PROCOMER, previo conocimiento de la situación, procederá a reunir la información, formar el expediente y enviar la recomendación a COMEX para el inicio del procedimiento administrativo.

Para determinar la sanción aplicable a las infracciones anteriormente detalladas, COMEX deberá valorar la gravedad de la falta, el grado de culpa o la existencia de dolo por parte de los empleados o personeros de la empresa y la reincidencia.

Contra la imposición de las sanciones previstas en este artículo cabrá recurso de reposición ante el jerarca de COMEX dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la resolución correspondiente, con lo cual se dará por agotada la vía administrativa.” (Énfasis suplido)

Asimismo, en la Ley que crea el Ministerio de Comercio Exterior y la Promotora del Comercio Exterior Costa Rica, Ley N°7638 del 30 de octubre de 1996, en su artículo 2 le confiere al Ministerio de Comercio Exterior la competencia de otorgar o revocar el Régimen de Perfeccionamiento Activo, tal y como se indica de seguido:

“ARTÍCULO 2.- Atribuciones

Las atribuciones del Ministerio de Comercio Exterior serán:

a) (…)

h) Otorgar el régimen de zonas francas, los contratos de exportación y el régimen de admisión temporal o perfeccionamiento activo y, cuando corresponda, revocarlos; según lo dispuesto en esta y en otras leyes o reglamentos aplicables.”

IX.—Que, desde el punto de vista procesal, por su naturaleza este procedimiento se rige por lo estipulado en el Libro II de la Ley General de la Administración Pública, a efectos de garantizar la consecución de la verdad real de los hechos y el derecho de defensa del administrado. Específicamente, el artículo 214 de dicha Ley General dispone a la letra lo siguiente:

“Artículo 214.-

1. El procedimiento administrativo servirá para asegurar el mejor cumplimiento posible de los fines de la Administración; con respeto para los derechos subjetivos e intereses legítimos del administrado, de acuerdo con el ordenamiento jurídico.

2. Su objeto más importante es la verificación de la verdad real de los hechos que sirven de motivo al acto final.”

X.—Que el Órgano Director del Procedimiento emitió el Informe de Pruebas DAL-INF-PRU-019-2025 de fecha 16 de abril de 2026, el cual fue comunicado al Órgano Decisor mediante memorando DAL-MEM-ENV-031-2026 del 17 de abril de 2026.

XI.—Que en lo correspondiente se ha seguido el procedimiento de ley.

Considerando:

Primero. Hechos probados: De acuerdo con los anteriores planteamientos se tiene como hechos probados de interés los siguientes:

Iº—Que mediante solicitud de Ingreso N° 289-2006 presentada ante la Gerencia de Operaciones de PROCOMER la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A., cédula jurídica número 3-101-035886, solicita acogerse a los beneficios que otorga el Régimen de Perfeccionamiento Activo (Decreto Ejecutivo N° 26285-H-COMEX del 19 de agosto de 1997), bajo la modalidad reexportación directa o indirecta y venta local y actividad agroindustrial.

IIº—Que COMEX mediante Resolución de las 09:30 horas del día 21 de junio de 2006, con fundamento en la Ley N° 7557 del 20 de octubre de 1996 y en el Decreto Ejecutivo N° 26285-H-COMEX del 19 de agosto de 1997, autoriza al solicitante PRODUCTOS NEGRINI S.A., cédula jurídica número 3-101-035886, acogerse a los beneficios del Régimen de Perfeccionamiento Activo, modalidad reexportación directa o indirecta y venta local, por un periodo de cinco años contados a partir de la notificación de la presente resolución, para la elaboración de los productos incluidos en los siguientes módulos:

Para ver la imagen solo en La Gaceta con formato PDF

IIIº—Que la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A. cédula jurídica número 3-101-035886 no presentó el informe anual de operaciones correspondiente al periodo 2024, y además desde el año 2013 no ha presentado Informes Anuales incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Aduanas, Ley N° 7557 del 20 de octubre de 1995 y el Reglamento del Régimen de Perfeccionamiento Activo, Decreto Ejecutivo N° 40198-COMEX-H del 13 de diciembre de 2016.

IVº—Que la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A. cédula jurídica número 3-101-035886, fue debidamente notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta números 221 del 24 de noviembre de 2025, 222 del 25 de noviembre de 2025 y 223 del 26 de noviembre de 2025, lo anterior, debido a que no fue posible notificarla en su domicilio social, ya no tiene su sede en dicho lugar, se procedió conforme lo establecido en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978.

V. Que la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A. cédula jurídica número 3-101-035886, no se apersonó a la comparecencia oral y privada, celebrada en la sede del Órgano Director ubicada en la Sala de Comparecencias de la Dirección de Asesoría Legal de COMEX, sita en el tercer piso del Edificio Plaza Tempo, contiguo al Hospital CIMA, sobre la Autopista Próspwero Fernández, Escazú; el día 26 DE ENERO DE 2026 a las 10:00 horas.

Segundo. Hechos no probados: Ninguno de interés para el presente procedimiento administrativo.

Tercero. Sobre el fondo: Que al amparo de las disposiciones legales supra citadas, el Ministerio de Comercio Exterior se encontraba en la obligación de iniciar el procedimiento administrativo de marras, tendiente a determinar la responsabilidad de la empresa en el incumplimiento que se le atribuía, ello por ser el procedimiento administrativo, el instrumento idóneo para asegurar el mejor cumplimento posible de los fines de la Administración, con respeto a los derechos subjetivos e intereses legítimos del administrado, por constituir su objeto más importante, la verificación de la verdad real de los hechos que sirven de motivo al acto final. De conformidad con todo lo expuesto y la documentación que consta en el expediente administrativo, este Despacho arriba a las siguientes consideraciones y conclusiones que de seguido se exponen.

a.- El presente procedimiento administrativo ha sido iniciado con fundamento en la información suministrada mediante el Informe de Recomendación de Inicio de Procedimiento Administrativo N° PROCOMER-SIAN-618-2025 de fecha 12 de junio de 2025, proveniente de la instancia interna de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, y mediante correo electrónico de las 17:18 horas del 24 de julio de 2025 suscrito por el funcionario Allan Arce Soto, Coordinador de Supervisión de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER, informó que la citada empresa desde el año 2013 no ha presentado los Informes Anuales de Operaciones, y se señaló el del año 2024, por medio del cual se puso en conocimiento del Ministerio de Comercio Exterior la existencia de un eventual incumplimiento por parte de la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A. cédula jurídica número 3-101-035886, concretamente, esta empresa habría incurrido en el incumplimiento de no presentar el informe anual de operaciones del periodo fiscal desde el año 2013 y a la fecha, específicamente el del año 2024. Así las cosas, según las formalidades de Ley, se le otorgó audiencia a la empresa citada sobre el hecho que le fue atribuido y por los que se inició el procedimiento administrativo mediante Resolución número DMR-0143-2025 de las dieciséis horas del día veintitrés de julio del año dos mil veinticinco, emitida por el Ministro de Comercio Exterior y DAL-RES-ROD-0060-2025-01. DAL-EXP-PPA-0024-2025 de las once horas del día veintiuno del mes de octubre del año dos mil veinticinco, emitida por el Órgano Director.

b.- En seguimiento a lo anterior, con base en el Informe de Recomendación de Inicio de Procedimiento Administrativo N° PROCOMER-SIAN-618-2025 de fecha 12 de junio de 2025, emitido por la instancia interna de PROCOMER y mediante correo electrónico de las 17:18 horas del 24 de julio de 2025 suscrito por el funcionario Allan Arce Soto, Coordinador de Supervisión de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER, informó que la citada empresa desde el año 2013 no ha presentado los Informes Anuales de Operaciones, y en las pruebas que forman parte del expediente del procedimiento administrativo, se confirma que la empresa mencionada incumplió con la obligación establecida en la Ley General de Aduanas, Ley N° 7557 del 20 de octubre de 1995 y el Reglamento del Régimen de Perfeccionamiento Activo, Decreto Ejecutivo N° 40198-COMEX-H, del 13 de diciembre de 2016. En particular, no presentó el informe anual de operaciones correspondiente al periodo fiscal 2024 y desde el año 2013 no ha presentado el Informe Anual dentro del plazo de cuatro meses posteriores al cierre del periodo fiscal ordinario. Este incumplimiento contraviene lo dispuesto en los 182 incisos c) y k) y 186 bis inciso e) de la Ley General de Aduanas, Ley N°7557 del 20 de octubre de 1995, así como lo dispuesto en los incisos h) e i) del artículo 25 y el inciso f) del artículo 49 del Reglamento del Régimen de Perfeccionamiento Activo, Decreto Ejecutivo N°40198-COMEX-H, del 13 de diciembre de 2016, que exigen a las empresas beneficiarias presentar un informe anual de sus actividades del periodo inmediato anterior, en el formato indicado por PROCOMER. Como se ha indicado, la empresa citada no cumplió con esta obligación en el periodo 2024, a pesar de que PROCOMER le hizo dos requerimientos de subsanación de conformidad con la Ley, siendo que, en primera instancia, se les otorgó un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación, para presentar el informe anual, subsanar los defectos o presentar los documentos faltantes, según correspondiera, posteriormente, se emitió una última prevención final concediendo un plazo de diez (10) días hábiles, también contados a partir de la notificación, para enmendar el incumplimiento, como consta en los oficios PROCOMER-SIAN-274-2025, PROCOMER-SIAN-276-2025, PROCOMER-SIAN-325-2025, PROCOMER-SIAN-338-2025, PROCOMER-SIAN-479-2025, PROCOMER-SIAN-481-2025, PROCOMER-SIAN-528-2025, PROCOMER-SIAN-539-2025. Es importante señalar, que la empresa aquí en cuestión contrajo una obligación que fue asumida de manera libre y voluntaria con pleno conocimiento y consentimiento, siendo que el incumplimiento de esta obligación es causa de pérdida de cualquier exención que haya sido otorgada.

c).- En el marco de este procedimiento administrativo, no fue posible realizar la notificación personal a la empresa en su domicilio social registrado, conforme lo exige la Ley General de la Administración Pública, en consecuencia, y conforme con el artículo 241 de la citada Ley, se procedió a notificar a la empresa investigada mediante publicaciones en el Diario Oficial La Gaceta, lo cual consta en las ediciones números 221 del 24 de noviembre de 2025, 222 del 25 de noviembre de 2025 y 223 del 26 de noviembre de 2025, con ello, la beneficiaria quedó debidamente notificada acerca del incumplimiento señalado y de la convocatoria a la audiencia oral y privada en el marco del procedimiento administrativo iniciado en su contra.

d).- Sin embargo, a pesar de lo antes mencionado, la empresa investigada no se presentó a la audiencia oral y privada convocada por el Órgano Director, programada para el día 26 de enero de 2026 a las 10:00 horas en la sede de la Dirección de Asesoría Legal de COMEX, ni presentó prueba de descargo en el procedimiento administrativo, lo cual evidencia una falta interés de mantenerse dentro del régimen.

En este sentido, y tras comprobarse el incumplimiento en la no presentación del informe anual de operaciones desde el año 2013 al 2024, así como, de no comparecer a la audiencia programada, se confirma que la empresa investigada infringió la Ley General de Aduanas, Ley N° 7557 del 20 de octubre de 1995 y el Reglamento del Régimen de Perfeccionamiento Activo, Decreto Ejecutivo N° 40198-COMEX-H del 13 de diciembre de 2016.

Por lo tanto, a la luz de los hechos probados, se concluye que la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A. cédula jurídica número 3-101-035886 ha incurrido en una infracción administrativa grave al incumplir con sus obligaciones según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas, Ley N° 7557 del 20 de octubre de 1995 y el Reglamento del Régimen de Perfeccionamiento Activo, Decreto Ejecutivo N° 40198-COMEX-H del 13 de diciembre de 2016.

e).- Que conforme lo dispone el artículo 186 bis de la Ley General de Aduanas, Ley N°7557 del 20 de octubre de 1995, el Ministerio de Comercio Exterior tiene la facultad de valorar la gravedad de la falta, el grado de culpa o la existencia de dolo por parte de las empresas beneficiarias del Régimen, así como la reincidencia, podrá imponer una multa hasta de cuatro mil pesos centroamericanos o revocar el régimen. En el caso que nos ocupa el inciso e) del cuerpo normativo de cita, dispone:

“Artículo 186 bis.- Régimen sancionatorio. Corresponde al Ministerio de Comercio Exterior (Comex) la aplicación del régimen sancionatorio a las empresas beneficiarias del Régimen de Perfeccionamiento Activo, que incurran en infracciones a las disposiciones que lo regulan o a las obligaciones asumidas al ingresar a este, ello en ejercicio de la competencia que el artículo 2 inciso h) de la Ley 7638, Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, de 30 de octubre de 1996, le otorga a ese Ministerio.

(…) Asimismo, Comex podrá imponer una multa hasta de cuatro mil pesos centroamericanos, según la gravedad de la falta, a las empresas acogidas al Régimen de Perfeccionamiento Activo que incurran en alguna de las siguientes infracciones:

a) (…)

e) Cuando no rinda el informe anual de actividades y cualesquiera otros informes que soliciten PROCOMER, el Ministerio de Comercio Exterior o el Ministerio de Hacienda, o lo haga fuera de los plazos reglamentarios. La no presentación del informe anual dentro del plazo establecido al efecto implicará la suspensión automática de todos los beneficios del Régimen, hasta que el informe se presente completo. (…)”

En la especie, según se ha expuesto, este Órgano Decisor acogiendo la recomendación del Órgano Director tiene por demostrado el incumplimiento de la empresa con respecto a la no presentación del informe anual de operaciones del periodo fiscal 2013 al 2024, aspecto que, constituye una falta grave a las obligaciones de las empresas como beneficiarias de un régimen de favor fiscal, que amerita imponer la sanción más gravosa de conformidad con el 186 bis de la Ley General de Aduanas, Ley N° 7557 del 20 de octubre de 1995, que consiste en la revocatoria del Régimen de Perfeccionamiento Activo sin responsabilidad para el Estado a la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A. cédula jurídica número 3-101-035886. Por tanto,

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

RESUELVE:

Con fundamento en los artículos 182 incisos c) y k) y 186 bis inciso e) de la Ley General de Aduanas, Ley N°7557 del 20 de octubre de 1995, así como lo dispuesto en los incisos h) e i) del artículo 25 y el inciso f) del artículo 49 del Reglamento del Régimen de Perfeccionamiento Activo, Decreto Ejecutivo N°40198-COMEX-H, del 13 de diciembre de 2016 y el inciso h) del artículo 2 de la Ley que crea el Ministerio de Comercio Exterior y la Promotora de Comercio Exterior, Ley N°7638 del 30 de octubre de 1996, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N°218 del 13 de noviembre de 1996; en concordancia con lo estipulado en la Ley General de la Administración Pública; estima este Despacho que lo procedente en la especie es:

a) Revocar el Régimen de Perfeccionamiento Activo a la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A. cédula jurídica número 3-101-035886, por el incumplimiento que le fue imputado y acreditado, sin responsabilidad para el Estado, por el incumplimiento que les fue imputado y acreditado, sin responsabilidad para el Estado.

b) Otorgar a la empresa PRODUCTOS NEGRINI S.A. cédula jurídica número 3-101-035886, el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, para proceder con la liquidación de sus operaciones dentro del régimen de conformidad con el artículo 56 de la Ley General de Aduanas, Ley N°7557 del 20 de octubre de 1995.

c) Comunicar la resolución respectiva a PROCOMER y al Ministerio de Hacienda, para que cada entidad disponga las medidas que por competencia le corresponda.

Contra la presente resolución cabe recurso de reconsideración o reposición, acorde con las reglas dispuesta en el Código Procesal Contencioso Administrativo, recurso que deberá presentarse ante este Despacho dentro de los cinco días hábiles siguientes a su respectiva notificación, con lo cual se tendrá por agotada la vía administrativa.

Notifíquese.—Manuel Tovar Rivera Ministro de Comercio Exterior.—( IN202601071241 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes. Por no ser posible notificar formalmente al patrono 3-101-768658 S.A, número patronal 2-03101768658-002-001, el Área de Control Contributivo notifica Traslado de Cargos 1245-2025-03654, por eventuales salarios omitidos y subdeclarados de mayo 2022 a mayo 2024, por un monto total de ¢29,323,204.88; que representa en cuotas para los Regímenes de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte, ¢11,039,346.00. Consulta expediente en San José, Edificio El Hierro, 2° piso, avenida 2, calles 7 y 9, 150 metros este de la esquina sureste del Teatro Nacional. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José, de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 27 de abril de 2026.—Área de Control Contributivo.—Lic. Carlos Figueroa Araya, Jefe.—1 vez.—( IN202601071615 ).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, por ignorarse domicilio actual del patrono Clínica San Francisco Sociedad Anónima, número patronal 2-3101433949-001-001, la Subárea de Comercio notifica Traslado de Cargos 1240-2026-00365, por omisión salarial en el concepto de SEM e IVM, por un monto de ¢549,564.00 en cuotas obreras y patronales. Consulta expediente en San José C.7 y 9 Av. 2 Edif. Hierro piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 23 de abril del 2026.—Efraím Artavia Sánchez, Jefe.—1 vez.—( IN202601072727 ).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, por ignorarse domicilio actual del patrono Papel Depott S. A., número patronal 2-3101188504-001-001, la Subárea de Industria notifica Traslado de Cargos 1239-2026-00485 por eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢1.645.743,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en San José C.7-9 Av. 2 Edif. El Hierro piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 13 de abril del 2026.—Lenis Mata Mata, Jefe.—1 vez.—( IN202601072729 ).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, por ignorarse domicilio actual del del patrono Nigel Anthony Stafford (No indica otro) número patronal 7-1490098655-001-001, la Subárea Servicios de Transportes notifica el Informe de Inspección 1236-00841-2026-I, por Anulación de Adeudos Patronal. Consulta expediente en San José C.5 Av. 3 Edif. Laureano Echandi piso 11. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 13 de mayo de 2026.—Ivannia Gutiérrez Vargas, Jefa.—1 vez.—( IN202601072733 ).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, por ignorarse domicilio actual del patrono Corporación Segsa CR Vigilancia y Seguridad Privada S. A., número patronal 2-3101907980-1-1, la Subárea Servicios Financieros notifica Traslado de Cargos 1236-2026-00818 por eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢2,069,680.00 en cuotas obrero-patronales. Consulta expediente en San José Oficinas Centrales de la CCSS, entre calles 5-7 avenida 2 Edificio Laureano Echandi piso 11. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 13 de mayo de 2026.—Luis Umaña Chinchilla, Jefe.—1 vez.—( IN202601073143 ).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes. Por no ser posible notificar formalmente al trabajador independiente Granados Acon Alin, número de afiliado 0-00111200587-999-001, el Área de Control Contributivo notifica Traslado de Cargos 1245-2026-00554, por eventuales ingresos omitidos de octubre 2015 a junio 2016, por un monto total de ¢2,589,722.22; que representa en cuotas para los Regímenes de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte, ¢264,150.00. Consulta expediente en San José, Edificio El Hierro, 2° piso, avenida 2, calles 7 y 9, 150 metros este de la esquina sureste del Teatro Nacional. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José, de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 30 de abril de 2026.—Área de Control Contributivo.—Lic. Carlos Figueroa Araya, Jefe.—1 vez.—( IN202601073144 ).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, por no ubicar al patrono S J Restaurant and Associates Sociedad de Responsabilidad Limitada, número patronal 2-3102807192-001-002, la Subárea Construcción notifica Traslado de Cargos 1241-2026-657, por eventuales omisiones en el reporte de salarios del trabajador Carlos Medina Picado, cedula de identidad 1-672-024, por un total en salarios de ¢6.925.632,00, y en cuotas obreras patronales un monto de ¢1.685.687,00, de los periodos de setiembre 2023 a mayo 2025. Consulta expediente San José C.7 – 9, Av.2. Edif. El Hierro piso 2. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 13 de mayo del 2026.—Rodrigo Solano Solano, Jefe a.í.—1 vez.—( IN202601073146 ).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, por ignorarse domicilio actual del patrono: Corporación La Roca JAD, S. A., N° patronal: 2-3101662354-001-001, la Subárea de Servicios de Transporte, notifica Traslado de Cargos 1235-2026-00997 por eventuales subdeclaraciones salariales, por ¢261,842.00 en cuotas obrero-patronales por el trabajador César Canales Estrada, número de asegurado: 7-17381900, periodos de diciembre de 2021 y de enero a diciembre de 2022. Consulta expediente en San José C. 5 Av. 2, Edificio Laureano Echandi piso 11. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 18 de marzo de 2026.—Ivannia Gutiérrez Vargas, Jefe.—1 vez.—( IN202601073147 ).

SUCURSAL DE LIMÓN

Caja Costarricense de Seguro Social.—Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica, Sucursal de Limón, de conformidad con el artículo 20, párrafo segundo del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, la Sucursal de Limón notifica Traslado de Cargos 1502-2026-00797 que como resultado material de la investigación en lo que interés indica: Investigación: Con el objetivo de determinar la situación patronal de la empresa Proyekta Ingeniería y Construcción S. A., la Licda. Alina Phipps Murillo, Inspectora de Leyes y Reglamentos, realiza visita de inspección en la obra de construcción ubicada en Limón, Matama, 50 metros al este de la iglesia católica de Río Blanco. Durante la diligencia, se verifica el permiso de construcción N° DI-CU-125-2024, emitido a nombre de la empresa Supermercados Unidos S. A., así como el plano catastrado correspondiente y una planilla interna, en la cual se encuentran reportados algunos de los trabajadores que laboran en la obra. La Licda. Shamar Donaldson Canica, Inspectora de Leyes y Reglamentos, procede a realizar el recuento de los trabajadores presentes en la obra. El 16 de mayo de 2025, la Licda. Alina Phipps Murillo, entrega comunicado al patrono el cual se solicitó lo siguiente: “…Se le percibe que de presentarse alguna de las siguientes situaciones: Trabajadores no reportados en la planillas de la caja, Reporte a la caja de salarios inferiores a los realmente devengados y declarados por los trabajadores Reporte a la caja de salarios por debajo de los montos mínimos de ley Procede a incluir correctamente los trabajadores y salarios en la planilla correspondiente al mes de Mayo 2025…” El 16 de mayo de 2025, se recibe mediante correo electrónico por parte de la señora Noelia Torres Blandón, el cual indica lo siguiente: Buenos días, les adjunto la planilla INS del mes de abril de 2025, no poseemos la planilla del mes presente, debido a que es retroactiva, hasta el mes de junio, la tendríamos en nuestro poder, lo que se nos dificulta debido a que nuestra presencia en el Área de proyecto Finaliza en pocos días. Se adjuntan las personerías jurídicas de la empresa Proyekta Ingeniería y Construcción S. A., cédula jurídica N° 3-101-553931, en las cuales consta como representante legal el señor Roberto Gerardo Arguedas Loaiza, portador de la cédula de identidad N° 1-0994-0839. Asimismo, se procede a extraer la planilla reportada ante la Caja Costarricense de Seguro Social correspondiente al período de mayo de 2025, en la cual se visualizan diferencias salariales. Siendo que la labor del Servicio de Inspección consiste en corroborar el correcto y oportuno aseguramiento de los trabajadores reportados ante la Institución, dado que la obligación del patrono es asegurar a los trabajadores desde el primer día en que inicia la relación obrero patronal y reportar el total de las remuneraciones que perciba el trabajador ante la Caja Costarricense de Seguro Social, se procederá a la confección de inscripción patronal compulsiva, con el fin de registrar a los trabajadores de conformidad con la Ley Constitutiva de la C.C.S.S. Con fundamento en las actuaciones realizadas el día 16 de mayo de 2025 por personal de inspección de la sucursal de Limón de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), se procede a valorar las pruebas recabadas durante la labor de campo, conforme a los principios de razonabilidad, lógica, experiencia y la normativa vigente. Dentro de la prueba documental aportada y obtenida de oficio, se analizó la información extraída del Sistema Centralizado de Recaudación (SICERE), las planillas reportadas ante la Institución, así como el recuento físico de trabajadores realizado en el sitio, elementos que resultan pertinentes, suficientes y concordantes entre sí para la determinación de los hechos investigados. Del análisis comparativo entre la planilla reportada ante la CCSS y el recuento de trabajadores efectuado durante la inspección, se logra constatar que el patrono omitió el reporte ante la Institución de cinco trabajadores que se encontraban laborando activamente en la obra al momento de la visita, situación que evidencia un incumplimiento de la obligación patronal. El 16 de mayo de 2025, se realizó visita de oficio al patrono Proyekta Ingeniería y Construcción S. A., con el objetivo de verificar el correcto aseguramiento que debe brindar a las personas trabajadoras, conforme a la normativa vigente en materia de seguridad social. Durante la visita de inspección, se procedió al recuento físico del personal presente en el centro de trabajo, así como a la revisión de la información reportada ante los sistemas institucionales. Como resultado de dicho recuento y de la confrontación de los datos declarados, se detectaron inconsistencias en los salarios reportados respecto a los salarios efectivamente devengados por algunos trabajadores, observándose diferencias salariales que inciden directamente en la correcta determinación de las cuotas obrero‑patronales. Dado que precisamente la obligación patronal es la de empadronar a sus trabajadores dentro del plazo establecido, ocho días hábiles siguientes al inicio de la actividad, se procede a la confección de la planilla adicional, correspondiente al periodo en estudio del presente informe. El total de salarios que se afecta por la diferencia salarial de los trabajadores según el recuento de los trabajadores es de setecientos veinte seis mil quinientos veinte colones exactos (¢726.520.00) de los cuales el patrono deberá cancelar la suma de doscientos dieciocho mil seiscientos once colones exactos, (¢218.611.00) sin incluir los recargos e intereses moratorios de ley, mismos que se calcularán en el momento de la formalización del pago de las cuotas y aportes respectivos, (Se adjunta hoja de trabajo). Adicionalmente, los aportes correspondientes a la Ley de Protección al Trabajador N° 7983. Se le otorga un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recibo de la comunicación del Traslado de Cargos, para ofrecer la prueba de descargo y hacer las alegaciones que considere pertinentes. Se le previene en este acto, que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo de la Sucursal de Limón, que es el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido el Poder Judicial. En caso de señalar como medio de notificación número de facsímile (fax) o cualquier otro medio electrónico, no aplica la limitación de que éste se encuentra dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja. Se le apercibe que, de no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas contadas a partir de la fecha de la resolución. Notifíquese.—Limón Centro, 11 de mayo de 2026.—Lic. Julián Navarro Sevilla, Administrador.—1 vez.—( IN202601073150 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

GESTIÓN TRIBUTARIA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Debido a que se ignora el actual domicilio fiscal de los contribuyentes que adeudan el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y Servicios municipales y que la Municipalidad de Curridabat, ha agotado ya todas las formas de localización posible y en cumplimiento de los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios vigente, se procede a notificar por edicto de los siguientes saldos deudores.

Lista de Contribuyentes Morosos Municipalidad de Curridabat Bienes Inmuebles y Servicios Municipales

Para ver las imágenes solo en La Gaceta con formato PDF

Lic. Emerson Meneses Méndez.—( IN202601070425 ).

Enlace para ir al chat

Sucursal la Uruca:

De la bomba Uno

contiguo a Capris

100 m. sur y 100 m. oeste

Sucursal Curridabat:

Ubicada dentro del

Registro Nacional de la Propiedad

Horario de atención:

Sucursal la Uruca:

Lunes a viernes de

8:00 a.m. a 3:30 p.m., jornada continua

Sucursal Curridabat:

Lunes a viernes de

8:00 a.m. a 3:30 p.m., jornada continua

Servicio al Cliente:

8000-GACETA (8000-422382)

Whatsapp: 8599-1582

Contraloría de Servicios:

Whatsapp: 8598-3099

Fecha de última modificación en el portal: 16/06/2026

Este sitio web se distribuye bajo la Licencia

Creative Commons Reconocimiento

4.0 internacional

172.16.1.231